AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiƩrcoles, 16 de Agosto de 2017 (R. O. SP 58,
16-agosto-2017)

SUPLEMENTO

SUMARIO

Presidencia de la RepĆŗblica:

Ejecutivo:

Decretos

107

Dese de baja de las filas de la instituciĆ³n policial al
General de Distrito Edison Eduardo Gallardo BedĆ³n

108

Dese de baja de las filas de la instituciĆ³n policial al General
de Distrito Edisson Vicente Barrera Jaramillo

109

AsciƩndese al Grado de General de Brigada, a varios
coroneles pertenecientes a la Fuerza Terrestre

110

RefĆ³rmese el Decreto Ejecutivo No. 777 del 09 de septiembre
de 2015

Ministerio de Hidrocarburos:

Acuerdos

MH-2017-0107-AM

DelƩguese al ingeniero Hugo Patricio Larrea Cabrera,
Viceministro de Hidrocarburos, para que participe en el Pleno del ComitƩ de
Comercio Exterior (COMEX)

MH-2017-0108-AM

DelƩguese al ComitƩ TƩcnico Interinstitucional del COMEX, a
las ingenieras MarĆ­a Elisa Soledispa, Asesora del Despacho Ministerial y otros

Ministerio de Turismo:

2017 020

RatifĆ­quese en su totalidad el Acuerdo Ministerial NĀŗ 000035
de 31 de julio de 1996

Ministerio de Agricultura y GanaderĆ­a: Agencia Ecuatoriana
de Aseguramiento de la Calidad del AGRO – AGROCALIDAD:

Resoluciones

0085

DerĆ³guese la ResoluciĆ³n NĀ° 0017 de 19 de marzo del 2013

0086

EstablƩcese el periodo de 52 dƭas para el Estudio
EpidemiolĆ³gico de CirculaciĆ³n Viral de Fiebre Aftosa a nivel nacional

Instituto Nacional de Patrimonio Cultural:

37-DE-INPC-2017

DetermĆ­nece la participaciĆ³n del Instituto Nacional de
Patrimonio Cultural ante la ComisiĆ³n y SubcomisiĆ³n de Ɓreas HistĆ³ricas y
Patrimonio en los gobiernos autĆ³nomos descentralizados municipales y rĆ©gimen
especial

Gobiernos AutĆ³nomos Descenteralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanza

CantĆ³n Huamboya: Sustitutiva que reglamenta el cobro de la
tasa por el servicio de agua potable

CONTENIDO

NĀ° 107

Lenƭn Moreno GarcƩs

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPƚBLICA

Considerando:

Que, el artĆ­culo 147 numeral 9 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina: ?Son
atribuciones y deberes de la Presidenta
o Presidente de la RepĆŗblica, ademĆ”s de
los que determine la ley: 9). Nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado y a las
demĆ”s servidoras y servidores pĆŗblicos
cuya nominaciĆ³n le corresponda.?;

Que, el artĆ­culo 65 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional, establece: ?La baja, es el acto
administrativo ordenado por autoridad
competente, mediante el cual se dispone
la separaciĆ³n de un miembro de la instituciĆ³n
policial, colocƔndole en servicio pasivo. La baja de los Oficiales Generales y, dentro de los
Oficiales Superiores, la de los
Coroneles de Policƭa, se declararƔ mediante Decreto Ejecutivo; la baja de los demƔs grados
Oficiales Superiores y Oficiales
Subalternos, mediante Acuerdo Ministerial; y
para el personal de Clases y PolicĆ­as, por ResoluciĆ³n del Comandante General, previo dictamen de los
Consejos respectivos.?;

Que, el artĆ­culo 66 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional, determina que el personal policial
serĆ” dado de baja por una de las
siguientes causas: ?a) Por solicitud
voluntaria con expresa renuncia a la transitoria.?;

Que, con Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 372 de 27 de enero de 2011, se dispuso: ?Art.
1.- ReorganĆ­cese la PolicĆ­a Nacional,
que la representaciĆ³n legal, judicial y
extrajudicial de la PolicĆ­a Nacional, sea asumida por el Ministerio del Interior, quien a su vez
podrĆ” delegar dichas atribuciones de
conformidad con la ley.?;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de 2017, artƭculo primero, el seƱor Licenciado
Lenƭn Moreno GarcƩs Presidente
Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
nombra como Titular del Ministerio del Interior al seƱor Magister CƩsar Navas Vera;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 0159 de 20 de julio de 2017, el MagĆ­ster CĆ©sar Navas Vera,
Ministro del Interior dispuso al
Magƭster AndrƩs Fernando de la Vega
Grunauer, Viceministro de Seguridad Interna, la subrogaciĆ³n de las funciones y atribuciones
del cargo de Ministro del Interior por
el periodo comprendido desde el 21 hasta
el 28 de julio de 2017 inclusive, en razĆ³n de la licencia con cargo a vacaciones del Titular;

Que, a travƩs de solicitud ATS-F-024 de 16 de junio de 2017, el seƱor General de Distrito Edison
Eduardo Gallardo BedĆ³n en forma libre y
voluntaria solicita al H. Consejo de
Generales de la PolicĆ­a Nacional, se le conceda la baja voluntaria de las filas de la
InstituciĆ³n Policial renunciando en
forma expresa a la situaciĆ³n transitoria que tiene derecho de acuerdo artĆ­culo 66 literal
a) de la de la Ley de Personal de la
PolicĆ­a Nacional;

