Autor: Josué Navarrete, Diario La Hora Esmeraldas La inteligencia artificial (IA) es la revolución tecnológica más importante de las últimas dos décadas. En una industria...
Autor: Jaime Lenin Hurtado Angulo Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) en Ecuador, el tratamiento de...
El presente artículo analiza la falta de determinación de un tipo penal para las conductas que vulneran directamente la integridad sexual mediante el uso de inteligencia artificial (IA), específicamente a través de los denominados deepfakes.
Este análisis examina el vínculo entre criptomonedas y blanqueo de capitales desde una perspectiva penal y de cumplimiento, abordando riesgos, estándares internacionales y desafíos regulatorios para la prevención e investigación en Ecuador.
El delito de difusión de la información está establecido en la sección sexta, de los delitos contra el derecho a la intimidad personal y familiar, prevista y sancionada en el art. 180 del Código Orgánico Integral Penal
En el entorno digital, esta distorsión adquiere nuevas dimensiones: imágenes manipuladas, identidades falseadas y relatos impuestos que despojan a niñas, adolescentes y mujeres de control sobre su propia representación.
El ordenamiento ecuatoriano no contiene disposición alguna que habilite la producción de actos administrativos automatizados con IA. El COA únicamente prevé actos emanados de personas físicas en soporte digital, por lo que cualquier implementación de IA en la actividad decisoria de la administración requeriría, como paso previo ineludible, una reforma legal expresa.
La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 16, reconoce el derecho de todas las personas a acceder y usar las tecnologías de la información y comunicación, así como a beneficiarse de los avances científicos y tecnológicos.
Una reciente decisión judicial en Nueva York dictamina que las conversaciones con herramientas de inteligencia artificial no están protegidas por el privilegio abogado-cliente.
Darío Echeverría Muñoz, LL.M Introducción La protección de datos personales es un derecho fundamental que ha adquirido una relevancia significativa en la era digital, especialmente en el ámbito judicial, donde se maneja información sensible de individuos.
- 1
- 2












