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Lunes, 24 de agosto de 2009
Última modificación: Miércoles, 17 de julio de 2013 | 11:00
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\n \n \n \nREGISTRO OFICIAL
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Miércoles, 19 de Agosto de 2009 - R. O. No. 07
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SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA: 809......... Legalízanse la licencia a la economista María Elsa Viteri Acaiturri, Ministra de Finanzas y el encargo, atribuciones y deberes de esta Cartera de Estado a la economista Isela Sánchez Viñán, Subsecretaria General de Finanzas 810......... Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la doctora Lorena Escudero Durán, Secretaria Nacional del Migrante 811......... Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al licenciado Raúl Vallejo Corral, Ministro de Educación MINISTERIO DE AGRICULTURA: 123-A..... Apruébase el texto del nuevo Estatuto de la Fundación de Fomento de Exportaciones de Aceite de Paa y sus derivados de origen nacional “FEDAPAL”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha 124......... Agradécese los servicios prestados al licenciado Hugo Rivera Cárdenas y desígnase al doctor Luis Alberto Cabezas Parrales, como delegado en el Directorio de la Corporación Financiera Nacional MINISTERIO DEL DEPORTE: 339......... Determínanse los requisitos que los directivos de todas las organizaciones deportivas del Ecuador, están obligados a presentar para el respectivo registro de directorios en esta Cartera de Estado MINISTERIO DE EDUCACION: 0179-09.. Dispónese a los directivos de los establecimientos de educación del país, se permita a los estudiantes secundarios entre los dieciséis y dieciocho años de edad, que desempeñaron funciones de Miembro de la Junta Receptora del Voto en el proceso electoral del 26 de abril del año en curso sean beneficiarios de un punto extra en la materia que ellos elijan por cada jornada electoral que participen 208......... Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental ExPost y Plan de Manejo Ambiental para la Perforación de Cuatro Pozos Productores desde las plataformas Jivino B y Laguna, ubicado en el cantón, Shushufindi, provincia de Sucumbíos, y otórgase la licencia ambiental a PETROAMAZONAS S. A. para la ejecución de dicho proyecto 209......... Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Definitivo para la Construcción y Operación de la Línea de Transmisión a 138 kV y Subestación Chilibulo y otórgase la licencia ambiental a la Empresa Eléctrica Quito S. A. para la ejecución de dicho proyecto INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-: 25-2009 SG-IEPI Deléganse facultades al abogado David Elías Uquillas Andrade, Experto Legal en Propiedad Intelectual de la Gestión de Obtenciones Vegetales 29-2009 DNPI-IEPI Ratifícase la actuación de la abogada Nora Roxana Chang Chang, Experta Principal en Oposiciones y Tutelas Administrativas (E), en la sustanciación y resolución de los trámites de oposición y reposición que han sido conocidos por la servidora 30-2009 DNPI-IEPI Deléganse facultades a la doctora Melania Osorio de la Torre, Experta Legal en Propiedad Intelectual 4 09-160 P-IEPI Desígnase temporalmente al doctor Carlos Ramiro Brito Ruiz, como Secretario General del IEPI SERVICIO DE RENTAS INTERNAS: REO-JURRDFI09-01119 Desígnanse a los funcinarios del Area de Ciclo Básico e Infracciones, para que desempeñen la facultad de notificar, dentro del ámbito de competencia del Departamento de Gestión Tributaria de la Dirección Regional El Oro SUPERINTENDENCIA DE BANCOS: Califícanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero: SBS-INJ-2009-424Arquitecta Ivonne Soraya Vanegas Carrillo SBS-INJ-2009-432 Arquitecto Galo Alfonso Moreira Mendieta CIVIL Y MERCANTIL: Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones: 397-2007 Ingeniero Francisco Eloy Rada Peralta en contra de los herederos de Eloy Rada Sempértegui 401-2007 Francisco Gustavo Broos Trujillo y otra en contra del Banco de Machala S. A 402-2007 Andrea Floril Quiñónez continúa por fallecimiento de Héctor Arsenio Floril Quinde en contra de herederos de Lorenzo Santiago Alcívar Márquez y otros ORDENANZAS MUNICIPALES: -.......... Gobierno Municipal del Cantón Joya de los Sachas: Que reforma a la Ordenanza de conformación y funcionamiento del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia
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Vinicio Alvarado Espinel
\nSECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
\nVisto el oficio MF-SA-CRH-2009 4057 del 22 de julio del 2009 de la señorita María Eugenia Vélez Velásquez, Subsecretaria Administrativa del Ministerio de Finanzas, en el que comunica que la señorita Ministra de Finanzas María Elsa Viteri Acaiturri tuvo que ser intervenida quirúrgicamente, en tal razón se ha procedido a encargar las atribuciones y deberes del mencionado cargo a la economista Isela Sánchez Viñán, Subsecretaria General de Finanzas, a partir del 14 al 28 de julio del presente año; y,
\nEn ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año,
\nARTICULO PRIMERO.- Legalizar la licencia a la Ministra de Finanzas economista Maria Elsa Viteri Acaiturri, que rige del 14 al 28 de julio del 2009.
\nARTICULO SEGUNDO.-Legalizar el encargo de las atribuciones y deberes de la señorita Ministra de Finanzas a la economista Isela Sánchez Viñán, Subsecretaria General de Finanzas, en el período del 14 al 28 de julio del 2009.