Que, mediante ResoluciĆ³n No. 2017-0407-CsG-PN de 20 de junio de 2017, el H. Consejo de Generales
de la PolicĆ­a Nacional, resuelve: ?1.-
ACEPTAR la solicitud de Baja Voluntaria
de las filas de la InstituciĆ³n Policial, formulada por el seƱor General de Distrito EDISON
EDUARDO GALLARDO BEDƓN, acorde a lo que
establece el Art. 66, literal a) de la
Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional;
y, SOLICITAR al seƱor Comandante General de la Policƭa Nacional, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 65, inciso segundo
de la Ley de Personal de la PolicĆ­a
Nacional, se digne alcanzar el correspondiente Decreto Ejecutivo,
mediante el cual y con fecha de su expediciĆ³n, el citado seƱor Oficial Superior sea dado de
Baja de las filas policiales, por
solicitud voluntaria con expresa renuncia a
la SituaciĆ³n Transitoria.?;

Que, mediante Oficio No. 2017-01896-CsG-PN de 23 de junio de 2017, el seƱor Comandante General de
la PolicĆ­a Nacional vista la ResoluciĆ³n
No. 2017-0407-CsG-PN de 20 de junio de
2017 emitida por el H. Consejo de Generales de la Policƭa Nacional, solicita al seƱor
Ministro del Interior alcance el
correspondiente Decreto Ejecutivo, mediante el cual y con fecha de su expediciĆ³n el seƱor
General de Distrito Edison Eduardo
Gallardo BedĆ³n, sea dado de baja de las filas
policiales, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la SituaciĆ³n Transitoria de
conformidad a lo establecido en el
artĆ­culo 66 literal a) de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional;

Que, el seƱor Ministro del Interior Subrogante atendiendo la peticiĆ³n formulada por el Comandante
General de la PolicĆ­a Nacional mediante
Oficio No. 2017-01896-CsG-PN de 23 de junio de 2017, cumpliendo con la
normativa vigente, pone en conocimiento
al seƱor Presidente Constitucional de la
RepĆŗblica del Ecuador, la ResoluciĆ³n No.
2017-0407-CsG PN de 20 de junio de 2017 para que en ejercicio de sus facultades mediante
Decreto Ejecutivo proceda a dar de baja
de las filas policiales al seƱor General
de Distrito EDISON EDUARDO GALLARDO
BEDƓN; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artĆ­culo 147 numeral 9 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador en concordancia
con el artĆ­culo 65 de la Ley de Personal
de la PolicĆ­a Nacional;

Decreta:

ArtĆ­culo 1.- DAR DE BAJA de las filas de la InstituciĆ³n Policial, con fecha de expediciĆ³n de este
Decreto Ejecutivo, al seƱor General de
Distrito EDISON EDUARDO GALLARDO BEDƓN,
por solicitud voluntaria con expresa
renuncia a la situaciĆ³n transitoria, de conformidad con el artĆ­culo 66 literal a) de la Ley de
Personal de la PolicĆ­a Nacional.

ArtĆ­culo 2.- De la ejecuciĆ³n de este Decreto Ejecutivo que se harĆ” efectivo a partir de su
publicaciĆ³n en el Registro Oficial,
encƔrguese el seƱor Ministro del Interior Subrogante.

COMUNƍQUESE Y PUBLƍQUESE.

Dado, en el Palacio Nacional, Quito D.M., a 3 de agosto de 2017.

f.) LenĆ­n Moreno GarcĆ©s, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

f.) Mgs. AndrƩs Fernando de la Vega Grunauer, Ministro del Interior (S).

Quito, 4 de agosto del 2017, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrĆ³nicamente

Dra. Johana PesƔntez Benƭtez

SECRETARIA GENERAL JURƍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR

NĀ° 108

Lenƭn Moreno GarcƩs

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPƚBLICA

Considerando:

Que, el artĆ­culo 147 numeral 9 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina: ?Son
atribuciones y deberes de la Presidenta
o Presidente de la RepĆŗblica, ademĆ”s de
los que determine la ley: 9). Nombrar y
remover a las ministras y ministros de Estado y a las demĆ”s servidoras y servidores pĆŗblicos cuya
nominaciĆ³n le corresponda.?;

Que, el artĆ­culo 65 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional, establece: ?La baja, es el acto
administrativo ordenado por autoridad
competente, mediante el cual se dispone
la separaciĆ³n de un miembro de la instituciĆ³n
policial, colocƔndole en servicia pasivo. La baja de los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales
Superiores, la de los Coroneles de
PolicĆ­a, se declararĆ” mediante Decreto
Ejecutivo; la baja de los demƔs grados Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos, mediante
Acuerdo Ministerial; y para el personal
de Clases y PolicĆ­as, por ResoluciĆ³n del
Comandante General, previo dictamen de
los consejos respectivos.?;

Que, el artĆ­culo 66 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional determina que el personal policial
serĆ” dado de baja por una de las siguientes
causas: ?a) Por solicitud voluntaria con
expresa renuncia a la transitoria.?;

