Administración del Señor Ec.
Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la
RepĆŗblica del Ecuador

MiĆ©rcoles 21 de Agosto de 2013 – R. O. No. 63

SUMARIO

Presidencia de la RepĆŗblica:

Ejecutiva

Decretos

56 AcƩptase la
renuncia del Econ. Byron Patricio VƔsconez VƔsconez, Secretario Nacional de Telecomunicaciones

57 Acéptase la renuncia del Ing. Jhon Paúl Soto García,
Gobernador de la provincia de Santa Elena

58 AcƩptase la renuncia del seƱor Ɓngel Ovidio Bayas DurƔn,
Gobernador de la provincia de BolĆ­var

59 Dase de baja de las filas de la institución policial al
Coronel de Policƭa de E.M. IvƔn Ramiro Velasco Echeverrƭa

60 Dase de baja de las filas de la institución policial al
Coronel de PolicĆ­a de E.M. Marco Vinicio Salazar JarrĆ­n

61 RatifĆ­case el ?Protocolo de Montevideo sobre Compromiso
con la Democracia en el Mercosur (USHUAIA II)

62 Refórmase el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva

63 RatifĆ­case el Convenio de Seguridad Social entre la RepĆŗblica
del Ecuador y la RepĆŗblica del PerĆŗ

64 Dase de baja de las Fuerzas Armadas al CPNVCSM HernƔn
Hervas Ortega

65 DelƩganse funciones a varios aerotƩcnicos de la Fuerza
AƩrea Ecuatoriana

66 Dase de baja de las Fuerzas Armadas al VALM. Jorge Luis
Gross Albornoz

67 Colócase en situación jurídica de disponibilidad al
CPNV-EM Edwin Manolo Ɓlava Moncayo

68 AsciƩndese al grado de General Superior al General
Inspector Rodrigo Marcelo SuƔrez Salgado

69 Instrúyese al Servicio de Gestión Inmobiliar del Sector
PĆŗblico, transfiera, subdivida, traspase o enajene varios inmuebles del Banco
Central del Ecuador

70 Acéptase la renuncia del señor Milton Salomón Carrera López,
Gobernador de la provincia de Napo

71 Confiérese la Condecoración de la Orden Nacional ?Al
MƩrito? en el grado de Gran Oficial al Mayor de Infanterƭa Alex Patricio Guerra
Leiva

Secretaría Nacional de la Administración Pública:

Acuerdos

107 ConcƩdese vacaciones al doctor Rafael Poveda Bonilla,
Ministro Coordinador de los Sectores EstratƩgicos

108 Refórmase el Acuerdo No. 6 de 28 de mayo de 2013

109 Efectivízase la licencia sin remuneración del doctor
Fander Falconí Benítez, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo

110 Legalízase la comisión de servicios en el exterior del
Econ. Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas

111 Autorízase el viaje y declÔrase en comisión de servicios
en el exterior a la seƱora Cecilia Vaca Jones, Ministra Coordinadora de
Desarrollo Social

112 Legalízase la comisión de servicios en el exterior de la
Mgs. Cecilia Vaca Jones, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social

115 DƩjase sin efecto el Acuerdo No. 72, publicado en el
Registro Oficial Suplemento No. 45 de 26 de julio de 2013

116 DƩjase sin efecto el Acuerdo No. 69, publicado en el
Registro Oficial No. 38 de 17 de julio de 2013

117 ConcƩdese vacaciones al economista Carlos Marx Carrasco
V., Director General del Servicio de Rentas Internas

119 Legalízase la comisión de servicios en el exterior del
doctor JosƩ Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior

120 Autorízase el viaje y declÔrase en comisión de servicios en el exterior al Ing. Richard
Espinosa GuzmÔn, B.A., Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y
Competitividad

121 DƩjase sin efecto el Acuerdo No. 89, publicado en el
Registro Oficial Suplemento No. 45 de 26 de julio de 2013

122 Autorízase el viaje y declÔrase en comisión de servicios
en el exterior al doctor Vinicio Alvarado Espinel, Ministro de Turismo

123 ConcƩdese vacaciones al doctor Vinicio Alvarado Espinel,
Ministro de Turismo

Ministerio del Ambiente:

