n

REGISTRO OFICIAL

n

AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

MiĆ©rcoles, 15 de Septiembre de 2010 – R. O. No. 279

n n n

n

ASAMBLEA NACIONAL: n n RESOLUCIONES: n n

– CondĆ©nase de manera enĆ©rgica la agresiĆ³n brutal llevada a cabo por la delincuencia organizada en la hermana RepĆŗblica de los Estados Unidos Mexicanos que ha causado la muerte de 72 personas en movilidad humana, provenientes de varios paĆ­ses y que incluyen a ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos

n n

– ExprĆ©sase la solidaridad mĆ”s absoluta con nuestros hermanos chilenos frente al terrible accidente y desgracia con los mineros quienes estĆ”n atrapados en las profundidades de la mina, San JosĆ©, en la ciudad norteƱa de CopiapĆ³ en Chile, asĆ­ como con sus afectadas familias

n n

– ApruĆ©base el Estatuto de la Agencia Internacional de EnergĆ­as Renovables (IRENA)

n n

– ApruĆ©base el Protocolo de Enmienda al Convenio de IntegraciĆ³n Cinemato-grĆ”fica Iberoamericana

n n FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 1143 n

OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia BĆ­blica Bautista Centro Crecer, con domicilio en el CantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

n n 1144 n

OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia Misionera Cristiana EvangĆ©lica ā€œHEFZI-BA BEULAā€, con domicilio en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

n n 1145 n

DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Santo Domingo, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia TabernĆ”culo EvangelĆ­stico del Ecuador del Movimiento Misionero Mundial Inc.

n n 1147 n

OrdĆ©nase al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Puyo, provincia de Pastaza, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica Bautista Agape del Puyo

n n 1149 n

OrdĆ©nase al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Ambato, provincia de Tungurahua, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica BilingĆ¼e Ecuatoriana Crisolito

n n 1150 n

DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Cuenca, registre la reforma del estatuto y la nueva denominaciĆ³n del Instituto de Misioneras de MarĆ­a Corredentora

n n 1151 n

DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Quito, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica Monte SinaĆ­

n n 1153 n

OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto del Centro Cristiano Hosanna, con domicilio en el cantĆ³n Santa Cruz, provincia de GalĆ”pagos

n n 1154 n

OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica Pentecostal Dios Liberta a los Cautivos, con domicilio en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

n n 1155 n

DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Colta, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica ā€œLa Libertad en Cristoā€

n n RESOLUCIONES: n n

MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:

n n MRL-2010-000336 n

ModifĆ­case la ResoluciĆ³n No. SENRES-2009-000013, publicada en el Registro Oficial No. 541 de 5 de marzo del 2009

n n

INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:

n n C.D. 327 n

ExpĆ­dese el Reglamento para el aseguramiento y entrega de prestaciones del Seguro Social Campesino

n n CORTE CONSTITUCIONAL n

PARA EL PERIODO DE TRANSICION

n n SALA DE ADMISION: n n CAUSA 0054-09-IN n

AcciĆ³n de Inconstitucionalidad por el fondo y por la forma presentada en contra de la ResoluciĆ³n No. JB-2009-1303 emitida por la Junta Bancaria el dĆ­a 14 de mayo de 2009, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 600 de 28 de mayo de 2009. Legitimado Activo: CĆ©sar Robalino Gonzaga, por los derechos que representa en calidad de Presidente Ejecutivo de la AsociaciĆ³n de Bancos Privados del Ecuador, ADPE

n n CAUSA 0061-09-IN n

Demanda de Inconstitucionalidad presentada en contra de a) Art. 54 del CĆ³digo Tributario, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 38 de 14 de junio de 2005; b) DisposiciĆ³n Transitoria ƚnica de la Ley OrgĆ”nica Reformatoria e Interpretativa a la Ley de RĆ©gimen Tributario Interno, a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador y a la Ley de RĆ©gimen del Sector ElĆ©ctrico, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 392 de 30 de julio de 2008; y, c) ResoluciĆ³n No. NAC-DGER2008-1107, expedida por el Servicio de Rentas Internas, publicado en el Registro Oficial No. 410 de 25 de agosto de 2008. Legitimado Activo: Luis Javier Bustos Aguilar

