AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa
Delgado
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del
Ecuador
MiĆ©rcoles 10 de Junio de 2015 – R. O. No. 519
SUMARIO
Ministerio de Finanzas:
Ejecutivo:
Acuerdos
0162 DelƩguense funciones al ingeniero Juan
Francisco Viera Andrade, Asesor Ministerial
Ministerio de Industrias y Productividad:
15 058 DesĆgnase delegada permanente a la
seƱora Cristina Jervis Cevallos, ante el Directorio de la CORPEI
Ministerio de Salud PĆŗblica:
00005258 Dese por concluida la emergencia
sanitaria en los hospitales Gustavo DomĆnguez de la ciudad de Santo Domingo,
Eugenio Espejo de la ciudad de Quito, Abel Gilbert PontĆ³n y Francisco de Ycaza
Bustamante de la ciudad de Guayaquil, Verdi Cevallos Balda de la ciudad de
Portoviejo y TeĆ³filo DĆ”vila de la ciudad de Machala
00005259 RefĆ³rmese el Acuerdo Ministerial No.
00004195, publicado en la EdiciĆ³n Especial del Registro Oficial No. 119 A de 8
de abril de 2014, reformado con Acuerdo Ministerial No. 00004904 publicado en
el Registro Oficial No. 299 de 29 de julio de 2014
Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas:
0028 ApruĆ©bese el Proyecto CorrecciĆ³n
GeomƩtrica de Intercambiador y el aumento de Galibo del paso vehicular elevado,
ubicado en el sector de Progreso en la provincia del Guayas
SecretarĆa Nacional de GestiĆ³n de la PolĆtica:
SNGP-005-A-2014 DelƩguense atribuciones a la
SecretarĆa Nacional de GestiĆ³n de la PolĆtica
SNGP-003-2015 DelƩguense atribuciones al/la
Coordinador/a General de PlanificaciĆ³n Institucional
SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y
Desarrollo:
SNPD-0103-2014 ExpĆdese el CĆ³digo de Ćtica
Ministerio de Industrias y Productividad:
SubsecretarĆa de Zonas Especiales de Desarrollo EconĆ³mico:
Resoluciones
MIPRO-SZEDE-2015-001 ExpĆdese el Procedimiento
para tratar mercancĆas de los operadores o usuarios cuyo plazo de concesiĆ³n ha
vencido
Agencia de RegulaciĆ³n y Control de
Electricidad:
DE-2015-039 OtĆ³rguese la Licencia Ambiental
No. 018/15 a la Empresa ElĆ©ctrica PĆŗblica EstratĆ©gica CorporaciĆ³n Nacional de
Electricidad CNEL EP
Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados:
Ordenanzas
–
CantĆ³n Caluma: Sustitutiva que
reglamenta la prestaciĆ³n y cobro de la tasa por el servicio de agua potable y
alcantarillado
–
CantĆ³n Mocha: Que reforma a la
Ordenanza que regula la aplicaciĆ³n del Art. 481.1 del COOTAD sobre la
adjudicaciĆ³n de excedentes y regularizaciĆ³n de diferencias de terrenos urbanos
y rurales
–
CantĆ³n Mocha: De extinciĆ³n de la
Ordenanza sustitutiva que regula el funcionamiento del Patronato Municipal de
Amparo Social San Juan Bautista de Mocha
Fe de Erratas:
CONTENIDO
No.
0162
LA
COORDINADORA GENERAL
ADMINISTRATIVA
FINANCIERA
Considerando:
Que la
Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010, en su artĆculo 126 dispone que cuando por
disposiciĆ³n de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerƔrquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirĆ” la diferencia
de la remuneraciĆ³n mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogaciĆ³n, sin
perjuicio del derecho del titular;
Que el
artĆculo 270 del Reglamento General a la invocada Ley OrgĆ”nica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la
subrogaciĆ³n procederĆ” de conformidad al anotado artĆculo 126, considerando que
la o Ć©l servidor subrogante tendrĆ” derecho a percibir la diferencia que exista
entre la remuneraciĆ³n mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
instituciĆ³n;
Que
con Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el seƱor Ministro de
Finanzas delegĆ³ a Ć©l o la titular de la CoordinaciĆ³n General Administrativa
Financiera todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de
esta SecretarĆa de Estado en lo referente al Ć”mbito de aplicaciĆ³n de la Ley
OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y CĆ³digo del Trabajo;
Que
mediante Acuerdo Ministerial Nro. 155 de 16 de abril de 2015, el ingeniero Juan
Francisco Viera Andrade, Asesor Ministerial subroga al ingeniero Ćlex Aguirre
DĆaz, como Coordinador General de GestiĆ³n EstratĆ©gica Institucional desde el 17
hasta el 21 de abril del 2015;
Que
mediante memorando No MINFIN-CGGEI-2015- 0097-M de 22 de abril de 2015, el
ingeniero Alex Mauricio Aguirre DĆaz, solicita extender su perĆodo de
vacaciones hasta el 24 de abril de 2015, y menciona que el ingeniero Juan
Francisco Viera Andrade, Asesor Ministerial, continuarĆ” subrogando las funciones
como Coordinador General de GestiĆ³n EstratĆ©gica Institucional hasta el 24 de
abril de 2015, el mismo que se encuentra autorizado por el seƱor Ministro
mediante sumilla inserta; y,
En
ejercicio de las atribuciones que le confieren los artĆculos 126 de la Ley
OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1
del Acuerdo Ministerial No. 2,
Acuerda:
Art.
