n
n AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
n
n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
n
n MiĆ©rcoles 26 de Junio de 2013 – R. O. No. 23
n
n SUMARIO
n
n SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica:
n
n Ejecutivo:
n
n Acuerdos
n
n 9 AutorĆzase el viaje, declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a los siguientes funcionarios:
n
n SeƱora Ivonne Baki, Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa YasunĆ-ITT
n
n 10 Economista Ramiro GonzƔlez Jaramillo, Ministro de Industrias y Productividad
n
n 11 Economista Pedro Xavier CƔrdenas Moncayo, Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
n
n 12 Economista RenĆ© RamĆrez Gallegos, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n
n
n Ministerio de Defensa Nacional:
n
n 154 DelƩgase al Dr. Pablo Trujillo Paredes, para que integre el Directorio del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural
n
n Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas:
n
n 043-DM DelĆ©gase al ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez, Viceministro de Infraestructura del Transporte, subrogue a la seƱora Ministra
n
n 045-DM DelĆ©gase al ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez, Viceministro de Infraestructura del Transporte, subrogue a la seƱora Ministra
n
n SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n:
n
n 2013-056 DesĆgnase al doctor Rodrigo Fernando Cornejo LeĆ³n, Subsecretario General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, subrogue al Secretario Nacional
n
n 2013-057 DesĆgnanse delegados principal y alterno ante el ComitĆ© Interinstitucional de Cambio ClimĆ”tico
n
n 2013-058 DesĆgnanse delegados principal y alterno ante la Junta Directiva del Instituto Nacional de EvaluaciĆ³n Educativa
n
n SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo:
n
n Acuerdos
n
n SNPD-035-2013 ApruĆ©banse y expĆdense los lineamientos tĆ©cnicos para la determinaciĆ³n de la demanda pĆŗblica nacional plurianual
n
n Ministerio de Industrias y Productividad: SubsecretarĆa de la Calidad:
n
n Resoluciones
n
n 13 228 ApruĆ©base y oficialĆzase con carĆ”cter de obligatorias y/o voluntarias las siguientes normas tĆ©cnicas ecuatorianas
n
n Varias normas tƩcnicas ecuatorianas NTE INEN
n
n 13 229 Varias normas tƩcnicas ecuatorianas NTE INEN y CPE INEN
n
n 13 230 Varias normas tƩcnicas ecuatorianas NTE INEN
n
n 13 231 NTE INEN 2701 (VehĆculos automotores. ProtecciĆ³n contra impacto posterior. Requisitos)
n
n 13 232 NTE INEN 2702 (VehĆculos automotores. Sistema de freno antibloqueo (ABS). Definiciones y requisitos generales)
n
n 13 233 GPE INEN-ISO/IEC 21-1 (AdopciĆ³n regional o nacional de normas internacionales y otros productos de normalizaciĆ³n internacional. Parte 1: AdopciĆ³n de normas internacionales (guĆa ISO/IEC 21 – 1:2005 (E), IDT))
n
n 13 234 NTE INEN 2700 (Anclaje de asientos, requisitos y mƩtodos de ensayo)
n
n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:
n
n SENAE-DGN-2013-0158-RE ExpĆdese el procedimiento documentado denominado ?SENAE-MEE-2-2-002-V1 Manual EspecĆfico para el abandono tĆ”cito, expreso y definitivo versiĆ³n 1 del aƱo 2013?
n
n Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados: Ordenanzas Municipales:
n
n Ordenanza
n
n – CantĆ³n Daule: Complementaria a la Ordenanza que aprobĆ³ el plan de desarrollo cantonal, plan de ordenamiento territorial y que establece el plan vial y la normativa urbanĆstica sobre el nuevo Ć”mbito territorial de la parroquia urbana satĆ©lite La Aurora
n
n CONTENIDO
n n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, mediante memorando Nro. PR-IYITT-2013-000252- M de 29 de mayo de 2013, el seƱor Rodrigo Xavier Aguirre Pozo, Coordinador General de la Iniciativa YasunĆ-ITT, solicita se suscriba el Acuerdo a favor de la seƱora Ivonne Baki, Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa YasunĆ-ITT, quien se desplazarĆ” a las ciudades de Nueva York y San Francisco-Estados Unidos, para cumplir actividades de promociĆ³n de la Iniciativa, del 8 al16 de junio; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ArtĆculo Primero.- Declarar en comisiĆ³n de servicios a la seƱora Ivonne Baki Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa YasunĆ-ITT, quien cumplirĆ” la siguiente agenda internacional del 8 al 16 de junio de 2013, en el marco de difusiĆ³n de la Iniciativa YasunĆ-ITT:
n
n
n
n Nueva York, encuentros con importantes autoridades de la OrganizaciĆ³n de Naciones Unidas, como Amitabh Desai de la FundaciĆ³n Clinton; y Dr. Jeffrey Sachs de la Universidad de Columbia, entre otras.
n
n
n
n Firma oficial y entrega del aporte de Indonesia al Fideicomiso de la Iniciativa YasunĆ-ITT.
n
n
n
n San Francisco, reuniones con representantes de Apple, Google y Skoll Global Threats Fund, asĆ como reuniones individuales con personajes como Gordon Moore y Vinod Khosla.
