Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
Martes, 9 de
Mayo de 2017 (R. O. 1000, 9-mayo-2017)
SUMARIO
Ministerio del
Interior:
Ejecutivo:
Acuerdos
DelƩguense
atribuciones al Viceministro/a de Seguridad Interna
Refórmese el
Acuerdo Ministerial No. 2770 de 03 de julio de 2012
LegalĆcese la
comisión de servicios en el exterior del señor César Salvador Ludeña, Gerente
del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control
Migratorio
Refórmese el
Acuerdo Ministerial No. 8170 de 03 de enero de 2017
Ministerio de
Salud PĆŗblica:
Refórmese el
Acuerdo Ministerial No. 5310, publicado en la Edición Especial del Registro
Oficial No. 439 de 31 de diciembre de 2015
DelƩguense
facultades al/la Viceministro/a de Atención Integral en Salud
Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos:
RatifĆquese,
apruébese y refórmese los estatutos de las siguientes organizaciones:
Iglesia
Cristiana Evangélica la Gracia de Dios Me Sostiene, ubicada en el cantón Quito,
provincia de Pichincha
Misión
EvangĆ©lica Cristiana PentecostĆ©s Dios Ayuda a Quienes ConfĆan en Ćl, ubicada en
el cantón Guayaquil, provincia del Guayas
Iglesia
Evangélica Pentecostés ?El Llamado Divino? a Misión Evangélica El Llamado
Divino, ubicada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas
Misión
Internacional Evangélica Pentecostes Yo Soy De Mi Amado Jesús, ubicada en el
cantón Guayaquil, provincia del Guayas
Ministerio
Iglesias de Familias en Cristo, ubicada en el cantón Quito, provincia de
Pichincha
Ministerio de
Transporte y Obras PĆŗblicas:
Acuerdos 022 2017
DelƩguense
facultades al Coordinador General de Planificación,
Ministerio de
Turismo:
Refórmese el
Estatuto de la Federación Nacional de CÔmaras Provinciales de Turismo del
Ecuador, FENACAPTUR, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de
Pichincha
SecretarĆa de
Educación Superior, Ciencia, TecnologĆa e Innovación:
DesĆgnense
facultades al doctor Luis Carmenate, Subsecretario de Investigación CientĆfica
ExpĆdese el
Reglamento del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión (SNNA)
Ministerio del
Ambiente:
Resoluciones 037
Refórmese la
Resolución Ministerial No. 0001 de 06 de enero de 2016
Ministerio de
Transporte y Obras PĆŗblicas:
DeclƔrese la
Viabilidad al Proyecto de la Iniciativa Privada para la Construcción y
Operación del Puerto Providencia
Agencia de
Regulación y Control HidrocarburĆfero:
Refórmese el
Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos
Banecuador B.P.:
ExpĆdese el
Ćndice temĆ”tico
Comercio de
Comercio Exterior:
ApruƩbese el
?Certificado de inspección o verificación de clasificación arancelaria emitido
en origen?
Refórmese el
Arancel del Ecuador, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 859 de
28 de diciembre de 2012
CONTENIDO
Diego Xavier
Fuentes Acosta
MINISTRO DEL
INTERIOR (E)
Considerando:
Que, de
conformidad con el numeral 8 del artĆculo 3 de la Constitución de la RepĆŗblica
del Ecuador, es deber primordial del Estado garantizar a sus habitantes el
derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad
democrÔtica y libre de corrupción;
Que, el
artĆculo 40 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, garantiza a las
personas el derecho a migrar y señala que no se identificarÔ a ningún ser
humano como ilegal por su condición migratoria;
Que, el
artĆculo 66 numeral 14 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador,
establece el derecho a la libertad de trƔnsito pero supeditado al control
legal, especialmente cuando se refiere a residencia, entrada y salida del paĆs;
Que, el
artĆculo 154 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador faculta a los
Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas en la Ley, ejercer
la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir acuerdos y resoluciones
administrativas que requieran su gestión;
Que, de
conformidad con el artĆculo 227 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador,
la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige
por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;
Que, el
artĆculo 28 de la Ley de Migración establece que ?La resolución de la jueza o
juez de contravenciones que niega la deportación, deberÔ ser obligatoriamente
elevada en consulta administrativa al Ministro de Gobierno, dentro de los tres
dĆas siguientes a la fecha de su emisión, adjuntĆ”ndose el expediente del caso.?;
Que, el
artĆculo 29 de la Ley de Migración seƱala que ?El Ministro de Gobierno, Cultos,
