n

n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la RepĂșblica del Ecuador

n

n Jueves, 10 de Mayo de 2012 – R. O. No. 700

n

n SUMARIO

n

n Ejecutivo

n

n Decretos

n

n

n

n 1143 NĂłmbrase al señor Crnl. Luna Espinel JosĂ© Fernando, como Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en la RepĂșblica de PerĂș

n

n 1144 Nómbrase agregados de defensa a los señores oficiales superiores Crnl EMC. AVC. Pasquel Carrera Jorge Patricio y Crnl. EM. Luna Jåcome Edwin Enrique

n

n 1145 Dase de baja de la Fuerza Aérea Ecuatoriana al señor Crnl. EMT. AVC. Bruzzone Galårraga Pedro Rolando

n

n 1146 Dase de baja de las Fuerzas Armadas al señor Grad. Cårdenas Proaño Luis Patricio

n

n 1147 Dase de baja de las filas de la institución policial al señor Crnl. de Policía de E.M. Fernando Salomón Zårate Salazar

n

n 1148 Dase de baja de la institución policial al señor Coronel de Policía de E.M. José Manuel Rivadeneira Rivadeneira

n

n 1149 Dase de baja de las filas de la institución policial al señor Coronel de Policía de E.M. Miguel Ángel Chiriboga Hurtado

n

n 1150 NĂłmbrase al señor Patricio ChĂĄvez Zavala, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de KazajstĂĄn, con sede en MoscĂș, Rusia

n

n Ministerio Coordinador de Patrimonio:

n

n Acuerdos

n

n 008-MCP-2012 Dispónese que el sociólogo Juan Carlos Coellar, Secretario Técnico de esta Cartera de Estado subrogue al señor Ministro

n

n Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

n

n 0349 Acéptase la solicitud de repatriación del ciudadano Fernåndez Quintero Edwin Alexander y dispónese que sea trasladado a un centro de rehabilitación social en territorio colombiano

n

n 0350 Acéptase la solicitud de repatriación del ciudadano Pantoja Jorge Oliver y dispónese que sea trasladado a un centro de rehabilitación social en territorio colombiano ?

n

n Acuerdos

n

n 0351 Acéptase la solicitud de repatriación del ciudadano Silvio Enrique Angulo Landåzury y dispónese que sea trasladado a un centro de rehabilitación social en territorio colombiano

n

n Ministerio de Salud PĂșblica:

n

n 00000621 Dase a conocer, que la medicina familiar, al tener estudios de postgrados reconocidos en el país, constituye y tiene validez como especialidad y solicítase al Ministerio de Relaciones Laborales expida la norma técnica para el efecto, previo estudio técnico y dictamen favorable del Ministerio de Finanzas

n

n 00000622 DerĂłgase el Acuerdo Ministerial No. 0453, publicado en el Registro Oficial No. 646 de 31 de julio del 2009

n

n 00000623 DispĂłnese la subrogaciĂłn de funciones del Despacho Ministerial al Dr. Miguel Malo Serrano, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud

n

n Ministerio de Transporte y Obras PĂșblicas:

n

n 020 Desconcéntrase las competencias, atribuciones, productos y responsabilidades de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, a las direcciones provinciales

n

n SecretarĂ­a Nacional de EducaciĂłn Superior, Ciencia, TecnologĂ­a e InnovaciĂłn:

n

n 2012-016 Desígnase a varios funcionarios de esta Secretaría delegados, para que integren el Consejo Superior de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Empresa

n

n 2012-017 Desígnase a varios funcionarios delegados para que representen a esta Secretaría en el Comité Técnico Tripartito para la Ejecución del Convenio de Cooperación MIPRO-SENESCYT-Municipio de Quito para la implementación de un parque tecnológico en el Distrito Metropolitano de Quito

n

n 2012-018 DesĂ­gnase a varios funcionarios delegados para que representen a esta SecretarĂ­a en la ComisiĂłn Nacional de Bioseguridad

n

n ProcuradurĂ­a General del Estado:

n

n

n

n Extractos

n

n – Extractos de consultas, diciembre del 2011

n

n

n

n Agencia Nacional Postal:

n

n

n

n Resoluciones

n

n 26-DE-ANP-2012 ExpĂ­dese el Reglamento para la PrestaciĂłn del Servicio Postal para el RĂ©gimen Especial de la Provincia de GalĂĄpagos

n

n Comité de Comercio Exterior:

n

n 51 DispĂłnese que para las importaciones de vehĂ­culos, automĂłviles y demĂĄs vehĂ­culos terrestres, sus partes, piezas y accesorios, clasificables en el CapĂ­tulo 87 y en la Subpartida 9808.00.00.94 del Arancel Nacional de Importaciones se regirĂĄn por varias disposiciones

n

n Consejo Nacional de Valores:

n

n CNV.002.2012 IncorpĂłrase en el TĂ­tulo I Disposiciones Comunes a la InscripciĂłn en el Registro del Mercado de Valores de la CodificaciĂłn de las Resoluciones expedidas por C.N.V.

