AdministraciĆ³n del SeƱor Ec.
Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la
RepĆŗblica del Ecuador

MiĆ©rcoles 14 de Agosto de 2013 – R. O. No. 58

SUMARIO

Ministerio del Interior:

Ejecutivo:

Acuerdos

3338-A CrĆ©ase la DirecciĆ³n Nacional de Delitos contra la
Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros

LegalĆ­zanse las comisiones de servicios en el exterior de
los siguientes funcionarios:

3339 Ing. Javier CĆ³rdova Unda, Viceministro de Seguridad
Interna y otros

3340 Abogada Karla BenĆ­tez Izurieta, Asesor 3 del Despacho
Ministerial y otra

3341 SeƱor Jaime Francisco SƔnchez YƔnez, Asesor 3 del
Despacho Ministerial

3342 Abogada Viviana Chiriboga Montevideo, Asesor 3 del
Despacho Ministerial y otros

3343 Arquitecto Alfonso Sornoza MacĆ­as, Director TĆ©cnico
para el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y otros

3344 Doctora Iroshima Villalva Miranda, Gerente del Proyecto
de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio y otro

Ministerio de Agricultura, GanaderĆ­a, Acuacultura y Pesca:

043 DeclƔrase como medida primordial, la vigilancia
epidemiolĆ³gica en la reproducciĆ³n y cultivo de camarĆ³n; asĆ­ como de los
productos e insumos para la acuacultura, al haberse presentado casos del
Sƭndrome de Mortalidad Temprana/Sƭndrome de la Necrosis HepatopancreƔtica Aguda
(EMS/AHPNS

Ministerio Coordinador de Desarrollo Social:

DelƩganse atribuciones y funciones a varios funcionarios:

001-2013 Abogada SofĆ­a Isabel Benavides Ochoa

002-2013 SeƱor Diego Jaramillo Jaramillo, Asesor Ministerial

003-2013 SeƱor Diego Jaramillo Jaramillo, Asesor Ministerial

004-2013 SeƱor Diego Jaramillo Jaramillo, Asesor Ministerial

005-2013 SeƱor Diego Jaramillo Jaramillo, Asesor Ministerial

Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas:

Ejecutivo:

Acuerdos

064 RefĆ³rmase el Acuerdo Ministerial No. 062 de 22 de julio
de 2013

065 ApruĆ©banse los estudios y diseƱos para la ejecuciĆ³n del
Proyecto estabilizaciĆ³n de taludes en el paso lateral de Ambato

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

Consultas

SENAE-DNR-2013-0419-0F De clasificaciĆ³n arancelaria de la
mercancĆ­a ?Unidad Funcional para la GeneraciĆ³n Fotovoltaica de EnergĆ­a
ElƩctrica a 13800 voltios

Ministerio de Industrias y Productividad:

Resoluciones

13 267 ModifĆ­case la ResoluciĆ³n No. 12 256-A, publicada en
el Registro Oficial No. 918 de 22 de marzo de 2013

DirecciĆ³n Nacional de Registro de Datos PĆŗblicos:

024-NG-DINARDAP-2013 DetermĆ­nanse que las bases de datos
contenidas en los catastros inmobiliarios urbanos y rurales elaborados y
administrados por los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados Municipales de todo
el paĆ­s, constituyen registros de datos pĆŗblicos y forman parte del Sistema Nacional
de Registro de Datos PĆŗblicos (SINARDAP)

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

SENAE-DGN-2013-0254-RE ExpĆ­dese el procedimiento documentado
?SENAE-MEE-2- 2-013-V1 Manual EspecĆ­fico para el Reembarque de MercancĆ­as?

SENAE-DGN-2013-0258-RE RefĆ³rmase la ResoluciĆ³n Nro.
SENAE-DGN-2013-0225-RE de 25 de junio de de 2013

Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanzas

CantĆ³n Balzar: Que
regula la conformaciĆ³n, organizaciĆ³n y funcionamiento del Consejo de
PlanificaciĆ³n

CantĆ³n Balzar: Que
crea la Gaceta Oficial

CantĆ³n Mera: De
condonaciĆ³n de obligaciones tributarias, intereses de mora y recargos que se encuentran
vencidos y pendientes de pago de bienes inmuebles de propiedad del Ministerio
de EducaciĆ³n donde funcionen establecimientos dedicados a la educaciĆ³n

CONTENIDO


NĀ° 3338-A

JosƩ Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, el artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,
dispone que a las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas
pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas
que requiera su gestiĆ³n;

Que, el numeral tercero del artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de
la RepĆŗblica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas, el derecho a la
integridad personal, que incluye una vida libre de violencia en el Ɣmbito
pĆŗblico y privado, para lo cual el Estado adoptarĆ” las medidas necesarias para prevenir,
eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra
las mujeres, niƱas, niƱos y adolescentes, personas adultas mayores, personas
con discapacidad y contra toda persona en situaciĆ³n de desventaja o
vulnerabilidad; y, la prohibiciĆ³n de la tortura, la desapariciĆ³n forzada y los
tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.

Que, de conformidad con el inciso tercero del artĆ­culo 158 de
la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, la protecciĆ³n interna y el
mantenimiento del orden pĆŗblico son funciones privativas del Estado y
responsabilidad de la PolicĆ­a Nacional;

Que, el artĆ­culo 163 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,
seƱala que la PolicĆ­a Nacional es una instituciĆ³n estatal de carĆ”cter civil,
armada, tƩcnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente
especializada, cuya misiĆ³n es atender la seguridad
ciudadana y el orden pĆŗblico,
y proteger el libre ejercicio de los derechos y
la seguridad de las personas dentro del territorio nacional;

Que, el artƭculo 3 de la Ley OrgƔnica de la Policƭa Nacional,
determina que la PolicĆ­a Nacional podrĆ” establecer los servicios que considere
necesarios para el cumplimiento de sus funciones especĆ­ficas;