PolicĆa y Municipalidades podrĆ” confirmar o revocar la resolución elevada en consulta
dentro de los cinco dĆas siguientes al de recepción del expediente, decidiendo
fundamentadamente en mérito de lo actuado. En caso de confirmarse la resolución
que niegue la deportación, serÔ dispuesta la inmediata libertad del extranjero
detenido quien podrÔ ejercer a plenitud sus derechos y la acción de daños y
perjuicios a que hubiere lugar. En caso de revocarse la resolución que niegue
la deportación, serÔ emitida la orden de deportación del extranjero en la forma
que establece esta Ley (…);
Que, de
acuerdo con lo previsto en los artĆculos 35 de la Ley de Modernización del
Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la
Iniciativa Privada; 17 y 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de
la Función Ejecutiva; el Ministro del Interior estÔ autorizado para delegar sus
atribuciones a los funcionarios de la institución que representa cuando lo
estime necesario;
Que, el
artĆculo 59 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, seƱala que cuando las resoluciones administrativas se adopten por
delegación, se harÔ constar expresamente esta circunstancia y se considerarÔn
dictados por la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que
actĆŗa;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 410 publicado en el Registro Oficial Nro. 235 de 14 de
julio de 2010, reformado el 04 de octubre de 2010, se cambió la denominación
del Ministerio de Gobierno, PolicĆa, Cultos y Municipalidades, por la de
?Ministerio del Interior?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1232 de 15 de noviembre de 2016, el seƱor Presidente de
la República del Ecuador acepta la renuncia del Dr. José Ricardo Serrano Salgado
como Ministro del Interior; y, encarga las funciones y atribuciones del cargo
de Ministro del Interior al seƱor Abg. Diego Xavier Fuentes Acosta;
Que, es
necesario racionalizar y desconcentrar la gestión administrativa del Despacho
Ministerial, inclusive en lo atinente a la aplicación y ejecución de las normas
y procedimientos relativos al control migratorio; y,
En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el numeral 1 del artĆculo 154 de la
Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador y los artĆculos 17 y 55 del Estatuto
del RĆ©gimen y JurĆdico Administrativo de la Función Ejecutiva; y,
Acuerda:
ArtĆculo 1.-
DELEGAR al Viceministro/a de Seguridad Interna del Ministerio del Interior o
quien hiciera sus veces, para que a nombre y representación del Titular de
dicha Cartera de Estado, de conformidad con la Ley, ejerza las siguientes
atribuciones:
Confirme o
revoque las resoluciones de las juezas o jueces de contravenciones que niegan
la deportación que al amparo de lo previsto en el artĆculo 28 de la Ley de
Migración son elevadas en consulta administrativa al Ministro del Interior.
Disponga a las
autoridades de menor jerarquĆa realicen todas los actos tendientes al
cumplimiento y ejecución de las resoluciones dictadas en el marco de lo establecido
en el numeral 1 del presente artĆculo.
Disponga a las
autoridades de menor jerarquĆa, analicen y contesten las peticiones y
comunicaciones que se presenten a consecuencia de los requerimientos generados
dentro de las resoluciones emitidas conforme a lo dispuesto en el numeral 1 de
presente artĆculo.
ArtĆculo 2.- De
conformidad con el artĆculo 59 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, los actos emitidos en virtud de la
presente delegación serÔn considerados dictados por el Titular, siendo de
exclusiva responsabilidad del delegado que actĆŗa.
ArtĆculo 3.- El
delegado/a informarÔ periódicamente al Ministro del Interior, las acciones
adoptadas en ejercicio de la presente delegación siendo penal, civil y
administrativamente responsable por los actos que realice o las omisiones en
que incurra en virtud de la presente delegación.
ArtĆculo 4.- El
presente Acuerdo Ministerial, se pondrĆ” en conocimiento de la SecretarĆa
Nacional de la Administración Pública y entrarÔ en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
COMUNĆQUESE y
PUBLĆQUESE.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 03 de enero de 2017.
f.) Diego
Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior (E).
MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de SecretarĆa General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27 de marzo de 2017.- f.)
Ilegible, SecretarĆa General.
