Por: Dr. Bayardo Moreno Piedrahita

E N ESTE MOMENTO , con profunda emoción y respeto, cumplo la honrosa misión encarga a por mis compañeros del Movimiento Académico de Abogados Progresistas, para referirme a la Función Social del Abogado y su papel en el futuro, tema que abordaré con mística para reflejar en forma integra el sentimiento de quienes dedicamos nuestro esfuerzo, nuestro espíritu y nuestra energía al perfeccionamiento del Derecho y a la dinamización de nuestra clase profesional. con la única finalidad de que la Ciencia Jurídica camine y nuestro ideal se perenniza a través de las generaciones y el tiempo.
Muy difícil y ardua tarea constituye para mí cumplir la misión que se me ha encomendado, si se toma en cuenta que hablar sobre la función social del Abogado y su papel en el futuro, es un trabajo dentro de un tema tan amplio, que se presenta para el análisis de múltiples aspectos científicos y morales que exceden a mi propio esfuerzo y exigencia, motivo por el cual pido benevolencia a este distinguido auditorio, para dejar testimonio únicamente de los aspectos más sobresalientes que en mi convicción personal cumple el Abogado, en su anhelo de ir a la conquista de la verdad y la justicia.

Haciendo un poco de historia

En el sistema hispanoamericano, hasta antes de Alfonso El Sabio no se conoció el foro ni al Abogado, por lo que jamás se escucho resonar la voz del defensor, ni se conocieron a ciencia cierta los alegatos y arengas de los letrados. Es que antiguamente la legislación fue breve y concisa; los juicios sumarios, el orden y las formulas judiciales sencillas y acomodadas al Libro de los Jueces o Fuero Juzgo, de modo que nadie podía ignorar las leyes, porque para todos era fácil defender sus causas y sus negocios concluían y perfeccionaban con admirable brevedad.
Efectivamente, en Castilla, hasta el reinado de dicho Monarca, las partes litigantes debían concurrir personalmente ante los jueces para razonar y defender sus causas. A ninguna persona se le permitía tomar o llevar la voz ajena, con excepción del marido por su mujer y del jefe de familia por sus domésticos y criados, etc. para precaver que se violase la justicia o se oprimiese a los desvalidos.
Al tratar este tema, necesariamente tenemos que manifestar que de todas maneras en la antigüedad las leyes se multiplicaron y los Códigos de Espéculo, Fuero Real y Partidas fueron sustituidas por breves y sencillos cuadernos municipales, haciéndose indispensable que personas con vocación, se dedicasen a la ciencia y al derecho para juzgar las causas y buscar razones para los que ignoraban las leyes. Don Alfonso El Sabio fue quien honró la profesión de los Letrados y erigió a la abogacía al privilegiado sitial de oficio público prescribiendo que ninguna persona pudiese ejercer la noble profesión, sin que preceda un examen y aprobación para que se constituya en el futuro Abogado, luego de lo cual debía someterse al juramento de desempeñar fiel y legalmente los deberes de su profesión, bajo el signo o la inscripción de su nombre en una matrícula de abogados, según la información que se encuentra en el Ensayo Histórico de la Antigua Legislación momento para refrescar nuestra raíz.

La excelencia de la Abogacía

Así es como se forja en sus inicios la profesión del Abogado, fundamentada en el Derecho considerado como la ciencia cia de las leyes y como la fuente de la justicia; y, la grandiosa concepción de Justiniano que la permitió comparar a los Abogados con los más grandes guerreros y los hombres de las más altas virtudes.
No cabe duda que el hombre desde su inicio al abrazar la grandeza de la vocación del Derecho, puso en evidencia la excelencia de la Abogacía, como así lo consagra Don Joaquín Escriche, en su Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia cuando dice que la Abogacía «…es de las más heroicas ocupaciones que hay en la República, de manera que no sin razón fueron siempre sus profesores los más dignos del aprecio de los pueblos».
«Ellos son, prosigue, los que con sus sanos consejos previenen el mal de la turbación, los que con rectas decisiones apagan el fuego de las ya encendidas discordias, los que velan sobre el sosiego público, de ello depende el consuelo de los miserables: pobres viudas, huérfanos, hallan contra la opresión, alivio en sus arbitrios ; sus casas son templos donde se adora la Justicia, sus estudios, santuarios de la paz; sus bocas, oráculos de las leyes; su ciencia, brazo de los oprimidos, por ellos cada uno tiene lo suyo y recuperan lo perdido; a sus voces huye la iniquidad, se descubre la mentira, rompe el velo la falsedad, se destierra el vicio, y tiene seguro apoyo la virtud».

