n
n AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
n
n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
n
n MiĆ©rcoles 02 de Enero de 2013 – R. O. No. 860
n
n SEGUNDO SUPLEMENTO
n
n SUMARIO
n
n Presidencia de la RepĆŗblica:
n
n Ejecutivo
n
n Decretos
n
n 1351-A RefĆ³rmase el Decreto Ejecutivo NĀŗ 315, publicado en el Suplemento al Registro Oficial 171 de 14 de abril de 2010
n
n 1384 EstablĆ©cese como polĆtica pĆŗblica el desarrollo de la interoperabilidad gubernamental, que consiste en el esfuerzo mancomunado y permanente de todas las entidades de la AdministraciĆ³n Central
n
n 1385 DĆ©jase sin efecto la designaciĆ³n de la MagĆster MarĆa Soledad BuendĆa HerdoĆza, como Vocal Principal ante el Directorio del Banco del Estado
n
n 1386 DesĆgnase delegado del seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica ante los directorios de PETROAMAZONAS EP y EP PETROECUA-DOR, al seƱor Ministro de CoordinaciĆ³n de Sectores EstratĆ©gicos
n
n 1387 RefĆ³rmase el Decreto Ejecutivo NĀŗ 580, publicado en el Registro Oficial Suplemento 158 de 29 de agosto de 2007
n
n SecretarĆa General de la Presidencia de la RepĆŗblica y
n
n Ministerio de Defensa Nacional:
n
n Acuerdo Interinstitucional
n
n 2012-1111 DĆ©jase sin efecto el Acuerdo NĀŗ 2011-569, publicado en el Registro Oficial 423 de 8 de abril de 2011
n
n SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica:
n
n Acuerdos
n
n 1434 AutorĆzase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la doctora MarĆa Fernanda Espinosa GarcĆ©s, Ministra Coordinadora de Patrimonio
n
n 1435 AutorĆzase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior al seƱor Pedro Xavier CĆ”rdenas Moncayo, Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
n
n Acuerdos
n
n 1436 AutorĆzase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la economista VerĆ³nica SiĆ³n de Josse, Ministra de Industrias y Productividad
n
n 1437 LegalĆzase el permiso con cargo a vacaciones del arquitecto Pedro Antonio Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda
n
n 1438 AutorĆzase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la seƱora Estefani Santos CastaƱeda, Secretaria Nacional del Migrante
n
n 1439 AutorĆzase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior al doctor JosĆ© Francisco Vacas DĆ”vila, Ministro de Relaciones Laborales
n
n 1440 LegalĆzase la comisiĆ³n de servicios del seƱor Rafael Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los Sectores EstratĆ©gicos
n
n SecretarĆa Nacional de ComunicaciĆ³n:
n
n 1465 ProrrĆ³gase el encargo de Secretario Nacional de ComunicaciĆ³n al Subsecretario de InnovaciĆ³n y Nuevos Medios, licenciado Marco Antonio Bravo Segovia
n
n ContralorĆa General del Estado:
n
n Transparencia y Control Social
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n 034-CG-2012 RefĆ³rmase el Reglamento sustitutivo para el pago de viĆ”ticos, subsistencias, alimentaciĆ³n y gastos de transporte, para las comisiones de servicio, tanto en el Ć”mbito nacional como en el exterior, del personal
n
n Junta Bancaria:
n
n Resoluciones
n
n JB-2012-2381 InclĆŗyese el artĆculo 14 en el CapĆtulo VII ?Normas generales para la aplicaciĆ³n de los artĆculos 72, 73 y 75 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero?, del TĆtulo IX, Libro I de la CodificaciĆ³n de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria
n
n Superintendencia de CompaƱĆas:
n
n SC.INAF.DPYP.G.12.089 EstablĆ©cese la contribuciĆ³n que las compaƱĆas y otras entidades sujetas a la vigilancia y control de la SC, deben pagar para el aƱo 2013
n
n Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:
n
n – CantĆ³n Sevilla de Oro: De reforma y codificaciĆ³n a la Ordenanza que regula el servicio de alcantarillado
n
n
n – A la publicaciĆ³n de la ResoluciĆ³n No. DIGERCIC-DAJ-2010-0000365 de la DirecciĆ³n General de Registro Civil, IdentificaciĆ³n y CedulaciĆ³n, efectuada en la EdiciĆ³n Especial 260 de 9 de marzo de 2012
n
n CONTENIDO
n n
n
n
n
n Rafael Correa Delgado
n
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que el ArtĆculo 315 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica faculta al Estado para que constituya empresas pĆŗblicas para la gestiĆ³n de sectores estratĆ©gicos, la prestaciĆ³n de servicios pĆŗblicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes pĆŗblicos y el desarrollo de otras actividades econĆ³micas;
n
n
n
n Que el tercer inciso del ArtĆculo 1 y el ArtĆculo 408 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica establecen que los recursos naturales no renovables del territorio del Estado, pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible;
n
n
n
n Que el ArtĆculo 313 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica determina que se consideran sectores estratĆ©gicos, entre otros, los recursos naturales no renovables;
