AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiƩrcoles 11 de Diciembre de
2013 – R. O. No. 141

SUMARIO

SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica:

Ejecutivo:

Acuerdos

237 LegalĆ­zase la comisiĆ³n de servicios en el exterior del
seƱor Ing. Camilo SamĆ”n, Presidente del Directorio de la CorporaciĆ³n Financiera
Nacional

240 AutorĆ­zase el viaje al exterior y declĆ”rase en comisiĆ³n
de servicios a la Arq. Marƭa de los Ɓngeles Duarte, Ministra de Transporte y
Obras PĆŗblicas

Ministerio de Finanzas:

106 RefĆ³rmase el Acuerdo Ministerial No. 086 de 09 de abril
de 2012

Ministerio de Salud PĆŗblica:

00004348 SubrĆ³ganse las funciones del Despacho Ministerial
al doctor Miguel Malo Serrano, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la
Salud

00004396 SubrĆ³ganse las funciones del Despacho Ministerial
al doctor Miguel Malo Serrano, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la
Salud

00004397 DelƩganse atribuciones al Ing. Jorge Eduardo
Carrillo Giler, Coordinador General Administrativo Financiero

00004398 ConfĆ³rmase la ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y
Prioritarios

00004399 ExpĆ­dese el CĆ³digo de Ɖtica

00004407 RefĆ³rmase el Acuerdo Ministerial No. 00002524 de 4
de diciembre de 2012

00004408 DelĆ©gase al/la Director/a Nacional de NormatizaciĆ³n
del Talento Humano en Salud para que integre la ComisiĆ³n Especial de
AdjudicaciĆ³n del ?Programa de Becas para Fortalecimiento del Talento Humano en
Salud?

00004420 CrĆ©ase el ?Certificado Internacional de VacunaciĆ³n
contra la Fiebre Amarilla?, como documento legal Ćŗnico, que acredite tal
vacunaciĆ³n para los viajeros

Acuerdos

00004430 DelƩganse atribuciones a la doctora Marysol Ruilova
Maldonado, Viceministra de AtenciĆ³n Integral en Salud

00004437 RefĆ³rmase el Acuerdo Ministerial No. 00004397,
expedido el 3 de octubre de 2013

00004438 DelƩganse atribuciones al/la Subsecretario/a
Nacional de Gobernanza de la Salud PĆŗblica

00004559 DelƩgase y autorƭzase al doctor Guillermo Fuenmayor
Flor ante el Directorio del Instituto de ProvisiĆ³n de Alimentos (IPA)

Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas:

092-DM DelĆ©gase al ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez,
Viceministro de Infraestructura del Transporte, subrogue a la seƱora Ministra

093-DM DelĆ©gase al ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez,
Viceministro de Infraestructura del Transporte, subrogue a la seƱora Ministra

Consejo de EvaluaciĆ³n, AcreditaciĆ³n y Aseguramiento de la
Calidad de la EducaciĆ³n Superior:

Resoluciones

001-071-CEAACES-2013 ExpĆ­dese el Reglamento para la
determinaciĆ³n de resultados del proceso de evaluaciĆ³n, acreditaciĆ³n y
categorizaciĆ³n de las universidades y escuelas politĆ©cnicas y de su situaciĆ³n
acadƩmica e institucional

Consejo Nacional de Telecomunicaciones:

TEL-604-27-CONATEL-2013 RefĆ³rmase el Reglamento del servicio
de telefonĆ­a fija local, emitido el 13 de marzo de 2002

TEL-605-27-CONATEL-2013 RefĆ³rmase el Reglamento para la
prestaciĆ³n del Servicio MĆ³vil Avanzado, emitido el 19 de septiembre de 2002

Consejo de RegulaciĆ³n y Desarrollo de la InformaciĆ³n y
ComunicaciĆ³n:

CORDICOM-2013-004 ExpĆ­dese el Reglamento para la
calificaciĆ³n del Proyecto comunicacional de los solicitantes de frecuencias del
espectro radioelĆ©ctrico para el funcionamiento de medios de comunicaciĆ³n social
privados y comunitarios de radio y televisiĆ³n de seƱal abierta

Instituto Nacional de EconomĆ­a Popular y Solidaria:

142-IEPS-2013 OtĆ³rgase la acreditaciĆ³n a las siguientes
instituciones:

?Universidad Nacional
de Loja?

143-IEPS-2013 ?FundaciĆ³n de Desarrollo Padre Francisco?

Servicio de Rentas Internas: DirecciĆ³n Regional ManabĆ­:

RMA-DRERDRI13-00016 DelƩganse facultades al economista Jan
Carlo Giler

RMA-DRERDRI13-00017 DelƩgase a la abogada Paola Albertina
AntĆ³n Murillo, las funciones de Jefe del Departamento JurĆ­dico

RMA-DRERDRI13-00018 DelƩganse facultades al ingeniero Edgar
Gustavo Barrera PlĆŗa

RMA-DRERDRI13-00019 DelƩgase a la abogada Marƭa Fernanda
Zambrano Carranza, las funciones de Jefe del Ɓrea de Coactivas

CONTENIDO


No. 237

Cristian
Castillo PeƱaherrera

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN
PƚBLICA

Considerando:

Que, mediante
resoluciĆ³n Nro. DIR-179-2013, el Directorio de la CorporaciĆ³n Financiera
Nacional, en la SesiĆ³n celebrada el 18 de octubre de 2013, resuelve autorizar
al Ing. Camilo SamĆ”n, Presidente del Directorio de la CorporaciĆ³n Financiera
Nacional, el viaje en misiĆ³n octubre de
2013, para atender temas vinculados a la venta del Banco del PacĆ­fico de
PanamĆ”.

Que, mediante
Oficio Nro. PD 34855, de 25 de octubre de 2013, el Ing. Camilo SamƔn,
Presidente del Directorio de la CorporaciĆ³n Financiera Nacional, solicita al
Lcdo. Cristian Castillo la autorizaciĆ³n para su desplazamiento a la ciudad de
PanamĆ” – PanamĆ”, del 20 al 21 de octubre, con el fin de asistir a la reuniĆ³n de
negociaciĆ³n para la venta del Banco del PacĆ­fico de PanamĆ”.

Que, mediante
Oficio Nro. PD-MQ-35400 de fecha 31 de octubre de 2013, el Ing. Camilo SamƔn,
Presidente del Directorio de la CorporaciĆ³n Financiera Nacional, solicita al
Econ. Patricio Rivera, Ministro Coordinador de la PolĆ­tica EconĆ³mica, el aval
para su desplazamiento a la ciudad de PanamĆ” – PanamĆ”, del 20 al 21 de octubre
de 2013, a fin de asistir a la reuniĆ³n antes mencionada.