Que, con Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 372 de 27 de enero de 2011, se dispuso: ?Art.
1.- ReorganĆ­cese la PolicĆ­a Nacional,
que la representaciĆ³n legal, judicial y
extrajudicial de la PolicĆ­a Nacional, sea asumida por el Ministerio del Interior, quien a su vez podrĆ”
delegar dichas atribuciones de
conformidad con la ley.?;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de 2017, artƭculo primero, el seƱor Licenciado
Lenƭn Moreno GarcƩs Presidente
Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
nombra como Titular del Ministerio del Interior al seƱor Magister CƩsar Navas Vera;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 0159 de 20 de julio de 2017, el MagĆ­ster CĆ©sar Navas Vera,
Ministro del Interior dispuso al
Magƭster AndrƩs Fernando de la Vega
Grunauer, Viceministro de Seguridad Interna, la subrogaciĆ³n de las funciones y atribuciones
del cargo de Ministro del Interior por
el periodo comprendido desde el 21 hasta
el 28 de julio de 2017 inclusive, en razĆ³n de la licencia con cargo a vacaciones del Titular;

Que, a travƩs de solicitud ATS-F-024 de 15 de junio de 2017, el seƱor General de Distrito Edisson
Vicente Barrera Jaramillo en forma libre
y voluntaria solicita al H. Consejo de
Generales de la PolicĆ­a Nacional, se le conceda la baja voluntaria de las filas
de la InstituciĆ³n Policial renunciando en
forma expresa a la situaciĆ³n transitoria que tiene derecho de acuerdo artĆ­culo 66 literal a) de la de la
Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional;

Que, mediante ResoluciĆ³n No. 2017-0406-CsG-PN de 20 de junio de 2017, el H. Consejo de Generales
de la PolicĆ­a Nacional, resuelve: ?1.-
ACEPTAR la solicitud de Baja Voluntaria
de las filas de la InstituciĆ³n Policial, formulada por el seƱor General de Distrito EDISSON
VICENTE BARRERA JARAMILLO, acorde a lo que
establece el Art. 66, literal a) de la
Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional;
y, SOLICITAR al seƱor Comandante General de
la PolicĆ­a Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 65, inciso segundo de la Ley de Personal
de la PolicĆ­a Nacional, se digne
alcanzar el correspondiente Decreto
Ejecutivo, mediante el cual y con fecha de su expediciĆ³n, el citado seƱor Oficial Superior sea dado de
Baja de las filas policiales, por
solicitud voluntaria con expresa renuncia a
la SituaciĆ³n Transitoria.?;

Que, mediante Oficio No. 2017-01895-CsG-PN de 23 de junio de 2017, el seƱor Comandante General de
la PolicĆ­a Nacional vista la ResoluciĆ³n
No. 2017-0406-CsG-PN de 20 de junio de
2017 emitida por el H. Consejo de Generales de la Policƭa Nacional, solicita al seƱor
Ministro del Interior alcance el
correspondiente Decreto Ejecutivo, mediante el cual y con fecha de su expediciĆ³n el seƱor
General de Distrito Edisson Vicente
Barrera Jaramillo, sea dado de baja de
las filas policiales, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la SituaciĆ³n Transitoria de
conformidad a lo establecido en el
artĆ­culo 66 literal a) de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional;

Que, el seƱor Ministro del Interior Subrogante atendiendo la
peticiĆ³n formulada por el Comandante
General de la PolicĆ­a Nacional mediante
Oficio No. 2017-01895-CsG-PN de 23 de
junio de 2017, cumpliendo con la normativa vigente, pone en conocimiento al seƱor Presidente
Constitucional de la RepĆŗblica del
Ecuador, la ResoluciĆ³n No. 2017-0406- CsG PN de 20 de junio de 2017 para que en
ejercicio de sus facultades mediante
Decreto Ejecutivo proceda a dar de baja
de las filas policiales al seƱor General de Distrito EDISSON VICENTE BARRERA JARAMILLO; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artĆ­culo 147 numeral 9 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador en concordancia
con el artĆ­culo 65 de la Ley de Personal
de la PolicĆ­a Nacional;

Decreta:

ArtĆ­culo 1.- DAR DE BAJA de las filas de la InstituciĆ³n Policial, con fecha de expediciĆ³n de este
Decreto Ejecutivo, al seƱor General de
Distrito EDISSON VICENTE BARRERA
JARAMILLO, por solicitud voluntaria con expresa
renuncia a la situaciĆ³n transitoria, de conformidad con el artĆ­culo 66 literal a) de la Ley de
Personal de la PolicĆ­a Nacional.

ArtĆ­culo 2.- De la ejecuciĆ³n de este Decreto Ejecutivo que se harĆ” efectivo a partir de su
publicaciĆ³n en el Registro Oficial,
encƔrguese el seƱor Ministro del Interior Subrogante.

COMUNƍQUESE Y PUBLƍQUESE.

Dado, en el Palacio Nacional, Quito D.M., a 3 de agosto de 2017.

f.) LenĆ­n Moreno GarcĆ©s, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

f.) Mgs. AndrƩs Fernando de la Vega Grunauer, Ministro del Interior (S).

