n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Jueves, 04 de Noviembre de 2010 – R. O. No. 313

n n

FUNCIÓN EJECUTIVA
n
nACUERDOS:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n159
n
Apruébase el Estatuto de la Fundación Fauna de la Amazonía, domiciliada en la ciudad del Puyo, provincia de Pastaza
n
n160
nApruébase el Estatuto de la Fundación Tierra Viva Loma Grande, domiciliada en la ciudad de Latacunga, provincia de Cotopaxi
n
nMINISTERIO DE FINANZAS, COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA:
n
n271 MF-2010
n
Dase por concluido el nombramiento provisional conferido al abogado Edwin Álvarez Cajiao y nómbrase al doctor Rómulo Darío Velasteguí Enríquez, Coordinador General de Administración de Activos y Derechos ex AGD de esta Cartera de Estado
n
nMINISTERIO DE GOBIERNO:
n
n1565
n
Ordénase la inscripción del Estatuto de la Misión Evangélica Pentecostés “Don de Dios”, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas
n
n1568
nRefórmase el Estatuto de la Iglesia Bíblica Bautista “Castillo Fuerte”, con domicilio en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas
n
nMINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS:
n
n019-2010
n
Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Asociación de Conservación Vial “Santa Teresita”, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua
n
nMINISTERIO DE TURISMO:
n
n20100068
n
Deléganse competencias al Viceministro/a Técnico
n
n20100069
nDispónese que la administración y control del Parque Histórico de Guayaquil estará a cargo de la Subsecretaría de Turismo del Litoral, con desconcentración administrativa financiera
n
n20100070
nDelégase al Subsecretario de Turismo del Litoral, la facultad para realizar la entrega de las obras ejecutadas durante el período 2009 y 2010
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DE AGRICULTURA, UNIDAD EJECUTORA MAGAP-PRAT:
n
nUE-MAGAP-PRAT 053-2010
n
Deléganse atribuciones a la señora Directora Administrativa
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n348

nSuspéndese el ejercicio de la Regencia Forestal al ingeniero Henry Noé Ricachi Martínez por el laso de 180 días
n
n354
nApruébase el “Alcance al Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental de la Plataforma Shushufindi 17 para la Perforación de Cinco Pozos Direccionales”, ubicado en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos
n
nAGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO – AGROCALIDAD:
n
n175
n
Establécese la segunda fase de vacunación contra la fiebre aftosa en todo el territorio nacional, con excepción de la provincia Insular de Galápagos, desde el 4 de noviembre al 18 de diciembre del 2010
n
nINSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-:
n
n53-2010 SG-IEPI
n
Deléganse facultades a la doctora Alejandra Leiva, Experta Legal en Propiedad Intelectual 1 de la Unidad de Gestión de Oposiciones y Tutelas Administrativas
n
n54-2010 SG-IEPI
n
Déjase sin efecto las resoluciones 09-45 SG-IEPI y 2010-042 SG-IEPI, emitidas el 23 de junio del 2009 y el 8 de abril del 2010
n
n10-025 P-IEPI
n
Dispónese que la abogada Karina Jacqueline Guerrero Flores, ejerza temporalmente las atribuciones propias de la Subdirección Regional del IEPI en Guayaquil
n
n10-026 P-IEPI
n
Dispónese que la bioquímica Lilia del Carmen Garrido Torres, desempeñe provisionalmente el cargo de Experta Principal en Patentes
n
nJUNTA BANCARIA:
n
nJB-2010-1811

nApruébase la disolución y liquidación voluntaria y anticipada de la Compañía Casa de Cambios Delgado S. A., con domicilio principal en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas
n
nSERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
n
nRNO-DRERDFI10-0009
n
Deléganse atribuciones, a varios funcionarios del SRI del Departamento de Gestión Tributaria de la Dirección Regional Norte
n
nDSRI-007-2010
n
Delégase al Director General del SRI la atribución de nombrar provisionalmente a directores provinciales de la institución
n
nDSRI-15-2010
n
Modifícase el Estatuto Especial de Personal del SRI
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n

n- Gobierno Municipal del Cantón San Juan Bosco: Que reglamenta la determinación y recaudación del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales
n
n- Gobierno Municipal del Cantón San Juan Bosco: Que regula la determinación, administración, control y recaudación del impuesto de patentes municipales
n
nAVISOS JUDICIALES:
n

