Autor: Msc. Luis Alejandro Vásquez Reina

En el Ecuador hemos evidenciado que en varias casas de salud se encuentran algunas personas con diferentes enfermedades, de menor a mayor complejidad, resulta que llegan a estos lugares a una consulta externa como también a ser atendidos por emergencia e incluso hospitalización. Son muchos los testimonios de los ciudadanos que pasan por una serie de circunstancias que llaman la atención, en la forma como están siendo tratados e incluso existen graves denuncias que se escuchan por los medios de comunicación. Este artículo se desarrollará en este panorama, haciendo un llamado a todas las autoridades y directivos de establecimientos públicos como privados a que respeten a esos pacientes que se encuentran con problemas de salud; este aporte académico, pretende generar consciencia para lograr esa sociedad justa y humana que queremos para las presentes y futuras generaciones.

Problemáticas actuales

Es muy común despertarse con la noticia en los diferentes canales de tv, radio o prensa sobre las denuncias ciudadanas que realizan sobre el maltrato recibido en hospitales o clínicas, la mala práctica médica, la falta de medicinas, la ausencia de tratamientos, la violencia obstétrica, entre otras circunstancias.  Esto es lamentable porque más allá de todo se debe respetar al ser humano y a su dignidad, que muchas veces es atropellada por personal de la salud que es prepotente o incluso son atrevidos al momento de realizar su trabajo, pero también hay que resaltar que existen excepciones de grandes profesionales que aman su actividad y que dan lo mejor respetando el juramento de Hipócrates.

¿Qué podríamos considerar como un maltrato a los pacientes en los hospitales? 

Son  aquellas situaciones en las que existe una percepción de mala calidad de servicios o de mala atención, no satisfacción de necesidades de un cliente, proveer de servicios que están muy lejos de las expectativas del usuario, cuando se abusa o se recibe un trato injusto (Chapell & Di Martino, 1998).

Uno de los temas más preocupantes es la violencia obstétrica que ya se tiene cifras que han sido levantadas en los últimos años de conformidad a diferentes acontecimientos, en este sentido se debe señalar el siguiente dato:

“El INEC señala que 70 de cada 100 mujeres indígenas dicen que han sido maltratadas alguna vez en sus citas ginecológicas. Además, 60 de cada 100 mujeres adultas mayores dicen lo mismo”. (Machado, 2019).

Frente a esta violencia obstétrica, podemos señalar que existen varias investigaciones, las cuales señalan cómo han sido atendidas varias mujeres por sus médicos en el área de gineco-obstetricia en las cuales sufren maltratos a la hora del embarazo, parto y post parto. Muchas de las veces, afectan el estado de salud de la mujer embarazada al tener diagnósticos erróneos sobre el estado de salud del niño que está por nacer o porque no tienen un tino para dar noticias complicadas, esto incide en la esfera de la integridad personal de la paciente e incluso puede generar un problema psicológico de alta complejidad.

Derecho a la salud en el Ecuador

Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, en donde es importante que los ciudadanos conozcamos el modelo de Estado y que se deben respetar los derechos de los ciudadanos, dentro del contexto del presente artículo es importante analizar en específico sobre el derecho a la salud, para entender las obligaciones del Estado y también de los particulares.

El artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador establece:

La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.

La salud es un derecho que se lo debe dar mucha importancia porque se vincula con el ejercicio de otros derechos que permiten que la persona  viva en condiciones dignas y que se pueda desarrollar en su entorno, es importante destacar que el Estado tiene una gran responsabilidad respecto a cada una de las políticas públicas como también de la forma en la que presta sus servicios a la colectividad, de esta manera, se hace un análisis de forma integral a lo que sucede en la actualidad para verificarse si se cumple nuestra Constitución.

El mismo artículo 363 establece que el Estado será responsable de:

  1. Formular políticas públicas que garanticen la promoción, prevención, curación,

rehabilitación y atención integral en salud y fomentar prácticas saludables en los ámbitos

familiar, laboral y comunitario.