1.- El ingeniero Juan Francisco Viera Andrade, Asesor Ministerial, continuarĆ”
subrogando las funciones de Coordinador General de GestiĆ³n EstratĆ©gica
Institucional hasta el 24 de abril de 2015, inclusive.
Art.
2.- El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de su
suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
Dado
en el Distrito Metropolitano de Quito a, 22 de abril del 2015.
f.)
Econ. Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa
Financiera.
MINISTERIO
DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de CertificaciĆ³n.
EL
MINISTRO DE INDUSTRIAS
Y
PRODUCTIVIDAD
Considerando:
Que el
Estatuto de la CorporaciĆ³n de PromociĆ³n de Exportaciones e Inversiones,
aprobado mediante Acuerdo Ministerial NĀ° 330 Ministerio de Comercio Exterior,
IndustrializaciĆ³n y Pesca, publicado en Suplemento al Registro Oficial NĀ° 213
del 11 de diciembre de 1997, cuya reforma y codificaciĆ³n fue aprobada mediante
Acuerdo Ministerial No. 000057 de 10 de junio de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 480 de 29 de junio de
2011, contempla como parte de su organizaciĆ³n, un Directorio que estĆ”
integrado, entre otros, por un delegado permanente del Ministro de Industrias y
Productividad;
Que el
Ministro de Industrias y Productividad, estĆ” facultado para delegar a
diferentes personas que puedan participar en los cuerpos colegiados a su nombre
y representaciĆ³n, previo el fi el cumplimento de lo seƱalado en la ley;
En
ejercicio de sus funciones establecidas en el Art. 154, numeral 1 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y Art. 55 del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,
Acuerda:
Art.
1.- Designar a la seƱora Cristina Jervis Cevallos, portadora de la cƩdula de
ciudadanĆa NĀ° 0908934524 como delegada permanente del Ministro de Industrias y
Productividad ante el Directorio de la CorporaciĆ³n de PromociĆ³n de
Exportaciones e Inversiones (CORPEI).
Art.
2.-La seƱora Cristina Jervis Cevallos deberĆ” dar cuenta de su gestiĆ³n al
Ministro de Industrias y Productividad, con ocasiĆ³n de la delegaciĆ³n que se le
confiere mediante este Acuerdo Ministerial.
Art.
3.- Dejar sin efecto toda disposiciĆ³n que se opusiere a la presente delegaciĆ³n.
Art.
4.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
ComunĆquese
y publĆquese.
Dado
en Quito, Distrito Metropolitano, 18 de mayo 2015.
f.)
Miguel Eduardo Egas PeƱa, Ministro de Industrias y Productividad.
MINISTERIO
DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- CERTIFICA.- Es fiel copia del original que
reposa en SecretarĆa General.- Fecha 18 de mayo del 2015.- f.) Ilegible.
LA
MINISTRA DE SALUD PĆBLICA
Considerando:
Que,
la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador manda: ?Art. 154.- A las ministras
y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestiĆ³n. (?).?;
Que,
la Norma Suprema ordena: ?Art. 361.- El Estado ejercerĆ” la rectorĆa del sistema
a travƩs de la autoridad sanitaria nacional, serƔ responsable de formular la
polĆtica nacional de salud y normarĆ”, regularĆ” y controlarĆ” todas las
actividades relacionadas con la salud, asĆ como el funcionamiento de las
entidades del sector.?;
Que,
la Ley OrgƔnica de Salud dispone: ?Art. 4. La autoridad sanitaria nacional es
el Ministerio de Salud PĆŗblica, entidad a la que corresponde el ejercicio de
las funciones de rectorĆa en salud; asĆ como la responsabilidad de la
aplicaciĆ³n, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas
que dicte para su plena vigencia serƔn obligatorias.?;
Que,
la Ley IbĆdem, en el artĆculo 9, prescribe que: ?Corresponde al Estado
garantizar el derecho a la salud de las personas, para lo cual tiene, entre
otras, las siguientes responsabilidades: (?) d) Adoptar las medidas necesarias
para garantizar en caso de emergencia sanitaria, el acceso y disponibilidad de
insumos y medicamentos necesarios para afrontarla, haciendo uso de los
mecanismos previstos en los convenios y tratados internacionales y la
legislaciĆ³n vigente; (?).?;
Que,
la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, en el artĆculo
57, preceptĆŗa: ?Para atender las situaciones de emergencia (?) el Ministro de
Estado o en general la mĆ”xima autoridad de la entidad deberĆ” emitir resoluciĆ³n
motivada que declare la emergencia (?). En todos los casos, una vez superada la
situaciĆ³n de emergencia, la mĆ”xima autoridad de la Entidad Contratante
publicarĆ” en el Portal COMPRASPĆBLICAS un informe que detalle las
contrataciones realizadas y el presupuesto empleado, con indicaciĆ³n de los
resultados obtenidos.?;
Que,
el Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
dispone: ?Art. 17. DE LOS MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes
para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin
necesidad de autorizaciĆ³n alguna del Presidente de la RepĆŗblica, salvo los
casos expresamente seƱalados en leyes especiales.?;
Que,
el citado Estatuto, en el artĆculo 89, determina: ?Los actos administrativos
que expidan los Ć³rganos y entidades sometidos a este Estatuto se extinguen o
reforman en sede administrativa de ofi cio o a peticiĆ³n del administrado.