n- Muerte presunta del señor José David Quito Jimbo (1ra. publicación)
n
n- Juicio de expropiación seguido por el I. Municipio de Manta en contra de los herederos presuntos, desconocidos y posibles interesados del señor Roberto Augusto Santana Rodríguez (1ra. publicación)
n
n- Juicio de expropiación seguido por el I. Municipio de Manta en contra de los herederos presuntos y desconocidos del señor Johnny Segundo Loor Rodríguez y posibles interesados (1ra. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Xavier Fernando Poveda Loor (2da. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Pablo Silvino Holguín Flores (2da. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Medardo Fernando Hernández Tuárez (2da. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Alfonso Francisco Lobato Samaniego (2da. publicación)
n
n- Muerte presunta de la señora Gladys Virginia López y cítese al señor William Kléver Hernández López y otros (3ra. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Ignacio Benito Rojas (3ra. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Jorge Ignacio Zambrano Medranda (3ra. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Bolívar Montero Sarango (3ra. publicación)

n No. 159 n n

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

n n Considerando n n

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de la personalidad jurídica de las personas naturales agrupadas bajo la denominación Fundación “FAUNA DE LA AMAZONÍA”, domiciliada en la ciudad del Puyo, en la Av. Ceslao Marín s/n y calle Severo Vargas; provincia de Paztaza, cuyos objetivos son los siguientes:

n n OBJETIVO n n

La Fundación Fauna de la Amazonía tiene por objetivo: Proteger, conservar y manejar la fauna y flora silvestre amanezada local y nacionalmente.

n n n

FINES ESPECÍFICOS

n n

Apoyar al manejo y conservación de la vida silvestre mediante el desarrollo de programas, proyectos y acciones coordinadas con la autoridad ambiental.

n n

Auspiciar y participar en proyectos comunitarios de conservación y manejo de bosques primarios y secundarios (forestación, reforestación, recuperación e investigación).

n n

Participar en programas y estrategias de educación y concienciación ambiental a nivel nacional e internacional.

n n

Apoyar el trabajo del Ministerio del Ambiente, la Unidad de Protección del Medio Ambiente (UPMA) del Ecuador y otras instituciones afines, en el control del tráfico ilegal de vida silvestre y la protección de la biodiversidad y el medio ambiente, y fortalecer mutuamente conocimientos e información relacionada;

n n

Que, la Dirección Nacional de Biodiversidad, mediante memorando No. MAE-DNB-2010-0463 de 20 de abril del 2010, emite el informe con observaciones;

n n

Que, el abogado Juan Andrés Romero Torres de la Dirección de Asesoría Jurídica de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. MAE-DNAJ-2010-1362 de 27 de agosto del 2010, informa sobre el cumplimiento de los requisitos comprendidos en el Decreto Ejecutivo No. 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, y Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008, para la aprobación, control y extinción de personalidades jurídicas de derecho privado;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 056 de fecha 16 de junio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 641 del 24 de julio del 2009, la Ministra del Ambiente facultó al Director de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta en el Art. 1 literal d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a las causales previstas en el Estatuto social de cada organización”; y,

n n

En uso de las atribuciones establecidas en el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador; del Decreto Ejecutivo N° 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002; y, Decreto Ejecutivo No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Fundación Fauna de la Amazonía, domiciliada en la ciudad del Puyo, en la Av. Celsao Marín s/n y calle Severo Vargas, provincia de Pastaza.

n n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

n n Laurence Paule Odile Duvachelle C.I. 1004007876 n Nicholas Paúl Greatrex Pas. 306467306 n Gloudina Joy Greenacre Pas. 458365678 n David Anthony Jackson Pas. 706569347 n Fausto Wilfrido Muñoz Pilataxi C.I. 1600364929 n José Giraldo Romo Guerrero C.I. 0400692646 n Adriana Rosali Rodríguez Pérez C.I. 1714479985 n Cruz Reinaldo Socola Aponte C.I. 0701380560 n Nelson Omar Tello Benalcázar C.I. 1600087462 n

Glen Philip Thomson Pas. 459499047

n Absalón Oliverio Velasteguí Bastidas C.I. 1801524024 n n

Art. 3.- Disponer que la Fundación “Fauna de la Amazonía”, ponga en conocimiento del Ministerio del Ambiente, la nómina de la directiva, según lo establecido en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002.

