La Constitución ecuatoriana reconoce el derecho a un hábitat seguro, a la vivienda adecuada y a la propiedad con responsabilidad social y ambiental.
La nulidad de adjudicación por existir un legítimo título de dominio previo como la ha denominado la autoridad agraria nacional, se refiere a un procedimiento administrativo.
La posibilidad de selección del derecho aplicable a la fase de ejecución del contrato prevista en el artículo 252 del Código de Comercio permite introducir en el ordenamiento jurídico ecuatoriano la figura el Dépeçage voluntario establecido en el artículo 7 de El Convenio de La Haya del 22 de diciembre de 1986
La importancia de la remisión normativa en el derecho ecuatoriano radica en conocer la jerarquía de la norma y la supletoriedad de esta, en conocer el bloque de constitucionalidad, que consiste en una técnica jurídica mediante la cual el texto constitucional reenvía a otros textos que, por ende, terminan, haciendo parte del mismo cuerpo normativo.
En los códigos civiles herederos de Andrés Bello, una mala interpretación histórica ha fusionado dos defensas contractuales distintas. Entender la diferencia dogmática entre purgar la mora y la excepción de contrato no cumplido es la clave para defenderse exitosamente frente a cumplimientos defectuosos o parciales.
Mientras varios países latinoamericanos han reformado sus códigos civiles para adaptar los contratos a nuevas corrientes sociales, Uruguay mantiene intactas sus normas del siglo XIX.
La creciente presión por incorporar estándares ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) ha llevado a las empresas a plagar sus contratos con códigos de ética y políticas de sostenibilidad.
El marco legal ecuatoriano otorga a los acreedores una de las herramientas más antiguas y efectivas para combatir el fraude patrimonial.
El principio fundamental del derecho privado dicta que los contratos nacen para cumplirse. Sin embargo, cuando eventos extraordinarios transforman un buen negocio en una carga ruinosa, la rigidez legal puede convertirse en una condena.
Las negociaciones comerciales modernas ya no son simples tratos de apretón de manos. La ruptura injustificada de las negociaciones y la ocultación de información clave han convertido a la etapa precontractual en un campo minado de responsabilidad civil. Comprender los límites de la buena fe es vital para blindar los tratos preliminares.
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