n n n n n

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REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Jueves, 07 de Mayo de 2009 – R. O. No. 585

n n

n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n DECRETO: n n

1693……. Declárase el estado de excepción en todo el territorio nacional, el cual se funda en la rápida transmisión entre personas del virus de la denominada influenza porcina y el desencadenamiento de efectos dañinos sobre la salud humana, lo que puede provocar una grave conmoción interna

n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE EDUCACION:

n n

145-09…. Delégase al doctor Nelson Saavedra García, Director Provincial de Educación de Zamora Chinchipe, para que suscriba el contrato de comodato precario, en el que el Banco Central del Ecuador otorga a esta Cartera de Estado, el terreno de su propiedad, por el plazo de 25 años, para el funcionamiento de la Escuela Pública “Bernardo Valdivieso”, inmueble ubicado en la zona número 20 A, sector Nambija, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n

052……… Apruébase el estatuto y otórgase personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostal “Altísimo Internacional”, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas

n n

053……… Apruébase el estatuto y otórgase personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Centro Cristiano Evangélico Bilingüe “Jesús el Buen Pastor”, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas

n n n

075……… Apruébase el estatuto y otórgase personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostés “Y Conoceréis la Verdad y la Verdad Os Hará Libres”, con domicilio en Guayaquil, provincia del Guayas

n n n RESOLUCIONES: n n

CONSEJO NACIONAL DE

n

CAPACITACION Y FORMACIÓN

n

PROFESIONAL:

n n

CNCF-002-03-2009 Expídese el Reglamento para la asignación de recursos para el financiamiento de la capacitación y formación profesional

n n n

CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA:

n n n

04 CNNA-2009 Exprésase a la señora Martha Riva deneira, el reconocimiento por la labor desarrollada a favor de la niñez y adolescencia como delegada permanente del Ministerio de Educación a esta institución

n n

CONSEJO NACIONAL DE ZONAS

n

FRANCAS (CONAZOFRA):

n n

2009-11.. Regístrase la calificación de la Empresa MARKFISH S. A. como usuaria para establecerse en ZONAMANTA S. A

n n

CORPORACION ADUANERA

n ECUATORIANA: n n

GGN-413-2009 Califícanse de excepción los procedimientos de ínfima cuantía relacionados con las contrataciones de los servicios transporte, coffee break y almuerzo a ser suministrados a varios funcionarios de la delegación coreana

n n

GAF-RE-0481 Apruébanse los pliegos para la adquisición de chompas y chalecos para los funcionarios de la CAE y Servicio de Vigilancia Aduanera

n n

GAF-RE-0483-2009 Apruébanse los pliegos para la contratación del servicio de limpieza y mantenimiento de las instalaciones de la Gerencia Distrital de Esmeraldas

n n

INSTITUTO ECUATORIANO DE LA

n

PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-:

n n

09-138 P-IEPI Dispónese la desconcentración de la emisión de especies valoradas que, por concepto de pago de tasas entrega esta institución a sus usuarios

n n JUNTA BANCARIA: n

JB-2009-1282 Refórmase el Capítulo VI “Normas para que las instituciones financieras, las compañías de arrendamiento mercantil y las emisoras o administradoras de tarjetas de crédito mantengan un nivel de liquidez estructural adecuado” en el Título X “De la gestión y administración de riesgos”, del Libro I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero” de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y de la Junta Bancaria

n n

SECRETARIA NACIONAL TECNICA DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Y REMUNERACIONES DEL SECTOR PUBLICO:

n n

SENRES-2009-000062 Incorpórase en la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico superior, el puesto de Director General de Pesca

n n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n n

NAC-DGERCGC09-00286 Modifícase la Resolución Nº NAC-DGER2008-0464, publicada en el Registro Oficial Nº 324 del 25 de abril del 2008

n n

NAC-DGERCGC09-00287 Derógase la Resolución Nº 0131, publicada en el Registro Oficial Nº 518 del 20 de febrero del 2002

n n

NAC-DGERCGC09-00288 Expídense las normas para la emisión de comprobantes de venta, documentos complementarios y compro-bantes de retención como mensajes de datos

n n FUNCION JUDICIAL n n

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

n

TERCERA SALA DE LO PENAL:

n n

Recursos de casación en los juicios penales seguidos a las siguientes personas:

n n

54-2007.. Wellington Richard Jiménez Pincay o José Luis Anchundia Jiménez y otro, autores responsables del delito de robo calificado, tipificado en el Art. 550 y sancionado en la parte final del Art. 551 del Código Penal

n n

173-2007 Beatriz Romero Villa y otro por injurias no calumniosas graves en perjuicio de Carlos Roberto Criollo Zhingri