\nARTICULO TERCERO.-Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
\nf.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nNº 810
\nVinicio Alvarado Espinel
\nSECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
\nVisto el oficio Nº SENAMI-DESP-2009-0113 del 27 de julio del 2009 de la señora Secretaria Nacional del Migrante, Dra. Lorena Escudero Durán, en el que solicita autorizar su traslado a Estados Unidos y Canadá desde el miércoles 29 de julio al jueves 6 de agosto próximo, a fin de participar en representación del señor Presidente Constitucional de la República en el XXVI Desfile Ecuatoriano en Nueva York como madrina de honor, así mismo cumplir con una agenda de trabajo en ese país, que incluye reuniones con la misión diplomática del Ecuador en Estados Unidos, conjuntamente con el representante de la Casa Ecuatoriana en esa ciudad; adicionalmente, participar en el primer encuentro con la comunidad ecuatoriana residente en Connecticut; y, en Toronto, para una reunión con la comunidad ecuatoriana residente en Canadá; con el Consulado del Ecuador en Toronto, con el Padre Hernán Astudillo, Asambleísta electo, y participar en una conferencia organizada por la Confederación de Periodistas, para realizar una ponencia sobre el Bicentenario de la Independencia; y,
\nEn ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero de 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año,
\nARTICULO PRIMERO.-Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la doctora Lorena Escudero Durán, Secretaria Nacional del Migrante, en las fechas del 29 de julio al 6 de agosto de 2009, para cumplir con la agenda internacional programada, descrita en el primer considerando del presente acuerdo.
\nARTICULO SEGUNDO.-Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
\nf.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nNº 811
\nVinicio Alvarado Espinel
\nSECRETARIO GENERAL DE LA
\nADMINISTRACION PUBLICA
\nVista la solicitud de viaje al exterior Nº 1319 del 27 de julio de 2009 y el alcance constante en oficio Nº 001565 DNRH-09-MLA de julio 29 del 2009 a favor del licenciado Raúl Vallejo Corral, Ministro de Educación para su desplazamiento a Lima-Perú del 31 de julio al 3 de agosto próximo, a fin de participar en la 14a. Feria Internacional del Libro; y,
\nEn ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año,
\nARTICULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios en la ciudad de Lima-República del Perú en las fechas del 31 de julio al 3 de agosto del 2009, al señor licenciado Raúl Vallejo Corral, Ministro de Educación, quien asistirá a la 14a. Feria Internacional del Libro.
\nARTICULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y retorno y el alojamiento, serán cubiertos por los organizadores de la feria, mientras que los viáticos se aplicarán al presupuesto del Ministerio de Educación.
\nARTICULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
\nf.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nNo. 123-A
\nEL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA
\nQue, por delegación del titular de esta Cartera de Estado, mediante Acuerdo Ministerial No. 031, constante en el Art. 1 del 19 de marzo del 2008, el Viceministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, está autorizado para conceder personerías jurídicas a las organizaciones, aprobar estatutos y sus reformas;
\nQue, mediante Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002 y sus reformas, se expide el Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución y registro de socios y directivas de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;
\nQue, mediante Acuerdo Ministerial No. 405 de 15 de octubre de 1993, reformado mediante Acuerdo Ministerial No. 0454 de 22 de noviembre de 1993, se aprueba el estatuto y se conceda la personería jurídica a la Fundación de Fomento de Exportaciones de Aceite de Palma, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha;
\nQue, en Asamblea General Extraordinaria de socios de la Fundación de Fomento de Exportaciones de Aceite de Palma y sus Derivados de Origen Nacional (FEDAPAL), realizada el 16 de junio del 2009, resuelve aprobar un nuevo estatuto, cuyo texto han sometido a la aprobación de esta Secretaría de Estado;
\nQue, el Subsecretario Jurídico de este Ministerio, dispone el trámite correspondiente; y,
\nEn ejercicio de las facultades que le confieren los Arts. 151 y 154 numeral 1 de la Constitución de la República y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
\nArt. 1.- Aprobar el texto del nuevo Estatuto de la Fundación de Fomento de Exportaciones de Aceite de Palma y sus Derivados de Origen Nacional “FEDAPAL”, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, sin modificaciones, cuyo tenor es el siguiente:
\nFUNDACION DE FOMENTO DE EXPORTACIONES DE ACEITE DE PALMA Y SUS DERIVADOS DE
\nCAPITULO I
\nDE LA CONSTITUCION, PLAZO Y OBJETO
\nArtículo 1.- Constitución de la fundación.- Con el nombre de “Fundación de Fomento de Exportaciones de Aceite de Palma y sus Derivados de Origen Nacional” en adelante FEDAPAL, se constituye una fundación de carácter voluntario e independiente, sin ánimo de lucro y con el objeto de agrupar y coordinar a personas naturales y jurídicas constituidas y dedicadas a la producción de aceite de palma y sus derivados de origen nacional con fines de extracción, industrialización, comercialización y exportación.
\nLa fundación se rige por los presentes estatutos, por los acuerdos válidamente aprobados y adoptados por la asamblea general y por el Consejo Directivo en el ámbito de su respectiva competencia y en su defecto, por las leyes y disposiciones regulatorias vigentes en materia o aplicación a las fundaciones de la República del Ecuador.
\nEl domicilio y sede de la fundación es en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador.
\nArtículo 2.- Ambito de actuación, duración y naturaleza jurídica.- FEDAPAL es una persona jurídica de derecho privado de duración indefinida, sin fines de lucro, que se rige por las disposiciones del Título XXX del Libro I del Código Civil Ecuatoriano ypodrá desarrollar sus actividades tanto dentro como fuera del país.
\nArtícul
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