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 314 de 6 de abril de 2010, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 171 de 14 de abril de 2012, se creĆ³ la Empresa PĆŗblica de ExploraciĆ³n y ExplotaciĆ³n de Hidrocarburos Ā«PETROAMAZONAS EPĀ», como una persona jurĆdica de derecho pĆŗblico, con patrimonio propio, autonomĆa presupuestaria, financiera, econĆ³mica, administrativa y de gestiĆ³n, con el objeto de encargarse de la gestiĆ³n de las actividades asumidas por el Estado en el sector estratĆ©gico de los hidrocarburos y sustancias que los acompaƱan en las fases de exploraciĆ³n y explotaciĆ³n;
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 315 de 6 de abril de 2010, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 171 de 14 de abril de 2010, se creĆ³ la Empresa PĆŗblica de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, como una persona de derecho pĆŗblico con personalidad jurĆdica, patrimonio propio, dotada de autonomĆa presupuestaria, financiera, econĆ³mica, administrativa y de gestiĆ³n, con el objeto de encargarse de la gestiĆ³n del sector estratĆ©gico de los recursos naturales no renovables, para su aprovechamiento sustentable, para lo cual intervendrĆ” en todas las fases de la actividad hidrocarburĆfera, bajo condiciones de preservaciĆ³n ambiental y de respeto de los derechos de los pueblos;
n
n
n
n Que la gestiĆ³n de las actividades de exploraciĆ³n y explotaciĆ³n de hidrocarburos por parte de una sola empresa pĆŗblica, potencia el desarrollo econĆ³mico y social del paĆs, a travĆ©s de la unificaciĆ³n, consolidaciĆ³n y optimizaciĆ³n de las operaciones hidrocarburĆferas;
n
n
n
n Que es necesario, por consiguiente, asignar la gestiĆ³n de la exploraciĆ³n y explotaciĆ³n a una de estas empresas; y,
n
n
n
n En ejercicio de la facultad que le confiere el nĆŗmero 5 del ArtĆculo 147 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,
n
n
n
n Decreta:
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n
n
n Reformar el Decreto Ejecutivo No. 315, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 171 de abril 14 de 2010
n
n
n
n ArtĆculo 1.- En el primer inciso del ArtĆculo 2, aƱƔdase a continuaciĆ³n de la frase: Ā«para lo cual intervendrĆ” en todas las fases de la actividad hidrocarburĆferaĀ», lo siguiente: Ā«, con excepciĆ³n de las fases de exploraciĆ³n y explotaciĆ³nĀ».
n
n
n
n ArtĆculo 2.- AƱƔdase las Disposiciones Transitorias con el texto siguiente:
n
n
n
n Ā«DisposiciĆ³n Transitoria Quinta?.- El personal que actualmente trabaja en la Gerencia de ExploraciĆ³n y ProducciĆ³n, en la CoordinaciĆ³n General de AviaciĆ³n y en las Ć”reas de exploraciĆ³n y producciĆ³n de la Gerencia de Gas Natural de EP PETROECUADOR, continuarĆ” prestando sus servicios en PETROAMAZONAS EP, respetando su antigĆ¼edad vacaciones no gozadas y demĆ”s derechos, observando las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a esta Empresa PĆŗblica, incluidos su sistema de evaluaciĆ³n de personal.
n
n
n
n DisposiciĆ³n Transitoria Sexta.- EP PETROECUADOR serĆ” responsable del ejercicio y cumplimiento de todos los derechos y obligaciones que se hubieren generado hasta la fecha de vigencia de este Decreto Ejecutivo, por parte o a favor de la Gerencia de ExploraciĆ³n y ProducciĆ³n, de la CoordinaciĆ³n General de AviaciĆ³n; y, de las Ć”reas de exploraciĆ³n y producciĆ³n de la Gerencia de Gas Natural.
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n
n
n PETROAMAZONAS EP, a partir de la vigencia de este Decreto Ejecutivo, asumirĆ” todos los derechos y obligaciones que se generen en virtud de licencias, autorizaciones, concesiones, contratos y demĆ”s actos que se encuentren en vigor, en trĆ”mite o en ejecuciĆ³n por parte de las Ć”reas administrativas de EP PETROECUADOR descritas en el inciso precedente.
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n
n
n DisposiciĆ³n Transitoria SĆ©ptima.- A partir de la expediciĆ³n del presente Decreto Ejecutivo, los intereses econĆ³micos de propiedad de EP PETROECUADOR en empresas subsidiarias u otros tipos de emprendimientos dedicados a las actividades de exploraciĆ³n y explotaciĆ³n de hidrocarburos, pasarĆ”n a formar parte del patrimonio de PETROAMAZONAS EP, observando las disposiciones legales correspondientes.?.
n
n
n
n DisposiciĆ³n General.- DispĆ³ngase a la SecretarĆa de Hidrocarburos y a la Agencia de RegulaciĆ³n y Control HidrocarburĆfero, en las Ć”reas de su competencia, la coordinaciĆ³n del traspaso ordenado y auditado de las operaciones, los bienes, los inventarios y demĆ”s aspectos relacionados de la Gerencia de ExploraciĆ³n y ProducciĆ³n, de la CoordinaciĆ³n General de AviaciĆ³n y de las Ć”reas de exploraciĆ³n y producciĆ³n de la Gerencia de Gas Natural de EP PETROECUADOR a PETROAMAZONAS EP.
n
n
n
n Este Decreto Ejecutivo entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
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n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 01 de Noviembre 2012.