n n

174-2007 Luis Gonzalo Molina Alvarado, acusado por injurias en perjuicio de Yexi Yexinia Alvarado Pinargotty

n n

183-2007 José Manuel Lema Narváez y otra acusa dos por usurpación de un terreno denominado Huasipungo ubicado en la parroquia de Zámbiza del cantón Quito

n n

202-2007 Antonio Carrillo Carrillo y otra acusados por injurias en perjuicio de Juan Manuel Sinche Tuquinga

n n

215-2007 Juan Criollo Caiza, acusado por usurpación de un lote de terreno denominado Molino Atocha, ubicado en el cantón Colta, provincia de Chimborazo, en perjuicio de Olmedo Guaylla Ortiz

n n

216-2007 Cecilia Jiménez Calero, por injurias no calumniosas graves en perjuicio de Ana Gabriela Figueroa Chamba

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n

………. Cantón Centinela del Cóndor de la Provincia de Zamora Chinchipe: Sustitutiva que regula las tasas y tarifas de consumo y aprovechamiento del agua potable y alcantarillado a los usuarios de la ciudad de Zumbi y barrios aledaños

n n Gobierno Municipal de Macará: Que regula la implantación de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura relacionada con el Servicio Móvil Avanzado, SMA

n n n n n n n n

Nº 1693 n n Rafael Correa Delgado n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que la Constitución de la República del Ecuador dispone: “Artículo 32.- La Salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que el estado que sustenten el buen vivir.”;

n n

Que la Carta Magna dispone en el artículo 389 que el Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de… origen antrópico mediante la prevención, ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad;

n n

Que la Ley Orgánica de Salud manda en su artículo 4.- “La autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de sus funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta ley: y, las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias”;

n n

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Seguridad Nacional, es indispensable disponer la movilización de las instituciones, bienes y recursos públicos para que los organismos de movilización adopten las medidas que sean necesarias para la adecuación ordenada, rápida y segura de los recursos movilizables del país como uno de los medios para lograr los objetivos nacionales;

n n

Que ante la alerta internacional de salud pública expedida por la Organización Mundial de la Salud; que definió la epidemia de influenza porcina de Estados Unidos y México, como emergencia de salud pública de importancia internacional, otorgándole la fase 4/6 y requirió a todos los países del mundo implementar planes nacionales de prevención y contingencia frente a la pandemia, el Comité de Operaciones de Emergencias, COE, de nivel nacional, reunido en Pleno, el día de hoy 29 de abril del 2009, resolvieron solicitar del señor Presidente de la República que declare el estado de excepción como una medida preventiva, del Gobierno Ecuatoriano en función de la protección de la salud de la población ecuatoriana, para enfrentar un posible contagio de influenza porcina, que provocaría una grave conmoción nacional; y,

n n

En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 164 de la Constitución Política de la República y 52 y siguientes de la Ley de Seguridad Nacional,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Declarar el estado de excepción en todo el territorio nacional, esta declaratoria de estado de excepción se funda en la rápida transmisión entre personas del virus de la denominada influenza porcina y el desencadenamiento de efectos dañinos sobre la salud humana, lo que puede provocar una grave conmoción interna.

n n n

Se podrá limitar la libertad de tránsito y de reunión de los habitantes del Ecuador de conformidad con la evolución de la posibilidad de que el virus de influenza porcina llegue al país y se provoque un brote de influenza porcina.

n n n

Artículo 2.- La movilización nacional, económica, militar, policial y en especial de todo el sistema nacional de salud, sus redes de salud pública y privada, en todas sus áreas, unidades, servicios, laboratorios y del personal médico y paramédico, en todos los ámbitos local, regional y nacional, con el propósito de enfrentar la posibilidad de que el virus de influenza porcina llegue al país y se provoqué un brote de influenza porcina lo que generaría una grave conmoción interna.

n n

Se dispone al Ministro Coordinador de Seguridad Interna y Externa coordine la movilización dispuesta sobre la base de la información y recomendaciones del Comité de Operaciones Emergentes de nivel nacional y de las directrices que en el ámbito del sistema nacional de salud le corresponde dictar a la Ministra de Salud Pública, como autoridad pública rectora del sector salud del Ecuador especialmente en las tareas de prevención, contención del brote y del contagio de influenza porcina y de aseguramiento de la capacidad de respuesta necesaria para superar la situación.

n n

El Comité de Operaciones Emergentes de nivel nacional tomará las medidas pertinentes que serán comunicadas por el Ministro Coordinador de Seguridad Interna y Externa a las autoridades competentes quienes en ejercicio de sus responsabilidades atribuciones, facultades o prerrogativas, expedirán los actos de Gobierno y administrativos necesarios para acometer contra la amenaza grave del brote y contagio de la influenza porcina.

