Autora: Ab. Rosana Castro Arroyo, MSc 

Para la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos; la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 85 estableció que se garantiza la participación ciudadana, esto incluye a personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, con el objeto de hacer efectivo estos derechos; el mismo cuerpo legal creó al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Esta es una institución pública que se encargará de promover e incentivar el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana, e impulsará y establecerá mecanismos de control social en los asuntos de interés público, esto de conformidad con el artículo 207 de la Constitución de la República del Ecuador.

La Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social regula al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, mediante la cual el Consejo tendría entre sus atribuciones, la promoción y estimulación de iniciativas de control social, sobre el ejercicio de las políticas públicas, sea de entidades del sector público, de las personas naturales o jurídica del sector privado que presten servicios públicos, sea que manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público. También podrán apoyar técnica y metodológicamente en las iniciativas de participación y demás espacios de control social, como lo determina el artículo 8 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

La Ley Orgánica de Participación Ciudadana sistematiza la participación ciudadana, que faculta al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la regulación de las Defensorías Comunitarias, esto de conformidad con los artículos 30 y 31 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, que regula las organizaciones sociales. Las organizaciones sociales deberán tener  y acreditar vida jurídica; en concordancia con el artículo 96 de la Constitución de la República del Ecuador.

Las Defensorías Comunitarias es una forma de organización social, ejercen control social sobre el ejercicio de derechos, considerando las particularidades de la población según su ciclo de vida, pertenencia étnica, condición migratoria, etc., y en general, se guía por principios de equidad y el logro de una cultura de paz.

Participación ciudadana

Son espacios de participación ciudadana o mesas de trabajo que las Asambleas ciudadanas instituyen democráticamente, para que estén alerta ante la violación de derechos y exigir su inmediata reparación; para proponer agendas de desarrollo, planes, programas y políticas públicas locales y cumplir los derechos.

Son colectivos que no sólo conocen la comunidad, sino que también forman parte de ella, comparten su cultura, hablan su idioma y ejercen su autoridad con espíritu equitativo.

Son formas de organización de la comunidad, en las parroquias, barrios y sectores  rurales y urbanos para la promoción, defensa y vigilancia de los derechos de los ciudadanos.

Tienen como responsabilidad, la de denunciar de forma clara y precisa, ante las autoridades competentes, casos de violación o amenaza inminente de vulneración de los derechos de las y los ciudadanos. Su objetivo fundamental es velar por el cumplimiento de los derechos de todas las personas, en los ámbitos de su vida cotidiana y comunitaria, así como la promoción, defensa y vigilancia de los mismos.

Las Defensorías Comunitarias deben estar activamente integradas y legitimadas por su
comunidad, barrio, cantón, asamblea local, sectores rurales y urbanos, porque se  convierten en un centro de referencia para estos; deben participar de manera protagónica en los procesos de desarrollo comunitario, fomentando la activa participación de las personas en estos procesos; deberán rendir cuentas cuando se lo requiera y deberán activar el Sistema de Participación ciudadana desde su rol y capacidad, a fin de que cumpla su mandato de hacer efectivos los derechos de participación por medio de la política pública.

¿Quiénes pueden integrar las Defensorías Comunitarias?

  • Personas de la comunidad u organización que pertenezca a la comunidad; 2) Docentes de las comunidades; 3) Padres y/o madres de familia; 4) Personas con interés y sensibilidad en el tema de derechos de los niños, niñas y adolescentes que pertenezcan a la comunidad; y, 5) Cualquier persona mayor de 15 años que tenga práctica, interés y sensibilidad en el trabajo por la garantía y exigibilidad de los derechos humanos sociales y colectivos, que pertenezca a la comunidad.

¿Cuáles son las funciones de las Defensorías Comunitarias?

1) Promover y difundir los derechos humanos y sociales que involucren a la comunidad; 2) Poner en conocimiento de la Junta Cantonal de Protección de Derechos o ante la instancia que corresponda, casos de vulneración de derechos; 3) Vincularse a las instancias de participación existentes en la comunidad como asambleas ciudadanas con la finalidad de articular acciones que apunten a la promoción, defensa y vigilancia de derechos; 4) Vigilar el cumplimiento del debido proceso en las actuaciones judiciales en caso de violación de derechos; 5) Evaluar periódicamente los servicios públicos y privados con los que cuenta la comunidad; 6) Orientar sobre el trato a personas en sus diversos ciclos; 7) Receptar, atender y dar seguimiento a las denuncias sobre casos de violación de sus derechos; 8) Realizar un acompañamiento a estos casos con el fin de que no se repitan; y, 9) Remitir denuncias a otras instituciones, como en los casos de maltrato, que requieran atención especializada, siendo: i) Juntas Cantonales de Protección de Derechos; y,  ii) Defensoría del Pueblo.

¿En qué se puede aplicar los Defensorías Comunitarias?

 Pueden tratar temas, como: 1) Seguridad; 2) Uso del suelo; 3) Permisos de funcionamiento de locales que afecten a la comunidad; 4) Actividades comerciales dudosas que afectan la integridad de la comunidad; 5) Accidentes viales; 6) Reductores de velocidad; 7) Problemas que afecten a las vías o a las veredas; 8) Señalética vertical; 9) Semaforización. Todo en lo que pueda verse afectada la comunidad, barrio, parroquia, cantón.

¿Cuál sería el procedimiento para conformar las Defensorías Comunitarias?

 1) Sensibilización en las Asambleas locales, comunitarias o barriales; 2) Diagnóstico: Acción- reflexión- acción; 3) Deliberación/ Negociación: decisión sobre el fortalecimiento o conformación de las defensorías comunitarias; 4) Planificación; 5) Ejecución; y, 6) Exigibilidad.