(?).?; disponiendo ademĆ”s, en el artĆculo 91, que ?La extinciĆ³n o reforma de
oficio de un acto administrativo por razones de oportunidad tendrĆ” lugar cuando
existen razones de orden pĆŗblico que justifican declarar extinguido dicho acto
administrativo. (?).?
Que, con Decreto Ejecutivo No. 1272 de 22 de
agosto de 2012, publicado en el Registro Oficial No. 788 de 13 de septiembre de
2012, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador designĆ³ a la
magister Carina Isabel Vance Mafla como Ministra de Salud PĆŗblica, ratificando
su nombramiento con Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de 2013, publicado en
el Suplemento del Registro Oficial No. 5 de 31 de mayo de 2013;
Que,
el Director Ejecutivo del entonces Instituto Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica ?
INCOP (actual Servicio Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica ? SERCOP), mediante
ResoluciĆ³n INCOP No. 045-10 de 9 de julio de 2010, expidiĆ³ disposiciones para
las contrataciones en situaciones de emergencia, determinando en el artĆculo 5
que una vez superada la situaciĆ³n de emergencia, la entidad contratante deberĆ”
publicar en el portal de compras pĆŗblicas, en la herramienta ?Publicaciones de
Emergencia?, vinculada a la declaratoria inicial, el informe emitido por la
mƔxima autoridad o su delegado, con el detalle de las contrataciones realizadas
y sus resultados, conforme los elementos detallados en dicho artĆculo;
Que,
mediante Acuerdo Ministerial No. 0000028 de 11 de enero de 2011, reformado con
los Acuerdos Ministeriales No. 00000275 de 25 de marzo de 2011, No. 00000767 de
31 de agosto de 2011, No. 0000954 de 20 de octubre de 2011; y, No. 00001064 de
10 de noviembre de 2011, el entonces Ministro de Salud PĆŗblica declarĆ³ en
situaciĆ³n de emergencia sanitaria, entre otros, a los siguientes hospitales:
Gustavo DomĆnguez de Santo Domingo; Eugenio Espejo de Quito; Francisco de Ycaza
Bustamante y Abel Gilbert PontĆ³n de Guayaquil; Verdi Cevallos Balda de Portoviejo
y TeĆ³fi lo DĆ”vila de Machala;
Que,
con memorandos No. MSP-VAIS-2015-0536-M y No. MSP-VAIS-2015-0545-M de 7 de mayo
de 2015 dirigidos a la Ministra de Salud PĆŗblica, la Viceministra de AtenciĆ³n
Integral
en
Salud recomienda concluir con la declaratoria de emergencia sanitaria declarada
en los siguientes Hospitales: Gustavo DomĆnguez, Eugenio Espejo, Abel Gilbert
PontĆ³n, Verdi Cevallos Balda, TeĆ³filo DĆ”vila y Francisco de Ycaza Bustamante,
para lo cual adjunta los informes tƩcnicos correspondientes, elaborados por la
DirecciĆ³n Nacional de Hospitales y aprobados por la SubsecretarĆa Nacional de
ProvisiĆ³n de Servicios de Salud, mismos que justifican, concluyendo que se han
superado los problemas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia sanitaria
de los citados hospitales; y,
Que,
mediante sumilla inserta al memorando No. MSP-VAIS-2015-0536-M de 7 de mayo de
2015 en el recorrido del sistema de gestiĆ³n documental Quipux, la MĆ”xima
Autoridad de esta Cartera de Estado dispuso a la CoordinaciĆ³n General de
AsesorĆa JurĆdica elaborar el instrumento correspondiente para concluir con la
emergencia sanitaria en los antes nombrados hospitales.
