Breve acercamiento a la justicia electoral ecuatoriana

Autor: Mgtr. Marlon Ron Zambrano
A priori, es preciso indicar que la justicia electoral es una pieza fundamental de toda democracia, la arteria vital de cualquier sistema de gobernabilidad, ya que no se trata únicamente de contar votos, sino de garantizar que los procesos electorales sean transparentes, equitativos, imparciales, rápidos, accesibles y confiables, asegurando que el ejercicio del sufragio se traduzca fielmente en representación política y, con la finalidad de que las autoridades estatales gocen de legitimidad y credibilidad (Aldunate, 2017).
Además, es preciso indicar que ni la justicia electoral, ni el Derecho Electoral, incluso, ni los procedimientos que se emplean en las elecciones pueden entenderse como ámbitos neutrales, ya que su misma naturaleza refleja un compromiso con la democracia, con los derechos político‑electorales, y en un sentido más amplio, con todos los derechos fundamentales (Grijalva, 2012).
En otras palabras, este tipo de justicia no está basada en simples trámites administrativos, jurisdiccionales o técnicos. Las sentencias electorales están cargadas de valores constitucionales, electorales y éticos, y su función excede la mera aplicación mecánica de reglas, puesto que, las mismas, deben actuar como herramientas que protejan la justicia, la equidad, la libertad y la participación efectiva de la ciudadanía.
Entonces, cada sentencia electoral alineada con la elección, cada sentencia, cada mecanismo fiscalizador llevan consigo una dimensión política y moral que va más allá de lo meramente formal: su existencia y aplicación sirven para asegurar que el ejercicio del poder se haga conforme al derecho, salvaguardando la dignidad humana, el bien común y la legitimidad institucional que sostiene a una democracia auténtica (Revorio, 2010).
Por ello, la justicia electoral debe reafirmarse como garante de que el poder se ejerza conforme al derecho, defendiendo los valores fundamentales como la equidad, la transparencia, la participación ciudadana y la dignidad humana. Solo entonces podrá sostener la confianza ciudadana, la credibilidad institucional y, en última instancia, darle sustentabilidad a la gobernabilidad democrática.
En Ecuador, un país caracterizado por una alta volatilidad política e institucional, el sistema de justicia electoral no solo administra el proceso, sino que se erige como el árbitro final de las disputas, manteniendo a flote la legitimidad de los resultados, por ello, desde la Constitución de 2008 y la creación de la Función Electoral, se han dado avances significativos en materia normativa y estructural; empero, también persisten retos importantes en el sistema electoral y la justicia especializada que lo respalda (Grijalva, 2012).
Función Electoral
Es menester señalar que, la Función Electoral tiene como finalidad fundamental asegurar que los procesos de votación y los escrutinios no sean meros actos formales, sino reflejos verídicos de la voluntad ciudadana; esto implica que, cada votación debe expresarse de manera auténtica, libre, democrática y espontánea, sin presiones, manipulaciones o interferencias indebidas.
De igual forma, los resultados del escrutinio deben manifestarse como el reflejo inmediato, oportuno y fiel de lo que los electores han decidido en las urnas, utilizando un método de votación directa y secreta que proteja la privacidad del votante y garantice que su elección no se vea condicionada por factores externos.
Además, todos los actores del proceso electoral (autoridades electorales, partidos políticos, funcionarios de las juntas receptoras, observadores) actúen bajo estándares de transparencia, imparcialidad y equidad, velando por que los instrumentos legales, técnicos y administrativos se apliquen con rigor. (Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, 2009, art. 6).
En un contexto donde la confianza ciudadana es esencial, que la Función Electoral cumpla con esta doble responsabilidad de organizar elecciones limpias y garantizar que el escrutinio traduzca fielmente el voto se vuelve clave para la legitimidad institucional, ya que, solo así se refuerza la gobernabilidad democrática, pues cuando las personas confían en que sus votos cuentan, que sus decisiones serán respetadas y que los resultados serán transparentes, la participación se vuelve más activa, los conflictos postelectorales disminuyen, y la estabilidad política se fortalece.
El andamiaje institucional ecuatoriano se basa en una nítida separación funcional entre el organismo administrador y el organismo jurisdiccional, ambos dotados de autonomía constitucional para su operación, por lo que, el marco institucional ecuatoriano se distingue por una clara, aunque a veces tensa, separación de funciones entre el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) (Constitución de la República del Ecuador, 2008, art. 217); respecto de lo cual, estas dos instituciones electorales por los principios: “(…) de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad, probidad, certeza, eficacia, eficiencia, calidad, coordinación, planificación, evaluación y servicio a la colectividad” (Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Política de la República del Ecuador, Código de la Democracia, 2009, artículo 18, inciso segundo); no obstante, el CNE goza de un principio institucional adicional llamado desconcentración,[1] de lo que, en la práctica está conformado por Juntas Provinciales Electorales[2] (Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Política de la República del Ecuador, Código de la Democracia, 2009, artículo 35).
Consejo Nacional Electoral
De tal forma, el CNE cumple una función administrativa y organizativa, encargándose, en lo principal, de la convocatoria, registro de votantes, logística, y la proclamación de resultados iniciales, además de las demás previstas en ley (Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, 2009, artículo 25); consuecuentemente, este organismo garantiza la operatividad y la transparencia en cada etapa del proceso, siendo el motor de la maquinaria electoral.