n n CAUSA 0062-09-IN n

AcciĆ³n de Inconstitucionalidad por el fondo y la forma de los Arts. 3 literal d), 6, 16, 20, 26, 28, 32, 33, 34, 35, Disposiciones Transitorias Primera y Segunda y la DisposiciĆ³n Derogatoria Primera de la Ley OrgĆ”nica del RĆ©gimen de la SoberanĆ­a Alimentaria, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 583 de 5 de mayo del 2009. Legitimado Activo: Ivonne Ramos, en calidad de representante legal de la organizaciĆ³n AcciĆ³n EcolĆ³gica y procuradora comĆŗn de varias personas

n n CAUSA 0070-09-IN n

AcciĆ³n de Inconstitucionalidad de la DisposiciĆ³n Transitoria Octava agregada al Reglamento a la Ley de RĆ©gimen Tributario Interno, expedido por el Presidente de la RepĆŗblica Econ. Rafael Correa Delgado y publicada en el Registro Oficial No. 554 de 23 de marzo del 2009. Legitimado Activo: Luis Javier Bustos Aguilar

n n CAUSA 0073-09-IN n

AcciĆ³n de Inconstitucionalidad por el fondo de la Tercera Dispo-siciĆ³n General de la Ley Reformatoria a la Ley de RĆ©gimen Monetario y Banco del Estado, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 40 de 5 de octubre de 2009. Legitimado Activo: JosĆ© Roberto RenĆ© Avila Astudillo

n n CAUSA 0032-10-IN n

Demanda de Inconstitucionalidad por el fondo del Mandato Constituyente No. 13, adoptado por la Asamblea Nacional Constituyente el 9 de julio de 2008, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 600 de 28 de mayo de 2009 (que ratifica la plena validez de la ResoluciĆ³n AGD-UIOGG22008-12 del 8 de julio de 2008, en la que se ordena la incautaciĆ³n de los bienes de los ex accionistas y ex administradores de Filanbanco S. A.). Legitimado Activo: Ab. Xavier Castro MuƱoz, procurador judicial de Roberto IsaĆ­as Dassum

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

– Gobierno Municipal de MontĆŗfar: Que regula la determinaciĆ³n, recaudaciĆ³n y administraciĆ³n de la tarifa por el servicio de agua potable y alcantarillado de la ciudad de San Gabriel

n n

– Gobierno Municipal del CantĆ³n Patate: Sustitutiva para la provisiĆ³n de los servicios de agua potable y alcantarillado

n n

– Gobierno Municipal del CantĆ³n QuinindĆ©: De transferencias de competencias a favor de las juntas parroquiales rurales

n n

– Gobierno Municipal del CantĆ³n Quinsaloma: Para denominar a la I. Municipalidad como Gobierno Municipal del CantĆ³n Quinsaloma

n n

– Gobierno Municipal del CantĆ³n Chone: Sustitutiva que regula la administraciĆ³n, control y recaudaciĆ³n del impuesto a los vehĆ­culos

n n ASAMBLEA NACIONAL n n EL PLENO n n Considerando: n n

Que, con fecha 24 de agosto de 2010, en un rancho del municipio de San Fernando, estado de Tamaulipas, Estados Unidos Mexicanos, fronterizo con los Estados Unidos de AmĆ©rica, luego de un enfrentamiento entre miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas y una banda criminal, presumiblemente vinculada a actividades de narcotrĆ”fico, se encontrara una fosa comĆŗn que contenĆ­a 72 cadĆ”veres, correspondientes a 58 varones y 14 mujeres, todos ellos de migrantes que buscaban su ingreso a Estados Unidos;

n n

Que, el Ćŗnico sobreviviente de este macabro y sangriento hecho de extrema violencia, es el ciudadano ecuatoriano Luis Freddy Lala Pomadilla, quien herido, logrĆ³ huir y llegar hasta un puesto de control militar, para dar aviso de lo ocurrido y pedir socorro;

n n

Que, todos los fallecidos son personas que no se hallaban vinculadas al mundo criminal, sino que se trataba de hombres y mujeres, migrantes de origen sudamericano y centroamericano que buscaban llegar a los Estados Unidos;

n n

Que, segĆŗn relatos del compatriota sobreviviente, quienes los interceptaron fueron miembros de una organizaciĆ³n criminal autodenominada ā€œlos Zetasā€, que trataron de extorsionarlos y ante su negativa, procedieron a acribillarlos; y,

n n

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales,

n n Resuelve: n n

1. Condenar de manera enĆ©rgica esta agresiĆ³n brutal llevada a cabo por la delincuencia organizada en la hermana RepĆŗblica de los Estados Unidos Mexicanos que ha causado la muerte de 72 personas en movilidad humana, provenientes de varios paĆ­ses y que incluyen a ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos.