Que, con fecha
07 de noviembre de 2013, el Econ. Patricio Rivera, Ministro Coordinador de la
PolĆ­tica EconĆ³mica, avala la solicitud de desplazamiento del Ing. Camilo SamĆ”n,
Presidente del Directorio de la CorporaciĆ³n Financiera Nacional, a travĆ©s del
Oficio Nro. MCPE-DM- 2013-0408-O.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra
n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,
incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011,
publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme
a lo que establece los ArtĆ­culos 5 y 7 del Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas, emitido
mediante Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012.

Acuerda:

ArtĆ­culo
Primero.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios del seƱor Ing. Camilo SamĆ”n,
Presidente del Directorio de la CorporaciĆ³n Financiera Nacional, a la ciudad de
PanamĆ” – PanamĆ”, del 20 al 21 de octubre de 2013 con el fin de asistir a la
reuniĆ³n de negociaciĆ³n para la venta del Banco del PacĆ­fico de PanamĆ”.

ArtĆ­culo
Segundo.- Los gastos de desplazamiento y

permanencia,
serĆ”n legalizados del presupuesto de la CorporaciĆ³n Financiera Nacional.

ArtĆ­culo
Tercero.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los 12 dĆ­as del mes de noviembre de 2013.

f.) Cristian
Castillo PeƱaherrera, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 22 de
noviembre del 2013.

f.) Dra.
Rafaela Hurtado Espinosa, Coordinadora General de AsesorĆ­a JurĆ­dica, SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 240

Cristian Castillo
PeƱaherrera

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN
PƚBLICA

Considerando:

Que, mediante
Oficio Nro. MTOP-DM-13-2217-OF de 08 de noviembre, la Arq. Marƭa de los Ɓngeles
Duarte, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas, solicita al Eco. David Molina,
Ministro Coordinador de Productividad, Empleo y Competitividad, subrogante, el
aval para su desplazamiento a la ciudad de Piura – PerĆŗ, del 13 al 15 de noviembre,
con el fin de participar en el VII Gabinete Binacional Ecuador – PerĆŗ,
convocado por el Dr. Marco Vinicio Albuja, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana, subrogante.

Que, mediante
Oficio Nro. MTOP-DM-13-2250-OF de 13 de noviembre de 2013, la Arq. MarĆ­a de los
Ɓngeles Duarte, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas, rectifica la fecha del
viaje a Piura – PerĆŗ, indicando en su parte pertinente que el mismo que se
realizarƔ el 14 de noviembre del presente aƱo.

Que, en el
presente caso se verifica el cumplimiento de las disposiciones para viajes al
exterior, estipuladas en el oficio No. PR-SNADP-2013-000551-O, de fecha 30 de julio
de 2013, de conformidad con la revisiĆ³n realizada a la documentaciĆ³n anexa y
presentada para el efecto.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra
n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,
incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011,
publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales
mes y aƱo
, y conforme a lo que establece el artĆ­culo 7 del Reglamento
de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades
adscritas emitido mediante Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012,

Acuerda:

ARTƍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios a la Arq.
MarĆ­a de los Ɓngeles Duarte, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas, a la ciudad
de Piura – PerĆŗ, el 14 de noviembre del presente aƱo, con el fin de participar
en el VII Gabinete Binacional Ecuador -PerĆŗ.

ARTƍCULO
SEGUNDO.- Los gastos que genere este desplazamiento serƔn cubiertos por el
Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas.

ARTƍCULO
TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los 14 dĆ­as del mes de noviembre de 2013.

f.) Cristian
Castillo PeƱaherrera, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 22 de
noviembre del 213. f.) Dra. Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de
AsesorĆ­a JurĆ­dica, SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 106

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que el
artĆ­culo 286 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica dispone que las finanzas
pĆŗblicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirĆ”n de forma sostenible,
responsable y transparente, y procurarĆ”n la estabilidad econĆ³mica;

Que el
artĆ­culo 70 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, define
como Sistema Nacional de Finanzas PĆŗblicas SINFIP, al conjunto de normas, polĆ­ticas,
instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades
y organismos del Sector PĆŗblico deben realizar con el objeto de gestionar en
forma programada los ingresos, gastos y financiamiento pĆŗblicos con sujeciĆ³n al
Plan Nacional de Desarrollo y a las polĆ­ticas pĆŗblicas establecidas en dicha
ley;

Que el numeral
6 del artĆ­culo 74 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas
dispone entre las atribuciones del Ministro a cargo de las Finanzas PĆŗblicas, dictar
las normas, manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catƔlogos,
glosarios y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del sector pĆŗblico para
el diseƱo, implantaciĆ³n y funcionamiento del SINFIP y sus componentes;

Que mediante
Acuerdo Ministerial No. 447, publicado en el Suplemento del Registro Oficial
No. 259 de 24 de enero de 2008, se actualizaron los Principios del Sistema de AdministraciĆ³n
Financiera, las Normas TĆ©cnicas de Presupuesto, el Clasificador Presupuestario
de Ingresos y Gastos, los Principios y Normas TĆ©cnicas de Contabilidad Gubernamental,
el CatƔlogo General de Cuentas y las Normas TƩcnicas de Tesorerƭa para su
aplicaciĆ³n obligatoria en todas las entidades, organismos, fondos y proyectos
que integran el Sector PĆŗblico no Financiero;

Que mediante
Acuerdo Ministerial No. 086 de 09 de abril de 2012, se sustituyĆ³ el numeral
4.9.3 del Acuerdo Ministerial No. 447, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 259 de
24 de enero de 2008
; y,

En ejercicio
de la facultad que le confiere el numeral 6 del artĆ­culo 74 del CĆ³digo OrgĆ”nico
de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas,

Acuerda:

Art. 1.- SustitĆŗyase
el numeral 8.1.4 del Acuerdo Ministerial No. 086 de 09 de abril de 2012, que
sustituyĆ³ numeral 4.9.3 del Acuerdo Ministerial No. 447, publicado en el
Sup1emento del Registro Oficial No. 259 de 24 de enero de 2008, por el
siguiente texto:

8.1.4
PROHIBICION

Se prohĆ­be
utilizar el fondo de caja chica para el pago de bienes y servicios en beneficio
personal, anticipo de viĆ”ticos, subsistencias, alimentaciĆ³n, sueldos, horas
extras, prĆ©stamos, donaciones, multas, agasajos, suscripciĆ³n a revistas y
periĆ³dicos, arreglos florales, compra de activos fijos, decoraciones de oficinas
(no incluye mantenimientos menores ni adquisiciĆ³n de sĆ­mbolos patrios),
movilizaciĆ³n relacionada con asuntos particulares, y, en general, gastos que no
tienen el carƔcter de previsibles o urgentes y de menor cuantƭa.

Los despachos
de Ministras/os y Secretaria/os de Estado, funcionarias/os con rango de
Ministras/os de Estado o superiores, Vice Ministras/os, Subsecretarias/os de
Estado y, Coordinadoras/es Generales, podrƔn adquirir con caja chica insumos de
cafeterĆ­a.

Solo en el
caso de los despachos de Ministras/os y Secretaria/os de Estado,
funcionarias/os con rango de Ministras/os de Estado o superiores se podrĆ”
adquirir con caja chica arreglos florales.

