MES DE JULIO DEL 2002 n

REGISTRO OFICIAL
ORGANO DEL GOBIERNO DEL ECUADOR
Administración del Sr. Dr. Gustavo Noboa Bejarano
Presidente Constitucional de la República
n
Miércoles 31 de Julio del 2002
n
REGISTRO OFICIAL No. 630
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
n
DR. JOSE A. MOREJON MARTINEZ
DIRECTOR

n FUNCIONn EJECUTIVA
n DECRETOS:
nn

2756-B Ratificanse varios instrumentosn internacionales.

nn

2756-Cn Ratificansen varios instrumentos internacionales.

nn

ACUERDO:
n MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL:

nn

1051 Expídese el Reglamenton de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios del Proyecton de reducción de Ia pobreza y desarrollo rural local PROLOCALn Convenio de Préstamo BIRF-767-EC.

nn

REGULACIONES:
n BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

nn

099-2002 Reforma a los niveles de autorizaciónn para la apertura de cuentas de fondos rotativos de las entidadesn del sector público en los bancos corresponsales

nn

100-2002n Requisitosn para la aplicación contable del mecanismo de daciónn en pago contenido en la Sección I del Capitulo IV deln Título Tercero del Libro 1 de la Codificación den Regulaciones del Banco Central del Ecuador.

nn

FUNCIONn JUDICIAL
n CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
n PRIMERA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL:

nn

Recursos de casaciónn en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones:

nn

110-2002 Luis Santiago Giraldo Laran en contra de la doctora Vicenta Alarcón de Guillén.

nn

112-2002n Jorge Endaran Moncayo y otra en contra del arquitecto Emilio Larreáteguin Yépez.

nn

116-2002 Angel Luis Velasco Viterin y otros en contra de Maria Pia Velasco Viteri y otro.

nn

117-2002 INEFAN en contra de la Empresan Inmobiliaria Mar del Sur Cía. Ltda. y otros.

nn

119-2002 Mariana de Jesús Mantillan Silva y otra en contra de los herederos presuntos y desconocidosn de José Gualberto Ortiz Pinargote.

nn

120-2002 Leonidas Maigualca Singahan y otro en contra de Manuel Pilatásig Guanoluisa y otro.

nn

122-2002 Pedro Buestán Oroscon en contra de Alfonso Atiencia Ullua y otra.

nn

123-2002 Sixto Vicente Pretente Valarezon en contra de León Benigno Segura Núñez.

nn

124-2002 Braulio Simón Lópezn Rodríguez en contra de Oswaldo Hernán Delgado Verdugon y otra.

nn

127-2002 Félix Jorge Salamen Arzubiaga en contra Filanbanco S.A. 132-2002 Gilberto Marían Vizhñay Pacheco en contra de Lila Esthela Cevallos.

nn

132-2002 Dentro deln juicio verbal sumario No. 128-2002 que por divorcio sigue Gilberton Vizhñay contra Lila Cevallos

nn

133-2002n Luis Felipe Santistevan Rendón en contra de Felicita den Jesús Egüez Avilés de Santistevan.

nn

134-2002 Fara Piedad Ronquillo de Polonin en contra de Jorge Muñoz Penailillo y otra.

nn

135-2002 Colón Eloy Arteagan Cedeño en contra de Carlos Bertulio Cornejo Solórzano

nn

136-2002 Francisco Sánchez Garcian en contra de la Cía. DATAPRO S.A. n

n nn

No. 2756-B

nn

Gustavo Noboa Bejarano
n PRESIDENTE CONSTITUCIÓN AL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que, el 12 de noviembre del 2001. en la ciudad de Nueva York,n Estados Unidos de América. se suscribió el Tratadon de Relación es de Amistad y Cooperación entre lan República del Ecuador y Ucrania;

nn

Que, el 6 de diciembre del 2001, se suscribió en lan ciudad de San José, Costa Rica, las Notas Reversales sobren «Acuerdo entre la República de Costa Rica y la Repúblican del Ecuador sobre Trabajo Remunerado para Familiares Dependientesn del Personal del Servicio Exterior de las Misiones Diplomáticasn y Consulares»;

nn

Que, el 23 de mayo y el 26 de diciembre del 2001, en la ciu-dadn de Quito, se suscribieron las Notas Reversales sobre el «Acuerdon mediante Notas Reversales entre el Gobierno de la Repúblican del Ecuador y el Gobierno de la República Popular Chinan para el Proyecto de Alcantarillado de Tosagua»;

nn

Que, el 7 de enero del 2002, en la ciudad de Quito, se suscribión el «Convenio de Cooperación Académica entren el Ministerio de Relación es Exteriores de la Repúblican de Honduras y el Ministerio de Relación es Exterioresn de la República del Ecuador»;

nn

Que, el 23 de enero del 2002, en la ciudad de Quito, se suscribión el «Convenio Básico de Cooperación entre eln Gobierno del Ecuador y ONG Terre Des Hommes»;

nn

Que, el 31 de enero del 2002, en la ciudad de La Paz, Bolivia,n se suscribió el «Convenio Marco de Cooperaciónn Interinstitución al entre la Escuela Politécnican del Ejército de la República del Ecuador y la Escuelan Militar de Ingeniería de la República de Bolivia»;

nn

Que, el 31 de enero del 2002, en la ciudad de La Paz, Bolivia,n se suscribió el «Memorándum de Entendimienton entre los Gobiernos de la República del Ecuador y la Repúblican de Bolivia sobre Lavado de Activos»;

nn

Que, el 31 de enero del 2002, en la ciudad de La Paz, Bolivia,n se suscribió el «Convenio entre la Repúblican del Ecuador y la República de Bolivia para la Protecciónn y Recuperación de Bienes Culturales, Naturales y Otrosn Específicos, Robados, Importador o Exportados Ilícitamente»;n Que, el 31 de enero del 2002, en la ciudad de La Paz, Bolivia,n se suscribió el ‘Convenio de Cooperación Culturaln entre la República del Ecuador y la República den Bolivia’;