n n

2. Apoyar todas y cada una de las medidas tomadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n, la SecretarĆ­a Nacional del Migrante, el Ministerio del Interior y el Ministerio Coordinador de Seguridad Interna y Externa, en defensa de las y los ecuatorianos en movilidad humana, de manera especial para ofrecer la mĆ”xima protecciĆ³n al compatriota que ha logrado sobrevivir a esta agresiĆ³n y al conjunto de su familia.

n n

3. Demandar del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos las investigaciones mĆ”s rigurosas tendientes al esclarecimiento de los hechos y juzgamiento de los autores de este crimen mĆŗltiple.

n n

4. Demandar del Gobierno Ecuatoriano el diseƱo y ejecuciĆ³n de una polĆ­tica de investigaciĆ³n, juzgamiento y sanciĆ³n ejemplarizadora de bandas criminales dedicadas al coyoterismo, narcotrĆ”fico, trĆ”fico y trata de personas.

n n

5. Demandar de la comunidad internacional nuevos esfuerzos para la protecciĆ³n de los derechos humanos de las personas en movilidad, el establecimiento de polĆ­ticas migratorias mĆ”s humanas que destierren actos de criminalizaciĆ³n del hecho migratorio, al tiempo que se impulsen procesos de armonizaciĆ³n de las normas de protecciĆ³n interna e internacional.

n n

6. Condenar la irresponsable actitud de ciertas autoridades y medios de comunicaciĆ³n, que han revelado pĆŗblicamente las identidades e imĆ”genes de la vĆ­ctima sobreviviente y de sus familiares, poniĆ©ndoles en peligro extremo frente al poder de las organizaciones criminales.

n n

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, el primer dĆ­a del mes de septiembre de dos mil diez.

n n

f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.

n n

f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.

n n n n

ASAMBLEA NACIONAL

n n

EL PLENO

n n Considerando: n n

Que, la RepĆŗblica de Chile el dĆ­a 5 de agosto de 2010 sufriera un grave accidente en la mima San JosĆ©, situada en la Provincia de CopiapĆ³, consecuencia del cual quedaron sepultados 33 mineros a 700 metros de profundidad;

n n

Que, esta situaciĆ³n da lugar a un drama humanitario de caracterĆ­sticas particularmente dolorosas;

n

Que, el Ecuador, su pueblo, y en especial, la Asamblea Nacional, no pueden quedar indiferentes ante este suceso y el sufrimiento de los hermanos chilenos;

n n

Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador ordena promover un orden internacional basado en la solidaridad entre los pueblos y naciones, tal como estĆ” seƱalado en el numeral 1 del ArtĆ­culo 416 que proclama la cooperaciĆ³n, la integraciĆ³n y la solidaridad, en su entorno de independencia e igualdad jurĆ­dica de los Estados;

n n

Que, este mandato en pro de la solidaridad entre los pueblos se reitera en el numeral 10 del mismo ArtĆ­culo, el cual manifiesta la adhesiĆ³n a los principios por el fortalecimiento de las relaciones horizontales entre los Estados, para la construcciĆ³n de un mundo justo, democrĆ”tico diverso e intercultural;

n n

Que, el Ecuador ha mantenido desde tiempos pretĆ©ritos, intensas, afectuosas y sinceras relaciones histĆ³ricas, sociales, polĆ­ticas, familiares y de plena hermandad con la sociedad y pueblo chilenos;

n n

Que, el pueblo chileno ha demostrado enormes capacidades para hacer frente a los desafĆ­os que la historia de ese paĆ­s ha planteado a sus habitantes y a la comunidad regional;

n n

Que, las vƭctimas de este accidente son modestos trabajadores de la minerƭa, los cuales han sido afectados por malas prƔcticas laborales, industriales y ambientales;

n n

Que, la situaciĆ³n que padecen es el resultado de la explotaciĆ³n inmisericorde al ser humano y a la naturaleza;

n n

Que, el accidente de la mina San JosĆ©, en la regiĆ³n de Atacama, nos ilustra lo inadmisible que resulta, a estas alturas, que se sigan perpetrando modelos productivos depredadores y que no respetan ni a la naturaleza ni a los trabajadores;

n n

Que, los mineros afectados, por el contrario dan ejemplo de la entereza, inteligencia y habilidad de los trabajadores y, en particular de los mineros, y, representan un sĆ­mbolo para todos los obreros del mundo;

n n

Que, es preciso trabajar por un orden econĆ³mico global en donde la vida, la seguridad y dignidad de los trabajadores no sean dilapidadas por las formas mĆ”s despiadadas de explotaciĆ³n; y,

n n

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales,

n n Resuelve: n n

1. Hacer presente su profunda preocupaciĆ³n, frente al terrible accidente y desgracia que aflige a nuestros hermanos chilenos.

