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REGISTRO OFICIAL
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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
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MiĆ©rcoles, 15 de Septiembre de 2010 – R. O. No. 279
n n n
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ASAMBLEA NACIONAL: n n RESOLUCIONES: n n
– CondĆ©nase de manera enĆ©rgica la agresiĆ³n brutal llevada a cabo por la delincuencia organizada en la hermana RepĆŗblica de los Estados Unidos Mexicanos que ha causado la muerte de 72 personas en movilidad humana, provenientes de varios paĆses y que incluyen a ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos
n n
– ExprĆ©sase la solidaridad mĆ”s absoluta con nuestros hermanos chilenos frente al terrible accidente y desgracia con los mineros quienes estĆ”n atrapados en las profundidades de la mina, San JosĆ©, en la ciudad norteƱa de CopiapĆ³ en Chile, asĆ como con sus afectadas familias
n n
– ApruĆ©base el Estatuto de la Agencia Internacional de EnergĆas Renovables (IRENA)
n n
– ApruĆ©base el Protocolo de Enmienda al Convenio de IntegraciĆ³n Cinemato-grĆ”fica Iberoamericana
n n FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n
MINISTERIO DE GOBIERNO:
n n 1143 n
OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia BĆblica Bautista Centro Crecer, con domicilio en el CantĆ³n Quito, provincia de Pichincha
n n 1144 n
OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia Misionera Cristiana EvangĆ©lica āHEFZI-BA BEULAā, con domicilio en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas
n n 1145 n
DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Santo Domingo, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia TabernĆ”culo EvangelĆstico del Ecuador del Movimiento Misionero Mundial Inc.
n n 1147 n
OrdĆ©nase al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Puyo, provincia de Pastaza, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica Bautista Agape del Puyo
n n 1149 n
OrdĆ©nase al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Ambato, provincia de Tungurahua, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica BilingĆ¼e Ecuatoriana Crisolito
n n 1150 n
DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Cuenca, registre la reforma del estatuto y la nueva denominaciĆ³n del Instituto de Misioneras de MarĆa Corredentora
n n 1151 n
DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Quito, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica Monte SinaĆ
n n 1153 n
OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto del Centro Cristiano Hosanna, con domicilio en el cantĆ³n Santa Cruz, provincia de GalĆ”pagos
n n 1154 n
OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica Pentecostal Dios Liberta a los Cautivos, con domicilio en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas
n n 1155 n
DispĆ³nese al Registrador de la Propiedad del CantĆ³n Colta, registre la reforma del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica āLa Libertad en Cristoā
n n RESOLUCIONES: n n
MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
n n MRL-2010-000336 n
ModifĆcase la ResoluciĆ³n No. SENRES-2009-000013, publicada en el Registro Oficial No. 541 de 5 de marzo del 2009
n n
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:
n n C.D. 327 n
ExpĆdese el Reglamento para el aseguramiento y entrega de prestaciones del Seguro Social Campesino
n n CORTE CONSTITUCIONAL n
PARA EL PERIODO DE TRANSICION
n n SALA DE ADMISION: n n CAUSA 0054-09-IN n
AcciĆ³n de Inconstitucionalidad por el fondo y por la forma presentada en contra de la ResoluciĆ³n No. JB-2009-1303 emitida por la Junta Bancaria el dĆa 14 de mayo de 2009, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 600 de 28 de mayo de 2009. Legitimado Activo: CĆ©sar Robalino Gonzaga, por los derechos que representa en calidad de Presidente Ejecutivo de la AsociaciĆ³n de Bancos Privados del Ecuador, ADPE
n n CAUSA 0061-09-IN n
Demanda de Inconstitucionalidad presentada en contra de a) Art. 54 del CĆ³digo Tributario, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 38 de 14 de junio de 2005; b) DisposiciĆ³n Transitoria Ćnica de la Ley OrgĆ”nica Reformatoria e Interpretativa a la Ley de RĆ©gimen Tributario Interno, a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador y a la Ley de RĆ©gimen del Sector ElĆ©ctrico, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 392 de 30 de julio de 2008; y, c) ResoluciĆ³n No. NAC-DGER2008-1107, expedida por el Servicio de Rentas Internas, publicado en el Registro Oficial No. 410 de 25 de agosto de 2008. Legitimado Activo: Luis Javier Bustos Aguilar