nn

Que, el 1 de febrero del 2002, en la ciudad de La Paz, Bolivia,n se suscribió el «Convenio Comercial entre ‘la Repúblican de Bolivia y la República del Ecuador»;

nn

Que, el 7 de febrero del 2002, en la ciudad de Quito, se suscribión entre el Gobierno del Ecuador y la Organización de lasn Nación es Unidas para la Agricultura y la Alimentaciónn (FAO) el Proyecto «Rehabilitación de la actividadn agropecuaria de pequeños agricultores afectados por lasn inundación es en la región amazónica ecuatoriana»;

nn

Que, el 26 de febrero del 2002, en la ciudad de Quito, sen suscribieron las «Notas Reversales sobre una Enmienda an la Nota Reversal de 12 de febrero de 1993 referente al préstamon otorgado por el Banco de Cooperación Internaciónn al del Japón a la Empresa Estatal de Telecomunicaciónn es (EMETEL)»;

nn

Que, el 6 de marzo del 2002, en la ciudad de Quito, se suscribieronn las «Notas Reversales sobre una donación del Gobiernon japonés de 500 millonea de yenes para aumentar la producciónn de alimentos en la República del Ecuador’;

nn

Que, el 18 de abril del 2002, en la ciudad de Quito, se suscribión el ‘Convenio de Financiamiento entre la Comunidad Europea y lan República de Ecuador para el
n Proyecto de Desarrollo de la Cuenca del Río Paute, Ecuador’;

nn

Que, el 18 de abril del 2002, en la ciudad de Quito, se suscribión el ‘Convenio Básico de Cooperación entre el Gobiernon del Ecuador e INTERMON OXFAM’;

nn

Que, el 28 de diciembre del 2001, en la ciudad de Quito. sen suscribió la «Carta de entendimiento entre el Gobiernon del Ecuador y la OIM»;

nn

Que, el 24 de noviembre de 1998, en Ginebra, se suscribión la «Enmienda a la Constitución de la Organizaciónn Internación al para las Migración es, aprobadasn mediante Resolución 997 (LXXVI)»;

nn

Que, el 26 de octubre de 1990, en Canadá, se suscribión el ‘Protocolo relativo a una enmienda al Artículo 50 a)n del Convenio sobre Aviación Civil Internación al’;

nn

Que, el 25 de abril de 1996, en la ciudad de Moscú,n se suscribió el «Convenio de Cooperación Culturaln y Científica entre el Gobierno de la Repúblican del Ecuador y el Gobierno de la Federación Rusa»;

nn

Que, luego de examinar los referidos instrumentos internacionalesn los considera convenientes para los intereses del país;n y.

nn

En ejercicio de las atribución es que le confiere eln numeral 12 del articulo 171 de la Constitución Polítican de la República,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Ratifica los siguientes instrumentos internacionales:

nn

«Tratado de Relación es de Amistad y Cooperaciónn entre la República del Ecuador y Ucrania»
n «Acuerdo cuba la República de Costa Rica y la Repúblican del Ecuador sobre Trabajo Remunerado para Familiares Dependientesn del Personal del Servicio Exterior de las
n Misiones Diplomáticas y Consulares».

nn

«Acuerdo mediante Notas Reversales entre el Gobiernon de la República del Ecuador y el Gobierno de la Repúblican Popular China para el Proyecto de Alcantarillado de Tosagua».

nn

«Convenio de Cooperación Académica entren el Ministerio de Relación es Exteriores de la Repúblican de Honduras y el Ministerio de Relación es Exterioresn de la República del Ecuador».

nn

«Convenio Básico de Cooperación entre eln Gobierno del Ecuador y ONG Terre Des Hommes».

nn

«Convenio Marco de Cooperación Interinstituciónn al entre la Escuela Politécnica del Ejército den la República del Ecuador y la Escuela Militar de Ingenierían de. la República de Bolivia».

nn

«Memorándum de Entendimiento entre los Gobiernos,n de la República del Ecuador y la República de Bolivian sobre Lavado de Activos».

nn

«Convenio entre la República del Ecuador y lan República de Bolivia para la Protección y Recuperaciónn de Bienes Culturales, Naturales y Otros Específicos, Robados,n Importados o Exportados Ilícitamente».

nn

«Convenio de Cooperación Cultural entre la República,n del Ecuador y la República de Bolivia».

nn

‘Convenio Comercial entre la República de Bolivia yn la República del Ecuador»~

nn

«Gobierno del Ecuador y la Organización de lasn Nación es Unidas para la Agricultura y la Alimentaciónn (FAO) el Proyecto Rehabilitación de la actividad agropecuarian de pequeños agricultores afectados por las inundaciónn es en la región amazónica ecuatoriana».

nn

«Notas Reversales sobre una Enmienda a la Nota Reversaln de 12 de febrero de 1993 referente al préstamo otorgadon por el Banco de Cooperación Internación al deln Japón a la Empresa Estatal de Telecomunicaciónn es (EMETEL).

nn

«Notas Reversales sobre una donación del Gobiernon japonés. de 500 millones de yenes para aumentar la producciónn de alimentos en la República del Ecuador».

nn

«Convenio de Financiamiento entre la Comunidad European y la República de Ecuador para el Proyecto de Desarrollon de la Cuenca del Río Paute, Ecuador».

nn

«Convenio Básico de Cooperación entre eln Gobierno del Ecuador e INTERMON OXFAM».

nn

«Carta de entendimiento entre el Gobierno del Ecuadorn y la OIM».

nn

«Enmienda a la Constitución de la Organizaciónn Internación al para las Migración es, aprobadasn mediante Resolución 997 (LXXVI)».

nn

«Protocolo relativo a una enmienda al Articulo 50 a)n del Convenio sobre Aviación Civil Internación al».

