Por: Dr. M.Sc. Giovani Criollo Mayorga.

Las bajas tasas de natalidad en países desarrollados, como en los escandinavos, fue la razón fundamental para que se empiece a estudiar, desarrollar y aplicar nuevas técnicas de reproducción humana tendientes al nacimiento de un nuevo ser humano y la consiguiente consolidación de la familia como la principal institución de la humanidad, en principio, y posteriormente, como el mecanismo adecuado para el efectivo ejercicio del derecho a la procreación.

Así aparecen en la dinámica social las técnicas denominadas inseminación artificial, la fecundación “in vitro” (FIV) con transferencia de embriones (FIVET O FIVTE) en sus diversas modalidades:

a) transferencia intratubárica de gametos (TIG),

b) transferencia del embrión a la trompa (TET),

c) transferencia del ovocito a la trompa (TOT),

d) inyección directa de un único espermatozoide en el interior del ovocito (ICSI); y, el alquiler de vientre.

Sin lugar a duda la serie de posibilidades abiertas gracias al avance de las técnicas de reproducción humana tendientes a combatir la infertilidad masculina o femenina, ha generado una apasionante discusión sobre los principios morales y éticos que deben regir dichas prácticas, toda vez que el bien principal que se pretende tutelar es justamente la vida del ser humano, la cual se ha violentado de manera especial en la fecundación in vitro. Es por esta razón que en otros países se ha legislado respecto de la protección del ser humano en sus fases primigenias, así tenemos: Alemania dictó la Ley de Protección del Embrión (1990); España dictó la Ley 38/1988 que sólo permite investigación con embriones “no viables” sobrantes de FIV, de hasta 14 días; Francia tiene la Ley 94-653 prohíbe la investigación no terapéutica sobre embriones; Japón con su Ley del Parlamento (noviembre 2000) autoriza investigación con embriones sobrantes de FIV; Reino Unido posee la Ley HFEA (1990), que permite investigar con embriones exclusivamente con fines terap&