AdministraciĆ³n
del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del
Ecuador

MiĆ©rcoles 09 de Marzo de 2016 – R. O. No. 708

SUPLEMENTO

SUMARIO

SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica:

Ejecutivo:

Acuerdos

1514 LegalĆ­cese los viajes al exterior y
otĆ³rguese licencia con cargo a vacaciones a las siguientes personas:

Carlos AndrƩs Bernal Alvarado, Secretario del
Agua

1515 Fausto Eduardo Herrera Nicolalde,
Ministro de Finanzas

1516 Ximena Victoria Amoroso ĆĆ±iguez,
Directora General del Servicio de Rentas Internas

1517 Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro
de Finanzas

1518 Freddy Arturo Ehlers Zurita, Secretario
de la Iniciativa Presidencial para la ConstrucciĆ³n de la Sociedad del Buen
Vivir

1519 Guillaume Long, Ministro de Cultura y
Patrimonio

1520 Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro de
Hidrocarburos

Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados:
Mancomunidades:


PARA LA GESTIƓN DESCENTRALIZADA DELA COMPETENCIA DE TRƁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE, Y SEGURIDAD VIAL DE LOSGOBIERNOS AUTƓNOMOS DESCENTRALIZADOS MUNICIPALES DE NARANJITO, MARCELINOMARIDUEƑA Y SAN JACINTO DE YAGUACHI

Convenio de la Mancomunidad

Acuerdos


DE MANCOMUNAMIENTO QUE SUSCRIBEN
LOS GOBIERNOS AUTƓNOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DE SAN GERARDO,
CUBIJIES, QUIMIAG, LA CANDELARIA, BAYUSHIG, Y GUANANDO
PERTENECIENTES A LA PROVINCIA DE CHIMBORAZO PARA INTEGRAR LA MANCOMUNIDAD DENOMINADA CORREDOR PRODUCTIVO AMBIENTAL
?MIRADOR DE LOS VOLCANES? MCPAMV

Convenio de la Mancomunidad

ORDENANZAS MUNICIPALES:

Ordenanzas


CantĆ³n Chunchi: Que regula la
formaciĆ³n de los catastros prediales urbanos y sectores homogĆ©neos especiales
correspondientes a las cabeceras parroquiales del Ć”rea rural, la determinaciĆ³n,
administraciĆ³n y recaudaciĆ³n del impuesto a los predios urbanos y rurales para
el bienio 2016 – 2017


CantĆ³n TulcĆ”n: Para regular,
autorizar y controlar la explotaciĆ³n de materiales Ć”ridos y pĆ©treos que se
encuentran en los lechos de los rĆ­os, lagunas, y canteras

CONTENIDO


No. 1514

Pedro
Enrique Solines ChacĆ³n

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artĆ­culo 15, literal n), del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, es atribuciĆ³n de la
SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
Ć³rdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, dentro del Ć”mbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores PĆŗblicos de las Instituciones de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica Central, Institucional y que dependen de la FunciĆ³n Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el (Registro
Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015) R. O. (3SP) enero 22 No. 422 de 2016,
cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipaciĆ³n requerida, la
entidad deberƔ generar una solicitud a travƩs del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporĆ”neo del viaje con la debida justificaciĆ³n
de la emergencia o fuerza mayor;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50375, de 04 de febrero de 2016,
Carlos AndrĆ©s Bernal Alvarado, Secretario del Agua solicitĆ³ a la SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica que, a travĆ©s del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporƔneo de su
desplazamiento a la ciudad de La Habana-Cuba, desde el 17 hasta el 20 de enero
2016, viaje en el que participĆ³ en el evento por los 15 aƱos de los servicios
de administraciĆ³n de riesgos y realizĆ³ una visita oficial a las autoridades
cubanas homologas para establecer mecanismos para concretar proyectos de
cooperaciĆ³n bilateral;