n
n
n
n ArtĆculo Segundo.- Los viĆ”ticos y pasajes aĆ©reos (Quito- Nueva York 8 de junio), (Nueva York- San Francisco 12 de junio) y (San Francisco-Quito 16 de junio), serĆ”n cubiertos del presupuesto de la Presidencia de la RepĆŗblica.
n
n
n
n ArtĆculo Tercero.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de mayo de 2013.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.
n
n
n
n Quito, 05 de junio de 2013.
n
n
n
n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 27652 de 30 de mayo de 2013 que se respalda en el aval del seƱor Ministro Coordinador de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, de 31 de igual mes, a favor del economista Ramiro GonzĆ”lez Jaramillo, Ministro de Industrias y Productividad, para su desplazamiento a la ciudad de Caracas-Venezuela, del 2 al 4 de junio, con motivo de la reuniĆ³n de Ministros del Sector Productivo de Ecuador y Venezuela, convocada por el Embajador del Ecuador en ese paĆs; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios al economista Ramiro GonzĆ”lez Jaramillo, Ministro de Industrias y Productividad, en la ciudad de Caracas-Venezuela, del 2 al 4 de junio de 2013, a la reuniĆ³n de Ministros del Sector Productivo de Ecuador y Venezuela, convocada por el Embajador del Ecuador en ese paĆs.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los pasajes aĆ©reos y viĆ”ticos, serĆ”n cubiertos del presupuesto del Ministerio de Industrias y Productividad.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de Mayo de 2013.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.
n
n
n
n Quito, 05 de junio de 2013.
n
n
n
n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 27646 de 30 de mayo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la PolĆtica EconĆ³mica de 31 de igual mes, a favor del economista Pedro Xavier CĆ”rdenas Moncayo, Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para su desplazamiento a la ciudad de Bruselas- BĆ©lgica, del 25 al 30 de junio, a fin de asistir a las Reuniones 121 y 122 del Consejo de Directores de la OrganizaciĆ³n Mundial de Aduanas-OMA; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios al economista Pedro Xavier CĆ”rdenas Moncayo, Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la ciudad de Bruselas- BĆ©lgica, del 25 al 30 de junio de 2013, para su asistencia a las Reuniones 121 y 122 del Consejo de Directores de la OrganizaciĆ³n Mundial de Aduanas-OMA.
n
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento, serĆ”n cubiertos del presupuesto del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de Mayo de 2013.
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.
n
n
n
n Quito, 05 de junio de 2013.
n
n
n
n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 27621 de 30 de mayo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de CoordinaciĆ³n de Conocimiento y Talento Humano, de 31 del mismo mes, a favor del economista RenĆ© RamĆrez Gallegos, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, para su desplazamiento del 1 al 6 de junio de 2013 a Ginebra-Suiza a fin de participar como ponente en la mesa redonda ministerial Ā«Aprovechando la ciencia y la tecnologĆa para abordar los retos del desarrolloĀ», en el marco de la reuniĆ³n anual de la ComisiĆ³n de las Naciones Unidas para la Ciencia y la TecnologĆa; y, Amsterdan-Holanda a fin de promover los proyectos emblemĆ”ticos Prometeo y Yachay; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo, y conforme a lo que establece el ArtĆculo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores PĆŗblicos de la FunciĆ³n Ejecutiva y entidades adscritas,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios al economista RenĆ© RamĆrez Gallegos, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, del 1 al 6 de junio de 2013, en la ciudad de Ginebra-Suiza a fin de participar como ponente en la mesa redonda ministerial Ā«Aprovechando la ciencia y la tecnologĆa para abordar los retos del desarrolloĀ», en el marco de la reuniĆ³n anual de la ComisiĆ³n de las Naciones Unidas para la Ciencia y la TecnologĆa; y, Amsterdan-Holanda a fin de promover los proyectos emblemĆ”ticos Prometeo y Yachay
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados a estos desplazamientos serĆ”n cubiertos con cargo al presupuesto de la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de Mayo de 2013.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.
n
n
n
n Quito, 05 de junio de 2013.
n
n
n
n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
n
n MarĆa Fernanda Espinosa
n
n MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, el artĆculo 3 nĆŗmero 7 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece como uno de los deberes primordiales del Estado el proteger el patrimonio natural y cultural del paĆs;
n
n
n
n Que, de conformidad con lo dispuesto en el artĆculo 2 de la Ley de Patrimonio Cultural, la Ministra de Defensa Nacional o su delegado, integra el Directorio del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
n
n
n
n
n
n En ejercicio de lo previsto en el nĆŗmero 1 del art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y Art. 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Art. 1.- Delegar al Dr. PABLO TRUJILLO PAREDES, para que en representaciĆ³n de esta Cartera de Estado, integre el Directorio del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
n
n
n
n Art. 2.- El Delegado responderĆ” directamente de los actos realizados en ejercicio de la presente delegaciĆ³n e informarĆ” a la Ministra de las actuaciones efectuadas y resoluciones tomadas.
n
n
n
n Art. 3.- Se deja sin efecto cualquier Acuerdo Ministerial que se oponga al presente.