Por otro lado, el TCE ejerce la función estrictamente jurisdiccional, conociendo y resolviendo las denuncias por infracciones electorales, quejas, apelaciones, y nulidades que surgen tanto de la organización preelectoral como de la fase postelectoral. Ambas instituciones son autónomas, tienen personería jurídica propia, independencia administrativa, financiera y organizativa; y, el marco legal está dado por la Constitución, la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas (Código de la Democracia), y otras normas complementarias. No obstante, esta dualidad busca especializar las tareas, pero históricamente ha generado fricciones y una potencial superposición de roles, especialmente en las etapas de calificación de candidaturas y escrutinios (Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, 2009, artículo 61).
Tribunal Contencioso Electoral
El papel del TCE es fundamental para el fortalecimiento democrático del Ecuador. Al ejercer el control de legalidad y constitucionalidad sobre las actuaciones del CNE, el Tribunal actúa como un mecanismo de freno y contrapeso, previniendo que la gestión administrativa derive en arbitrariedad. Más allá de la resolución de casos individuales, el TCE tiene la potestad de sentar precedentes vinculantes, lo que construye y solidifica la jurisprudencia electoral del país. Esta labor genera predictibilidad y estabilidad normativa, elementos clave para que los actores políticos y la ciudadanía puedan entender y confiar en las reglas del juego. De esta manera, el Tribunal no solo sanciona o rectifica, sino que interpreta las normas para garantizar de manera efectiva los derechos de participación, postulación y el derecho al sufragio libre de cada ciudadano.
En consecuencia, el papel fundamental del TCE es fortalecer “la tutela efectiva de los derechos de participación política de los ciudadanos”. Esto significa que el TCE actúa como el mecanismo institucional que resuelve los conflictos y las impugnaciones derivadas de los procesos electorales, asegurando que los derechos político-electorales no sean meros conceptos teóricos, sino derechos exigibles y protegibles. Al garantizar esta tutela efectiva, el TCE no solo aplica la ley de manera mecánica, sino que se convierte en un baluarte de la legitimidad y credibilidad de todo el sistema democrático.
El TCE además no se limita al ámbito jurisdiccional, sino que desarrolla actividades de capacitación y difusión para ciudadanos, operadores electorales y autoridades. Por ejemplo, en el año 2024 realizó trece eventos formativos a escala nacional sobre temas como violencia política de género, acceso a justicia electoral, entre otros, alcanzando a más de mil personas.
Esta especialización contribuye no solo al mejor desempeño institucional, sino al fortalecimiento de la cultura política y jurídica en torno al derecho electoral, haciendo que los actores sociales y los ciudadanos estén mejor equipados para conocer y exigir sus derechos.
El diseño institucional del TCE, reforzado desde la Constitución de 2008, busca asegurar su autonomía administrativa, financiera y organizativa, lo que es esencial para evitar presiones externas o partidistas. El Tribunal tiene personalidad jurídica propia, jurisdicción nacional, y ejerce funciones definidas por la Constitución y la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas.
Dicha autonomía, combinada con principios como la equidad, la transparencia, la publicidad, la celeridad y la probidad, son elementos claves para que la justicia electoral no sea solo formal, sino efectiva, permeada por valores constitucionales, como se mencionaba previamente en tus párrafos iniciales.
Conclusión
En conclusión, la justicia electoral ecuatoriana, encarnada principalmente por el CNE y el TCE, es un elemento indispensable para la paz social y la estabilidad democrática del país. Su estructura es compleja y especializada, pero los desafíos que presenta, ligados a la autonomía política y la necesidad de una mayor agilidad procesal, son significativos. Fortalecer el sistema requiere de procesos de selección de sus miembros rigurosos y despolitizados, así como de un compromiso de todos los actores del sistema para respetar sus decisiones.
La justicia electoral en el Ecuador ha avanzado mucho en los últimos años: la institucionalización, los marcos legales reformados, la creación de órganos especializados y sistemas tecnológicos ayudan a que los procesos electorales sean más confiables, pero los desafíos de percepción, de imparcialidad, de sanción efectiva, de transparencia y de capacidad institucional siguen siendo grandes tareas pendientes. La legitimidad de la democracia ecuatoriana depende en buena medida de que la justicia electoral no sólo exista en el papel, sino funcione bien, con justicia material, claridad, equidad, accesibilidad y con la confianza de la ciudadanía. Si se superan estos desafíos, Ecuador podrá fortalecer su democracia, reducir la conflictividad electoral post‑votación, y asegurar una representación política más fiel a la voluntad popular.
Bibliografía
Aldunate, P. V. (2017). La justicia electoral: su rol en el sistema institucional democrático. Revista Justicia Electoral y Democracia, 33-48.
Asamblea Nacional. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Quito.
Cossio, J. R. (2022). Concepciones de la Democracia y Justicia Electoral. México: Instituto Nacional Electoral.
Grijalva, A. (2012). Justicia Electoral y Justicia Constitucional en Ecuador. Quito: Universidad Andina Simón Bolívar.
Nacional, A. (2009). Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Política de la República del Ecuador, Código de la Democracia. Quito: Registro Oficial Suplemento Nro. 578.
Revorio, F. D. (2010). El Control Constitucional del Tribunal Electoral. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
[1] Véase el artículo 7 del Código Orgánica Administrativo que señala: Principio de desconcentración. La función administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución objetiva de funciones, privilegia la delegación de la repartición de funciones entre los órganos de una misma administración pública, para descongestionar y acercar las administraciones a las personas.
[2] Para conocer sobre las funciones y competencias de las Juntas Provinciales Electorales, véase: https://www.cne.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/reglamento_integracion_funciones_competencias_juntas.pdf