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n
n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
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n
n
n f.) Jorge Glas Espinel, Ministro Coordinador de Sectores EstratƩgicos.
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n
n
n f.) Wilson PƔstor Morris, Ministro de Recursos Naturales No Renovables.
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n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
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n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
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n
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n
n
n
n Rafael Correa Delgado
n
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, el artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica establece que la AdministraciĆ³n PĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³n;
n
n
n
n Que, el artĆculo 116 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva establece que la AdministraciĆ³n PĆŗblica impulsarĆ” el empleo y aplicaciĆ³n de las tĆ©cnicas y medios electrĆ³nicos, informĆ”ticos y telemĆ”ticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, con las limitaciones que a la utilizaciĆ³n de estos medios establecen la ConstituciĆ³n y las leyes; y que cuando sea compatible con los medios tĆ©cnicos de que dispongan la AdministraciĆ³n PĆŗblica, los ciudadanos podrĆ”n relacionarse con ella para ejercer sus derechos a travĆ©s de tĆ©cnicas y medios electrĆ³nicos, informĆ”ticos o telemĆ”ticos con respecto de las garantĆas y requisitos previstos en cada procedimiento;
n
n
n
n Que, las letras f), h), i), j) y 1) del artĆculo 15 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, en su orden, establecen como atribuciones y funciones del SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica el ?Fomentar una cultura de calidad en las Instituciones de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, tanto en productos como en servicios pĆŗblicos?; ?Generar metodologĆas para mejora de la gestiĆ³n pĆŗblica en general, tales como proyectos, procesos, trĆ”mites y servicios al ciudadano?; ?Impulsar proyectos de estandarizaciĆ³n en procesos, calidad y tecnologĆas de la informaciĆ³n y comunicaciĆ³n?; ?Controlar la ejecuciĆ³n de propuestas, proyectos de mejora y modernizaciĆ³n de la gestiĆ³n pĆŗblicaĀ»; y, ?DiseƱar, promover e impulsar proyectos, planes y programas destinados a la mejora de la gestiĆ³n pĆŗblica a travĆ©s de herramientas, sistemas y tecnologĆas de la informaciĆ³n y comunicaciĆ³n?;
n
n
n
n Que, la Ley de Comercio ElectrĆ³nico, Firmas ElectrĆ³nicas y Mensajes de Datos, en los artĆculos 2 y 44, respectivamente, reconoce ante el Estado la validez jurĆdica de los mensajes de datos electrĆ³nicos asĆ como el valor y efecto jurĆdicos de cualquier actividad, transacciĆ³n mercantil, financiera o de servicios que se realice con los mismos por medio de redes electrĆ³nicas;
n
n
n
n Que, la Carta Iberoamericana de Gobierno ElectrĆ³nico, en la secciĆ³n 24, recomienda a los gobiernos tomar en consideraciĆ³n la importancia de la interoperabilidad de las comunicaciones y servicios asĆ como disponer las medidas necesarias, para que todas las entidades pĆŗblicas, cualquiera que sea su nivel y con independencia del respeto a su autonomĆa, establezcan sistemas que sean interoperables;
n
n
n
n Que, el Decreto Ejecutivo No. 1014, publicado en el Registro Oficial No. 322 de 23 de abril del 2008, establece como polĆtica pĆŗblica para las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central la utilizaciĆ³n de software libre en sus sistemas y equipamientos informĆ”ticos;
n
n
n
n Que, para el cumplimiento de las disposiciones previamente seƱaladas es necesario que las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica cooperen y colaboren entre, sĆ para compartir e intercambiar datos e informaciĆ³n electrĆ³nicos;
n
n
n
n Que, para las entidades pĆŗblicas la capacidad para compartir e intercambiar datos e informaciĆ³n electrĆ³nica constituye una oportunidad para reducir o eliminar las barreras relacionadas a distancias, desplazamientos, papeleos, costos y horarios en la ejecuciĆ³n de los servicios que se prestan a la ciudadanĆa;
n
n
n
n Que, las tecnologĆas de la informaciĆ³n y comunicaciĆ³n ofrecen herramientas esenciales e innovadoras para incrementar la eficiencia, eficacia, calidad y transparencia en la prestaciĆ³n de servicios pĆŗblicos y la interacciĆ³n con la ciudadanĆa;
n
n
n
n Que, es necesario establecer una polĆtica pĆŗblica que norme, promueva, facilite, estandarice y agilice las actividades y proyectos para compartir e intercambiar datos electrĆ³nicos por medios electrĆ³nicos entre entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica;
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el artĆculo 147, nĆŗmeros 3, 5 y 13 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica;
n
n
n
n Decreta:
n
n
n
n ArtĆculo 1.- Establecer como polĆtica pĆŗblica el desarrollo de la interoperabilidad gubernamental, que consiste en el esfuerzo mancomunado y permanente de todas las entidades de la AdministraciĆ³n Central, dependiente e institucional para compartir e intercambiar entre ellas, por medio de las tecnologĆas de la informaciĆ³n y comunicaciĆ³n, datos e informaciĆ³n electrĆ³nicos que son necesarios en la prestaciĆ³n de los trĆ”mites y servicios ciudadanos que prestan las entidades, asĆ como en la gestiĆ³n interna e interinstitucional.