En
ejercicio de las atribuciones legales conferidas por los artĆculos 151 y 154,
numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y por el artĆculo 17
del Estatuto de RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
Acuerda:
Art.
1.- Dar por concluida la emergencia sanitaria en los Hospitales Gustavo
DomĆnguez de la ciudad de Santo Domingo, Eugenio Espejo de la ciudad de Quito,
Abel Gilbert PontĆ³n y Francisco de Ycaza Bustamante de la ciudad de Guayaquil,
Verdi Cevallos Balda de la ciudad de Portoviejo y TeĆ³filo DĆ”vila de la ciudad
de Machala, declarada mediante Acuerdo Ministerial No. 0000028 de 11 de enero
de 2011, reformado con los Acuerdos Ministeriales No. 00000275 de 25 de marzo
de 2011, No. 00000767 de 31 de agosto de 2011, No. 0000954 de 20 de octubre de
2011; y, No. 00001064 de 10 de noviembre de 2011.
Art.
2.- Disponer a la SubsecretarĆa Nacional de ProvisiĆ³n de Servicios de Salud y a
la SubsecretarĆa Nacional de GarantĆa de la Calidad de los Servicios de Salud,
en el Ć”mbito de sus competencias, la elaboraciĆ³n del respectivo informe con el
detalle de las contrataciones realizadas, sus resultados y el presupuesto
empleado durante la situaciĆ³n de emergencia sanitaria de los Hospitales Gustavo
DomĆnguez de la ciudad de Santo Domingo, Eugenio Espejo de la ciudad de Quito,
Abel Gilbert PontĆ³n y Francisco de Ycaza Bustamante de la ciudad de Guayaquil,
Verdi Cevallos Balda de la ciudad de Portoviejo y TeĆ³filo DĆ”vila de la ciudad
de Machala, de conformidad con la disposiciĆ³n contenida en el artĆculo 5 de la
ResoluciĆ³n INCOP No. 045-10 de 9 de julio de 2010. Este informe serĆ” puesto a
consideraciĆ³n de la Viceministra de AtenciĆ³n Integral en Salud para su
aprobaciĆ³n.
Art.
3.- Disponer a la DirecciĆ³n Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica la publicaciĆ³n del
presente Acuerdo Ministerial en el Portal www.compraspĆŗblicas.gob.ec.,
y que, una vez aprobado el informe referido en el artĆculo 2 del presente
Acuerdo,
Ć©ste sea publicado en el portal de COMPRAS PĆBLICAS, segĆŗn lo establecido en la
antes citada ResoluciĆ³n INCOP No. 045-10 de 9 de julio de 2010.
DISPOSICIĆN
FINAL
El
presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en
el Portal de COMPRAS PĆBLICAS, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Ofi cial, y de su ejecuciĆ³n encĆ”rguese a la SubsecretarĆa Nacional de ProvisiĆ³n
de Servicios de Salud, a travƩs de sus respectivas instancias administrativas y
a las Coordinaciones Zonales 4, 7, 8 y 9 – Salud.
Dado
en el Distrito Metropolitano de Quito a, 25 de mayo de 2015.
f.)
Carina Vance Mafl a, Ministra de Salud PĆŗblica.
Es
fiel copia del documento que consta en el archivo de la DirecciĆ³n Nacional de
SecretarĆa General, al que me remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito
a, 26 de mayo de 2015.- f.) Dra. MarĆa del Cisne LĆ³pez, Secretaria General,
Ministerio de Salud PĆŗblica.
LA
MINISTRA DE SALUD PĆBLICA
Considerando:
Que,
la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador ordena: ?Art. 32. La salud es un
derecho que garantiza el Estado, cuya realizaciĆ³n se vincula al ejercicio de
otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentaciĆ³n, la educaciĆ³n,
la cultura fĆsica, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros
que sustentan el buen vivir.