Diego Xavier
Fuentes Acosta
MINISTRO DEL
INTERIOR (E)
Considerando:
Que, de
conformidad con el artĆculo 227 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador,
la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige
por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;
Que, el
artĆculo 160 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, en su inciso
segundo establece que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la PolicĆa
Nacional estarĆ”n sujetos a las leyes especĆficas que regulen sus derechos y obligaciones,
y su sistema de ascensos y promociones con base en mƩritos y con criterios de
equidad de género. Se garantizarÔ su estabilidad y profesionalización;
Que, el
artĆculo 163 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, determina que la
PolicĆa Nacional es una institución estatal de carĆ”cter civil, armada, tĆ©cnica,
jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión
es atender la seguridad ciudadana, el orden pĆŗblico, proteger el libre
ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio
nacional; y que sus miembros tendrÔn una formación basada en derechos humanos,
investigación especializada, prevención, control y prevención del delito y
utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de
la fuerza;
Que, el
artĆculo 16 de la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆa Nacional seƱala que la Comandancia
General es el órgano mĆ”ximo de comando y administración de la PolicĆa Nacional,
y que se ejerce a travƩs del Comandante General;
Que, de
conformidad con el artĆculo 90 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, los actos administrativos podrÔn
extinguirse o reformarse en sede administrativa por razones de legitimidad o de
oportunidad;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 362 de 27 de enero del
2011, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael
Correa Delgado, dispuso la reorganización de la PolicĆa Nacional, estableciendo
que su representación legal, judicial y extrajudicial sea asumida por el
Ministerio del Interior, debiƩndose ademƔs implementar las acciones
administrativas tendientes a reorganizar la estructura organizacional y los
segmentos administrativos operativos de la Institución Policial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1232 de 15 de noviembre de 2016, el seƱor Presidente de
la República del Ecuador acepta la renuncia del Dr. José Ricardo Serrano Salgado
como Ministro del Interior; y, encarga las funciones y atribuciones del cargo
de Ministro del Interior al seƱor Abg. Diego Xavier Fuentes Acosta;
Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 2405 de 17 de noviembre de 2011, se conformó la
Comisión Técnica Especializada encargada del trÔmite y autorización de pases,
delegaciones, comisiones, curso y otras actividades profesionales de la PolicĆa
Nacional, conformada por el Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio
del Interior, el Inspector General de la PolicĆa Nacional, el Director General
de Personal de la PolicĆa Nacional, un Asesor de Seguridad del Ministerio del
Interior, el suboficial mĆ”s antiguo de la PolicĆa Nacional y un representante
de los seƱores Clases y PolicĆas;
Que, con
Acuerdo Ministerial No. 2770 de 03 de julio de 2012, se reformó el artĆculo 2
del Acuerdo Ministerial No. 2405 de 17 de noviembre de 2011, en lo relacionado a
la integración de la Comisión Técnica Especializada encargada del trÔmite y autorización
de pases, delegaciones, comisiones, curso y otras actividades profesionales de
la PolicĆa Nacional;
Que, mediante
Oficio No. 2264-CG-2016 de 22 de octubre de 2016, el seƱor Comandante General
de la PolicĆa Nacional, pone en conocimiento del Titular, el contenido del Oficio
No. 2016-601-DGP-DTP de 14 de octubre de 2016, a travƩs del cual el Secretario
de la Comisión Técnica Especializada para el TrÔmite y Autorización de Pases,
Delegaciones, Comisiones, Cursos y otras actividades profesionales de la PolicĆa
Nacional, conforme a la resolución adoptada el 13 de octubre de 2016 en la
Décima Reunión de la Comisión de Pases, solicita la reforma del Acuerdo
Ministerial 2770 de 03 de julio de 2012, con la finalidad que el Comandante General
de la PolicĆa Nacional forme parte de la referida Comisión; y,
En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el artĆculo 154 numeral 1, de la Constitución
de la RepĆŗblica del Ecuador y lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 632, del
17 de enero del 2011,
Acuerda:
Expedir la
reforma al Acuerdo Ministerial No. 2405 de 17 de noviembre de 2011, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 2770 de 03 de julio de 2012, en los siguientes
tƩrminos:
ArtĆculo 1.- Sustituir
el artĆculo 2, por el siguiente texto: ?La Comisión TĆ©cnica estarĆ” integrada
por el Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, quien la presidirĆ”;
el Comandante General de la PolicĆa Nacional; el Director General de Operaciones
de la PolicĆa Nacional, el Director General de Personal de la PolicĆa Nacional,
un Asesor de Seguridad del Ministerio del Interior designado por el Ministro;
el Suboficial mĆ”s antiguo de la PolicĆa Nacional y un representante de los
Clases y PolicĆas?.
ArtĆculo 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de la fecha de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la
Orden General de la PolicĆa Nacional; de su cumplimiento y ejecución, encĆ”rguese
el Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio del Interior y el
Comandante General de la PolicĆa Nacional.