n
n
n
n ArtĆculo 2.- La interoperabilidad gubernamental entre todas las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central, dependiente e institucional serĆ” gestionada y normada por el conjunto de principios, polĆticas, procesos, procedimientos y estĆ”ndares en los Ć”mbitos operativo, conceptual y tecnolĆ³gico que para el efecto dicte la SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n ArtĆculo 3.- Se prohĆbe a las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central, dependiente e institucional la suscripciĆ³n de convenios institucionales o imponer restricciones operativas, tĆ©cnicas o econĆ³micas entre sĆ, tales como el cobro de tarifas, por compartir e intercambiar los datos e informaciĆ³n electrĆ³nicos que custodian.
n
n
n
n Se garantizarĆ” la confidencialidad, reserva y protecciĆ³n de los datos e informaciĆ³n que se comparta e intercambie entre las entidades, de acuerdo a la normativa vigente.
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n
n DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- La SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica establecerĆ” un perĆodo de transiciĆ³n para que las entidades pĆŗblicas que se encuentren interoperando fuera de la plataforma de interoperabilidad, formulen y ejecuten proyectos de migraciĆ³n.
n
n
n
n DISPOSICION GENERAL UNICA.- El presente Decreto Ejecutivo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, y de su ejecuciĆ³n encĆ”rguese a la SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Diciembre 2012.
n
n
n
n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Rafael Correa Delgado
n
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1280, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 784 del 07 de septiembre de 2012, se designĆ³ a la MagĆster MarĆa Soledad BuendĆa Herdoiza como Vocal Principal, en representaciĆ³n del SeƱor Presidente de la RepĆŗblica, ante el Directorio del Banco del Estado;
n
n
n
n En uso de las atribuciones conferidas por el nĆŗmero 9 del artĆculo 147 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,
n
n
n
n Decreta:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- DĆ©jese sin efecto la designaciĆ³n de la MagĆster MarĆa Soledad BuendĆa HerdoĆza como Vocal Principal, en representaciĆ³n del SeƱor Presidente de la RepĆŗblica, ante el Directorio del Banco del Estado.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- DesĆgnese al Ministro o Ministra de CoordinaciĆ³n PolĆtica y Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados como Vocal Principal, en representaciĆ³n del SeƱor Presidente de la RepĆŗblica, ante el Directorio del Banco del Estado.
n
n
n
n El presente Decreto Ejecutivo entrarĆ” en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito a 13 de Diciembre 2012.
n
n
n
n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Rafael Correa Delgado
n
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante decreto ejecutivo NĀŗ 314 de 6 de abril de 2010, se creĆ³ la Empresa PĆŗblica de ExploraciĆ³n y ExplotaciĆ³n de Hidrocarburos Petroamazonas EP, y en el numeral 3 del artĆculo 4 del instrumento de creaciĆ³n, se designĆ³ como Delegado del Presidente de la RepĆŗblica ante el Directorio de la citada empresa pĆŗblica, al seƱor ingeniero Jorge Glas Espinel;
n
n
n
n Que mediante decreto ejecutivo No. 315 de 6 de abril de 2010, se creĆ³ la Empresa PĆŗblica de Hidrocarburos, EP Petroecuador, y en el numeral 3 del artĆculo 4 del instrumento de creaciĆ³n, se designĆ³ como Delegado del Presidente de la RepĆŗblica ante el Directorio de la citada empresa pĆŗblica, al seƱor ingeniero Jorge Glas Espinel;
n
n
n
n Que el seƱor ingeniero Jorge Glas Espinel, presentĆ³ la renuncia a las delegaciones del Presidente de la RepĆŗblica ante los Directorios de las empresas pĆŗblicas: Petroamazonas EP; y EP Petroecuador; las que fueron debidamente aceptadas;
n
n
n
n Que es necesario integrar el Directorio de las referidas empresas pĆŗblicas;
n
n
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el nĆŗmero 5 del artĆculo 147 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica y artĆculo 7 de la Ley OrgĆ”nica de Empresas PĆŗblicas;
n
n
n
n
n
n Decreta:
n
n
n
n ArtĆculo 1.- Designar como Delegado del seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica ante los directorios de las empresas pĆŗblicas: PETROAMAZONAS EP; y EP PETROECUADOR, al seƱor Ministro de CoordinaciĆ³n de Sectores EstratĆ©gicos.
n
n
n
n ArtĆculo Final.- Este Decreto entrarĆ” en vigencia a partir de la fecha de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, Distrito Metropolitano, el dĆa de hoy trece de Diciembre del dos mil doce.
n
n
n
n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Rafael Correa Delgado
n
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1356 de 12 de noviembre del 2012, publicado en el Registro Oficial 838 de 26 de noviembre del mismo aƱo, se integrĆ³ al Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social el Instituto de la NiƱez y la Familia – INFA y el Programa de ProtecciĆ³n Social (PPS); y,
n
n
n
n
n
n Que en virtud de la expediciĆ³n del precitado Decreto Ejecutivo, es necesario efectuar precisiones tĆ©cnicas respecto de las pensiones asistenciales que se brindan y aclarar las competencias del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social.