  1. Universalizar la atención en salud, mejorar permanentemente la calidad y ampliar la cobertura.
  2. Fortalecer los servicios estatales de salud, incorporar el talento humano y proporcionar la infraestructura física y el equipamiento a las instituciones públicas de salud.
  3. Garantizar las prácticas de salud ancestral y alternativa mediante el reconocimiento, respeto y promoción del uso de sus conocimientos, medicinas e instrumentos.
  4. Brindar cuidado especializado a los grupos de atención prioritaria establecidos en la Constitución.
  5. Asegurar acciones y servicios de salud sexual y de salud reproductiva, y garantizar la salud integral y la vida de las mujeres, en especial durante el embarazo, parto y postparto.
  6. Garantizar la disponibilidad y acceso a medicamentos de calidad, seguros y eficaces, regular su comercialización y promover la producción nacional y la utilización de medicamentos genéricos que respondan a las necesidades epidemiológicas de la población. En el acceso a medicamentos, los intereses de la salud pública prevalecerán sobre los económicos y comerciales.
  7. Promover el desarrollo integral del personal de salud.

De estas responsabilidades del Estado, se debe mencionar que no se cumplen en su totalidad y se hará una crítica general respecto a lo que sucede en este momento en relación con una serie circunstancias que son necesarias de poner a consideración a los lectores y que se debe mejorar para dar una mejor calidad de vida en el presente y futuro, en este sentido se expone lo siguiente:

  • Se debe trabajar más en la medicina preventiva por cuanto existe ausencia de planes y esto conlleva a que se desarrollen varias enfermedades que podrían ser controladas a su debido tiempo; existen algunos planes por parte del Ministerio de Salud Pública, pero se debe mejorar, porque si analizamos el sistema de seguridad social en nuestro país tiene algunas falencias y esto refleja en la ausencia de camillas, habitaciones, turnos, falta de insumos médicos y medicamentos como también,  todo lo que se reflejan en las denuncias de los propios pacientes.
  • La calidad y la cobertura debe mejorarse, muchos sectores rurales sufren el olvido y sus enfermedades son detectadas de manera tardía, esto conlleva a que existan casos en los que ya no haya una esperanza de vida.
  • La infraestructura física y equipamiento de instituciones públicas se puede verificar que tienen graves falencias y de las visitas realizadas por las autoridades, se ha evidenciado el estado de varios hospitales; no podemos olvidarnos de los casos de corrupción en Manabí que fueron noticia nacional, posterior al terremoto en esa zona.
  • Las personas que integran los grupos de atención prioritaria deben ser protegidas por el Estado, además de que existen casos de doble vulnerabilidad en la cual deben prestar especial atención para evitar que sufran por el descuido o quizá por el olvido de las autoridades.
  • Varias personas se quejan de la ausencia de medicamentos de calidad en los hospitales, ruegan porque llegue una medicina con la cual se podría salvar la vida un ser humano que se está quejando en una camilla de una casa de salud.

En resumen, se ha señalado unas pocas circunstancias por la que atraviesan varias personas que han sido descuidadas por mucho tiempo, no se les puede dejar en el olvido porque muchas quizás fallezcan por la ausencia de medicamentos, tratamientos o incluso cirugías; esto sería un gran peso de consciencia para quienes actualmente pueden hacer algo y no lo han hecho por dar prioridad a otros asuntos.

Derechos del paciente en el contexto internacional

En lo que respecta al derecho médico es importante resaltar un  valioso antecedente de sistematización de los derechos en cuestión, se puede citar la Carta de Derechos del Paciente, elaborada por la Asociación Americana de Hospitales (1973), posterior a ello, la Asociación Médica Mundial (AMM), en su XXXIV Asamblea Médica Mundial (1981), expidió la Declaración de Lisboa-Portugal sobre los Derechos de los Pacientes (actualizada en 1995 en Bali-Indonesia y revisada en Santiago de Chile, en 2005 (Garay , 2017).

Dentro de los derechos que analiza la Declaración de Lisboa encontramos los siguientes: Atención médica de buena calidad, derecho a la libertad de elección, derecho de autodeterminación, derecho del paciente inconsciente, derecho del paciente legalmente incapacitado, derecho a la información, derecho al secreto, derecho a la educación sobre la salud, derecho a la dignidad.

Esto de alguna manera ha incidido en la relación entre médicos, pacientes y sociedad; incluso se pueden verificar una serie de cambios a nivel mundial, es importante fomentar el respeto a los derechos de esas personas que se encuentran con un estado de salud deteriorado y que esperan una atención adecuada por parte del profesional que está a cargo de su tratamiento o a quién acude para un diagnóstico, tratamiento e incluso una intervención quirúrgica.

Derechos del paciente

La Ley de Derechos y Amparo del Paciente que se encuentra vigente contempla los siguientes derechos que se va a explicar mediante el cuadro ilustrativo para que la ciudadanía pueda entender de una manera fácil y sencilla.