Quito, 4 de agosto del 2017, certifico que el que antecede
es fiel copia del original.

Documento firmado electrĆ³nicamente

Dra. Johana PesƔntez Benƭtez

SECRETARIA GENERAL JURƍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR

Nro. 109

Lenƭn Moreno GarcƩs

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPƚBLICA

Considerando:

Que, el artĆ­culo 25 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, dispone que el grado militar y la
clasificaciĆ³n por su formaciĆ³n se
otorgarƔn: ?1. A los Oficiales Generales
mediante Decreto Ejecutivo?;

Que, mediante oficios NĀ° 2017-113 SCOGFT, No. 2017- 114-SCOGFT, NĀ° 2017-111-SCOGFT y NĀ° 2017-112-SCOGFT, de fecha 27 de junio de 2017,
el seƱor Secretario del Consejo de Oficiales
Generales de la Fuerza Terrestre,
procede a notificar con las resoluciones del 20 de junio de 2017 a los seƱores Coroneles:
BURBANO RIVERA LUIS ENRIQUE, PROAƑO
RODRƍGUEZ NELSON BOLƍVAR, ACOSTA YACELGA
FRANKLIN GUSTAVO Y PROAƑO DAZA JACINTO
AGUSTIN; que el Consejo de Oficiales
Generales de la Fuerza Terrestre, en sesiĆ³n
permanente llevada a cabo los dĆ­as 19 y 20 de junio de 2017, resolviĆ³ seleccionarlos para el
ascenso al grado de General de Brigada;

Que, el seƱor Comandante General de la Fuerza Terrestre, mediante oficio NĀ°. 17-E1-v-a4-98 del 07 de
julio de 2017, remite al Ministerio de
Defensa Nacional el expediente relacionado
con el ascenso al grado superior de los Coroneles
citados en el considerando anterior; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, y el
nĆŗmero 1 del artĆ­culo 25 de la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud
del seƱor Ministro de Defensa Nacional,

Decreta:

Art. 1. Ascender
al grado de GENERAL DE BRIGADA, a los seƱores Coroneles pertenecientes a la
Fuerza Terrestre, de la PromociĆ³n No 82 de Arma, por haber cumplido con los
requisitos determinados en los artĆ­culos 117 y 122, letra d) de la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas, y al existir las correspondientes vacantes
orgĆ”nicas, en la fecha que se detalla a continuaciĆ³n, a los seƱores:

De Coronel a
General de Brigada

CON FECHA 10
DE AGOSTO DE 2017

CRNL. DE EMC.
BURBANO RIVERA LUIS ENRIQUE,

CRNL. DE EMC.
PROAƑO RODRIGUEZ NELSON BOLƍVAR,

CRNL. DE EMC.
ACOSTA YACELGA FRANKLIN GUSTAVO Y

CRNL. DE EMC.
PROANO DAZA JACINTO AGUSTƍN.

Art. 2. De la
ejecuciĆ³n del presente Decreto Ejecutivo, sencĆ”rguese al seƱor Ministro de
Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 3 de agosto de 2017.

f.) LenĆ­n
Moreno GarcĆ©s, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

f.) Miguel
Carvajal Aguirre, Ministro de Defensa Nacional.

Quito, 4 de
agosto del 2017, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrĆ³nicamente

Dra. Johana
PesƔntez Benƭtez

SECRETARIA
GENERAL JURƍDICA

DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR

NĀ° 110

LenĆ­n Moreno
GarcƩs

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPƚBLICA

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 141 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica dispone que el Presidente de la
RepĆŗblica ejerce la FunciĆ³n Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno y
responsable de la administraciĆ³n pĆŗblica;

Que, el numeral 5 del artĆ­culo 147 de la Norma Suprema determina como atribuciones del Presidente de
la RepĆŗblica el dirigir la
administraciĆ³n pĆŗblica en forma desconcentrada
y expedir los decretos necesarios para su integraciĆ³n, organizaciĆ³n, regulaciĆ³n y
control: asĆ­ como crear y modificar
instancias de coordinaciĆ³n;

Que, la carta Constitutiva de la OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas para la EducaciĆ³n, la Ciencia
y la Cultura (UNESCO) de 16 de noviembre
de 1945 sugiriĆ³ a los Estados Miembros,
de acuerdo a su situaciĆ³n particular constituir
una ComisiĆ³n Nacional de CooperaciĆ³n, con el objeto de asociar a dicha organizaciĆ³n a
los principales grupos nacionales que se
interesen por los problemas de la
educaciĆ³n, la ciencia y la cultura, en la que estĆ©n representados el gobierno y los referidos
grupos;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 218 publicado en el Registro Oficial No. 44 del 8 de noviembre de
1947, se creĆ³ la ComisiĆ³n Nacional de la
UNESCO, como asesora del Ministerio de
EducaciĆ³n PĆŗblica para la cooperaciĆ³n con
esa entidad internacional;