n
n
n
n En ejercicio de la facultad que le confieren el artĆculo 147, numerales 3 y 5, de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, el artĆculo 17, letra b), de la Ley de ModernizaciĆ³n del Estado, Privatizaciones y PrestaciĆ³n de Servicios PĆŗblicos por parte de la Iniciativa Privada y, el artĆculo 11, letra h), del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,
n
n
n
n
n
n Decreta:
n
n
n
n ArtĆculo Ćnico.- RefĆ³rmase el artĆculo 2 del Decreto ejecutivo No. 580, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 158 del 29 de agosto del 2007, de la siguiente manera;
n
n
n
n 1.- En la letra f, luego de las palabras Ā«con discapacidadĀ» inclĆŗyase las palabras Ā«igual oĀ»
n
n
n
n 2.- A continuaciĆ³n de la letra g inclĆŗyase la siguiente:
n
n
n
n Ā«h.- Efectuar la transferencias monetarias propias de los programas y proyectos que maneje dentro del Ć”mbito de su competencia.Ā».
n
n
n
n
n
n El presente Decreto Ejecutivo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Diciembre 2012.
n
n
n
n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Ingeniera MarĆa Luisa Donoso LĆ³pez
n
n SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPĆBLICA DEL ECUADOR
n
n
n
n Doctor Carlos Larrea DƔvila
n
n MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica en su artĆculo 226 seƱala: ?Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la ley. TendrĆ”n el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la ConstituciĆ³n;
n
n
n
n Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica en su artĆculo 154 seƱala: A las ministras y ministros de Estado, ademĆ”s de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n.
n
n
n
n Que, es competencia de la Secretaria General de la Presidencia de la RepĆŗblica, dirigir la marcha administrativa y financiera de la Presidencia de la RepĆŗblica, para lo cual podrĆ” expedir, conforme a la normativa vigente, acuerdos, resoluciones, ordenes, instructivos y disposiciones, asĆ como autorizar todos los actos y contratos necesarios para la gestiĆ³n de la Presidencia de la RepĆŗblica; autorizar y/o celebrar los actos, convenios, contratos y demĆ”s instrumentos jurĆdicos, administrativos y financieros que fueren necesarios para la gestiĆ³n administrativa, financiera y logĆstica de la Presidencia de la RepĆŗblica; ejercer las demĆ”s atribuciones y responsabilidades que le sean asignadas por el Presidente de la RepĆŗblica;
n
n
n
n El 16 de febrero de 2011, mediante Acuerdo No. 2011- 569, publicado en el Registro Oficial No. 423, del 8 de abril de 2011, la ingeniera MarĆa Luisa Donoso LĆ³pez, Secretaria General de la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador y el licenciado Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional en el ejercicio de sus facultades legales, resolvieron lo siguiente: ??ArtĆculo 1.- La Presidencia de la RepĆŗblica transfiriĆ³ a perpetuidad el dominio del bien inmueble ubicado en la parroquia Pascuales del cantĆ³n Guayaquil con una extensiĆ³n de terreno de 184,900 metros cuadrados y de acuerdo a los siguientes linderos: Norte terrenos de la UrbanizaciĆ³n Los Vergeles en la extensiĆ³n de cuatrocientos treinta metros, Sur terrenos de la vendedora Sociedad AgrĆcola El Tejar en la extensiĆ³n de cuatrocientos treinta metros, Este con la misma propiedad y en la extensiĆ³n de cuatrocientos treinta metros, Oeste con la misma propiedad y en la extensiĆ³n de cuatrocientos treinta metros a favor del Ministerio de Defensa. ArtĆculo 2.- El Ministro de Defensa, a nombre de la instituciĆ³n que representa, aceptĆ³ la transferencia de dominio realizada por la Presidencia de la RepĆŗblica, y dejĆ³ constancia de su agradecimiento. ArtĆculo 3.- Dispuso al Jefe Administrativo y Financiero de la Presidencia de la RepĆŗblica, y al Director Financiero, Director Administrativo y un delegado de la Unidad de Control de Bienes y Bodega de la DirecciĆ³n Administrativa del Ministerio de Defensa, para que suscriban el acta entrega-recepciĆ³n del bien inmueble, considerĆ”ndose para el efecto el valor constante en el registro contable. ArtĆculo 4.- Tomarse nota de esta transferencia en los registros contables y de Activos Fijos de la DirecciĆ³n Financiera y de la DirecciĆ³n Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional. ArtĆculo 5.- Dispuso que el Jefe Financiero de la Presidencia de la RepĆŗblica proceda a la eliminaciĆ³n del bien inmueble de su registro pertinente, considerĆ”ndose para el efecto el valor constante en el registro contable. ArtĆculo 6.- El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
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n ArtĆculo 7.- Notificar el presente acto administrativo al seƱor Ministro de Defensa Nacional, Directora de la Unidad de GestiĆ³n Inmobiliaria del Sector PĆŗblico INMOBILIAR, Auditor de la Presidencia de la RepĆŗblica, Subsecretario General de la Presidencia, Directora Administrativa y Director Financiero de la Presidencia de la RepĆŗblica, Coordinador General Administrativo Financiero del Ministerio de Defensa, Director Financiero y Director Administrativo del Ministerio de Defensa para los fines de ley correspondientes??
