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Miércoles, 28 de octubre de 2009
Última modificación: Miércoles, 17 de julio de 2013 | 11:00
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\n \n \n \nREGISTRO OFICIAL
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Miércoles, 28 de Octubre de 2009 - R. O. No. 56
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FUNCION EJECUTIVA
\n99........... Autorízase el viaje al licenciado Lenin Moreno Garcés, Vicepresidente Constitucional de la República en las fechas del 18 al 21 de octubre del 2009 a la República de Cuba
\n100......... Declárase en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República en su desplazamiento a la ciudad de Cochabamba-Estado Plurinacional de Bolivia los días 15 y 16 de octubre del 2009
\n064......... Derógase el Acuerdo Ministerial Nº 032 del 28 de enero del 2009
\n065 MF-2009 Delégase al economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de Consistencia Macrofiscal, para que represente a la señora Ministra en la sesión del Directorio en Pleno del COMEXI
\n066......... Créanse varias cuentas que serán utilizadas exclusivamente por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), para continuar con el proceso de liquidación de las entidades financieras
\n067 MF-2009 Desígnase al economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de Consistencia Macrofiscal, para que asista a la sesión de la Junta de Fideicomiso Toachi - Pilatón Nº 15, que se llevará a cabo en la Corporación Financiera Nacional
\n068......... Declárase en comisión de servicios en el exterior a la economista Carolina Portaluppi Castro, Subsecretaria General
\n-.......... Convenio Básico de Cooperación Técnica y Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y ACSUR Las Segovias
\n-.......... Convenio Básico de Cooperación Técnica y Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y World Wildlife Fund Inc.
\nMRL-2009-00017 Refórmase la Resolución Nº SENRES-2009-00200, publicada en el Registro Oficial Nº 9 del 21 de mayo del 2009
\nMRL-2009-00018 Deléganse facultades al abogado Hugo Arias Salgado, Viceministro del Servicio Público
\n016/09.... Dispónese a la Dirección Nacional de los Espacios Acuáticos, que para la operación de los buques que realizan el transporte de carga hacia la provincia de Galápagos y viceversa exija a cada uno de ellos, la presentación de un certificado emitido por una de las sociedades clasificadoras de buques reconocida por la Autoridad Marítima del Ecuador
\n011-CNNA-2009 Exprésase su reconocimiento por la labor desarrollada a favor de la niñez y adolescencia como delegado permanente del Ministerio de Trabajo y Empleo al economista Milton Mora
\n012-CNNA-2009 Revócase la Resolución Nº 036-CNNA-2008 del 28 de agosto del 2008, publicada en el Registro Oficial Nº 495 del 24 de diciembre del 2008
\nGG-1317 Refórmase la Resolución Nº 707 del 23 de junio del 2008
\n1329....... Dispónese que para efectos de aplicación del régimen especial de Almacenes Libres o “Duty Free” se entenderá que los vuelos internacionales son aquellos que salen del país teniendo como lugar de destino un aeropuerto ubicado en territorio extranjero
\n189/2009 Apruébase la modificación de la Sección 61.77 literal d) de la Regulación Técnica RDAC Parte 61 “Certificación: Pilotos, instructores de vuelo, instructores en tierra”
\nCalifícanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:
\nSBS-INJ-2009-536 Arquitecto Ronald Aladino Triviño López
\nSBS-INJ-2009-538 Amplíase la calificación al ingeniero civil Erick Franklin Barberán Merchán
\nSBS-INJ-2009-539 Déjase sin efecto la calificación que se otorgó al doctor en medicina veterinaria Gabriel Ignacio González González
\nSBS-INJ-2009-540 Amplíase la calificación del auditor externo Omar Vinicio Herrera Romero
\nFUNCION JUDICIAL
\nRecursos de casación en los juicios penales seguidos en contra de las siguientes personas:
\n656-06.... Luis Antonio Arboleda Arcentales, autor responsable del delito de tenencia y posesión ilícitas de cocaína que tipifica y reprime el artículo 64 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
\n45-07...... Teodoro Eliceo Pérez Nivela, autor del asesinato cometido en la persona de José Aurelio Muso
\n54-2007.. Fausto Antonio Bermeo Castañeda, autor del delito de asesinato en la persona de Mónica Catalina Sánchez Vélez
\n71-07...... Dídima Esperanza Sandoval y otras autoras del delito tipificado y reprimido en el numeral primero del Art. 580 del Código Penal
\n-.......... Cantón Puerto Quito: Que reforma a la Ordenanza que regula la implantación de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructuras fijas de soporte de antenas de infraestructuras relacionadas con el Servicio Móvil Avanzado, SMA
\n-.......... Cantón Jama: Que reforma a la Ordenanza que regula el uso y usufructo de bienes municipales de uso público y materiales de construcción
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Que, mediante oficio No. 0584 de 14 de octubre del 2009, el señor Vicepresidente Constitucional de la República lleva a conocimiento que el señor José Ramón Machado Ventura, primer Vicepresidente de los consejos de Estado y de ministros de la República de Cuba le ha formulado una invitación para que visite ese país, con el propósito de profundizar la cooperación bilateral y sobre todo conocer el sistema nacional cubano de prevención de discapacidades; y,
\nEn ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 147, numeral 5 de la Constitución de la Republica del Ecuador y el artículo 11, letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
\nArtículo Primero.-Autorizar el viaje del señor licenciado Lenin Moreno Garcés, Vicepresidente Constitucional de la República, en las fechas del 18 al 21 de octubre del 2009, para que realice la visita a la República de Cuba, con el propósito de profundizar temas de cooperación bilateral y conocer además, el sistema nacional cubano de prevención de discapacidades.