nn

«Convenio de Cooperación Cultural y Científican entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobiernon de la Federación Rusa».

nn

Cuyos textos los declara Ley de la República y comprometen para su observación el Honor Nación al.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Publíquense los mencionados instrumentosn internacionales en el Registro Oficial.

nn

ARTICULO TERCERO.- Encárguese la ejecución deln presente decreto al señor Ministro de Relaciónn es Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacio Nación al, a los 17 díasn del mes de junio del 2002.

nn

f.) Gustavo Noboa Bejarano, Presidente Constituciónn al de la República.

nn

f) Jaime Marchán, Ministro de Relación es Exteriores,n encargado.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f) Marcelo Santos Vera, Secretario General de la Administraciónn Pública.

nn nn

No. 2756-C

nn

Gustavo Noboa Bejarano
n PRESIDENTE CONSTITUCIÓN AL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que, el 3 de enero del 2001, en la ciudad de Quito, se suscribión el «Acuerdo entre el Gobierno del Ecuador y el Banco Internaciónn al de Reconstrucción y Fomento para una Donaciónn con Cargo al Global Environment Facility para la Preparaciónn del Proyecto ode Reforma de las Empresas Públicas y Asistencian Técnica para la Privatización GEF-PPG No. TF024788.n Por la suma de USD 350.000.oo»;

nn

Que, los días 14 y 16 de febrero del 2001, en la ciudadn de Quito, se suscribió las Notas Reversales acerca deln «Proyecto de Fomento del Sistema de Ahorro y Créditon Rural en el Ecuador (COOPFIN-CREAR)»;

nn

Que, el 11 de abril del 2001, en la ciudad de Montevideo,n Uruguay, se suscribió el «Acuerdo de Complementaciónn Económica No. 39 suscrito entre las Repúblicasn de Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, Paísesn Miembros de la Comunidad Andina y la República Federativan del Brasil (Segundo Protocolo Adicional»;

nn

Que, el 22 de junio del 2001, en la ciudad de Quito, se suscribión el «Addéndum al Acuerdo entre el Gobierno de la Repúblican del Ecuador, el Gobierno Suizo, el Fondo de Contravalor Ecuatorianon Suizo y el ilustre Municipio del Cantón Nabón relativon a la Financiación y Realización de la Segunda Fasen del Proyecto de Desarrollo Agropecuario Nabón, Provincian del Azuay»;

nn

Que, el 30 de junio del 2001, en la ciudad de Quito, se suscribión el «Protocolo de Alcance Parcial de Reconocimiento Mutuon de Certificados de Conformidad con Reglamentos Técnicosn entre la República del Ecuador y la República Argentina»;
n Que, el 30 de julio del 2001, en la ciudad de Quito. se suscribión el «Acuerdo Adición al Acuerdo Parcial No. 13 den Cooperación Minera entre la República del Ecuadorn y la República Argentina sobre Programa de Acciónn Científico- Técnico»;

nn

Que, el 3 de agosto del 2001. en la ciudad de San Pablo deln Lago, se suscribió el «Addéndum al Memorándumn de Entendimiento de Cooperación Técnica entre eln Ministerio de Bienestar Social y la Agencia Española den Cooperación Internación al, en Apoyo a la Ejecuciónn de los Proyectos de Desarrollo Integral de las Provincias den Carchi, El Oro,
n Esmeraldas, Galápagos y Loja»;

nn

Que, el 8 de agosto del 2001. en la ciudad de Montevideo,n se suscribió el «Acuerdo Marco para la Promociónn del Comercio Mediante la Superación de Obstáculosn Técnicos al Comercio (AAA-PC/ 11) (Protocolo de Adhesiónn de la República de
n Cuba)»;

nn

Que, el 28 de agosto del 20(1)1, en la ciudad de Quito, sen suscribió el «Acuerdo de Cooperación entren el ministerio de Relación es Exteriores del Ecuador yn el Ministerio de Relación es Exteriores de El Salvador»;

nn

Que, el 22 de septiembre del 2001, en la ciudad de Cartagenan de Indias, Colombia, entre los Ministerios de Energían y Minas del Ecuador, Colombia y Perú, se suscribión el «Acuerdo para la Interconexión Regional de losn Sistemas Eléctricos y el Intercambio Internaciónn al de Energía Eléctrica»;

nn

Que, el 1 de octubre del 2001, en la ciudad de Quito, se suscribión el «Ajuste Complementario al Acuerdo Básico de Cooperaciónn Técnica entre el Gobierno del Ecuador y el Gobierno den la República Federativa del Brasil para la implementaciónn del Proyecto ‘Cooperación Amazónica para la Construcciónn de las Capacidades Locales»‘;

nn

Que, el 1 de octubre del 2001. en la ciudad de Quito, se suscribión el «Ajuste Básico Complementario en el campo de Cooperaciónn Científica y Tecnológica entre el Gobierno de lan República del Ecuador y el Gobierno de la Repúblican Federativa del Brasil»;

nn

Que, el 1 de octubre del 2001, en la ciudad de Quito, se suscribión entre los Gobiernos del Ecuador y de la República Federativan del Brasil, el «Memorándum de Entendimiento en eln Área de Defensa Civil»;

nn

Que, el 1 de octubre del 2001, en la ciudad de Quito, se suscribión el «Memorándum de Entendimiento entre el Gobiernon de la República del Ecuador y el Gobierno de la Repúblican Federativa del Brasil en el Ámbito del Programa de Cooperaciónn Técnica»;

nn

Que, el 19 de diciembre del 2001, en la ciudad de Quito, sen suscribió el «Convenio entre el Gobierno Suizo yn el Gobierno de la República del Ecuador relativo a lan Financiación y Realización del Proyecto ‘Desarrollon de un Sistema de Transporte y Agil para las Contrataciónn es del Sector Público CONTRATANET, Fase 1

