n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Lunes, 17 de Enero de 2011 – R. O. No. 364

n n n

FUNCIÓN EJECUTIVA
n
nACUERDOS:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n

n200 Refórmase el Acuerdo Ministerial Nº 025 de 10 de marzo del 2009, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 88 de 15 de diciembre del 2009, en el que se expide el Reglamento Operativo del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa-II.
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n

n236-2010 Legalízase la declaración en comisión de servicios en el exterior y licencia con remuneración por servicios institucionales a la señora Bernarda Carolina Tomaselli Cuesta, Analista de la Unidad de Conser-vación y Desarrollo del Patrimonio-
n
n237-2010 Concédese en calidad de auspicio, a favor del grupo Dancing Mood, el valor correspondiente a cuatro pasajes aéreos internacionales: ruta Quito-San Diego-California-Quito.
n
n
nMINISTERIO DE EDUCACIÓN:
n
n559-10 Apruébase el Estatuto del Comité Educativo Zonal Integral de la Zona de Intag, Manduriacos, Salto del Tigre, Las Golondrinas, con domicilio en la ciudad de Cotacachi, provincia de Imbabura.
n
nMINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:
n
n10 533 Amplíase en 108 TM el cupo anual de exportación de chatarra de acero inoxidable establecido en el Acuerdo 10 464 de 28 de octubre del 2010, clasificado en la subpartida 7204.21.00.00.
n
nMINISTERIO DE SALUD:
n

n00000766 Delégase y autorízase al ingeniero Pedro Eduardo Ceballos Plaza, para que en representación de este Ministerio, actúe como delegado ante el Directorio de la Junta de Recursos Hidráulicos, Fomento y Desarrollo de los cantones de Jipijapa, Paján y Puerto López.
n
nMINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS:
n
n
Refréndase la declaratoria de utilidad pública de los terrenos necesarios y requeridos para la ampliación a cuatro carriles del subtramo Otavalo – Ibarra de la Panamericana Norte.
n
nCONSULTA DE AFORO:
n
nCORPORACIÓN ADUANERA ECUATORIANA:
n

nCGA-DVN-JNC-0040 Relativa a la mercancía denominada comercialmente “Regulador vertical y perilla para ajuste de presión, marca HUM-CAR, modelo AC RAP 22 Ø mm. 4 kg. Código 600099”, realizada por
nRepresentaciones Valero Cía. Ltda.
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n

n472 Regístrase a la Corporación Ambiente y Desarrollo, AMDE, aprobada por el Ministerio de Educación, mediante Acuerdo Ministerial Nº 226 de 7 de enero de 1987, con domicilio en la ciudad de Ambato.
n
n
n519 Regístrase a la Fundación Ecológica KI, aprobada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, mediante Acuerdo Ministerial Nº 076 del 1 de octubre de 1992, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha.
n
nMINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES:
n
n143 Delégase funciones al ingeniero Mauro Neptaly González Gómez, Coordinador de Control y Fiscalización de Re0finación e Industrialización de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.
n
nCONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS:
n

n2010-061 Cancélase el registro de calificación de la Empresa ECUTRESS S. A., otorgado mediante Resolución Nº 2010-000022 begin_of_the_skype_highlighting 2010-000022 end_of_the_skype_highlighting, publicada en el Registro Oficial Nº 201 del 27 de mayo del 2010.
n
nCORPORACIÓN ADUANERA ECUATORIANA:
n
n
GG-0284-2010 Expídense las normas para la nacionalización de desperdicios y/o residuos provenientes de zona franca.
n
n0563 Expídese el procedimiento de control aduanero conforme lo señalado en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 427, publicado en el Registro Oficial Nº 246 del 29 de julio del 2010.
n
nINSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN:
n