Que, el artĆ­culo
52 de la Ley OrgƔnica
de la PolicĆ­a
Nacional establece que las Direcciones
Nacionales de Servicios
son los Ć³rganos
tƩcnico, cientƭficos de la Policƭa
Nacional, que se encargan de planificar y definir las polĆ­ticas de los servicios
policiales, asĆ­ como de controlar
y evaluar el cumplimiento de planes y programas en cada unidad
operativa;

Que, conforme establece
el Estatuto OrgƔnica
de GestiĆ³n Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado
en el Registro
Oficial 102 del 17 de diciembre de 2010, esta Cartera de Estado, tiene como misiĆ³n
ejercer la rectorĆ­a,
ejecutar y evaluar
la polĆ­tica pĆŗblica
para garantizar la seguridad interna
y la gobernabilidad del Estado, en el marco del respeto
a los derechos
humanos, la democracia
y la participaciĆ³n
ciudadana, para contribuir
al buen vivir;

Que, el Ministerio
del Interior a travƩs de la Policƭa
Nacional del Ecuador,
como organismo ejecutor
de la polĆ­tica
gubernamental para fortalecer
la seguridad ciudadana,
y disminuir la inseguridad y delincuencia, requiere
establecer y reestructurar
dependencias especializadas que permitan canalizar
respuestas inmediatas a las demandas
de la ciudadanĆ­a
en materia de delitos contra
la vida, muertes
violentas, desapariciones, extorsiĆ³n
y secuestros;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 632, de 17 de enero del
2011, publicado en el Registro oficial No. 372 de 27 de enero de
2011
, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica ordenĆ³ la
reorganizaciĆ³n de la PolicĆ­a Nacional, y dispuso que su representaciĆ³n legal,
judicial y extrajudicial sea asumida por el Ministro del Interior, debiendo
adoptarse las acciones administrativas tendientes a reorganizar la estructura
organizacional y los segmentos administrativos y operativos de la misma;

Que, mediante ResoluciĆ³n No. 2013-431-CsG-PN de 08 de julio
de 2013 el Consejo Ampliado de Generales de la PolicĆ­a Nacional resolviĆ³
solicitar al Ministro del Interior la creaciĆ³n de la DirecciĆ³n Nacional de
Delitos contra la Vida, Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros, que se integrarĆ”
a la estructura orgƔnica de la Policƭa Nacional del Ecuador, con sede en el
Distrito Metropolitano de Quito, con organizaciĆ³n administrativa y financiera
propia; y, cuya distribuciĆ³n operativa serĆ” la Unidad de Delitos contra la
Vida, Unidad de Desapariciones y Unidad anti ExtorsiĆ³n y Secuestros; y,

De conformidad con lo previsto en el artĆ­culo 154 numeral 1
de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; y, lo dispuesto en el Decreto
Ejecutivo NĀ° 632, de 17 de enero de 2011.

Acuerda:

Art. 1.- Crear la DirecciĆ³n Nacional de Delitos contra la Vida,
Muertes Violentas, Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros, que se integrarĆ” a
la estructura orgƔnica de la Policƭa Nacional del Ecuador, con sede en el
Distrito Metropolitano de Quito, con organizaciĆ³n, administrativa y financiera
propia; y cuya distribuciĆ³n operativa serĆ” la Unidad de Delitos contra la Vida
y Muertes Violentas, Unidad de Desapariciones, y Unidad anti ExtorsiĆ³n y Secuestros.

Art. 2.- La DirecciĆ³n Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes
Violentas, Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros, se encargarĆ” de aportar las
evidencias suficientes para ahondar en la investigaciĆ³n, dar base a la acusaciĆ³n
en los procesos penales respectivos y operarĆ” a nivel nacional.

Art. 3.- El Director Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes
Violentas, Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros serĆ” designado por el
Ministro del Interior y tendrĆ” rango de General, con formaciĆ³n y experiencia en
temas anti delincuenciales y seguridad ciudadana.

Art. 4.- La definiciĆ³n de las polĆ­ticas pĆŗblicas de la DirecciĆ³n
Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones,
ExtorsiĆ³n y Secuestros, corresponderĆ” al Ministerio del Interior, a travĆ©s del Viceministerio
de Seguridad Interna.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- El Comandante General de la PolicĆ­a Nacional, en
el plazo de quince dĆ­as a partir de la suscripciĆ³n del presente Acuerdo
Ministerial, presentarĆ” al Ministerio del Interior, el proyecto de asignaciĆ³n
de personal policial y recursos necesarios para la debida ejecuciĆ³n de las funciones
y atribuciones de la DirecciĆ³n Nacional de Delitos contra la Vida,
Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros, en el marco del presente instrumento.

Segunda.- El Director Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes
Violentas, Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros, en el plazo de quince dĆ­as
de su designaciĆ³n, entregarĆ” al Ministerio del Interior un proyecto de Reglamento
OrgĆ”nico Funcional de la DirecciĆ³n Nacional de Delitos contra la Vida,
Desapariciones, ExtorsiĆ³n y Secuestros.

DISPOSICIƓN FINAL

Primera.- EncƔrguese al Director Nacional de la Policƭa Judicial
e Investigaciones la gestiĆ³n respectiva para que el presente Acuerdo
Ministerial sea puesto en conocimiento y ratificado en lo que corresponda por
el Consejo Directivo de la PolicĆ­a Judicial.

El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir
de la fecha de suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial, de su cumplimiento, encƔrguese al Viceministerio de Seguridad Interna
y al Comandante General de la PolicĆ­a Nacional.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los 19 de julio
de 2013.

ComunĆ­quese y publĆ­quese.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento
es fiel copia del original que reposa en el archivo de la DirecciĆ³n de
SecretarĆ­a General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito a, 02 de agosto de 2013.- f.) Ilegible, SecretarĆ­a General.

