Ciberespacio Legal

Dr. David Sperber
LL.M. Harvard Law School
[email protected]
ARTÍCULO EXCLUSIVO PARA LA REVISTA JUDICIAL

I NTERNET, CORREO ELECTRÓNICO, CHAT , página Web son palabras que hoy en día pertenecen a nuestro léxico diario. Nuevas tecnologías impactan en nuestra forma de vida y en nuestro comportamiento humano. Nos parece irónico que hace tan sólo diez años no teníamos ni siquiera una dirección de e.mail. Aún cuando la tecnología corre y se adelanta a las normas jurídicas es el marco legal adecuado el que nos permite acoplarnos de mejor manera a novedosos sistemas, en este caso a la red de redes.

La nueva Ley de Comercio Electrónico

Tiene como objetivo por una parte viabilizar el comercio electrónico ó ecommerce como medio legal de transferencia de bienes y servicios y, regularizar los sistemas, las redes informáticas y telemáticas. Por otra parte, tipificar y criminalizar (penalizar) el uso indebido del Internet para cometer infracciones ó actos dolosos.
Los temas más relevantes de la referida ley son el reconocimiento jurídico de la firma electrónica y la firma digital; así como la validez de un contrato computarizado («telemático»), los datos utilizados entre computadoras, y la privacidad de la información (al igual que una carta de correo u otra correspondencia). ¿Pero que sucede cuando las normas legales no pueden proteger nuestros derechos en el Internet? Un ejemplo y uno de los casos más famosos es Napster, donde por mas que existan instrumentos nacionales e internacionales para la protección de derechos de autor estos pasaron a ser inservibles. Entonces, como lo ha dicho el profesor Lawrence Lessig «serán las barreras privadas y no el derecho público quien protegerá nuestros derechos» (Code and other laws of cyberspace, 1999); en éste caso los derechos de propiedad intelectual.

¿Quién pone los límites al comercio electrónico y al Internet?

El sector privado juega un papel predominante en el desarrollo de la Red ya que es quien lo gobierna en mayor medida su estructura y desarrollo (donde el Estado es simplemente un «jugador» secundario). Las barreras privadas son esencialmente dos. Primero, la configuración de la infraestructura tecnológica (hardware y software); que para éste ejemplo, un computador únicamente pueda leer música que tenga un código de autorización previo que será obtenido por el usuario una vez que pague las regalías correspondientes, de caso contrario no podrá leer los MP3’s (futuros MP4’s). Segundo, a través de obligaciones contractuales (generalmente contratos de adhesión). Los «términos de uso» ó «políticas de privacidad» de páginas Web son otra fuente de obligaciones contractuales. En el Ecuador, desafortunadamente, generalmente no existen los términos de uso creando y transformando en un riesgo para el propietario de la página Web u oferente, más que para el consumidor que se encuentra debidamente protegido por la Ley de Defensa del Consumidor. Estas barreras y las normas legales son los actores principales que moldean la arquitectura del ciberespacio.

Prestación de servicios de alta tecnología

Una cosa no hay duda en materia económica y es que la competencia en servicios tiene cada vez menos fronteras y sólo podrán competir aquellos que otorguen valor agregado a la prestación de sus servicios a un menor precio (negocios B2B y B2C). El Ecuador podría fácilmente convertirse en un prestador de servicios de alta tecnología. Un modelo, creando software y páginas Web a otros países a un menor costo (offshore services ó outsourcing technology). Pero se necesita del apoyo e incentivo estatal para mejorar la infraestructura actual de las redes de información del Internet; ya que sólo el 2.5% de la población ecuatoriana tiene acceso a Internet en comparación con el 54% de los EE.UU. La tecnología debe ser utilizada e implementada para reducir cada vez más la brecha que existe entre ricos y pobres; porque puede mejorar drásticamente el medio en que vivimos. La Ley de Comercio Electrónico (Considerando sexto) expresa que «estos servicios se conviertan en un medio para el desarrollo del comercio, la educación y la cultura de nuestros pueblos». El Internet puede ser el mecanismo para lograr este noble fin, ó de lo contrario, se convertirá en un disparador entre países del primer mundo y los países tercer mundistas (que hoy prefieren denominarnos falsamente en vías de desarrollo).