PUBLĆQUESE Y
COMUNĆQUESE.- Dado en D.M. de Quito, a 03 de enero de 2017.
f.) Diego
Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior (E).
MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de SecretarĆa General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27 de marzo de 2017.- f.)
Ilegible, SecretarĆa General.
Diego Xavier
Fuentes Acosta
MINISTRO DEL
INTERIOR (E)
Considerando:
Que, el
artĆculo 30 de la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico, pĆ”rrafo cuarto, establece:
Ā» …Para efectuar estudios regulares de posgrados, reuniones,
conferencias, pasantĆas y visitas de observación en el exterior o en el paĆs,
que beneficien a la Administración Pública, se concederÔ comisión de servicios
hasta por dos años, previo dictamen favorable de la unidad de administración del
talento humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un aƱo de
servicio en la institución donde trabaja…?
Que, el
artĆculo 208 del Reglamento General a la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico,
determina: ?Cuando una servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se
desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de
conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o
fuera del paĆs, se le concederĆ” comisión de servicios con remuneración, percibiendo
viÔticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo
que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno…?
Que, conforme
al Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010,
uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad
ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantĆas democrĆ”ticas
mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia
para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el
artĆculo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la
SecretarĆa Nacional de la Administración PĆŗblica, que contiene la reforma al Reglamento
de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores PĆŗblicos de las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No.
998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre ?VIAJES AL EXTERIOR?
estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerÔrquico
superior, no considerado en los numerales 1, 2 y 3 serƔ autorizado por la mƔxima
autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1232 de 15 de noviembre de 2016, el seƱor Presidente de
la República del Ecuador acepta la renuncia del Dr. José Ricardo Serrano Salgado
como Ministro del Interior; y, encarga las funciones y atribuciones del cargo de
Ministro del Interior al seƱor Abg. Diego Xavier Fuentes Acosta;
Que, con
memorando No. 2015-CGP-DAI-006 del 25 de febrero de 2015, se autorizó la
comisión de servicios al exterior del señor César Salvador Ludeña, quien formó parte
de la delegación que ha participado en el Encuentro de Técnicos y Viceministros
del Eje Seguridad y Defensa PerĆŗ- Ecuador, con la finalidad de consensuar la
Planificación Operativa Anual Binacional POAB 2015, a fin de establecer acciones
puntuales para dar seguimiento a los compromisos presidenciales asumidos,
efectuado en Lima PerĆŗ, los dĆas 05 y 06 de marzo de 2015;
Que, mediante
Resolución No. DATH-2015-0014 del 03 de marzo de 2015, la Dirección de
Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder comisión
de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del señor César Salvador
LudeƱa, Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades
de Control Migratorio;
Que, con
memorando No. MDI-DGF-P-0094-2015 del 18 de marzo de 2015, la Dirección
Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y
disponibilidad de fondos con cargo a las partidas presupuestarias ViƔticos y
subsistencias, y Pasajes, al Exterior, para el pago de los gastos de
desplazamiento del servidor mencionado;
Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 46047 del 24 de agosto de 2015, la
Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el
artĆculo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene
la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo
Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización
extemporĆ”nea del viaje del seƱor CĆ©sar Salvador LudeƱa, en los parĆ”metros ahĆ
establecidos; y,
En ejercicio
de las atribuciones que le confi ere el numeral 1 del artĆculo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador,
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del señor
CƩsar Salvador LudeƱa, Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de
las Unidades de Control Migratorio, a la fecha de la comisión, quien integró la
delegación que ha participado en el Encuentro de Técnicos y Viceministros del
Eje Seguridad y Defensa Perú-Ecuador, con la finalidad de consensuar la Planificación
Operativa Anual Binacional POAB 2015, a fin de establecer acciones puntuales
para dar seguimiento a los compromisos presidenciales asumidos, celebrado en
Lima-PerĆŗ, del 04 al 06 de marzo de 2015, considerando el tiempo adicional
requerido por razones de logĆstica.
Art. 2.- E1
funcionario indicado, deberĆ” presentar el informe ejecutivo concreto y especĆfico
de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad
DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.
Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serÔn legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.
Art. 4.- El
presente Acuerdo Ministerial entrarÔ en vigencia a partir de suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 03 de enero de 2017. f.) Diego Xavier Fuentes
Acosta, Ministro del Interior (E).
MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de SecretarĆa General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27 de marzo de 2017.- f.)
Ilegible, SecretarĆa General.