La adquisiciĆ³n
de agua para consumo humano se realizarĆ” mediante los procesos establecidos en
la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, sin aplicar cajas
chicas.

Art. 2.- El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 15 abril del 2013.

f.) Patricio
Rivera YƔnez, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS DEL ECUADOR.- f.) Director de CertificaciĆ³n (E).- Es fiel copia del
original.

No. 00004348

LA MINISTRA DE
SALUD PƚBLICA

Considerando:

Que; la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador manda: ?Art. 154.- A las ministras y
ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo
y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n.
(?).?;

Que; el
artĆ­culo 35 de la Ley de ModernizaciĆ³n del Estado, Privatizaciones y PrestaciĆ³n
de Servicios PĆŗblicos por parte de la Iniciativa Privada permite que, cuando la
conveniencia institucional lo requiera, los mƔximos personeros de las
instituciones del Estado dictarƔn acuerdos, resoluciones y oficios que sean
necesarios para delegar sus atribuciones;

Que; el
Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone:
?Art. 17. DE LOS MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes para el
despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de
autorizaciĆ³n alguna del Presidente de la RepĆŗblica, salvo los casos
expresamente seƱalados en leyes especiales.?;

Que; el inciso
primero del artĆ­culo 55 del mencionado Estatuto prescribe que, las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica
Central e Institucional serĆ”n delegables en las autoridades u Ć³rganos de
inferior jerarquĆ­a, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por
Decreto;

Que; mediante
Decreto Ejecutivo No. 1272 de 22 de agosto de 2012, publicado en el Registro Oficial No. 788 de 13 de
septiembre de 2012
, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del
Ecuador designĆ³ a la Magister Carina Isabel Vance Mafla, como Ministra de Salud
PĆŗblica, nombramiento ratificado con Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de
2013;

Que; mediante
comunicaciĆ³n No. GBT-CL-23-13 de 26 de julio de 2013, la doctora Carissa F.
Etienne, Directora de la OrganizaciĆ³n Panamericana de la Salud convoca a este Portafolio
a participar en el 52 Consejo Directivo de la OPS / 65 sesiĆ³n del ComitĆ©
Regional de la OMS para las AmƩricas, a celebrarse en Washington D.C. del 30 de
septiembre al 4 de octubre de 2013;

Que; con
Oficio No. MSP-SDM-10-2013-2109-O de 6 de septiembre de 2013, la magister
Carina Vance Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica, pone en conocimiento de la doctora
Cecilia Vaca Jones, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social que, con la finalidad de dar continuidad a nivel
regional a las labores emprendidas durante la participaciĆ³n de las
representaciones ecuatorianas en estos espacios, ha considerado que la
delegaciĆ³n del Ministerio de Salud PĆŗblica debe ser presidida por la
infrascrita Ministra de Salud PĆŗblica;

Que; a travƩs
de Oficio No. MCDS-MCDS-2013-0648-OF de 12 de septiembre de 2013, la Ministra
Coordinadora de Desarrollo Social informa al licenciado Cristian Castillo PeƱaherrera,
Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, que autoriza el viaje de la
delegaciĆ³n del Ministerio de Salud PĆŗblica del 30 de septiembre al 2 de octubre
de 2013 para que participe en el 52 Consejo Directivo de la OPS / 65 sesiĆ³n del
ComitƩ Regional de la OMS para las AmƩricas, a celebrarse en Washington D.C.;

Que; mediante
Acuerdo No. 169 expedido el 19 de septiembre de 2013, el seƱor Cristian
Leonardo Castillo PeƱaherrera, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica,
autoriza el viaje y declara en comisiĆ³n de servicios a la magister Carina Vance
Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica, en la ciudad de Washington D.C. ? Estados Unidos
de AmƩrica, del 29 de septiembre al 2 de octubre de 2013 a fin de que participe
en representaciĆ³n de su Cartera de Estado en el 52 Consejo Directivo de la OPS
/ 65 sesiĆ³n del ComitĆ© Regional de la OMS para las AmĆ©ricas; y,

Que; para dar
continuidad a todos los procesos inherentes al Ministerio de Salud PĆŗblica,
durante los dƭas que estarƔ ausente la MƔxima Autoridad de esta Cartera de Estado,
es necesario subrogar las funciones del Despacho Ministerial.

EN EJERCICIO
DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES CONFERIDAS POR LOS ARTICULOS 151 Y 154, NUMERAL 1
DE LA CONSTITUCIƓN DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR Y POR EL ARTƍCULO 17 DEL
ESTATUTO DEL RƉGIMEN JURƍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIƓN EJECUTIVA

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la subrogaciĆ³n de las funciones del Despacho Ministerial al doctor Miguel Malo
Serrano, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud, desde el dĆ­a
sƔbado 28 de septiembre hasta el dƭa miƩrcoles 2 de octubre de 2013.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

DADO EN EL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, a 27 de septiembre de 2013.

f.) Carina
Vance Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica.

Es fiel copia
del documento que consta en el archivo de la D.N SecretarĆ­a General al que me
remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito, a 03 de octubre de 2013.- f.)
Ilegible, SecretarĆ­a General, Ministerio de Salud PĆŗblica.

No.
00004396

LA MINISTRA DE
SALUD PƚBLICA

Considerando:

Que; la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador manda: ?Art. 154.- A las ministras y
ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestiĆ³n. (?).?;

Que; el
artĆ­culo 35 de la Ley de ModernizaciĆ³n del Estado, Privatizaciones y PrestaciĆ³n
de Servicios PĆŗblicos por parte de la Iniciativa Privada permite que, cuando la
conveniencia institucional lo requiera, los mƔximos personeros de las
instituciones del Estado dictarƔn acuerdos, resoluciones y oficios que sean
necesarios para delegar sus atribuciones;

Que; el
Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone:
?Art. 17. DE LOS MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes para el
despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de
autorizaciĆ³n alguna del Presidente de la RepĆŗblica, salvo los casos
expresamente seƱalados en leyes especiales.?;

Que; el inciso
primero del artĆ­culo 55 del mencionado Estatuto prescribe que, las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica
Central e Institucional serĆ”n delegables en las autoridades u Ć³rganos de
inferior jerarquĆ­a, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por
Decreto;

Que; mediante
Decreto Ejecutivo No. 1272 de 22 de agosto de 2012, publicado en el Registro
Oficial No. 788 de 13 de septiembre de 2012, el Presidente Constitucional de la
RepĆŗblica del Ecuador designĆ³ a la Magister Carina Isabel Vance Mafla, como
Ministra de Salud PĆŗblica, nombramiento ratificado con Decreto Ejecutivo No. 2
de 24 de mayo de 2013;

Que; con
oficio No. MSP-SDM-10-2013-2231-O de 18 de septiembre de 2013 dirigido al
Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, la Ministra de Salud PĆŗblica
solicita se le conceda permiso con cargo a vacaciones del 4 al 6 de octubre de
2013;

Que; a travƩs
de Acuerdo No. 173 expedido el 19 de septiembre de 2013, el Secretario Nacional
de la AdministraciĆ³n PĆŗblica concede el permiso requerido por la infrascrita
Ministra de Salud PĆŗblica; y,

Que; para que
los procesos de este Portafolio continĆŗen ejecutĆ”ndose durante los dĆ­as que
estarƔ ausente la MƔxima Autoridad de esta Cartera de Estado, es necesario
subrogar las funciones del Despacho Ministerial.

