La
Deliberación Judicial en Materia Tributaria

Autor: Dr. JosƩ Luis TerƔn SuƔrez *

La transparencia de las delibeĀ­raciones judiciales aparece
actualmente como uno de los pilares mÔs importantes del proceso de legitimación
de las decisiones jurisdiccionales.

La deliberación detrÔs de una sentencia. Tecnicismo en materia
tributaria.

Hay que aclarar que aunque la senĀ­tencia
refleje un único razona­miento y una única conclusión, detrÔs de ella hay
discusión, crítica y enriquecimiento recí­proco. Puede ocurrir que exis­tan
opiniones interpretativas adoptadas por los juzgadores que se apartan del
criterio de la mayorƭa, lo cual tambiƩn es legƭtimo, pero lo que no puede
faltar es un debate de altura. En el caso de lo contencioso tribuĀ­tario, la
complejidad, especialiĀ­dad y tecnicismo del Derecho Tributario convierten buena
parte de las deliberaciones en un momento relevante para la racionalización
tanto de las deĀ­cisiones individuales como de las colectivas. Tradicionalmente,
los jueces no deliberaban en absoluto puesĀ­to que ello implicaba quebrar la ?oralidad?.
Esta prÔctica habi­tual debe cambiar en un Esta­do constitucional de derechos y
justicia donde prevalecen los principios de independencia, imparcialidad,
especialidad, puĀ­blicidad, celeridad, etc.

Publicidad de los procesos judiciales para una comprensión del
comportamiento judicial

La confiĀ­dencialidad del proceso judicial
no afectaría a la comprensión y valoración del sistema jurídico si las
consecuencias de comĀ­portamiento de los jueces puĀ­dieran determinarse con apeĀ­go
a los principios y garantĆ­as constitucionales. En ese contexto, las deliberaĀ­ciones
judiciales que se tomen en el actual sistema jurĆ­dico tienen que acabar con la
des­confianza del ciudadano y, en un sentido mÔs amplio, los procesos
judiciales deben ser pĆŗblicos, es decir que las deliĀ­beraciones judiciales de
las SaĀ­las Especializadas de la Corte Nacional de Justicia tendrĆ­an que ser
públicas. De esta for­ma, alcanzar una comprensión adecuada del comportamien­to
judicial reviste un interés mucho mayor que el mera­mente académico; es una cla­ve
para la reforma del derecho. Que las decisiones judiciales sean buenas o malas
puede depender de aspectos cogniti­vos y psicológicos que tengan los jueces,
así como del resulta­do de una legislación apropia­da sobre la materia.
Estudiar la mentalidad judicial sería de poco interés si los jueces no hi­cieran
otra cosa mÔs que apli­car la ley sin mediar prejuicios ni preconcepciones. De
ser asĆ­, los jueces estarĆ­amos a un paso de ser reemplazados por programas
informÔticos de in­teligencia artificial.

La casación en materia tributaria

Las juezas y jueces tenemos y ejercemos
discrecionalidad, somos gaĀ­rantes del Derecho. Muchas de las veces la labor del
juez casacionista ha sido mal interpretada, no se consiĀ­dera que los jueces nos
vemos restringidos por las normas que exigen a los juzgadores actuar
exclusivamente en re­lación de los cargos en que se funda la interposición del
recurso de casación. Así las cosas, el Tribunal de Casación no estÔ facultado
para entrar a conocer de oficio o rebasar el Ômbito señalado por las cau­sales
citadas por el recurrente aunque advierta que en la senĀ­tencia impugnada exista
otras infracciones a las normas de derecho positivo. En materia tributaria, el
re­curso de casación lo pueden promover tanto las adminis­traciones tributarias
como los contribuyentes que estiĀ­men que las sentencias de los Tribunales
Distritales de lo Contencioso Tributario se apartan de la Ley, recurso Ʃste que
en consecuencia busca y pretende el imperio de la leĀ­galidad o la vigencia
estricta de la juridicidad en la relación jurídico-tributaria.

Conclusiones

La toma de decisiones en esta materia
implica un gran esfuerzo, no sólo por la naturaleza técnica especializada de la
tributación, sino porque las deliberaciones judiciales deben tomarse en base de
informes tƩcnicos, de argumentos contables y sobre todo de complejos y extensos
procesos que impiden un maĀ­yor debate acerca de cada uno de ellos. Entonces, el
desafĆ­o primordial para la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de
la Corte Nacional de Justicia es lograr una deliberación judicial de calidad, con
mayor debate y razonamiento, que desarrolle los principios constitucionales y
jurídicos de la tributación, que la actitud que tengamos los magistrados de la
Sala en relación con esa resolución sea ilustrada, que consideremos que la
participación de todos sus miembros en todos los ca­sos es importante no sólo
porĀ­que se supone que las juezas y jueces en este perĆ­odo estaĀ­mos abiertos a
la persuasión, sino también porque cada uno de nosotros puede contribuir a la
formación de la opinión de forma que, incluso en el caso de una decisión que se
toma por unanimidad, Ʃsta sea la mejor posible.

* Dr. JosƩ Luis TerƔn SuƔrez

Presidente Sala de lo Contencioso Tributario de la
Corte Nacional de Justicia

ArtĆ­culo publicado en el BoletĆ­n Institucional NĀŗ 16 de
la Corte Nacional de Justicia