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REGISTRO OFICIAL

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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

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MiĆ©rcoles, 04 de Mayo de 2011 – R. O. No. 440

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nFUNCIƓN EJECUTIVA
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nDECRETOS:
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n730 ModifĆ­case el Decreto Ejecutivo NĀŗ 539 de 7 de enero de 1982, promulgado en el Registro Oficial NĀŗ 159 de 12 de enero de 1982.
n
n734 DeclĆ”rase el estado de excepciĆ³n sanitaria en todas las unidades operativas del Ministerio de Salud, en toda la RepĆŗblica.
n
n735 NĆ³mbrase al doctor IvĆ”n Guillermo SolĆ³rzano Naranjo, Ministro de CoordinaciĆ³n de Conocimiento y Talento Humano.
n
nACUERDOS:
n
nMINISTERIO DE COORDINACIƓN DE LOS SECTORES ESTRATƉGICOS:
n
n007-2011 EncƔrgase el Despacho Ministerial el dƭa viernes 18 de marzo del 2011, al licenciado Carlos Alvear GuzmƔn, Secretario TƩcnico, encargado y a partir del sƔbado 19 del mismo mes y aƱo, al doctor Rafael Poveda Bonilla, Secretario TƩcnico y la Secretarƭa TƩcnica al licenciado Carlos Alvear GuzmƔn.
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n
n034-2011 DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n en el exterior a la seƱora Milagros Carolina Espinosa Vergara, Asesora Ministerial.
n
nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
n
nAcuerdo Mediante Notas Reversales para la PrĆ³rroga del Convenio EspecĆ­fico entre la RepĆŗblica del Ecuador y el Reino de BĆ©lgica Relativo a las Modificaciones al Programa ā€œFondo de Estudios y de ConsultorĆ­as Belga – Ecuatoriano 2010ā€
n
nMINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
n
n00090 RevalĆ­dase la licencia con remuneraciĆ³n para el cumplimiento de servicios institucionales en el exterior a varios funcionarios de esta Cartera de Estado.
n
n00092 CĆŗbranse los gastos de movilizaciĆ³n terrestre o aĆ©rea y gastos de alojamiento de los y las pasantes que participarĆ”n en los seis talleres programados para Mi Primer Empleo, Sistema de PasantĆ­as Pagadas II.
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n598 RatifĆ­case la aprobaciĆ³n del Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental de la Sociedad AgrĆ­cola e Industrial San Carlos S. A., para sus actividades agroindustriales.
n
nMINISTERIO DE INDUSTRIAS, SUBSECRETARƍA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACIƓN TECNOLƓGICA:
n
n11 017 DesĆ­gnase al Laboratorio OSP-UCE, para que realice la actividad de anĆ”lisis y determinaciĆ³n de suero de queserĆ­a en la leche fluida y en polvo por CromatografĆ­a LĆ­quida de Alta PresiĆ³n.
n
n11 018 DesĆ­gnase al Laboratorio PROTAL ESPOL, para que realice la actividad de anĆ”lisis y determinaciĆ³n de suero de queserĆ­a en la leche fluida y en polvo por CromatografĆ­a LĆ­quida de Alta PresiĆ³n.
n
n11 019 DesĆ­gnase al Laboratorio VETELAB, para que realice la actividad de ensayos de brucelosis, tuberculosis bovina y anemia infecciosa equina.
n
nDIRECCIƓN NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL:
n
n012-2011-DNPI-IEPI DelƩganse facultades a la abogada Gloria Soledad de la Torre Bossano, Experta Principal en Signos Distintivos encargada.
n
n013-2011-DNPI-IEPI DelĆ©ganse facultades al abogado Andrey PaĆŗl PĆ©rez Rosales, servidor de la SubdirecciĆ³n Regional del IEPI en Guayaquil.
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n014-2011-DNPI-IEPI DelƩganse facultades a la doctora Susana VƔzquez Zambrano, Subdirectora del IEPI en Cuenca.
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nSERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
n
nPBO-DPRRAFI11-00004 AsĆ­gnanse atribuciones a los servidores de la AdministraciĆ³n Tributaria, ingenieros Ricardo Joel CortĆ©s Miranda y Jenny Paola Borja Pozo de la DirecciĆ³n Provincial de BolĆ­var.
n
n0RC2-DRERAFI11-0004 AsĆ­gnanse atribuciones a las servidoras de la AdministraciĆ³n Tributaria, ingenieras Patricia Soledad Recalde Bravo, Lorena Alexandra Mantilla Samaniego y licenciada MĆ³nica Fernanda Jara MejĆ­a de la DirecciĆ³n Regional Centro II.
n
nRC2-DRERAFI11-0005 AsĆ­gnase atribuciones al doctor Xavier Oliverio Siguenza EspĆ­n de la DirecciĆ³n Regional Centro II,
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n
n001 CantĆ³n Sigchos: Que regula la administraciĆ³n, funcionamiento, control del terminal terrestre, circulaciĆ³n y paradas de vehĆ­culos automotores de servicio pĆŗblico interno, a parroquias, cantones y provincias.
n
nGobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal del CantĆ³n Chinchipe: Que regula la administraciĆ³n y funcionamiento de la terminal terrestre de la ciudad de Zumba.
n
nCantĆ³n SamborondĆ³n: Reforma parcial a la Ordenanza sustitutiva para el cobro de tasas por servicios tĆ©cnicos, administrativos y similares.