n
n
n
n Art. 4.- PĆ³ngase en conocimiento del seƱor Secretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, conforme dispone el Art. 17 del ERJAFE y el mismo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n COMUNĆQUESE: Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 06 de junio de 2013.
n
n
n
n f.) MarĆa Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
n
n
n
n Certifico que este documento es fiel copia del original.- Quito, 10 de junio de 2013.- f.) El Director de SecretarĆa General del MDN.
n
n
n
n
n
n
n MarĆa de los Ćngeles Duarte Pesantes
n
n MINISTRA DE TRANSPORTE Y OBRAS PĆBLICAS
n
n
n
n Que, los artĆculos 126 y 127 de la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y el artĆculo 270 de su Reglamento General regulan los encargos y la subrogaciĆ³n de las funciones de los servidores pĆŗblicos;
n
n
n
n Que, con Decreto Ejecutivo No. 311 del 05 de abril de 2010, se nombra a la arquitecta MarĆa De los Ćngeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas;
n
n
n
n Que, la arquitecta MarĆa De los Ćngeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas, se ausentarĆ” del cargo por razĆ³n de licencia desde el 31 de mayo al 03 de junio de 2013.
n
n
n
n En uso de las atribuciones que me confiere el Decreto Ejecutivo No. 311 de 05 de abril de 2010.
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Art. 1.- En vista que me ausentarĆ© del cargo desde el 31 de mayo al 03 de junio de 2013, el ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez, Viceministro de Infraestructura del Transporte del MTOP, actuarĆ” en calidad de Ministro de Transporte y Obras PĆŗblicas subrogante el dĆa seƱalado;
n
n
n
n Art. 2.- El ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez, responderĆ” por los actos realizados en ejercicio de la presente delegaciĆ³n;
n
n
n
n Art. 3.- El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde la fecha de expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n ComunĆquese y publĆquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano a, 30 de mayo de 2013.
n
n
n
n f.) MarĆa de los Ćngeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas.
n
n
n
n
n
n
n MarĆa de los Ćngeles Duarte Pesantes
n
n MINISTRA DE TRANSPORTE Y OBRAS PĆBLICAS
n
n
n
n Que, los artĆculos 126 y 127 de la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y el artĆculo 270 de su Reglamento General regulan los encargos y la subrogaciĆ³n de las funciones de los servidores pĆŗblicos;
n
n
n
n Que, con Decreto Ejecutivo No. 311 del 05 de abril de 2010, se nombra a la arquitecta MarĆa De los Ćngeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas;
n
n
n
n Que, la arquitecta MarĆa De los Ćngeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas, se ausentarĆ” del cargo por tener que asistir al vuelo inaugural Quito – Buenos Aires – Quito.
n
n
n
n En uso de las atribuciones que me confiere el Decreto Ejecutivo No. 311 de 05 de abril de 2010.
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Art. 1.- En vista que me ausentarĆ© del cargo desde el viernes 07 al 09 de junio de 2013, el ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez, Viceministro de Infraestructura del Transporte del MTOP, actuarĆ” en calidad de Ministro de Transporte y Obras PĆŗblicas subrogante el dĆa seƱalado;
n
n
n
n Art. 2.- El ingeniero Boris CĆ³rdova GonzĆ”lez, responderĆ” por los actos realizados en ejercicio de la presente delegaciĆ³n;
n
n
n
n Art. 3.- El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia desde la fecha de expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n ComunĆquese y publĆquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano a, 06 de junio de 2013.
n
n
n
n f.) MarĆa de los Ćngeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras PĆŗblicas.
n
n
n
n
n
n
n RenĆ© RamĆrez Gallegos
n
n SECRETARIO NACIONAL DE EDUCACIĆN
n
n SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGĆA E
n
n INNOVACIĆN
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que el artĆculo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina que a las ministras y ministros de Estado, ademĆ”s de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: ??1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n??;
n
n
n
n
n
n Que el artĆculo 182 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 298 de fecha 12 de Octubre de 2010, establece: ??La SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, es el Ć³rgano que tiene por objeto ejercer la rectorĆa de la polĆtica pĆŗblica de educaciĆ³n superior y coordinar acciones entre la FunciĆ³n Ejecutiva y las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior??;
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 934, de fecha 10 de noviembre de 2011, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado, designĆ³ a RenĆ© RamĆrez Gallegos como Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n;
n
n
n
n Que mediante oficio Nro. SENESCYT-SN-2013-0630-CO de fecha 07 de mayo de 2013 el Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, RenĆ© RamĆrez Gallegos, solicitĆ³ al seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado, autorice su asistencia a la ReuniĆ³n de Ministros de Ciencia y TecnologĆa de la UNASUR, que se llevarĆ” a cabo en el Cuzco y Urubamba – PerĆŗ del 15 al 17 de mayo del 2013. AsĆ mismo solicita autorizaciĆ³n para participar como jurado panelista en un concurso de proyectos de investigaciĆ³n en la ciudad de Buenos Aires – Argentina el dĆa 15 de mayo del presente aƱo en atenciĆ³n a la invitaciĆ³n formulada por el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales. Finalmente solicita que se autorice el uso de sus vacaciones del 08 al 15 de mayo del 2013;
n
n
n
n Que es necesario designar a un funcionario para que subrogue al Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, en el cumplimiento de sus atribuciones y deberes, durante el perĆodo que dure su ausencia.
n
n
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artĆculo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, y, el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva.
