AdministraciĆ³n
del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente
Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiƩrcoles 10
de Julio de 2013 – R. O. No. 33

SUMARIO

SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica:

Ejecutivo:

Acuerdos

25
LegalĆ­zase, declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior y concĆ©dese
licencia con cargo a vacaciones a los siguientes funcionarios:

SeƱor Javier
Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, GanaderĆ­a, Acuacultura y Pesca

26 SeƱor
Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, GanaderĆ­a, Acuacultura y Pesca

27 SeƱor JosƩ
Francisco Vacas DƔvila, Ministro de Relaciones Laborales

28 Economista
RenĆ© RamĆ­rez Gallegos, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n

29 Doctor
Augusto X. Espinosa A., Ministro de EducaciĆ³n

30 Doctor
Guillaume Long, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano

31 Doctor
Guillaume Long, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano

Ministerio de
Defensa Nacional:

172 RefĆ³rmase
el Anexo 1 del Acuerdo Ministerial No. 076 de 21 de febrero de 2013

Ministerio de
Finanzas:

189 ExpĆ­dense
las Normas tĆ©cnicas de emisiĆ³n de la certificaciĆ³n presupuestaria y
revalorizaciĆ³n de activos para la aplicaciĆ³n del principio de vigencia
tecnolĆ³gica en la adquisiciĆ³n, arrendamiento y prestaciĆ³n de servicios en los
que se requiera de equipos informĆ”ticos, equipos de impresiĆ³n, vehĆ­culos y
equipos mƩdicos

Ministerio de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n:

022-2013DispĆ³nese al ingeniero Ricardo JosĆ© Quiroga Magallanes, Viceministro de la
Sociedad de la InformaciĆ³n y el Conocimiento, subrogue al seƱor Ministro

027-2013
Desƭgnase al Ing. Ricardo JosƩ Quiroga Magallanes, delegado permanente ante el
Directorio de la Empresa PĆŗblica Correos del Ecuador CDE EP.

030-2013DelĆ©ganse atribuciones al Subsecretario de InclusiĆ³n Digital

Ministerio de
Defensa Nacional y Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

Acuerdo
Interministerial

009
TransfiƩrese a perpetuidad a favor del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, un Ɣrea de 81,93 hectƔreas del inmueble denominado Brigada de Fuerzas
Especiales No. 9 ?Patria?, situado en la parroquia Guaytacama, cantĆ³n
Latacunga, provincia de Cotopaxi

Consejo de
EvaluaciĆ³n, AcreditaciĆ³n y Aseguramiento de la Calidad de la EducaciĆ³n Superior
?CEAACES-:

Resoluciones

004-050-CEAACES-2013
Reglamento para el funcionamiento ulterior de las extensiones de las
instituciones de educaciĆ³n superior posterior a la evaluaciĆ³n realizada por
este Consejo

ProcuradurĆ­a
General del Estado:

087 ExpĆ­dese
el Reglamento interno para la administraciĆ³n del talento humano

Junta
Bancaria del Ecuador:

Transparencia
y Control Social

JB-2013-2487
RefĆ³rmase el CapĆ­tulo II ?Normas para la aplicaciĆ³n de los recursos de
reposiciĆ³n y revisiĆ³n en temas relacionados con el sistema financiero y el
sistema de seguridad social; y, de apelaciĆ³n en materia de seguros privados,
respecto de los actos administrativos de la Superintendencia de Bancos y Seguros?,
del TĆ­tulo XVI, Libro I de la CodificaciĆ³n de Resoluciones de la
Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria.

JB-2013-2488
RefĆ³rmase el CapĆ­tulo III ?De los servicios de atenciĆ³n al cliente?, del TĆ­tulo
IX, Libro II de la CodificaciĆ³n de Resoluciones de la Superintendencia de
Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

JB-2013-2489ExpĆ­dese el ?Manual de Procedimiento para la tramitaciĆ³n de los reclamos
administrativos formulados al amparo del artĆ­culo 42 de la Ley General de
Seguros?