n n


n

n n n n NĀŗ 730 n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPƚBLICA n n Considerando: n n

Que el 3 de julio de 1978, el Ecuador suscribiĆ³ junto con Bolivia, Brasil, Colombia, Guyana, PerĆŗ, Suriname y Venezuela, el Tratado de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica, el mismo que fue ratificado el 12 de febrero de 1979, mediante Decreto Supremo NĀŗ 3242, promulgado en el Registro Oficial NĀŗ 778 de febrero 21 de 1979;

n n

Que el Tratado de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica se encuentra vigente desde el 3 de agosto de 1980, fecha en la cual se depositĆ³ el Ćŗltimo instrumento de ratificaciĆ³n;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 539, promulgado en el Registro Oficial NĀŗ 159 de enero 12 de 1982, se creĆ³ la ComisiĆ³n Ecuatoriana Permanente de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica (CEPCA), conforme el Art. XXIII del Tratado de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica;

n n

Que dado el campo de acciĆ³n de la ComisiĆ³n Ecuatoriana Permanente de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica (CEPCA), es necesario ampliar los organismos participantes en la misma, a fin de cumplir con los objetivos del Tratado de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica; y, En ejercicio de las atribuciones que le otorgan los artĆ­culos 147, numeral 6 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; y 2 de la Ley OrgĆ”nica del Servicio Exterior,

n n Decreta: n n

Art. 1.- SustitĆŗyase el artĆ­culo 2 del Decreto Ejecutivo NĀŗ 539 de enero 7 de 1982, promulgado en el Registro Oficial NĀŗ 159 de enero 12 de 1982, por el siguiente:

n n

ā€œArt. 2.- La ComisiĆ³n Ecuatoriana Permanente de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica (CEPCA), cuyo Directorio, estarĆ” conformado por los titulares o representantes de:

n n

1. El Ministerio de Relaciones Exteriores. Comercio e IntegraciĆ³n quien la presidirĆ”.

n n 2. El Ministerio de Defensa Nacional. n n

3. El Ministerio de CoordinaciĆ³n de Patrimonio.

n n 4. El Ministerio del Ambiente. n n

5. La SecretarĆ­a Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo (SENPLADES).

n n

6. La SecretarĆ­a Ejecutiva del Instituto para el Ecodesarrollo

n
n n n

Regional AmazĆ³nico (ECORAE), a quien se le asignarĆ” la secretarĆ­a de la ComisiĆ³n.

n n

Para el cumplimiento de las funciones de SecretarĆ­a de la ComisiĆ³n Ecuatoriana Permanente de CooperaciĆ³n AmazĆ³nica (CEPCA), el Instituto para el Ecodesarrollo Regional AmazĆ³nico (ECORAE), podrĆ” contratar a los funcionarios necesarios, previa aprobaciĆ³n del Directorio de la CEPCA.ā€.