n n

2. Expresar su solidaridad mĆ”s absoluta con los mineros quienes estĆ”n atrapados en las profundidades de la mina, San JosĆ©, en la ciudad norteƱa de CopiapĆ³ en Chile; asĆ­ como con sus afectadas familias.

n n

3. Hacer votos para que con el apoyo y solidaridad de todos los pueblos, su rescate se produzca lo antes posible y sean devueltos sanos y salvos a sus familias y seres queridos.

n n

4. Exhortar a todos los gobiernos para que se mejoren los mecanismos de protecciĆ³n y seguridad laboral en el sector minero, que se eliminen prĆ”cticas que contribuyen a la sobre-explotaciĆ³n de los trabajadores y de la naturaleza, y que nunca mĆ”s se sacrifique a los seres humanos en aras del lucro y las ganancias rĆ”pidas.

n n

5. Expresar nuestra admiraciĆ³n y apoyo a los heroicos ingenieros y rescatistas que han logrado la hazaƱa de ubicar y salvar las vidas de los 33 mineros atrapados, asĆ­ como un reconocimiento al valor, inteligencia y resistencia de los mineros del mundo, representados en aquellos que luchan por ser rescatados en la mina San JosĆ©.

n n

6. Hacer votos para que los responsables de esta desgracia no queden sin la debida sanciĆ³n y que asuman su plena responsabilidad civil y penal.

n n

7. SeƱalar en que la impunidad corporativa debe ser vista con tanta o mĆ”s preocupaciĆ³n que aquella que se vincula a otras ilegalidades y delitos, y que ā€“ con frecuencia ā€“ sus consecuencias son al menos tan serias que las que emanan de formas mĆ”s fĆ”cilmente reconocibles de violaciĆ³n de normas y derechos.

n n

8. Enviar una nota de solidaridad por los hechos referidos y copia de la presente resoluciĆ³n al gobierno de Chile y hacer conocer en los medios pĆŗblicos de comunicaciĆ³n la presente resoluciĆ³n.

n n

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, al primer dĆ­a del mes de septiembre de dos mil diez.

n n

f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.

n n

f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.

n n n n

ASAMBLEA NACIONAL

n n

EL PLENO

n n Considerando: n n

Que, segĆŗn lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 120 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y el numeral 8 del Art. 9 de la Ley OrgĆ”nica de la FunciĆ³n Legislativa es funciĆ³n de la Asamblea Nacional, aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda;

n n

Que, de acuerdo al numeral 8 del Art. 419 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y al numeral 8 del Art. 108 de la Ley OrgĆ”nica de la FunciĆ³n Legislativa la ratificaciĆ³n de los tratados internacionales, requerirĆ” de aprobaciĆ³n previa de la Asamblea Nacional, cuando comprometan el patrimonio natural y en especial el agua, la biodiversidad y su patrimonio genĆ©tico;

n n

Que, mediante oficio No. T. 4914-SNJ-10-1093, de 15 de julio de 2010, suscrito por el Economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, se remite a la Asamblea Nacional, para el trĆ”mite respectivo, el ā€œEstatuto de la Agencia Internacional de EnergĆ­as Renovables (IRENA)ā€;

n n

Que, conforme al numeral 1 del Art. 438 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, la Corte Constitucional declarĆ³, mediante Dictamen 021-10-DTI-CC, de 12 de julio de 2010, que el ā€œEstatuto de la Agencia Internacional de EnergĆ­as Renovables (IRENA)ā€ guarda armonĆ­a con la vigente ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; y,

n n

En ejercicio de sus atribuciones,

n n Resuelve: n n

ā€œAPROBAR EL ESTATUTO DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERGƍAS RENOVABLES (IRENA)ā€.

n n

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, al primer dĆ­a del mes de septiembre de dos mil diez.

n n

f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.

n n

f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.

n n n n

ASAMBLEA NACIONAL

n n

EL PLENO

n n Considerando: n n

Que, segĆŗn lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 120 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y el numeral 8 del Art. 9 de la Ley OrgĆ”nica de la FunciĆ³n Legislativa es funciĆ³n de la Asamblea Nacional, aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda;

n n