NĀ° 3339

JosƩ Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, segĆŗn el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por
Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de
diciembre del 2010
, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana,
y la sana convivencia, en el marco de las garantƭas democrƔticas mediante la
promociĆ³n de una cultura de paz, y la prevenciĆ³n de toda forma de violencia para
contribuir a la seguridad humana;

Que, con memorando No. VSI-MI-0097-2013 del 25 de febrero de
2013, dirigido a la CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera, el Ministro
del Interior, Subrogante, autorizĆ³ la comisiĆ³n de servicios al exterior del
Ing. Javier CĆ³rdova Unda, Viceministro de Seguridad Interna; Sr. AndrĆ©s LĆ³pez
Cuesta, Servidor PĆŗblico 1, de la SubsecretarĆ­a de Seguridad Interna, del 03 al
13 de marzo de 2013; Cap. Alex Ganchala GutiƩrrez, Jefe de Seguridad del
Viceministerio de Seguridad Interna; Dra. Iroshima Villalva Miranda, Gerente
del Proyecto de IntervenciĆ³n Integral de MigraciĆ³n; y Psic. VerĆ³nica FeicĆ”n
Carrasco, Asesor 3 del Despacho Ministerial, del 03 al 10 de marzo de 2013,
para que viajen atendiendo la invitaciĆ³n realizada por el Departamento de
Seguridad Nacional de los Estados Unidos, a las ciudades de Washington DC,
Nueva York y Chicago, a fin de visitar la Unidad de InvestigaciĆ³n de Delitos
CibernƩticos, Unidad de Delitos Financieros, Centro de Operaciones Encubiertas,
Centro de ExplotaciĆ³n de Menores, Aeropuerto JFK-su funcionamiento, puerto de Nueva
York, verificar el adecuado funcionamiento de las redes troncalizadas de MisiĆ³n
CrĆ­tica para seguridad pĆŗblica, entre otros;

Que, la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano, mediante
ResoluciĆ³n No. DATH-2013-009 del 28 de febrero de 2013, emite dictamen
favorable para conceder comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n, por viaje al exterior,
a favor de los citados funcionarios pĆŗblicos;

Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 25069, 25071,
25072 y 25083 del 27 y 28 de febrero de 2013, en su orden, la SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica de la Presidencia de la RepĆŗblica,
autorizĆ³ el viaje al exterior de los funcionarios
mencionados;

Que, la DirecciĆ³n Financiera, emitiĆ³ las Certificaciones Presupuestarias
Nos. 389 y 391 del 05 de marzo de 2013, de existencia y disponibilidad de
fondos de la partida presupuestaria DescripciĆ³n ViĆ”ticos y Subsistencias en el Exterior,
para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

Que, con Memorando No. MDI-MDI-VSI-2013-0029 del 16 de abril
de 2013, el seƱor Javier CĆ³rdova Unda, Viceministro de Seguridad Interna,
comunica a la CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera, que se informĆ³ al
seƱor AndrĆ©s LĆ³pez Cuesta, sobre la suspensiĆ³n definitiva de la autorizaciĆ³n
para el viaje previsto a las ciudades de Washington DC, Nueva York y Chicago,
del 3 0113 de marzo del presente aƱo, sin embargo de lo cual el mencionado
realizĆ³ el viaje.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1
del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

Acuerda

Art. 1.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n
por viaje al exterior, a favor del Ing. Javier CĆ³rdova Unda, Viceministro de
Seguridad Interna, del 03 al 13 de marzo de 2013: Cap. Alex Ganchala GutiƩrrez,
Jefe de Seguridad del Viceministerio de Seguridad Interna: Dra. Iroshima
Villalva Miranda, Gerente del Proyecto de IntervenciĆ³n Integral de MigraciĆ³n: y
Psic. VerĆ³nica FeicĆ”n Carrasco, Asesor 3 del Despacho Ministerial, del 03 al 10
de marzo de 2013, quienes viajaron atendiendo la invitaciĆ³n realizada por el
Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos de AmƩrica, a las
ciudades de Washington DC, Nueva York y Chicago, a fin de visitar la Unidad de
InvestigaciĆ³n de Delitos CibernĆ©ticos, Unidad de Delitos Financieros, Centro de
Operaciones Encubiertas, Centro de ExplotaciĆ³n de Menores, Aeropuerto JFK-su
funcionamiento, puerto de Nueva York, verificar el adecuado funcionamiento de
las redes troncalizadas de MisiĆ³n CrĆ­tica para seguridad pĆŗblica, entre otros.

Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberƔn presentar el informe
ejecutivo concreto y especĆ­fico de la comisiĆ³n de servicios al exterior, al
Sistema de InformaciĆ³n para la Gobernabilidad DemocrĆ”tica-SIGOB de la
Presidencia de la RepĆŗblica.

Art. 3.- Los gastos que demandĆ³ este desplazamiento, serĆ”n
legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior, excepto los inherentes
a la Dra. Iroshima Villalva y Psic. VerĆ³nica FeicĆ”n, que fueron cubiertos por
la oficina Homeland Security Investigations (HSI).

Art. 4.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde su suscripciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito
Metropolitano de Quito,
22 de julio
de
2013.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento
es fiel copia del original que reposa en el archivo de la DirecciĆ³n de
SecretarĆ­a General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito a, 02 de agosto de 2013.- f.) Ilegible, SecretarĆ­a General.

NĀ° 3340

JosƩ Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, segĆŗn el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional
por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de
diciembre del 2010
, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad
ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantƭas democrƔticas
mediante la promociĆ³n de una cultura de paz, y la prevenciĆ³n de toda forma de
violencia para contribuir a la seguridad humana;

Que, con memorando No. MDI-MDI-CGP-DAI-2013- 0014-M del 02
de abril de 2013, dirigido a la CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera,
la seƱora Directora de Asuntos Internacionales, comunica que el Ing. Javier CĆ³rdova
Unda, Ministro del Interior, Subrogante, autorizĆ³ la comisiĆ³n de servicios al
exterior de la Ab. Karla BenĆ­tez Izurieta, Asesor 3 del Despacho Ministerial, y
Ab. MarĆ­a Dolores Cevallos DĆ­az, Directora de Asuntos Internacionales, para que
participen de la Segunda ReuniĆ³n de la Instancia Ejecutiva del Consejo
Suramericano en Materia de Seguridad, efectuada en la ciudad de Lima PerĆŗ, del
08 al 10 de abril de 2013, por invitaciĆ³n de la Presidencia de la Instancia
Ejecutiva del Consejo Suramericano en Materia de Seguridad Ciudadana, Justicia
y CoordinaciĆ³n de Acciones
contra la Delincuencia Organizada Trasnacional;