Que,
el 04 de febrero de 2016, Rafael Poveda Bonilla, Ministro de CoordinaciĆ³n de
los Sectores EstratƩgicos, avala el desplazamiento de Carlos AndrƩs Bernal
Alvarado, Secretario del Agua;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentaciĆ³n de respaldo, fue recibida en la SecretarĆ­a Nacional de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica el 04 de febrero de 2016, a travĆ©s del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procediĆ³ a su anĆ”lisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-000551-O de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorizaciĆ³n; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTƍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Carlos AndrƩs Bernal Alvarado,
Secretario del Agua, ingresado a esta Secretarƭa de Estado a travƩs del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior, con nĆŗmero 50375, viaje en el que
participĆ³ en el evento por los 15 aƱos de los servicios de administraciĆ³n de
riesgos y realizĆ³ una visita oficial a las autoridades cubanas homologas para
establecer mecanismos para concretar proyectos de cooperaciĆ³n bilateral, desde
el 17 hasta el 20 de enero 2016, a la ciudad de La Habana-Cuba.

ARTƍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artĆ­culo que precede fueron cubiertos con Recursos de la
OrganizaciĆ³n Anfitriona, de conformidad con la documentaciĆ³n ingresada a travĆ©s
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Carlos AndrƩs Bernal Alvarado,
Secretario del Agua.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a los cuatro (04) dĆ­as del mes de febrero del 2016.

f.)
Pedro Enrique Solines ChacĆ³n, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
29 de febrero del 2016.

f.)
Dr. Freddy OrdoƱez Bermeo, Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica, Secretarƭa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 1515

Ab.
Pedro Solines ChacĆ³n

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
DMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que,
mediante Oficio Nro. MINFIN-DM-2016-0057 de 04 de febrero de 2016, Fausto
Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas solicita autorizaciĆ³n de
licencia con cargo a vacaciones el 05 de febrero de 2016;

Que,
en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15,
literal u), del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva, que establece:?… El Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica,
a mƔs de las competencias seƱaladas en el artƭculo 14 del Estatuto de RƩgimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, tendrĆ” las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorizaciĆ³n de vacaciones,
licencias con y sin remuneraciĆ³n y permisos para autoridades de la FunciĆ³n
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerƔrquico
superior…?;

Acuerda:

ARTƍCULO
ƚNICO.- Otorgar a Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas,
licencia con cargo a vacaciones el 05 de febrero de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Fausto Eduardo Herrera Nicolalde,
Ministro de Finanzas.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los cuatro (04) dĆ­as del mes de febrero de
2016.

f.)
Ab. Pedro Solines ChacĆ³n, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
29 de febrero del 2016.

f.)
Dr. Freddy OrdoƱez Bermeo, Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica, Secretarƭa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 1516

Ab.
Pedro Solines ChacĆ³n

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que,
mediante Oficio Nro. SRI-NAC-DGE-2016-0040- OF de 01 de febrero de 2016, Ximena
Victoria Amoroso ĆĆ±iguez, Directora General del Servicio de Rentas Internas solicita
autorizaciĆ³n de licencia con cargo a vacaciones el 10 de febrero de 2016;

Que,
en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15,
literal u), del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva, que establece:?… El Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica,
a mƔs de las competencias seƱaladas en el artƭculo 14 del Estatuto de RƩgimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, tendrĆ” las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorizaciĆ³n de vacaciones,
licencias con y sin remuneraciĆ³n y permisos para autoridades de la FunciĆ³n
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerƔrquico
superior…?;

Acuerda:

ARTƍCULO
ƚNICO.- Otorgar a Ximena Victoria Amoroso ĆĆ±iguez, Directora General del
Servicio de Rentas Internas, licencia con cargo a vacaciones el 10 de febrero de
2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Ximena Victoria Amoroso ĆĆ±iguez, Directora
General del Servicio de Rentas Internas.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los cinco (05) dĆ­as del mes de febrero de
2016.

f.)
Ab. Pedro Solines ChacĆ³n, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
29 de febrero del 2016.

f.)
Dr. Freddy OrdoƱez Bermeo, Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica, Secretarƭa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 1517