074 Refórmase el Acuerdo Ministerial No. 068, publicado en
la Edición Especial del Registro Oficial No. 33 de 31 de julio de 2013

Ministerio Coordinador de Política Económica:

MCPE-2013-011 DelƩgase al economista Fernando Vladimir
SuƔrez Andrade, integre el ComitƩ de Comercio Exterior -COMEX-

MCPE-2013-012 DelƩgase al economista Francisco Daniel Tobar
Cevallos, Asesor Ministerial, integre el Comité de Calificación de Activos de
Riesgos del Banco Central del Ecuador

Ministerio de Relaciones Laborales:

Ejecutiva

0130 ExpĆ­dese el Reglamento de Organizaciones Laborales

Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas:

072 Concédese personalidad jurídica a la ?Unión Provincial
de Operadoras de Transporte Liviano, Mixto y Mediano de El Oro?, con domicilio
en el cantón Piñas, provincia de El Oro

Ministerio de Turismo:

20130123 Expídese el Acuerdo de desconcentración de las
funciones y atribuciones del Ministro en los Ɣmbitos administrativo, financiero
y jurĆ­dico de este Ministerio

Secretaría Técnica de Cooperación Internacional:

Resoluciones

164/SETECI/2013 Autorízase el viaje y declÔrase en comisión
de servicios en el exterior al ingeniero Jorge Renato Aguilar MuƱoz, Director
de Articulación Estratégica de la Cooperación Internacional

CONTENIDO


N° 56

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que mediante Decreto Ejecutivo N° 1472 de 5 de abril de 2013,
publicado en el Registro Oficial N° 937 de 19 de abril de
2013
, se nombró al economista Byron Patricio VÔsconez VÔsconez como
Secretario Nacional de Telecomunicaciones;

Que el economista Byron Patricio VƔsconez VƔsconez ha presentado
la renuncia al referido cargo; y,

En ejercicio de la atribución conferida por el número 9 del artículo
147 de la Constitución de la República y la letra d) del artículo 11 del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

ArtĆ­culo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el economista
Byron Patricio VƔsconez VƔsconez al cargo de Secretario Nacional de
Telecomunicaciones.

ArtĆ­culo 2.- Designar como Secretario Nacional de Telecomunicaciones
al ingeniero Javier Walter
Veliz
Madinya.

Este Decreto Ejecutivo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 02 de agosto 2013.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

Quito 07 de Agosto del 2013, certifico que el que antecede es
fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler, Secretario Nacional JurĆ­dico, SecretarĆ­a
Nacional JurĆ­dica.

N° 57

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que mediante Decreto Ejecutivo N° 916 de 21 de octubre de
2011, publicado en el Registro Oficial N° 571 de 9 de noviembre
de 2011
, se nombró al ingeniero comercial Jhon Paúl Soto García como
Gobernador de la Provincia de Santa Elena;

Que el ingeniero Jhon PaĆŗl Soto GarcĆ­a ha presentado la renuncia
al referido cargo, y;

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el nĆŗmero 9 del
artículo 147 de la Constitución de la República y la letra d) del artículo 11
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

ArtĆ­culo 1.- Aceptar la renuncia del ingeniero Jhon PaĆŗl Soto
GarcĆ­a al cargo de Gobernador de la
Provincia de Santa Elena, a quien se le agradece por los valiosos y leales
servicios prestados a la RepĆŗblica.

Artƭculo 2.- Designar al ingeniero CƩsar Gustavo Palacios Alejandro
como Gobernador de la Provincia de Santa Elena.

Este Decreto Ejecutivo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 02 de agosto 2013.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

Quito 07 de Agosto del 2013, certifico que el que antecede es
fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler, Secretario Nacional JurĆ­dico, SecretarĆ­a
Nacional JurĆ­dica.