Abg. Pedro
Solines Chacón
MINISTRO DEL
INTERIOR
Considerando:
Que, la
Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador reconoce en sus artĆculos 41 y 42 el
derecho al asilo y refugio, asà como la prohibición de desplazamiento
arbitrario de las personas que se encuentren en dicha situación, en concordancia
con la Ley y los Instrumentos Internacionales sobre derechos humanos ratificados
por el paĆs;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1182, publicado en el Registro Oficial Nro. 727 de 19 de
junio de 2012, se expidió el Reglamento para la Aplicación en el Ecuador del
Derecho de Refugio establecido en el artĆculo 41 de la Constitución de la
República del Ecuador, las normas contenidas en la Convención de las Naciones
Unidas de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967,
Decreto Ejecutivo que deroga los Decretos Ejecutivos Nros. 3301 de 06 de mayo
de 1992 y 1635 de 07 de abril de 2009;
Que, la
Comisión para determinar la Condición de los/las Refugiados/as en el Ecuador,
conforme dispone el artĆculo 15 del referido Reglamento para la aplicación en
el Ecuador del derecho al Refugio, estarĆ” integrada por un funcionario designado
por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, uno del
Ministerio del Interior y uno del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, con sus respectivos suplentes;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1232 de 15 de noviembre de 2016, el seƱor Presidente de
la República del Ecuador acepta la renuncia del Dr. José Ricardo Serrano Salgado
como Ministro del Interior; y, encarga las funciones y atribuciones del cargo
de Ministro del Interior al seƱor Abogado Diego Xavier Fuentes Acosta;
Que, mediante
Acuerdo Ministerial Nro. 2555 de 02 de julio de 2012, se integró a la
estructura organizacional del Ministerio del Interior la Dirección Nacional de
Migración de la PolicĆa Nacional y sus dependencias a nivel nacional, con todos
sus bienes, recursos, funciones, atribuciones y responsabilidades;
Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 8170 de 03 de enero de 2017, el seƱor Abogado Diego
Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior (E), designa al Doctor Carlos
Julio Machado Vallejo, Asesor Ministerial; y, a los Abogados Juan Javier Torres
Larrea, Director de AsesorĆa JurĆdica, a esa fecha; Sandra Cristina Ullauri
EnrĆquez, Coordinadora General de AsesorĆa JurĆdica (S), a esa fecha; Dayse del
Carmen Valdivieso Ruiz; y, Jennifer Mirella Ajala SƔnchez, en calidad de
representante principal y suplentes respectivamente, del Ministerio del
Interior para que integren la Comisión que determinarÔ la Condición de los/las
Refugiados en el Ecuador, la cual funcionarĆ” hasta el 31 de diciembre del 2017,
con todas las atribuciones que defina su reglamento interno, sin perjuicio de
establecer excepcionalmente Comisiones simultƔneas;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1292 de 4 de enero de 2017, el seƱor Presidente de la
RepĆŗblica del Ecuador Economista Rafael Correa Delgado, cesa el encargo al Abogado
Diego Xavier Fuentes Acosta como Ministro del Interior, y designa como titular
de este Ministerio al señor Abogado Pedro Solines Chacón;
Que, de
conformidad con el artĆculo 90 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, los actos administrativos podrÔn
extinguirse o reformarse en sede administrativa por razones de legitimidad o de
oportunidad;
Que, es
necesario reformar la normativa institucional, con el fin de alcanzar la
correcta aplicación de las disposiciones contenidas en el ordenamiento jurĆdico
vigente; y,
En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el artĆculo 154 de la Constitución de la
RepĆŗblica del Ecuador, inciso primero del artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva;
Acuerda:
ArtĆculo 1.-
Refórmese todo el contenido del artĆculo 1 del Acuerdo Ministerial No. 8170 de
03 de enero de 2017, al tenor del siguiente texto:
?Designar al
Doctor Carlos Julio Machado Vallejo, Asesor Ministerial; y, a los Abogados
Carlos Cabezas-Klaere, Director de AsesorĆa JurĆdica; Sandra Cristina Ullauri EnrĆquez,
Directora de Gestión del Cambio de Cultura Organizacional; Dayse del Carmen
Valdivieso Ruiz; y, Jennifer Mirella Ajala SƔnchez, en calidad de representante
principal y suplentes respectivamente, del Ministerio del Interior, para que
integren la Comisión que determinarÔ la Condición de los/las Refugiados en el
Ecuador, hasta el 31 de diciembre de 2017, con todas las atribuciones que defina
su reglamento interno, sin perjuicio de establecer excepcionalmente Comisiones
simultƔneas?.
ArtĆculo 2.- Ratificar
la vigencia de los artĆculos 2 y 3 del Acuerdo Ministerial No. 8170 de 03 de
enero de 2017.