Derecho Significado
Atención digna Todo paciente tiene derecho a ser atendido oportunamente en el servicio de salud de acuerdo con la dignidad que merece todo ser humano y tratado con respeto, esmero y cortesía.
A no ser discriminado Todo paciente tiene derecho a no ser

discriminado por razones de sexo, raza, edad, religión o condición social y económica.

A la confidencialidad Todo paciente tiene derecho a que la consulta, examen, diagnóstico, discusión, tratamiento y cualquier tipo de información relacionada con el procedimiento médico a aplicarse, tenga el carácter de confidencial.
A la información Se reconoce el derecho de todo paciente a que, antes y en las diversas etapas de atención al paciente, reciba del servicio de salud a través de sus miembros responsables, la información concerniente al diagnóstico de su estado de salud, al pronóstico, al tratamiento, a los riesgos a los que médicamente está expuesto, a la duración probable de incapacitación y a las alternativas para el cuidado y tratamientos existentes, en términos que el paciente pueda razonablemente entender y estar habilitado para tomar una decisión sobre el procedimiento a seguirse. Exceptúense las situaciones de emergencia. El paciente tiene derecho a que el servicio de salud le informe quién es el médico responsable de su tratamiento.
A decidir Todo paciente tiene derecho a elegir si acepta o declina el tratamiento médico. En ambas circunstancias el servicio de salud deberá informarle sobre las consecuencias de su decisión.
Intentar o ser intentado Es posible acceder a tratamiento o procedimientos experimentales que permitan el ejercicio de una vida digna (Analizado en el voto concurrente de la sentencia No. 50-14-IN/22 de la Corte Constitucional del Ecuador).

Fuente: Elaboración del autor de este artículo.

Es importante destacar otros derechos del paciente que ha analizado la doctrina en derecho médico, en este sentido se debe señalar lo siguiente:

Derecho a la gratuidad; derecho a que se respeten sus derechos sexuales y reproductivos; derecho a tener una historia clínica; derecho a recibir recetas médicas; derecho a ejercer la autonomía de la voluntad; derecho de comparecer ante las autoridades competentes; derecho a no ser objeto de pruebas; ensayos clínicos; de laboratorio o investigaciones; y, derecho a participar de manera individual y colectiva (Araujo, 2019).

Delitos en el COIP

El legislador también se ha preocupado porque han existido casos que incluso estando en situación en emergencia, los ciudadanos han tenido malas experiencias; razón por la cual es importante citar el artículo 218 del Código Orgánico Integral Penal en el que establece:

La persona que, en obligación de prestar un servicio de salud y con la capacidad de hacerlo, se niegue a atender a pacientes en estado de emergencia, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Si se produce la muerte de la víctima, como consecuencia de la desatención, la persona será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años. Si se determina responsabilidad penal de una persona jurídica, será sancionada con multa de treinta a cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general y su clausura temporal.

Frente a lo señalado, no se puede tener la certeza de que existan profesionales de la salud que quieran verse involucrados en procesos penales por desatención del servicio de salud, peor aunque uno de los pacientes no haya recibido atención médica y fallezca como consecuencia de las actuaciones u omisiones de ese momento.  Esto sucede en el día a día, por eso es importante resaltar a quienes se encuentran frente a estas realidades que pueden ser dolorosas, incluso para familiares quienes están encargados de ese traslado porque el paciente se encuentra en un estado crítico.

Casos

 En esta parte es importante mencionar un par de casos que han sido llevados a la prensa, ejemplos prácticos que nos llevan a analizar sobre diferentes circunstancias a la que se ven expuestos los pacientes quienes reclaman una atención digna.

En el hospital del Niño Francisco De Icaza Bustamante existe escasez de insumos médicos para el tratamiento de las dolencias de los infantes. Los padres de los menores mostraron su inconformidad por la falta de implementos y el trato que reciben de parte de algunos miembros del personal del hospital (Radio Pichincha, 2021).

Entre los testimonios receptados por los familiares de los pacientes de este Hospital en la ciudad de Guayaquil el medio de comunicación antes referido señala lo siguiente:

Ella me dijo, le pongo el suero en el cuello o prefiere que su hijo se muera. Me quedé sin palabras. Entonces lo tuve que sacar del hospital para hacerlo atender en otro lado, porque me pareció que hay poco tino en tratar a los padres y pacientes, no son todos los profesionales, hay otros muy amables (Radio Pichincha, 2021).