Que, la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano, mediante
ResoluciĆ³n No. DATH-2013-024 del 02 de mayo de 2013, emite dictamen favorable
para conceder comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n, por viaje al exterior, a favor
de las citadas funcionarias pĆŗblicas;

Que, la DirecciĆ³n Financiera, emitiĆ³ las Certificaciones Presupuestarias
Nos. 763 y 764 del 02 de mayo de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos
de la partida presupuestaria DescripciĆ³n ViĆ”ticos y Subsistencias en el Exterior,
para el pago de los gastos de desplazamiento de las funcionarias;

Que, mediante oficio No. PR-SSECC-2013-000634-O del 17 de
junio de 2013, la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica de la
Presidencia de la RepĆŗblica, legaliza la autorizaciĆ³n de viaje al exterior de
las funcionarias mencionadas;

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1
del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

Acuerda

Art. 1.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n
por viaje al exterior, a favor de la Ab. Karla BenĆ­tez Izurieta, Asesor 3 del
Despacho Ministerial, y Ab. MarĆ­a Dolores Cevallos DĆ­az, Directora de Asuntos Internacionales,
quienes participaron en la Segunda ReuniĆ³n de la Instancia Ejecutiva del
Consejo Suramericano en Materia de Seguridad, celebrada en la ciudad de Lima –
PerĆŗ, por invitaciĆ³n de la Presidencia de la Instancia Ejecutiva del Consejo
Suramericano en Materia de Seguridad Ciudadana, Justicia y CoordinaciĆ³n de
Acciones contra la Delincuencia Organizada Trasnacional, del 07 al 10 de abril
de 2013, considerando el tiempo adicional requerido por razones de logĆ­stica.

Art. 2.- Las funcionarias indicadas, deberƔn presentar el informe
ejecutivo concreto y especĆ­fico de la comisiĆ³n de servicios al exterior, al
Sistema de InformaciĆ³n para la Gobernabilidad DemocrĆ”tica-SIGOB de la
Presidencia de la RepĆŗblica.

Art. 3.- Los gastos que demandĆ³ este desplazamiento, serĆ”n
legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde su suscripciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 22 de julio de 2013.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento
es fiel copia del original que reposa en el archivo de la DirecciĆ³n de
SecretarĆ­a General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito a, 02 de agosto de 2013.- f.) Ilegible, SecretarĆ­a General.

NĀ° 3341

JosƩ Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, segĆŗn el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por
Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de
diciembre del 2010
, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana,
y la sana convivencia, en el marco de las garantƭas democrƔticas mediante la
promociĆ³n de una cultura de paz, y la prevenciĆ³n de toda forma de violencia para
contribuir a la seguridad humana;

Que, con memorandos Nos. 273-DMI y DM-A-284 del 10 y 30 de
abril de 2013, respectivamente, dirigidos a la CoordinaciĆ³n General
Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado, autorizĆ³ la
comisiĆ³n de servicios al exterior, del seƱor Jaime Francisco SĆ”nchez YĆ”nez, Asesor
3 del Despacho Ministerial, a fin de participar en la reuniĆ³n con el Ministerio
del Interior de Venezuela, para conocer polĆ­ticas de Seguridad que dicho Ministerio opera, efectuados en Caracas-Venezuela,
del 12 al 18 de abril de 2013;

Que, la DirecciĆ³n Financiera, emitiĆ³ la CertificaciĆ³n Presupuestaria
No. 818 del 09 de mayo de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la
partida presupuestaria DescripciĆ³n ViĆ”ticos y Subsistencias en el Exterior,
para el pago de los gastos de desplazamiento del funcionario;

Que, la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano, mediante
ResoluciĆ³n No. DATH-2013-028 del 14 de mayo de 2013, emite dictamen favorable
para conceder comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n, por viaje al exterior, a favor
del citado funcionario pĆŗblico;

Que, mediante oficio No. PR-SSECC-2013-000623-O del 17 de
junio de 2013, la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica de la
Presidencia de la RepĆŗblica, legaliza la autorizaciĆ³n de viaje al exterior del
funcionario mencionado;

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1
del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n
por viaje al exterior, a favor del seƱor Jaime Francisco SƔnchez YƔnez, Asesor
3 del Despacho Ministerial, quien participĆ³ en la reuniĆ³n con el Ministerio del
Interior de Venezuela, para conocer polĆ­ticas de Seguridad que dicho Ministerio
opera, celebrada en Caracas-Venezuela, del 12 al 18 de abril de 2013.

Art. 2.- El funcionario indicado, deberĆ” presentar el informe
ejecutivo concreto y especĆ­fico de la comisiĆ³n de servicios al exterior, al
Sistema de InformaciĆ³n para la Gobernabilidad DemocrĆ”tica-SIGOB de la
Presidencia de la RepĆŗblica.

Art. 3.- Los gastos que demandĆ³ este desplazamiento, serĆ”n
legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde su suscripciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 22 de julio de 2013.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento
es fiel copia del original que reposa en el archivo de la DirecciĆ³n de SecretarĆ­a
General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 02 de
agosto de 2013.- f.) Ilegible, SecretarĆ­a General.