ArtĆculo 3.- A
travĆ©s de SecretarĆa General procĆ©dase a la notificación del contenido del
presente Acuerdo Ministerial a los servidores que por esta reforma son
designados representante principal y suplentes respectivamente, del Ministerio
del Interior para que integren la Comisión que determinarÔ la Condición de
los/las Refugiados en el Ecuador hasta el 31 de diciembre de 2017.
ArtĆculo
Final.- La reforma que contiene el presente Acuerdo Ministerial, entrarĆ” en
vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el
Registro Oficial.
NOTIFĆQUESE Y
PUBLĆQUESE, Dado en el Distrito Metropolitano de Quito a, 30 de enero de 2017.
f.) Abg. Pedro
Solines Chacón, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de SecretarĆa General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27 de marzo de 2017.- f.)
Ilegible, SecretarĆa General.
LA MINISTRA DE
SALUD PĆBLICA
Considerando:
Que, la
Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, en el artĆculo 154, numeral 1,
dispone a las ministras y ministros de Estado que, ademƔs de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que, el
artĆculo 361 de la citada Constitución de la RepĆŗblica determina: ?El Estado
ejercerĆ” la rectorĆa del sistema a travĆ©s de la autoridad sanitaria nacional,
serĆ” responsable de formular la polĆtica nacional de salud, y normarĆ”, regularĆ”
y controlarĆ” todas las actividades relacionadas con la salud, asĆ como el
funcionamiento de las entidades del sector.?;
Que, la Ley
OrgƔnica de Salud prescribe: ?Art. 4.- La autoridad sanitaria nacional es el
Ministerio de Salud PĆŗblica, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones
de rectorĆa en salud; asĆ como la responsabilidad de la aplicación, control y
vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su plena
vigencia serƔn obligatorias.?;
Que, el
Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva prevĆ©: ?Art.
99.- MODALIDADES.- Los actos normativos podrƔn ser derogados o reformados por
el órgano competente para hacerlo cuando asà se lo considere conveniente. Se
entenderƔ reformado tƔcitamente un acto normativo en la medida en que uno
expedido con posterioridad contenga disposiciones contradictorias o diferentes
al anterior. (?)?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1293 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No.
934 de 31 de enero de 2017, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
nombró como Ministra de Salud PĆŗblica a la doctora MarĆa Verónica Espinosa
Serrano;
Que, a travƩs
del Acuerdo Ministerial No. 00004520 publicado en la Edición Especial del
Registro Oficial No. 118 de 31 de marzo de 2014, se emitió el Estatuto OrgÔnico
Sustitutivo de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud
PĆŗblica, en cuyo artĆculo 12 establece como misión de la Dirección Nacional de
Articulación de la Red Pública y Complementaria de Salud, ?Articular, coordinar,
concertar y asegurar el ejercicio de la rectorĆa sobre las instituciones de la
Red PĆŗblica y Complementaria, desarrollando acciones para garantizar su
funcionamiento integrado, en el marco de las leyes, polĆticas pĆŗblicas y lineamientos
estratƩgicos del sector.?;
Que, con
Acuerdo Ministerial No. 5310 publicado en la Edición Especial del Registro Oficial
No. 439 de 31 de diciembre de 2015, se aprobó y autorizó la publicación de la Norma
Técnica denominada ?Procedimiento de evaluación, selección, calificación y
adquisición de servicios de salud de la Red Pública Integral de Salud y de la
Red Privada Complementaria?;
Que, con
memorando No. MSP-SNGSP-2017-0840 de 6 de abril de 2017, el Subsecretario
Nacional de Gobernanza de la Salud, subrogante, solicita la elaboración del
presente Acuerdo Ministerial para lo que adjunta como sustento el informe
técnico elaborado por la Dirección Nacional de Articulación de la red Pública y
Complementaria de Salud.
En ejercicio
de las atribuciones conferidas por el artĆculo 154, numeral 1 de la
Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador y por el artĆculo 17 del estatuto del
RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva
Acuerda:
Reformar el
Acuerdo Ministerial No. 5310 publicado en la Edición Especial del Registro Oficial
No. 439 de 31 de diciembre de 2015, mediante el cual se aprobó y autorizó la
publicación de la Norma Técnica denominada ?Procedimiento de evaluación,
selección, calificación y adquisición de servicios de salud de la Red Pública Integral
de Salud y de la Red Privada Complementaria?, en la siguiente forma:
Art. 1.- InclĆŗyanse
las siguientes Disposiciones Generales:
?QUINTA.- En
caso de derivaciones por situaciones de urgencia o emergencia, no es necesario
que el prestador cuente con un convenio o contrato suscrito con el financiador/asegurador;
bastarÔ con la calificación/ acreditación del MSP, IESS, ISSFA o ISSPOL, o a
falta de Ʃsta, con el permiso de funcionamiento vigente, otorgado por la
instancia competente de la Autoridad Sanitaria Nacional.