El
Estado garantizarĆ” este derecho mediante polĆticas econĆ³micas, sociales,
culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin
exclusiĆ³n a programas, acciones y servicios de promociĆ³n y atenciĆ³n integral de
salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestaciĆ³n de los servicios de
salud se regirĆ” por los principios de equidad, universalidad, solidaridad,
interculturalidad, calidad, efi ciencia, efi cacia, precauciĆ³n y bioĆ©tica, con
enfoque de gƩnero y generacional.?;
Que,
el artĆculo 361 de la citada ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador prescribe:
?El Estado ejercerĆ” la rectorĆa del sistema a travĆ©s de la autoridad sanitaria
nacional, serĆ” responsable de formular la polĆtica nacional de salud, y
normarĆ”, regularĆ” y controlarĆ” todas las actividades relacionadas con la salud,
asĆ como el funcionamiento de las entidades del sector.?;
Que,
la citada Ley OrgƔnica de Salud dispone: ?Art. 4. La autoridad sanitaria
nacional es el Ministerio de Salud PĆŗblica, entidad a la que corresponde el
ejercicio de las funciones de rectorĆa en salud; asĆ como la responsabilidad de
la aplicaciĆ³n, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas
que dicte para su plena vigencia serƔn obligatorias.?;
Que,
la Ley IbĆdem, en el artĆculo 6, establece entre las responsabilidades del
Ministerio de Salud PĆŗblica: ?(?) 3. DiseƱar e implementar programas de
atenciĆ³n integral y de calidad a las personas durante todas las etapas de la
vida y de acuerdo con sus condiciones particulares; (?) 34. Cumplir y hacer
cumplir esta Ley, los reglamentos y otras disposiciones legales y tƩcnicas
relacionadas con la salud?;
Que,
el artĆculo 259 de la Ley OrgĆ”nica de Salud define a los servicios de salud
como aquellos que estƔn destinados a brindar prestaciones de salud, de
promociĆ³n, de prevenciĆ³n, de recuperaciĆ³n y rehabilitaciĆ³n en forma
ambulatoria, domiciliaria o internamiento, los cuales se clasifican de acuerdo
a la capacidad resolutiva, niveles de atenciĆ³n y complejidad;
Que,
mediante Acuerdo Ministerial No. 00004195 expedido el 3 de septiembre de 2013,
publicado en la EdiciĆ³n Especial del Registro Oficial No. 119 A de 8 de abril
de 2014, reformado con Acuerdo Ministerial No. 00004904 de 20 de junio de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 299 de 29 de julio de
2014, la Ministra de Salud PĆŗblica aprobĆ³ y autorizĆ³ la publicaciĆ³n de
la ?NORMA TĆCNICA PARA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIĆN, SELECCIĆN, CALIFICACIĆN
Y ADQUISICIĆN DE SERVICIOS DE SALUD DE LA RED PĆBLICA INTEGRAL DE SALUD Y DE LA
RED PRIVADA COMPLEMENTARIA?;
Que,
con el objetivo de brindar atenciĆ³n integral y oportuna a las personas con
consumo problemƔtico de alcohol y otras drogas, es necesario contratar a
establecimientos que prestan servicios de salud a estas personas, razĆ³n por la
que se hace necesario reformar el antes citado Acuerdo Ministerial No.
00004195;
Que,
mediante memorando No. MSP-SNGSP-2015-0696 de 19 de mayo de 2015, la
Subsecretaria Nacional de Gobernanza de la Salud solicitĆ³ la elaboraciĆ³n del
presente Acuerdo Ministerial.
En
ejercicio de las atribuciones legales conferidas por los articulos 151 y 154,
numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y por el artĆculo 17
del Estatuto de RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
Acuerda:
Reformar
el Acuerdo Ministerial No. 00004195 publicado en la EdiciĆ³n Especial del
Registro Ofi cial No. 119 A de 8 de abril de 2014, reformado con Acuerdo
Ministerial No. 00004904 publicado en el Registro Ofi cial No. 299 de 29 de
julio de 2014, a travĆ©s del cual se aprobĆ³ y autorizĆ³ la publicaciĆ³n de la
?NORMA TĆCNICA PARA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIĆN, SELECCIĆN, CALIFICACIĆN Y
ADQUISICIĆN DE SERVICIOS DE SALUD DE LA RED PĆBLICA INTEGRAL DE SALUD Y DE LA
RED PRIVADA COMPLEMENTARIA?, en los siguientes tƩrminos:
Art.
1.- Al artĆculo 2 agrĆ©guese el siguiente inciso:
?Se
exceptĆŗa de la aplicaciĆ³n obligatoria de esta Norma a los establecimientos de
salud prestadores de servicios para la atenciĆ³n a personas con consumo problemĆ”tico
de alcohol y otras drogas, siempre que tales establecimientos cuenten con
permiso de funcionamiento otorgado por la Autoridad Sanitaria Nacional. Estos
establecimientos serƔn considerados como prestadores de servicios de salud en
forma provisional, hasta que el Ministerio de Salud PĆŗblica emita los
instrumentos especĆficos para su calificaciĆ³n.?
DISPOSICIĆN
FINAL
De la
ejecuciĆ³n del presente Acuerdo Ministerial que entrarĆ” en vigencia a partir de
su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese a la SubsecretarĆa Nacional
de Gobernanza de la Salud a travĆ©s de la DirecciĆ³n Nacional de ArticulaciĆ³n de
la Red PĆŗblica y Complementaria de la Salud.
Dado
en el Distrito Metropolitano de Quito a, 25 de mayo de 2015.
f.)
Carina Vance Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica.
Es
fiel copia del documento que consta en el archivo de la DirecciĆ³n Nacional de
SecretarĆa General, al que me remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito
a, 26 de mayo de 2015.- f.) Dra. MarĆa del Cisne LĆ³pez, SecretarĆa General,
Ministerio de Salud PĆŗblica.