Que, durante la 20ĀŖ ReuniĆ³n de la Conferencia General de la UNESCO, se aprobĆ³, el 27 de noviembre de
1978, la Carta de las Comisiones
Nacionales de CooperaciĆ³n con la UNESCO,
que establece las responsabilidades de los Estados Miembros respecto de las Comisiones
Nacionales, y los objetivos, funciones y
servicios que prestarƔn dichas Comisiones
a los Estados Miembros;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 777 del 9 de septiembre de 2015, se reorganizĆ³ la ComisiĆ³n
Nacional de CooperaciĆ³n de la
OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas para
la EducaciĆ³n, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), integrĆ”ndose como miembro pleno de la ComisiĆ³n
Nacional al Ministerio Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 7 de 24 de mayo de 2017, se suprimieron varios Ministerios
Coordinadores, entre ellos el Ministerio
Coordinador de Conocimiento y Talento
Humano; y,

Que, es importante introducir ciertas reformas y actualizaciones para articular una ComisiĆ³n
Nacional como un ente colegiado,
interdisciplinario y plural, que
represente a todos los sectores sociales, bajo la coordinaciĆ³n de una ComisiĆ³n Permanente, misma
que permitirĆ” ejercer el liderazgo no
solo en aspectos de la UNESCO, sino como
un componente coherente en la acciĆ³n a
nivel internacional.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 5 del artĆ­culo 147 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica, artĆ­culo 17, letra b), de la
Ley de ModernizaciĆ³n del Estado,
Privatizaciones y PrestaciĆ³n de Servicios PĆŗblicos por parte de la Iniciativa Privada y artĆ­culo
11, letra h) del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva,

Decreta:

Artƭculo ƚnico.- Reformar del Decreto Ejecutivo No. 777 del 09 de septiembre de 2015, los artƭculos;
Disposiciones Generales y Transitorias
siguientes:

SustitĆŗyase el artĆ­culo cuarto, por el siguiente texto:

?ArtĆ­culo 4.- La Asamblea General serĆ” el mĆ”ximo Ć³rgano directivo de la misiĆ³n Nacional de la
UNESCO, estarĆ” integrada por los
siguientes miembros:

Ministerio de Relaciones Exteriores de Movilidad Humana, quien lo presidirĆ”;

Ministerio de Cultura;

Ministerio de Turismo;

Ministerio de Comercio Exterior;

Ministerio de EducaciĆ³n;

SecretarĆ­a Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n; y.

SecretarĆ­a de ComunicaciĆ³n y el Ministerio de Ambiente.

Los miembros de la Asamblea General tendrƔn derecho a voz y voto.

El Presidente de la ComisiĆ³n, de considerar pertinente y de acuerdo al tema a ser tratado,
podrĆ” invitar a los siguientes actores, con derecho a voz:

Los rectores de instituciones de educaciĆ³n superior;

Representantes de la sociedad civil; y,

Representantes de instituciones relacionadas con las materias de conocimiento, educaciĆ³n, capacitaciĆ³n, investigaciĆ³n, ciencia,
tecnologĆ­a, comunicaciĆ³n, cultura y
patrimonio.?

b) SustitĆŗyase
el artƭculo sƩptimo, por el siguiente texto:

?ArtĆ­culo 7.- La ComisiĆ³n Nacional tendrĆ” un Secretario General y su subrogante, nombrados
por la/el Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana. El
Secretario General o su subrogante,
ejercerƔn dicho cargo ante la Asamblea General en la cual actuarƔn con voz pero sin voto.?

c) SustitĆŗyase
los literales b) y e) del artĆ­culo 8, por los siguientes textos:

?b) Elaborar
el plan operativo anual de actividades y
presentarlo para aprobaciĆ³n del Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.?

?e) Organizar
y coordinar la participaciĆ³n del sector
externo en la organizaciĆ³n internacional.?

d) SustitĆŗyase
la Primera DisposiciĆ³n General y Transitoria,
por la siguiente:

?Primera.-Para el funcionamiento y cumplimiento de sus programas, la ComisiĆ³n Nacional
se financiarĆ” con los fondos que se le
asigne en el Presupuesto General del
Estado, bajo el rubro de cuotas y
convenios internacionales, sin que
implique incremento de gasto presupuestario. El Ministro de Finanzas deberĆ” integrar de manera consolidada al presupuesto del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana el que corresponde a la ComisiĆ³n
Nacional. El Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana se
encargarĆ” de administrar estos fondos.?

DisposiciĆ³n Transitoria Primera.- El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a
travĆ©s de la DirecciĆ³n de Asuntos
Culturales, Patrimoniales y TurĆ­sticos,
en el plazo de 45 dĆ­as contados a partir de la expediciĆ³n del presente Decreto, elaborarĆ” y
gestionarĆ” el respectivo Reglamento para
su funcionamiento.

DisposiciĆ³n Transitoria Segunda.- Los/las servidores/ as que
vienen prestando sus nombramiento, contratos o cualquier otra modalidad en el Ministerio de
CoordinaciĆ³n de Conocimiento y Talento
Humano, cuyas funciones estƩn relacionadas
con la actual SecretarĆ­a General de la ComisiĆ³n Nacional de UNESCO, pasarĆ”n a formar parte de
la nĆ³mina del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, con su
mismos derechos y obligaciones. previa ejecuciĆ³n
de los procesos de evaluaciĆ³n y selecciĆ³n a efectos de determinar su continuidad, de
acuerdo a los requerimientos
estructurales, orgƔnicos y de talento humano
que se definan. De ser necesario, se suprimirƔn los puestos innecesarios e implementarƔ las demƔs
acciones que correspondan, de
conformidad con las disposiciones establecidas
en la ley.