n

n DirecciĂłn General de AviaciĂłn Civil:

n

n 047/2012 Apruébanse los ?Lineamientos generales para garantizar la protección al pasajero y libre endoso?

n

n Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

n

n 001-2012 CD-IEPI Apruébase la pro forma presupuestaria para el año 2012

n

n 002-2012 CD-IEPI Apruébase el informe No. 190-2012-UATH-IEPI y el cuadro de cumplimiento de requisitos presentado por la Unidad de Administración de Recursos Humanos

n

n

n

n Unidad de AnĂĄlisis Financiero: Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos:

n

n UAF-DG-2012-0038 ExpĂ­dese el Instructivo de gestiĂłn de reportes para la prevenciĂłn de lavado de activos y financiamiento del terrorismo de las instituciones de los sistemas financiero y de seguro privado

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n – Gobierno AutĂłnomo Descentralizado Municipal del CantĂłn Arenillas: Que reglamenta la administraciĂłn, control y recaudaciĂłn del impuesto vehicular

n

n

n

n 10-2011 Gobierno AutĂłnomo Descentralizado Municipal del CantĂłn Colta: Que regla-menta la determinaciĂłn, administraciĂłn, control, recaudaciĂłn y cobro del impuesto anual de patentes municipales

n

n

n

n CONTENIDO

n

n

n n n

n NÂș 1143

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que de conformidad con el Art. 41 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serån nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas?;

n

n Que el señor Presidente del Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, mediante oficio NÂș 2010-0185- SCOGFT de fecha 5 de agosto del 2010, dirigido al señor Director General de Recursos Humanos de la Fuerza Terrestre, comunica que de conformidad con el Art. 38, literal d) de la Ley OrgĂĄnica de la Defensa Nacional, el Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, mediante resoluciĂłn de fechas 19 y 20 de julio del 2010, califica y selecciona al señor Crnl. Luna Espinel JosĂ© Fernando, para que cumpla las funciones de Agregado Militar a las embajadas, adjuntas a las agregadurĂ­as militares y representantes ante los organismos internacionales;

n

n Que el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mediante oficio NÂș 12-G-1-a1-90 de 9 de marzo del 2012, remite al Ministerio de Defensa Nacional el proyecto de decreto ejecutivo, mediante el cual se nombra al señor Crnl. Luna Espinel JosĂ© Fernando para que cumpla las funciones diplomĂĄticas en el exterior, de conformidad a lo previsto en el Art. 41 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;

n

n Que el señor Comandante General de la Fuerza Terrestre, mediante memo N° 2011-005-DGRHE-kz de 14 de febrero del 2011, dispone al señor Crnl. Luna Espinel JosĂ© Fernando, desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la RepĂșblica de PerĂș con sede en Lima, en reemplazo del señor Crnl. Enrique FabiĂĄn UrrĂ©sta Quito, el cual se encuentra con la baja segĂșn Orden General Ministerial NÂș 250 de fecha 30 de noviembre del 2010; y,

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĂ­culo 147, numeral 5 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica; en concordancia con el artĂ­culo 41 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Terrestre a travĂ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n

n Decreta:

n

n Art. 1.- Nombrar al señor Crnl. Luna Espinel JosĂ© Fernando, 1500174725 como Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en la RepĂșblica de PerĂș, con sede en Lima a partir del 11 de agosto del 2012 hasta el 11 de febrero del 2014.

n

n Art. 2.- El mencionado señor oficial percibirå las asignaciones económicas determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Sección Fuerza Terrestre.

n

n Art. 3.- Los señores ministros de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el señor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.

n

n Dado en el Palacio Nacional, Quito D. M., a 19 de abril del 2012.

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración. Documento con firmas electrónicas.

n

n NÂș 1144

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n Considerando:

n

n Que de conformidad con el Art. 41 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serån nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas?;

n

n Que el señor Comandante General de la Fuerza AĂ©rea Ecuatoriana, mediante memorando NÂș 2011-0539-EE-O de 15 de diciembre del 2011, dirigido al señor Director General de Recursos Humanos de la FAE, comunica que de conformidad con el Art. 38, literal d) de la Ley OrgĂĄnica de la Defensa Nacional, el Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza AĂ©rea Ecuatoriana en sesiĂłn efectuada el 4 de octubre del 2011, designa a los señores coroneles Jorge PasquĂ©l Carrera; y Edwin Luna JĂĄcome para que cumplan las funciones de agregados de defensa;

n

n Que el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mediante Oficio NÂș 12-G-1-a1-64 de 13 de febrero del 2012, remite al Ministerio de Defensa Nacional el proyecto de decreto ejecutivo, mediante el cual se nombra a los señores coroneles Jorge PasquĂ©l Carrera; y Edwin Luna JĂĄcome para que cumplan las funciones diplomĂĄticas en el exterior, de conformidad a lo previsto en el Art. 41 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y,