NĀ° 3342

JosƩ Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, segĆŗn el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por
Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de
diciembre del 2010
, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana,
y la sana convivencia, en el marco de las garantƭas democrƔticas mediante la
promociĆ³n de una cultura de paz, y la prevenciĆ³n de toda forma de violencia para
contribuir a la seguridad humana;

Que, con memorando del 15 de mayo de 2013, dirigido a la
CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de
Estado, autorizĆ³ la comisiĆ³n de servicios al exterior, de la Ab. Viviana
Chiriboga Montevideo, Asesor 3 del Despacho Ministerial, y dos oficiales de la
PolicĆ­a Nacional, para que mantengan reuniones de trabajo y realicen acciones
pertinentes a la recopilaciĆ³n de datos que aporten al proceso de la IndagaciĆ³n
Previa por presunto delito de corrupciĆ³n policial, efectuados en Murcia y
Madrid – EspaƱa, del 19 al 25 de mayo de 2013;

Que, la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano, mediante
ResoluciĆ³n No. DATH-2013-033 del 20 de mayo de 2013, emite dictamen favorable
para conceder comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n, por viaje al exterior, a favor
de la citada funcionaria pĆŗblica;

Que, la DirecciĆ³n Financiera, emitiĆ³ la CertificaciĆ³n Presupuestaria
No. 892 del 21 de mayo de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la
partida presupuestaria DescripciĆ³n ViĆ”ticos y Subsistencias en el Exterior, para
el pago de los gastos de desplazamiento de la funcionaria;

Que, mediante oficio No. PR-SSECC-2013-000622-O del 17 de
junio de 2013, la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica de la
Presidencia de la RepĆŗblica, legaliza la autorizaciĆ³n de viaje al exterior de
la funcionaria mencionada;

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1
del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n
por viaje al exterior, a favor de la Ab. Viviana Chiriboga Montevideo, Asesor 3
del Despacho Ministerial, y dos oficiales de la PolicĆ­a Nacional, quienes mantuvieron
reuniones de trabajo y realizaron acciones pertinentes a la recopilaciĆ³n de
datos que aporten al proceso de la IndagaciĆ³n Previa por presunto delito de corrupciĆ³n
policial, desarrollados en Murcia y Madrid EspaƱa, del 19 al 25 de mayo de
2013.

Art. 2.- La funcionaria indicada, deberĆ” presentar el informe
ejecutivo concreto y especĆ­fico de la comisiĆ³n de servicios al exterior, al
Sistema de InformaciĆ³n para la Gobernabilidad DemocrĆ”tica-SIGOB de la
Presidencia de la RepĆŗblica.

Art. 3.- Los gastos que demandĆ³ este desplazamiento, serĆ”n
legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde su suscripciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el
Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 22 de julio de 2013.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento
es fiel copia del original que reposa en el archivo de la DirecciĆ³n de
SecretarĆ­a General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito, 02 de agosto de 2013.- f.) Ilegible, SecretarĆ­a General.

NĀ° 3343

JosƩ Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, segĆŗn el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional
por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de
diciembre del 2010
, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad
ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantƭas democrƔticas
mediante la promociĆ³n de una cultura de paz, y la prevenciĆ³n de toda forma de
violencia para contribuir a la seguridad humana;

Que, con memorando No. DM-2013-0292 del 29 de mayo de 2013,
dirigido a la CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera, el titular de
esta Cartera de Estado, autorizĆ³ la comisiĆ³n de servicios al exterior, del Arq.
Alfonso Sornoza MacĆ­as, Director TĆ©cnico para el Plan Nacional de Seguridad
Ciudadana; Ing. Byron ZĆŗƱiga VĆ”sconez, Coordinador General Administrativo
Financiero; y Ab. Diego Fuentes Acosta, Director JurĆ­dico, para que viajen a
Wichita – Kansas EE. UU., con el propĆ³sito de realizar los trĆ”mites tĆ©cnicos,
administrativos y financieros correspondientes a la recepciĆ³n del aviĆ³n
Beechcraft 350 ER adquirido directamente en la fƔbrica ubicada en la ciudad
mencionada, en el aƱo 2012, para uso de la DirecciĆ³n Nacional de Salud de la
PolicĆ­a Nacional, desde el 03 al 07 de junio de 2013;

Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 27664, 27665
y 27666 del 30 de mayo de 2013, la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica de la Presidencia de la RepĆŗblica, autorizĆ³ el viaje al exterior de los
funcionarios mencionados;

Que, la DirecciĆ³n Financiera, emitiĆ³ las Certificaciones Presupuestarias
Nos. 956, 957 y 958 del 30 de mayo de 2013, de existencia y disponibilidad de
fondos de la partida presupuestaria DescripciĆ³n ViĆ”ticos y Subsistencias en el
Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

Que, la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano, mediante
ResoluciĆ³n No. DATH-2013-039 del 31 de mayo de 2013, emite dictamen favorable
para conceder comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n, por viaje al exterior, a favor
de los citados funcionarios pĆŗblicos;

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1
del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n
por viaje al exterior, a favor del Arq. Alfonso Sornoza MacĆ­as, Director
TĆ©cnico para el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana; Ing. Byron ZĆŗƱiga
VƔsconez, Coordinador General Administrativo Financiero; y Ab. Diego Fuentes
Acosta, Director JurĆ­dico, quienes viajaron a Wichita – Kansas EE. UU., con el
propĆ³sito de realizar los trĆ”mites tĆ©cnicos, administrativos y financieros
correspondientes a la recepciĆ³n del aviĆ³n Beechcraft 350 ER adquirido
directamente en la fƔbrica ubicada en la ciudad mencionada, para uso de la
DirecciĆ³n Nacional de Salud de la PolicĆ­a Nacional, desde el 03 al 07 de junio
de 2013.

Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberƔn presentar el informe
ejecutivo concreto y especĆ­fico de la comisiĆ³n de servicios al exterior, al
Sistema de InformaciĆ³n para la Gobernabilidad DemocrĆ”tica-SIGOB de la
Presidencia de la RepĆŗblica.

Art. 3.- Los gastos que demandĆ³ este desplazamiento, serĆ”n legalizados
del presupuesto del Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde su suscripciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 22 de julio de 2013.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento
es fiel copia del original que reposa en el archivo de la DirecciĆ³n de
SecretarĆ­a General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito a, 02 de agosto de 2013.- f.) Ilegible, SecretarĆ­a General.