SEXTA.- La
Dirección Nacional de Articulación de la Red Pública y Complementaria de Salud
definirÔ las prioridades para el proceso de calificación conforme a la
información remitida por los subsistemas de la Red Pública Integral de Salud.?.
Art. 2.- SustitĆŗyanse
las Disposiciones Transitorias PRIMERA, SEGUNDA y CUARTA por las siguientes:
?PRIMERA.- Hasta
un plazo no mayor a ocho (8) meses, contados a partir de la publicación del
presente Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial, se aceptarĆ” como habilitante
para considerarse prestador de servicios de la Red PĆŗblica Integral de Salud
(MSP, IESS, ISSFA/FFAA, ISSPOL/PolicĆa Nacional) el permiso de funcionamiento vigente,
otorgado por la instancia competente de la Autoridad Sanitaria Nacional, de
acuerdo al nivel de complejidad que conste en dicho permiso, en los siguientes casos:
1.- Cuando se requiera contar con los
servicios de prestadores que no estƩn acreditados calificados por un subsistema
pĆŗblico; y,
2.- Cuando las acreditaciones/calificaciones
otorgadas por los subsistemas hayan perdido su vigencia.
SEGUNDA.- Las
acreditaciones/calificaciones que a la fecha de entrada en vigencia de este
Acuerdo, estƩn vigentes otorgadas por el MSP, IESS, ISSFA e ISSPOL, serƔn
vÔlidas únicamente hasta que el establecimiento de salud sea calificado en base
a la presente Norma.
CUARTA.- Una
vez finalizado el proceso de calificación, si un prestador no se hubiese
inscrito, perderÔ la acreditación/ calificación otorgada por el MSP, por el
IESS, por el ISSFA o por el ISSPOL; asĆ como la calidad habilitante de
prestador de la RPIS otorgada con el permiso de funcionamiento vigente emitido
por la instancia competente de la Autoridad Sanitaria Nacional.?.
Art. 3.- ElimĆnense
las Disposiciones Transitorias TERCERA, QUINTA Y SEXTA.
DISPOSICIĆN
FINAL
El presente
Acuerdo Ministerial entrarÔ en vigencia a partir de su publicación en el
Registro Oficial y de su ejecución encĆ”rguese a la SubsecretarĆa Nacional de
Gobernanza de la Salud a través de la Dirección Nacional de Articulación de la
Red PĆŗblica y Complementaria de Salud.
DADO EN EL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO a, 19 de abril de 2017.
f.) Dra.
Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud Pública.
Es fiel copia
del documento que reposa en el archivo de la Dirección Nacional de SecretarĆa
General al que me remito en caso necesario.- Lo certifico en Quito, a 19 de
abril de 2017.- f.) Ilegible, SecretarĆa General, Ministerio de Salud PĆŗblica.
LA MINISTRA DE
SALUD PĆBLICA
Considerando:
Que, la
Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, en el artĆculo 154, numeral 1, prevĆ©
que corresponde a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las
atribuciones establecidas en la Ley, ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que, el
artĆculo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada prevé que, cuando la
conveniencia institucional lo requiera, los mƔximos personeros de las instituciones
del Estado dictarƔn acuerdos, resoluciones y oficios que sean necesarios para
delegar sus atribuciones;
Que, el
Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en el
artĆculo 17, establece que ?(?) Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de
su competencia, podrƔn delegar sus atribuciones y deberes al funcionario
inferior jerƔrquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en
comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y
cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y
obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario
delegado (?)?;
Que, las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la
Administración Pública Central e Institucional, serÔn delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren prohibidas
por Ley o por Decreto, segĆŗn lo establece el artĆculo 55 del Estatuto del
RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva;
Que, a travƩs
del Decreto Ejecutivo No. 1293 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 934 de
31 de enero de 2017, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
nombró a la doctora MarĆa Verónica Espinosa Serrano como Ministra de Salud
PĆŗblica;
Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 155, publicado en el Registro Oficial No. 410 de 22 de marzo de
2011, se expidió el ?Instructivo para la Concesión de Auspicios por
parte del Ministerio de Salud Pública, para Actividades de Atención en Salud
con Participación de Profesionales Extranjeros en Misiones Médicas?, cuyo
artĆculo 4 dispone que una vez que se cuente con los informes favorables, se concederĆ”
el auspicio institucional para el desarrollo de la actividad en salud; y,
Que, con
memorando No. MSP-2017-0363-M de 11 de abril de 2017, la Ministra de Salud
PĆŗblica solicita a la Coordinación General de AsesorĆa JurĆdica se elabore el instrumento
correspondiente, a fin de que la concesión de auspicios para actividades de
atención en salud por parte de este Portafolio, sea suscrita por el/la titular
del Viceministerio de Atención Integral en Salud.