nn

Que, el 26 de diciembre del 2001, en la ciudad de Quito, sen suscribió la «Enmienda al Convenio entre el Gobiernon del Ecuador y el Banco Internación al de Reconstrucciónn y Fomento -BIRF- sobre una Donación para la Reparaciónn del
n Proyecto de Modernización de los Servicios Rurales enn los Sectores de Comunicación y Energía PROMC-GEF-PPGn No. TF 24788″;

nn

Que, luego de examinar los referidos instrumentos internacionalesn los considera convenientes para los intereses del país;n y,

nn

Eh ejercicio de las atribución es que le confiere eln numeral 12 del articulo 171 de la Constitución Polítican de la República,

nn nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Ratifica los siguientes instrumentos internacionales:

nn

«Acuerdo entre el Gobierno del Ecuador y el Banco Internaciónn al de Reconstrucción y Fomento para una Donaciónn con Cargo al Global Environment Faciity para la Preparaciónn del Proyecto de Reforma de las Empresas Públicas y Asistencian Técnica para la Privatización GEF-PPG No. TF024788.n Por la suma de USD 350.000.00».

nn

Las Notas Reversales acerca del «Proyecto de Fomenton del Sistema de Ahorro y Crédito Rural en el Ecuador (COOPFIN-CREAR)».

nn

«Acuerdo de Complementación Económica No.n 39 suscrito entre las Repúblicas de Colombia, Ecuador,n Perú y Venezuela, Países Miembros de la Comunidadn Andina y la República Federativa del Brasil (Segundo Protocolon Adicional».

nn

«Addéndum al Acuerdo entre el Gobierno de la Repúblican del Ecuador, el Gobierno Suizo, el Fondo de Contravalor Ecuatorianon Suizo y el ilustre Municipio del Cantón Nabón relativon a la Financiación y Realización de la Segunda Fasen del Proyecto de Desarrollo Agropecuario Nabón, Provincian del Azuay».

nn

«Protocolo de Alcance Parcial de Reconocimiento Mutuon de Certificados de Conformidad con Reglamentos Técnicosn entre la República del Ecuador y la República Argentina».

nn

«Acuerdo Adición al Acuerdo Parcial No. 13 den Cooperación Minera entre la República del Ecuadorn y la República Argentina sobre Programa de Acciónn Científico- Técnico

nn

«Addéndum al Memorándum de Entendimienton de Cooperación Técnica entre el Ministerio de Bienestarn Social y la Agencia Española de Cooperación Internaciónn al, en Apoyo a la Ejecución de los Proyectos de Desarrollon Integral de las Provincias de Carchi, El Oro, Esmeraldas, Galápagosn y Loja».

nn

«Acuerdo Marco para la Promoción del Comercion Mediante la Superación de Obstáculos Técnicosn al Comercio (AAA-PCD/11) (Protocolo de Adhesión de lan República de Cuba)».

nn

«Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio den Relación es Exteriores del Ecuador y el Ministerio den Relación es Exteriores de El Salvador».

nn

«Acuerdo para la Interconexión Regional de losn Sistemas Eléctricos y el, Intercambio Internaciónn al de Energía Eléctrica, entre los Ministeriosn de Energía y Minas del
n Ecuador, Colombia y Perú».
n «Ajuste Complementario al Acuerdo Básico de Cooperaciónn Técnica entre el Gobierno del Ecuador y el Gobierno den la República Federativa del Brasil para la Implementaciónn del Proyecto ‘Cooperación Amazónica para la Construcciónn de las
n Capacidades Locales»‘.

nn

«Ajuste Básico Complementario cii el campo den Cooperación Científica y Tecnológica entren el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobiernon de la República Federativa del Brasil».

nn

«Memorándum de Entendimiento en el Arce de Defensan Civil, entre los Gobiernos del Ecuador y de la Repúblican Federativa del Brasil’.

nn

«Memorándum de Entendimiento entre el Gobiernon de la República del Ecuador y el Gobierno de la Repúblican Federativa del Brasil en el Ambito del Programa de
n Cooperación Técnica».

nn

«Convenio entre el Gobierno Suizo y el Gobierno de lan República del Ecuador relativo a la Financiaciónn y Realización del Proyecto Desarrollo de un Sistema den Transporte y Agil para las Contratación es del Sectorn Público CONTRATANET, Fase 1″‘.

nn

«Enmienda al Convenio entre el Gobierno del Ecuador yn el Banco Internación al de Reconstrucción y Fomenton -BIRF-sobre una Donación para la Reparación deln Proyecto de Modernización de los Servicios Rurales enn los Sectores de Comunicación y Energía PROMC-GEF-PPGn No. TF 24788».

nn

Cuyos textos los declara Ley de la República y comprometen para su observación el Honor Nación al.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Publíquense los mencionados instrumentosn internacionales en el Registro Oficial.

nn

ARTICULO TERCERO.- Encárguese la ejecución deln presente decreto al señor Ministro de Relaciónn es Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacio Nación al, a los 17 díasn del mes de junio del 2002.

nn

f) Gustavo Noboa Bejarano, Presidente Constituciónn al de la República.

nn

f) Jaime Marchad, Ministro de Relación es Exteriores,n encargado.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico:

nn

f) Marcelo Santos Vera, Secretario General de la Administraciónn Pública.