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ArtĆculo 1.- Designar al doctor Rodrigo Fernando Cornejo LeĆ³n, – Subsecretario General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, para que subrogue al Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, a partir del dĆa miĆ©rcoles, 08 de mayo de 2013 hasta el dĆa viernes 17 de mayo del 2013.
n
n
n
n ArtĆculo 2.- El doctor Rodrigo Fernando Cornejo LeĆ³n, serĆ” responsable del cumplimiento de las competencias, atribuciones y deberes inherentes al funcionamiento de la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, durante el perĆodo de subrogaciĆ³n.
n
n
n
n ArtĆculo 3.- Notificar con el contenido de este Acuerdo al doctor Rodrigo Fernando Cornejo LeĆ³n, asĆ como al Coordinador General Administrativo y Financiero de la SENESCYT, para su Ć³ptima ejecuciĆ³n.
n
n
n
n ArtĆculo 4.- Notificar con el contenido del presente Acuerdo a la SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, para los fines pertinentes.
n
n
n
n ArtĆculo 5.- El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia los dĆas establecidos para la subrogaciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n NotifĆquese y cĆŗmplase.-
n
n
n
n Dado, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los siete (07) dĆas del mes de mayo de 2013.
n
n
n
n f.) RenĆ© RamĆrez Gallegos, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n. SENESCYT, AsesorĆa JurĆdica.- 16 de mayo de 2013.- Fiel copia del original, que reposa en el archivo de esta DirecciĆ³n.- f.) Ilegible.
n
n
n
n
n
n
n Fernando Cornejo LeĆ³n
n
n SECRETARIO NACIONAL DE EDUCACIĆN
n
n SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGĆA E
n
n INNOVACIĆN, SUBROGANTE
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que el artĆculo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina que a las ministras y ministros de Estado, ademĆ”s de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: ?1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n.?;
n
n
n
n Que el artĆculo 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador seƱala que: ?Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la ley. TendrĆ”n el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la ConstituciĆ³n.?;
n
n
n
n Que el artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador seƱala que: ?La administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³n?;
n
n
n
n Que el artĆculo 17 inciso segundo del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva establece que: ?Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrĆ”n delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerĆ”rquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisiĆ³n de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado?;
n
n
n
n Que el artĆculo 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva establece que: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional, serĆ”n delegables en las autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La delegaciĆ³n serĆ” publicada en el Registro Oficial. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional en los diferentes Ć³rganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios pĆŗblicos.?;
n
n
n
n Que el artĆculo 182 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior publicada en el Registro Oficial Suplemento Nro. 298, de 12 de Octubre del 2010, establece que: ?La SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, es el Ć³rgano que tiene por objeto ejercer la rectorĆa de la polĆtica pĆŗblica de educaciĆ³n superior y coordinar acciones entre la FunciĆ³n Ejecutiva y las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior??;
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo 1815, publicado en el Registro Oficial 636 de 17 de julio del 2009, se crea el ComitƩ Interinstitucional de Cambio ClimƔtico;
n
n
n
n Que mediante oficio No. MAE-D-2011-0535 de fecha 15 de julio del 2011, la seƱora Marcela AguiƱaga Vallejo, Ministra del Ambiente, convoca a reuniĆ³n ordinaria del ComitĆ© Interinstitucional de cambio ClimĆ”tico;
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 934, de fecha 10 de noviembre del 2011, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado, designĆ³ a RenĆ© RamĆrez Gallegos como Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n;
n
n
n
n Que mediante Acuerdo No. 2013 -056 de fecha 7 de mayo de 2013, el seƱor Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, designĆ³ al doctor Rodrigo Fernando Cornejo LeĆ³n, Subsecretario General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n para que subrogue sus funciones desde el 8 al 17 de mayo del presente aƱo; y,
n
n
n
n Que es necesario delegar a un funcionario principal y a un alterno, para que representen a la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n en el ComitĆ© Interinstitucional de Cambio ClimĆ”tico.
n
n
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artĆculo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; y el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva:
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ArtĆculo 1.- Designar a la doctora MarĆa Andrea Arteaga Iglesias – Asesora del Despacho del Secretario Nacional, como delegada permanente principal, y a la sociĆ³loga MarĆa InĆ©s Rivadeneira Herrera, Asesora del Despacho del Secretario Nacional, como delegada alterna, para que representen a la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, en el ComitĆ© Interinstitucional de Cambio ClimĆ”tico.
n
n
n
n ArtĆculo 2.- La doctora MarĆa Andrea Arteaga Iglesias en su calidad de delegada permanente principal, y la sociĆ³loga MarĆa InĆ©s Rivadeneira Herrera, en su calidad de delegada alterna; serĆ”n responsables del cumplimiento de las atribuciones y deberes inherentes a la presente delegaciĆ³n.
n
n
n
n ArtĆculo 3.- NotifĆquese con el contenido de este Acuerdo, a la doctora MarĆa Andrea Arteaga y a la sociĆ³loga MarĆa InĆ©s Rivadeneira Herrera.