En ejercicio
de las atribuciones concedidas en los artĆculos 151 y 154, numeral 1, de la
Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador y en el artĆculo 17 del Estatuto del
RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Delegar
al/la Viceministro/a de Atención Integral en Salud, para que conceda el
auspicio institucional referido en el artĆculo 4 del Acuerdo Ministerial No.
155, publicado en el Registro Oficial No. 410 de 22 de marzo de 2011, para el
desarrollo de las actividades de atención en salud como brigadas, campañas,
jornadas, entre otras, a las personas naturales o jurĆdicas, pĆŗblicas y
privadas, con o sin fines de lucro que tengan interƩs en realizar dichas
actividades en el paĆs, siempre que cumplan con las condiciones previstas en el
Acuerdo Ministerial No. 155
Art. 2.- El/la
delegado/a responderĆ” directamente por los actos realizados en ejercicio de la
presente delegación, debiendo someter sus actuaciones a las disposiciones constitucionales,
legales y reglamentarias.
DISPOSICIĆN
FINAL
El presente
Acuerdo Ministerial entrarÔ en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 19 de abril de 2017.
f.) Dra.
Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud Pública. Es fiel copia del
documento que reposa en el archivo de la Dirección Nacional de SecretarĆa
General al que me remito en caso necesario.- Lo certifico en Quito, a 19 de
abril de 2017.- f.) Ilegible, SecretarĆa General, Ministerio de Salud PĆŗblica.
MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS
Nro. 1476
Ćngela
Cristina GonzƔlez Camacho
SUBSECRETARIA
DE DERECHOS
HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento Nro. 220, de
27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos;
Que el
artĆculo 154, nĆŗmero 1 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión?;
Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 410, publicado en el Registro Oficial 235, de 14 de julio de
2010, el señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael
Correa, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser competencia del
?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominación, por ?Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;
Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro Oficial, Suplemento Nro. 218, de
03 de abril de 2014, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos a la doctora
Ledy Andrea Zúñiga Rocha;
Que mediante
Acuerdo Ministerial Nro. 0082 de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegó a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobación de personalidad jurĆdica, reforma de estatutos, disolución y
cancelación de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;
Que mediante
Acción de Personal Nro. 002582 de 24 de febrero de 2017, se nombró a Ćngela
Cristina GonzƔlez Camacho, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos, a
partir del 23 de febrero de 2017;
Que el
artĆculo 66 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, numerales 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos??; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;
Que el
artĆculo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial Nro. 547, de
23 de julio de 1937, señala: ?Las diócesis y las demÔs organizaciones
religiosas de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren
en el paĆs, para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarĆ”n al
Ministerio de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno
y administración de sus bienes, asà como el nombre de la persona que, de
acuerdo con dicho Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido
Estatuto se determinarĆ” el personal que constituya el mencionado organismo, la
forma de elección y renovación del mismo y las facultades de que estuviere investido?;
Que la Reforma
Integral del Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos publicada en el Registro Oficial
Suplemento No. 116 de 28 de marzo de 2014, establece en el artĆculo 3, numeral
2 como uno de los objetivos de esta Cartera el ?Impulsar la libertad de religión,
creencia y conciencia con responsabilidad para el mantenimiento de la paz
social; y regular su adecuado accionar en la sociedad?;
Que el
Estatuto mencionado en el considerando anterior establece en el numeral 2.1.1.,
literal b), numeral 45, como responsabilidad de la SubsecretarĆa de Derechos
Humanos y Cultos ? Apoyar la gestión de polĆticas de protección al ejercicio de
la libertad a practicar una religión, creencia o no prÔctica religiosa?; y, en
el numeral 2.1.1.3, literal b), numeral 16 señala que la Dirección de
Regulación y Promoción de la Libertad de Religión, Creencia y Conciencia, departamento
que pertenece a la SubsecretarĆa mencionada, tiene entre otras
responsabi