Autor: Dr. Manuel Posso Zumárraga

Introducción

Según el Ministerio de Justicia, en Ecuador existen 22.029 internos y la capacidad de las cárceles es de 12.089. De este número, 7.123 ocupaban la Penitenciaría del Litoral, pese a las 2.533 plazas para las que fue construida en 1957.

Esta sobrepoblación, según un estudio realizado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) 2013-2014, es uno de los factores de la crisis carcelaria de varios países de Latinoamérica y en Ecuador

El Comité Europeo para los Problemas Criminales (1999) consideró que las cárceles con una densidad superior al 120% tienen problemas graves de sobrepoblación-Ecuador ha superado de sobrepoblación carcelaria y no se pasa del discurso o del simple diagnostico carcelario y la delincuencia está venciendo a un gobierno del doble discurso y del dialogo improductivo en sus primeros dos años de Administración.

Muchos países latinoamericanos superan ese nivel. El Salvador presenta la sobrepoblación más grave: 298%. Ecuador registra un porcentaje poco menor al 150%, por debajo de República Dominicana, Guatemala, Nicaragua, Panamá y Brasil que no llegan a la línea del 200%.

“Con estos niveles de sobrepoblación, las cárceles en la región están funcionando al límite. Las huelgas, motines e incendios se han convertido en un factor de riesgo para la estabilidad operativa del sistema y para la seguridad de los guardias, de los internos y de quienes circulen en los recintos, como las visitas.

Además, tanto el hacinamiento como la falta de control en las cárceles han permitido que en su interior crezcan y se fortalezcan redes criminales, desde las cuales se planean extorsiones secuestros, actos de ocio, venganzas y otros actos violentos donde la policía y los jueces trabajan, pero sin políticas de Estado”.

¿Cuál fue el diagnostico general de las cárceles elaborado en el 2009 año en que se implementó un nuevo modelo carcelario?

En el 2000, la Federación Internacional de los Derechos Humanos conformó una misión referida a la situación de las cárceles en Ecuador. El equipo internacional señaló las malas condiciones de detenciones, evidenciando las instalaciones obsoletas, la superpoblación y condiciones de detención infrahumana, la violación de la presunción constitucional de inocencia, la corrupción del personal administrativo, la falta de capacitaciones para el personal de seguridad, la escasa coordinación entre policía nacional, fiscales y jueces de la República. En resumen, las condiciones de las cárceles en esa época no correspondían a los estándares de nuevo modelo carcelario de seguridad.

¿Se dice que en el 2009 ya se aplicó un nuevo modelo carcelario en Ecuador, porque no funciona?

En los últimos 7 años, el sistema carcelario en el Ecuador registró una transformación mediática, es decir transformación en infraestructura carcelaria, pero sin políticas de Estado, aplicado en los 53 centros de rehabilitación que operan en el país.

La política pública para ese tiempo me refiero al 2009, para el sistema carcelario estuvo a cargo del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, incluyendo la construcción de cárceles, la contratación de personal, el equipamiento para la seguridad, la clasificación de la población internada, el régimen de visitas, entre otros aspectos importantes.

El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, informó de la inversión de más de 200 millones de dólares en construcción de tres centros de rehabilitación social regionales en Guayas, Cotopaxi y Azuay. La nueva infraestructura alberga a cerca del 50% de la población penitenciaria nacional. Esta intervención incluye 2 Declaratorias de Estados de Emergencia con fecha junio 2007 y agosto del 2010 y el problema sigue vigente en el 2019.

¿Cuáles son los problemas más acuciantes que se presentan en las cárceles del país que faltan por resolver?

El diagnostico al 2009 con algunas variantes al 2019, afirman que los principales problemas del hacinamiento y el fracaso en el manejo de las cárceles es el siguiente:

Restricciones al Derecho a la Salud

Varios testimonios de familiares de personas privadas de libertad relatan la dificultad de los detenidos para disponer de una atención médica adecuada… en comunicados públicos denuncian que: “Solo existe paracetamol y diclofenaco que les dan para todas las enfermedades. Si un ppl o preso común, quiere atención médica tiene que pagar en los diferentes filtros para poder llegar al doctor”.

Revisiones vaginales, se mantienen.

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH, ha documentado el trato cruel, inhumano y degradante que sufren los familiares de privados de la libertad y sus abogadas particulares al obligarles a despojarse de sus ropas y a sufrir tacto corporal en sus partes íntimas como medio de control del ingreso de objetos ilegales

Privación de bienes personales, una práctica deshumanizante

Las mujeres de los presos, los amigos de los presos, los abogados de los presos; todos en mayor o menor medida han perdido la libertad de vestir un escote coqueto, de llevar zapatos con cordones, de lucir objetos a su gusto. Se describe el despojo que sufren quienes visitan a presos y el negocio de quienes “cuidan cosas centavas.”, incluso por cuidar bebés recién nacidos por estar prohibido su ingreso.

Homicidios

El publicitado equipamiento de seguridad demostró ser insuficientes frente a la corrupción y la violencia. Desde enero de 2012 hasta mayo del 2018 el CDH registró 145 homicidios, 67 en circunstancias violentas en las cárceles de la Roca, la Regional y la Penitenciaría del Litoral, que incluyeron uso de armas de fuego.

Las reformas al COIP no se aplican

Me refiero a la, tipificación sistémica de ciertos delitos, a la institución de la privación de la libertad y al principio de inocencia constitucional, a las instituciones del sistema de flagrancia que solo son máquinas de producción de presos comunes, y a las reformas que solicitan los gremios de profesionales del derecho al COIP y COGEP

¿La prensa afirma que 26 bandas criminales operan en cárceles del Ecuador, que se está haciendo sobre el tema?