\nArtículo Segundo.-La comitiva que acompañará al segundo mandatario estará conformada por su cónyuge, la señora Rocío González Navas, su asistente personal, la señora Liz Giler Villamil, el licenciado Rodrigo Figueroa y el señor Edison Eugenio periodista y camarógrafo de la Vicepresidencia de la República, respectivamente.
\nArtículo Tercero.-Los gastos incurridos en este desplazamiento se cubrirán con aplicación al presupuesto de la Vicepresidencia de la República.
\nArtículo Cuarto.-Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
\nDado en el Palacio Nacional en Quito, a 14 de octubre del 2009.
\nf.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
\nEs fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 14 de octubre del 2009.
\nf.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nEn ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 147, número 5 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 11, letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
\nArtículo Primero.-Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República en su desplazamiento a la ciudad de Cochabamba-Estado Plurinacional de Bolivia, los días 15 y 16 de octubre del 2009, para participar en la VII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del ALBA-TCP, la misma que se conforma de la siguiente manera:
\nDoctor Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
\nIngeniero Germánico Pinto Troya, Ministro de Recursos Naturales no renovables.
\nSeñor Carlos Viteri Gualinga, Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico-ECORAE; y,
\nEconomista Pedro Páez Pérez, Presidente de la Comisión Técnica Presidencial para la Creación de los componentes de la Nueva Arquitectura Financiera Regional.
\nArtículo Segundo.-Las delegaciones y atribuciones para cada uno de los ministros de Estado, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.
\nArtículo Tercero.-Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.
\nArtículo Cuarto.-Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
\nDado en el Palacio Nacional en Quito, a 14 de octubre del 2009.
\nf.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
\nEs fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 14 de octubre del 2009.
\nf.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nQue la Subsecretaria Administrativa, encargada a esa fecha, al amparo de lo dispuesto en los artículos 79 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público; y, 1 letra a), numeral (viii) del Acuerdo Ministerial Nº 331, publicado en el Registro Oficial Nº 460 de 5 de noviembre del 2008; con Acuerdo Ministerial Nº 032 de 28 de enero del 2009, dispuso la baja y destrucción de los bienes detallados en el Anexo 1 del acuerdo mencionado, que se mantienen en la bodega del Ministerio de Finanzas;
\nQue mediante Decreto Ejecutivo Nº 1791-A, publicado en el Registro Oficial Nº 628 de 7 de julio del 2009, se expidió varias disposiciones para la chatarrización de los vehículos, equipo caminero y de transporte, aeronaves, naves, buques, materiales, tuberías, equipos informáticos y todos los demás bienes de similares características, propiedad de todas las entidades y organismos de la Administración Pública Central e institucional;
\nQue con oficios Nos. MF-SA-CRMYS-2009 2406 y MF-SACRMYS-2009 3514 de 22 de abril y 23 de junio del 2009, respectivamente, el Ministerio de Finanzas solicitó al Banco Central del Ecuador autorizar la destrucción de los equipos de computación en el horno de propiedad de esa institución, toda vez que por la naturaleza de los bienes, estos no pueden ser recibidos en botaderos y no pueden ser incinerados y destruidos en cualquier lugar, ya que sus componentes son altamente contaminantes y atentan contra el medio ambiente, teniendo como respuesta, que no podían prestar su ayuda;
\nQue mediante oficio MF-SA-CRMYS-2009 3764 de 3 de julio del 2009, esta Secretaría de Estado solicitó al Ministerio de Ambiente proporcionar la asesoría para proceder a la destrucción de los bienes mencionados, sin atentar contra el medio ambiente, sin obtener ninguna respuesta;
\nQue con oficio MF-SA-CRMYS-2009 0415 de 4 de septiembre del 2009, se requirió a la Subsecretaría General Jurídica, elaborar dos documentos distintos por los cuales se dividan los bienes constantes en el citado Acuerdo Nº 032 de 28 de enero del 2009, en muebles y equipos de computación; por cuanto, no era posible su ejecución ya que únicamente se podía destruir una parte de los bienes ahí descritos; y,
\nEn uso de las atribuciones que le confieren los artículos 79 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público; y, numeral (viii) de la letra a) del artículo 1 del Acuerdo Ministerial Nº 331, publicado en el Registro Oficial Nº 460 de 5 de noviembre del 2008,
\nArt. 1.-Derogar el Acuerdo Ministerial Nº 032 de 28 de enero del 2009.
\nArt. 2.-El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
\nDado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 5 octubre del 2009.
\nf.) María Eugenia Vélez Velásquez, Subsecretaria Administrativa.
\nf.) Ing. Xavier Orellana Páez, Secretario General del Ministerio de Finanzas.
\nEn ejercicio de las atribuciones conferidas en el Título IV, capítulo tercero, artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449 de 20 de octubre del 2008; y, de los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva y de su reforma constante en el Decreto Ejecutivo Nº 131, publicado en el Registro Oficial Nº 35 de 7 de marzo del 2007,
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