EN EJERCICIO
DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES CONFERIDAS POR LOS ARTICULOS 151 Y 154, NUMERAL 1
DE LA CONSTITUCIƓN DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR
Y POR EL ARTƍCULO 17 DEL ESTATUTO DEL RƉGIMEN JURƍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA
FUNCIƓN EJECUTIVA

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la subrogaciĆ³n de las funciones del Despacho Ministerial al doctor Miguel Malo
Serrano, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud, desde el 4 hasta
el 6 de octubre de 2013

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

DADO EN EL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, a 03 de octubre de 2013.

f.) Carina Vance
Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica.

Es fiel copia
del documento que consta en el archivo de la D.N SecretarĆ­a General al que me
remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito, a 10 de octubre de 2013.- f.)
Ilegible, SecretarĆ­a General, Ministerio de Salud PĆŗblica.

No. 00004397

LA MINISTRA DE
SALUD PƚBLICA

Considerando:

Que; la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador manda: ?Art. 154.- A las ministras y
ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestiĆ³n. (?).?;

Que; el
artĆ­culo 35 de la Ley de ModernizaciĆ³n del Estado, Privatizaciones y PrestaciĆ³n
de Servicios PĆŗblicos por parte de la Iniciativa Privada permite que, cuando la
conveniencia institucional lo requiera, los mƔximos personeros de las
instituciones del Estado dictarƔn acuerdos, resoluciones y oficios que sean
necesarios para delegar sus atribuciones;

Que; el
Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone:
?Art. 17. DE LOS MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes para el
despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de
autorizaciĆ³n alguna del Presidente de la RepĆŗblica, salvo los casos
expresamente seƱalados en leyes especiales.?;

Que; el inciso
primero del artĆ­culo 55 del mencionado Estatuto prescribe que, las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica
Central e Institucional serĆ”n delegables en las autoridades u Ć³rganos de
inferior jerarquĆ­a, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por
Decreto;

Que; mediante
Decreto Ejecutivo No. 1272 de 22 de agosto de 2012, publicado en el Registro Oficial No. 788
de 13 de septiembre de 2012, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del
Ecuador designĆ³ a la Magister Carina Isabel Vance Mafla, como Ministra de Salud
PĆŗblica, nombramiento ratificado con Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de
2013;

Que; esta
Cartera de Estado realizĆ³ la adquisiciĆ³n de treinta y cinco (35) ambulancias
bajo la modalidad de importaciĆ³n, habiĆ©ndose siniestrado uno de los
contenedores en el cual se encontraba la ambulancia con nĆŗmero de chasis
1FDSS3EL2CDA23800, razĆ³n por la cual se presentĆ³ el reclamo correspondiente al
depĆ³sito temporal CONTECON GUAYAQUIL S.A., responsable del siniestro;

Que; con
oficio No. CGSA-GG-2013-08-0531 de 8 de agosto de 2013, dirigido al Coordinador
General Administrativo Financiero de este Portafolio, el Gerente General de
CONTECON Guayaquil S.A. manifiesta que se va a proceder a liquidar la
respectiva indemnizaciĆ³n por la ambulancia siniestrada y que para elaborar el
Acta de Finiquito solicita se proporcione el nombre del funcionario que en
representaciĆ³n del Ministerio de Salud PĆŗblica firmarĆ” dicha Acta, asĆ­ como el
nombre del funcionario que estƩ autorizado a retirar el cheque correspondiente
al caso; y,

Que; mediante
memorando No. MSP-CGAF-2013-4309 de 25 de septiembre de 2013, el Coordinador
General Administrativo Financiero solicita a la MƔxima Autoridad de este
Portafolio se le otorgue la delegaciĆ³n para recuperar el valor correspondiente
a la ambulancia siniestrada, seƱalando que ?(?) con oficio CGSA-GG-
2013-06-0444 el depĆ³sito temporal CONTECON GUAYAQUIL S.A. indica que ha tenido
conocimiento del evento descrito y que han procedido a notificar a la compaƱƭa
de seguros, para llevar a cabo las gestiones necesarias que con llevan (sic) el
tratamiento de este particular. Con oficio CGSA-GG-2013-08-0531 el depĆ³sito
temporal CONTECON GUAYAQUIL S..A indica que procederĆ” al pago de USD $
116.224,93 como indemnizaciĆ³n al siniestro ocurrido a la ambulancia con nĆŗmero
de chasis 1FDSS3EL2CDA23800 (?)?; y,

Que; con fecha
27 de septiembre de 2013, la MƔxima Autoridad de este Portafolio dispuso
mediante sumilla a la CoordinaciĆ³n General de AsesorĆ­a JurĆ­dica que se prepare
el instrumento de delegaciĆ³n respectivo.

EN EJERCICIO
DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES CONFERIDAS POR LOS ARTICULOS 151 Y 154, NUMERAL 1
DE LA CONSTITUCIƓN DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR Y POR EL ARTƍCULO 17 DEL
ESTATUTO DEL RƉGIMEN JURƍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIƓN EJECUTIVA

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al Ing. Jorge Eduardo Carrillo Giler, Coordinador General Administrativo
Financiero, para que a nombre y en representaciĆ³n del Ministerio de Salud
PĆŗblica suscriba el Acta de Finiquito respecto al reclamo por el siniestro
ocurrido a la ambulancia con nĆŗmero de chasis 1FDSS3EL2CDA23800 de propiedad de esta Cartera
de Estado; asĆ­ como para que retire el cheque que cubre el siniestro de la
ambulancia descrita en los considerandos de este Acuerdo.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

DADO EN EL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, a 03 de octubre de 2013.

f.) Carina
Vance Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica.

Es fiel copia
del documento que consta en el archivo de la D.N SecretarĆ­a General al que me
remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito, a 10 de octubre de 2013.- f.)
Ilegible, SecretarĆ­a General, Ministerio de Salud PĆŗblica.