n n

Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica de este Ministerio, y en el Registro Forestal que mantiene la Dirección Provincial del Ambiente de Pastaza, conforme lo dispuesto en el literal e) del Art. 17 de la Resolución No. 005 RD de 7 de agosto de 1997, y Arts. 49 y 211 del Libro III del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

n n

Art. 5.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y 127 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 6.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Dado en Quito, 9 de septiembre del 2010. Comuníquese y publíquese. f.) Juan Esteban Andrade Moscoso, Director de Asesoría Jurídica, delegado de la Ministra del Ambiente.

n n No. 160 n n EL MINISTERIO DEL AMBIENTE n n Considerando n n

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y

n


n

n n

documentación requerida para la aprobación de la personalidad jurídica de las personas naturales agrupadas bajo la denominación Fundación Tierra Viva Loma Grande, domiciliada en las calles Río Aláquez No 1-28, e intersección río Quinindé, ciudadela Los Nevados, parroquia Eloy Alfaro, ciudad de Latacunga, provincia de Cotopaxi, con teléfonos 032 808-498/095790898/ 097178663, correo electrónico [email protected] y Skype tierraviva,ec., cuyos objetivos son los siguientes:

n n OBJETIVO n n

LA FUNDACIÓN TIERRA VIVA LOMA GRANDE tiene como objetivo fundamental promover la conservación y uso sustentable de los ecosistemas naturales y la biodiversidad, así como el impulso de estrategias para la diversificación de la base de producción de alimentos; mediante el manejo sustentable de los recursos naturales, la conservación de la biodiversidad, el fortalecimiento de economías locales, y el impulso de tecnologías amigables con el medio ambiente, en un marco de respeto a la multiculturalidad y los conocimientos ancestrales, a fin de contribuir con el mejoramiento de las condiciones de vida de las poblaciones rurales y urbano marginales del país.

n n FINES ESPECÍFICOS n n

Son fines específicos de la Fundación TIERRA VIVA LOMA GRANDE los siguientes:

n n

Impulsar alternativas y propuestas de conservación de los ecosistemas naturales, el patrimonio cultural y la biodiversidad, para garantizar su integridad, continuidad y mantenimiento, así como sus funciones ecológicas y evolutivas.

n n

Promover estrategias de prevención, recuperación y control de ecosistemas degradados, y en potencial proceso de degradación, impulsando la participación e involucramiento de las comunidades, a fin de evitar daños irreversibles en los sistemas naturales que sustentan la vida.

n n

Impulsar el desarrollo sostenible de sistemas alimentarios locales y regionales, mediante la implementación y fortalecimiento de prácticas agroecológicas que permitan asegurar la soberanía alimentaria.

n n

Impulsar la participación y empoderamiento de las comunidades y organizaciones locales mediante el desarrollo de liderazgo, el aumente la capacidad de autogestión y toma de decisiones, a fin de que puedan incidir sobre su propio desarrollo. Contribuir al mejoramiento de las condiciones de (Buen Vivir- Sumak Kausay) de las comunidades rurales y urbanomarginales; mediante enfoques de respeto y valoración a nuestra agro-diversidad, cuidado del medio ambiente, etnicidad e interculturalidad y derechos.

n n

Impulsar el fortalecimiento de las capacidades locales para defensa y exigibilidad de los derechos humanos y ambientales.

n n

Brindar asesoría, orientación, capacitación e información especializada sobre aspectos ambientales, sociales – organizativos, culturales e interculturalidad. Y otros en beneficio de las poblaciones rurales y urbanas.

n n

Asociarse con personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras que tengan similares objetivos, suscribiendo contratos, convenio para realizar intercambios socio-culturales y otros programas o proyectos que vayan en beneficio de las poblaciones rurales y urbanas menos favorecidas.

n n

Asesorar, orientar, capacitar, e informar sobre aspectos ambientales, sociales, organizativos, culturales e interculturales a organizaciones sociales de similares características en cuanto a su funcionamiento.

n n

Propender a la consecución de los recursos económicos que permitan el cumplimiento y el fortalecimiento de sus actividades; para lo cual podrá recibir legados y donaciones.

