Dr. Boris Cornejo Vicepresidente de la Fundación Esquel, experto en temas de desarrollo, profesor universitario e investigador Implementando el Nuevo Proceso Penal en Ecuador: Cambios...
n el Ecuador, después de la Independencia, desapareció. El 16 de abril de 1909 un grupo de jóvenes de la Sociedad Jurídica-Literaria, con la guía del preclaro maestro Manuel Ramón Balarezo, resolvió darle vida con el nombre de "Colegio de Abogados de Quito", previa la aprobación de la Corte Suprema de Justicia.
El sistema judicial ecuatoriano debe ser reformado no solamente en su aspecto estructural y procesal sino que debe independizarse del influjo político y de las presiones que se ejercen sobre él por intereses particulares.
El ejercicio jurídico no solo requiere la transmisión de conocimientos, sino una formación integral del individuo. La enseñanza del Derecho se articula sobre tres ejes: qué, cómo y para qué enseñar. En este proceso, "lo elemental es fundamental", priorizando la síntesis y la claridad sobre la complejidad innecesaria.
"Ninguna persona podrá ser interrogada ni aún con fines investigativos, por una autoridad policial, por el Ministerio Público, o por cualquier otra del Estado, sin la asistencia de un Abogado defensor privado o nombrado por el Estado, para el caso de que el interesado no pueda designar a su propio defensor.
Estos principios establecen el marco internacional para garantizar que los abogados puedan ejercer su labor con libertad, protegiendo tanto los derechos de sus clientes como el Estado de Derecho.
El término "abogado" proviene del latín advocatus, que significa "llamado". Según la Real Academia Española, es el perito en Derecho positivo que se dedica a defender en juicio (escrito u oral) los derechos e intereses de los litigantes, dar dictámenes sobre consultas legales, y actuar como defensor o mediador en causas judiciales o extrajudiciales.
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