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n Que, mediante Acuerdo No. 2012-984, de 16 de agosto de 2012, el Secretario General de la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador encargado en el ejercicio de su facultad legal calificĆ³ de Proyecto emblemĆ”tico a la Ā«REHABILITACIĆN DE RADIO CIUDADANA CON COBERTURA EN ECUADOR CONTINENTAL EN FRECUENCIA AM de la SecretarĆa Nacional de ComunicaciĆ³n.
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n Que, es prioritario para la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador y el Ministerio de Defensa Nacional optimizar el uso de los bienes del Estado, mediante una adecuada distribuciĆ³n que contribuya a los fines propios de sus instituciones en ese contexto, resulta indispensable contar con la infraestructura fĆsica necesaria que coadyuve a la ejecuciĆ³n del proyecto ?REHABILITACIĆN DE RADIO CIUDADANA CON COBERTURA EN ECUADOR CONTINENTAL EN FRECUENCIA AM de la SecretarĆa Nacional de ComunicaciĆ³n para cumplir con los objetivos especĆficos en materia de comunicaciones, esto es, fortalecer la libertad de expresiĆ³n, concienciar en la prĆ”ctica de un periodismo responsable, informar a la ciudadanĆa de la rehabilitaciĆ³n de la Radio Nacional, alternativa de radiodifusiĆ³n, difundir contenidos de la red de medios de comunicaciĆ³n pĆŗblicos para garantizar una comunicaciĆ³n libre, intercultural, incluyente, responsable y participativa.
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n Que el artĆculo 6 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone: Las entidades, organismos y empresas del sector pĆŗblico dependientes, adscritos o controlados por los dignatarios de la FunciĆ³n Ejecutiva se caracterizan, en general, por ser creados, modificados y extinguidos por acto de poder pĆŗblico; tener como propĆ³sito facilitar el cumplimiento de determinados servicios pĆŗblicos, el ejercicio de actividades econĆ³micas o la realizaciĆ³n de determinadas tareas de naturaleza pĆŗblica con el fin de satisfacer necesidades colectivas; gozar del ejercicio de autoridad para el cumplimiento de sus propĆ³sitos; y estar financiados por recursos pĆŗblicos.
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n Que el artĆculo 89 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone: ORIGEN DE LA EXTINCION O REFORMA.- Los actos administrativos que expidan los Ć³rganos y entidades sometidos a este estatuto se extinguen o reforman en sede administrativa de oficio o a peticiĆ³n del administrado. En general, se extinguirĆ”n los actos administrativos por el cumplimiento de alguna modalidad accidental a ellos, tales como plazo o condiciĆ³n. TambiĆ©n se podrĆ”n extinguir los actos administrativos surgidos como consecuencia de decisiones de otros poderes pĆŗblicos que incidan en las instituciones u Ć³rganos administrativos sujetos al presente estatuto.
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n Que el artĆculo 90 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone: RAZONES.- Los actos administrativos podrĆ”n extinguirse o reformarse en sede administrativa por razones de legitimidad o de oportunidad.
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n Que el artĆculo 91 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone: EXTINCION O REFORMA DE OFICIO POR RAZONES DE OPORTUNIDAD.- La extinciĆ³n o reforma de oficio de un acto administrativo por razones de oportunidad tendrĆ” lugar cuando existen razones de orden pĆŗblico que justifican declarar extinguido dicho acto administrativo. El acto administrativo que declara extinguida un acto administrativo por razones de oportunidad no tendrĆ” efectos retroactivos. La extinciĆ³n la podrĆ” realizar la misma autoridad que expidiera el acto o quien la sustituya en el cargo, asĆ como cualquier autoridad jerĆ”rquicamente superior a ella.
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n En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y, el artĆculo 91 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
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n Resuelven:
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n ArtĆculo 1.- Dejar sin efecto por razones de oportunidad, el Acuerdo No. 2011- 569, publicado en el Registro Oficial No. 423, de 8 de abril de 2011, esto es, la transferencia a perpetuidad del dominio del bien inmueble ubicado en la parroquia Pascuales del cantĆ³n Guayaquil con una extensiĆ³n de terreno de 184.900 metros cuadrados y de acuerdo a los siguientes linderos: Norte terrenos de la UrbanizaciĆ³n Los Vergeles en la extensiĆ³n de cuatrocientos treinta metros. Este con la misma propiedad y en la extensiĆ³n de cuatrocientos treinta metros. Oeste con la misma propiedad y en la extensiĆ³n de cuatrocientos treinta metros efectuada por la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador al Ministerio de Defensa Nacional suscrito en forma conjunta por la ingeniera MarĆa Luisa Donoso LĆ³pez, Secretaria General de la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador y el licenciado Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional consecuentemente la extinciĆ³n del acto administrativo por cuanto existe la necesidad institucional de contar con la infraestructura fĆsica que coadyuve a la ejecuciĆ³n del proyecto Ā«REHABILITACIĆN DE RADIO CIUDADANA CON COBERTURA EN ECUADOR CONTINENTAL EN FRECUENCIA AM de la SecretarĆa Nacional de ComunicaciĆ³n y del Parque EcolĆ³gico de Los Samanes.