nOficialízanse con el carácter de voluntaria varias Normas Técnicas Ecuatorianas:
n
n135-2010 NTE INEN-EN 12868 (Artículos de puericultura. Métodos para determinar la liberación de n-nitrosaminas y sustancias n-nitrosables por las tetinas y los chupetes de caucho o elastómeros).
n
n136-2010 NTE INEN-EN 1400-1 (Artículos de puericultura. Chupetes para bebés y niños pequeños. Parte 1: Requisitos generales de seguridad e información de producto).
n
n137-2010 NTE INEN-EN 1400-2 (Artículos de puericultura. Chupetes para bebés y niños pequeños. Parte 2: Requisitos y ensayos mecánicos),
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n
nGobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas: Para regular la jornada de trabajo y remuneración de los concejales y/o concejalas que integran el órgano legislativo.
n
nGobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Quevedo: Que reforma a la Ordenanza que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2011-2012.
n
nAVISOS JUDICIALES:
n

nMuerte presunta de la señora Carmen Amelia Cruz Carrera (1ra. publicación).
n
n
nMuerte presunta del señor Segundo Velásquez Anrango (1ra. publicación).
n
n
nHerederos presuntos y desconocidos del señor Nicanor Granja y otra (1ra. publicación).
n
n
nGobierno Municipal del Cantón Mira en contra del señor Carlos Benalcázar Subía y otros (2da. publicación).
n
nJuicio especial que sigue Serlig Girón Olaya en contra del señor Marco Ricardo Farías Castillo (2da. publicación)
n
nMuerte presunta del señor Segundo José Guacho Shiguilema (3ra. publicación) ……
n
n
nMuerte presunta del señor Segundo Rogelio Guacho Shiguilema (3ra. publicación).

n n


n

n n n No. 200 n n LA MINISTRA DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay; y declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados;

n n

Que, el 26 de octubre del 2004 el Gobierno del Ecuador y el Banco Interamericano de Desarrollo, suscribieron el contrato de préstamo No. 1531/OC-EC para ejecutar el Proyecto de Manejo de Recursos Costeros, Fase II (PMRC-II);

n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 437, publicado en el Registro Oficial No. 120 del 5 de julio del 2007 se faculta a los ministros de Estado la organización de cada uno de sus ministerios, la creación o supresión de subsecretarías sin que sea necesaria la expedición de decreto ejecutivo alguno. En el mismo sentido, reforma los textos unificados de legislación secundaria de los ministerios, en los términos del artículo 20 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, sin la necesidad de que se emita ningún decreto ejecutivo;

n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1254 del 12 de agosto del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 410 del 25 de agosto del 2008, se suprimió el Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC), y dispuso que todas sus competencias, atribuciones, funciones y representaciones, sean ejercidas en bloque por el Ministerio del Ambiente;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 024 de fecha 10 de marzo del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 558 de 27 de marzo del 2009, se expidió la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente, expedido mediante acuerdos ministeriales No. 175 y 175-A del 19 y 20 de noviembre del 2008 respectivamente, en los siguientes términos: “Art. 1.- Incluir la Subsecretaría de Gestión Marina y Costera como unidad desconcentrada, administrativa, técnica y financieramente, con relación y dependencia directa del Ministro y Viceministro del Ambiente; y, dentro de los procesos agregadores de valor”;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 025 de fecha 10 de marzo del 2009, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 88 de 15 de diciembre del 2009, se expide el Reglamento Operativo del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa-II (PMRC-II) relacionado con el contrato de préstamo BID 1531/OC-EC, el cual contempla que el Subsecretario de Gestión Marina y Costera del Ministerio del Ambiente además de las atribuciones contempladas en el Acuerdo Ministerial No. 024 del 10 de marzo del 2009, tendrá entre otras, las siguientes: a) Administrar el Proyecto de Manejo de Recursos Costeros y celebrar convenios y contratos que se requiera para el cumplimiento de los objetivos del proyecto, razón por la cual la Subsecretaría de Gestión Marina y Costera cumple funciones de unidad ejecutora;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial 003 del 14 de enero del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 139 de 27 de febrero del 2010, se reforma el Acuerdo Ministerial 025 del 10 de marzo del 2009 en el numeral 7.2, exclusivamente en el cuadro que contiene la matriz de criterios de selección de proyectos;

n n

Que, en el Capítulo IV de la Ejecución del Proyecto, cláusula No. 4.07 del contrato de préstamo BID-1531/ OCEC, señala específicamente que las partes convienen en que la ejecución del proyecto se regirá por lo dispuesto en el contrato y en las disposiciones del Reglamento Operativo del Proyecto, en el que podrán introducirse modificaciones en el mismo, durante la ejecución del proyecto, siempre que medie la no objeción escrita por parte del BID;