n
n
n
n ArtĆculo 4.- NotifĆquese con el contenido del presente Acuerdo, a la Ministra de Ambiente o a su delegado permanente en su calidad de Presidente del ComitĆ© Interinstitucional de Cambio ClimĆ”tico.
n
n
n
n ArtĆculo 5.- DerĆ³guese el Acuerdo No. 2012 – 024, de diecinueve de marzo de 2012, suscrito por el seƱor Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n.
n
n
n
n El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los ocho (08) dĆas del mes de mayo de 2013.
n
n
n
n ComunĆquese y PublĆquese.-
n
n
n
n f.) Fernando Cornejo LeĆ³n, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n (S).
n
n
n
n SENESCYT, AsesorĆa JurĆdica.- 16 de mayo de 2013.- Fiel copia del original, que reposa en el archivo de esta DirecciĆ³n.- f.) Ilegible.
n
n
n
n
n
n
n Fernando Cornejo LeĆ³n
n
n SECRETARIO NACIONAL DE EDUCACIĆN
n
n SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGĆA E
n
n INNOVACIĆN SUBROGANTE
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que el artĆculo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina que a las ministras y ministros de Estado, ademĆ”s de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: ?1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n?;
n
n
n
n Que el artĆculo 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador seƱala que: ?Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la ley. TendrĆ”n el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la ConstituciĆ³n?;
n
n
n
n Que el artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador seƱala que: ?La administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³n.?;
n
n
n
n Que el artĆculo 17 inciso segundo del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva establece que: ?Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrĆ”n delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerĆ”rquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisiĆ³n de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado.?;
n
n
n
n Que el artĆculo 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva establece que: ?La DelegaciĆ³n de Atribuciones.- Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional, serĆ”n delegables en las autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Derecho. La delegaciĆ³n serĆ” publicada en el Registro Oficial. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional en los diferentes Ć³rganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios pĆŗblicos.?;
n
n
n
n Que el artĆculo 182 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior publicada en el Registro Oficial Suplemento Nro. 298, de 12 de Octubre del 2010, establece que: ?La SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, es el Ć³rgano que tiene por objeto ejercer la rectorĆa de la polĆtica pĆŗblica de educaciĆ³n superior y coordinar acciones entre la FunciĆ³n Ejecutiva y las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior??;
n
n
n
n Que la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Intercultural, publicada en el Registro Oficial Suplemento 417 de 31 de marzo de 2011, en su artĆculo 67 establece: ?Instituto Nacional de EvaluaciĆ³n Educativa.- De conformidad con lo dispuesto en el artĆculo 346 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, crĆ©ase el Instituto Nacional de EvaluaciĆ³n Educativa, entidad de derecho pĆŗblico, con autonomĆa administrativa, financiera y tĆ©cnica, con la finalidad de promover la calidad de la educaciĆ³n. Es competencia del mencionado Instituto la evaluaciĆ³n integral del Sistema Nacional de EducaciĆ³n. Para el cumplimiento de este fin, se regirĆ” por sus propios estatutos y reglamentos.?
n
n
n
n Que el artĆculo 71 de la misma norma determina lo siguiente: ?Junta Directiva del Instituto Nacional de EvaluaciĆ³n Educativa.- La mĆ”xima instancia de decisiĆ³n del Instituto serĆ” la Junta Directiva, compuesta por tres miembros: un delegado del Presidente de la RepĆŗblica, quien la presidirĆ”, un delegado de la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n; y, un delegado de la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo.?;
n
n
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 934, de fecha 10 de noviembre del 2011, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado, designĆ³ a RenĆ© RamĆrez Gallegos como Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n;
n
n
n
n Que mediante Acuerdo No. 2013 -056 de fecha 7 de mayo de 2013, el seƱor Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, designĆ³ al doctor Rodrigo Fernando Cornejo LeĆ³n, Subsecretario General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n para que subrogue sus funciones desde el 8 al 17 de mayo del presente aƱo; y,
n
n
n
n Que es necesario delegar a un funcionario principal y a un alterno, para que representen a la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n como miembro de la Junta Directiva del Instituto Nacional de EvaluaciĆ³n Educativa.
n
n
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artĆculo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; y el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva:
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ArtĆculo 1.- Designar a la magĆster MarĆa del Pilar Troya FernĆ”ndez – Subsecretaria General de EducaciĆ³n Superior, como delegada permanente principal, y a la magĆster Elizabeth de Lourdes Larrea Santos, SubsecretarĆa de FormaciĆ³n AcadĆ©mica y Profesional de la SENESCYT, como delegada alterna, para que representen a la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, en la Junta Directiva del Instituto Nacional de EvaluaciĆ³n Educativa.
n
n
n
n ArtĆculo 2.- La magĆster MarĆa del Pilar Troya FernĆ”ndez? Subsecretaria General de EducaciĆ³n Superior, como delegada permanente principal, y la magĆster Elizabeth de Lourdes Larrea Santos, Subsecretaria de FormaciĆ³n AcadĆ©mica y Profesional de la SENESCYT, como delegada alterna; serĆ”n responsables del cumplimiento de las competencias, atribuciones y deberes inherentes a la presente delegaciĆ³n.