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n ArtĆculo 2.- Disponer a la Directora Administrativa y Director Financiero de la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador, al Director Financiero, Director Administrativo y un delegado de la Unidad de Control de Bienes y Bodega de la DirecciĆ³n Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional, para que suscriban el acta entrega-recepciĆ³n del bien inmueble, considerĆ”ndose el valor constante en el registro contable. Para el efecto, los funcionarios competentes de las instituciones procederĆ”n a la incorporaciĆ³n en los registros contables y de Activos Fijos del inmueble y a la baja de los registros respectivamente.
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n ArtĆculo 3.- Notificar el presente acto administrativo al Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Ambiente, Secretaria Nacional de ComunicaciĆ³n, Unidad de GestiĆ³n Inmobiliaria del Sector PĆŗblico INMOBILIAR, Auditor de la Presidencia de la RepĆŗblica, Directora Administrativa y Director Financiero de la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador, Coordinador General Administrativo Financiero del Ministerio de Defensa, Director Financiero y Director Administrativo del Ministerio de Defensa, Gerente del Proyecto Radio Ciudadana, Municipio de la Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil, Registro de la Propiedad de Guayaquil para los fines de ley correspondientes.
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n ArtĆculo 4.- El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
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n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 15 noviembre de 2012.
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n
n f.) Ing. MarĆa Luisa Donoso LĆ³pez, Secretaria General de la Presidencia de la RepĆŗblica del Ecuador.
n
n
n
n f.) Doctor Carlos Larrea DƔvila, Ministro de Defensa Nacional.
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n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
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n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
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n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
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n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22773 de fecha 12 de noviembre de 2012 a favor de la doctora MarĆa Fernanda Espinosa GarcĆ©s Ministra Coordinadora de Patrimonio, para su desplazamiento a la ciudad de Santiago-Chile del 16 al 17 de este mes, a fin de que atienda la invitaciĆ³n de la Lcda. Marjorie AlegrĆa Ulloa Vernimen, Embajadora, Embajada del Ecuador en Chile, para que realice la presentaciĆ³n de la Iniciativa YasunĆ- ITT, en el marco de promociĆ³n de la Iniciativa YasunĆ- ITT; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTICULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios a la doctora MarĆa Fernanda Espinosa GarcĆ©s Ministra Coordinadora de Patrimonio, para su desplazamiento a la ciudad de Santiago-Chile, del 16 al 17 de noviembre de 2012, para la presentaciĆ³n de la Iniciativa YasunĆ-ITT, en el marco de promociĆ³n de la Iniciativa.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento serĆ”n cubiertos del presupuesto del Ministerio de CoordinaciĆ³n de Patrimonio.
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n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n DADO en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de Noviembre de 2012.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22740 de 12 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la PolĆtica EconĆ³mica de fecha 13 del mes presente, a favor del seƱor Pedro Xavier CĆ”rdenas Moncayo Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para su desplazamiento a la ciudad de Nueva York-Estados Unidos del 16 al 18 de noviembre, a fin de participar en la Feria Ā«Ecuador ItineranteĀ»; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios al seƱor Pedro Xavier CĆ”rdenas Moncayo Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para su desplazamiento a la ciudad de Nueva York-Estados Unidos del 16 al 18 de noviembre de 2012, a fin de participar en la Feria ?Ecuador Itinerante?, organizada por la SecretarĆa Nacional del Migrante?.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento serĆ”n cubiertos del presupuesto del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n DADO en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Noviembre de 2012.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22772 de 12 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad de igual fecha, a favor de la economista VerĆ³nica SiĆ³n de Josse Ministra de Industrias y Productividad, para su desplazamiento a la ciudad de Viena-Austria del 17 al 24 del mes presente, a fin de asistir al 40Ā° PerĆodo de Sesiones de la Junta de Desarrollo Industrial de la OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), y participar en la ExposiciĆ³n Global de CooperaciĆ³n Sur-Sur 2012, donde Ecuador participarĆ” con una presentaciĆ³n sobre la Iniciativa YasunĆ-ITT; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios a la economista VerĆ³nica SiĆ³n de Josse Ministra de Industrias y Productividad, para su desplazamiento a la ciudad de Viena-Austria del 17 al 24 de noviembre de 2012, a fin de asistir al 40Āŗ PerĆodo de Sesiones de la Junta de Desarrollo Industrial de la OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), y participar en la ExposiciĆ³n Global de CooperaciĆ³n Sur-Sur 2012, donde Ecuador realizarĆ” una presentaciĆ³n de la Iniciativa YasunĆ-ITT.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes aĆ©reos y viĆ”ticos serĆ”n cubiertos del presupuesto del Ministerio de Industrias y Productividad.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n DADO en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Noviembre de 2012.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante oficio No. MIDUVI-DESP-2012-1122-O de fecha 25 de octubre de 2012, el arquitecto Pedro Antonio Jaramillo Castillo Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda solicita concederle tres dĆas de permiso con cargo a vacaciones, del 5 al 7 de noviembre; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Legalizar el permiso con cargo a vacaciones del arquitecto Pedro Antonio Jaramillo Castillo Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, del 5 al 7 de noviembre de 2012.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- El seƱor Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda encargĆ³ dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha.