DisposiciĆ³n Transitoria Tercera.- Toda la documentaciĆ³n e informaciĆ³n, y las partidas presupuestarias
que correspondĆ­an al Ministerio de
CoordinaciĆ³n de Conocimiento y Talento
Humano, para la ejecuciĆ³n de las competencias
relacionadas con el funcionamiento de la ComisiĆ³n Nacional de la UNESCO en el Ecuador,
serƔn reasignadas a favor del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana.

DisposiciĆ³n Transitoria Cuarta.- A partir de la vigencia de este Decreto Ejecutivo, le corresponde al
Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana ejercer todos los
derechos y obligaciones vinculadas con la ejecuciĆ³n de convenios, contratos, bienes y demĆ”s aspectos
relacionados con la ComisiĆ³n Nacional de
la UNESCO en el Ecuador.

DisposiciĆ³n Final.- El presente Decreto Ejecutivo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el
Registro Oficial. De su ejecuciĆ³n encĆ”rguese
al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado, en el Palacio Nacional,

Quito, a 3 de agosto de 2017.

f.) LenĆ­n Moreno GarcĆ©s, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

f.) Marƭa Fernanda Espinosa GarcƩs, Ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito, 4 de agosto del 2017, certifico que el que antecede es fi el copia del original.

Documento firmado electrĆ³nicamente

Dra. Johana PesƔntez Benƭtez

SECRETARIA GENERAL JURƍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR

Nro. MH-2017-0107-AM

Sr. Ing. Carlos Enrique PĆ©rez GarcĆ­a

MINISTRO DE HIDROCARBUROS

Considerando:

Que, el artĆ­culo 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que las ?[…] instituciones
del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o
servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n
solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n
y la ley. TendrƔn el deber de coordinar acciones
para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la ConstituciĆ³n?;

Que, el artĆ­culo 233 de la Carta Fundamental dispone: ?Ninguna servidora o servidor pĆŗblico estarĆ”
exento de responsabilidades por los
actos realizados en el ejercicio de sus
funciones, o por sus omisiones, y serƔn responsables administrativa, civil y penalmente por el
manejo y administraciĆ³n de fondos,
bienes o recursos pĆŗblicos?;

Que, el artĆ­culo 71 del CĆ³digo OrgĆ”nico de la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones, seƱala que el ComitĆ©
de Comercio Exterior (COMEX) es el
organismo encargado de aprobar las
polĆ­ticas pĆŗblicas nacionales en materia de polĆ­tica comercial y de la regulaciĆ³n de todos
los asuntos y procesos vinculados a
dicha materia, conformado, entre otros,
por las instituciones que determine el Presidente de la RepĆŗblica con decreto ejecutivo;

Que, el artƭculo 7 del Reglamento de Funcionamiento del ComitƩ de Comercio Exterior, publicado en
el Suplemento del Registro Oficial No.
182 de 12 de febrero de 2014, establece
que el Pleno de este Organismo estarĆ”
conformado por las mƔximas autoridades de sus miembros, tanto aquellos que tienen voz y
voto, como quienes tienen solo voz;

Que, el citado artƭculo establece que las mƔximas autoridades de los miembros del COMEX podrƔn
delegar por Acuerdo, la participaciĆ³n en
el Pleno a un funcionario o funcionaria
de su instituciĆ³n, y que los delegados o delegadas de las instituciones miembros
tendrƔn un rango de al menos
Subsecretario o Subsecretaria o su equivalente
en la estructura de la instituciĆ³n a la cual representan;

Que, a travƩs del artƭculo 18 del Decreto Ejecutivo No. 64 de 6 de julio de 2017, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Oficial No. 36
de 14 de julio del mismo aƱo, se incluye
al Ministerio de Hidrocarburos en la integraciĆ³n del ComitĆ© de Comercio Exterior (COMEX);
conforme lo dispuesto en el literal k)
del artĆ­culo 71 del CĆ³digo OrgĆ”nico de
la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĆ­culo
154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador, y el Decreto
Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de 2017.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar al ingeniero Hugo Patricio Larrea Cabrera, Viceministro de Hidrocarburos, para que
participe en el Pleno del ComitƩ de
Comercio Exterior (COMEX). En ausencia
del referido profesional, actuarƔ el economista Juan Carlos AvilƩs Borja, Subsecretario
Nacional de Derivados de Hidrocarburos.

Art. 2.- Los profesionales antes seƱalados informarƔn al Ministro de Hidrocarburos sobre las
actividades cumplidas y las resoluciones
adoptadas en virtud del ejercicio de la
presente delegaciĆ³n.

Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia
a partir de su suscripciĆ³n, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el
Registro Oficial.

Dado en Quito, D.M., a los 18 dĆ­a(s) del mes de Julio de dos mil diecisiete.

f.) Sr. Ing. Carlos Enriquez PĆ©rez GarcĆ­a, MInistro de Hidrocarburos.

MINISTERIO DE HIDOCARBUROS.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ilegible.-
GestiĆ³n Documental.- Fecha: 21 de julio
de 2017.