n n

Que, la auditoría operativa del primer semestre del 2010 del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa-II, en el capítulo “Resultados”, en el numeral primero establece: “…El reglamento operativo establece que la selección y contratación de especialistas debe ser realizada por una firma especializada externa de reclutamiento. En el año 2010, los sueldos de los especialistas serán cubiertos por fondos de la contraparte local, por lo que la metodología de contratación utilizada será la de la SENRES, por tratarse de recursos del Estado. La administración del proyecto deberá realizar la actualización del reglamento operativo en relación a este tema”; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Expedir la siguiente reforma al Acuerdo Ministerial No. 025 de fecha 10 de marzo del 2009, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 88 de 15 de diciembre del 2009, en el que se expide el Reglamento Operativo del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa-II, relacionado con el contrato de préstamo BID 1531/OC-EC.

n n

Artículo 1.- Sustitúyase en todo el texto del Acuerdo 025 de fecha 10 de marzo del 2009, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 88 de 15 de diciembre del 2009, el término “Especialista Administrativo Financiero” por “Directora o Director Administrativo Financiero”.

n n

Artículo 2.- En todo el texto del Acuerdo 025 de fecha 10 de marzo del 2009, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 88 de 15 de diciembre del 2009, sustitúyase la palabra “Programa” por “Proyecto”.

n n

Artículo 3.- En el Numeral I, sustitúyase las siglas DIGMER por DIRNEA, y “Dirección General Marina Mercante y del Litoral” por “Dirección Nacional de Espacios Acuáticos”.

n n

Artículo 4.- En el Numeral IV, en el subtítulo denominado “La oficina de Coordinación de las Zonas de Manejo (u Oficina ZM)”, en el literal a), sustitúyase la frase “al Comité Zonal” por “a los Especialistas”, y en el literal i) sustitúyase el término “el Comité Zonal” por “la zona de intervención”.

n n

Artículo 5.- En el literal b) del Numeral IV “Estructura Funcional del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros”, agréguese en el primer punto a continuación de Manejo Costero Integrado, la frase: “y Turismo”, y elimínese el tercer punto “turismo” y cuarto punto “administrativofinanciero”.

n n

Artículo 6.- A continuación del literal b) del Numeral IV “Estructura Funcional del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros”, agréguese el siguiente literal: “c) Directora o Director Administrativo Financiero”.

n n

Artículo 7.- En el Numeral IV, suprímanse el título “ESPECIALISTA EN MANEJO COSTERO INTEGRADO” con todos sus componentes y suprímase el título “ESPECIALISTA EN TURISMO” con todos sus componentes.

n n

Artículo 8.- En el Numeral IV, a continuación del título “Subsecretario de Gestión Marina y Costera” agréguese el siguiente título con sus componentes:

n n “ESPECIALISTA EN MANEJO COSTERO INTEGRADO Y TURISMO n n

El objetivo fundamental del Especialista en Manejo Costero Integrado y de Turismo es implantar el MCI en las acciones relacionadas con el uso de los recursos marinocosteros, incluyendo el ecosistema de manglar y de las pesquerías cerca de las costas y en los estuarios. Un objetivo especial de su trabajo es lograr la conservación del ecosistema de manglar por medio de sistemas de manejo que involucren y beneficien a los usuarios tradicionales de este ecosistema. El enfoque del trabajo de este especialista será el análisis y manejo de los conflictos sobre el uso de los recursos marino costeros. Será el responsable en asegurar que el proyecto logre los resultados planificados, dirigiendo las actividades relacionadas al manejo de los recursos marino costeros, coordinando los aspectos administrativos y financieros con la Directora o Director Administrativo Financiero de la SGMC.

n n

Asegura el apoyo técnico oportuno para la ejecución de los proyectos productivos cofinanciados por el Proyecto de Manejo de Recursos Costeros con usuario tradicionales de los Recursos Marinos Costeros.