n
n
n
n ArtĆculo 3.- NotifĆquese con el contenido de este Acuerdo, a la magĆster MarĆa del Pilar Troya FernĆ”ndez? Subsecretaria General de EducaciĆ³n Superior, como delegada permanente principal, y a la magĆster Elizabeth de Lourdes Larrea Santos, Subsecretaria de FormaciĆ³n AcadĆ©mica y Profesional de la SENESCYT, como delegada alterna.
n
n
n
n ArtĆculo 4.- NotifĆquese con el contenido del presente Acuerdo, a la Presidencia de la RepĆŗblica y a la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo en sus calidad de miembros de la Junta Directiva del Instituto Nacional de EvaluaciĆ³n Educativa.
n
n
n
n
n ArtĆculo 5.- DerĆ³guese el Acuerdo No. 2012 ? 022, de diecinueve de marzo de 2012, suscrito por el seƱor Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n.
n
n
n
n El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los ocho (08) dĆas del mes de mayo de 2013.
n
n
n
n ComunĆquese y PublĆquese.-
n
n
n
n f.) Fernando Cornejo LeĆ³n, Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n (S).
n
n
n
n SENESCYT, AsesorĆa JurĆdica.- 16 de mayo de 2013.- Fiel copia del original, que reposa en el archivo de esta DirecciĆ³n.- f.) Ilegible.
n
n
n
n
n
n
n Fander FalconĆ BenĆtez
n
n SECRETARIO NACIONAL DE PLANIFICACIĆN Y DESARROLLO
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, el artĆculo 297 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica dispone que todo programa financiado con recursos pĆŗblicos tendrĆ” objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo;
n
n
n
n Que, el CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, seƱala:
n
n
n
n En el artĆculo 5, numeral 1, establece que la programaciĆ³n, formulaciĆ³n, aprobaciĆ³n, asignaciĆ³n, ejecuciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n del Presupuesto General del Estado, los demĆ”s presupuestos de las entidades pĆŗblicas y todos los recursos pĆŗblicos, se sujetarĆ”n a los lineamientos de la planificaciĆ³n del desarrollo de todos los niveles de gobierno en observancia a lo dispuesto en los artĆculos 280 y 293 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica;
n
n
n
n El artĆculo 9 establece que, la planificaciĆ³n del desarrollo se orienta hacia el cumplimiento de los derechos constitucionales, el rĆ©gimen de desarrollo y el rĆ©gimen del Buen Vivir, y garantiza el ordenamiento territorial. El ejercicio de las potestades pĆŗblicas debe enmarcarse en la planificaciĆ³n del desarrollo que incorporarĆ” los enfoques de equidad, plurinacionalidad e interculturalidad;
n
n
n
n El artĆculo 57 define a los planes de inversiĆ³n, como la expresiĆ³n tĆ©cnica y financiera del conjunto de programas y proyectos de inversiĆ³n, debidamente priorizados, programados y territorializados, de conformidad con las disposiciones del referido CĆ³digo. Estos planes se encuentran encaminados a la consecuciĆ³n de los objetivos del rĆ©gimen de desarrollo y de los planes del gobierno central y los gobiernos autĆ³nomos descentralizados;
n
n
n
n El artĆculo 58 seƱala que los planes de inversiĆ³n serĆ”n cuatrianuales y anuales. La expresiĆ³n financiera de los planes cuatrianuales permite la certificaciĆ³n presupuestaria plurianual, la continuidad de la ejecuciĆ³n de la inversiĆ³n pĆŗblica, deberĆ” formularse y actualizarse en concordancia con la programaciĆ³n presupuestaria cuatrianual;
n
n
n
n El artĆculo 59, determina que los planes de inversiĆ³n del Presupuesto General del Estado serĆ”n formulados por la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo. En el Ć”mbito de las Empresas PĆŗblicas, Banca PĆŗblica, Seguridad Social y gobiernos autĆ³nomos descentralizados, cada entidad formularĆ” sus respectivos planes de inversiĆ³n;
n
n
n
n El artĆculo 60, establece que serĆ”n prioritarios los programas y proyectos de inversiĆ³n que la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo incluya en el plan anual de inversiones del Presupuesto General del Estado, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo, a la ProgramaciĆ³n Presupuestaria Cuatrienal y de conformidad con los requisitos y procedimientos que se establezcan;
n
n
n
n El artĆculo 64, seƱala que en el diseƱo e implementaciĆ³n de los programas y proyectos de inversiĆ³n pĆŗblica, se promoverĆ” la incorporaciĆ³n de acciones favorables al ecosistema, mitigaciĆ³n, adaptaciĆ³n al cambio climĆ”tico y a la gestiĆ³n de vulnerabilidades y riesgos antrĆ³picos y naturales. En la adquisiciĆ³n de bienes y servicios, necesarios para la ejecuciĆ³n de los programas y proyectos, se privilegiarĆ” a la producciĆ³n nacional;
n
n
n
n El artĆculo 69, dispone que la aprobaciĆ³n de programas y proyectos de la cooperaciĆ³n internacional no reembolsable se realizarĆ” de acuerdo a los procedimientos de priorizaciĆ³n de los programas y proyectos de inversiĆ³n pĆŗblica, y se realizarĆ” por la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo, con excepciĆ³n de aquellos que reciban y ejecuten las universidades, escuelas politĆ©cnicas, gobiernos autĆ³nomos descentralizados y la seguridad social. En estos casos, los programas y proyectos serĆ”n aprobados por las mĆ”ximas autoridades de dichas entidades, dentro del marco de los lineamientos de la polĆtica nacional para la cooperaciĆ³n internacional.