Gobiernos
AutĆ³nomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanza


CantĆ³n
El Pangui:
Que reforma a la Ordenanza para la protecciĆ³n de fuentes y zonas de
recarga de agua, ecosistemas frƔgiles y otras Ɣreas prioritarias para la
conservaciĆ³n de la biodiversidad y el patrimonio natural

CONTENIDO


No. 25

Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 27829 de 6 de
junio de 2013 que se respalda en el aval del seƱor Richard Espinosa GuzmƔn
B.A., Ministro de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, de 11 del mismo mes,
a favor del seƱor Javier Ponce Cevallos Ministro de Agricultura, Ganaderƭa,
Acuacultura y Pesca, relacionado con su desplazamiento a la ciudad de
Beijing-RepĆŗblica Popular China, del 6 al 10 de junio, a fin de participar en
el Primer Foro de Ministros de Agricultura China-AmƩrica Latina y El Caribe; y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,
incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011,
publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25
de iguales mes y aƱo
, y conforme a lo que establece el ArtĆ­culo
7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,

Acuerda:

ARTƍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios del
seƱor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganaderƭa, Acuacultura y
Pesca, en la ciudad de Beijing-RepĆŗblica Popular China, del 6 al 10 de junio de
2013, con motivo de su participaciĆ³n en el Primer Foro de Ministros de
Agricultura China-AmƩrica Latina y El Caribe.

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes aĆ©reos de ida-retorno y viĆ”ticos, serĆ”n
legalizados del presupuesto del Ministerio de Agricultura, GanaderĆ­a,
Acuacultura y Pesca, excepto los de alojamiento en la ciudad de Beijing, que
fueron cubiertos por el Gobierno de la RepĆŗblica Popular China.

ARTƍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de Junio de
2013. f.) Vinicio Alvarado Espinel.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 18 de junio de 2013.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 26

Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 27830 de 6 de
junio de 2013 que se respalda en el aval del seƱor Ministro Coordinador de la
ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad Richard Espinosa GuzmĆ”n B.A., de 11 del
mismo mes, a favor del seƱor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura,
GanaderĆ­a, Acuacultura y Pesca, para su desplazamiento a la ciudad de
ParĆ­s-Francia, del 11 al 13 de junio, a fin de participar en las reuniones con
la MisiĆ³n del Ecuador ante la UNESCO y la OrganizaciĆ³n Mundial de Sanidad
Animal (OIE); y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo
de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8
de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25
de iguales mes y aƱo
, y conforme a lo que establece el ArtĆ­culo
7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,

Acuerda:

ARTƍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisiĆ³n de servicios del
seƱor Ministro de Agricultura, Ganaderƭa, Acuacultura y Pesca, Javier Ponce
Cevallos, quien participa de las reuniones con la MisiĆ³n del Ecuador ante la
UNESCO y la OrganizaciĆ³n Mundial de Sanidad Animal (OIE), en la ciudad de
ParĆ­s-Francia, del 11 al 13 de junio de 2013.

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes
aƩreos de ida-retorno y viƔticos son cubiertos del presupuesto del Ministerio
de Agricultura, GanaderĆ­a, Acuacultura y Pesca.

ARTƍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de
su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de Junio de
2013.

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 18 de
junio de 2013.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 27

Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 27950 de 11
de junio de 2013 que se respalda en el aval del seƱor Ministro Coordinador de
la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, Richard Espinosa GuzmĆ”n B.A., de 13 del
mismo mes, a favor del seƱor JosƩ Francisco Vacas DƔvila, Ministro de
Relaciones Laborales, para su desplazamiento a la ciudad de Ginebra-Suiza, del
15 al 20 de junio, a fin de asistir a la 102a. reuniĆ³n de la Conferencia
Internacional del Trabajo; y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo
de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8
de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25
de iguales mes y aƱo
, y conforme a lo que establece el ArtĆ­culo
7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,

Acuerda:

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en
comisiĆ³n de servicios al seƱor JosĆ© Francisco Vacas DĆ”vila, Ministro de
Relaciones Laborales, en la ciudad de Ginebra-Suiza, del 15 al 20 de junio de
2013, a fin de asistir a la 102a. reuniĆ³n de la Conferencia Internacional del
Trabajo.

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados por esta visita
correspondientes a transporte, hospedaje y alimentaciĆ³n, serĆ”n financiados en
su totalidad por el Ministerio de Relaciones Laborales.

ARTƍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Junio de
2013.

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 18 de
junio de 2013.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 28

Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 27982 de 12
de junio de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de CoordinaciĆ³n de
Conocimiento y Talento Humano, de 14 de igual mes, a favor del economista RenƩ
RamĆ­rez Gallegos, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, para su desplazamiento a la ciudad de RĆ­o de
Janeiro-Brasil, del 16 al 19 de junio, a fin de participar en la ReuniĆ³n de
Ministros sobre InnovaciĆ³n y cambio estructural en AmĆ©rica Latina y El Caribe:
estrategias para un desarrollo regional inclusivo; y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo
de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8
de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25
de iguales mes y aƱo
, y conforme a lo que establece el ArtĆ­culo
7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,

Acuerda:

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en
comisiĆ³n de servicios al economista RenĆ© RamĆ­rez Gallegos, Secretario Nacional
de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, en la ciudad de RĆ­o de
Janeiro-Brasil, del 16 al 19 de junio de 2013, a fin de participar en la
ReuniĆ³n de Ministros sobre InnovaciĆ³n y cambio estructural en AmĆ©rica Latina y
El Caribe: estrategias para un desarrollo regional inclusivo.