No. 00004398

LA MINISTRA DE
SALUD PƚBLICA

Considerando:

Que; el Art.
154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador ordena a las ministras y
ministros de Estado que, ademƔs de las funciones establecidas en la ley, les
corresponde ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n;

Que; la citada
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica en el Art. 227 manda que la administraciĆ³n pĆŗblica
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de
eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆ­a, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n,
coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³n;

Que; el Art.
361 de la Norma Suprema establece que: Ā«El Estado ejercerĆ” la rectorĆ­a del
sistema a travƩs de la autoridad sanitaria nacional, serƔ responsable de
formular la polĆ­tica nacional de salud, y normarĆ”, regularĆ” y controlarĆ” todas
las actividades relacionadas con la salud, asĆ­ como el funcionamiento de las
entidades del sectorĀ»;

Que; la Ley
OrgƔnica de Salud en el Art. 4 dispone: ?La autoridad sanitaria nacional es el
Ministerio de Salud PĆŗblica, entidad a la que corresponde el ejercicio de las
funciones de rectorĆ­a en salud; asĆ­ como la responsabilidad de la aplicaciĆ³n,
control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para
su plena vigencia serƔn obligatorias.?;

Que; el Art.
10.1, literal b del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la
FunciĆ³n Ejecutiva – ERJAFE, define a la ComisiĆ³n como la instancia que trata
problemƔticas especƭficas en las que el Gobierno Central no cuenta con
capacidades tĆ©cnicas o institucionales desarrolladas, con una duraciĆ³n
determinada;

Que; mediante
Acuerdo Ministerial No. 1034 de 01 de noviembre de 2011, publicado en el
Registro Oficial No. 279 de 30 de marzo de 2012, se emitiĆ³ el Estatuto OrgĆ”nico
de GestiĆ³n Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud PĆŗblica en el
que se establece como MisiĆ³n de la CoordinaciĆ³n General de GestiĆ³n EstratĆ©gica
dirigir, implementar, administrar y evaluar la gestiĆ³n de procesos, tecnologĆ­as
de la informaciĆ³n y comunicaciĆ³n, clima, cultura y reestructura organizacional,
asĆ­ como los planes de innovaciĆ³n y mejora de eficiencia, eficacia y calidad de
la gestiĆ³n del Ministerio;

Que; para
lograr el adecuado funcionamiento de los procesos del Ministerio de Salud
PĆŗblica es necesaria la coordinaciĆ³n entre las instancias que lo conforman y
que, en funciĆ³n de orientar la gestiĆ³n institucional a travĆ©s de directrices
articuladas y efectivas, se requiere la conformaciĆ³n de un espacio de articulaciĆ³n
y consentimiento de los asuntos estratƩgicos y prioritarios de esta Cartera de
Estado; y,

Que; mediante
memorandos Nos. MSP-CGGE-2013-0261 y MSP-CGGE-2013-0269 de 21 y 29 de agosto de
2013, respectivamente; la Coordinadora General de GestiĆ³n EstratĆ©gica solicita
la revisiĆ³n y aprobaciĆ³n del presente Acuerdo Ministerial.

EN USO DE LAS
FACULTADES CONFERIDAS POR LOS ARTƍCULOS 151 Y 154 NUMERAL 1 DE LA CONSTITUCIƓN
DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR Y POR EL ARTƍCULO 17 DEL ESTATUTO DEL RƉGIMEN
JURƍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIƓN EJECUTIVA

Acuerda:

Art. 1.- Conformar
la ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del Ministerio de Salud
PĆŗblica.

Art. 2.- La
ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del Ministerio de Salud
PĆŗblica, tiene por objeto coordinar la gestiĆ³n de los temas estratĆ©gicos y
prioritarios definidos por la MƔxima Autoridad, asƭ como generar mecanismos
eficientes para la toma de decisiones y servir de enlace entre los
Viceministerios y las SubsecretarĆ­as del Ministerio de Salud PĆŗblica.

Art. 3.- Una
vez que las decisiones de esta ComisiĆ³n hayan sido validadas por la MĆ”xima
Autoridad, serƔn de cumplimiento obligatorio a nivel nacional por las
instancias involucradas en las mismas.

Art. 4.- La
ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del Ministerio de Salud PĆŗblica
estarĆ” integrada por:

El/la
Ministro/a de Salud PĆŗblica , o su delegado/a, quien la presidirĆ”;

El/la
Viceministro/a de Gobernanza y Vigilancia de la Salud ;

El/la
Viceministro/a de AtenciĆ³n Integral en Salud;

El/la
Subsecretario/a Nacional de Gobernanza de la Salud PĆŗblica;

El/la
Subsecretario/a Nacional de Vigilancia de Salud PĆŗblica;

El/la
Subsecretario/a Nacional de ProvisiĆ³n de Servicios de Salud;

El/la
Subsecretario/a Nacional de PrevenciĆ³n, PromociĆ³n de la Salud e Igualdad; y,

El/la
Responsable de coordinar los temas territoriales, que la MƔxima Autoridad
designe.

La ComisiĆ³n
contarĆ” con un/a Secretario/a, quien serĆ” designado/a por el/la Presidente/a de
la misma.

Todos los
miembros actuarĆ”n con voz y voto a excepciĆ³n del/la Secretario/a que actuarĆ”
solamente con voz. El/la Presidente/a tendrĆ” voto dirimente.

El/la
Presidente/a de la ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del
Ministerio de Salud PĆŗblica, podrĆ” convocar a uno o mĆ”s representantes de otras
instancias de la InstituciĆ³n quienes, de acuerdo a los temas a tratarse,
formarĆ”n parte de la ComisiĆ³n, Ćŗnicamente con voz.

Art. 5.- La
ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del Ministerio de Salud PĆŗblica
tendrĆ” como funciones principales las siguientes:

Coordinar y
definir los temas estratĆ©gicos que adoptarĆ” la ComisiĆ³n;

Coordinar y
plantear soluciones a temas estratĆ©gicos que trate la ComisiĆ³n;

Concretar
acuerdos y compromisos a ejecutarse;

Establecer
criterios consensuados para la toma de decisiones tƩcnico-polƭticas del/la
Ministro/a de Salud PĆŗblica;

Evaluar la
ejecuciĆ³n de los compromisos y acciones ejecutadas de manera coordinada por
cada instancia, conforme a sus respectivas competencias;

Informar
permanentemente al/la Ministro/a de Salud PĆŗblica sobre los temas tratados; y,

Otras
funciones que determine el/la Ministro/a de Salud PĆŗblica.

Art. 6.- Las
funciones del/la Presidente/a de la ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y
Prioritarios del Ministerio de Salud PĆŗblica serĆ”n las siguientes:

Disponer la
convocatoria a las sesiones de la ComisiĆ³n;

Presidir las
sesiones de la ComisiĆ³n;

Establecer el
orden del dĆ­a de las sesiones;

Suscribir
conjuntamente con el/la Secretario/a las actas, informes, comunicaciones y resoluciones
emitidas por la ComisiĆ³n;

Definir y
diferenciar los temas y acciones prioritarias y urgentes, que se deben
gestionar en el Ministerio de Salud PĆŗblica;

Articular la
agenda de la ComisiĆ³n con la del/la Ministro/a para tratar los temas estratĆ©gicos;

Articular la
gestiĆ³n de los distintos asesores, en base a las prioridades establecidas por
la ComisiĆ³n;

Ejecutar
tareas especĆ­ficas por delegaciĆ³n del/la Ministro/a; i. Coordinar y facilitar
la ejecuciĆ³n de temas prioritarios y urgentes;

Controlar el
cumplimiento de compromisos adquiridos por la ComisiĆ³n;

Coordinar
reuniones entre los/las Viceministros/as y el/la Ministro/a;

Ser el vĆ­nculo
entre la ComisiĆ³n y el/la Ministro/a de Salud PĆŗblica; y,

Otras que
determine el/la Ministro/a de Salud PĆŗblica.