Pedro
Enrique Solines ChacĆ³n

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artĆ­culo 15, literal n), del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, es atribuciĆ³n de la
SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
Ć³rdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, dentro del Ć”mbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores PĆŗblicos de las Instituciones de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica Central, Institucional y que dependen de la FunciĆ³n Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la
solicitud no es posible con la anticipaciĆ³n requerida, la entidad deberĆ”
generar una solicitud a travƩs del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, solicitando el ingreso extemporĆ”neo del viaje con la debida justificaciĆ³n
de la emergencia o fuerza mayor;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50010 de 04 de enero de 2016,
Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicitĆ³ a la
SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica que, a travĆ©s del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, se regularice el ingreso extemporƔneo de
su desplazamiento a la ciudad de Montevideo-Uruguay, desde el 26 hasta el 28 de
noviembre de 2015, viaje en el que asistiĆ³ a la reuniĆ³n del Directorio de la
CAF;

Que,
el 05 de febrero de 2016, Byron Cueva Altamirano, Delegado del Ministro de
CoordinaciĆ³n de la PolĆ­tica EconĆ³mica avala el desplazamiento de Fausto Eduardo
Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentaciĆ³n de respaldo, fue recibida en la SecretarĆ­a Nacional de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica el 05 de febrero de 2016, a travĆ©s del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procediĆ³ a su anĆ”lisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorizaciĆ³n; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTƍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Fausto Eduardo Herrera Nicolalde,
Ministro de Finanzas, ingresado a esta Secretarƭa de Estado a travƩs del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con nĆŗmero 50010, viaje en el
que asistiĆ³ a la reuniĆ³n del Directorio de la CAF, en la ciudad de
Montevideo-Uruguay, desde el 26 hasta el 28 de noviembre de 2015.

ARTƍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artĆ­culo que precede fueron cubiertos con Recursos de la
OrganizaciĆ³n Anfitriona, de conformidad con la documentaciĆ³n ingresada a travĆ©s
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Fausto Eduardo Herrera Nicolalde,
Ministro de Finanzas.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a los cinco (05) dĆ­as
del mes de febrero de 2016.

f.)
Pedro Enrique Solines ChacĆ³n, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
29 de febrero del 2016.

f.)
Dr. Freddy OrdoƱez Bermeo, Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica, Secretarƭa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 1518

Ab.
Pedro Solines ChacĆ³n

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que,
mediante Oficio Nro. PR-SIPCSBV-2016-0023-O de 11 de febrero de 2016, Freddy
Arturo Ehlers Zurita, Secretario de la Iniciativa Presidencial para la
ConstrucciĆ³n de la Sociedad del Buen Vivir, solicita autorizaciĆ³n de licencia
con cargo a vacaciones desde el 23 de febrero hasta el 02 de marzo de 2016;

Que,
en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15,
literal u), del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva, que establece:?… El Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica,
a mƔs de las competencias seƱaladas en el artƭculo 14 del Estatuto de RƩgimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, tendrĆ” las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorizaciĆ³n de vacaciones,
licencias con y sin remuneraciĆ³n y permisos para autoridades de la FunciĆ³n
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerĆ”rquico superior…?;

Acuerda:

ARTƍCULO
ƚNICO.- Otorgar a Freddy Arturo Ehlers Zurita, Secretario de la Iniciativa
Presidencial para la ConstrucciĆ³n de la Sociedad del Buen Vivir, licencia con cargo
a vacaciones desde el 23 de febrero hasta el 02 de marzo de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Freddy Arturo Ehlers Zurita,
Secretario de la Iniciativa Presidencial para la ConstrucciĆ³n de la Sociedad
del Buen Vivir.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los once (11) dĆ­as del mes de febrero de
2016.

f.)
Ab. Pedro Solines ChacĆ³n, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 29 de febrero del 2016.

f.)
Dr. Freddy OrdoƱez Bermeo, Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica, Secretarƭa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 1519