nn nn

No. 1051

nn

Mariano Curicama Guamán

nn

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL (E)

nn

Considerando:

nn

Que, con fecha 3 de enero del 2002, el Estado Ecuatorianon a través del Ministerio de Bienestar Social ha firmadon con el Banco Internación al de Reconstrucción yn Fomento, el Convenio de Préstamo No. BIRF-7067-EC, destinadon a financiar la ejecución del Proyecto de Reducciónn de la Pobreza y Desarrollo Rural Local «PROLOCAL»;~

nn

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1343, publicado en eln Registro Oficial 287 de 19 de mano del 2001, se creó lan Unidad de implementación del Proyecto, que funcionarán en forma desconcentrada, con autonomía técnica,n administrativa y Función al, integrada por la Junta Directiva,n la Unidad de Coordinación del Proyecto y las unidadesn técnicas regionales;

nn

Que, el Banco Mundial, declara como fecha efectiva del Convenion de Préstamo BIRF-7067-EC, el 13 de mayo del 2002;

nn

Que, se hace necesario contratar bienes y servicios requeridosn para la ejecución del proyecto;

nn

Que, el convenio de préstamo establece que la ejecuciónn del proyecto estará a cargo de PROLOCAL; y,

nn

Que, el Comité de Adquisición es y Contrataciónn es del PROLOCAL en sesión llevada a cabo el dían 3 de julio del 2002, aprobó el Reglamento de adquisiciónn es y contratación es del proyecto,

nn

Acuerda:

nn

Expedir el siguiente: «Reglamento de Adquisiciónn es y Contratación es de Bienes y Servicios del Proyecton de Reducción de la Pobreza y Desarrollo Rural Local PROLOCALn – Convenio de Préstamo BIRF-767-EC».

nn

REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEn PROLOCAL

nn

CAPITULO 1

nn

DISPOSICIÓN ES GENERALES

nn

Art. 1.- Ámbito:

nn

Se someterán a las disposición es del presenten reglamento las adquisición es de bienes y servicios quen realice PROLOCAL, en el desarrollo y ejecución del Proyecton de Reducción de la Pobreza y Desarrollo Local que se financian parcialmente con recursos proporcionados por el Banco Mundial.

nn

Art. 2.- Marco legal y coordinación:

nn

En las contratación es de bienes y servicios requeridosn para el proyecto, se aplicarán las estipulaciónn es del Convenio de Préstamo No. BIRF-767-EC; Anexo 4 «Licitaciónn de Bienes y Trabajos»; «Normas para Adquisiciónn es con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF»;n «Normas para Selección y Contratación de Consultoresn por Prestatarios del Banco Mundial y por el Banco Mundial comon organismo de ejecución», y en lo no previsto en eln convenio, las disposición es del presente reglamento.

nn

Los procesos de adquisición es y contrataciónn es serán coordinados por la Coordinación Administrativan Financiera del PROLOCAL, que actuará con el apoyo deln Especialista en Adquisición es y del Asesor Jurídicon del proyecto.

nn

Art. 3.- Requerimiento de contratos:

nn

Solo se podrán adquirir los bienes y los serviciosn que estuvieren expresamente contemplados en los planes operativosn anuales y programación técnica del proyecto.
n Art. 4.- Autorización es del Banco y de la Comisión
n Europea:

nn

Es atribución del Especialista en Adquisiciónn es preparar para la firma del Director Ejecutivo, las solicitudesn de «No Objeción» del Banco Mundial, que seann necesarias, con la oportunidad requerida, de acuerdo con la naturalezan de las contratación es; las mismas que, una vez obtenidas,n deberán ser debidamente archivadas.

nn

Cuando se utilicen recursos de la Comisión Europea,n la gestión de las autorización es de «No objeción»,n en la parte que corresponda, se deben realizar ante la Delegaciónn de la Comisión Europea.

nn

Art. 5.- Suscripción de los contratos:

nn

Los contratos de bienes y servicios serán suscritosn por PROLOCAL a través de su Director Ejecutivo.

nn

Art. 6.- Ejecución y responsabilidad:

nn

Compete al Coordinador Administrativo Financiero supervisarn la ejecución de los contratos firmados y el cumplimienton de las obligación es contractuales, hasta su liquidaciónn definitiva.

nn

Art. 7.- Integración del Comité de Contrataciónn es y
n Adquisición es:

nn

El Comité de Contratación es y Adquisiciónn es estará integrado por:

nn

a) El Director Ejecutivo;

nn

b) El Coordinador Técnico;

nn

c) El Coordinador Administrativo Financiero; y,

nn

d) El Asesor Jurídico en calidad de Secretario deln comité.

nn

Tendrán derecho a voz y voto los tres primeros integrantes.

nn

Además integrarán el comité, con voz,n pero sin voto, el Consultor Especialista en Adquisiciónn es así como, de ser el caso, el Consultor Especialistan en el área objeto de la contratación o adquisición.

nn

El Comité de Contratación es y Adquisiciónn es estará presidido por el Director Ejecutivo y sesionarán cada vez que sea necesario. Las resolución es se tomaránn por mayoría simple. Podrá conformar las subcomisionesn que considere necesarias para cumplir con sus actividades y propósitos.

nn

Art. 8.- Competencia:

nn

El Comité de Contratación es y Adquisiciónn es será competente para dirigir los procesos de contrataciónn y adjudicar los contratos de adquisición de bienes porn costos iguales o superiores a US $ 10.000,00.

nn

Igualmente el Comité de Adquisición es y Contrataciónn es que actuará como Comité Técnico de Evaluaciónn de Ofertas en los procesos de consultoría serán competente para adjudicar los procesos de contrataciónn de consultoría individual, cuyo valor sea igual o superiorn a US $ 50.000,00, o para la contratación de firmas consultoras.

nn

Los contratos de consultoría individual cuyo valorn sea menor a US $ 50.000,00 serán adjudicados por el Directorn Ejecutivo. conforme al procedimiento establecido para el efecton en el Art. 20.

nn

Art. 9.- Apoyo:

nn

El Comité de Contratación es y Adquisiciónn es podrá conformar subcomisiones técnicas de apoyon para que intervengan y colaboren en los análisis, exámenesn y evaluación es de los documentos de las ofertas entregadas.

nn

Asimismo, el comité, de considerarlo necesario, requerirán la asesoría de expertos que mistan a sus miembros, paran la toma de las resolución es correspondientes.

nn

Art. 10.- Resolución es:

nn

Las resolución es del comité se adoptaránn por mayoría simple. Los votos se expresarán siempren en sentido positivo o negativo con la debida motivación.n En caso de empate el Presidente tendrá voto dirimente.