De la misma manera, no solo han existido casos de maltrato sino también han denunciado sobre  la desaparición de pacientes dentro de casas de salud y el siguiente caso es uno de ellos, que incluso ha llegado a instancias internacionales para conocer sobre la verdad de sus familiares que no los volvieron a ver y que queda esa incertidumbre de qué pasó con esas personas que se encontraban hospitalizadas.

Rosa Witt, Zoila Chimbo y Maribel Angulo decidieron internar a sus familiares en el Hospital Psiquiátrico Julio Endara y Eugenio Espejo, respectivamente, para aliviar el dolor de sus seres queridos. Sin embargo, los tres pacientes no se curaron, desaparecieron mientras estaban internados en estas casas de salud. Sus desapariciones se investigan en la Fiscalía e incluso un caso llevó al Estado ecuatoriano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos  (INREHD, 2020).

Conclusiones

  • Es importante conocer tus derechos para poder defenderte frente a cualquier situación adversa que ponga en peligro tu salud e incluso tu vida, no puedes permitir que atropellen tu dignidad humana cuando esperas que, al acudir a un profesional de la salud o un establecimiento público o privado, tengas una atención adecuada en la que te respeten y recibas un trato humanizado.
  • La ciudadanía muchas veces no conoce sobre cómo defenderse al momento de evidenciar alguna irregularidad, falta de acceso a los medicamentos, maltrato por parte de enfermeras o médicos; existen excepciones respecto a profesionales que tratan con respeto a sus pacientes; pero también se puede verificar prepotencia en varios servidores públicos que trabajan en hospitales, en donde llama la atención la forma en la que actúan dejándole al paciente en situación de vulnerabilidad e incluso con temor a no ser atendido de manera oportuna, y peor aún hacerle esperar varias horas sin atender los dolores por los cuales esté atravesando como avance de su enfermedad que haya sido diagnosticada.

Recomendaciones

  • Se debe educar a la ciudadanía en derechos del paciente para evitar abusos y arbitrariedades en el sector público y privado.
  • Si evidencian irregularidades en el sector de la salud deben denunciar ante el Ministerio de Salud Pública del Ecuador como ente rector.
  • Si están siendo atendidos en una clínica privada en la cual recibieron una atención inadecuada, pueden acudir a la Defensoría del Pueblo porque ustedes están pagando por un servicio en el cual deben recibir atención oportuna como clientes, en este caso quién acudió a tratarse alguna enfermedad o sus familiares.
  • En todo establecimiento de salud se debe generar espacios de denuncias para los ciudadanos.
  • El Ministerio de Salud Pública debe brindar capacitaciones a todos los médicos, enfermeras, asistentes para que no existan maltratos o atenciones inadecuadas a los pacientes.

Msc. Luis Alejandro Vásquez Reina

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Bibliografía

Machado, J. (2019). Primicias. Obtenido de https://www.primicias.ec/noticias/sociedad/violencia-genero-mujeres-ginecologo-inec/

Chapell, D., & Di Martino, V. (1998). Violence at Work. Génova: International Labour Office.

Radio Pichincha. (2021). Falta de insumos, maltratos y agresiones se denuncian en el Hospital del Niño en Guayaquil. Obtenido de https://www.radiopichincha.com/falta-de-insumos-maltratos-y-agresiones-se-denuncian-en-el-hospital-del-nino-en-guayaquil/

INREHD. (2020). Desapariciones en hospitales públicos de Quito. Obtenido de https://inredh.org/desapariciones-en-hospitales-publicos-de-quito/

Garay , O. (2017). DELS. Obtenido de https://salud.gob.ar/dels/entradas/derechos-de-los-pacientes

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Araujo, P. (2019). Vademécum de Responsabilidades del Área de Salud en Ecuador. Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones. .

 

Fuentes Jurídicas

 

Asamblea Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Recuperado de https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf

Asamblea Nacional del Ecuador. (2014). Código Orgánico Integral Penal. Recuperado de https://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CEDAW/Shared%20Documents/ECU/INT_CEDAW_ARL_ECU_18950_S.pdf

Congreso Nacional. (1995). Ley de Derechos y Amparo del Paciente. Recuperado de chromeextension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/http://instituciones.msp.gob.ec/dps/zamora_chinchipe/images/stories/LEY%20DE%20DERECHOS%20Y%20AMPARO%20AL%20PACIENTE.pdf