Misión del Abogado

Respetados amigos y colegas, una vez realizada esta breve síntesis sobre el origen de la excelsa profesión de la Abogacía en su más exquisita concepción considero de transcendental importancia hacer una breve pausa, para hablar sobre la misión del Abogado y del Jurista, personajes afines, pero no iguales, inquietud ante la cuales menester dejar establecido que la misión del jurista y del Abogado se hallan íntimamente vinculadas, caminan juntas en los variados campos de la acción para el cumplimiento de sus finalidades. Al jurista le corresponde profundizar la ciencia del Derecho desde el punto de vista doctrinario, afianzado en la Filosofía que lo informa, porque el Derecho es vivencia de eficacia en las relaciones humanas y él le pertenece la explicación del sentido y el espíritu de la Ley. Al Abogado, en cambio le correspon de, defender la validez de la correcta aplicación de la Ley, en el campo de las relaciones públicas y privadas para que continué adelante el imperio del Derecho, la paz y la justicia. Es decir, que la diferencia es imperceptible en la noble y sacrificada clase profesional. El corolario, es que el jurista y el Abogado cumplen hermanados sus actuaciones de dirección y responsabilidad en los diferentes campos del saber y de la acción inminente para la cristalización de sus objetivos, fundamentalmente del equilibrio para lograr el bienestar social.

El Jurista

En efecto, el Jurista, día a día cumple con el deber constitucional de reivindicar las Instituciones de nuestro País que incesantemente se ven amenzadas por inescrupulosos y malos ciudadanos, producto de la crisis moral que vive la sociedad. Esa es la tarea incansable del jurista en el desempeño del gran papel de establecer los principios y las normas constitucionales y legales que deben servir de fundamentos para que se consagre el ordenamiento jurídico y el ideal de Montesquieu, esto es, que la ley: «está hecha para la convivencia de los asociados porque nace de la entraña del pueblo y para el hay que legislar. Quienes no saben ni conocen las necesidades de los demás, no pueden prestarse para legisladores». Esa es la gran misión que cumple el jurista de la verdad.
En el campo jurídico de las relaciones privadas, en las manifestaciones individuales, cuando se exige el cumplimiento de la Ley, cuando se denuncia la violación de la Ley, es donde emerge la excelsa figura del Abogado, porque es allí donde se expone el sentido correcto y claro del Derecho, para que se reconozca a las partes, lo que en verdad les corresponde y para que los Jueces y Magistrados hagan la aplicación correcta de la Ley contenida en el ordenamiento jurídico, para conseguir la paz social y el bienestar de todos.

Destacada actuación

En todo caso, es en el gran campo de acción del derecho social, en donde se impone la destacada actuación y se pone en juego la ciencia, la técnica, el jurista y el Abogado para regular los desajustes producidos por los fenómenos económicos, para conquistar en la mayoría de los casos las aspiraciones sociales, que en definitiva tienden desequilibrar las desigualdades humanas.
Se expresa con gran acierto que: «Frente a la realidad objetiva donde se desenvuelven los problemas sociales, es donde actúa con más excito el Jurista; ajeno siempre a las utopías, sabedor que la Ley tiene que estar en función social, en esa dimensión espacio tiempo y que la norma jurídica preexistente palpita y debe existir para la convivencia social; y, que en este sentido el Jurista y el Abogado no serán meros espectadores, sino actores para el reacondicionamiento de lo justo, de lo legal y de los jurídico».
Así se toma con claridad esta concepción, la presencia del Abogado es imprescindible y es indiscutible en la esfera de lo político, en el quehacer y realizarse de la cosa pública; en las controversias doctrinarias; en la ejecución de los medios para alcanzar los fines saludables del Estado; es decir, en la interrelación de los hombres, es necesaria la presencia del Abogado, quien alumbra con luz propia la conducción de los partidos políticos, la militancia de los grupos ideológicos o en los equipos cívicos, como con imperecedera e incomparable gloria aquí en nuestro País, lo hicieran hombres connotados, como Rocafuerte, Alfaro, García Moreno y otros insignes apóstoles de la libertad.