Ing.
Paola Carvajal Ayala
MINISTRA
DE TRANSPORTE Y
OBRAS
PĆBLICAS
Considerando:
Que,
el artĆculo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece que a
las Ministras y Ministros de Estado les corresponde ejercer la rectorĆa de las
polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestiĆ³n;
Que,
el artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que la
AdministraciĆ³n PĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n,
descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y
evaluaciĆ³n;
Que,
el artĆculo 323 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que
con el objeto de ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable del
ambiente y de bienestar colectivo, las instituciones del Estado, por razones de
utilidad pĆŗblica o interĆ©s social y nacional, podrĆ”n declarar la expropiaciĆ³n
de bienes, previa justa valoraciĆ³n, indemnizaciĆ³n y pago de conformidad con la
ley.
Que,
de conformidad con el artĆculo 2 de la Ley de Caminos, todo proyecto de
construcciĆ³n, ensanchamiento, mejoramiento o rectificaciĆ³n de caminos, deberĆ”
someterse previamente a la aprobaciĆ³n del Ministerio de Obras PĆŗblicas (hoy
Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas), sin cuya aprobaciĆ³n no podrĆ”
realizarse trabajo alguno.
Que,
en el artĆculo 16 literal f) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo
de la FunciĆ³n Ejecutiva, se incluye el Ministerio de Transporte y Obras
PĆŗblicas como parte de la FunciĆ³n Ejecutiva;
Que,
el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva, establece que ?los Ministros de Estado son competentes para el
despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de
autorizaciĆ³n alguna del Presidente de la RepĆŗblica?;
Que,
mediante memorando No. MTOP-EITZ5-2014- 1335-ME, el Arquitecto Daniel Salas
Aragundi, Miembro de Equipo Subsecretaria Regional 5, detalla las coordenadas y
cĆ³digos catastrales de los inmuebles afectados por la construcciĆ³n de la
CORRECCIĆN GEOMĆTRICA Y AUMENTO DEL GALIBO DEL INTERCAMBIADOR DE PROGRESO, en el
CantĆ³n Guayaquil, constituido por la ejecuciĆ³n de 8 enlaces en la correcciĆ³n
geomƩtrica del intercambiador
Que,
mediante memorando No. MTOP-EITZ-2015-74- ME, del 27 de enero de 2015, suscrito
por el Arquitecto Daniel Salas Aragundi, Miembro de Equipo SubsecretarĆa
Regional 5, emite un informe de predios afectados, para el trƔmite de
declaratoria de utilidad pĆŗblica y solicitud de certificaciĆ³n de fondos para el
proyecto de la CorrecciĆ³n GeomĆ©trica del Intercambiador de la vĆa Progreso a
Playas y Aumento del Galibo del Puente Progreso en la provincia del Guayas.
Que,
mediante Memorando Nro. MTOP-FINAN_ GUA-2015-51-ME, de fecha 31 de marzo de
2015, la Supervisora Financiera de la DirecciĆ³n Provincial del MTOP-GUAYAS,
emite la certificaciĆ³n Presupuestaria No. 520 0009 0000 57 00 116 001 840301
0901 001 0000 0000 ?EXPROPIACIONES E INDEMNIZACIONES VARIAS CARRETERAS ?
TERRENOS? por el valor de US$ 160,665.56.
Que,
con memorando No. MTOP-EITZ5-2012-397-ME de fecha 22 de junio del 2012,
suscrito por Ing. EmĆ©rita DĆaz, Supervisora de Estudios de la Infraestructura
del Transporte Zonal 5, manifiesta que en base a los informes emitidos por los
tƩcnicos de la Subsecretaria Regional 5, se dan por aprobados los Estudios de
la CorrecciĆ³n GeomĆ©trica del Intercambiador y el aumento de Galibo del paso
vehicular elevado, ubicado en el sector de progreso en la provincia del Guayas.
Acuerda:
Art.
1.- Aprobar el proyecto CorrecciĆ³n GeomĆ©trica del Intercambiador y el aumento
de Galibo del paso vehicular elevado, ubicado en el sector de Progreso en la
provincia del Guayas.
Art. 2
Declarar de utilidad PĆŗblica los terrenos necesarios para la CorrecciĆ³n
GeomƩtrica del Intercambiador y el aumento de
Galibo
del paso vehicular elevado, ubicado en el sector de Progreso en la provincia
del Guayas, en las coordenadas que se detallan a continuaciĆ³n:
Enlace
1.- Corresponde al enlace principal, el cual queda en la vĆa E-40 tramo
Guayaquil-Santa Elena.
