Por: Byron Fernando RodrĆguez Paredes
IntroducciĆ³n:
Sin duda que uno de los mayores problemas a los que esta sujeto un Estado, es la inseguridad jurĆdica, problema que de una u otra forma daƱa los cimientos de su vida diaria de tal forma que sus ciudadanos, sean estos nacionales o extranjeros, desconfĆan de la administraciĆ³n de justicia y algunos de ellos ven como la mejor forma de dar soluciĆ³n a sus conflictos es la justicia emanada por particulares, es decir la ilegal, desconociendo de una u otra forma a la Autoridad competente para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, como manda la ley, y es peor aĆŗn cuando estos problemas de inseguridad jurĆdica llegan a instancias y materias en la que se pone en juego el bien mas valioso que tiene el ser humano, su libertad.
Este artĆculo estĆ” dedicado a determinar que en los proceso Penales las garantĆas constitucionales no siempre se cumplen, y si se cumplen sufren de varias falencias que afectan directa o indirectamente no sĆ³lo a los imputados o acusados sino tambiĆ©n al juicio en sĆ, ya que en materia Penal no siempre se juzga Ćŗnicamente al delincuente como tal, sino que se puede determinar una responsabilidad civil o de otra materia dentro del proceso.
Fallas de la administraciĆ³n de justicia:
Hemos podido percibir como falencias tan grandes como la negligencia, desconocimiento o simple descuido por parte de funcionarios judiciales y administrativos, que estĆ”n en la obligaciĆ³n de aplicar la ley, son permanentes y forman parte de nuestra administraciĆ³n de justicia, llevando a que el aparato judicial colapse y se vuelva ineficaz e ineficiente, haciendo que las GarantĆas que ofrece el Estado se vean interrumpidas y cada vez mas utĆ³picas.
GarantĆas fundamentales:
Es bien conocido que uno de los deberes fundamentales del Estado es proteger a toda persona dentro de su territorio, sea esta nacional o extranjera con sujeciĆ³n a la ConstituciĆ³n, normas vigentes y a los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por el Ecuador, y de esta manera garantizar condiciones favorables de vida, como asĆ lo determinan varios artĆculos de la actual ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, con esto hago referencia a que se busca proteger y garantizar no solo los derechos de quienes estĆ”n libres sino de quienes que por diferentes causas se encuentran recluidos en alguno de los centros de rehabilitaciĆ³n de todo el paĆs.
Estas lĆneas se fundamentan en la importancia que tiene el Estado de cumplir y hacer cumplir todas y cada una de las normas que se expresen en su ConstituciĆ³n, desde las mas declarativas hasta las mas singulares. Las Constituciones PolĆticas consagran generalmente entre otras, dos garantĆas: la integridad personal y el derecho a la honra. En virtud de tales garantĆas la persona humana debe ser tratada como tal, esto es con dignidad, sin ser ultrajada ni en la parte fĆsica ni en la parte moral.
RehabilitaciĆ³n social:
La comisiĆ³n de un delito es un hecho antisocial y antijurĆdico; muchas veces puede implicar peligrosidad por parte del agente, sobre todo cuando hay reincidencia, pero pese a todo el delincuente no deja de ser persona humana, ser dotado de cualidades superiores y que deben ser objeto de reeducaciĆ³n o de tratamiento. Los establecimientos penitenciarios – carcelarios o cualquiera que sea su denominaciĆ³n tienen su reglamento de funcionamiento, y en Ć©l se han de establecer las medidas necesarias para contrarrestar los brotes de violencia o de indisciplina, pero con ellas no se puede ir a la denigraciĆ³n o al atentado de orden fĆsico.
El estado, a mi modo de ver, deberĆa emplear mejores y mĆ”s duraderos mecanismos de control, brindando asĆ todo el apoyo que hace referencia la ConstituciĆ³n en relaciĆ³n a la protecciĆ³n de derechos y garantĆas sino tambiĆ©n, permitiendo asĆ el desarrollo de una polĆtica urgente en la que se determine cuales son las necesidades de los centros de rehabilitaciĆ³n social, y mas importante que eso, buscar verdaderos medios de rehabilitaciĆ³n y que estos despuĆ©s de un intenso estudio se considere como polĆtica de Estado.
Pese a estas garantĆas que da la legislaciĆ³n ecuatoriana sobre la protecciĆ³n de derechos primordiales, es comĆŗn en nuestros dĆas observar el quebrantamiento de estas, pues debido a fenĆ³menos socio econĆ³micos de nuestra naciĆ³n, muchos de los ecuatorianos y extranjeros que se encuentran recluidos no han alcanzado, por llamarlo de alguna manera, el derecho a la defensa y al cumplimiento de todos y cada uno de sus derechos, dejando en el olvido la prĆ”ctica de garantĆas que de una u otra forma solucionarĆan en su totalidad o en parte la situaciĆ³n en la que se encuentran.
ConclusiĆ³n:
Considero que en nuestro paĆs la ConstituciĆ³n vigente en el Ć”mbito de los derechos y garantĆas constitucionales, busca proteger al ciudadano tanto en el proceso de juzgamiento como al momento de cumplir la pena, pero en el caso de la administraciĆ³n de justicia, ya en el proceso mismo, los mecanismos de control no son permanentes, rigurosos ni adecuados tanto para el acusado como para su familia y peor aĆŗn para el Estado como Autoridad.