Pedro
Enrique Solines ChacĆ³n

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artĆ­culo 15, literal n), del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, es atribuciĆ³n de la SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica: ?Expedir acuerdos, resoluciones, Ć³rdenes
y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, dentro del Ć”mbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores PĆŗblicos de las Instituciones de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica Central, Institucional y que dependen de la FunciĆ³n Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador
autorizarĆ” los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete
Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50379, de 04 de febrero de 2016,
Guillaume Long, Ministro de Cultura y Patrimonio, solicitĆ³ a la SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica que, a travĆ©s del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de
ParĆ­s-Francia, desde el 12 hasta el 18 de febrero de 2016, con la finalidad de
asistir a la exposiciĆ³n ?Chamanes y Deidades del Antiguo Ecuador? y mantener
encuentros con diversas personalidades polĆ­ticas de Francia, Intelectuales y
acadƩmicos franceses con el objetivo de socializar los avances alcanzados en la
Ley de Cultura del Ecuador y el Sistema Nacional de Cultura y su relacionamiento
internacional;

Que,
el 11 de febrero de 2016, AndrƩs David Arauz Galarza, Ministro Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano, avala el desplazamiento de Guillaume Long,
Ministro de Cultura y Patrimonio;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentaciĆ³n de respaldo, fue recibida en la SecretarĆ­a Nacional de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica el 11 de febrero de 2016, a travĆ©s del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procediĆ³ a su anĆ”lisis en el marco
de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de julio de
2013, siendo procedente su autorizaciĆ³n; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTƍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Guillaume Long, Ministro de Cultura
y Patrimonio, ingresado a esta Secretarƭa de Estado a travƩs del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, con nĆŗmero 50379, con la finalidad de
asistir a la exposiciĆ³n ?Chamanes y Deidades del Antiguo Ecuador? y mantener
encuentros con diversas personalidades polĆ­ticas de Francia, Intelectuales y
acadƩmicos franceses con el objetivo de socializar los avances alcanzados en la
Ley de Cultura del Ecuador y el Sistema Nacional de Cultura y su
relacionamiento internacional, en la ciudad de ParĆ­s-Francia, desde el 12 hasta
el 18 de febrero de 2016.

ARTƍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artƭculo que precede, serƔn cubiertos con Recursos del Ministerio
de Cultura y Patrimonio, de conformidad con la documentaciĆ³n ingresada a travĆ©s
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Guillaume Long, Ministro de
Cultura y Patrimonio.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a los doce (12) dĆ­as
del mes de febrero de 2016.

f.)
Pedro Enrique Solines ChacĆ³n, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 29 de febrero del 2016.

f.)
Dr. Freddy OrdoƱez Bermeo, Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica, Secretarƭa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 1520

Pedro
Enrique Solines ChacĆ³n

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artĆ­culo 15, literal n), del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, es atribuciĆ³n de la
SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
Ć³rdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, dentro del Ć”mbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores PĆŗblicos de las Instituciones de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica Central, Institucional y que dependen de la FunciĆ³n Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la
solicitud no es posible con la anticipaciĆ³n requerida, la entidad deberĆ”
generar una solicitud a travƩs del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, solicitando el ingreso extemporĆ”neo del viaje con la debida justificaciĆ³n
de la emergencia o fuerza mayor;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50212, de 20 de enero de 2016,
Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro de Hidrocarburos solicitĆ³ a la SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica que, a travĆ©s del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporƔneo de su
desplazamiento a la ciudad de Caracas – Venezuela, desde el 20 hasta el 21 de
enero de 2016, viaje en el que impulsĆ³ los acuerdos y definiciones sobre Rio Napo
y RefinerĆ­a del PacĆ­fico;

Que,
el 12 de febrero de 2016, Rafael Poveda Bonilla, Ministro de CoordinaciĆ³n de
los Sectores EstratƩgicos, avala el desplazamiento de Carlos Pareja
Yannuzzelli, Ministro de Hidrocarburos;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentaciĆ³n de respaldo, fue recibida en la SecretarĆ­a Nacional de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica el 12 de febrero de 2016, a travĆ©s del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procediĆ³ a su anĆ”lisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-000551-O de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorizaciĆ³n; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTƍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro
de Hidrocarburos, ingresado a esta Secretarƭa de Estado a travƩs del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, con nĆŗmero 50212, viaje en el que en el
que impulsĆ³ los acuerdos y definiciones sobre Rio Ƒapo y RefinerĆ­a del PacĆ­fico,
desde el 20 hasta el 21 de enero de 2016, en la ciudad de Caracas – Venezuela.

ARTƍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artĆ­culo que precede fueron cubiertos con Recursos del
Ministerio de Hidrocarburos, de conformidad con la documentaciĆ³n ingresada a
travƩs del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Carlos Pareja Yannuzzelli,
Ministro de Hidrocarburos.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a los doce (12) dĆ­as del
mes de febrero de 2016.

f.)
Pedro Enrique Solines ChacĆ³n, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
29 de febrero del 2016.

f.)
Dr. Freddy OrdoƱez Bermeo, Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica, Secretarƭa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

CONVENIO DE MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIƓN
DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRƁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE, Y
SEGURIDAD VIAL DE LOS GOBIERNOS AUTƓNOMOS DESCENTRALIZADOS MUNICIPALES DE
NARANJITO, MARCELINO MARIDUEƑA Y SAN JACINTO DE YAGUACHI
.

En la
ciudad de Naranjito, a los veintiocho dƭas del mes de Septiembre del aƱo 2015,
intervienen en la suscripciĆ³n del presente instrumento, los seƱores Alcaldes en
su calidad de representantes de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados
Municipales de: Naranjito, el Dr. Marcos IvĆ”n Onofre LĆ³pez; de Marcelino
MaridueƱa, el Dr. Nelson Herrera Zumba; y, de San Jacinto de Yaguachi, el Lcdo.
Daniel Avecilla Arias; quienes comparecen debidamente autorizados por cada uno
de los Concejos Municipales, conforme constan de los documentos que se agregan
como habilitantes y que se anexan y forman parte integrante del presente
instrumento, quienes acuerdan celebrar el presente CONVENIO de conformidad con
las siguientes clƔusulas:

PRIMERA
.- ANTECEDENTES Y BASE LEGAL

La
Provincia del Guayas se ha caracterizado por ser una de aquellas que ha
demostrado su asociatividad no solo en el campo productivo, comercial, sino
tambiƩn en el desarrollo del ser humano, por lo que, inmersos en el proceso de
descentralizaciĆ³n que promueve el Gobierno Nacional y atentos a las
disposiciones que emanan de la ConstituciĆ³n, CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n
Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n (COOTAD) y la Ley OrgĆ”nica de
Trasporte Terrestre. TrĆ”nsito y Seguridad Vial; los Gobiernos AutĆ³nomos
Descentralizados Municipales que suscriben el presente convenio, ven la
necesidad de mancomunarse para ejercer la competencia de trƔnsito, transporte
terrestre y seguridad vial.

Para
la suscripciĆ³n del presente convenio se ha considerado la siguiente base
Constitucional y legal:

Los
artĆ­culos 264 numeral 6 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica y 55 literal f) del
CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial y AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, disponen
que es competencia exclusiva de los gobiernos autĆ³nomos municipales, planificar,
regular y controlar el trƔnsito, el trasporte terrestre y seguridad vial.

El
artƭculo 30 numeral 3 de la Ley OrgƔnica de Transporte Terrestre, TrƔnsito y
Seguridad Vial, establece que los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados
Regionales, Metropolitanos o Municipales, son responsables de la planificaciĆ³n
operativa del control del transporte terrestre, trĆ”nsito y seguridad vial, planificaciĆ³n
que estarƔ regida en las disposiciones de carƔcter nacional emanadas desde la Agencia
Nacional de RegulaciĆ³n y Control del TrĆ”nsito, Transporte Terrestre y Seguridad
Vial.