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos que implique este
desplazamiento, serƔn cubiertos con cargo al presupuesto de la Secretarƭa
Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n.

ARTƍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Junio de
2013.

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 18 de junio de 2013.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 29

Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 28017 de J3
de junio de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de CoordinaciĆ³n de
Conocimiento y Talento Humano, de 14 del mismo mes, a favor del doctor Augusto
X. Espinosa A., Ministro de EducaciĆ³n, para su desplazamiento a la ciudad de
MedellĆ­n-Colombia, del 17 al 19 de junio, a fin de participar en representaciĆ³n
del paĆ­s en el XIV Encuentro Internacional Virtual Educa Colombia 2013; y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo
de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8
de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25
de iguales mes y aƱo
, y conforme a lo que establece el ArtĆ­culo
7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,

Acuerda:

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en
comisiĆ³n en comisiĆ³n de servicios al doctor Augusto X. Espinosa A., Ministro de
EducaciĆ³n, en la ciudad de MedellĆ­n-Colombia, del 17 al 19 de junio de 2013, a
fin de participar en representaciĆ³n del paĆ­s en el XIV Encuentro Internacional
Virtual Educa Colombia 2013.

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos de pasajes aĆ©reos de ida y
retorno, alojamiento y manutenciĆ³n, serĆ”n financiados por el Ministerio de
EducaciĆ³n Nacional de Colombia, organizador del evento.

ARTƍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Junio de
2013.

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 18 de junio de 2013.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 30

Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 28056 de 14
de junio de 2013 a favor del doctor Guillaume Long, Ministro Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano, para su desplazamiento a la ciudad de
ParĆ­s-Francia y Bruselas- BĆ©lgica, del 19 al 23 de junio, a fin mantener una
serie de encuentros de trabajo con distint – Registro Oficial No. 433 de 25
de iguales mes y aƱo
, y conforme a lo que establece el ArtĆ­culo
7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,

Acuerda:

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en
comisiĆ³n de servicios al doctor Guillaume Long, Ministro Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano, en ParĆ­s-Francia y Bruselas-BĆ©lgica, del 19 al
23 de junio de 2013, a fin de mantener una serie de encuentros de trabajo con
distintas entidades de Francia y BĆ©lgica, agendados a fin fortalecer la gestiĆ³n
del eje de conocimiento y talento humano.

ARTƍCULO SEGUNDO.- Todos los gastos que genere el viaje
serƔn cubiertos con fondos del Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento
Humano.

ARTƍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Junio de
2013.

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 18 de junio de 2013.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 31

Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que mediante oficio No. MCCTH-DESP-2013-0220-O de fecha
12 de junio de 2013, el doctor Guillaume Long Ministro Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano, solicita autorizaciĆ³n ya que por motivos de
Ć­ndole personal tendrĆ” que ausentarse del paĆ­s, del 14 al 18 del mes presente;
y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo
de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8
de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25
de iguales mes y aƱo
,

Acuerda:

ArtĆ­culo Primero.- Conceder licencia con cargo a
vacaciones del 14 al 18 de junio de 2013, al doctor Guillaume Long Ministro
Coordinador de Conocimiento y Talento Humano.

ArtĆ­culo Segundo.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de junio de
2013.

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 18 de junio de 2013.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de
la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 172

MarĆ­a Fernanda Espinosa

MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL

Considerando:

Que en el Suplemento al Registro Oficial No. 395 de 04 de
agosto de 2008, se promulga la Ley OrgƔnica del Sistema Nacional de
ContrataciĆ³n PĆŗblica, que determina los principios y normas que regulan los
procedimientos a seguir en la adquisiciĆ³n de bienes, ejecuciĆ³n de obras y
prestaciĆ³n de servicios incluidos los de consultorĆ­a, que realicen las
entidades e instituciones sujetas a su Ć”mbito de aplicaciĆ³n;

Que con Decreto Ejecutivo No. 1.700, el seƱor Presidente
Constitucional de la RepĆŗblica, expidiĆ³ el Reglamento General a la Ley OrgĆ”nica
del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, publicado en el Suplemento al
Registro Oficial No. 588 de 12 de mayo de 2009;

Quemediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 401, publicado en el
Suplemento al Registro Oficial NĀŗ 230, de 07 de julio de 2010; y, Decreto
Ejecutivo NĀŗ 841 publicado en el Suplemento al Registro Oficial NĀŗ 512, de 15
de agosto de 2011, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, realiza
la reforma al Reglamento General a la Ley OrgƔnica del Sistema Nacional de
ContrataciĆ³n PĆŗblica;

Que mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 865, de 02 de junio
de 2011, se delega a los funcionarios de las Fuerzas Armadas, determinadas
competencias y atribuciones previstas en la Ley OrgƔnica del Sistema Nacional
de ContrataciĆ³n PĆŗblica, cuya determinaciĆ³n consta en citado Acuerdo,
delegaciĆ³n que va en funciĆ³n del cargo o dignidad que ostenta y el presupuesto
inicial del aƱo, detalle que consta prevista en el Anexo No. 1;

Que mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 007, de 11 de enero
de 2012, se actualiza, se aprueba y se publica el anexo 1 del Acuerdo
Ministerial NĀŗ 865, de 03 de junio de 2011;

Que mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 127, de 27 de junio
de 2012, publicado el 12 de julio de 2012, se procede a reformar el valor
resultante de multiplicar el coeficiente de 0.000002 por el presupuesto inicial
del aƱo 2012, previsto en el recuadro del anexo 1 del Acuerdo Ministerial NĀŗ
007, de 11 de enero de 2012, en el que constarĆ” USD. 52.218,54, en la Modalidad
de COTIZACIƓN, ?ADQUISICIƓN DE BIENES O SERVICIOS NO NORMALIZADOS EXC.
CONSULTORƍA?;

Que mediante Acuerdo No. 76 de 21 de febrero de 2013 se
procede a delegar a partir del 01 de enero de 2013, a los funcionarios que se
detallan en el ?ANEXO 1? del presente Acuerdo, de conformidad con las
atribuciones a ellos conferidas por la ley, a fin de que puedan revisar,
autorizar, disponer, suscribir e iniciar los procedimientos precontractuales,
aprobar los pliegos, conformar las comisiones tƩcnicas pertinentes, absolver
consultas o aclaraciones, cancelar el procedimiento, declarar desierto,
adjudicar, de ser el caso declarar adjudicatario fallido, suscriba el contrato,
designe al administrador y supervisor del mismo, gestionar y suscribir los


contratos de bienes, adquisiciones de bienes inmuebles,
arrendamiento de bienes inmuebles, obras, servicios y de consultorĆ­a, a nombre y en representaciĆ³n de
este Ministerio, con estricto apego a la normativa vigente, regulaciĆ³n interna
a la programaciĆ³n presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados;

Que el Art. 4 del Reglamento General a la Ley OrgƔnica
del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica establece que: ?En aplicaciĆ³n de
los principios de Derecho Administrativo son delegables todas las facultades
previstas para la mƔxima autoridad tanto en la Ley como en este Reglamento
General, aĆŗn cuando no conste en dicha normativa la facultad de delegaciĆ³n
expresa. La ResoluciĆ³n que la mĆ”xima autoridad emita para el efecto,
determinarĆ” el contenido y alcance de la delegaciĆ³n. Las mĆ”ximas autoridades de
las personas jurĆ­dicas de derecho privado que actĆŗen como entidades
contratantes, otorgarĆ”n poderes o emitirĆ”n delegaciones, segĆŗn corresponda,
conforme a la normativa de derecho privado que les sea aplicable. En el Ɣmbito
de responsabilidades derivadas de las actuaciones,
producto de las delegaciones o poderes emitidos, se estarƔ al rƩgimen aplicable
a la materia?;

A fin de dinamizar, descentralizar bajo los criterios de
selectividad y de Ć©sta manera optimizar los recursos asignados y propender a
que los procedimientos de ContrataciĆ³n bajo la modalidad de RĆ©gimen Especial
establecidos en el artĆ­culo 2 nĆŗmero 8 de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional
de ContrataciĆ³n PĆŗblica concordante con los artĆ­culos 98 y 99 del Reglamento
General Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica sean eficaces
y oportunos.

En ejercicio de la atribuciones legales.

Acuerda:

Art. 1.- Reformar parcialmente el Anexo 1 del Acuerdo
Ministerial No. 076 de 21 de febrero de 2013, en lo que respecta al recuadro
aplicable a la modalidad de RĆ©gimen Especial (Art. 2 LONSCP) de acuerdo al
siguiente detalle:


MODALIDADES

MONTOS DE CONTRATACIƓN

DELEGATARIOS

DESDE

HASTA

REGIMEN ESPECIAL ART. 2 # 8. LOSNCP. ARTS. 98 y 99
RGLOSNCP.