n n

Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto que entrarĆ” en vigencia a partir de su promulgaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de abril del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n

Documento con firmas electrĆ³nicas.

n n n n NĀŗ 734 n n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPƚBLICA n n Considerando: n n

Que el artĆ­culo 32 de la ConstituciĆ³n establece que la salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realizaciĆ³n se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentaciĆ³n, la educaciĆ³n, la cultura fĆ­sica, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que el Estado que sustenten el buen vivir;

n n

Que el artĆ­culo361 de la ConstituciĆ³n dispone que el Estado ejercerĆ” la rectorĆ­a del sistema a travĆ©s de la autoridad sanitaria nacional, y serĆ” responsable de formular la polĆ­tica nacional de salud y normarĆ”, regularĆ” y controlarĆ” todas las actividades relacionadas con la salud, asĆ­ como el funcionamiento de las entidades del sector;

n n

Que el segundo inciso del artĆ­culo 362 de la ConstituciĆ³n ordena que los servicios pĆŗblicos estatales de salud serĆ”n universales y gratuitos en todos los niveles de atenciĆ³n y comprenderĆ”n los procedimientos de diagnĆ³stico, tratamiento, medicamentos y rehabilitaciĆ³n necesarios;

n n

Que el numeral 3 del artĆ­culo 363 de la ConstituciĆ³n estatuye que el Estado serĆ” responsable de fortalecer los servicios estatales de salud, incorporar el talento humano y proporcionar la infraestructura fĆ­sica y el equipamiento a las instituciones pĆŗblicas de salud;

n n

Que el numeral 11 del artĆ­culo 6 de la Ley OrgĆ”nica de Salud, establece como responsabilidad del Ministerio de Salud PĆŗblica: Determinar zonas de alerta sanitaria, identificar grupos poblacionales en grave riesgo y solicitar la declaratoria del estado de emergencia sanitaria, como consecuencia de epidemias, desastres u otros que pongan en grave riesgo la salud colectiva;

n n

Que el apartado d) del artĆ­culo 9 de la Ley OrgĆ”nica de la Salud dispone que corresponde al Estado garantizar el derecho a la salud de las personas, adoptando las medidas necesarias para garantizar en caso de emergencia sanitaria, el acceso y disponibilidad de insumos y medicamentos necesarios para afrontarla, haciendo uso de los mecanismos previstos en los convenios y tratados internacionales y la legislaciĆ³n vigente;

n n

Que luego de la expediciĆ³n de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, el 20 de octubre del 2008, el Gobierno Nacional ha cumplido progresivamente con la garantĆ­a del derecho al acceso a la salud y a los medicamentos, lo que ha tenido una gran aceptaciĆ³n por parte del pueblo ecuatoriano que ha concurrido a las unidades operativas del Ministerio de Salud para hacer realidad su ansiado derecho muchas veces conculcado por la indolencia del sistema anterior que privilegiaba el capital al ser humano, lo que ha provocado una saturaciĆ³n de los servicios;

n n

Que mediante oficio 4797 de 1 de abril del 2011, el seƱor Ministro de Salud requiere la declaratoria de excepciĆ³n sanitaria en todo el paĆ­s y ha informado los antecedentes que fundamentan tal peticiĆ³n;

n n

Que las condiciones respecto de las intervenciones quirĆŗrgicas, la tasa de ocupaciĆ³n hospitalaria, el incremento por atenciĆ³n de emergencia se mantienen en gran proporciĆ³n, a pesar de la atenciĆ³n urgente, que ha realizado el Ministerio de Salud desde el 10 de enero del 2011;

n n

Que todas las condiciones antes descritas si no son atendidas oportunamente podrĆ”n generar una grave conmociĆ³n interna; y,

n n

En ejercicio de las facultades que le confieren los artĆ­culos 164 siguientes y de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica; y, 29 y, 36 y siguientes de la Ley de Seguridad PĆŗblica y del Estado,