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĂ­culo 147, numeral 5 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica; en concordancia con el artĂ­culo 41 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza AĂ©rea a travĂ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n

n Decreta:

n

n Art. 1.- Nombrar a los siguientes señores oficiales superiores de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, para que desempeñen las funciones diplomåticas que se detallan a continuación:

n

n CRNL. EMC. AVC. PASQUEL CARRERA JORGE PATRICIO, como Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en la RepĂșblica de PerĂș, con sede en Lima, a partir del 1 de mayo del 2012 hasta el 31 de octubre del 2013.

n

n CRNL. EM. LUNA JÁCOME EDWIN ENRIQUE, como Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en Brasil, con sede en la ciudad de Brasilia, a partir del 1 de julio del 2012 al 31 de diciembre del 2013.

n

n Art. 2.- Los mencionados señores oficiales percibirån las asignaciones económicas determinadas en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Sección Fuerza Aérea Ecuatoriana.

n

n Art. 3.- Los señores ministros de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el señor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.

n

n Dado en el Palacio Nacional, Quito D. M., a 19 de abril del 2012.

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n Documento con firmas electrĂłnicas.

n

n NÂș 1145

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n Considerando:

n

n Que de conformidad al Art. 65 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?la situación militar para los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, se establecerå por Decreto Ejecutivo?;

n

n Que el artĂ­culo 87 literal a) en concordancia con el Art. 75 de la vigente Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, establece que el militar serĂĄ dado de baja, entre otras causales, por renunciar a todo o parte del tiempo de disponibilidad, para solicitar directamente su baja;

n

n Que el señor Crnl. Emt. Avc. Bruzzone Galårraga Pedro Rolando, al amparo de los artículos mencionados en el considerando anterior, presenta el 29 de febrero del 2012 en la Comandancia General de la Fuerza Aérea, su solicitud de renuncia a parte del tiempo de disponibilidad que le resta, para salir con la baja de la institución con fecha 31 de marzo del 2012;

n

n Que el señor Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, remite la solicitud de renuncia a la disponibilidad y el proyecto de decreto ejecutivo, para dar de baja con fecha 31 de marzo del 2012 al mencionado señor Oficial Superior de la

n

n Fuerza AĂ©rea Ecuatoriana, de conformidad al Art. 87, literal a) en concordancia con el Art. 75 de la vigente Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y,

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĂ­culo 65 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas,

n

n Decreta:

n

n Art. 1Âș. Dar de baja de la Fuerza AĂ©rea, con fecha 31 de marzo del 2012, de conformidad con el artĂ­culo 87 literal a) en concordancia con el Art. 75 de la vigente Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, al señor 170416431-6 Crnl. EMT. AVC. Bruzzone GalĂĄrraga Pedro Rolando, quien fue colocado en situaciĂłn de disponibilidad a partir del 31 de octubre del 2011, previa resoluciĂłn del Consejo de Oficiales Generales FAE, en sesiĂłn permanente efectuada los dĂ­as 12 y 13 de septiembre del 2011, de conformidad con el Art. 76 lit. f) de la vigente Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, mediante Decreto Ejecutivo NÂș 1003, expedido el 9 de enero del 2012.

n

n Art. 2Âș. De la ejecuciĂłn del presente decreto ejecutivo, que entrarĂĄ en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial, encĂĄrguese el Ministro de Defensa Nacional.

n

n PublĂ­quese y comunĂ­quese.

n

n Dado, en el Palacio Nacional en Quito, a 19 de abril del 2012.

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n Documento con firmas electrĂłnicas.

n

n NÂș 1146

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n Considerando:

n

n Que de conformidad al Art. 65 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?la situación militar para los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, se establecerå por Decreto Ejecutivo?;

n

n

n

n Que el Art. 87, literal a) ibídem establece que el militar serå dado de baja por una de las siguientes causas: a) ?Solicitud voluntaria?; en concordancia con el Art. 75 de la misma ley que dice ?El militar tendrå derecho hasta seis meses de disponibilidad, si acreditare por los menos cinco años de servicio activo y efectivo ininterrumpido pudiendo renunciar o todo o parte del tiempo de disponibilidad, para solicitar directamente su baja?;

n

n

n

n Que el señor Grad. Cårdenas Proaño Luis Patricio, al amparo del artículo mencionado en el considerando anterior, presenta su solicitud de fecha 31 de marzo del 2012, mediante el cual renuncia al tiempo de disponibilidad para acogerse a la baja directa;

n

n

n

n Que el señor Comandante General de la Fuerza Terrestre, mediante oficio NÂș 012-204-E-1-KW de 22 de marzo del 2012, remite el proyecto de decreto ejecutivo para dar de baja con fecha 31 de marzo del 2012, al señor Oficial General de la Fuerza Terrestre de conformidad al Art. 87, literal a), en concordancia con el Art. 75 de la vigente Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĂ­culo 147, numeral 5 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica; en concordancia con el artĂ­culo 65 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Dar de baja de las Fuerzas Armadas (Fuerza Terrestre) con fecha 31 de marzo del 2012, al señor 1704373305 Grad. Cårdenas Proaño Luis Patricio de conformidad al Art. 87, literal a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, que establece: ?El militar serå dado de baja por una de las siguientes causas: a) Solicitud voluntaria?.