USD $ 783.278,11

USD $ 1?500.000,00

COMACO: JEFE DEL COMANDO CONJUNTO.

FUERZA TERRESTRE: COMANDANTE GENERAL.

FUERZA NAVAL: COMANDANTE GENERAL. FUERZA

AƉREA: COMANDANTE GENERAL.


Art. 2.- Recordar a los Delegados seƱalados en el
artƭculo precedente que tendrƔn y ejercerƔn las competencias y atribuciones
conferidas por la Ley a la mƔxima autoridad. Los funcionarios delegados tienen
la obligaciĆ³n de informar trimestralmente a Ć©sta Cartera de estado de los
procesos llevados a cabo y su estado.

Art. 3.- Disponer que el presente Acuerdo entrarĆ” en
vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de publicaciĆ³n en la Orden General Ministerial y remitir copia
certificada a cada uno de los delegados para su ejecuciĆ³n quienes deberĆ”n
publicar en el Portal de Compras PĆŗblicas.

PUBLƍQUESE Y COMUNƍQUESE.-

Dado en Quito, Ministerio de Defensa Nacional, a 19 de
junio de 2013.

f.) MarĆ­a Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa
Nacional.

Certifico que este documento es fiel copia del original.-
Quito, 24 de junio de 2013.- f.) El Director de SecretarĆ­a General.

No. 189

EL MINISTRO DE FINANZAS

Considerando:

Que el numeral 25 del artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de
la RepĆŗblica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a
acceder a bienes y servicios pĆŗblicos y privados de calidad, con eficiencia,
eficacia y buen trato, asĆ­ como a recibir informaciĆ³n adecuada y veraz sobre su
contenido y caracterĆ­sticas;

Que el numeral 3 del artƭculo 9 de la Ley OrgƔnica del
Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica establece como uno de los objetivos
del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, entre otros, el de:
Ā«garantizar la transparencia y evitar la discrecionalidad en la
contrataciĆ³n pĆŗblicaĀ», y en esa medida es necesario establecer
procedimientos de contrataciĆ³n respecto de la adquisiciĆ³n y arrendamiento de
bienes muebles en el que se aplique el principio de vigencia tecnolĆ³gica;

Que mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 1515 de 15 de mayo del
2013, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica expidiĆ³ las
Ā«DISPOSICIONES DE CONTRATACIƓN PARA LA ADQUISICIƓN Y ARRENDAMIENTO, DE
BIENES Y LA PRESTACIƓN DE SERVICIOS, RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL
PRINCIPIO DE VIGENCIA TECNOLƓGICAĀ»; Que el artĆ­culo 115 del CĆ³digo OrgĆ”nico
de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, establece que: Ā«ninguna entidad u
organismo pĆŗblico podrĆ”n contraer compromisos, celebrar contratos, ni autorizar
o contraer obligaciones, sin la emisiĆ³n de la respectiva certificaciĆ³n
presupuestariaĀ»;

Que el artĆ­culo 24 de la LOSNCP determina que las
entidades previamente a la convocatoria, deberƔn certificar la disponibilidad
presupuestaria y la existencia presente o futura de recursos suficientes para
cubrir las obligaciones derivadas de la contrataciĆ³n;

Que el artĆ­culo 27 del Reglamento General a la Ley
OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica dispone que: Ā«para
iniciar un proceso de contrataciĆ³n se requiere certificar la disponibilidad
presupuestaria y la existencia presente o futura de recursos suficientes para
cubrir las obligaciones derivadas de la contrataciĆ³nĀ».

Que el artƭculo 4 de la Ley OrgƔnica del Sistema Nacional
de ContrataciĆ³n PĆŗblica, LOSNCP establece como uno de sus principios el de la
vigencia tecnolĆ³gica, mismo que debe ser aplicado en los contratos inherentes a
esta materia;

Que en el Acuerdo Ministerial 447 de 29 de Diciembre de
2007, publicado en el Suplemento del Registro Oficial 259 del 24 de Enero de
2008, es necesario incorporar la Norma TĆ©cnica de Contabilidad Gubernamental 3.2.5: Bienes de
Larga DuraciĆ³n que establece los criterios para el Reconocimiento, evaluaciĆ³n,
erogaciones capitalizables, baja y control de los bienes de larga duraciĆ³n, la
norma relacionada con la RevalorizaciĆ³n.