nn

Art. 11.- Quórum:

nn

El quórum para las sesiones del Comité de Contrataciónn es y Adquisición es estará dado con la presencia.n de sus tres integrantes, incluyendo el Presidente.

nn

CAPITULO II

nn

PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓNn DE BIENES

nn

Art. 12.- Procedimientos para la adquisición de bienes:

nn

Las adquisición es de obras y bienes se efectuaránn siguiendo los, siguientes procedimientos:

nn

a) Licitación pública internación aln de bienes: Para la adquisición de obras y bienes cuyon costo estimado es superior a US $ 250.000,00;

nn

b) Licitación pública nación al de bienes:n Para la adquisición de obras y bienes cuyo costo estimadon sea mayor a US $ 50.000,00 y hasta US $ 250.000,00;

nn

c) Comparación de precios de bienes: Para la adquisiciónn de obras y bienes cuyo costo estimado sea mayor a US $ 10.000,00n y hasta US $ 50.000,00;

nn

d) Contratación a través de orden de compra:n Para la adquisición de obras ‘y bienes, cuyo costo estimadon no supere los US $ 10.000,00; y,
n
n e) Adquisición es a través de la participaciónn de comunidades locales; cuyo procedimiento estarán contemplado en el reglamento que para el efecto se dicte.

nn

Art. 13.- Procedimiento para la licitación públican internación al:

nn

1. Para dar inicio a un proceso de licitación públican internación al el Director Ejecutivo debe emitir la resoluciónn correspondiente e integrar el Comité de Contrataciónn es N Adquisición es de PROLOCAL.

nn

2. El Coordinador Administrativo Financiero compromete eln gasto a través de la asignación de la correspondienten partida presupuestaria.

nn

3, La Coordinación Técnica prepararán las especificación es técnicas; las mismas quen son aprobadas y autorizadas por el Comité de Contrataciónn es y Adquisición es.
n 4. El Especialista de Adquisición es prepararán el’ borrador de documentos de licitación; los mismos quen serán aprobados por el Comité de Contrataciónn es y Adquisición es.

nn

5. El Director Ejecutivo solicita la «No objeción»n del Banco Mundial a la versión preliminar de los documentosn de licitación.

nn

6. Con la no objeción del Banco Mundial, el Asesorn Jurídico de PROLOCAL preparará la convocatorian y en coordinación con la Especialista en Adquisiciónn es se procederá a su publicación.

nn

7. La publicación se realizará en el Developmentn Business. así como en dos periódicos de circulaciónn nación al y se enviará copia a todas las embajadasn de países elegibles acreditados en el país.

nn

8. Los oferentes prepararán y presentarán susn ofertas en el plazo máximo de 45 días a partirn de la fecha en que haya salido la publicación correspondiente.

nn

9. Apertura de las ofertas: En el día y hora señaladosn para el efecto; en presencia de los oferentes, el Comitén de Contratación es y Adquisición es abrirán las ofertas. No se rechazará ninguna oferta en la apertura.n Se leerán las omisiones o incumplimientos. Se leerán en voz alta y se registrará en el Acta, el nombre deln licitante y el precio total de cada oferta, la garantían de seriedad de oferta y cualquier oferta alternativa si se lasn hubiera solicitado o se hubiese permitido presentarlas.

nn

10. El Comité de Contratación es y Adquisiciónn es constituirá una Comisión de Evaluación,n conformada por consultores del área técnica, legaln y económica, para el análisis y evaluaciónn de las ofertas.

nn

11. Análisis y evaluación: Las ofertas entregadasn serán evaluadas y analizadas por la Comisión den Evaluación con apoyo del Especialista de Adquisiciónn es.

nn

12. Adjudicación: Sobre la base de los resultados den los análisis y evaluación es realizados, el comitén dentro del período de validez de las ofertas, adjudicarán el contrato respectivo a la oferta que resulte con el costo evaluadon más bajo y que reúna las condición es apropiadasn de calidad, capacidad y recursos financieros.

nn

13. Notificación: La Secretaría del comitén notificará a los interesados el resultado de la licitaciónn y preparará la documentación necesaria para lan suscripción del contrato respectivo.

nn

14. El Especialista de Adquisición es revisa el borradorn del contrato y prepara la solicitud de no objeción aln Banco del Proceso de Evaluación y del Borrador del contraton para la firma.

nn

15. El Banco Mundial emite la no objeción.

nn

16. El adjudicatario presenta las garantías solicitadasn por el contratante.

nn

17. Suscripción: El contrato se suscribirá medianten escritura pública ante uno de los notarios públicosn del cantón Quito.

nn

18. El Responsable de Adquisición es devuelve las garantíasn al resto de los oferentes.

nn

Art.14.- Contenido de los documentos de licitación:

nn

Los documentos de licitación, contendrán básicamenten lo siguiente:

nn

a. Llamado a licitación;

nn

b. Instrucción es a los Iicitantes;

nn

c. Datos de la licitación;

nn

d. Condición es generales del contrato;

nn

e. Condición es especiales del contrato;

nn

f Lista de bienes y obras y plan de entregas;

nn

g. Especificación es técnicas;

nn

h. Formulario de oferta y listas de precios;

nn

i. Formulario de garantía de seriedad de la oferta;

nn

j. Formulario del contrato;

nn

k. Formulario de garantía de cumplimiento;

nn

1. Formulario de garantía bancaria del anticipo; y,

nn

m. Formulario de autorización del fabricante, cuandon sea del caso.

nn

Art. 15.- Procedimiento para la licitación públican nación al de bienes:

nn

El procedimiento para la licitación públican nación al de bienes será el mismo que el de licitaciónn pública internación al, con las siguientes característicasn diferenciadoras y específicas:

nn

1. La publicación de la convocatoria se realizarán en dos periódicos locales de circulación naciónn al.

nn

2. Los oferentes prepararán y presentarán susn ofertas en un plazo máximo de 30 días a partirn de la fecha en que haya salido la publicación correspondiente.