La Ley
OrgƔnica de Transporte Terrestre, TrƔnsito y Seguridad Vial, en su artƭculo 30
dispone que los recursos provenientes de los derechos por el otorgamiento de matrĆ­culas,
placas y tĆ­tulos habilitantes para la operaciĆ³n de servicios de transporte
terrestre, trƔnsito y seguridad vial, serƔn distribuidos automƔticamente
conforme lo establezca el Consejo Nacional de Competencias una vez que los
gobiernos autĆ³nomos descentralizados asuman las competencias respectivas.

La
DisposiciĆ³n Transitoria Octava de la Ley de Transporte Terrestre, TrĆ”nsito y
Seguridad Vial, dispone que los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados
Regionales, Metropolitanos y Municipales asumirƔn las competencias en materia
de planificaciĆ³n, regulaciĆ³n, control de trĆ”nsito, transporte terrestre y
seguridad vial, una vez que hayan cumplido con el procedimiento establecido en
el COOTAD.

El
Consejo Nacional de Competencias, mediante ResoluciĆ³n No.- 006-CNC-2012 dictada
el 26 de abril de 2012, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 712 de
29 de mayo de 2012, resolviĆ³ transferir de manera progresiva la competencia de planificar,
regular y controlar el trƔnsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, a
favor de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales
y definiĆ³ tres modelos de gestiĆ³n diferenciados, facultando que el ejercicio de
la competencia lo realicen mediante la conformaciĆ³n de una mancomunidad.

El
Consejo Nacional de Competencia, mediante ResoluciĆ³n 003-CNC-2015, publicada en
el Registro Oficial No. 475 de 8 de abril del 2015, revisĆ³ los modelos de
gestiĆ³n determinados en la ResoluciĆ³n No. 006-CNC-2012.

El
artĆ­culo Art. 243 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que
dos o mƔs regiones, provincias, cantones o parroquias continuas podrƔn
agruparse y formar mancomunidades, con la finalidad de mejorar la gestiĆ³n de sus
competencias y favorecer sus procesos de integraciĆ³n.

Que
los artĆ­culos 285 y 286 del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial
AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, facultan a los Gobiernos AutĆ³nomos
Descentralizados Municipales a formar Mancomunidades, como entidades de derecho
pĆŗbico con personalidad jurĆ­dica. Con fundamento en los antecedentes expuestos
y en aplicaciĆ³n a lo dispuesto en el artĆ­culo, 287 del COOTAD, los Consejos
Municipales autorizan la creaciĆ³n y conformaciĆ³n de la mancomunidad, conforme
consta del texto de las Resoluciones que se adjunta como habilitantes del
presente convenio.

Los
Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados Municipales de Naranjito, Marcelino
MaridueƱa, San Jacinto de Yaguachi, de la Provincia del Guayas, han considerado
dentro de su esquema y modalidad de gestiĆ³n, adoptar la figura de Mancomunidad,
a efectos de mejorar la gestiĆ³n de la competencia de trĆ”nsito, transporte
terrestre y seguridad vial, en beneficio de las comunidades y poblaciĆ³n que
representan; para ello cuentan con las autorizaciones y resoluciones adoptadas
por los respectivos Concejos Municipales, adjuntƔndose como habilitantes las certificaciones
correspondientes.

SEGUNDA.-
CONSTITUCIƓN, DOMICILIO Y REPRESENTACIƓN LEGAL

2.1.-
De la ConstituciĆ³n: Por medio del presente instrumento se constituye la
Mancomunidad para la gestiĆ³n descentralizada de la competencia de TrĆ”nsito,
Transporte Terrestre y Seguridad Vial de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados
Municipales de Naranjito, Marcelino MaridueƱa y San Jacinto de Yaguachi, como
persona jurĆ­dica de derecho pĆŗblico, patrimonio propio, autonomĆ­a presupuestaria,
financiera, administrativa y de gestiĆ³n sujeta al rĆ©gimen normativo de las
entidades del sector pĆŗblico al presente convenio y estatuto y reglamentaciĆ³n propia
que se dicte.

