Por: Byron Fernando RodrĆ­guez Paredes

IntroducciĆ³n:

Sin duda que uno de los mayores problemas a los que esta sujeto un Estado, es la inseguridad jurĆ­dica, problema que de una u otra forma daƱa los cimientos de su vida diaria de tal forma que sus ciudadanos, sean estos nacionales o extranjeros, desconfĆ­an de la administraciĆ³n de justicia y algunos de ellos ven como la mejor forma de dar soluciĆ³n a sus conflictos es la justicia emanada por particulares, es decir la ilegal, desconociendo de una u otra forma a la Autoridad competente para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, como manda la ley, y es peor aĆŗn cuando estos problemas de inseguridad jurĆ­dica llegan a instancias y materias en la que se pone en juego el bien mas valioso que tiene el ser humano, su libertad.

Este artĆ­culo estĆ” dedicado a determinar que en los proceso Penales las garantĆ­as constitucionales no siempre se cumplen, y si se cumplen sufren de varias falencias que afectan directa o indirectamente no sĆ³lo a los imputados o acusados sino tambiĆ©n al juicio en sĆ­, ya que en materia Penal no siempre se juzga Ćŗnicamente al delincuente como tal, sino que se puede determinar una responsabilidad civil o de otra materia dentro del proceso.

Fallas de la administraciĆ³n de justicia:

Hemos podido percibir como falencias tan grandes como la negligencia, desconocimiento o simple descuido por parte de funcionarios judiciales y administrativos, que estĆ”n en la obligaciĆ³n de aplicar la ley, son permanentes y forman parte de nuestra administraciĆ³n de justicia, llevando a que el aparato judicial colapse y se vuelva ineficaz e ineficiente, haciendo que las GarantĆ­as que ofrece el Estado se vean interrumpidas y cada vez mas utĆ³picas.

GarantĆ­as fundamentales:

Es bien conocido que uno de los deberes fundamentales del Estado es proteger a toda persona dentro de su territorio, sea esta nacional o extranjera con sujeciĆ³n a la ConstituciĆ³n, normas vigentes y a los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por el Ecuador, y de esta manera garantizar condiciones favorables de vida, como asĆ­ lo determinan varios artĆ­culos de la actual ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, con esto hago referencia a que se busca proteger y garantizar no solo los derechos de quienes estĆ”n libres sino de quienes que por diferentes causas se encuentran recluidos en alguno de los centros de rehabilitaciĆ³n de todo el paĆ­s.

Estas lĆ­neas se fundamentan en la importancia que tiene el Estado de cumplir y hacer cumplir todas y cada una de las normas que se expresen en su ConstituciĆ³n, desde las mas declarativas hasta las mas singulares. Las Constituciones PolĆ­ticas consagran generalmente entre otras, dos garantĆ­as: la integridad personal y el derecho a la honra. En virtud de tales garantĆ­as la persona humana debe ser tratada como tal, esto es con dignidad, sin ser ultrajada ni en la parte fĆ­sica ni en la parte moral.

RehabilitaciĆ³n social:

La comisiĆ³n de un delito es un hecho antisocial y antijurĆ­dico; muchas veces puede implicar peligrosidad por parte del agente, sobre todo cuando hay reincidencia, pero pese a todo el delincuente no deja de ser persona humana, ser dotado de cualidades superiores y que deben ser objeto de reeducaciĆ³n o de tratamiento. Los establecimientos penitenciarios – carcelarios o cualquiera que sea su denominaciĆ³n tienen su reglamento de funcionamiento, y en Ć©l se han de establecer las medidas necesarias para contrarrestar los brotes de violencia o de indisciplina, pero con ellas no se puede ir a la denigraciĆ³n o al atentado de orden fĆ­sico.

El estado, a mi modo de ver, deberĆ­a emplear mejores y mĆ”s duraderos mecanismos de control, brindando asĆ­ todo el apoyo que hace referencia la ConstituciĆ³n en relaciĆ³n a la protecciĆ³n de derechos y garantĆ­as sino tambiĆ©n, permitiendo asĆ­ el desarrollo de una polĆ­tica urgente en la que se determine cuales son las necesidades de los centros de rehabilitaciĆ³n social, y mas importante que eso, buscar verdaderos medios de rehabilitaciĆ³n y que estos despuĆ©s de un intenso estudio se considere como polĆ­tica de Estado.

Pese a estas garantĆ­as que da la legislaciĆ³n ecuatoriana sobre la protecciĆ³n de derechos primordiales, es comĆŗn en nuestros dĆ­as observar el quebrantamiento de estas, pues debido a fenĆ³menos socio econĆ³micos de nuestra naciĆ³n, muchos de los ecuatorianos y extranjeros que se encuentran recluidos no han alcanzado, por llamarlo de alguna manera, el derecho a la defensa y al cumplimiento de todos y cada uno de sus derechos, dejando en el olvido la prĆ”ctica de garantĆ­as que de una u otra forma solucionarĆ­an en su totalidad o en parte la situaciĆ³n en la que se encuentran.

ConclusiĆ³n:

Considero que en nuestro paĆ­s la ConstituciĆ³n vigente en el Ć”mbito de los derechos y garantĆ­as constitucionales, busca proteger al ciudadano tanto en el proceso de juzgamiento como al momento de cumplir la pena, pero en el caso de la administraciĆ³n de justicia, ya en el proceso mismo, los mecanismos de control no son permanentes, rigurosos ni adecuados tanto para el acusado como para su familia y peor aĆŗn para el Estado como Autoridad.