n n CAUSA 0062-09-IN n
AcciĆ³n de Inconstitucionalidad por el fondo y la forma de los Arts. 3 literal d), 6, 16, 20, 26, 28, 32, 33, 34, 35, Disposiciones Transitorias Primera y Segunda y la DisposiciĆ³n Derogatoria Primera de la Ley OrgĆ”nica del RĆ©gimen de la SoberanĆa Alimentaria, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 583 de 5 de mayo del 2009. Legitimado Activo: Ivonne Ramos, en calidad de representante legal de la organizaciĆ³n AcciĆ³n EcolĆ³gica y procuradora comĆŗn de varias personas
n n CAUSA 0070-09-IN n
AcciĆ³n de Inconstitucionalidad de la DisposiciĆ³n Transitoria Octava agregada al Reglamento a la Ley de RĆ©gimen Tributario Interno, expedido por el Presidente de la RepĆŗblica Econ. Rafael Correa Delgado y publicada en el Registro Oficial No. 554 de 23 de marzo del 2009. Legitimado Activo: Luis Javier Bustos Aguilar
n n CAUSA 0073-09-IN n
AcciĆ³n de Inconstitucionalidad por el fondo de la Tercera Dispo-siciĆ³n General de la Ley Reformatoria a la Ley de RĆ©gimen Monetario y Banco del Estado, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 40 de 5 de octubre de 2009. Legitimado Activo: JosĆ© Roberto RenĆ© Avila Astudillo
n n CAUSA 0032-10-IN n
Demanda de Inconstitucionalidad por el fondo del Mandato Constituyente No. 13, adoptado por la Asamblea Nacional Constituyente el 9 de julio de 2008, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 600 de 28 de mayo de 2009 (que ratifica la plena validez de la ResoluciĆ³n AGD-UIOGG22008-12 del 8 de julio de 2008, en la que se ordena la incautaciĆ³n de los bienes de los ex accionistas y ex administradores de Filanbanco S. A.). Legitimado Activo: Ab. Xavier Castro MuƱoz, procurador judicial de Roberto IsaĆas Dassum
n n
ORDENANZAS MUNICIPALES:
n n
– Gobierno Municipal de MontĆŗfar: Que regula la determinaciĆ³n, recaudaciĆ³n y administraciĆ³n de la tarifa por el servicio de agua potable y alcantarillado de la ciudad de San Gabriel
n n
– Gobierno Municipal del CantĆ³n Patate: Sustitutiva para la provisiĆ³n de los servicios de agua potable y alcantarillado
n n
– Gobierno Municipal del CantĆ³n QuinindĆ©: De transferencias de competencias a favor de las juntas parroquiales rurales
n n
– Gobierno Municipal del CantĆ³n Quinsaloma: Para denominar a la I. Municipalidad como Gobierno Municipal del CantĆ³n Quinsaloma
n n
– Gobierno Municipal del CantĆ³n Chone: Sustitutiva que regula la administraciĆ³n, control y recaudaciĆ³n del impuesto a los vehĆculos
n n ASAMBLEA NACIONAL n n EL PLENO n n Considerando: n n
Que, con fecha 24 de agosto de 2010, en un rancho del municipio de San Fernando, estado de Tamaulipas, Estados Unidos Mexicanos, fronterizo con los Estados Unidos de AmĆ©rica, luego de un enfrentamiento entre miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas y una banda criminal, presumiblemente vinculada a actividades de narcotrĆ”fico, se encontrara una fosa comĆŗn que contenĆa 72 cadĆ”veres, correspondientes a 58 varones y 14 mujeres, todos ellos de migrantes que buscaban su ingreso a Estados Unidos;
n n
Que, el Ćŗnico sobreviviente de este macabro y sangriento hecho de extrema violencia, es el ciudadano ecuatoriano Luis Freddy Lala Pomadilla, quien herido, logrĆ³ huir y llegar hasta un puesto de control militar, para dar aviso de lo ocurrido y pedir socorro;
n n
Que, todos los fallecidos son personas que no se hallaban vinculadas al mundo criminal, sino que se trataba de hombres y mujeres, migrantes de origen sudamericano y centroamericano que buscaban llegar a los Estados Unidos;
n n
Que, segĆŗn relatos del compatriota sobreviviente, quienes los interceptaron fueron miembros de una organizaciĆ³n criminal autodenominada ālos Zetasā, que trataron de extorsionarlos y ante su negativa, procedieron a acribillarlos; y,
n n
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales,
n n Resuelve: n n
1. Condenar de manera enĆ©rgica esta agresiĆ³n brutal llevada a cabo por la delincuencia organizada en la hermana RepĆŗblica de los Estados Unidos Mexicanos que ha causado la muerte de 72 personas en movilidad humana, provenientes de varios paĆses y que incluyen a ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos.