2.2.-
El Domicilio de la Mancomunidad: SerĆ” la Ciudad de Naranjito, jurisdicciĆ³n de
la Provincia del Guayas pudiendo establecerse nĆŗcleos operativos en los
cantones miembros de esta Mancomunidad. La Sede serĆ” alternada de acuerdo a los
resultados basados en los estudios tĆ©cnicos en funciĆ³n de la atenciĆ³n al
usuario.

2.3.-
La RepresentaciĆ³n Legal, Judicial y extrajudicial: La tendrĆ” el Presidente de
la Mancomunidad, el mismo que se regirĆ” por las normas del presente convenio,
el estatuto que se apruebe para el efecto.

TERCERA.-
OBJETO Y FINES DE LA MANCOMUNIDAD

La
Mancomunidad tiene por objeto y fin gestionar de manera efectiva, eficiente y eficaz
la competencia para planificar, regular y controlar el TrƔnsito, Transporte Terrestre
y Seguridad Vial, en la jurisdicciĆ³n territorial de los gobiernos autĆ³nomos
descentralizados municipales mancomunados y de ser el caso ejercer la
competencia a travĆ©s de la creaciĆ³n de la Empresa PĆŗblica mancomunada.

La
Mancomunidad para la gestiĆ³n descentralizada de la competencia de TrĆ”nsito,
Transporte Terrestre y Seguridad Vial de los Gobiernos AutĆ³nomos
Descentralizados Municipales de Naranjito, Marcelino MaridueƱa y San Jacinto de
Yaguachi; en el marco del objetivo descrito en el inciso anterior, tiene los
siguientes objetivos especĆ­ficos:

Formular
y ejecutar acciones, propuestas, planes, programas, proyectos y demƔs
iniciativas relacionadas con la gestiĆ³n de la competencia para planificar el
trƔnsito, transporte terrestre y seguridad vial en los cantones miembros de la
Mancomunidad, de conformidad con la normativa prevista para el ejercicio de la
competencia.

Impulsar
la gestiĆ³n compartida de la competencia para planificar, controlar y regular el
trƔnsito, trasporte terrestre y seguridad vial en los cantones miembros de la
Mancomunidad.

Favorecer
los procesos de integraciĆ³n territorial especĆ­ficamente en el Ć”mbito de la
competencia para planificar, controlar y regular el TrƔnsito, Transporte Terrestre
y Seguridad Vial, en el territorio de los cantones miembros de la Mancomunidad.

Emitir
directrices, lineamientos, pautas, sobre la regulaciĆ³n del trĆ”nsito, transporte
terrestre y seguridad vial de los cantones de Naranjito, Marcelino MaridueƱa y
San Jacinto de Yaguachi, en los tĆ©rminos previstos en la ResoluciĆ³n Nro.
006-CNC-2012, publicada en el Registro Oficial Suplemento 712 de 29 de mayo de 2012.

Celebrar
acuerdos, convenios, contratos y establecer compromisos destinados al
cumplimiento del objeto y fines propuestos en el presente convenio.

CUARTA.
? ADHESIONES

La
Mancomunidad se constituye con los GAD municipales de Naranjito, Marcelino
MaridueƱa y San Jacinto de Yaguachi, cuyos representantes legales suscriben
este instrumento, en calidad de miembros fundadores. Las Municipalidades que en
lo futuro tuvieren interƩs en participar en la Mancomunidad, podrƔn adherirse
al presente convenio suscribiendo el correspondiente protocolo de adhesiĆ³n,
previo cumplimiento de lo previsto en la normativa legal prevista para el
efecto en el artĆ­culo 288 del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a
y DescentralizaciĆ³n.

CorresponderĆ”
a los seƱores Alcaldes/as de las Municipalidades que conforman la Mancomunidad,
generar acciones tendientes a lograr la mĆ”s amplia participaciĆ³n ciudadana y
promover acuerdos y entendimientos para cumplir los objetivos propuestos y que
constan en este instrumento.

QUINTA.-
DE LA ADMINISTRACIƓN DE LA MANCOMUNIDAD.- La Mancomunidad que se constituye por
el presente convenio tendrĆ” los siguientes Ć³rganos:

1.- Un
Ć³rgano de DirecciĆ³n, denominado Asamblea General; y,

2.- Un
Ć³rgano de administraciĆ³n, denominado Gerencia General

Adicionalmente
podrĆ” contar con las unidades gobernantes agregadoras de valor o de apoyo que
considere necesarias.