N° 58

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que mediante Decreto Ejecutivo N° 701 de 23 de marzo de 2011,
publicado en el Registro Oficial N° 421 de 6 de abril de
2011
, se nombró al señor Ángel Ovidio Bayas DurÔn corno Gobernador de
la Provincia de BolĆ­var;

Que el seƱor Ɓngel Ovidio Bayas DurƔn ha presentado la renuncia
al referido cargo, y;

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el nĆŗmero 9 del
artículo 147 de la Constitución de la República y la letra d) del artículo 11
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

Artƭculo 1.- Aceptar la renuncia del seƱor Ɓngel Ovidio Bayas
DurƔn al cargo de Gobernador de la Provincia de Bolƭvar, a quien se le agradece
por los valiosos y leales servicios prestados a la RepĆŗblica.

ArtĆ­culo 2.- Designar al ingeniero Fafo Gavilanez Camacho
como Gobernador de la Provincia de BolĆ­var. Este Decreto Ejecutivo entrarĆ” en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 02 de agosto 2013.

f.) Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la

RepĆŗblica.

Quito 07 de Agosto del 2013, certifico que el que antecede es
fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler, Secretario Nacional JurĆ­dico, SecretarĆ­a
Nacional JurĆ­dica.

No. 59

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Resolución No. 2013-194-CsG-PN de 02 de abril
del 2013, emitida por el H. Consejo de Generales de la PolicĆ­a Nacional,
resuelve aceptar el pedido de baja, voluntaria de las filas de la Institución
Policial solicitada por el seƱor Coronel de Policƭa de E.M. IVAN RAMIRO VELSCO
ECHEVERRIA;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 001367 expedido el 11
de diciembre del 2012, el seƱor Coronel de Policƭa de E.M. IVAN RAMIRO VELASCO
ECHEVERRƍA con fecha 11 de diciembre del 2012, ha sido colocado en situación
transitoria por solicitar voluntariamente, de conformidad con los artĆ­culos 59
y 60 literal a) de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional;

Que, la situación transitoria en la que ha sido colocado el señor
Coronel de PolicĆ­a de E.M. IVAN RAMIRO VELASCO ECHEVERRƍA, tiene una duración
de seis meses contados desde la fecha en que fue colocado en esta situación,
finalizando la misma el 11 de junio del 2013, por lo que procede que con esta
fecha sea dado de baja de las filas policiales, conforme lo determina el Art.
66 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional, que dice: Ā«…El personal
policial serĆ” dado de baja por una de las siguientes causas: d) Por cumplir el
tiempo de situación transitoria establecido en esta Ley;»

Que, de conformidad con el Art. 65 reformado mediante Ley
Reformatoria a la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional, publicada en el Registro Oficial No. 607-S, de junio 08 del
2009
, determina que la baja de los Coroneles de PolicĆ­a se declararĆ”
mediante Decreto Ejecutivo; y,

Que, el seƱor Ministro del Interior, previa solicitud del seƱor
Comandante General de la PolicĆ­a Nacional, que consta en Oficio No.
2013-0743-CsG-PN de 10 de abril del 2013, solicita al seƱor Presidente de la
RepĆŗblica, emita el correspondiente Decreto Ejecutivo, mediante el cual se proceda
a dar de baja de las filas policiales al seƱor Coronel de Policƭa de E.M. IVAN
RAMIRO VELASCO ECHEVERRIA;

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 147,
numeral 5 de la Constitución de la República,

Decreta:

Art. 1.- Dar de Baja de las filas de la Institución Policial
con fecha 11 de junio del 2013, al seƱor Coronel de Policƭa de E.M. IVAN RAMIRO
VELASCO ECHEVERRIA, por solicitud voluntaria y cumplir el tiempo mƔximo de
situación transitoria, de conformidad con el Art. 66, literal a) de la Ley de
Personal de la PolicĆ­a Nacional.

Art. 2.- De la ejecución de este Decreto que entrarÔ en vigencia
en la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encƔrguese el seƱor Ministro del Interior. Dado, en el Palacio Nacional, Quito D.M.,
a 05 de agosto 2013.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Quito 07 de Agosto del 2013, certifico que el que antecede es
fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler, Secretario Nacional JurĆ­dico, SecretarĆ­a
Nacional JurĆ­dica.