Nro. MH-2017-0108-AM

Sr. Ing. Carlos Enrique PĆ©rez GarcĆ­a

MINISTRO DE HIDROCARBUROS

Considerando:

Que, el artĆ­culo 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que las ?[…] instituciones
del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud
de una potestad estatal ejercerƔn
solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la ley. TendrĆ”n el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la ConstituciĆ³n?;

Que, el artĆ­culo 233 de la Carta Fundamental dispone: ?Ninguna servidora o servidor pĆŗblico estarĆ”
exento de responsabilidades por los
actos realizados en el ejercicio de sus
funciones, o por sus omisiones, y serƔn responsables administrativa, civil y penalmente por el
manejo y administraciĆ³n de fondos,
bienes o recursos pĆŗblicos?;

Que, el artĆ­culo 71 del CĆ³digo OrgĆ”nico de la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones, seƱala que el ComitĆ©
de Comercio Exterior (COMEX) es el
organismo encargado de aprobar las
polĆ­ticas pĆŗblicas nacionales en materia de polĆ­tica comercial y de la regulaciĆ³n de todos los
asuntos y procesos vinculados a dicha
materia, conformado, entre otros, por las instituciones que determine el Presidente de
la RepĆŗblica con decreto ejecutivo;

Que, el artƭculo 3 del Reglamento de Funcionamiento del ComitƩ de Comercio Exterior, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 182
de 12 de febrero de 2014, seƱala que
dicho Ɠrgano Colegiado cuenta con un ComitĆ© TĆ©cnico Interinstitucional;

Que, el artƭculo 23 del citado Reglamento, establece que el ?ComitƩ TƩcnico Interinstitucional estarƔ
integrado por delegados y delegadas que
serƔn tƩcnicos especializados de los
miembros del COMEX, y constituye una instancia tĆ©cnica de anĆ”lisis, evaluaciĆ³n y
recomendaciĆ³n de los temas de
competencia del COMEX?;

Que, a travƩs del artƭculo 18 del Decreto Ejecutivo No. 64 de 6 de julio de 2017, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 36 de 14 de julio
del mismo aƱo
, se incluye al
Ministerio de Hidrocarburos en la integraciĆ³n del ComitĆ© de Comercio Exterior (COMEX);
conforme lo dispuesto en el literal k)
del artĆ­culo 71 del CĆ³digo OrgĆ”nico de
la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de
la RepĆŗblica del Ecuador, y el Decreto
Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de 2017.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar al ComitƩ TƩcnico Interinstitucional del COMEX, a las ingenieras Marƭa Elisa Soledispa,
Asesora del Despacho Ministerial;
Paulina Herrera, Directora de ComercializaciĆ³n
de Derivados de Hidrocarburos; Andrea Corrales,
Directora de PetrĆ³leo; y, al economista Roberto Semanate Rosero, Director de Gas Natural,
funcionarios de esta Cartera de Estado.

Art. 2.- Los delegados descritos en el artĆ­culo 1,
informarƔn al Ministro y Viceministro de
Hidrocarburos sobre las actividades
cumplidas y los pronunciamientos emitidos en virtud de la presente delegaciĆ³n.

Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia
a partir de su suscripciĆ³n, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el
Registro Oficial.

Dado en Quito, D.M., a los 18 dĆ­a(s) del mes de Julio de dos mil diecisiete.

f.) Sr. Ing. Carlos Enriquez PĆ©rez GarcĆ­a, Ministro de Hidrocarburos.

MINISTERIO DE HIDOCARBUROS.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ilegible.-
GestiĆ³n Documental.- Fecha: 21 de julio
de 2017.

No. 2017 020

Dr. Enrique Ponce de LeĆ³n

MINISTRO DE TURISMO

Abg. Carlos Larrea Crespo

VICEMINISTRO DE TURISMO

Considerando:

Que, el artĆ­culo 151 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece que las ministras y los
ministros de Estado serƔn de libre
nombramiento y remociĆ³n por la Presidenta
o Presidente de la RepĆŗblica, y lo representarĆ”n en los asuntos propios del ministerio a su
cargo;

Que, los artĆ­culo 15 y 16 de la Ley de Turismo, reconocen al Ministerio de Turismo como organismo rector
de la actividad turĆ­stica ecuatoriana,
al cual le compete la regulaciĆ³n a nivel
nacional, la planificaciĆ³n, promociĆ³n internacional,
facilitaciĆ³n, informaciĆ³n estadĆ­stica y control del turismo;

Que, mediante Acuerdo Ministerial 000035 de 31 de julio de 1997 esta Cartera de Estado declara a la
SantĆ­sima Virgen MarĆ­a en su AdvocaciĆ³n
de El Cisne como ?Patrona Nacional de
Turismo?;

Que, la OrganizaciĆ³n Mundial de Turismo seƱala que el DĆ­a Mundial del Turismo conmemora la
importancia de la actividad turĆ­stica,
la cual permite la recreaciĆ³n del ser humano
mediante viajes y recorridos a lugares distintos a su entorno habitual, y;

Que, la OrganizaciĆ³n Mundial de Turismo (OMT), declaro el 27 de septiembre como el ?DĆ­a Mundial del
Turismo?. En ejercicio de las atribuciones constitucionales establecidas en el artĆ­culo 151 y 154 numeral 1, de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del
Ecuador; y, con base a la competencia prevista
en el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva

Acuerda:

ArtĆ­culo Uno.- Ratificar en su totalidad el Acuerdo Ministerial Nro. 000035 de 31 de julio de 1996
emitido por esta Cartera de Estado y re
consagrar a la SantĆ­sima Virgen MarĆ­a en
su AdvocaciĆ³n de El Cisne como patrona del
Turismo Nacional; a quien se le invoca su protecciĆ³n y tutela para explotar los maravillosos
destinos del paĆ­s a favor del pueblo
ecuatoriano.

