La prueba, es aquella actividad de carácter procesal, cuya finalidad consiste en lograr la convicción de la jueza o juez o tribunal o Sala de la Corte correspondiente.
Se determina que los jueces de la Corte Constitucional no pueden ser objeto de acciones pre procesales y procesales penales por el contenido de sus opiniones, resoluciones, votos o fallos, consignados o que consignaren en el ejercicio del cargo.
La adquisición o comunidad de la prueba en el proceso penal
En el Estado constitucional de derechos, los administradores de justicia dejan de ser boca de la ley para cumplir un nuevo e importante papel, esto es, jueces creadores de Derecho
La mediación es un proceso en el que se facilita el encuentro cara a cara entre la víctima de un delito y su agresor, intervenida por un mediador,donde ambas partes podrán decidir, de común acuerdo, la mejor forma de reparar el daño causado.
El perjurio es un delito que consiste en mentir estando bajo juramento
El Derecho Penal Ecuatoriano es un conjunto de normas de carácter preventivo, estrechamente vinculado con la protección de los derechos humanos y de garantías a los ciudadanos
Nuestra Constitución exige que el juez motive sus sentencias y en tal sentido para cumplir el mandato constitucional se debe observar y acatar las directrices que han sido trazadas desde la jurisprudencia constitucional
COIP: MEDIOS DE PRUEBA Autores: Ab. José Sebastián Cornejo A. y Dr. Paúl Ocaña Merino. Según el Art. 453 del Código Orgánico Integral Penal, se...
PRUEBA ÚNICA: DERECHO PENAL Autores: Ab. José Sebastián Cornejo A. y Dr. Paúl Ocaña Merino. Definición de Prueba Previo al desarrollo integral de este tema...


