n n

Realiza la Supervisión y el seguimiento de los diferentes Proyectos, Contratos y Convenios relacionados al manejo de las Pesquerías en el Mar, los Estuarios y Manglares, formulando recomen-daciones oportunas para su mejor ejecución.

n n

Supervisa y evalúa los trabajos en su área en los diferentes Contratos y Convenios del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros relacionados a temas de Recursos Marinos Costeros y Turismo.

n n

Asesora a las Comunidades de Usuarios Tradicionales en el manejo de los Recursos de Pesca Artesanal en el Mar, Estuarios y del Ecosistema de Manglar.

n n

Colabora con las Comunidades que dependan del Recurso Manglar en el desarrollo de proyectos sustentables, que aseguren la continuidad del Ecosistema y que al mismo tiempo se constituyan en fuente de ingresos para ellas y que contribuyan a la conservación del Manglar.

n n

Coordina con la Dirección Administrativa-Financiera de la SGMC el cumplimiento de los Compromisos Financieros de los Contratos.

n n

Evalúa el grado de avance de las actividades programadas y determinar las correcciones necesarias a efectuar en caso de que se identifiquen problemas.

n n

Colabora con las Oficinas Zonales en la formulación y ejecución de los Planes Operativos Anuales en el tema Turismo relacionado a la implantación del MCI en la Franja Costera.

n n

Ejecuta las demás funciones que le asigne el Subsecretario de Gestión Marina y Costera.”.

n n

Artículo 9.- En el Numeral IV, sustitúyase el título “ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO FINANCIERO” con sus componentes por el siguiente texto:

n n DIRECTORA O DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO n n

La Directora o Director Administrativo-Financiero de la Subsecretaría de Gestión Marina y Costera, tiene la responsabilidad de organizar, coordinar y ejecutar la presentación de servicios de apoyo administrativo y financiero para el cumplimiento de las funciones del proyecto sujetándose a las políticas, normas y procedimientos establecidos por el BID y por la entidad a la que pertenece. Supervisa el cumplimiento de cláusulas precontractuales y contractuales en el ámbito administrativo y financiero.

n n Cumplirá las siguientes funciones: n n

Ser el responsable de la gestión de recursos humanos y financieros del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa II;

n n

Realizar las gestiones administrativas y financieras necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa II, en general, y los planes de trabajo relacionados con el préstamo del BID en particular;

n n

Coordinar los recursos de contraparte del Estado (MAE) o de otras fuentes y asegura la oportunidad y la suficiencia de los recursos de contraparte;

n n Coordinar la contratación del auditor externo; n n

Preparar bajo la dirección del Subsecretario de Gestión Marina y Costera la pro forma presupuestaria en función del plan Operativo Anual, y del plan de inversiones, conjuntamente con el Contador;

n n

Dar seguimiento a la ejecución presupuestaria y realiza los ajustes al presupuesto y al cronograma de gasto en cumplimiento de los criterios emitidos por el Subsecretario de Gestión Marina y Costera;

n n

Asegurar la utilización de sistemas y herramientas administrativas, financieras, y de control interno que permita la ejecución efectiva, transparente y oportuna del proyecto;

n n

Aprobar el pago de planillas de contratación de bienes y servicios una vez que estas hayan sido revisadas por los respectivos especialistas y contador, aprobadas por el Subsecretario de Gestión Marina y Costera;

n n

9. Administrar los recursos humanos asignados al Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa II, asegurando el cumplimiento de las políticas y procedimientos establecidos por el BID y por las Leyes Nacionales;

n n

Asegurar la oportuna dotación de servicios que requiera el Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa II, para la ejecución oportuna y óptima de sus actividades (compra, alquiler, mantenimiento): vehículos, oficinas, equipos de comunicación, sistemas de información, equipos informáticos, mobiliario, suministros, copias, entre otros;

n n

Las demás funciones que le asigne el Subsecretario de Gestión Marina y Costera”.

n n

Artículo 10.- Sustitúyase del Numeral IV, el título “CONTADOR”, por el siguiente:

n n CONTADOR n n

El Contador tendrá la responsabilidad de realizar los procesos de registro contable sobre la base de los estándares vigentes en el Ecuador. Recomendar a la administración la adopción de procedimientos de control interno que garanticen un trasparente y eficaz uso de los recursos y velar por el cabal cumplimiento de esos procedimientos. Elaborar el estado de inversiones del proyecto o del BID; y, contribuir al cumplimiento de los objetivos del proyecto.