No. 60

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Resolución No. 2013-344-CsG-PN de 12 de junio
del 2013, emitida por el H. Consejo de Generales de la PolicĆ­a Nacional,
resuelve aceptar el pedido de baja voluntaria de las filas de la Institución
Policial solicitada por el seƱor Coronel de Policƭa de E.M. MARCO VINICIO
SALAZAR JARRIN, acorde a lo que establece el Art. 66 literal a) de la Ley de
Personal de la PolicĆ­a Nacional;

Que, la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional, determina que
«Art. 66.- El personal policial serÔ dado de baja por una de las
siguientes causas:… a) Por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la
transitoriaĀ»;

Que, de conformidad con el Art. 65 reformado mediante Ley
Reformatoria a la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional, publicada en el Registro Oficial No. 607-S, de junio 08 del
2009
, determina que la baja de los Coroneles de PolicĆ­a se declararĆ”
mediante Decreto Ejecutivo; y,

Que, el seƱor Ministro del Interior, previa solicitud del seƱor
Comandante General de la PolicĆ­a Nacional, que consta en Oficio No. 0234-CG-DGP
de 21 de junio del 2013, solicita al señor Presidente de la República, emita el
correspondiente Decreto Ejecutivo, mediante el cual se proceda a dar de baja de
las filas policiales al seƱor Coronel de Policƭa de E.M. MARCO VINICIO
SALAZAR JARRIN;

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 147,
numeral 5 de la Constitución de la República,

Decreta:

Art. 1.- DAR DE BAJA de las filas de la Institución Policial
con fecha de expedición de este Decreto al señor Coronel de Policía de E.M.
MARCO VINICIO SALAZAR JARRIN, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a
la situación transitoria, de conformidad con el Art. 66, literal a) de la Ley
de Personal de la PolicĆ­a Nacional.

Art. 2.- De la ejecución de este Decreto que entrarÔ en vigencia
en la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encƔrguese el seƱor Ministro del Interior.

Dado, en el Palacio Nacional, Quito D.M., a 05 de agosto 2013.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Quito 07 de Agosto del 2013, certifico que el que antecede es
fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler, Secretario Nacional JurĆ­dico, SecretarĆ­a
Nacional JurĆ­dica.

N° 61

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que el «Protocolo de Montevideo sobre Compromiso con la
Democracia en el Mercosur (USHUAIA II)Ā», fue suscrito en la ciudad de
Montevideo, el 20 de diciembre de 2011;

Que el objetivo del precitado instrumento es establecer las medidas
que el MERCOSUR adoptarĆ­a en caso de ruptura o amenaza de ruptura del orden
democrÔtico, de una violación del orden constitucional o de cualquier situación
que ponga en riesgo el legĆ­timo ejercicio del poder y la vigencia de los
valores y principios democrƔticos en uno de los Paƭses Parte;

Que el artículo 418 de la Constitución de la República establece
que al Presidente de la RepĆŗblica le corresponde suscribir o ratificar los
tratados y otros instrumentos internacionales;

Que en este sentido y en cumplimiento con lo dispuesto en el
artƭculo 109 de la Ley OrgƔnica de Garantƭas Jurisdiccionales y Control
Constitucional, el Secretario Nacional JurĆ­dico de la Presidencia de la
República, con Oficio No. T. 4284-SNJ-12-76 del 26 de enero del 2012, remitió a la
entonces Corte Constitucional para el período de transición, el referido protocolo,
para que resuelva si requiere de aprobación legislativa;

Que en base a lo expuesto, mediante Dictamen No. 006- 13-DTI-CC
del 14 de marzo de 2013, la Corte Constitucional, resolvió que el mencionado «Protocolo
de Montevideo sobre Compromiso con la Democracia en el Mercosur (USHUAIA
II)», requiere de aprobación legislativa;

Que de conformidad con el segundo inciso del artĆ­culo 418 de
la Constitución de la República, el Presidente de la República solicitó con
oficio N° T.4284-SNJ-13-282, de fecha 5 de abril de 2013, a la Asamblea
Nacional la aprobación del convenio antes mencionado;

Que el Pleno de la Asamblea Nacional, el 11 de julio de 2013
resolvió aprobar el «Protocolo de Montevideo sobre Compromiso con la
Democracia en el Mercosur (USHUAIA II)Ā»; y,

En ejercicio de la facultad conferida por el artĆ­culo 147, nĆŗmero
10, de la Constitución de la República,

Artículo 1.- Ratificase en todos sus artículos el «Protocolo
de Montevideo sobre Compromiso con la Democracia en el Mercosur (USHUAIA
II)Ā», suscrito en la ciudad de Montevideo, el 20 de diciembre de 2011.