Las pandillas o bandas constituyen una de las principales amenazas a la seguridad dentro de los centros de privación de libertad. Desde allí, controlan ciertos delitos, particularmente, el tráfico de drogas y la extorsión a otros reos. 37 policías han sido separados de la institución por tener relación con estos grupos de lo que va de los años 2018 a 2019.

¿Cuál es el alcance del estado de excepción que dictó el presidente Lenin Moreno para el sistema carcelario del país?

EL Presidente Lenin Moreno, el jueves 16 de mayo del 2019 declaró el estado de excepción en el sistema carcelario, tras reportes de hacinamiento y riñas que han dejado MAS DE 49 muertos dentro de las prisiones con el fin de “precautelar los derechos de las personas privadas de la libertad”,

Según un decreto difundido por la Secretaría de Comunicación (Secom) el estado de emergencia regirá por 60 días y le permite al ejecutivo movilizar hacia los centros carcelarios a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional para “prevenir acontecimientos de violencia al interior de los centros de rehabilitación social”,

El Decreto firmado por Moreno también dispone la suspensión del derecho a la inviolabilidad de la correspondencia, libertad de información y libertad de asociación y reunión. Esto último a mi juicio es inconstitucional. Además, ordena al Ministerio de Finanzas proveer los recursos necesarios para atender la emergencia. Es de esperar que esta medida surta efectos positivos y se logre controlar en parte la conflictividad social carcelaria del país.

¿Cuál es a su juicio las políticas de Estado para superar la crisis carcelaria y el fracaso del manejo del poder punitivo del Estado?

El problema carcelario no es fácil de resolver, porque los gobiernos del Ecuador se han acostumbrado a dictar leyes represivas y parches legislativos y no tocan el fondo del problema no solo en este tema del manejo del poder punitivo del Estado, sino en todas las leyes que dictan en el Ecuador, donde o son copiadas de otras realidades diferentes al Ecuador o no se respeta el ordenamiento jurídico vigente, como por ejemplo se irrespeta la reserva de la ley llenando el registro oficial de decretos ejecutivos que vulneran la Constitución y la ley.

A mi juicio el problema del hacinamiento en las cárceles en el país y el aumento de delitos comunes tienen su origen directo en la ausencia de políticas públicas integrales que den solución a los siguientes problemas;

Política urbanística real. El crecimiento incontrolado de la urbe en las grandes ciudades, con asentamientos e invasiones no legalizadas son focos del incremento de la delincuencia común y deben sincerarse las actividades aun no desplegadas del habitad i-ii-y iii- que son un engaño, porque no tienen financiamiento.

Política educativa permanente. Es decir, necesitamos un cambio de enfoque de la política educativa elitista en especial dirigida a la delincuencia juvenil Esto se logra desde la refundación de la Familia educando en valores para controlar la corrupción que está hasta en la sopa de los ecuatorianos.

Política de empleo: La delincuencia está en clara coordinación con la desocupación de un 40 % de los ecuatorianos, aprobando un nuevo Código laboral estructural.

Política sanitaria: Faltan redes de asistencia social y sanitaria con recursos suficientes para el tratamiento de enfermedades dirigidas a la población indigente o de quintiles pobreza extrema. Se necesita el cambio del modelo curativo a preventivo

Política policial: Faltan cuerpos especializados dirigidos a controlar la auténtica lesividad social. No es que la Policía o el Ejército no trabajan, sino que deben trabajar en forma mancomunada con todas las áreas del Estado

Política judicial: Ausencia de independencia de la administración de justicia, control de la legalidad incipiente de los órganos de control jurídico del Estado, demasiadas leyes penales en blanco, no se respeta la reserva de la ley, la discrecionalidad del juzgador es evidente, el abuso de las medidas preventivas en los procesos de judicialización y la descoordinación entre jueces, fiscales, policía, y la participación ciudadana real es nula.

Política penitenciaria: No existe política penitenciaria que reduzca a límites tolerables la capacidad criminal de las instituciones carcelarias, que logren la reinserción social del recluso con políticas de Estado revisando las instituciones de flagrancia que solo son máquinas de producción de delincuentes comunes mientras que los delincuentes en organización delictiva de cuello blanco están libres y gozando de lo robado

Política fronteriza: No hay control, de visado, record policial, refugiados y acciones de Migración mediáticas en salvaguardas canastas tras fronteriza mal focalizadas e impuestos del IVA y mala focalización de los subsidios.

Política De Seguridad Social: Solo existen programas de seguro social y de inversiones, lo que existe en seguros deficitarios, cifras e informes maquillados y políticamente mal administrados donde los recursos por inversiones no privativas se destinan en un 70% a proyectos del Estado y un 30 % a los asegurados donde todos los gobiernos meten las manos y las uñas en sus recursos

Política Jurídica: Se necesita urgente un cambio de Constitución concentradora del poder en el ejecutivo como la de Montecristi. Que produce desequilibrio de poderes y amerita ir a una constituyente con una Constitución con participación directa del mandante que destruya la concentración del poder de los artículos 261 literales del uno al 12.

Si estas acciones no se cumplen el colapso del sistema carcelario ecuatoriano colapsará y la delincuencia común y de cuello blanco vencerá al gobierno de turno.

Dr. Manuel Posso Zumárraga