n n

Mantendrá al día los registros contables, sujetándose a las políticas, normas y procedimientos establecidos en las normas Ecuatorianas de contabilidad que fueren pretendientes, y proveerá a la administración de la formación financiera y reportes gerenciales para seguimientos de las operaciones y toma oportuna de decisiones.

n n

Las funciones específicas del contador del proyecto incluyen:

n n

Preparar y mantener el plan de cuentas del proyecto en función de la normativa contable aplicable que haya sido acordada entre el BID y las autoridades locales pertinentes;

n n

Preparar mensualmente las conciliaciones bancarias y la conciliación del fondo rotativo y estados financieros del proyecto;

n n

Mantener los libros contables del programa al día y libres de errores u omisiones; · Realizar el control previo de la documentación que respalda las obligaciones de pago, asegurándose que la misma cuente con las autorizaciones de los especialistas y autoridades del proyecto que correspondan;

n n

Realizar el registro contable y coordinar el pago oportuno de las obligaciones del proyecto;

n n

Realizar el seguimiento y asegurar la implementación de las recomendaciones en el ámbito de su competencia realizadas por el auditor externo y demás Organismos de Control del Proyecto;

n n n

Preparar la documentación y solicitudes requeridas para conseguir financiamiento por parte del presupuesto General del Estado;

n n

Preparar y tramitar las solicitudes de desembolso de recursos del BID y asegura la oportunidad y suficiencia de dichos recursos;

n n

Registrar la ejecución presupuestaria del Programa en el sistema e-SIGEF de acuerdo a la normativa local y produce los informes contables y financieros correspondientes para ser presentados al BID;

n n

Asignar las categorías del contrato de préstamo las que se deberán cargar las inversiones a realizarse;

n n

Tramitar el pago de planillas de contratación de bienes y servicios una vez que estas hayan sido revisadas por los respectivos especialistas y aprobadas por el Subsecretario de Gestión Marina y Costera.

n n

Artículo 11.- En el Numeral IV, a continuación del título “Directora o Director Administrativo Financiero” agréguese el título siguiente:

n n ASISTENTE ADMINISTRATIVO FINANCIERO: n n

Realizar inventarios de bienes adquiridos por el proyecto y/o prestados por la entidad a la que pertenece;

n n

Solicitar y supervisar la adquisición, instalación y mantenimiento de bienes y equipos necesarios para el funcionamiento del proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa II;

n n

Llevar un registro sobre la vigencia de las garantías recibidas de proveedores y beneficiarios del programa y reportar los próximos vencimientos al Subsecretario de Gestión Marina y Costera, por lo menos con 3 días previos a la fecha de caducidad;

n n

Mantener el registro y control de los bienes del proyecto y realizar inventario anual;

n n

Mantener un adecuado archivo de la documentación administrativa, financiera y contable del programa;

n n

Las demás funciones que le asigne la Directora o Director Administrativo Financiero.

n n

Artículo 12.- Del Numeral IV, suprímase por completo el título “Los Organismos Zonales de Manejo (o Comités Zonales)”.

n n

Artículo 13.- En el Numeral V, numeral 5.2, sustitúyase la frase “conjuntamente con los gobiernos municipales” por “en virtud de las necesidades de los municipios”.

n n

Artículo 14.- En el Numeral VI, numeral 6.1, sustitúyase la frase “la aprobación del Ministro/a del Medio Ambiente” por la siguiente: “la aprobación de la Subsecretaría de Planificación del Ministerio del Ambiente”.

n n

Artículo 15.- En el Numeral VI, numeral 6.2, literal c) sustitúyase el término “Comités Zonales” por “los Municipios y organizaciones ubicadas en el filo costero”, y en el numeral 6.7 sustitúyase la frase “el Comité Zonal” por “los especialistas”.

n n

Artículo 16.- Del Numeral VI, suprímase los numerales 6.4 y 6.5 en su totalidad.