nn

Art. 16.- Procedimiento para compra de bienes por comparaciónn de precios:

nn

1. El especialista en el área para la que se solicitan el bien o la obra, prepara especificación es técnicas,n asegurándose que la adquisición del bien o la obran esté contemplado en el Plan de Adquisición es on que sea una necesidad para la ejecución del proyecto yn esté debidamente autorizado por el Director Ejecutivo.

nn

2. El Coordinador Administrativo Financiero compromete eln gasto a través de la asignación de la correspondienten partida presupuestaria.

nn

3. Con la asignación presupuestaria, el Comitén de Contratación es Adquisición es aprueba las especificaciónn es técnicas y autoriza iniciar el proceso de contratación.

nn

4. El Especialista en Adquisición es prepara cartan de invitación a ofertar, para que sea firmada por el Directorn Ejecutivo. en su calidad de Presidente del Comité de Contrataciónn es y Adquisición es. La carta de invitación deberán contener el detalle de los documentos e información quen deberán presentar los oferentes. los parámetrosn de evaluación, especificación es técnicasn fecha de presentación de ofertas, fecha de entrega requeridan de los bienes u obras, forma de pago propuesta y garantíasn solicitadas,

nn

5. Los oferentes preparan y presentan sus ofertas en el plazon no mayor a quince días a partir de la fecha constanten en la invitación correspondiente.

nn

6. Si es necesario, el Comité de Contrataciónn es y Adquisición es, de oficio o a petición den parte, puede autorizar ampliación es de plazo, las mismasn que serán notificadas a todos los oferentes,

nn

7. Si es necesario, el Comité de Contrataciónn es y Adquisición es solicito por escrito aclaraciónn es a los oferentes sobre el contenido de su oferta, dando unan fecha límite para recibir dichas respuestas; aclaraciónn es que serán notificadas a todos los oferentes.

nn

8. Análisis y evaluación: El Comité den Contratación es y Adjudicación es designarán una Comisión Evaluación de las Ofertas, integradan por consultores en el área técnica, jurídican y económica. la que preparará un cuadro comparativon de las ofertas y efectuará la evaluación, considerandon para ello los siguientes parámetros: -Análisisn del cumplimiento de los requerimientos solicitados Y de
n certificados y de la vigencia de los documentos ~ presentadosn por los oferentes:-Análisis y evaluación del cumplimienton de las características solicitadas es el formulario den presentación de ofertas técnicas y económicas:n -Definición de la oferto evaluada como la más halo.

nn

9. Adjudicación: Sobre La base de los resultados obtenidos.n el Comité de Contratación es y Adjudicaciónn es reviro la documentación de evaluación y adjudicon el contrato a la oferta que cumpliendo todas las característicasn solicitadas. sea evaluada como la más baja y que reúnan las condición es apropiadas de capacidad y recursos financiemos.

nn

10. El Especialista de Adquisición es prepara. paran la firma del Director Ejecutivo. la solicitud de no objeciónn al Banco del Proceso de Evaluación y del Borrador deln contrato para la firma.

nn

11. Notificación: La Secretaria del comité notificarán a los interesados el resultado del proceso y preparan la documentaciónn necesario para la suscripción del contrato respectivo.

nn

12. El Banco Mundial emite la no objeción.

nn

13. El adjudicatario presento las garantías solicitadasn por el contratante.

nn

14. Suscripción: El contrato se suscribirá medianten instrumento privado.

nn

15. El responsable de adquisición es devuelve las garantíasn al resto de los oferentes.

nn

Art. 17.- Procedimiento para contratación o travésn le ordenes de compra (Compras menores):

nn

1 El área respectiva del proyecto, justifica el requerimienton de la compro que se va a realizar y cm vía a adquisiciónn es

nn

2. El Coordinador Administrativo Financiero, autoriza el requerimienton y sumilla al Ares de Adquisición es.

nn

3. Dependiendo del monto de las compras menores, éstasn serán tramitadas de acuerdo al siguiente detalle:

nn

a. De 1.00 hasta 4.499,00 dólares; éstas seránn tramitadas por el Especialista en Adquisición es; y,

nn

b. De 4,500,00 hasta 10.000,00 dólares; éstasn serán tramitadas por la Especialista en Adquisiciónn es.

nn

4. En cualquiera de los dos casos señalados. el funciónn ario responsable de realizar el trámite de contratación,n pedirá tres cotización es; salvo cuando la contrataciónn sea igual o menor a S 1.000,00, en que se pedirá una solan cotización. Sobre la base de las cotización esn se realizará el cuadro comparativo y se efectuarán la evaluación conjuntamente con el área respectiva.

nn

5. El Coordinador Administrativo Financiero revisa la documentaciónn de evaluación, en base a la cual adjudica la adquisiciónn a la oferta que cumpliendo todas las características solicitadas,n sea evaluada como la más baja.

nn

6. La documentación de adjudicación pasa a presupueston para la asignación de la partida presupuestaria.

nn

7 El Especialista en Adquisición es registra el proceso.

nn

8. Para las contratación es que vayan de 1,00 a $.n 4.499,00 dólares, la Coordinación Administrativan Financiera dispone al área de contabilidad que realicen el pago respectivo.

nn

9. En el caso de adquisición es iguales o superioresn a los 4.500,00 dólares y hasta los 10.000 dólaresn se realizará el respectivo contrato; el mismo que deberán ser suscrito por los representantes legales de las partes contratantes.n l>ara tal efecto. se dispondrá que el Asesor Jurídicon de Prolocal elabore el documento contractual correspondiente.

nn

10. El pago puede realizarse de dos formas: 1) Contra entrega:n ~, 2) Mediante anticipo, en cuyo caso deberá otorgarsen la garantía correspondiente, que puede ser cheque certificado,n letra de cambio o garantía bancaria.