5.1.-
DE LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea
General, es la mƔxima autoridad de la Mancomunidad y estarƔ integrada por los
seƱores Alcaldes de cada uno de los municipios mancomunados o sus delegados y
por aquellos que con posterioridad se adhieran a ella; la Asamblea serĆ”
presidida por el Presidente.

5.2.-
DE LA GERENCIA GENERAL

Los
miembros de la Asamblea o sus delegados designaran un Gerente General, quien se
encargarĆ” de cumplir lo dispuesto por la Asamblea General.

SEXTA.-
DEL PATRIMONIO Y LOS BIENES:

6.1.-
Forman parte del patrimonio de la Mancomunidad: Los fondos asignados por el
Ministerio de Finanzas a cada uno de los GAD municipales mancomunados que se
destinen para financiar el ejercicio de la competencia de trƔnsito, transporte
terrestre y seguridad vial, en los tĆ©rminos constantes en la ResoluciĆ³n No.
006-CNC-2012, de fecha 26 de abril del 2012.

Es
patrimonio de la mancomunidad el monto fijo, es decir la suma del monto fijo
que le corresponde a cada GAD antes de mancomunarse; y, el monto variable que
le corresponda.

6.2.-
Los aportes que los Municipios Mancomunados asignen: Dentro de su
disponibilidad econĆ³mica y presupuestaria, sean estos permanentes o temporales,
tanto para la ejecuciĆ³n administrativa cuanto para su operaciĆ³n y ejecuciĆ³n de
planes, programas y proyectos; asĆ­ como aquellos que sean asignados por las
Instituciones pĆŗblicas y privadas.

6.3.-
Las asignaciones, transferencias y donaciones: Realizadas por personas
naturales o jurĆ­dicas, nacionales o extranjeras, destinadas al cumplimiento del
objeto de la Mancomunidad.

6.4.-
Los aportes iniciales consistentes en la suma de $50.000 US (Cincuenta mil)
dĆ³lares de los Estados Unidos de NorteamĆ©rica.

6.5.- Los
bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier tĆ­tulo y todos los ingresos
provenientes por cualquier otro concepto, asƭ como tambiƩn los recursos provenientes
de crƩditos, asignaciones no reembolsables y aquellos que se transfieran por
efecto de convenios de cooperaciĆ³n, de cogestiĆ³n o de asistencia tĆ©cnica o crediticia
para el cumplimiento de los planes, programas y proyectos de la mancomunidad.

SEPTIMA.-
PLAZO.-

La
Mancomunidad, tendrĆ” una duraciĆ³n de 20 aƱos pudiendo disolverse por voluntad
de sus miembros o por causas legales.

OCTAVA.-
LIQUIDACIƓN DE BIENES.-

8.1.- En
caso de disoluciĆ³n de la Mancomunidad los bienes que formen parte de su
patrimonio, entrarĆ”n a la liquidaciĆ³n; y, si existiesen excedentes estos serĆ”n
entregados a las municipalidades integrantes de la misma, de manera proporcional.

En el
caso de liquidaciĆ³n de los bienes y patrimonio en general de la mancomunidad se
deberĆ” observar las normas de Derecho PĆŗblico aplicables a la liquidaciĆ³n y
disoluciĆ³n de las entidades del sector pĆŗblico en general.

En el
caso de disoluciĆ³n de la mancomunidad cada gobierno autĆ³nomo descentralizado
municipal tomarĆ” las medidas que correspondan para garantizar la prestaciĆ³n del
servicio objeto del presente convenio, en el marco de sus competencias.

NOVENA.
– DECLARACIONES ESPECIALES.-

Los
intervinientes convienen en las siguientes:

9.1. La
suscripciĆ³n del presente convenio, no significa asignaciĆ³n ni pĆ©rdida de
jurisdicciĆ³n sobre Ć”