n n

Asimismo, mediante las autoridades competentes, se realizará la movilización de los recursos nacionales públicos y privados; y las requisiciones consideradas por el comité y comunicada por el Ministro Coordinador de Seguridad Interna y Externa, para enfrentar la situación presentada.

n n

Artículo 3.- El período de duración de este estado de excepción es el de sesenta días a partir de la suscripción del presente decreto ejecutivo. El ámbito territorial de aplicación es en toda la república.

n n

Artículo 4.- El Ministerio de Finanzas situará los recursos suficientes para atender el presente estado de excepción.

n n

Artículo 5.- Notifíquese esta declaratoria a la Comisión Legislativa y de Fiscalización y a la Corte Constitucional.

n n

Artículo 6.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo que entrará en vigencia desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguense todos los ministros y secretarios de Estado, en especial, el Ministro Coordinador de Seguridad Interna y Externa y la Ministra de Salud Pública.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el día de hoy 29 de abril del 2009.

n n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. n n

f.) Miguel Carvajal Aguirre, Ministro Coordinador de Seguridad Interna y Externa.

n n f.) Caroline Chang, Ministra de Salud Pública. n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n Quito, 29 de abril del 2009. n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n n n n n n n

Nº 145-09

n n Raúl Vallejo Corral n MINISTRO DE EDUCACION n n n Considerando: n n

Que el Directorio del Banco Central del Ecuador, en sesión celebrada el 14 de enero del 2009, resolvió autorizar la entrega en comodato precario el terreno de su propiedad con una extensión de 10.80 hectáreas, ubicado en la zona número 20 A, sector Nambija, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, a favor del Ministerio de Educación destinado al funcionamiento de la Escuela Pública “Bernardo Valdivieso” o a cualquier institución de educación o capacitación a cargo del Ministerio de Educación;

n n

Que mediante oficio Nº 0094 de 5 de febrero del 2009, dirigido al señor Director de la Escuela “Bernardo Valdivieso”, el señor Director Nacional de la DINSE, remite el oficio Nº DBCE-0076-2009 de 14 de enero del 2009, con el cual se informa que el Directorio del Banco Central del Ecuador, ha resuelto entregar en comodato precario, por 25 años a favor del Ministerio de Educación, para que funcione la Escuela BERNARDO VALDIVIESO, el inmueble ubicado en la zona 20 A, sector Nambija, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe;

n n

Que el doctor Nelson Saavedra García, Director Provincial de Educación de Zamora Chinchipe mediante oficio Nº 78-AJDPZCH de 9 de marzo del 2008, solicita al señor Ministro de Educación que se le delegue para que en representación del Ministerio suscriba la escritura pública del contrato de comodato precario por 25 años y más documentos relacionados que otorga el Banco Central del Ecuador a favor del Ministerio de Educación, para que funcione la Escuela Pública “Bernardo Valdivieso”, inmueble ubicado en la zona número 20 A, sector Nambija, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 154, numeral 1 de la Constitución Política de la República del Ecuador y el Art. 29, literales f) y r) del Reglamento General de la Ley de Educación,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Delegar, al doctor Nelson Saavedra García, Director Provincial de Educación de Zamora Chinchipe, para que a nombre y representación del Ministerio de Educación realice los trámites pertinentes y suscriba el contrato de comodato precario, en el que el Banco Central del Ecuador otorga a favor del Ministerio de Educación el terreno de su propiedad, por el plazo de 25 años, para el funcionamiento de la Escuela Pública “Bernardo Valdivieso”, inmueble ubicado en la zona número 20 A, sector Nambija, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, con una superficie de 10.80 hectáreas, comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones:

n n

NORTE: Con terrenos baldíos (zona minera), en una extensión de 140 metros N64 – 00E; SUR: Con terrenos baldíos (Zona Minera), en una extensión de 301 metros S61-40W; ESTE: Con terrenos baldíos (Zona Minera), en una extensión de 418 metros S38-30E; OESTE: Con terrenos baldíos (zona minera), en una extensión de 165 metros S38-00W; 96 metros U6-40W, 58 metros N22-00W y 139 metros N8-30E.

n n

Art. 2.- Cumplida la delegación, se entregará un ejemplar del contrato de comodato y de todo lo actuado a la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación.

n n

Art. 3.- El presente acuerdo será puesto en conocimiento del Contralor General del Estado y Procurador General del Estado, entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de abril del 2009. n n f.) Raúl Vallejo Corral, Ministro de Educación. n n Asesoría Jurídica.- Certifico. n n Que esta copia es igual a su original. n n Quito, a 23 de abril del 2009. n n f.) Jorge Placencia. n