n n Decreta: n n

ArtĆ­culo 1.- Declarar el Estado de ExcepciĆ³n Sanitaria en todas las unidades operativas del Ministerio de Salud, en toda la RepĆŗblica, especialmente, en los hospitales: Verdi Cevallos Balda, de Portoviejo, Delfina Torres de Concha de Esmeraldas, Alfredo Noboa Montenegro de Guaranda, JosĆ© MarĆ­a Velasco Ibarra de Tena, Hospital General del Puyo, Hospital TeĆ³filo DĆ”vila de Machala, Eugenio Espejo, Baca Ortiz y Pablo Arturo SuĆ”rez de Quito, Francisco Ycaza Bustamante y Abel Gilbert PontĆ³n de Guayaquil, con el fin de evitar un colapso en sus servicios y proceder a la ImplementaciĆ³n por parte del Ministerio de Salud PĆŗblica de las siguientes acciones emergentes: 1. IntervenciĆ³n en Infraestructura y equipamiento. 2. IntervenciĆ³n administrativa y organizacional. 3. IntervenciĆ³n en los aspectos tĆ©cnicos sanitarios; 4. AdquisiciĆ³n y dispensaciĆ³n de medicamentos e insumos mĆ©dicos; 5. Procesos transversales de respaldo; ya que por el Incremento de la demanda de servicios de salud la capacidad de respuesta del Ministerio de Salud tiene el riesgo de ser superada, lo que podrĆ­a generar una grave, conmociĆ³n Interna.

n n

ArtĆ­culo 2.- Declarar la movilizaciĆ³n nacional especialmente de todo el personal de las unidades operativas y planta central del Ministerio de Salud PĆŗblica, tales como: mĆ©dicos, odontĆ³logos, obstetrices, psicĆ³logos, quĆ­micos farmacĆ©uticos, tecnĆ³logos sanitarios, enfermeras, auxiliares de enfermerĆ­a y personal directivo, administrativo y de apoyo.

n n

ArtĆ­culo 3.- El perĆ­odo de duraciĆ³n de este estado de excepciĆ³n es el de sesenta dĆ­as a partir de la suscripciĆ³n del presente decreto ejecutivo. El Ć”mbito territorial de aplicaciĆ³n es en toda la RepĆŗblica.

n n

ArtĆ­culo 4.- El Ministerio de Finanzas situarĆ” los recursos suficientes para atender la emergencia.

n n

ArtĆ­culo 5.- NotifĆ­quese esta declaratoria a la Asamblea Nacional y a la Corte Constitucional.

n n

ArtĆ­culo 6.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto ejecutivo que entrarĆ” en vigencia desde la fecha de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguense los ministros de Salud PĆŗblica y de Finanzas.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 11 de abril del

n 2011. n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la

n RepĆŗblica. n n

Documento con firmas electrĆ³nicas.

n n n n n NĀŗ 735 n n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPƚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 726 de 8 de abril del 2011 se creĆ³ el Ministerio de CoordinaciĆ³n de Conocimiento y Talento Humano; Que mediante oficio NĀŗ MINFIN-DM-2011-0005 de 11 de abril del 2011, el Ministerio de Finanzas expidiĆ³ el correspondiente informe favorable previo; y, En ejercicio de la facultad que le confieren los artĆ­culos 147, numeral 9, y 151 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,

n n Decreta: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- NĆ³mbrase al doctor IvĆ”n Guillermo SolĆ³rzano Naranjo, para desempeƱar las funciones de Ministro de CoordinaciĆ³n de Conocimiento y Talento Humano.