Art. 7.- Las
funciones del/la Secretario/a de la ComisiĆ³n serĆ”n las siguientes:

Convocar a las
sesiones ordinarias de la ComisiĆ³n, por lo menos con veinte y cuatro (24) horas
de anticipaciĆ³n y a las sesiones extraordinarias de acuerdo a la urgencia del
tema;

Constatar el
quĆ³rum para la instalaciĆ³n de las sesiones;

Redactar y
suscribir conjuntamente con el/la Presidente/a las actas, informes,
comunicaciones y resoluciones emitidas por la ComisiĆ³n;

Llevar un
archivo cronolĆ³gico de las actas de cada sesiĆ³n y demĆ”s documentos recibidos y
generados por la ComisiĆ³n;

Realizar el
seguimiento de los compromisos de la ComisiĆ³n;

Otras que
determine el/la Presidente/a.

Art. 8.- Las
sesiones de la ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del Ministerio
de Salud PĆŗblica serĆ”n ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se
realizarƔn en periodos quincenales y las
extraordinarias cuando un miembro de la ComisiĆ³n requiera tratar un asunto
urgente.

Art. 9.- La
convocatoria a los miembros de la ComisiĆ³n se realizarĆ” por escrito, por lo
menos con veinte y cuatro (24) horas de anticipaciĆ³n al dĆ­a de la sesiĆ³n
ordinaria; y, con por lo menos dos (2) horas de anticipaciĆ³n a la hora fijada
para la sesiĆ³n extraordinaria. Tanto en las sesiones ordinarias como en las
extraordinarias se incluirĆ” el orden del dĆ­a y los documentos relacionados con
los asuntos a tratarse en aquellas.

Art. 10.- El
quĆ³rum para iniciar las sesiones de la ComisiĆ³n se establecerĆ” con la presencia
de tres (3) de sus miembros, uno de los cuƔles serƔ obligatoriamente el/a
Presidente/a.

Art. 11.- Los
Viceministerios de Gobernanza y Vigilancia de la Salud, y de AtenciĆ³n Integral
en Salud, conformarƔn dos Subcomisiones TƩcnicas, una para cada Viceministerio,
a fin de coordinar los temas y acciones de las SubsecretarĆ­as y Direcciones a
su cargo.

Art. 12.-
AdemƔs de los asuntos establecidos en la agenda por el/la Presidente/a de la
ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del Ministerio de Salud PĆŗblica
para las reuniones ordinarias, esta ComisiĆ³n tratarĆ” de manera permanente los
temas relacionados con la mortalidad materna y neonatal, con el fin de
responder adecuadamente a la detecciĆ³n y manejo de la morbilidad obstĆ©trica,
como problemƔtica substancial en el paƭs. Los avances sobre este tema se
reportarƔn a la MƔxima Autoridad, por lo menos cada dos meses.

DISPOSICIƓN
TRANSITORIA

En el tƩrmino
de quince (15) dĆ­as, contados a partir de la suscripciĆ³n del presente Acuerdo
Ministerial, la ComisiĆ³n de Asuntos EstratĆ©gicos y Prioritarios del Ministerio
Salud PĆŗblica presentarĆ” la propuesta de prioridades a la MĆ”xima Autoridad,
para su respectiva aprobaciĆ³n.

DISPOSICIƓN
FINAL

De la
ejecuciĆ³n del presente Acuerdo Ministerial, que entrarĆ” en vigencia a partir de
su suscripciĆ³n sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial,
encƔrguese el Viceministerio de Gobernanza y Vigilancia de la Salud; el
Viceministerio de AtenciĆ³n Integral en Salud; la SubsecretarĆ­a Nacional de
Gobernanza de la Salud PĆŗblica; la SubsecretarĆ­a Nacional de Vigilancia de
Salud PĆŗblica; la SubsecretarĆ­a Nacional de ProvisiĆ³n de Servicios de Salud; y,
la SubsecretarĆ­a Nacional de PrevenciĆ³n, PromociĆ³n de la Salud e Igualdad.

DADO EN EL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, a 03 de octubre de 2013.

f.) Carina
Vance Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica.

Es fiel copia
del documento que consta en el archivo de la D.N SecretarĆ­a General al que me
remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito, a 10 de octubre de 2013.- f.)
Ilegible, SecretarĆ­a General, Ministerio de Salud PĆŗblica.

No. 00004399

LA MINISTRA DE
SALUD PƚBLICA

Considerando:

Que; la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador dispone en su artĆ­culo 3 que: ?Son
deberes primordiales del Estado: (?) 4. Garantizar la Ć©tica laica como sustento
del quehacer pĆŗblico y el ordenamiento jurĆ­dico.?;

Que; el
artĆ­culo 83 de la Carta Magna establece en el numeral 12 que son deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de
otros previstos en la ConstituciĆ³n y la ley, ejercer la profesiĆ³n u oficio con
sujeciĆ³n a la Ć©tica; Que; el artĆ­culo 361 de la Norma Suprema ordena: ?El
Estado ejercerƔ la rectorƭa del sistema a travƩs de la autoridad sanitaria
nacional, serĆ” responsable de formular la polĆ­tica nacional de salud, y
normarĆ”, regularĆ” y controlarĆ” todas las actividades relacionadas con la salud,
asĆ­ como el funcionamiento de las entidades del sector.?;

Que; la Ley
OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico en su Art. 22, establece como deberes de las y
los servidores pĆŗblicos entre otros: (?) ?b) Cumplir personalmente con las
obligaciones de su puesto, con solicitud, eficiencia, calidez, solidaridad y en
funciĆ³n del bien colectivo, con la diligencia que emplean generalmente en la
administraciĆ³n de sus propias actividades; (?) h) Ejercer sus funciones con
lealtad institucional, rectitud y buena fe. Sus actos deberƔn ajustarse a los
objetivos propios de la instituciĆ³n en la que se desempeƱe y administrar los
recursos pĆŗblicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economĆ­a y
eficiencia, rindiendo cuentas de su gestiĆ³n. (?).?;

Que; la
SecretarĆ­a Nacional de Transparencia de GestiĆ³n, mediante ResoluciĆ³n No.
SNTG-RA-D-002-2013 de 7 de mayo de 2013, expidiĆ³ el ?CĆ³digo de Ɖtica para el
Buen Vivir de la FunciĆ³n Ejecutiva?, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No. 960 de 23 de mayo de 2013, cuya aplicaciĆ³n es obligatoria
en todas las Instituciones de la FunciĆ³n Ejecutiva y siendo mandatorio sobre
los CĆ³digos de Ɖtica Institucionales de las Carteras del Ejecutivo, cuyos
preceptos se alinearƔn y corresponderƔn al mismo;