n n
2. Apoyar todas y cada una de las medidas tomadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n, la SecretarĆa Nacional del Migrante, el Ministerio del Interior y el Ministerio Coordinador de Seguridad Interna y Externa, en defensa de las y los ecuatorianos en movilidad humana, de manera especial para ofrecer la mĆ”xima protecciĆ³n al compatriota que ha logrado sobrevivir a esta agresiĆ³n y al conjunto de su familia.
n n
3. Demandar del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos las investigaciones mĆ”s rigurosas tendientes al esclarecimiento de los hechos y juzgamiento de los autores de este crimen mĆŗltiple.
n n
4. Demandar del Gobierno Ecuatoriano el diseƱo y ejecuciĆ³n de una polĆtica de investigaciĆ³n, juzgamiento y sanciĆ³n ejemplarizadora de bandas criminales dedicadas al coyoterismo, narcotrĆ”fico, trĆ”fico y trata de personas.
n n
5. Demandar de la comunidad internacional nuevos esfuerzos para la protecciĆ³n de los derechos humanos de las personas en movilidad, el establecimiento de polĆticas migratorias mĆ”s humanas que destierren actos de criminalizaciĆ³n del hecho migratorio, al tiempo que se impulsen procesos de armonizaciĆ³n de las normas de protecciĆ³n interna e internacional.
n n
6. Condenar la irresponsable actitud de ciertas autoridades y medios de comunicaciĆ³n, que han revelado pĆŗblicamente las identidades e imĆ”genes de la vĆctima sobreviviente y de sus familiares, poniĆ©ndoles en peligro extremo frente al poder de las organizaciones criminales.
n n
Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, el primer dĆa del mes de septiembre de dos mil diez.
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f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.
n n
f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.
n n n n
ASAMBLEA NACIONAL
n n
EL PLENO
n n Considerando: n n
Que, la RepĆŗblica de Chile el dĆa 5 de agosto de 2010 sufriera un grave accidente en la mima San JosĆ©, situada en la Provincia de CopiapĆ³, consecuencia del cual quedaron sepultados 33 mineros a 700 metros de profundidad;
n n
Que, esta situaciĆ³n da lugar a un drama humanitario de caracterĆsticas particularmente dolorosas;
n
Que, el Ecuador, su pueblo, y en especial, la Asamblea Nacional, no pueden quedar indiferentes ante este suceso y el sufrimiento de los hermanos chilenos;
n n
Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador ordena promover un orden internacional basado en la solidaridad entre los pueblos y naciones, tal como estĆ” seƱalado en el numeral 1 del ArtĆculo 416 que proclama la cooperaciĆ³n, la integraciĆ³n y la solidaridad, en su entorno de independencia e igualdad jurĆdica de los Estados;
n n
Que, este mandato en pro de la solidaridad entre los pueblos se reitera en el numeral 10 del mismo ArtĆculo, el cual manifiesta la adhesiĆ³n a los principios por el fortalecimiento de las relaciones horizontales entre los Estados, para la construcciĆ³n de un mundo justo, democrĆ”tico diverso e intercultural;
n n
Que, el Ecuador ha mantenido desde tiempos pretĆ©ritos, intensas, afectuosas y sinceras relaciones histĆ³ricas, sociales, polĆticas, familiares y de plena hermandad con la sociedad y pueblo chilenos;
n n
Que, el pueblo chileno ha demostrado enormes capacidades para hacer frente a los desafĆos que la historia de ese paĆs ha planteado a sus habitantes y a la comunidad regional;
n n
Que, las vĆctimas de este accidente son modestos trabajadores de la minerĆa, los cuales han sido afectados por malas prĆ”cticas laborales, industriales y ambientales;
n n
Que, la situaciĆ³n que padecen es el resultado de la explotaciĆ³n inmisericorde al ser humano y a la naturaleza;
n n
Que, el accidente de la mina San JosĆ©, en la regiĆ³n de Atacama, nos ilustra lo inadmisible que resulta, a estas alturas, que se sigan perpetrando modelos productivos depredadores y que no respetan ni a la naturaleza ni a los trabajadores;
n n
Que, los mineros afectados, por el contrario dan ejemplo de la entereza, inteligencia y habilidad de los trabajadores y, en particular de los mineros, y, representan un sĆmbolo para todos los obreros del mundo;
n n
Que, es preciso trabajar por un orden econĆ³mico global en donde la vida, la seguridad y dignidad de los trabajadores no sean dilapidadas por las formas mĆ”s despiadadas de explotaciĆ³n; y,
n n
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales,
n n Resuelve: n n
1. Hacer presente su profunda preocupaciĆ³n, frente al terrible accidente y desgracia que aflige a nuestros hermanos chilenos.