NĀ° 3344

JosƩ Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, segĆŗn el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por
Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de
diciembre del 2010
, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana,
y la sana convivencia, en el marco de las garantƭas democrƔticas mediante la
promociĆ³n de una cultura de paz, y la prevenciĆ³n de toda forma de violencia para
contribuir a la seguridad humana;

Que, en memorando del 11 de junio de 2013, el titular de esta
Cartera de Estado, autorizĆ³ la comisiĆ³n de servicios al exterior, de la Dra.
Iroshima Villalva Miranda, Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades
de Control Migratorio, e Ing. Ramiro Correa Toscano, Asesor
2 del Despacho Ministerial, para que realicen una visita a los puestos de
control migratorio de aeropuertos internacionales y puntos fronterizos, asĆ­
como tambiƩn conocer del funcionamiento de los software de control de seguridad
que estƔn siendo utilizados, efectuados en Bolivia y Argentina, del 17 al 21 de
junio de 2013;

Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 28100, 28101,
28137 y 28138 del 14 y 17 de junio de 2013, en su orden, la SecretarĆ­a Nacional
de la AdministraciĆ³n PĆŗblica de la Presidencia de la RepĆŗblica, autorizĆ³ el
viaje al exterior de los funcionarios mencionados;

Que, la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano, mediante
ResoluciĆ³n No. DATH-2013-041 del 17 de junio de 2013, emite dictamen favorable
para conceder comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n, por viaje al exterior, a favor
de los citados funcionarios pĆŗblicos;

Que, la DirecciĆ³n Financiera, emitiĆ³ las Certificaciones Presupuestarias
Nos. 1053 y 1054 del 18 de junio de 2013, de existencia y disponibilidad de
fondos de la partida presupuestaria DescripciĆ³n ViĆ”ticos, Subsistencias en el Exterior,
para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1
del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n
por viaje al exterior, a favor de la Dra. Iroshima Villalva Miranda, Gerente
del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio,
e Ing. Ramiro Correa Toscano, Asesor 2 del Despacho Ministerial, quienes
realizaron una visita a los puestos de control migratorio de aeropuertos
internacionales y puntos fronterizos, asƭ como tambiƩn conocieron del
funcionamiento de los software de control y de seguridad que estƔn siendo
utilizados, desarrollados en La Paz – Bolivia, del 17 al 19 de junio, y Buenos
Aires – Argentina, del 20 al 21 de junio de 2013.

Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberƔn presentar el informe
ejecutivo concreto y especĆ­fico de la comisiĆ³n de servicios al exterior, al
Sistema de InformaciĆ³n para la Gobernabilidad DemocrĆ”tica-SIGOB de la Presidencia
de la RepĆŗblica.

Art. 3.- Los gastos que demandĆ³ este desplazamiento, serĆ”n legalizados
del presupuesto del Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde su suscripciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 22 de julio de 2013.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento
es fiel copia del original que reposa en el archivo de la DirecciĆ³n de
SecretarĆ­a General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito, 02 de agosto de 2013.- f.) Ilegible, SecretarĆ­a General.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERƍA,

ACUACULTURA Y PESCA

0043

VICEMINISTERIO DE ACUACULTURA

Y PESCA

Considerando

Que, los recursos bioacuƔticos existentes en el mar territorial,
en las aguas marĆ­timas interiores, en los rĆ­os, en los lagos, canales naturales
y artificiales, son bienes cuyo nacional aprovechamiento estĆ” regulado y
controlado por el Estado de acuerdo con sus intereses, segĆŗn lo prescrito en el
Art. 1 de la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero;

Que, el artĆ­culo 3 de la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero
determina que para efectos de la investigaciĆ³n, explotaciĆ³n, conservaciĆ³n y
protecciĆ³n de los recursos bioacuĆ”ticos se estarĆ” a lo establecido en esta Ley,
en los convenios internacionales de los que sea parte el Ecuador y en los
principios de cooperaciĆ³n internacional;

Que, la Ac. Priscila Duarte Pesantes, Subsecretaria de Acuacultura,
mediante oficio Nro. MAGAP-SUBACUA- 2013-0342-O del 10 de junio de 2013,
notificĆ³ al Eco. Pedro CĆ”rdenas Moncayo, Director General del Servicio Nacional
de Aduana del Ecuador, sobre la presencia del sĆ­ndrome de mortalidad temprana
(EMS/AHPNS) en Asia y sus consecuencias en la producciĆ³n camaronera de cultivo,
y de las medidas de prevenciĆ³n que se estĆ”n tomando en Ecuador para evitar su
ingreso al paĆ­s, entre las cuales, en forma prioritaria de productos e insumos importados
de y para la acuacultura del camarĆ³n, procedentes de China, Vietnan, Tailandia,
Malasia; y, solicitĆ³ se exageren las medidas de control en la aplicaciĆ³n de la
ResoluciĆ³n No. 520 del COMEXI y se notifique el ingreso de barcos extranjeros
con importaciones de camarĆ³n procedentes de Asia, para su respectiva evaluaciĆ³n
tƩcnica.

Que, la DirecciĆ³n de Control AcuĆ­cola de la SubsecretarĆ­a de
Acuacultura, ha preparado un Plan de Trabajo hasta Diciembre del 2013, enfocado
especialmente en los productos e insumos utilizados en la actividad, con operativos
que abarcan la inspecciĆ³n a los establecimientos acuĆ­colas, control fronterizo,
puertos, aeropuertos, carreteras, operativos en los que participarƔn SENAE,
INP, SRI, IESS, MRL, de acuerdo a las necesidades de colaboraciĆ³n institucional.

Que, el Instituto Nacional de Pesca, mediante informe tƩcnico
presentado con oficio MAGAP-INP-2013-1558-M de fecha 19-marzo-2013, sugiere que
se establezca una medida sanitaria que prohĆ­ba temporalmente la importaciĆ³n de
todo organismo, vivo o en cualquier
otra
presentaciĆ³n, o producto de uso acuĆ­cola proveniente del continente asiĆ”tico
hasta que las investigaciones actuales determinen la naturaleza del agente
causal del EMS/AHPNS.