Que el numeral 6 del artĆ­culo 74 del CĆ³digo OrgĆ”nico de
PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, le atribuye al Ministro(a) a cargo de las
finanzas pĆŗblicas dictar normas, manuales, instructivos, directrices,
clasificadores, catƔlogos, glosarios y otros instrumentos de cumplimiento
obligatorio por parte de las entidades del sector pĆŗblico para el diseƱo,
implantaciĆ³n y funcionamiento del SINFIP y sus componentes; asĆ­ como tambiĆ©n,
dictar de manera privativa las polĆ­ticas, normas y directrices respecto a los
gastos permanentes y su gestiĆ³n del Presupuesto General del Estado; y,

En ejercicio de sus atribuciones, contenidas en el
numeral 6 y 11 del artĆ­culo 74 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas
PĆŗblicas;

Acuerda:

Expedir las siguientes Ā«NORMAS TƉCNICAS DE EMISIƓN
DE LA CERTIFICACIƓN PRESUPUESTARIA Y REVALORIZACIƓN DE ACTIVOS PARA LA
APLICACIƓN DEL PRINCIPIO DE VIGENCIA TECNOLƓGICA EN LA ADQUISICIƓN,
ARRENDAMIENTO Y PRESTACIƓN DE SERVICIOS EN LOS QUE SE REQUIERA DE EQUIPOS
INFORMƁTICOS, EQUIPOS DE IMPRESIƓN, VEHƍCULOS Y EQUIPOS MƉDICOSĀ».

Art. 1.- RefĆ³rmese el Acuerdo Ministerial 447 de 29 de
diciembre de 2007 publicado en el Suplemento del Registro Oficial 259 del 24 de
enero de 2008, incorporƔndose la siguiente norma tƩcnica presupuestaria:

De la CertificaciĆ³n Presupuestaria

Previo a iniciar un proceso de contrataciĆ³n para la
adquisiciĆ³n, arrendamiento y prestaciĆ³n de servicios en los que se requiera de
equipos informĆ”ticos, equipos de impresiĆ³n, vehĆ­culos y equipos mĆ©dicos, se
deberĆ” emitir una certificaciĆ³n presupuestaria para todo el tiempo de vida Ćŗtil
del bien, hasta su recompra o recepciĆ³n como parte de pago de los bienes nuevos
de similares o mejores caracterƭsticas tƩcnicas.

La CertificaciĆ³n Presupuestaria se emitirĆ” con el detalle
de las partidas presupuestarias para adquisiciĆ³n o arrendamiento de ser el caso
mĆ”s el rubro de mantenimiento de los bienes. Si la contrataciĆ³n para la
adquisiciĆ³n de bienes en aplicaciĆ³n del principio de vigencia tecnolĆ³gica
sobrepasa un perĆ­odo de ejercicio fiscal; se certificarĆ” por los montos
asignados al presupuesto institucional para adquisiciĆ³n y mantenimiento de los
bienes para ese aƱo y para los aƱos subsecuentes se emitirĆ” una certificaciĆ³n
futura, la cual deberĆ” ser considerada en la planificaciĆ³n institucional que se
actualizarƔ consecutivamente cada aƱo de vigencia del contrato.

Art. 2.- AgrƩguese en la Norma TƩcnica de Contabilidad
Gubernamental la siguiente norma tƩcnica:

De la AdministraciĆ³n de Bienes

3.2.5.9.- RevalorizaciĆ³n:

La revalorizaciĆ³n de bienes de larga duraciĆ³n se harĆ”n
regularmente, para asegurar que el valor en libros, en todo momento, no difiera
significativamente del que podrĆ­a determinarse utilizando el valor razonable (o
de mercado) al final del periodo sobre el que se informa. Con posterioridad a
su reconocimiento, se contabilizarĆ” por su valor revaluado, (valor de mercado
menos la depreciaciĆ³n acumulada).

La frecuencia de la revalorizaciĆ³n dependerĆ” de los
cambios significativos en el valor de los bienes. Por tanto, cuando el valor de
mercado de los bienes de larga duraciĆ³n registre un cambio significativo de su
valor en libros, se podrĆ” realizar una revalorizaciĆ³n anual y si la variaciĆ³n
no es significativa serƔ suficiente cada tres o cinco aƱos.

Cuando se revaloricen los bienes de larga duraciĆ³n, la
depreciaciĆ³n acumulada podrĆ” ser tratada de cualquiera de las siguientes
maneras:

Reexpresada proporcionalmente al cambio en el valor en
libros del activo, de manera que Ć©ste sea igual a su valor revaluado.