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo, que entrarå en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encårguese el señor Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n PublĂ­quese y comunĂ­quese.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, Quito, D. M., a 19 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n Documento con firmas electrĂłnicas.

n

n

n

n NÂș 1147

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante ResoluciĂłn NÂș 2012-258-CsG-PN de 23 de marzo del 2012 emitida por el H. Consejo de Generales de la PolicĂ­a Nacional, resuelve aceptar la solicitud de baja

n

n

n

n Voluntaria de las filas de la institución policial solicitada por el señor Coronel de Policía de E. M. Fernando Salomón Zårate Salazar;

n

n

n

n Que, el señor Ministro del Interior, previa solicitud del señor Comandante General de la PolicĂ­a Nacional, que consta en oficio NÂș 2012-0898-CsG-PN de 29 de marzo del 2012, solicita al señor Presidente de la RepĂșblica, emita el correspondiente decreto ejecutivo, mediante el cual con fecha de su expediciĂłn se proceda a dar de baja de las filas policiales al señor Coronel de PolicĂ­a de E. M. Fernando SalomĂłn ZĂĄrate Salazar;

n

n

n

n De conformidad con lo que dispone el Art. 65 reformado mediante Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la PolicĂ­a Nacional, publicada en el Registro Oficial NÂș 607-S de junio 8 del 2009, en concordancia con el Art. 66, literal a) de la citada ley; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 147 numeral 5 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Dar de Baja de las filas de la institución policial con fecha de expedición del presente decreto, al señor Coronel de Policía de E.M. Fernando Salomón Zårate Salazar, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria, de conformidad con lo que establece el Art. 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional.

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecuciĂłn de este decreto que entrarĂĄ en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial, encĂĄrguese el Ministro del Interior.

n

n

n

n Dado, en el Palacio Nacional, Quito, D. M., a 19 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n

n

n f.) José Serrano Delgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Documento con firmas electrĂłnicas.

n

n

n

n NÂș 1148

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante ResoluciĂłn NÂș 2012-246-CsG-PN de 20 de marzo del 2012, emitida por el H. Consejo de Generales de la PolicĂ­a Nacional, resuelve aceptar la solicitud de baja voluntaria de las filas de la instituciĂłn policial solicitada por el señor Coronel de PolicĂ­a de E.M. JosĂ© Manuel Rivadeneira Rivadeneira;

n

n

n

n Que, el señor Ministro del Interior, previa solicitud del señor Comandante General de la PolicĂ­a Nacional que consta en oficio NÂș 2012-0896-CsG-PN de 29 de marzo del 2012, solicita al señor Presidente de la RepĂșblica, emita el correspondiente decreto ejecutivo, mediante el cual con fecha de su expediciĂłn se proceda a dar de baja de las filas policiales al señor Coronel de PolicĂ­a de E.M. JosĂ© Manuel Rivadeneira Rivadeneira;

n

n

n

n De conformidad con lo que dispone el Art. 65 reformado mediante Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la PolicĂ­a Nacional, publicada en el Registro Oficial NÂș 607-S de junio 8 del 2009, en concordancia con el Art. 66, literal a) de la citada ley; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 147 numeral 5 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Dar de baja de las filas de la institución policial con fecha de expedición del presente decreto, al señor Coronel de Policía de E. M. José Manuel Rivadeneira Rivadeneira, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria, de conformidad con lo que establece el Art. 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional.

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecuciĂłn de este decreto que entrarĂĄ en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial, encĂĄrguese el Ministro del Interior.

n

n

n

n Dado, en el Palacio Nacional, Quito D. M., a 19 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Documento con firmas electrĂłnicas.

n

n

n

n NÂș 1149

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante ResoluciĂłn NÂș 2012-257-CsG-PN de 23 de marzo del 2012, emitida por el H. Consejo de Generales de la PolicĂ­a Nacional, resuelve aceptar la solicitud de baja voluntaria de las filas de la InstituciĂłn Policial solicitada por el señor Coronel de PolicĂ­a de E.M. Miguel Ángel Chiriboga Hurtado;

n

n

n

n Que, el señor Ministro del Interior, previa solicitud del señor Comandante General de la PolicĂ­a Nacional que consta en oficio NÂș 2012-0897-CsG-PN de 29 de marzo del 2012, solicita al señor Presidente de la RepĂșblica, emita el correspondiente decreto ejecutivo, mediante el cual con fecha de su expediciĂłn se proceda a dar de baja de las filas policiales al señor Coronel de PolicĂ­a de E.M. Miguel Ángel Chiriboga Hurtado;

n

n

n

n De conformidad. con lo que dispone el Art. 65 reformado mediante Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la PolicĂ­a Nacional, publicada en el Registro Oficial NÂș 607-S de junio 8 del 2009, en concordancia con el Art. 66, literal a) de la citada ley; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 147 numeral 5 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Dar de baja de las filas de la institución policial con fecha de expedición del presente decreto, al señor Coronel de Policía de E.M. Miguel Ángel Chiriboga Hurtado, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria, de conformidad con lo que establece el Art. 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional.