Que, en el Alcance al Protocolo de AdhesiĆ³n de la RepĆŗblica
del Ecuador al Acuerdo por el que se establece la OrganizaciĆ³n Mundial de
Comercio, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 977, de 28 de
junio de 1996, se seƱala que los paƭses miembros acuerdan poner en vigor el
Acuerdo sobre la AplicaciĆ³n de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

Que, en el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
(AMSF) se considera el derecho que posee cada paĆ­s para proteger la salud de
las personas, animales y preservaciĆ³n de los vegetales, mediante la aplicaciĆ³n
de medidas sanitarias que buscan reducir el nivel de riesgo asociado a los
productos que se quieren comercializar. Estas medidas deben basarse en estudios
cientĆ­ficos, o bien establecerse segĆŗn las recomendaciones de referentes tĆ©cnicos.
El acuerdo designa a la OrganizaciĆ³n Mundial de Sanidad Animal (OIE) como el
referente tƩcnico para establecer las recomendaciones sobre los requerimientos sanitarios
aplicables a los productos pecuarios, cuando estos representen un peligro para
la sanidad animal o constituyan un peligro zoonĆ³tico; al Codex Alimentarius, como
referente para definir los requerimientos en materia de inocuidad de los
alimentos; y a la ConvenciĆ³n Internacional de ProtecciĆ³n Fitosanitaria (IPPC),
para los requerimientos en materia de preservaciĆ³n de los vegetales (WTO, 1995;
Thiermann, 2005; FĆ©vre et al., 2006).

Que, en el Acuerdo No. 98 publicado en el Registro Oficial No. 378 de fecha julio 10
de 2008
, el Ministerio de Agricultura, GanaderĆ­a, Acuacultura y Pesca
expidiĆ³ el Instructivo para la importaciĆ³n de especies bioacuĆ”ticas, en el
artĆ­culo 1 establece que ?La importaciĆ³n de especies bioacuĆ”ticas en cualquiera
de los estadios de su ciclo biolĆ³gico, se harĆ” segĆŗn lo establecido en el
presente instructivo, sin perjuicio de las demƔs normas que se dicten, de
conformidad a lo dispuesto en la legislaciĆ³n vigente, los lineamientos tĆ©cnicos
descritos en el CĆ³digo de salud Animal AcuĆ”tica, el manual de test de diagnĆ³stico
para animales acuĆ”ticos de la OrganizaciĆ³n Mundial de Sanidad Animal, y el
acuerdo MSF de la OrganizaciĆ³n Mundial de Comercio?;

Que, el artĆ­culo 2 del Acuerdo ministerial NĀ° 098, establece
que la SubsecretarĆ­a de Acuacultura serĆ” la Ćŗnica Autoridad que podrĆ” emitir la
autorizaciĆ³n para la importaciĆ³n de especies bioacuĆ”ticas en cualquiera de los estadios
de su ciclo biolĆ³gico, a fin de mantener un efectivo control ante la
introducciĆ³n de organismos patĆ³genos; y en su artĆ­culo 5 se establece la conformaciĆ³n
de la ComisiĆ³n TĆ©cnica de EvaluaciĆ³n de Riesgos de ImportaciĆ³n;

Que, en el artĆ­culo 20 del Reglamento de AplicaciĆ³n del Libro
IV Del CĆ³digo OrgĆ”nico de la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones, emitido por
Decreto No. 733 del 11 de abril de 2011 publicado en el Registro Oficial No. 435 del 27 de abril de
2011
, establece ?que las instituciones pĆŗblicas tienen facultad
regulatoria en materia sanitaria y fitosanitaria y de normatividad tƩcnica,
salud pĆŗblica, ambiente y seguridad nacional, para adoptar medidas no arancelarias en al Ć”mbito de su
competencia, cuando se las requiera por situaciones de emergencia, en las que
se encuentre comprometida la salud y la vida de las personas, de los animales o
vegetales, protecciĆ³n del medio ambiente o la seguridad interna, de acuerdo a
lo determinado en sus respectivos marcos legales y la legislaciĆ³n
internacional, debiendo informar al COMEX a travƩs de la Secretarƭa TƩcnica, el
tipo de medidas adoptadas, los justificativos tƩcnicos y el tiempo de su
aplicaciĆ³nĀ»;

Que, es evidente que la importaciĆ³n e introducciĆ³n directa o
indirecta de las diversas especies de camarĆ³n en todas sus fases y
presentaciones (vivos, frescos, congelados y valor agregado), asĆ­ como de
insumos para la acuacultura procedentes del continente asiƔtico, representan un
riesgo en la dispersiĆ³n del EMS a otros continentes, como lo reportado en
MĆ©xico, cuyas consecuencias serĆ­an devastadoras para el sector camaronero
nacional y de grave impacto socio econĆ³mico para el Ecuador, como lo ocurrido
con el WSSV en el aƱo 1999;

Que, en el Art. 13 de la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero,
se establece que el Ministro del ramo queda facultado para resolver y reglamentar
los casos especiales y los no previstos que se suscitaren en la aplicaciĆ³n de
esta Ley.

Que, mediante Acuerdo No. 105 del 11 de marzo de 2013, se
faculta al Viceministro de Acuacultura y Pesca, expedir reglamentos, acuerdos y
resoluciones dentro del Ɣmbito de su competencia, asƭ como la facultad de
resolver los casos especiales y los no previstos que se suscitaren en aplicaciĆ³n
de la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero conforme el artĆ­culo 13 de dicho
cuerpo legal;

En uso de las facultades establecidas en el Acuerdo No. 105
del 11 de marzo de 2013;

Acuerda:

Art. 1.- Declarar como medida primordial la vigilancia epidemiolĆ³gica
en la reproducciĆ³n y cultivo de camarĆ³n; asĆ­ como de los productos e insumos
para la acuacultura, al haberse presentado en varios paƭses, especialmente asiƔticos,
casos del SĆ­ndrome de Mortalidad Temprana/SĆ­ndrome de la Necrosis
HepatopancreƔtica Aguda (EMS/AHPNS, por sus siglas en inglƩs), clasificados en
las subpartidas arancelarias que se encuentran detalladas en el Anexo 1.