Coordenadas
Enlace 2
Punto
3
X:
569110.84 Y: 732338.97
Punto
4
X:
569187.43 Y: 9732384.98
Punto
5
X:
569192.98 Y: 9732448.40
Enlace
3-. Corresponde al tramo actual donde estĆ” ubicado el Puente en el cual se va a
realizar el Aumento del Galibo.
Coordenadas
Enlace 4
Punto
1
X:
568674.54 Y: 9731941.96
Punto
2
X:
569086.66 Y: 9732471.38
Punto
5
X:
569192.98 Y: 9732448.40
Coordenadas
Enlace 5
Punto
6
X:
569110.84 Y: 9732338.97
Punto
7
X:
569203.06 Y: 9732249.55
Punto
8
X:
569501.08 Y: 9732447.30
Coordenadas
Enlace 6
Punto
6
X:
569110.84 Y: 9732338.97
Punto
12
X:
569187.43 Y: 9732384.9
Coordenadas
Enlace 7
Punto
7
X:
569203.06 Y: 9732249.55
Punto
10
X:
569315.49 Y: 9732198.00
Coordenadas
Enlace 8
Punto
12
X:
569723.49 Y: 9731970.16
Punto
11
X:
569415.07 Y: 9732088.34
Punto
9 X: 569262.48 Y: 9732639.26
CANTĆN
PROVINCIA
PREDIO
CĆDIGO CATASTRAL
COORDENADAS
Progreso
Guayas
12508
N:
9733444.5E: 569492.14
Art.
3.- Establecer el derecho de vĆa para el proyecto, de conformidad a lo
dispuesto en el Reglamento Aplicativo de la Ley de Caminos, artĆculo cuatro,
inciso segundo, en una distancia de veinticinco metros medidos desde el eje de
la vĆa hacia cada uno de los costados, distancia a partir de la cual podrĆ”
levantarse Ćŗnicamente el cerramiento; debiendo, para la construcciĆ³n de
vivienda, observarse un retiro adicional de cinco metros; en consecuencia,
acorde con lo previsto en los artĆculos 3 de la Ley de Caminos y 4 de su
Reglamento Aplicativo, el retiro mĆnimo obligatorio exigido en el presente caso
para poder levantar edificaciones es de treinta metros.
Art.
4.- Prohibir la transferencia de dominio y la constituciĆ³n de gravĆ”menes o
limitaciones de dominio en los predios a ocuparse y que se encuentran
comprendidos dentro del artĆculo 2 de este acuerdo, como tambiĆ©n, las
actividades de explotaciĆ³n de canteras y minas dentro del derecho de vĆa.
Por
tanto, los Notarios PĆŗblicos del PaĆs, los Registradores de la Propiedad y el
Concejo Cantonal de Guayaquil, Provincia del Guayas, donde se encuentra el Ɣrea
de influencia del proyecto, no podrĆ”n autorizar la celebraciĆ³n de escrituras
pĆŗblicas, y la inscripciĆ³n de cualquier acto traslaticio de dominio o gravamen,
hasta cuando se concluya el proceso de expropiaciĆ³n correspondiente, salvo los
actos notariales y de registro que sean a favor del Ministerio de Transporte y
Obras PĆŗblicas.
Art.
5.- Designar en calidad de perito para realizar el examen de los predios
afectados y que efectĆŗe las operaciones relativas a la indemnizaciĆ³n, conforme
lo dispuesto en el artĆculo 11 de la Ley de Caminos, en concordancia con el
artĆculo 13 del Reglamento Aplicativo de la ley ibĆdem, a uno de los
supervisores viales del MTOP de la Provincia del Guayas, para cuyo efecto se
encargarĆ” al Director Provincial del MTOP- Guayas.
Art.
6.- Encargar al Director Provincial del MTOP del Guayas, la inscripciĆ³n del
presente Acuerdo Ministerial en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Art.
7.- Notificar a los Registradores de la Propiedad, Colegio de Notarios y
Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados del CantĆ³n Guayaquil, con el contenido del
presente acuerdo y prohibiciĆ³n de enajenar los bienes afectados mencionados en
el artĆculo 2 de este acuerdo.
Art.
8.- El incumplimiento de las disposiciones emanadas del presente Acuerdo
Ministerial, serĆ” sancionado de conformidad con la ley, sin perjuicio de las
responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiere lugar.
Art.
9.- De la ejecuciĆ³n del presente Acuerdo, que entrarĆ” en vigencia a partir de
la fecha de suscripciĆ³n, encĆ”rguese al Director Provincial del MTOP Guayas, sin
perjuicio de la fecha que realice la correspondiente publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.
ComunĆquese
y publĆquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 20 de mayo
de 2015.
f.)
Paola Carvajal Ayala, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas.
Ministerio
de Transporte y Obras PĆŗblicas.- Unidad de CertificaciĆ³n, DocumentaciĆ³n y
Archivo MTOP.- Fiel copia del original.- Nombre: Ilegible.- Firma: Ilegible.-
CĆ©dula: 020068865-3.- Fecha: 21 de mayo de 2015.