Que; la
construcciĆ³n de una dimensiĆ³n Ć©tica es para las sociedades democrĆ”ticas, un
principio y un objetivo permanente para el ejercicio de sus derechos y el
cumplimiento de sus deberes;

Que; el
Ministerio de Salud PĆŗblica, en su interacciĆ³n con la comunidad, gremios,
asociaciones, instituciones pĆŗblicas y de la sociedad civil, entre otras, ha
iniciado un proceso de construcciĆ³n de polĆ­ticas tendientes a fortalecer la
confianza mutua, con criterios de honestidad y transparencia en la gestiĆ³n
gubernamental;

Que; en este
propĆ³sito, el Ministerio de Salud PĆŗblica se encuentra en un momento de
anĆ”lisis y revisiĆ³n de su cultura institucional, de sus polĆ­ticas y prĆ”cticas
de gestiĆ³n, con el objetivo puesto en un
cambio que incorpora la competencia, la idoneidad y la Ć©tica del talento
humano, como factores claves para administrar con eficiencia, eficacia y
transparencia los recursos del Estado;

Que;
determinada la necesidad de que el Ministerio de Salud PĆŗblica tenga su CĆ³digo
de Ɖtica, se organizaron talleres a nivel nacional para su construcciĆ³n y
participaciĆ³n activa con los/as servidores/as del Ministerio;

Que; los
conceptos y valores del presente documento, fruto del proceso interno de
construcciĆ³n participativa del Ministerio de Salud PĆŗblica, se corresponden y
complementan con aquellos estipulados en el ?CĆ³digo de Ɖtica para el Buen Vivir
de la FunciĆ³n Ejecutiva?, y en ningĆŗn momento se contraponen a Ć©stos.

EN EJERCICIO
DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES CONCEDIDAS POR LOS ARTƍCULOS 151 Y 154, NUMERAL 1,
DE LA CONSTITUCIƓN DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR Y POR EL ARTƍCULO 17 DEL
ESTATUTO DEL RƉGIMEN JURƍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIƓN EJECUTIVA

Acuerda:

EXPEDIR EL
CƓDIGO DE ƉTICA DEL

MINISTERIO DE
SALUD PƚBLICA E

INSTITUCIONES
ADSCRITAS

ArtĆ­culo 1.-
OBJETIVO.- Los objetivos del presente CĆ³digo de Ɖtica son los siguientes:

Promover y
regular el comportamiento de los/as servidores/as de la instituciĆ³n para que se
genere una cultura organizacional de transparencia, basada en principios y
valores Ć©ticos, que garantice un servicio de calidad a los/as usuarios/as.

Implementar
principios, valores, responsabilidades y compromisos Ć©ticos en relaciĆ³n a la
conducta y proceder de los/as servidores/as pĆŗblicos/as de la salud, para alcanzar
las metas institucionales.

Propiciar la
creaciĆ³n de espacios para la reflexiĆ³n personal y colectiva sobre la
importancia y necesidad de aplicar principios y valores Ʃticos en la prƔctica
del servicio pĆŗblico, que posibiliten, en forma progresiva, el mejoramiento
continuo de la gestiĆ³n institucional.

ArtĆ­culo 2.-
ƁMBITO DE APLICACIƓN.-

Los valores y
las directrices Ć©ticas descritas en este CĆ³digo, serĆ”n asumidos y cumplidos de
manera obligatoria por todos/as los/as servidores/as del Ministerio de Salud
PĆŗblica a nivel nacional y de sus Entidades Adscritas, en todos los espacios de
la InstituciĆ³n en que se desempeƱen.

ArtĆ­culo 3.-
VALORES.-

Los valores
orientadores sobre los que se sustentarƔn las interrelaciones, decisiones y prƔcticas de
los/as servidores/as del Ministerio de Salud PĆŗblica son:

Respeto.- Todas
las personas son iguales y merecen el mejor servicio, por lo que se respetarĆ”
su dignidad y atenderĆ” sus necesidades teniendo en cuenta, en todo momento, sus
derechos;

InclusiĆ³n.- Se
reconocerĆ” que los grupos sociales son distintos, por lo tanto se valorarĆ” sus
diferencias, trabajando con respeto y respondiendo a esas diferencias con
equidad;

VocaciĆ³n de
servicio.- La labor diaria se cumplirĆ” con entrega incondicional y
satisfacciĆ³n;

Compromiso.-
Invertir al mƔximo las capacidades tƩcnicas y personales en todo lo
encomendado;

Integridad.- Demostrar
una actitud proba e intachable en cada acciĆ³n encargada;

Justicia.- Velar
porque toda la poblaciĆ³n tenga las mismas oportunidades de acceso a una
atenciĆ³n gratuita e integral con calidad y calidez.

Lealtad.- Confianza
y defensa de los valores, principios y objetivos de la entidad, garantizando
los derechos individuales y colectivos.

ArtĆ­culo 4.-
COMPROMISOS.-

El proceder
Ć©tico compromete a los servidores/as del Ministerio de Salud PĆŗblica a:

Contribuir al
mejoramiento de las condiciones de salud de toda la poblaciĆ³n, entendiendo que
la salud es un derecho humano inalienable, indivisible e irrenunciable, cuya
protecciĆ³n y garantĆ­a es responsabilidad primordial del Estado;

Administrar,
utilizar y rendir cuentas del uso de los bienes del Ministerio de Salud
PĆŗblica.

Concientizar
que la principal riqueza del Ministerio de Salud PĆŗblica, constituye el talento
humano que estĆ” al servicio de la poblaciĆ³n en general;

Cumplir
rigurosamente los protocolos y normativas en los diferentes procedimientos
tƩcnicos y administrativos que sean pertinentes;

Respetar las
diferencias e identificar los derechos especĆ­ficos de los/as usuarios/as que presentan
diversas necesidades;

Brindar un
servicio de alta calidad tƩcnica y humana, con entrega incondicional en la
tarea encomendada;

Demostrar una
conducta intachable y justa, alineĆ”ndose a la misiĆ³n y visiĆ³n de la
InstituciĆ³n;

Garantizar
atenciĆ³n con calidad y calidez en todo el portafolio de servicios del
Ministerio de Salud PĆŗblica.

ArtĆ­culo 5.-
DE LOS COMITƉS DE ƉTICA DEL MINISTERIO DE SALUD PƚBLICA.-

A fin de
vigilar el cumplimiento de las disposiciones emitidas en este CĆ³digo de Ɖtica y
el ?CĆ³digo de Ɖtica para el Buen Vivir de la FunciĆ³n Ejecutiva?, crĆ©ase ComitĆ©s
de Ɖtica en Planta Central, Entidades Adscritas y a nivel desconcentrado, en
las Coordinaciones Zonales y Direcciones Distritales.