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecuciĂłn de este decreto que entrarĂĄ en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial, encĂĄrguese el Ministro del Interior.

n

n

n

n Dado, en el Palacio Nacional, Quito D. M., a 19 de abril del 2012. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Documento con firmas electrĂłnicas.

n

n

n

n NÂș 1150

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 10 del artĂ­culo 147 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica, prevĂ© como una de las atribuciones del Presidente de la RepĂșblica, nombrar y remover a embajadores y jefes de misiĂłn;

n

n

n

n Que, el Gobierno de KazajstĂĄn ha otorgado el beneplĂĄcito de estilo para la designaciĂłn del señor Patricio ChĂĄvez Zavala, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de KazajstĂĄn, con sede en MoscĂș, Rusia; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ConstituciĂłn de la RepĂșblica,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Nombrar al señor Patricio ChĂĄvez Zavala, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de KazajstĂĄn, con sede en MoscĂș, Rusia.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo, encárguese al Ministro de Relaciones Exteriores Comercio e Integración.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica.

n

n

n

n f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Documento con firmas electrĂłnicas.

n

n

n

n No. 008-MCP-2012

n

n

n

n María Fernanda Espinosa Garcés

n

n MINISTRA COORDINADORA DE PATRIMONIO

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 117/A, publicado en el Registro Oficial No. 33 de 5 de marzo del 2007 se creĂł el Ministerio de CoordinaciĂłn de Patrimonio Natural y Cultural, hoy denominado Ministerio de CoordinaciĂłn de Patrimonio;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 102 de 19 de octubre del 2009, se nombra a la Dra. María Fernanda Espinosa Garcés como Ministra de Coordinación de Patrimonio;

n

n

n

n Que, en la ciudad de ParĂ­s se realizarĂĄ el Foro Internacional ?Les enjeux de Rio+20: propositions et perspectives? del 28 al 30 de marzo del 2012;

n

n

n

n Que, mediante carta de fecha 31 de enero del 2012 remitida por el señor Edgar Morin, Président de IŽInstitut International de Recherche, Politique de Civilisation, donde se invita a la Sra. Ministra María Fernanda Espinosa, al Internacional ?Les enjeux de Rio+20: propositions et perspectives? del 28 al 30 de marzo del 2012, en la ciudad de Paris;

n

n

n

n Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 16882 de 26 de marzo del 2012, la Dra. MarĂ­a Fernanda Espinosa solicita autorizaciĂłn para su desplazamiento a Paris- Francia, a fin de asistir al mencionado evento;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo No. 1105 de 26 de marzo del 2012, el Sr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĂłn PĂșblica, concede el permiso requerido por la Sra. Ministra Coordinadora de Patrimonio;

n

n

n

n Que, la subrogaciĂłn segĂșn el Art. 126 de la Ley OrgĂĄnica del Servicio PĂșblico cabe: ?cuando por disposiciĂłn de la ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerĂĄrquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente?, en concordancia con el Art. 270 de su reglamento; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artĂ­culo 154, numeral 1 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica del Ecuador; y, de los artĂ­culos 17 y 55 del Estatuto del RĂ©gimen JurĂ­dico y

n

n

n

n Administrativo de la FunciĂłn Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Que el sociĂłlogo Juan Carlos Coellar, Secretario TĂ©cnico de esta Cartera de Estado, subrogue el puesto de Ministro Coordinador de Patrimonio del 27 de marzo al 1 de abril del 2012, por cuanto su titular asistirĂĄ al Foro Internacional ?Les enjeux de Rio+20: propositions et perspectives? que se llevarĂĄ a cabo en la ciudad de ParĂ­s – Francia.

n

n

n

n Art. 2.- Que el biĂłlogo Tarsicio Granizo Tamayo, Coordinador General de PolĂ­tica, PlanificaciĂłn, Seguimiento y EvaluaciĂłn de GestiĂłn Patrimonial, subrogue el puesto de Secretario TĂ©cnico del Ministerio de CoordinaciĂłn de Patrimonio del 27 de marzo al 1 de abril del 2012.

n

n

n

n Art. 3.- El presente acuerdo entrarĂĄ en vigencia a partir de su expediciĂłn, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte y seis días del mes de marzo del año dos mil doce.

n

n

n

n ComunĂ­quese y publĂ­quese.

n

n

n

n f.) María Fernanda Espinosa Garcés, Ministra Coordinadora de Patrimonio.

n

n

n

n

n

n No. 0349

n

n

n

n Dra. Johana PesĂĄntez BenĂ­tez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

n

n Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĂłn ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 748 de 14 de noviembre del 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 220 de 27 de noviembre del 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235 de 14 de julio del 2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominaciĂłn de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 355 de 5 de enero del 2011, el señor Presidente Constitucional de la RepĂșblica, economista Rafael Correa Delgado, designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como autoridad central para el conocimiento y aplicaciĂłn de todos los convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 772 de 13 de mayo del 2011, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana PesĂĄntez BenĂ­tez;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 64 MRECI-SALC-DRVS-2012, de 10 de enero del 2012, Luis Ignacio Vayas Valdivieso, Subsecretario de AmĂ©rica Latina y El Caribe (E) del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĂłn del Ecuador, remite a esta Cartera de Estado copia certificada de la nota verbal No. DIMCS No. 69643, suscrita en BogotĂĄ, el 16 de diciembre del 2011, por la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, relativa al addĂ©mdum modificatorio al ?Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĂłn de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĂșblica del Ecuador y el Gobierno de Colombia? en la cual expresa que: ?El Gobierno de Colombia encuentra que ?la modificaciĂłn consiste en habilitar al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la RepĂșblica del Ecuador, para adelantar las funciones anteriormente adscritas a la Corte Suprema de Justicia de ese paĂ­s en lo relacionado con dicho Reglamento?. En este sentido, y teniendo en cuenta que este cambio obedece a disposiciĂłn presidencial de la RepĂșblica de Ecuador, mediante el cual se designĂł al mencionado Ministerio como la autoridad central para la ejecuciĂłn de este tipo de convenios, no observamos dificultad alguna para la realizaciĂłn de las modificaciones planteadas?;

n

n

n

n Que, mediante sentencia de 22 de septiembre del 2003, dictada por el Tribunal Penal Cuarto de Pichincha se determina que el ciudadano colombiano FernĂĄndez Quintero Edwin Alexander, ha sido privado de su libertad;

n

n

n

n Que, mediante carta dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, sin fecha, el señor Fernåndez Quintero Edwin Alexander, expresa su voluntad de retornar a Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha sentencia privativa de libertad; y,

n

n

n

n Que, en virtud de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados en los artĂ­culos 5, 6, 7, 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĂłn de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĂșblica del Ecuador y el Gobierno de la RepĂșblica de Colombia, y el artĂ­culo 3 del Reglamento Operativo para el Traslado de Personas Sentenciadas entre las RepĂșblicas de Ecuador y Colombia,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aceptar la solicitud de repatriaciĂłn del ciudadano FernĂĄndez Quintero Edwin Alexander y disponer que sea trasladado a un centro de rehabilitaciĂłn social en territorio colombiano, donde cumplirĂĄ el resto de su sentencia privativa de libertad.

n

n

n

n Art. 2.- Entregar la custodia del ciudadano colombiano FernĂĄndez Quintero Edwin Alexander, a las autoridades competentes que el Gobierno de Colombia para el efecto hubiere designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

n

n

n

n Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a FernĂĄndez Quintero Edwin Alexander y las demĂĄs entidades involucradas en el procedimiento, quienes prestarĂĄn las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriaciĂłn.

n

n

n

n El presente acuerdo entrarĂĄ en vigencia a partir de su suscripciĂłn, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial.

n

n

n

n ComunĂ­quese y publĂ­quese.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 20 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) Dra. Johana PesĂĄntez BenĂ­tez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los archivos de la SecretarĂ­a General.- Fecha: 17 de febrero del 2012.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n No. 0350

n

n

n

n Dra. Johana PesĂĄntez BenĂ­tez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

n

n Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĂłn ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 748 de 14 de noviembre del 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 220 de 27 de noviembre del 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235 de 14 de julio del 2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominaciĂłn de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 592 de 22 de diciembre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 355 de 5 de enero del 2011, el señor Presidente Constitucional de la RepĂșblica, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como autoridad central para el conocimiento y aplicaciĂłn de todos los convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 772 de 13 de mayo del 2011, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana PesĂĄntez BenĂ­tez;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 64 MRECI-SALC-DRVS-2012, de 10 de enero del 2012, Luis Ignacio Vayas Valdivieso, Subsecretario de AmĂ©rica Latina y El Caribe (E) del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĂłn del Ecuador, remite a esta Cartera de Estado copia certificada de la nota verbal No. DIMCS No. 69643, suscrita en BogotĂĄ, el 16 de diciembre del 2011, por la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, relativa al addĂ©mdum modificatorio al ?Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĂłn de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĂșblica del Ecuador y el Gobierno de Colombia? en la cual expresa que: ?El Gobierno de Colombia encuentra que ?la modificaciĂłn consiste en habilitar al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la RepĂșblica del Ecuador, para adelantar las funciones anteriormente adscritas a la Corte Suprema de Justicia de ese paĂ­s en lo relacionado con dicho Reglamento?. En este sentido, y teniendo en cuenta que este cambio obedece a disposiciĂłn presidencial de la RepĂșblica de Ecuador, mediante el cual se designĂł al mencionado Ministerio como la autoridad central para la ejecuciĂłn de este tipo de convenios, no observamos dificultad alguna para la realizaciĂłn de las modificaciones planteadas?;

n

n

n

n Que, mediante sentencia de 4 de noviembre del 2008, dictada por el Tribunal Penal Cuarto de Pichincha, se determina que el ciudadano colombiano Pantoja Jorge Oliver, ha sido privado de su libertad;

n

n

n

n Que, mediante carta dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de fecha 11 de marzo del 2011, el señor Pantoja Jorge Oliver expresa su voluntad de retornar a Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha sentencia privativa de libertad;

n

n

n

n

n

n Que, este Ministerio considera que la repatriaciĂłn del ciudadano colombiano Pantoja Jorge Oliver, responde a motivos humanitarios dado que la reunificaciĂłn familiar, la convivencia en un ambiente cultural, econĂłmico y social propio, contribuirĂĄ para una armĂłnica y efectiva rehabilitaciĂłn; y,

n

n

n

n

n

n Que, en virtud de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados en los artĂ­culos 5, 6, 7, 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĂłn de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĂșblica del Ecuador y el Gobierno de la RepĂșblica de Colombia; y, el artĂ­culo 3 del Reglamento Operativo para el Traslado de Personas Sentenciadas entre las RepĂșblicas de Ecuador y Colombia,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aceptar la solicitud de repatriaciĂłn del ciudadano Pantoja Jorge Oliver y disponer que sea trasladado a un centro de rehabilitaciĂłn social en territorio colombiano, donde cumplirĂĄ el resto de su sentencia privativa de libertad.

n

n

n

n Art. 2.- Entregar la custodia del ciudadano Pantoja Jorge Oliver, a las autoridades competentes que el Gobierno de la RepĂșblica de Colombia para el efecto hubiere designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

n

n

n

n Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a Pantoja Jorge Oliver y las demĂĄs entidades involucradas en el procedimiento, quienes prestarĂĄn las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriaciĂłn.

n

n

n

n El presente acuerdo entrarĂĄ en vigencia a partir de su suscripciĂłn, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial.

n

n

n

n ComunĂ­quese y publĂ­quese.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 20 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) Dra. Johana PesĂĄntez BenĂ­tez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a tres fojas reposa en los archivos de la SecretarĂ­a General.- Fecha: 17 de febrero del 2012.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n No. 0351

n

n

n

n Dra. Johana PesĂĄntez BenĂ­tez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

n

n Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĂłn ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 748 de 14 de noviembre del 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 220 de 27 de noviembre del 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235 de 14 de julio del 2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominaciĂłn de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 592 de 22 de diciembre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 355, de 5 de enero del 2011, el señor Presidente Constitucional de la RepĂșblica, economista Rafael Correa Delgado, designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como autoridad central para el conocimiento y aplicaciĂłn de todos los convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 772 de 13 de mayo del 2011, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĂșblica nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana PesĂĄntez BenĂ­tez;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 64 MRECI-SALC-DRVS-2012, de 10 de enero del 2012, Luis Ignacio Vayas Valdivieso, Subsecretario de AmĂ©rica Latina y El Caribe (E) del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĂłn del Ecuador, remite a esta Cartera de Estado copia certificada de la nota verbal No. DIMCS No. 69643, suscrita en BogotĂĄ, el 16 de diciembre del 2011, por la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, relativa al addĂ©mdum modificatorio al ?Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĂłn de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĂșblica del Ecuador y el Gobierno de Colombia? en la cual expresa que: ?El Gobierno de Colombia encuentra que ?la modificaciĂłn consiste en habilitar al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la RepĂșblica del Ecuador, para adelantar las funciones anteriormente adscritas a la Corte Suprema de Justicia de ese paĂ­s en lo relacionado con dicho Reglamento?. En este sentido, y teniendo en cuenta que este cambio obedece a disposiciĂłn presidencial de la RepĂșblica de Ecuador, mediante el cual se designĂł al mencionado Ministerio como la autoridad central para la ejecuciĂłn de este tipo de convenios, no observamos dificultad alguna para la realizaciĂłn de las modificaciones planteadas?;

n

n

n

n Que, mediante sentencia de 8 de noviembre del 2006, dictada por el Tribunal Penal de Napo, se determina que el ciudadano colombiano Silvio Enrique Angulo LandĂĄzury, ha sido privado de su libertad; Que, mediante carta dirigida a este Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de fecha 23 de marzo del 2011, el señor Silvio Enrique Angulo LandĂĄzury expresa su voluntad de retornar a la RepĂșblica de Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha sentencia privativa de libertad;

n

n

n

n Que, en virtud de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados en los artĂ­culos 5, 6, 7, 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĂłn de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĂșblica del Ecuador y el Gobierno de la RepĂșblica de Colombia, y el artĂ­culo 3 del Reglamento Operativo de Traslado de Personas Sentenciadas; y,

n

n

n

n Que, mediante el artĂ­culo 11 del reglamento, en uno de los criterios se establece el traslado por razones humanitarias, siendo el ciudadano Silvio Enrique Angulo LandĂĄzury el sustento de sus hijos menores de edad, por cuanto su madre los abandonĂł. En la actualidad se encuentran en Colombia con sus abuelos paternos, ambos de avanzada edad, razĂłn por la cual este Ministerio considera repatriable al ciudadano en menciĂłn,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aceptar la solicitud de repatriaciĂłn del ciudadano Silvio Enrique Angulo LandĂĄzury y disponer que sea trasladado a un centro de rehabilitaciĂłn social en territorio colombiano, donde cumplirĂĄ el resto de su sentencia privativa de libertad.

n

n

n

n Art. 2.- Entregar la custodia del ciudadano colombiano Silvio Enrique Angulo LandĂĄzury, a las autoridades competentes que el Gobierno de la RepĂșblica de Colombia para el efecto hubiere designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

n

n

n

n Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a Silvio Enrique Angulo LandĂĄzury y las demĂĄs entidades involucradas en el procedimiento, quienes prestarĂĄn las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriaciĂłn.

n

n

n

n El presente acuerdo entrarĂĄ en vigencia a partir de su suscripciĂłn, sin perjuicio de su publicaciĂłn en el Registro Oficial.

n

n

n

n ComunĂ­quese y publĂ­quese.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 20 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) Dra. Johana PesĂĄntez BenĂ­tez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a tres fojas reposa en los archivos de la SecretarĂ­a General.- Fecha: 17 de febrero del 2012.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n No. 00000621

n

n

n

n LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA,

n

n ENCARGADA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, la ConstituciĂłn de la RepĂșblica del Ecuador en su Art. 359 manda: ?El sistema nacional de salud comprenderĂĄ las instituciones, programas, polĂ­ticas, recursos, acciones y actores en salud; abarcarĂĄ todas las dimensiones del derecho a la salud; garantizarĂĄ la promociĂłn, prevenciĂłn, recuperaciĂłn y rehabilitaciĂłn en todos los niveles; y propiciarĂĄ la participaciĂłn ciudadana y el control social.?;

n

n

n

n Que, el Art. 361 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica del Ecuador ordena: ?El Estado ejercerĂĄ la rectorĂ­a del sistema a travĂ©s de la autoridad sanitaria nacional, serĂĄ responsable de formular la polĂ­tica nacional de salud y normarĂĄ, regularĂĄ y controlarĂĄ todas las actividades relacionadas con la salud, asĂ­ como el funcionamiento de las entidades del sector;

n

n

n

n Que, el Art. 363 de la Carta Magna dispone que el Estado serĂĄ responsable de formular polĂ­ticas pĂșblicas que garanticen atenciĂłn integral en salud, fortalecer los servicios estatales de salud, fomentar prĂĄcticas saludables en los ĂĄmbitos familiar, laboral y comunitario, incorporar el talento humano y mejorar permanentemente la calidad de los servicios;

n

n

n

n Que, la Ley OrgĂĄnica de Salud en el Art. 4 dispone que la autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de Salud PĂșblica, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones de rectorĂ­a en salud;

n

n

n

n Que, el Art. 12 del ?REGLAMENTO ÚNICO PARA LA SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO, PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS MÉDICOS A NIVEL NACIONAL DE LAS ENTIDADES DE SALUD, TANTO EN EL SECTOR PÚBLICO, COMO EN LAS INSTITUCIONES PRIVADAS CON FINALIDAD SOCIAL O PÚBLICA A NIVEL NACIONAL?, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 453, publicado en el Registro Oficial No. 646 de 31 de julio del 2009, define como mĂ©dicos especialistas de derecho a los profesionales que tengan tĂ­tulo de especialistas expedido por universidades ecuatorianas o extranjeras debidamente refrendado por una universidad ecuatoriana y registrado en las instancias competentes;

n

n

n

n Que, el Art. 13 del mismo reglamento dispone que se reconocerĂĄ como especialidad de hecho a los profesionales mĂ©dicos que hayan iniciado el rĂ©gimen de formaciĂłn hasta abril del 2000 y que su tĂ­tulo haya sido registrado en el Ministerio de Salud PĂșblica;

n

n

n

n Que, mediante informe técnico, los directores nacionales de normatización del talento humano en salud, de atención del primer nivel y de vigilancia y control sanitario manifiestan que ?Los médicos familiares en el Ecuador han sido reconocidos por el CONESUP y actualmente por el SENESCYT como especialista?;

n

n

n

n Que, en el país existe oferta académica sobre estudios de postgrados correspondiente a la rama de la medicina familiar reconocida en el país; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones otorgadas por el artĂ­culo 154 de la ConstituciĂłn de la RepĂșblica del Ecuador y el artĂ­culo 17 del Estatuto del RĂ©gimen JurĂ­dico y Administrativo de la FunciĂłn Ejecutiva,