n
n
n
n Que, es necesario que dentro de la programaciĆ³n plurianual de la inversiĆ³n pĆŗblica, se visualice la demanda de las entidades y organismos pĆŗblicos de bienes y servicios, con el fin de incentivar la participaciĆ³n de proveedores y productores de bienes y servicios con alto valor agregado nacional, contribuir a la transformaciĆ³n de la matriz productiva y promover la sustituciĆ³n selectiva de importaciones; y,
n
n
n
n En ejercicio de las atribuciones y facultades que le confieren el numeral 1 del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; los artĆculos 17, y 17.2, del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, Art. 3 del Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el Registro Oficial No. 278 de 20 de febrero del 2004, y el literal w) del numeral 6.5.1. del Estatuto de GestiĆ³n Organizacional por procesos de la SENPLADES,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ArtĆculo. 1.- Aprobar y expedir los Lineamientos TĆ©cnicos para la DeterminaciĆ³n de la Demanda PĆŗblica Nacional Plurianual, en el marco de la programaciĆ³n de la inversiĆ³n pĆŗblica, que se seƱalan en el documento anexo, y cuya observancia serĆ” de carĆ”cter obligatorio para todas las entidades y organismos que forman parte del Presupuesto General del Estado, de acuerdo al artĆculo 292 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica.
n
n
n
n ArtĆculo. 2.- Las entidades y organismos regidos por el presente Acuerdo entregarĆ”n a la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo, la informaciĆ³n requerida conforme el presente acuerdo, dentro del plazo de 60 dĆas contados a partir de su expediciĆ³n.
n
n
n
n Posteriormente, dicha informaciĆ³n deberĆ” ser actualizada y remitida a la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo, en forma semestral.
n
n
n
n ArtĆculo.- 3.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo que entrarĆ” en vigencia a partir de la fecha de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese al Subsecretario/a de InversiĆ³n PĆŗblica de la SENPLADES.
n
n
n
n CĆŗmplase y publĆquese.-
n
n
n
n Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 21 de mayo del 2013.
n
n
n
n f.) Fander FalconĆ BenĆtez, Secretario nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo.
n
n
n
n SENPLADES.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) CoordinaciĆ³n General de AsesorĆa JurĆdica.
n
n
n
n Lineamientos para la determinaciĆ³n de la Demanda
n
n PĆŗblica Nacional Plurianual
n
n
n
n 1.- Antecedentes
n
n
n
n La ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica en sus artĆculos 292, 293, 294, 295 y 296 establece que el Presupuesto General del Estado es el instrumento para la determinaciĆ³n y gestiĆ³n de los ingresos y egresos del Estado, e incluye todos los ingresos y egresos del sector pĆŗblico, con excepciĆ³n de los pertenecientes a la seguridad social, la banca pĆŗblica, empresas pĆŗblicas y los gobiernos autĆ³nomos descentralizados.
n
n
n
n El artĆculo 297 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica dispone que todo programa financiado con recursos pĆŗblicos tendrĆ” objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo;
n
n
n
n El artĆculo 5, numeral 1 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, establece que la programaciĆ³n, formulaciĆ³n, aprobaciĆ³n, asignaciĆ³n, ejecuciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n del Presupuesto General del Estado, los demĆ”s presupuestos de las entidades pĆŗblicas y todos los recursos pĆŗblicos, se sujetarĆ”n a los lineamientos de la planificaciĆ³n del desarrollo de todos los niveles de gobierno en observancia a lo dispuesto en los artĆculos 280 y 293 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica;
n
n
n
n El artĆculo 9 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, establece que la planificaciĆ³n del desarrollo se orienta hacia el cumplimiento de los derechos constitucionales, el rĆ©gimen de desarrollo y el rĆ©gimen del Buen Vivir, y garantiza el ordenamiento territorial. El ejercicio de las potestades pĆŗblicas debe enmarcarse en la planificaciĆ³n del desarrollo que incorporarĆ” los enfoques de equidad, plurinacionalidad e interculturalidad;
n
n
n
n El artĆculo 57 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, define a los planes de inversiĆ³n, como la expresiĆ³n tĆ©cnica y financiera del conjunto de programas y proyectos de inversiĆ³n, debidamente priorizados, programados y territorializados, de conformidad con las disposiciones del referido CĆ³digo. Estos planes se encuentran encaminados a la consecuciĆ³n de los objetivos del rĆ©gimen de desarrollo y de los planes del gobierno central y los gobiernos autĆ³nomos descentralizados;
n
n
n
n De acuerdo al artĆculo 58 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, los planes de inversiĆ³n serĆ”n cuatrianuales y anuales. La expresiĆ³n financiera de los planes cuatrianuales permite la certificaciĆ³n presupuestaria plurianual, la continuidad de la ejecuciĆ³n de la inversiĆ³n pĆŗblica, deberĆ” formularse y actualizarse en concordancia con la programaciĆ³n presupuestaria cuatrianual;