Abg.
Viviana Bonilla Salcedo
SECRETARIA
NACIONAL DE
GESTIĆN
DE LA POLĆTICA
Considerando:
Que,
mediante Acuerdo Ministerial No. 1580, del 13 de febrero de 2013, se expidiĆ³ la
Norma TĆ©cnica de GestiĆ³n de Procesos de la SecretarĆa de AdministraciĆ³n
PĆŗblica, cuyo Ć”mbito de aplicaciĆ³n es de uso y cumplimiento obligatorio para
las Instituciones de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central, Institucional y que
dependan de la FunciĆ³n Ejecutiva,
Que,
mediante Decreto Ejecutivo No. 1522 de 17 de mayo de 2013 se creĆ³ la SecretarĆa
Nacional de GestiĆ³n de la PolĆtica, como organismo de derecho pĆŗblico, con
personalidad jurĆdica, patrimonio y rĆ©gimen administrativo y financiero
propios, encargada de formular las polĆticas para la gobernabilidad, el
relacionamiento polĆtico con las otras funciones del Estado, con los Gobiernos
AutĆ³nomos Descentralizados, el diĆ”logo polĆtico con los actores sociales y la
coordinaciĆ³n polĆtica con los representantes del Ejecutivo en el territorio;
Que,
en el referido Decreto Ejecutivo se dispuso la fusiĆ³n por absorciĆ³n a la
SecretarĆa Nacional de GestiĆ³n de la PolĆtica el Ministerio de CoordinaciĆ³n de
la PolĆtica y Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados y la SecretarĆa Nacional de
Pueblos, Movimientos Sociales y ParticipaciĆ³n Ciudadana y que se asuman todas
las competencias del Viceministerio de Gobernabilidad del Ministerio del
Interior, excepto las relativas a garantĆas democrĆ”ticas, justicia y derechos
humanos;
Que,
la DisposiciĆ³n General del Decreto Ejecutivo No. 1522 de 17 de mayo de 2013,
determina: ?El Secretario Nacional de GestiĆ³n de la PolĆtica tendrĆ” plena
capacidad y representaciĆ³n legal para ejercer todas las actividades y acciones
administrativas y judiciales necesarias, para asegurar la continuidad en la
prestaciĆ³n de los servicios pĆŗblicos y la completa ejecuciĆ³n de los distintos
programas y proyectos de las entidades cuyas competencias asume, sin afectar su
gestiĆ³n. Estos deberĆ”n ser evaluados, a efectos de determinar su eventual
traspaso a otras entidades de la FunciĆ³n Ejecutiva, si corresponde?;
Que,
en el mismo Decreto Ejecutivo se establece que la SecretarĆa Nacional de
GestiĆ³n de la PolĆtica estarĆ” dirigida por un Secretario Nacional, quien serĆ”
su representante legal y tendrĆ” rango de Ministro;
Que,
mediante Decreto Ejecutivo No. 253 de marzo 10 de 2014, el Presidente de la
RepĆŗblica designĆ³ a la abogada Viviana Bonilla Salcedo como Secretaria Nacional
de GestiĆ³n de la PolĆtica.
Que,
numeral 1 del artĆculo 154, de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador
dispuso que a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: ejercer la rectorĆa de las polĆticas
pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestiĆ³n;
Que,
el artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica prescribe que la
AdministraciĆ³n PĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n,
descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y
evaluaciĆ³n;
Que,
el artĆculo 35 de la Ley de ModernizaciĆ³n del Estado establece que cuando ?? la conveniencia
institucional lo requiera, los mƔximos personeros de las instituciones del
Estado dictarƔn acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para
delegar sus atribuciones.?;
Que, el artĆculo 55 del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva determina que ?Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional, serĆ”n delegables en las
autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto.?;
Que,
mediante memorando Nro. SNGP-SNGP-2011-0119- C-ME, del 01 de octubre de 2014,
la Abg. Viviana Bonilla Salcedo, Secretaria Nacional, de la SecretarĆa Nacional
de GestiĆ³n de la PolĆtica, solicitĆ³ a la Coordinadora General de AsesorĆa
JurĆdica ?? elaborar la DelegaciĆ³n para la Sra. Magister Judith Guedes Cisneros,
Coordinadora General Administrativa Financiera, para que actĆŗe en mi
representaciĆ³n para la conformaciĆ³n y actuaciĆ³n en el ComitĆ© de Calidad de
Servicio y Desarrollo Institucional?.
En
ejercicio de las atribuciones que me confi ere el artĆculo 154 numeral 1 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, y demĆ”s normativa y considerandos
invocados,
Acuerda:
DELEGAR
ATRIBUCIONES DE LA SERETARĆA