ArtĆ­culo 6.-
CONFORMACIƓN DE LOS COMITƉS DE ƉTICA.-

Los ComitƩs de
Ɖtica estarĆ”n conformados de la siguiente manera:

De Planta
Central:

El/la
Ministro/a, o su delegado/a, quiƩn presidirƔ el ComitƩ y tendrƔ voto dirimente;

El/la
Coordinador/a General de GestiĆ³n EstratĆ©gica, o su delegado/a, quiĆ©n harĆ” las
veces de Secretario/a General permanente, y podrƔ presidir el ComitƩ en caso de
delegaciĆ³n de la MĆ”xima Autoridad, con voz y voto;

El/la
Directora/a Nacional de Talento Humano, o su delegado/a, quiƩn actuarƔ como
Asesor/a TĆ©cnico/a del proceso, con voz y voto;

El/a
Director/a Nacional de Cambio de Cultura Organizacional, o su delegado/a, con
voz y voto;

El Titular de
uno de los procesos Agregadores de Valor, o su delegado/a, la cual serĆ”
escogida al azar por el mismo ComitƩ, cada seis meses de forma rotativa, con
voz y voto;

Dos
servidores/as, quienes serƔn escogidos/as de manera participativa, mediante
postulaciĆ³n y votaciĆ³n de sus compaƱeros/as, y rotarĆ”n cada 3 meses, con voz y
voto; y,

El/la
Coordinador/a General de AsesorĆ­a JurĆ­dica, o su delegado/a, quien actuarĆ” como
asesor/a secretario/a, con voz y voto.

De las
Coordinaciones Zonales:

El/la
Coordinador/a Zonal de Salud o su delegado/a, quien presidirƔ el ComitƩ y
tendrĆ” voto dirimente;

El/la
Directora/a de la Unidad Administrativa Financiera, o su delegado/a, con voz y
voto;

El/la
Responsable Zonal de la Unidad de Talento Humano, o su delegado/a, quiƩn
actuarĆ” como Asesor/a TĆ©cnico/a del proceso, con voz y voto;

El Titular de
uno de los procesos Agregadores de Valor, o su delegado/a, la cual serĆ”
escogida al azar por el mismo ComitƩ,
cada seis meses de forma rotativa, con voz y voto;

Dos
servidores/as, quienes serƔn escogidos/as de manera participativa, mediante
postulaciĆ³n y votaciĆ³n de sus compaƱeros/as, y rotarĆ”n cada 3 meses, con voz y
voto; y,

El/la
Directora/a Zonal de AsesorĆ­a JurĆ­dica o su delegado/a, quien actuarĆ” como
asesor/a secretario/a, con voz y voto.

De las
Direcciones Distritales:

El/la
Director/a Distrital o su delegado/a quien lo presidirĆ”, y tendrĆ” voto
dirimente;

El/la
Responsable Distrital de la Unidad Administrativa Financiera, o su delegado/a,
quien actuarĆ” como Asesor/a TĆ©cnico/a del proceso, con voz y voto;

El/la
Responsable Distrital de uno de los procesos Agregadores de Valor, o su delegado/a,
la cual serƔ escogida al azar por el mismo ComitƩ, cada seis meses de forma
rotativa, con voz y voto;

Dos
servidores/as, quienes serƔn escogidos/as de manera participativa, mediante
postulaciĆ³n y votaciĆ³n de sus compaƱeros/as, y rotarĆ”n cada 3 meses, con voz y
voto; y,

El/la
Responsable Zonal de AsesorĆ­a JurĆ­dica, o su delegado/a quien actuarĆ” como
asesor/a secretario/a, con voz y voto.

De las
Entidades Adscritas:

La MƔxima
Autoridad de la InstituciĆ³n o su delegado/a, quien lo presidirĆ”, y tendrĆ” voto
dirimente;

El/la
Responsable de la Unidad de Talento Humano o su delegado/a, quien actuarĆ” como
Asesor/a TĆ©cnico/a del proceso, con voz y voto;

El/a
Responsable de la Unidad de Cambio de Cultura Organizacional de la InstituciĆ³n
o de Planta Central en el caso de no existir, o su delegado/a con voz y voto;

Dos
servidores/as, quienes serƔn escogidos/as de manera participativa, mediante
postulaciĆ³n y votaciĆ³n de sus compaƱeros/as, y rotarĆ”n cada 3 meses, con voz y
voto; y,

El/a
Responsable de la Unidad de AsesorĆ­a JurĆ­dica o su delegado/a, quien actuarĆ”
como asesor/a secretario/a, con voz y voto.

ArtĆ­culo 7.-
RESPONSABILIDADES:

a) DE LOS
COMITƉS DE ƉTICA

Implementar y
difundir el CĆ³digo de Ɖtica dentro de la entidad y en los diferentes niveles desconcentrados;
Realizar y socializar un manual que ejemplifique los comportamientos Ć©ticos
deseables y los conflictos Ʃticos mƔs comunes, y que contenga sugerencias para
generar incentivos en la aplicaciĆ³n del CĆ³digo y/o soluciones a los conflictos;

Reconocer e
incentivar comportamientos Ć©ticos positivos;

Proponer
recomendaciones y resoluciones a las acciones y sanciones establecidas por el
Ɓrea de Talento Humano en relaciĆ³n al informe de anĆ”lisis de las denuncias;

Realizar el
seguimiento y monitoreo a la aplicaciĆ³n de las acciones y sanciones planteadas
frente al incumplimiento del CĆ³digo de Ɖtica;

Llevar a cabo
los demĆ”s procedimientos que consideren necesarios para la correcta aplicaciĆ³n
del CĆ³digo de Ɖtica, siempre que estos no excedan la competencia de los ComitĆ©s
o interfieran con la aplicaciĆ³n de la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y con
su Reglamento; o con la aplicaciĆ³n del CĆ³digo del Trabajo;

Recopilar
observaciones y realizar propuestas para la actualizaciĆ³n y el mejoramiento
continuo tanto del CĆ³digo como de los procedimientos internos del ComitĆ© de
Ɖtica;

Velar por la
confidencialidad de la informaciĆ³n y denuncias.

b) DE LOS MIEMBROS
DE LOS COMITƉS DE ƉTICA:

De la MƔxima
Autoridad (de Planta Central y niveles desconcentrados):

Liderar la
organizaciĆ³n y el funcionamiento del ComitĆ© de Ɖtica;

Cumplir y
velar por la aplicaciĆ³n del CĆ³digo.

Del/a
Coordinador/a General de GestiĆ³n EstratĆ©gica:

Liderar la
organizaciĆ³n y el funcionamiento del ComitĆ© de Ɖtica en caso de delegaciĆ³n de
la MƔxima Autoridad;

Convocar y
definir el conjunto del procedimiento de implementaciĆ³n y aplicaciĆ³n del CĆ³digo
de Ɖtica de cada instituciĆ³n.

Del Director
Nacional de Cambio de Cultura Organizacional:

Informar y
socializar a los servidores/as sobre los valores institucionales y
procedimiento de implementaciĆ³n del CĆ³digo de Ɖtica;

Promover la
construcciĆ³n de una guĆ­a que ejemplifique c