n
n
n
n Conforme el artĆculo 59 del CĆ³digo ibĆdem, los planes de inversiĆ³n del Presupuesto General del Estado serĆ”n formulados por la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo. En el Ć”mbito de las Empresas PĆŗblicas, Banca PĆŗblica, Seguridad Social y gobiernos autĆ³nomos descentralizados, cada entidad formularĆ” sus respectivos planes de inversiĆ³n;
n
n
n
n El artĆculo 60 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, determina que serĆ”n prioritarios los programas y proyectos de inversiĆ³n que la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo incluya en el plan anual de inversiones del Presupuesto General del Estado, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo, a la ProgramaciĆ³n Presupuestaria Cuatrienal y de conformidad con los requisitos y procedimientos que se establezcan;
n
n
n
n El artĆculo 64 del referido CĆ³digo, seƱala que en el diseƱo e implementaciĆ³n de los programas y proyectos de inversiĆ³n pĆŗblica, se promoverĆ” la incorporaciĆ³n de acciones favorables al ecosistema, mitigaciĆ³n, adaptaciĆ³n al cambio climĆ”tico y a la gestiĆ³n de vulnerabilidades y riesgos antrĆ³picos y naturales. En la adquisiciĆ³n de bienes y servicios, necesarios para la ejecuciĆ³n de los programas y proyectos, se privilegiarĆ” a la producciĆ³n nacional;
n
n
n
n En el artĆculo 69, dispone que la aprobaciĆ³n de programas y proyectos de la cooperaciĆ³n internacional no reembolsable se realizarĆ” de acuerdo a los procedimientos de priorizaciĆ³n de los programas y proyectos de inversiĆ³n pĆŗblica, y se realizarĆ” por la SecretarĆa Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo, con excepciĆ³n de aquellos que reciban y ejecuten las universidades, escuelas politĆ©cnicas, gobiernos autĆ³nomos descentralizados y la seguridad social. En estos casos, los programas y proyectos serĆ”n aprobados por las mĆ”ximas autoridades de dichas entidades, dentro del marco de los lineamientos de la polĆtica nacional para la cooperaciĆ³n internacional; y,
n
n
n
n Es necesario que dentro de la programaciĆ³n plurianual de la inversiĆ³n pĆŗblica, se visualice la demanda de las entidades y organismos pĆŗblicos de bienes y servicios, con el fin de incentivar la participaciĆ³n de proveedores y productores de bienes y servicios con alto valor agregado nacional, contribuir a la transformaciĆ³n de la matriz productiva y promover la sustituciĆ³n selectiva de importaciones.
n
n
n
n 2.- Lineamientos para la determinaciĆ³n de la Demanda PĆŗblica Nacional Plurianual
n
n
n
n 2.1 Objeto:
n
n
n
n El presente documento tiene como propĆ³sito establecer en el marco de la acciones de planificaciĆ³n y programaciĆ³n de la inversiĆ³n pĆŗblica, lineamientos que permitan visualizar la demanda pĆŗblica de bienes y servicios de las entidades y organismos que forman parte del Presupuesto General del Estado, de acuerdo al artĆculo 292 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, requeridos por programas y proyectos de inversiĆ³n cuya ejecuciĆ³n se realice en mĆ”s de un ejercicio presupuestario.
n
n
n
n Estos lineamientos tienen los siguientes objetivos:
n
n
n
n 1.- Incentivar la participaciĆ³n de proveedores y productores de bienes y servicios con alto valor agregado nacional, a travĆ©s de la generaciĆ³n de certidumbre sobre el contenido de la demanda futura pĆŗblica a ser requerida por cada instituciĆ³n.
n
n
n
n 2.- Promover el incremento del valor agregado nacional en las adquisiciones del sector pĆŗblico, sirviendo de base para la definiciĆ³n de requisitos de desempeƱo en las contrataciones a largo plazo orientadas al impulso de la producciĆ³n local, la sustituciĆ³n selectiva de importaciones, la transferencia de tecnologĆa y de conocimiento, y la transformaciĆ³n de la matriz productiva nacional.
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n 3.- Consolidar y determinar la Demanda PĆŗblica Nacional Plurianual como elemento de la programaciĆ³n de la inversiĆ³n pĆŗblica, a cargo de la SENPLADES.
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n 2.2 Alcance de la determinaciĆ³n de la Demanda PĆŗblica Nacional Plurianual (DPNP)
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n Las entidades y organismos que forman parte del Presupuesto General del Estado definirĆ”n su demanda pĆŗblica nacional plurianual, que deberĆ” incluir la informaciĆ³n siguiente:
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n Los procesos de adquisiciĆ³n de obras, bienes y/o servicios que se realizarĆ”n de forma plurianual, con indicaciĆ³n de su periodo de ejecuciĆ³n.
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n Una descripciĆ³n del objeto de las adquisiciones plurianuales con el detalle de las obras, bienes y/o servicios a contratarse;
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n El presupuesto estimativo de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar por aƱo;
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n 3.1. El presupuesto estimativo de los bie