Eliminando contra el valor en libros, hasta obtener el
valor revaluado del activo, este mƩtodo se utiliza en edificios, locales y
residencias.

Cuando los bienes de larga duraciĆ³n se contabilicen por
sus valores revaluados, se registrarĆ” de las siguientes formas:

Si se incrementa el valor en libros de un activo como
consecuencia de una revaluaciĆ³n, este aumento se reconocerĆ” directamente
utilizando la cuenta SuperĆ”vit de RevaluaciĆ³n, que se acumularĆ” en el
patrimonio.

Cuando se reduzca el valor en libros de un activo como
consecuencia de una revaluaciĆ³n, tal disminuciĆ³n se reconocerĆ” en la cuenta
SuperĆ”vit de RevaluaciĆ³n, con relaciĆ³n a ese activo.

Esta norma tƩcnica se aplicarƔ al momento de realizar la
reposiciĆ³n definitiva y obligaciĆ³n de recompra establecida en el artĆ­culo 10
del Decreto Ejecutivo 1515 de 15 de mayo de 2013.

En todo lo que se refiera a la AdministraciĆ³n de Bienes,
las entidades deberƔn observar la normativa de Contabilidad Gubernamental Nro.
3.2.5 referente a Bienes de Larga DuraciĆ³n.

Art. 3.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la
presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los
dieciocho dĆ­as del mes de junio de dos mil trece.

f.) Econ. Fausto Herrera, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE FINANZAS.- Certifico, es fiel copia del
original.- f.) Wilson PaĆŗl Vega P., Director de CertificaciĆ³n y DocumentaciĆ³n.

No. 022-2013

EL MINISTRO DE TELECOMUNICACIONES

Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIƓN

Considerando:

Que, de conformidad con lo establecido en el artĆ­culo 126
de la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico, la subrogaciĆ³n procede por orden
escrita de autoridad competente, cuando el titular se encuentre legalmente
ausente;

Que, mediante Acuerdos Ministeriales Nos. 1693 y 1694,
suscritos por el Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, Dr. Vinicio
Alvarado Espinel, declarĆ³ en comisiĆ³n de servicios y se autorizaron los viajes
a Ginebra- Suiza del 10 al 14 de mayo del 2013; y, Miami- Estados Unidos del 14
al 17 de mayo del 2013, al Ing. Jaime Guerrero RuĆ­z, Ministro de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No.006-2013, de 6 de
marzo del 2013, el seƱor Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la
InformaciĆ³n, nombrĆ³ al Ing. Ricardo JosĆ© Quiroga Magallanes, en el puesto
institucional de Viceministro de la Sociedad de la InformaciĆ³n y el
Conocimiento;

En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 154
numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, artĆ­culo 17 del Estatuto del
RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva y su posterior
reforma, dada mediante Decreto Ejecutivo No. 131 de 23 de febrero del 2007,
publicado en el Registro Oficial No. 35, de 7
de marzo de 2007
;

Acuerda:

Artƭculo 1.- Disponer que el ingeniero Ricardo JosƩ
Quiroga Magallanes, Viceministro de la Sociedad de la InformaciĆ³n y el
Conocimiento, subrogue al seƱor Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad
de la InformaciĆ³n del 10 al 18 de mayo de 2013.

ArtĆ­culo 2.- La SubrogaciĆ³n serĆ” ejercida conforme a las
polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea y con responsabilidad. El seƱor Viceministro de la
Sociedad de la InformaciĆ³n y el Conocimiento responderĆ” personalmente por los
actos realizados durante el ejercicio de las funciones subrogadas.

ArtĆ­culo 3.- El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y publĆ­quese.

Dado en Quito Distrito Metropolitano de Quito, a los 7
dĆ­as del mes de mayo del 2013.

f.) Ing. Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n. MINTEL, MINISTERIO DE
TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIƓN.- Fiel copia del
original.- f.) Ilegible.