ArtĆ­culo Dos.- Disponer la realizaciĆ³n de la procesiĆ³n de la SantĆ­sima Virgen MarĆ­a en su AdvocaciĆ³n
de El Cisne en la ciudad de Quito los
dĆ­as 27 de septiembre en conmemoraciĆ³n
al DĆ­a Mundial del Turismo.

DISPOSICIƓN FINAL

ƚnica.- El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en San Francisco de Quito, D. M., 11 de julio de 2017.

ComunĆ­quese y publĆ­quese.

f.) Dr. Enrique Ponce de LeĆ³n, Ministro de Turismo.

f.) Abg. Carlos Larrea Crespo, Viceministro de Turismo.

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERƍA

No. 0085

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA

CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD

Considerando:

Que, el artĆ­culo 13 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que ?las personas y
colectividades tienen derecho al acceso
seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes
y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas
identidades y tradiciones culturales. El
Estado ecuatoriano promoverĆ” la soberanĆ­a
alimentaria?;

Que, el artĆ­culo 14 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que se reconoce el
derecho de la poblaciĆ³n a vivir en un
ambiente sano y ecolĆ³gicamente equilibrado,
que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interĆ©s pĆŗblico la
preservaciĆ³n del ambiente, la
conservaciĆ³n de los ecosistemas, la biodiversidad
y la integridad del patrimonio genĆ©tico del paĆ­s, la prevenciĆ³n del daƱo ambiental y la
recuperaciĆ³n de los espacios naturales
degradados;

Que, el artĆ­culo 281 numeral 13 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador estable que ?la
soberanĆ­a alimentaria constituye un
objetivo estratĆ©gico y una obligaciĆ³n del Estado para garantizar que las personas,
comunidades, pueblos y nacionalidades
alcancen la autosuficiencia de alimentos
sanos y culturalmente apropiado de forma permanente, para ello es responsabilidad del
Estado prevenir y proteger a la
poblaciĆ³n del consumo de alimentos contaminados
o que pongan en riesgo su salud o que la ciencia tenga incertidumbre sobre sus
efectos?;

Que, mediante el artƭculo 12 de la Ley OrgƔnica de Sanidad Agropecuaria publicada en el Registro Oficial
Suplemento NĀ° 27 de 03 de julio de 2017,
se crea la Agencia de RegulaciĆ³n y Control Fito y Zoosanitario, entidad tĆ©cnica
de derecho pĆŗblico, con personerĆ­a
jurĆ­dica, autonomĆ­a administrativa y financiera,
desconcentrada, con sede en la ciudad de
Quito y competencia nacional, adscrita a la Autoridad Agraria Nacional. A esta Agencia le
corresponde la regulaciĆ³n y control de
la sanidad y bienestar animal, sanidad
vegetal y la inocuidad de los alimentos en la producciĆ³n primaria, con la finalidad de
mantener y mejorar el estatus fito y
zoosanitario de la producciĆ³n agropecuaria. La estructura y organizaciĆ³n de la Agencia en
referencia se regularĆ” por reglamento a
esta Ley;

Que, en el artƭculo 13 literal v) de la Ley OrgƔnica de Sanidad Agropecuaria publicada en el Registro
Oficial Suplemento NĀ° 27 de 03 de julio
de 2017 establece que son competencias y
atribuciones de la Agencia las siguientes. Regular, controlar y supervisar el
cumplimiento de las buenas prƔcticas de
sanidad agropecuaria, bienestar animal y
la inocuidad de los productos agropecuarios en su fase primaria;

Que, el artĆ­culo 89 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva ERJAFE,
establece que los actos administrativos
que expidan los Ć³rganos y entidades
sometidos a este estatuto se extinguen o reforman en sede administrativa de oficio o a
peticiĆ³n del administrado;

Que, mediante AcciĆ³n de Personal No. 911, de 01 de junio del 2017, la seƱora Vanessa Cordero Ahiman,
Ministra de Agricultura y GanaderĆ­a,
nombra como Director Ejecutivo de AGROCALIDAD,
al Ing. Milton Fernando Cabezas Guerrero;

Que, mediante ResoluciĆ³n 017 de 19 de marzo del 2013 en la cual se expide la ?GUƍA DE BUENAS
PRƁCTICAS AVƍCOLAS?;

Que, mediante Memorando Nro. MAGAP-CIA/ AGROCALIDAD-2017-000382-M,
de 21 de junio de 2017, el Coordinador
General de Inocuidad de Alimentos, informa al Director Ejecutivo subrogante de
AGROCALID