n n

Celebrar, todo tipo de actos y/o contratos permitidos por las leyes ecuatorianas, sea con personas naturales o jurídicas, públicas, semipúblicas o privadas, nacionales o extranjeras, dentro o fuera del país; y gozar de todas las ventajas, condiciones, exoneraciones tributaras y aduaneras, etc., que otorga la ley a las personas jurídicas sin fines de lucro;

n n

Que, la Dirección Nacional de Biodiversidad, mediante memorando No. MAE-DNB-2010-0948 de 16 de agosto del 2010, emite el informe con observaciones;

n n

Que, el abogado Juan Andrés Romero Torres de la Dirección de Asesoría Jurídica de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. MAE-DNAJ-2010-1291, informa sobre el cumplimiento de los requisitos comprendidos en el Decreto Ejecutivo No. 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, y Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008, para la aprobación, control y extinción de personalidades jurídicas de derecho privado;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 056 de fecha 16 de junio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 641 del 24 de julio del 2009, la Ministra del Ambiente facultó al Director de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta en el Art. 1 literal d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a las causales previstas en el estatuto social de cada organización”; y,

n n

En uso de las atribuciones establecidas en el Acuerdo Ministerial No. 056 de fecha 16 de junio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 641 del 24 de julio del 2009; del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002; y, Decreto Ejecutivo No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Fundación Tierra Viva Loma Grande, domiciliada en las calles Río Aláquez No 1-28, e intersección río Quinindé, ciudadela Los Nevados, parroquia Eloy Alfaro, ciudad de Latacunga, provincia de Cotopaxi, con teléfonos 032 808- 498/095790898/ 097178663, correo electrónico [email protected] y Skype tierraviva,ec., y otorgarle personalidad jurídica.

n n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

n n SOCIOS FUNDADORES n n Edwin Marcelo Chancusig Espín C.I. 050114883-7 n n Hugo Fernando Vallejo Abril C.I. 110339981-0 n n Orlando Arcenio Chugchilan Suntasig C.I. 050259603-4 n n Rocío Pilar Guilcamaigua Pastuña C.I. 050245430-9 n n Gloria Mariana Patuña Cruz C.I. 050082086-5 n n

Art. 3.- Disponer que la Fundación Tierra Viva Loma Grande, ponga en conocimiento del Ministerio del Ambiente, la nómina de la directiva, según lo establecido en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002.

n n

Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica de este Ministerio, y en el Registro Forestal que mantiene la Dirección Provincial del Ambiente de Pichincha, conforme lo dispuesto en el literal e) del Art. 17 de la Resolución No. 005 RD de 7 de agosto de 1997, y Arts. 49 y 211 del Libro III del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

n n

Art. 5.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y 127 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 6.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en Quito, 9 de septiembre del 2010. n n Comuníquese y cúmplase. n n

f.) Juan Esteban Andrade Moscoso, Director de Asesoría Jurídica, delegado de la Ministra del Ambiente.

n n No. 271 MF-2010 n n LA COORDINADORA GENERAL n ADMINISTRATIVA FINANCIERA n n Considerando: n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 049 de 9 de marzo del 2010, se crea la Coordinación General de Administración de Activos y Derechos ex AGD, como unidad administrativa dependiente del Despacho del Ministro, con sede en Quito;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 152 MF-2010 de 16 de junio del 2010, se nombra provisionalmente al abogado Edwin Álvarez Cajiao, servidor de esta Cartera de Estado, para que ejerza las funciones de Coordinador General de Administración de Activos y Derechos ex AGD;

n n

Que, el artículo 17 letra c) de la Ley Orgánica del Servicio Público, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294 del 6 de octubre del 2010, establece la facultad de la autoridad nominadora para extender nombramientos de libre nombramiento y remoción; y,

n n

En ejercicio de las facultades que le confiere el Acuerdo Ministerial No. 331, publicado en el Registro Oficial No. 460 de 5 de noviembre del 2008, reformado mediante Acuerdo Ministerial No. 136 de 2 de junio del 2010,

n n n Acuerda: n n

Artículo 1.- A partir de la presente fecha se da por concluido el nombramiento provisional conferido mediante Acuerdo Ministerial No. 152 MF-2010 de 16 de junio del año en curso, al abogado Edwin Álvarez Cajiao, para que cumpla las funciones del cargo de Coordinador General de Administración de Activos y Derechos ex AGD.

