Es ANDRIEN NAVILLE (1845 - 1930), quienal realizar una de las clasificaciones más claras sobre nuestra materia da la pauta para que podamos partir de una realidad filosófica donde aparece el Derecho cuando contesta tres preguntas básicas:
El conocimiento es el mecanismo que permite acceder, comprender y entender los hechos y fenómenos que se producen en nuestro entorno.
Esta nota jurídica aborda el contrato de mandato, figura esencial del derecho civil que faculta a una persona para gestionar negocios por cuenta de otra. Su origen romano y evolución hasta el Código Civil revelan un vínculo de confianza con implicaciones…
Se presenta un análisis sobre las clases de culpa profesional del abogado: contractual, delictual y cuasidelictual, según la doctrina y el ordenamiento jurídico. ¿Cuándo responde el letrado por mal ejercicio? Las prohibiciones legales delinean los…
Se estudia en esta publicación el contrato de mandato, figura jurídica de origen romano que faculta a una persona para gestionar negocios por cuenta de otra. El análisis aborda su definición legal, elementos esenciales y la relación de confianza que lo…
La Asociación Latinoamericana de Libre Comercio: ALALC. La Asociación Latinoamericana de Libre Comercio: ALALC, nació en virtud del Tratado Montevideo, de 18 de febrero de 1960.
Etimología. Víctor Manuel Peñaherrera dice que "La palabra abogado viene de la latina advocatus, llamado para, llamado en socorro o auxilio".
Es materia de impugnación de varios gremios de abogados del país por vicio de inconstitucionalidad la norma contenida en el número 3 del Art. 324 del Código Orgánico de la Función Judicial
El jurista o abogado es el guardián de la justicia. Su labor une la ética con el dominio de la ley para defender derechos y resolver conflictos. En tribunales o despachos, su voz es el pilar fundamental que garantiza el orden y la equidad social.
El Art. 24 numeral 5 de la Constitución de 1998 señalaba “Ninguna persona podrá ser interrogada, ni aún con fines de investigación, por el Ministerio Público (hoy Fiscalía General del Estado), por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la asistencia de un abogado defensor particular o nombrado por el Estado (las negrillas son mías), en caso de que el interesado no pueda designar a su propio defensor.