NĀ° 027-2013

Ing. Jaime Guerrero Ruiz

MINISTRO DE TELECOMUNICACIONES

Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIƓN

Considerando:

Que, el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de
la RepĆŗblica del Ecuador, dispone que: ?A las ministras y ministros de Estado,
ademƔs de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer
la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n.?;

Que, el artĆ­culo 35 de la Ley de ModernizaciĆ³n del
Estado, Privatizaciones y PrestaciĆ³n de Servicios PĆŗblicos por parte de la
Iniciativa Privada, en cuanto a la delegaciĆ³n de atribuciones, establece que
cuando la importancia econĆ³mica o geogrĆ”fica de la zona o la conveniencia
institucional lo requiera, los mƔximos personeros de las instituciones del
Estado dictarƔn acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para
delegar sus atribuciones;

Que, el artĆ­culo 17, inciso 2do del estatuto del RĆ©gimen
JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, dispone que: ?Los Ministros de
Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrƔn delegar sus atribuciones
y deberes al funcionario inferior jerƔrquico de sus respectivos Ministerios,
cuando se ausenten en comisiĆ³n de servicios al exterior o cuando lo estimen
conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la
buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las
funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y
reglamentos tenga el funcionario delegado.?;

Que, el artĆ­culo 55 del Estatuto IbĆ­dem establece que
?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional, serĆ”n delegables en las
autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆ­a, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto. La delegaciĆ³n serĆ” publicada en el Registro
Oficial?;

Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 8, de 13 de agosto de
2009, publicado en el Registro Oficial NĀ° 10, de 24 de agosto de 2009, el seƱor
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica crea el Ministerio de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n, como el Ć³rgano rector
del desarrollo de las TecnologĆ­as de la InformaciĆ³n y ComunicaciĆ³n, que
incluyen las telecomunicaciones y el espectro radioelƩctrico, que tendrƔ como
finalidad emitir polĆ­ticas, planes generales y realizar el seguimiento y
evaluaciĆ³n de su implementaciĆ³n, coordinar acciones de apoyo y asesorĆ­a para
garantizar el acceso igualitario a los servicios y promover su uso efectivo,
eficiente y eficaz, que asegure el avance hacia la Sociedad de la InformaciĆ³n para el buen vivir de toda la
poblaciĆ³n ecuatoriana;

Que, con Decreto Ejecutivo NĀ° 311, de 5 de abril de 2010,
publicado en el Registro Oficial Suplemento NĀ° 171, de 14 de abril de 2010, el
seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica designĆ³ al Ing. Jaime Guerrero
Ruiz, como Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 324 de 14 de abril de
2010, publicado en el Registro Oficial No. 184 de 03 de mayo de 2012, se crea
la Empresa PĆŗblica Correos del Ecuador -CDE E. P.-, como el Operador PĆŗblico
del Servicio Postal Oficial del Ecuador, persona jurĆ­dica de derecho pĆŗblico,
con patrimonio propio, dotada de autonomĆ­a presupuestaria financiera,
econĆ³mica, administrativa y de gestiĆ³n con domicilio principal en Quito,
Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha;

Que, el Art. 5 del mismo Decreto Ejecutivo, establece
que, ?Para efectos de lo dispuesto en el apartado a) del artĆ­culo 7 de la Ley
OrgĆ”nica de Empresas PĆŗblicas, el Directorio de CDE EP estarĆ” conformado de la
siguiente manera: 1. El Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la
InformaciĆ³n o su delegado permanente, quien lo presidirĆ”. 2. El titular del
organismo nacional de planificaciĆ³n o su delegado permanente; y, 3. Un miembro
designado por el Presidente de la RepĆŗblica, en este caso se nombra a la
ingeniera SofĆ­a Eugenia EspĆ­n Reyes.?;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 073-2012, de 15 de
agosto del 2012, el Ing. Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y
de la Sociedad de la InformaciĆ³n, expide el ?REGLAMENTO DE DELEGACIƓN DE
FUNCIONES DEL MINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD DE LA
INFORMACIƓN?;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 006-2013, de 06 de
marzo del 2013, el Ing. Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y
de la Sociedad de la InformaciĆ³n, nombra al Ing. Ricardo JosĆ© Quiroga
Magallanes, como Viceministro de la Sociedad de la InformaciĆ³n y el
Conocimiento en el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la
InformaciĆ³n;

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y
legales,

Acuerda:

Artƭculo 1.- Designar al ING. RICARDO JOSƉ QUIROGA
MAGALLANES, como su delegado permanente ante el Directorio de la Empresa
PĆŗblica Correos del Ecuador CDE EP.

ArtĆ­culo 2.- El Delegado serĆ” responsable administrativa,
civil y penalmente de los actos que se suscriban en razĆ³n de la delegaciĆ³n.

ArtĆ­culo 3.- El Delegado, mensualmente comunicarĆ” al
Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n sobre el
cumplimiento de las funciones y atribuciones delegadas.

ArtĆ­culo 4.- Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerial No.
95-2012 de veintisƩis de noviembre del dos mil doce.

El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro
Oficial.

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a los cuatro dĆ­as
del mes de junio de dos mil trece.

f.) Ing. Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n.