Disposición Final.- El presente Decreto entrarÔ en vigencia
a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encÔrgase
al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito a 05 de agosto 2013.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

Quito 07 de Agosto del 2013, certifico que el que antecede es
fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler, Secretario Nacional JurĆ­dico, SecretarĆ­a
Nacional JurĆ­dica.

N° 62

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que el Artículo 226 de la Constitución de la República establece
que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras
o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad
estatal tendrƔn el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio
de los derechos reconocidos en la Constitución;

Que la letra g) del Artƭculo 10.1 del Estatuto del RƩgimen Jurƭdico
y Administrativo de la Función Ejecutiva establece que la Función Ejecutiva
podrĆ” contar con varios tipos de entidades, entre otras, la SecretarĆ­a, como Organismo
público que, por delegación y bajo la supervisión del ente al cual estÔ
adscrito, tiene la facultad de asesorar, dictar y gestionar polĆ­tica
transversal a un sector;

Que conforme a este mismo ArtĆ­culo, esta entidad estarĆ” adscrita
a un Ministerio sectorial o una Secretarƭa Nacional, y la mƔxima autoridad serƔ
designada por el Ministro sectorial y el Secretario Nacional correspondiente;

Que el Artƭculo 17.2 del Estatuto del RƩgimen Jurƭdico y Administrativo
de la Función Ejecutiva regula las Secretarías Nacionales, consideradas como
entidades que tendrƔn la rectorƭa sobre temas que superan la cobertura de un
sector de la Administración Pública, y que formulan y determinan políticas,
planes, programas y proyectos;

Que el Artƭculo 17.5 del Estatuto del RƩgimen Jurƭdico y Administrativo
de la Función Ejecutiva prevé que cada Ministerio de Coordinación dispondrÔ de
una Secretarƭa TƩcnica, que serƔ la encargada de dar viabilidad a las resoluciones
y acuerdos adoptados por tales ministerios, y de apoyar tƩcnicamente a las
instituciones públicas que integran las diferentes Ôreas de trabajo;

Que es necesario ajustar el funcionamiento de las SecretarĆ­as
a los requerimientos actuales, ante la reestructuración de varias de las
entidades de la Función Ejecutiva; y,

En ejercicio de la atribución que le confieren los números 5
y 6 del Artículo 147 de la Constitución de la República, y las letras f) y g)
del Artƭculo 11 del Estatuto del RƩgimen Jurƭdico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Decreta:

Reformar el Estatuto del RƩgimen Jurƭdico y

Administrativo de la Función Ejecutiva

ArtĆ­culo 1.- SustitĆŗyase el texto de la letra g) del
ArtĆ­culo 10.1, por el siguiente:

?g) Secretaría Técnica.- Organismo público con facultades de
coordinación, gestión, seguimiento y evaluación de la implementación de las
políticas públicas, dependiente de una instancia de coordinación conformada por
miembros de la Función Ejecutiva y adscrito a la Presidencia o Vicepresidencia
de la RepĆŗblica, un ministerio sectorial o secretarĆ­a nacional.?

Artículo 2.- AñÔdase a continuación del Artículo 16, el siguiente
innumerado: ?ArtĆ­culo … .- La Función Ejecutiva se organiza en las SecretarĆ­as
siguientes:

1. Secretaría Nacional de la Administración Pública;

2. Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo;

3. Secretaría Nacional de Gestión de la Política;

4. Secretaría Nacional de Comunicación;

5. SecretarĆ­a General de la Presidencia;

6. SecretarĆ­a General JurĆ­dica;

7. Secretaría de Educación Superior, Ciencia y Tecnología;

8. SecretarĆ­a de Inteligencia;

9. SecretarĆ­a de