n n n

Artículo 2.- Nombrar al doctor Rómulo Darío Velasteguí Enríquez, para que ejerza las funciones de Coordinador General de Administración de Activos y Derechos ex AGD de esta Cartera de Estado, para cuyo efecto expídase la acción de personal correspondiente.

n n n

Comuníquese.- Quito, Distrito Metropolitano, 19 de octubre del 2010.

n n n

f.) Dra. Ana Gabriela Andrade C., Coordinadora General Administrativa Financiera.

n n n Es copia.- Certifico. n n n

f.) Ing. Xavier Orellana Páez, Director de Certificación y Documentación del Ministerio de Finanzas.

n


n

n n No. 1565 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, n POLICÍA Y CULTOS n n Tania Pauker Cueva n SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN POLÍTICA n n Considerando: n n

Que, en esta Secretaría de Estado se ha presentado la solicitud y documentación anexa para la inscripción y publicación en los registros correspondientes de la entidad religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostés “DON DE DIOS”;

n n

Que, los numerales 8 y 13 del artículo 66 de la Constitución de la República, en su orden, reconoce y garantiza a las personas el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos; y, el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que, mediante informe No. 2010-1356-SJ/ptp de 23 de junio del 2010, la Subsecretaría Jurídica emite pronunciamiento favorable para que se disponga la inscripción y publicación en los registros correspondientes, el estatuto de la entidad religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostés “DON DE DIOS”, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos), publicado en el Registro Oficial No. 547 de 23 del mismo mes y año, así como, con el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en el Registro Oficial No. 365 de 20 de enero del 2000; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial No. 0953, de 11 de marzo del 2010 y conforme establece la Ley de Cultos y su reglamento de aplicación,

n n Acuerda: n n

Artículo Primero: Ordenar la inscripción del estatuto de la entidad religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostés “DON DE DIOS” en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del cantón Guayaquil, provincia del Guayas, domicilio de la entidad.

n n

Artículo Segundo: Disponer que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos, siempre que ocurriere alguna modificación en los estatutos o en el personal del gobierno interno; así como los cambios del representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

Artículo Tercero: Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Gobierno, el estatuto y expediente de la entidad religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostés “DON DE DIOS”, de conformidad con el Art. 11 del Reglamento de Cultos Religiosos; así como también se registre el gobierno interno y los cambios que se produjeren a futuro, apertura de oficinas, filiales o misiones, cambios de domicilio, ingreso de nuevos miembros o la exclusión de los mismos, para fines de estadística y control.

n n

Artículo Cuarto: Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 126 del estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Artículo Quinto: El presente acuerdo, entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 8 de julio del 2010. f.) Tania Pauker Cueva, Subsecretaria de Coordinación Política, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos. MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en dos foja(s) útil(es) reposa en los archivos de la Subsecretaría Jurídica.- Quito, a 9 de julio del 2010.- f.) Ilegible, Subsecretaría Jurídica.

n n No. 1568 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS n n Tania Pauker Cueva n SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN POLÍTICA n n Considerando: n n

Que, el representante legal de la Iglesia Bíblica Bautista “CASTILLO FUERTE”, con domicilio en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, ha solicitado a este Ministerio el registro del estatuto reformado, instrumento que ha sido aprobado en asambleas generales realizadas los días 3 y 17 de mayo del 2009;

n n

Que, dicha entidad religiosa fue reconocida jurídicamente mediante Acuerdo Ministerial No. 0220, de 21 de octubre del 2005, con el nombre de Iglesia Bíblica Bautista “CASTILLO FUERTE”;

n n

Que, la Subsecretaría Jurídica mediante informe No. 2010- 1401 -SJ/ptp de 28 de junio del 2010, emite pronunciamiento favorable para el registro del estatuto reformado; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos con Acuerdo Ministerial No. 0953 de 11 de marzo del 2010 y conforme dispone la Ley de Cultos y el Reglamento de Cultos Religiosos,

n n Acuerda: n n

Artículo Primero: Ordenar al Registrador de la Propiedad del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, domicilio de la entidad religiosa, tome nota en el respectivo registro la reforma del Estatuto de la Iglesia Bíblica Bautista “CASTILLO FUERTE”, al tenor de lo dispuesto en el Art. 4 del Decreto No. 212, Registro Oficial No. 547 de 23 de julio de 1937 y Art. 12 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

Artículo Segundo: Disponer que la entidad religiosa ponga en conoci