nn

Resumen de contratación en montos para compras menoresn a
n US $ 10.000,00
n Art. 18.- Procedimiento para la adquisición a travésn de la Participación de comunidades locales:

nn

Este procedimiento se regirá a través del reglamenton específico que se dicte para el efecto.

nn nn

CAPITULO III

nn

PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

nn

Art. 19.- Términos de referencia:

nn

Los términos de referencia . para la contrataciónn de consultoría, serán elaborados por los consultoresn especialistas en el área objeto de la consultoría,n conforme a la programación técnica realizada yn contendrán básicamente lo siguiente:

nn

a) Los objetivos del trabajo;

nn

b) Alcance de los servicios;

nn

c) Metodología de trabajos;

nn

d) Detalle de los productos que entregará el consultor;

nn

e) Costo referencial;

nn

f) Plazos;

nn

g) Forma de pago; y,

nn

h) Garantías.

nn

CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL

nn

Art. 20.- Procedimientos para la contratación de consultorían Individual cuyo valor sea menor a $ 50,000,00 dólares:

nn

1. Preparación términos de referencia: El responsablen del área prepara los términos de referencia. Previan autorización del Coordinador Técnico, envían al Especialista en Adquisición es adjuntando el presupueston estimado y criterios de evaluación.

nn

2. Certificación de fondos: El Especialista en Adquisiciónn es obtiene del Coordinador Administrativo Financiero la certificaciónn de disponibilidad de fondos.

nn

3. Solicitud de no objeción: El Director Ejecutivon envía al Banco Mundial la solicitud de «No objeción»n a los términos de referencia.

nn

4. Lista corta: El Especialista en Adquisición es revisan los términos de referencia, el presupuesto y criteriosn de evaluación y elabora conjuntamente con el responsablen del área de la consultoría, una lista corta den por lo menos tres y máximo seis profesionales seleccionadosn con base a su calificación y experiencia para realizarn el trabajo. En el caso de no contar con la lista de candidatosn idóneos, el Especialista en Adquisición es preparan y publica el anuncio en dos periódicos de circulaciónn nación al.

nn

5. Los consultores seleccionados en la lista corta seránn invitados a presentar sus hojas de vida que certifiquen su formaciónn y experiencia para cumplir con la consultoría

nn

6. El Especialista en Adquisición es coordinarán las entrevistas que deberá realizar el respectivo Ordenadorn de Gasto, conforme al monto de contratación.

nn

7. Evaluación: El Ordenador de Gasto junto con eln Especialista en Adquisición es y el Asesor Jurídicon emitirán el informe correspondiente para conocimienton del Director Ejecutivo, en el que conste la evaluaciónn realizada de acuerdo a las calificación es profesionalesn y experiencias.

nn

8. Adjudicación: En base a la evaluación realizadan el Director Ejecutivo adjudica el contrato.

nn

9. E] Asesor Jurídico notifica al consultor seleccionado.

nn

10. El Director Ejecutivo y el consultor seleccionado firmann el contrato.

nn

Art. 21.- Procedimiento para la contratación de consultoresn individuales cuyo valor sea igual o superior a $ 50.000,00 dólares:

nn

Se seguirá el mismo procedimiento establecido en eln artículo anterior, con las siguientes característicasn diferenciadoras:

nn

1. Una vez realizada la evaluación constante en eln numeral 7 del artículo anterior, el Especialista de Adquisiciónn es prepara la firma del Director Ejecutivo la solicitud de «Non Objeción» del cuadro de evaluación de losn candidatos y del proyecto de contrato.

nn

2. En base a la evaluación realizada, el Comitén de Adquisición es y Contratación es adjudicarán el contrato.

nn

3. El Director Ejecutivo solícita al Banco la «Non Obje-ción», adjuntando al contrato el cuadro de evaluaciónn realizado que debe contener: las calificación es, experiencia,n términos de referencia y términos de la contratación.n El contrato será concedido solo después de quen dicha aprobación haya sido dada para los contratos.

nn

CONTRATACIÓN DE FIRMAS CONSULTORAS

nn

Art. 22.- Proceso general de contratación de firmasn consultoras:

nn

1. El responsable del área que solícita la consultorían prepara los términos de referencia, presupuesto estimadon y criterios de evaluación y los envía al Especialistan en Adquisición es; asegurándose que la consultorían esté contemplada en el plan operativo o en su defecton que esté relación ada al proyecto y estén debidamente autorizada por el Director Ejecutivo

nn

2. El Especialista en Adquisición es revisa los términosn de referencia, el presupuesto y criterios de evaluaciónn y elabora una lista corta de por lo menos tres y máximon seis empresas o firmas idóneas que reúnan las condiciónn es mínimas requeridas por el proyecto. Para la elaboraciónn de la lista corta se partirá de una lista larga que pueden prepararse a partir de anuncios en la prensa, (expresiones den interés), invitación es en embajadas, asociaciónn es profesionales, .etc.

nn

3. El Especialista de Adquisición es prepara el pedidon de propuestas o carta de invitación con los criteriosn de evaluación y borrador del contrato.

nn

4. El Director Ejecutivo envía al Banco Mundial lan solicitud de «No Objeción» de los términosn de refe-rencia, presupuesto, pedido de propuestas y lista corta.

nn

5. El Especialista en Adquisición es prepara, paran la. firma del Director . Ejecutivo, la carta de «Pedidon de Propuestas» o carta de invitación a las empresasn de la lista corta de oferentes.

nn

6. El Director Ejecutivo convoca al Comité de Adquisiciónn es y Contratación es del PROLOCAL, que actuarán como Comité Técnico de Evaluación de Ofertas.

nn

7. Los oferentes presentan sus ofertas técnicas y financierasn en sobres separados. Las ofertas técnicas se distribuyenn entre los miembros del Comité de Adquisición esn y Contratación es y las ofertas financieras cenadas pa