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Este decreto entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 11 de abril del 2011, aniversario de la CantonizaciĆ³n del CantĆ³n Mera.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n

Documento con firmas electrĆ³nicas.

n n n n NĀŗ 007-2011 n n n

Jorge Glas Espinel

n

MINISTRO DE COORDINACIƓN

n

DE LOS SECTORES ESTRATƉGICOS

n n Considerando: n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 311 de 5 de abril del 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica resolviĆ³ designar Ministro de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos al ingeniero Jorge David Glas Espinel; Que, por disposiciĆ³n del seƱor Presidente de la RepĆŗblica, es necesario que esta Cartera de Estado, en ejercicio de sus competencias de coordinaciĆ³n y articulaciĆ³n de esfuerzos de los diferentes ministerios y entidades relacionadas, acompaƱe a las gestiones internacionales que varias entidades pĆŗblicas han emprendido con el objeto de obtener financiamiento para el desarrollo de varios proyectos estratĆ©gicos para el desarrollo nacional;

n n

Que, siendo la misiĆ³n del Ministerio de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos la de dirigir las polĆ­ticas y acciones de las instituciones que integran los sectores estratĆ©gicos, para que mediante la ejecuciĆ³n coordinada, articulada y eficiente de planes, programas y proyectos sectoriales e intersectoriales, se propicie el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y se fomente la eficiencia en las instituciones, es de suma importancia que el Ministro de esta Cartera de Estado, Ing. Jorge Glas Espinel se integre a la misiĆ³n oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e InformaciĆ³n para la promociĆ³n de proyectos estratĆ©gicos a las ciudades de Doja en Catar; y, Abu Dabi, Dubai y Masdar en Emiratos Ɓrabes Unidos;

n n

Que, con el objeto de cumplir con la agenda de trabajo programada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e InformaciĆ³n es necesario que el Ministro de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos se desplace con la antelaciĆ³n del caso, esto es, el 18 de marzo del 2011 y retorne el dĆ­a 25 de los mismos mes y aƱo; y,

n n

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales; y, especialmente de conformidad con lo dispuesto en el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ArtĆ­culo 1.- Durante la ausencia del Ministro de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos por motivo de la licencia para el cumplimiento de servicios institucionales en el exterior en las ciudades de Doja en Catar; y, Abu Dabi, Dubai y Masdar en Emiratos Ɓrabes Unidos entre el 18 y 25 de marzo del 2011 inclusive, encargar el Despacho Ministerial el dĆ­a viernes 18 de marzo del 2011 al Lic. Carlos Alvear GuzmĆ”n, Secretario TĆ©cnico encargado del Ministerio de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos.

n n

ArtĆ­culo 2.- Encargar el Despacho Ministerial al Dr. Rafael Poveda Bonilla, Secretario TĆ©cnico del Ministerio de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos a partir del sĆ”bado 19 del mismo mes y aƱo.

n n

ArtĆ­culo 3.- Encargar de la SecretarĆ­a TĆ©cnica del Ministerio de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos al Lic. Carlos Alvear GuzmĆ”n, desde el sĆ”bado 19 hasta viernes 25 de marzo del 2011.

n n

ArtĆ­culo 4.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica y disponer su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

DISPOSICIƓN FINAL.- Este acuerdo ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 14 dĆ­as del mes de marzo del 2011.

n n

f.) Jorge Glas Espinel, Ministro de CoordinaciĆ³n de los Sectores EstratĆ©gicos.

n n

SECTORES ESTRATƉGICOS, MINISTERIO

n n

COORDINADOR.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 21 de marzo del 2011.- f.) Ilegible, Director Administrativo Financiero.

n n n NĀŗ 034-2011 n n n

Erika Sylva Charvet

n

MINISTRA DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que, el artĆ­culo 4 de la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico establece que serĆ”n servidoras o servidores pĆŗblicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier tĆ­tulo trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, funciĆ³n o dignidad dentro del sector pĆŗblico; Que, el artĆ­culo 30 de la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico norma la concesiĆ³n de comisiones de servicios con remuneraciĆ³n al exterior;

n n

Que, el artĆ­culo 123 de la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico establece que la reglamentaciĆ³n para el reconocimiento y pago de viĆ”ticos, movilizaciones y subsistencias serĆ” expedida mediante Acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales de conformidad con la ley;

n n

Que, el Ministerio de Cultura del Ecuador, participarĆ” representando al paĆ­s como invitado de honor, en la versiĆ³n 24 de la Feria Internacional del Libro de BogotĆ”, cuya organizaciĆ³n estĆ” a cargo de la CĆ”mara Colombiana del

