El procedimiento establecido para los casos voluntarios está claramente determinado en el Art. 335 del COGEP, es decir, el procedimiento voluntario se inicia con la solicitud que debe contener los mismos requisitos de la demanda.
En toda causa en la que el sujeto activo de la infracción sea un adolescente se debe aplicar el modelo de justicia especializada determinado en el Código de la Niñez y la Adolescencia con el aporte de lo establecido en los diversos instrumentos internacionales suscritos por el Ecuador.
La Corte estableció los siguientes aspectos para los casos en los cuales se ordena el cambio de locación de una persona con orden de prisión...
En la tramitación de un hábeas corpus corresponde siempre a la autoridad judicial que la conozca analizar su detención de modo integral incluyendo la situación...
RESPUESTA Se considera que la declaratoria de muerte presunta prevista en el parágrafo 3ro. del Título II del TITULO PRELIMINAR del Código Civil es voluntario...
RESPUESTA Para que proceda el testimonio anticipado es necesario contar con la defensa técnica (pública o privada) del procesado. Es fundamental recordar que por imperativo...
RESPUESTA En primer término es necesario señalar que el juicio de expropiación se aplicará las reglas del Código de Procedimiento Civil, con los cambios establecidos...
Actualizado: 13 Noviembre 2025Aclaración: Nadie ha sido autorizado para que a nuestro nombre brinde servicios tarifados de cualquier tipo, hemos dado siempre servicios gratuitos a...
RESPUESTA El derecho constitucional a la identidad de niñas, niños y adolescentes, y la obligación de protección de las personas integrantes de la familia, son...
¿En qué consiste la inadmisión de la demanda por falta de competencia?