El control social se encuentra ligado a los derechos de participación y este permite la intervención activa de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades en: 1) La toma de decisiones; 2) En la planificación y gestión de los asuntos públicos; y, 3) En el control popular de las instituciones del Estado, de la sociedad, y de sus representantes. Es un proceso permanente de construcción del poder ciudadano.

¿Cuáles son los objetivos del Control Social?

1) Aumentar la capacidad de influencia de la sociedad civil sobre el papel regulador del Estado, para fortalecer el poder ciudadano; 2) Equilibrar las relaciones de poder, fortaleciendo la democracia participativa; 3) Proponer alternativas para el mejoramiento permanente de la gestión de lo público, contribuyendo al buen vivir; y, 4) Fortalecimiento de capacidades organizacionales y ciudadanas para la incidencia en lo público.

¿Cuáles son los elementos del Control Social?

1) Capacidad: Que tiene la sociedad para controlar e incidir en el desempeño. Es un conjunto de recursos y aptitudes que tienen las personas para desempeñar una determinada actividad. En este sentido, esta noción se relaciona con el aprendizaje de habilidades, conocimientos, aptitudes y recursos que necesitan, en este caso, para ejercer el control social; y, 2) Mecanismos e instrumentos: Estos previenen que aparezcan conductas que sean contrarias a las normas establecidas por la sociedad, a derecho y, si lo están encauzarlos hacia el desempeño legal y ético. Estos permiten vigilar las conductas de los diferentes actores e integrantes del control social. Estos mecanismos son: i) Veedurías Ciudadanas; ii) Observatorios Ciudadanos; iii) Defensorías Comunitarias; y, iv) Comités de Usuarios.

¿Qué implica el ejercicio del Control Social?

 1) Organización de la ciudadanía; 2) Identificación del objeto del control; 3) Solicitud al CPCCS de apoyo técnico; 4) ejecución del control social; 5) Obtención de datos e información; 6) Socialización de la nueva información; y, 7) Monitoreo a la implementación.

¿Qué puede ser objeto de Control Social?

 1) Toma de decisiones, como: i) los efectos que produce determinada decisión, como la aprobación de ordenanzas, resoluciones, decretos; ii) decisiones legales; iii) decisiones legítimas;

2) Plan de Desarrollo y Organización Territorial (PDyOT), que es un instrumento técnico y normativo para la planificación territorial. Orienta las intervenciones de las instituciones públicas y privadas para generar el desarrollo local. Ordena la gestión de un territorio, en conformidad con los actores involucrados y de acuerdo a las vocaciones del territorio. Además, es un instrumento político, pues refleja la visión de desarrollo, estrategias, programas y proyectos que permiten alcanzar el plan de trabajo de la autoridad electa. En este caso, encontramos:

  1. i) Planeación, asignación de presupuesto, ejecución y evaluación del gasto público para el cumplimiento de los derechos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador;
  2. ii) Cumplimiento de objetivos, claramente definidos;

 iii) Verificar la participación de personas, comunidades, pueblos y nacionalidades;

  1. iv) Avance;
  2. v) Resultado en el cumplimiento;
  3. vi) Correlación entre el plan cantonal y el plan provincial;

3) Políticas Públicas: Son directrices generales que impulsa un gobierno para respetar, proteger y realizar los derechos de las personas, de forma individual y colectiva. En este caso, encontramos: i) La participación de personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; ii) Propician la Equidad; iii) Tienen legitimidad; iv) Verifican avances; v) Verifican el resultado del cumplimiento;

4) Proyectos: Es una planificación, que consiste en un conjunto de actividades a realizar de manera articulada entre sí, con el fin de producir determinados bienes o servicios capaces de satisfacer necesidades o resolver problemas, dentro de los límites de un presupuesto y de un periodo de tiempo dados. En este caso, encontramos: i) Verifican que sean pertinentes a las necesidades; ii) Contratación Pública; iii) Monto; iv) Avances;

 5) Presupuesto Participativo: Es el proceso mediante el cual, las ciudadanas y los ciudadanos, de forma individual o por medio de organizaciones sociales, contribuyen voluntariamente a la toma de decisiones respecto de los presupuestos estatales, en reuniones con las autoridades electas y designadas. En este caso, encontramos: i) La participación de personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; ii) La calidad de inversión pública y la igual distribución de los beneficios de la inversión; iii) Proyectos de arrastre;  iv) Criterios de distribución a barrios, comunidades; v) Resultados de ejecución presupuestaria; y, vi) Deudas/ pasivos;

6) Servicios que ofertan: agua basura, luz, recolección de basura, tratamiento de los residuos sólidos. En este caso, encontramos: i) Calidad del producto o del servicio; ii) Calidez de atención; iii) Impacto de los recursos, de los servicios; y, iv) Cobertura y satisfacción de necesidades;

7) Talento humano y recursos: En este caso, encontramos: i) Número de funcionarios y actividades que cumplen; y, ii) Sueldo en relación con las funciones que realizar;

 8) Derechos: En este caso, encontramos: i) Ejecución de acción afirmativa; ii) Reparación a la violación de derechos;

9) Leyes: En este caso, encontramos: i) Su cumplimiento o incumplimiento; ii) Acciones para garantizar la transparencia; iii) Acciones que denuncien el incumplimiento.

A manera de conclusión, las Defensorías Comunitarias trabajan con la comunidad, parroquias, barrios y sectores rurales y urbanos. Fomentan y participan de manera protagónica en los procesos de desarrollo comunitario, fomentando una activa participación en estos procesos.

Autora: Ab. Rosana Castro Arroyo, MSc

               [email protected]/ @rosicastroa

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