n Libro; n n Que, mediante memorando NĀŗ 0134-MC-DM-11 de 15 de marzo del 2011, la Ministra de Cultura del Ecuador, dispone realizar los trĆ”mites pertinentes para la declaratoria en comisiĆ³n de servicios, compra de pasajes aĆ©reos y asignaciĆ³n de viĆ”ticos, del 16 al 18 de marzo del 2011, en favor de Milagros Carolina Espinosa Vergara, Asesora Ministerial, quien a nombre de esta Cartera de Estado, se trasladarĆ” a la ciudad de BogotĆ”, RepĆŗblica de Colombia, para atender los requerimientos de los organizadores de la Feria Internacional del Libro de BogotĆ”; n n

Que, mediante dictamen NĀŗ MC-UATH-0014-2011 de 16 de marzo del 2011, la DirecciĆ³n de Recursos Humanos, emite dictamen favorable para la declaratoria en comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n en el exterior entre el 16 al 18 de marzo del 2011, a favor de Milagros Carolina

n

Espinosa Vergara;

n n

Que, con fecha 16 de marzo del 2011, el Subsecretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, autoriza la solicitud de viaje al exterior NĀŗ 9477 a favor de Milagros Carolina

n

Espinosa Vergara;

n n

Que, mediante memorando NĀŗ 0251-MC-DRRHH-11 de 17 de marzo del 2011, la DirecciĆ³n de Recursos Humanos, solicita a la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a JurĆ­dica, elaborar el correspondiente acuerdo ministerial con la declaratoria en comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n al exterior a favor de Milagros Carolina Espinosa Vergara, entre el 16 al 18 de

n

marzo del 2011; y,

n n

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, en concordancia con el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n n

Art. 1.- Declarar en comisiĆ³n de servicios con remuneraciĆ³n al exterior entre los dĆ­as 16 al 18 de marzo del 2011, a Milagros Carolina Espinosa Vergara, Asesora Ministerial, quien a nombre de esta Cartera de Estado, asistirĆ” a la reuniĆ³n de trabajo para coordinar y definir temas centrales y urgentes sobre la participaciĆ³n del Ministerio de Cultura del Ecuador, en la Feria Internacional del Libro de BogotĆ”, a realizarse en la ciudad de BogotĆ”, RepĆŗblica de Colombia.

n n

Art. 2.- El Ministerio de Cultura del Ecuador, con recursos de su presupuesto institucional financiarĆ” los gastos de boletos aĆ©reos, alimentaciĆ³n y reembolso de otros gastos que legal y reglamentariamente correspondieren a la funcionaria.

n n

Art. 3.- EncĆ”rguese a la DirecciĆ³n de Recursos Humanos, DirecciĆ³n de GestiĆ³n Administrativa y DirecciĆ³n de GestiĆ³n Financiera, la ejecuciĆ³n de este acuerdo ministerial.

n n

Art. 4.- El presente acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

ComunĆ­quese y publĆ­quese.

n n

Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 18 de marzo del 2011.

n n

f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n n n n

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

n

COMERCIO E INTEGRACIƓN

n n

EMBAJADA DEL REINO DE BƉLGICA

n

OFICINA DE COOPERACIƓN

n

EN QUITO

n n

Ref.: D1.5 SRB-D6E

n SM/sd-727 n n

Quito, 21 de septiembre del 2009

n n

Al excelentƭsimo seƱor Doctor

n

Fander FalconĆ­ B.

n

Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n

n Quito.- n n Excelencia: n n

Tengo el honor de referirme al Convenio EspecĆ­fico entre la RepĆŗblica del Ecuador y el Reino de BĆ©lgica, relativo a la creaciĆ³n de un ā€œFondo de Estudios y de ConsultorĆ­as belgaecuatorianoā€, suscrito en Quito, el 14 de julio de 2003 y al intercambio de Notas del 1 de julio de 2009 y del 18 de septiembre de 2009.

n n

Por motivo de la evoluciones en el funcionamiento del

n

sistema de cooperaciĆ³n belga, en particular en la reparticiĆ³n de co