n
n
n
n DADO en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de noviembre de 2012.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22849 de 13 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del seƱor Ministro Coordinador de Desarrollo Social, Ing. Richard Espinosa GuzmĆ”n B.A., de igual fecha, a favor de la seƱora Estefani Santos CastaƱeda Secretaria Nacional del Migrante, Encargada, para su desplazamiento a la ciudad de Madrid-EspaƱa del 14 al 18 del mes presente, para el desarrollo de actividades inherentes a esa SecretarĆa, en el marco de la agenda que cumple el seƱor Presidente de la RepĆŗblica en su visita a EspaƱa e Italia; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios a la seƱora Estefani Santos CastaƱeda Secretaria Nacional del Migrante, Encargada, para su desplazamiento a la ciudad de Madrid-EspaƱa del 14 al 18 de noviembre de 2012, para el desarrollo de actividades inherentes a esa SecretarĆa, en el marco de la agenda que cumple el seƱor Presidente de la RepĆŗblica en su visita a EspaƱa e Italia.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento serĆ”n cubiertos por la SecretarĆa Nacional del Migrante.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, Sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n DADO en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Noviembre de 2012.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22752 de 12 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad de 13 del mes presente, a favor del doctor JosĆ© Francisco Vacas DĆ”vila Ministro de Relaciones Laborales, para su desplazamiento a la ciudad de Lima- PerĆŗ del 18 al 21 de noviembre, a fin de asistir al Taller Subregional Andino, en el marco de la XIV ReuniĆ³n del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios al doctor JosĆ© Francisco Vacas DĆ”vila Ministro de Relaciones Laborales, para su desplazamiento a la ciudad de Lima-PerĆŗ del 18 al 21 de noviembre de 2012, a fin de asistir al Taller Subregional Andino, en el marco de la XIV ReuniĆ³n del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos generados por esta comisiĆ³n de servicios, serĆ”n financiados en su totalidad por la OrganizaciĆ³n Internacional para las Migraciones – OIMARTĆCULO
n
n
n
n TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n DADO en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Noviembre de 2012.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22853 de fecha 13 de noviembre de 2012 a favor del seƱor Rafael Poveda Bonilla Ministro Coordinador de los Sectores EstratĆ©gicos, Encargado, quien se desplazarĆ” a la ciudad de RĆo de Janeiro-Brasil del 13 al 15 del mes presente, para la firma del contrato de crĆ©dito para el Proyecto HidroelĆ©ctrico Manduriacu con el BNDES; y, adicionalmente a las reuniones de trabajo con el BNDES para la gestiĆ³n de financiamientos para otros proyectos de los sectores coordinados por esa Cartera de Estado; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios del seƱor Rafael Poveda Bonilla Ministro Coordinador de los Sectores EstratĆ©gicos, Encargado, en la ciudad de RĆo de Janeiro-Brasil del 13 al 15 de noviembre de 2012, para la firma del contrato de crĆ©dito para el Proyecto HidroelĆ©ctrico Manduriacu con el BNDES; y, adicionalmente a las reuniones de trabajo con el BNDES para la gestiĆ³n de financiamientos para otros proyectos de los sectores coordinados por esa Cartera de Estado,
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los pasajes aĆ©reos y viĆ”ticos son financiados por el Ministerio de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n DADO en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Noviembre de 2012.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento certificado electrĆ³nicamente.
n
n
n
n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Fernando Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE COMUNICACIĆN
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1795 de 22 de junio de 2009 se restableciĆ³ la Secretaria de ComunicaciĆ³n de la Presidencia de la RepĆŗblica con las funciones y atribuciones seƱaladas en el Decreto Ejecutivo No. 386 de 15 de mayo de 2000.
n
n
n
n Que a travĆ©s del Decreto Ejecutivo No. 7 de 12 de agosto de 2009 se derogĆ³ el numeral 4 del artĆculo 4 del Decreto Ejecutivo No. 386 de 15 de mayo de 2000.
n
n
n
n Que el titular de la SecretarĆa Nacional de ComunicaciĆ³n se ausentarĆ” del paĆs, en cumplimiento de funciones oficiales.
n
n
n
n Que la gestiĆ³n de la SecretarĆa Nacional de ComunicaciĆ³n requiere de la debida direcciĆ³n durante dicha ausencia.
n
n
n
n Que mediante Acuerdo No. 1432 de 12 de noviembre de 2012, se encargĆ³ las funciones de Secretario Nacional de ComunicaciĆ³n al Subsecretario de InnovaciĆ³n y Nuevos Medios, licenciado Marco Antonio Bravo Segovia, desde el 13 de noviembre de 2012 hasta el 19 de noviembre de 2012, inclusive.
n
n
n
n Que en ejercicio de las facultades que le confiere el literal b.13) del numeral 3.1.1) del artĆculo 9 del Estatuto OrgĆ”nico por Procesos de la Presidencia de la RepĆŗblica del 22 de julio del 2010.
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ArtĆculo 1.- Prorrogar el encargo de funciones de Secretario Nacional de ComunicaciĆ³n al Subsecretario de InnovaciĆ³n y Nuevos Medios, licenciado Marco Antonio Bravo Segovia, desde el 20 de noviembre de 2012 has