Art. 2.- Establecer como medida urgente, no arancelaria, en
materia sanitaria y fitosanitaria la prohibiciĆ³n de importaciones por el plazo
de un aƱo de las subpartidas arancelarias establecidas en el Anexo 1 del
presente Acuerdo, y que corresponden a diversas especies de camarones vivos en
cualquier fase de su ciclo de vida, sus productos y subproductos en todas sus
presentaciones (crudos, frescos, congelados, precocidos, cocidos y valor agregado),
asĆ­ como los insumos para la acuacultura (quistes y biomasa de artemia,
poliquetos, prebiĆ³ticos y probiĆ³ticos) y algas, procedentes de China, Vietnam,
Tailandia, y Malasia; y de aquellos paĆ­ses donde se presente
el SĆ­ndrome de Mortalidad

Temprana/Sƭndrome de la Necrosis HepatopancreƔtica Aguda
(EMS/AHPNS, por sus siglas en inglƩs).

Art. 3.- Toda importaciĆ³n de productos del camarĆ³n, procedente
de otros paĆ­ses, deberĆ” estar sujeta al control de las autoridades de la
SubsecretarĆ­a de Acuacultura e Instituto Nacional de Pesca, para lo cual el Servicio
Nacional de Aduanas del Ecuador, deberĆ” notificar de su llegada a puerto
ecuatoriano con 24 horas de anticipaciĆ³n, seƱalando la fecha y hora de arribo,
asĆ­ como el nombre del medio de transporte y mas informaciĆ³n que permita realizar
su control. No se podrĆ” ingresar a territorio ecuatoriano ni nacionalizar
productos de camarĆ³n sin la autorizaciĆ³n de la SubsecretarĆ­a de Acuacultura. En
el caso de camarĆ³n ecuatoriano que fuese exportado y que por alguna razĆ³n en el
puerto de destino es rechazado y se devuelve a Ecuador, sus propietarios
deberƔn demostrar, ante la Subsecretarƭa de Acuacultura, que se trata del mismo
contenedor en el que se transportĆ³ el producto. En caso de no tratarse del
mismo contenedor, quedarĆ” a criterio de la SubsecretarĆ­a de Acuacultura el encasillar
dicho caso como de excepciĆ³n para permitir su reingreso.

Art. 4.- Sin perjuicio de las atribuciones de la ComisiĆ³n TĆ©cnica
de EvaluaciĆ³n de Riesgos de ImportaciĆ³n, los tĆ©cnicos de la DirecciĆ³n de
Control de la SubsecretarĆ­a de Acuacultura y del Instituto Nacional de Pesca,
realizarĆ”n de forma permanente el control y vigilancia epidemiolĆ³gica para el
correcto uso de productos e insumos para la acuacultura, inclusive deberƔn
coordinar acciones con las demƔs instituciones del Estado para el cumplimiento
de su labor, especialmente con el Servicio Nacional de Aduanas.

Los productos e insumos para la acuacultura que hayan sido
ingresados de forma ilegal a territorio nacional serƔn incinerados.

Art. 5.- Una vez que el paƭs cuente con los mƩtodos necesarios
para la detecciĆ³n del EMS/AHPNS, se podrĆ” levantar la BARRERA SANITARIA,
quedando Ćŗnicamente como BARRERAS TƉCNICAS los siguientes requisitos
sanitarios:

a) Certificado
sanitario de la autoridad competente del paĆ­s de origen que declare que el
producto estĆ” libre del agente causal del EMS/AHPNS. En el certificado deberĆ”
constar que el producto a importarse, corresponde
al producto muestreado para la emisiĆ³n de dicho certificado.

b) Certificado
de patologĆ­a de un laboratorio certificado por la OIE que declare que el
producto estĆ” libre del agente causal del EMS/AHPNS. En el certificado deberĆ”
constar que el producto a importarse, corresponde al producto muestreado para
la emisiĆ³n de dicho certificado.

c) Certificado
de origen del producto.

d) Factura
comercial.

e) Una vez
llegada la importaciĆ³n al paĆ­s, deberĆ” mantenerse en custodia aduanera hasta
que se realicen los anƔlisis correspondientes en el territorio nacional
para confirmar que la mercancƭa estƩ libre del agente causal
del EMS/AHPNS y de otros patĆ³genos de importancia sanitaria, y solo en caso de
estar libre de agentes causales se permitirĆ” su entrada al Ecuador.

f) En caso
de que sea detectado el agente causal del EMS/AHPNS u otros patĆ³genos de
importancia sanitaria en los productos importados no se permitirĆ” la nacionalizaciĆ³n
y se tomarĆ”n las medidas necesarias para la devoluciĆ³n o incineraciĆ³n de los
productos.

Art. 6.- Notificar del presente acuerdo al ComitƩ de Comercio
Exterior (COMEX) a travƩs de su Secretarƭa TƩcnica y al Instituto Nacional de
Pesca, sobre la presente medida sanitaria, para los fines pertinentes.

Art. 7.- El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia
a partir de sus suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Art. 8.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo encĆ”rguese a la
Subsecretarƭa de Acuacultura e Instituto Nacional de Pesca, quienes presentarƔn
informes trimestrales.

Dado en Manta, 25 de julio de 2013.

f.) Ing. Guillermo MorƔn VelƔsquez, Viceministro de Acuacultura
y Pesca.


ANEXO 1

SUBPARTIDAS ARANCELARIAS QUE INVOLUCRAN LA PROHIBICIƓN DE
IMPORTACIƓN

DE CAMARƓN, ARTEMIA, ALGAS, PROBIƓTICOS Y PREBIƓTICOS.

SUBPARTIDAS

DESCRIPCION

03.06

CrustƔceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados,
congelados, secos, salados o

en sal muera; crustƔceos ahumados, incluso pelados o
cocidos, antes o durante el

ahumando; crustƔceos sin pelar, cocidos en agua o vapor,
incluso refrigerados,

congelados, secos, salados o en sal muera; harina, polvo y
pellets de crustƔceos aptos

para la alimentaciĆ³n humana.

-Congelados:

0306.17

— Los demĆ”s camarones, langostinos y demĆ”s decĆ”podos Natantia: