Por: Dr. José Xavier Garaicoa Ortiz. Ms C.

  1. SUSTENTO FILOSÓFICO DE LOS DERECHOS HUMANOS

¿Es posible concebir al ser humano como un ente social, dueño y constructor de su propio destino? De esta o similar forma se ha presentado a lo largo de la historia y en variadas circunstancias socioeconómicas y culturales, aquella interrogante que hace referencia a las finalidades y a los métodos de la actividad humana. Por supuesto que los intentos de respuesta han sido variados, en dependencia no exclusivamente de la concepción que pudiera profesar el pensador individual, sino a la forma que adoptan los intereses reales que asumen y promueven en las perspectivas de las condiciones sociales en las que le ha tocado desenvolverse.

La superación de una etapa primigenia en la que se concibe espontáneamente a la naturaleza como organismo vivo sujeto a fuerzas conscientes y autónomas a las que se debe la actividad vital, tanto natural como social de los humanos; constituye un salto gigantesco que fue gestándose durante un prolongado periodo, con la liberación de los instrumentos de producción de su tosca forma natural hasta convertirse en fuerzas sociales, en un proceso de cooperación cada vez más extenso acompañado de un incremento de la riqueza, de la división del trabajo y de la estratificación social.

Los ritmos y modalidades que adopta tal proceso, son variados y múltiples. La configuración de la sociedad humana no sólo conforma etapas o formaciones sociales (comunidad primitiva, esclavismo, feudalismo, capitalismo y socialismo), sino que combina períodos e interacciones, entre los que juegan su papel elementos como el fondo geográfico-natural y los contactos entre civilizaciones.

Distintos hábitos y costumbres conformados y sancionados socialmente, valoraciones diversas y hasta contrapuestas: todo ello pareciera que nos enfrentase a un amasijo indescifrable y caótico, del que únicamente emerge como rasgo compartido, aunque a veces cuestionado y desechado, una naturaleza compartida que nos distancia de otras especies.

Si prestamos cuidadosa atención, tal naturaleza humana no tiene nada o muy poco de atributo natural originario. Incluso las características primarias como la anatomía, la morfología y la base genética son productos históricos. Han evolucionado no única ni principalmente a consecuencia de la influencia del medio natural, sino sobre todo por la socialización que incluye por supuesto, permanentes mestizaciones raciales, surgimiento de comunidades tribales, gentilicias, nacionales y clasistas así como conjuntos civilizatorios en un proceso ascendente e integrador. Claro que tal proceso es profundamente contradictorio, lo cual conlleva a que incluso se haya producido el exterminio o la desaparición de algunas de esas comunidades, o su sujeción y dominación por parte de otras. Ello, no obstante, ha ido produciéndose una cultura específicamente humana, conformada por valores más o menos incuestionables en torno a una concepción del sujeto y de su papel en la sociedad.

Si examinamos retrospectivamente hacia nuestro pasado, seguramente nos llamará la atención de que incluso en las más primitivas concepciones, en medio de las explicaciones mágicas de la naturaleza poblada de fuerzas animadas y de feroces divinidades a las que se les rendía culto, aparece una autopercepción del sujeto pugnando por alcanzar un sitial e imponer su señorío; aunque tal percepción se viese atada al fatalismo o predestinación, lo cual reflejaba indudablemente su todavía enorme dependencia con respecto a la naturaleza.

Numerosos testimonios y vestigios nos muestran ese momento de partida. Las pinturas en cavernas representando estilizadamente animales o deidades, estatuillas y vasijas con formas humanas o zoomorfas. En todas estas obras trasciende el autor anónimo de comunidades que vagabundeaban o se afincaban en un territorio interactuado con su medio y dejando su huella múltiple.

El proceso que condujo a la liberación creciente de la naturaleza, provocó una nueva opresión: La explotación del trabajo humano por parte de los propietarios de los medios de producción y la instauración de su dominio por medios coercitivos a través de un aparato absoluto, el Estado. La idea del sujeto se escinde: Los que poseen y detentan el poder de apropiarse de la producción y someter a otros, y los que se convierten en meros objetos e instrumentos para enriquecer a aquellos. Los hacedores de riqueza social pasan a ser subordinados: esclavos o sirvientes, y sus capacidades se potencian unilateralmente para convertirlas en medio de acumulación destinada a acrecentar el poder de sus propietarios o amos. La capacidad se torna así en privilegio para los dominantes y en sujeción para los dominados. Tal es la esencia de la normatividad impuesta y celosamente resguardada por sacerdotes, jefes militares, gobernantes y jueces de las sociedades clasistas.

Los integrantes de las comunidades en descomposición, han logrado sin embargo, preservar algunos de sus derechos tradicionales de la insaciable rapiña de la propiedad privada, o los ceden a cambio del reconocimiento de nuevas garantías y concesiones. Logran consagrar así un conjunto de derechos reconocidos como costumbres obligatorias y protegidos por mecanismos e instituciones especiales.

De esta situación ambivalente va a constituirse una visión de los derechos del sujeto como provenientes de la naturaleza propia del ser humano. Para las clases dominantes y para sus pensadores, tal naturaleza humana sustenta la división social y justifica su dominio basado en una supuesta superioridad como la existencia de sus privilegios. Para los dominados, la naturaleza humana si bien origina las diferencias en la sociedad, les provee de derechos fundamentales a la vida, al sustento, a la reproducción, los cuales deben ser respetados y garantizados por el poder. No pocas ocasiones en la historia, las clases dominadas se rebelaron y combatieron por esos derechos ante los intentos de arrebatárselos o de restringir su aplicación.

Pero únicamente cuando la expansión de las fuerzas productivas alcanzó su apogeo con el capitalismo y se hizo extensiva a todas las ramas de la producción, integrando mercados nacionales y universalizando la producción mercantil, se simplificaron además las relaciones sociales al desestructurar los vínculos feudales y estamentarios. La protección de los derechos como una estructura única, formalmente igualitaria, se convirtió en fundamento normativo de la sociedad. La abolición de toda forma de sujeción por otros motivos que no fuesen puramente económicos, aparentemente acordados de manera voluntaria, sin coacción, era el presupuesto filosófico y jurídico-político de una construcción minuciosa de normas elevadas a la categoría de leyes imperativas y obligatorias reguladoras de 1a convivencia social.

Los derechos naturales adquieren así una conceptualización nueva: pasan a convertirse en derechos humanos, es decir, ya no tienen sus referencias en un elemento reputado esencial tal como el origen gentilicio sancionador de costumbres establecidas, la pertenencia a un estamento con sus funciones y obligaciones fija; o la adscripción a una confesión que lo integraba a una feligresía; si no que se la remitió a una ciudadanía común, bajo un régimen considerado como el verdadero orden natural de libres intercambiadores de mercancías. Los nuevos sectores explotados bajo el capitalismo, acogieron el reto y emprendieron una larga una lucha por efectivizar los derechos declamados pomposamente por la burguesía, para ampliar su cobertura y hacerlo extensivo a los más amplios sectores, hasta alcanzar nuevos ámbitos de la vida social.

A ello contribuyeron poderosamente los avances de la clase obrera y de otros sectores sociales, particularmente desde el triunfo de la revolución Rusa de 1917 y de la derrota del nazifascismo en

1945.

Los derechos humanos tal como los concebimos actualmente y como aspiramos a que imperen, están conformados por un conjunto de principios, declaraciones y mecanismos de vigencia y aplicación, cuyo objetivo es ampliar constantemente y de manera progresiva la esfera de la libertad individual y social, de la responsabilidad compartida por el desarrollo, de la solidaridad y la equidad sin restricciones ni discrímenes, y del bienestar común; en un marco de paz, cooperación y aplicación de la democracia.

2. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LOS DERECHOS HUMANOS

El conjunto integral que conforma el sistema de disposiciones y principios agrupados como derechos humanos, tiene su referencia en los cambios económicos, sociales, ideológicos y políticos que se operan en la sociedad, a lo largo de su historia. No surgen de improviso ni con una fisonomía acabada, o mucho menos son sancionados y aceptados benévolamente por parte de los sectores que detentan el poder.

Por el contrario, tienen un carácter histórico concreto, expresan intereses emergentes en la sociedad de aquellas clases y grupos que pugnan por ampliar su participación y presencia en los espacios estatales y sociales. Su peculiaridad radica entonces, en que van adquiriendo nuevos rangos en dependencia del momento y del carácter del período de su implantación, aunque progresivamente vayan expandiéndose con un contenido más abarcador y universalista, y alcanzando un nivel más específico en la medida en que se complejiza la vida social.

Desde un punto de vista metodológico es posible agruparlos cronológicamente por generaciones, es decir, por las características principales de la problemática que abarcan. Los estudiosos de ellos, nos mencionan cuatro generaciones básicas que no se sustituyen, sino que se complementan y se enlazan sistémicamente.

2.1. GENERACIÓN BÁSICA DE LOS DERECHOS HUMANOS

2.1.1 Primera Generación: Los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

El origen de este primer grupo de derechos, está íntimamente vinculado al surgimiento e implantación de las relaciones capitalistas de producción, en sustitución del decadente mundo feudal y de la sustitución de las monarquías absolutistas por la repúblicas modernas, así como por la formación de los Estados nacionales en una lucha de liberación que incluyó un primer movimiento anticolonial realizado en nuestro continente americano.

Tradicionalmente se considera como los hitos más trascendentales de este proceso, expresado en

la constitución de nuevos Estados, a la revolución inglesa del siglo XVII, a la que proclamase la formación de los Estados Unidos de América como conclusión de la rebelión anticolonial en las posesiones inglesas del nuevo continente y a la revolución francesa de 1789.

Producto de una larga lucha entre el poder feudal de la aristocracia terrateniente y los altos funcionarios eclesiásticos y monárquicos, contra la pujante burguesía de comerciantes, banqueros,

manufactureros y propietarios rurales, triunfa la «Revolución Gloriosa» de 1688 en Inglaterra. La conformación de un régimen monárquico constitucional, permite desplazar el centro del poder hacia el parlamento controlado por la burguesía. Este «Bill of Rights» (Declaración de Derechos) es en realidad un convenio político-administrativo suscrito por el príncipe holandés de la casa de Orange vinculado con el protestantismo continental, llamado a asumir el trono vacante por el parlamento reformado luego del predominio militar de Oliverio Cromwell, y este organismo, representante