n n

Artículo 17.- En el Numeral VIII, a continuación del numeral 8.1, agréguese el siguiente literal: “b) Cuando las contrataciones del personal sean financiadas con presupuesto de contraparte local se realizarán de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Servicio Público o a lo establecido en la Ley Orgánica de Contratación Pública.”.

n n

ARTÍCULO FINAL.- Se delega expresamente al Subsecretario de Gestión Marina y Costera para las posteriores reformas que se requieran realizar al Reglamento Operativo del Proyecto de Manejo de Recursos Costeros Etapa-II, relacionado con el contrato de préstamo BID 1531/OC-EC.

n n

El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en Quito, a 11 de noviembre del 2010. n n

f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.

n n No. 236-2010 n n Erika Sylva Charvet n MINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;

n n

Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n n

Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica de Servicio Público regula las comisiones de servicios con remuneración;

n n

Que, el artículo 123 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que la reglamentación para el reconocimiento y pago de viáticos, movilizaciones y subsistencias será expedida mediante acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales de conformidad con la ley;

n n

Que, mediante nota No. 90/2010-SRM-SPT de 26 de agosto del 2010, el señor Rafael Quintero, Subsecretario de Relaciones Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita a la señora Ministra de Cultura delegue a un funcionario, para que participe en “VI Conferencia Espacial de la Américas” (VI CEA) en la ciudad de México del 15 al 19 de noviembre del 2010, a fin de dar a conocer en las mesas de trabajo que se conformarán en dicho evento el avance de la protección del patrimonio en nuestro país, así como proyectos concretos para identificar mecanismos de cooperación internacional;

n n

Que, mediante memorando No. 854-SUBBPAT-10 de 20 de septiembre del 2010, la señora Ivette Celi, Subsecretaria de Patrimonio Cultural, sugiere el nombre de la señora Bernarda Carolina Tomaselli Cuesta, Analista de la Unidad de Conservación y Desarrollo del Patrimonio, para que participe en la Subcomisión de Protección del Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad de la VI Conferencia Espacial de las Américas, con el tema “El Parque Arqueológico de Investigación Científica Cochasquí: Observatorio Astronómico Andino”;

n n

Que, mediante sumilla de 27 de septiembre del 2010 inserta en el memorando No. 854-SUBBPAT-10 de 20 de septiembre del 2010, la señora Ministra de Cultura delega a la señora Bernarda Carolina Tomaselli Cuesta, Analista de la Unidad de Conservación y Desarrollo del Patrimonio, para que asista a la “VI Conferencia Espacial de las Américas”, que se llevará a cabo en la ciudad de México del 15 al 19 de noviembre del 2010;

n n

Que, mediante memorando No. 291-MC-DM-2010 de 5 de octubre del 2010, la señora Ministra de Cultura, informó a los señores Florence Baillon, Patricio Poveda, Juan Serrano y Jorge Maldonado, Asesora Ministerial, Director de Recursos Humanos, Director de Gestión Administrativa, y Ex Director de Gestión Financiera, respectivamente, que la señora Bernarda Carolina Tomaselli Cuesta, Analista de la Unidad de Conservación y Desarrollo del Patrimonio, fue delegada para asistir a la “VI Conferencia Espacial de las Américas”, que se llevará a cabo en la ciudad de México del 15 al 19 de noviembre del 2010;

n n

Que, mediante informe No. MC-DRRHH-038-2010 de 24 de noviembre del 2010, la Dirección de Recursos Humanos, emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios en el exterior, licencia con remuneración por servicios institucionales, entre el 14 y 20 de noviembre del 2010, (incluyendo los días necesarios para desplazamiento de ida y retorno) a favor de la señora Bernarda Carolina Tomaselli Cuesta, Analista de la Unidad de Conservación y Desarrollo del Patrimonio, como delegada técnica del Portafolio y en representación institucional quien participó en la “VI Conferencia Espacial de las Americas”, efectuado en la ciudad de México, de acuerdo con la comunicación remitida por el señor Subsecretario de Relaciones Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, según nota No. 90/2010-SRM-SPT de 26 de agosto del 2010;

n n

Que, mediante oficio No. SUBSNA-O-10-11196 de 29 de noviembre del 2010, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, legaliza la autorización de viaje al exterior a