n n
2. Expresar su solidaridad mĆ”s absoluta con los mineros quienes estĆ”n atrapados en las profundidades de la mina, San JosĆ©, en la ciudad norteƱa de CopiapĆ³ en Chile; asĆ como con sus afectadas familias.
n n
3. Hacer votos para que con el apoyo y solidaridad de todos los pueblos, su rescate se produzca lo antes posible y sean devueltos sanos y salvos a sus familias y seres queridos.
n n
4. Exhortar a todos los gobiernos para que se mejoren los mecanismos de protecciĆ³n y seguridad laboral en el sector minero, que se eliminen prĆ”cticas que contribuyen a la sobre-explotaciĆ³n de los trabajadores y de la naturaleza, y que nunca mĆ”s se sacrifique a los seres humanos en aras del lucro y las ganancias rĆ”pidas.
n n
5. Expresar nuestra admiraciĆ³n y apoyo a los heroicos ingenieros y rescatistas que han logrado la hazaƱa de ubicar y salvar las vidas de los 33 mineros atrapados, asĆ como un reconocimiento al valor, inteligencia y resistencia de los mineros del mundo, representados en aquellos que luchan por ser rescatados en la mina San JosĆ©.
n n
6. Hacer votos para que los responsables de esta desgracia no queden sin la debida sanciĆ³n y que asuman su plena responsabilidad civil y penal.
n n
7. SeƱalar en que la impunidad corporativa debe ser vista con tanta o mĆ”s preocupaciĆ³n que aquella que se vincula a otras ilegalidades y delitos, y que ā con frecuencia ā sus consecuencias son al menos tan serias que las que emanan de formas mĆ”s fĆ”cilmente reconocibles de violaciĆ³n de normas y derechos.
n n
8. Enviar una nota de solidaridad por los hechos referidos y copia de la presente resoluciĆ³n al gobierno de Chile y hacer conocer en los medios pĆŗblicos de comunicaciĆ³n la presente resoluciĆ³n.
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Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, al primer dĆa del mes de septiembre de dos mil diez.
n n
f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.
n n
f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.
n n n n
ASAMBLEA NACIONAL
n n
EL PLENO
n n Considerando: n n
Que, segĆŗn lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 120 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y el numeral 8 del Art. 9 de la Ley OrgĆ”nica de la FunciĆ³n Legislativa es funciĆ³n de la Asamblea Nacional, aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda;
n n
Que, de acuerdo al numeral 8 del Art. 419 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y al numeral 8 del Art. 108 de la Ley OrgĆ”nica de la FunciĆ³n Legislativa la ratificaciĆ³n de los tratados internacionales, requerirĆ” de aprobaciĆ³n previa de la Asamblea Nacional, cuando comprometan el patrimonio natural y en especial el agua, la biodiversidad y su patrimonio genĆ©tico;
n n
Que, mediante oficio No. T. 4914-SNJ-10-1093, de 15 de julio de 2010, suscrito por el Economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, se remite a la Asamblea Nacional, para el trĆ”mite respectivo, el āEstatuto de la Agencia Internacional de EnergĆas Renovables (IRENA)ā;
n n
Que, conforme al numeral 1 del Art. 438 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, la Corte Constitucional declarĆ³, mediante Dictamen 021-10-DTI-CC, de 12 de julio de 2010, que el āEstatuto de la Agencia Internacional de EnergĆas Renovables (IRENA)ā guarda armonĆa con la vigente ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; y,
n n
En ejercicio de sus atribuciones,
n n Resuelve: n n
āAPROBAR EL ESTATUTO DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERGĆAS RENOVABLES (IRENA)ā.
n n
Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, al primer dĆa del mes de septiembre de dos mil diez.
n n
f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.
n n
f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.
n n n n
ASAMBLEA NACIONAL
n n
EL PLENO
n n Considerando: n n
Que, segĆŗn lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 120 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y el numeral 8 del Art. 9 de la Ley OrgĆ”nica de la FunciĆ³n Legislativa es funciĆ³n de la Asamblea Nacional, aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda;
n n