Reconocimiento de su valor profundo

Esta es la concepción social del Abogado, al que no se le ha dado el valor que en realidad se merece; sin embargo, a que su misión permanente es constituir la piedra angular de todas las agrupaciones humanas; en verdad no se le ha reconocido su valor profundo, en la convivencia humana; y, mas bien la ingratitud conla clase del Derecho se ha elevado al más alto sitial, porque los enemigos y detractores consideran al Abogado como el símbolo de la iniquidad moral y campeón de los delitos contra la propiedad.
Si anhelamos el bienestar de la sociedad, no podemos aceptar que un minúsculo sector de ella, se haya formado un falso concepto sobre el Abogado y mas bien con nuestra lucha honorable, permanente y responsable procuremos que desaparezca. El Abogado como el Derecho no pueden permanecer inmutable frente a una sociedad que exige tantos cambios, a cambio de nada, circunstancia que obliga a un replanteamiento de todos los valores éticos, morales y sociales. Por lo tanto la sociedad tendrá que comprender que es necesario encontrar dialécticamente a los mejores abogados para legislar, para las grandes masas de ciudadanos marginales, para las clases profesionales, entre estas para el Abogado considerado como persona que se sacrifica por otros, porque es inconcebible aceptar al Abogado como el conquistador de las más grandes aspiraciones de todas las agrupaciones humanas de todas las clases sociales, pero sin ninguna capacidad para reivindicar la suya.

El papel del Abogado en la actualidad

Estoy seguro de no equivocarme señores, el manifestar que el papel del Abogado en la actualidad ha sufrido un grave quebranto, puesto que erróneamente se le ha considerado como un elemento obstruccionista, y explotador, desconsiderado y lento, sin tomar en cuenta que el mal reside en las normas procesales que conlleva nuestro sistema procedimental obsoleto, que vuelve engorrosa a la administración de justicia y en una iniquidad al juzgador, que también es Abogado.
Sin embargo, desde el inicio de la República hasta la actualidad, vale recordad que los sistemas legales que han imperado en nuestro País, jamás han alcanzado a plenitud la aspiración de los ecuatorianos por encontrar una administración de justicia ágil y justa; esto es, a través del juicio rápido de trámite corto y de efectos inmediatos, para que el litigante no pierda cada día la fe en la justicia, por la aplicación de sistemas caducos que no detectan la angustia de quienes demandan la reivindicación de sus derechos violados.

Sobre las leyes

Las leyes se han dictado sin método ni planificación eficaz; sin las ideas centrales debidamente estructuradas, sin mirar el futuro, sino mas bien la contingencia inmediata; y, no para cumplir esa finalidad esencial de captar las hondas y veloces transformaciones sociales que nos trae la historia y las consecuencias inmediatas que dejan atrás a los hechos, con el fracaso total en la aspiración de alcanzar un sistema legal que carezca igualmente con el mismo ritmo del sistema social, que por su dinamismo y movilidad excede en mucho a las posibilidades del sistema constitucional y legal vigente.
Con la mística del maestro y la profundidad de un apóstol del Derecho, el señor doctor Celso Olmedo Vásconez, catedrático de la Universidad Central del Ecuador, manifestaba: «Nuestros sistemas legales han sido planificados en muchos casos siguiendo las corrientes extranjeras, apartándose de las realidades nacionales, con matices filosóficas rígidos constituidos en arquetipos congelados en razón a las nuevas modalidades de la vida de Derecho. A título de ejemplificación allí está nuestro Código Civil, que reflejando las tendencias y aspiraciones proclamadas por la Revolución Francesa, se van quedando varias de las Instituciones sin aplicación práctica».
«Qué decir de nuestro Código de Procedimiento Civil dejando a salvo unas pocas reformas. Se mantiene aún el juicio ordinario más complicado de América Latina. El sistema de incidentes que soportamos, es para no acabar el pleito y sus instancias, cuya tramitación vuelve difícil a la administración de justicia. El juicio ejecutivo que debería arrancar con el mandamiento de ejecución y de haber excepciones tramitarse por separado, como actualmente se encuentra estructurado constituye un obstáculo al desenvolvimiento bancario y económico que necesita más movilidad en sus transacciones comeriales, y, lo que es más grave, la sentencia dictada en este juicio, a capricho del litigante de mala fe, puede convertirse en juicio ordinario.
Quizá la institución de los jueces de paz, el sistema del juicio oral y en último caso, la regulación normativa del juicio verbal sumario sería lo que más se acomode a nuestra realidad social y que podría substituir con limitaciones en el trámite y en la concesión del recursos».
Estas enseñanzas nos invita a pensar que necesitamos trazar un progrma de acción en orden a la revisión y reformas de nuestras leyes sustantivas y adjetivas; que existe la necesidad de revisar nuestro sistema procesal, porque este es un requerimiento que constituye un clamor general elevado a la categoría de protesta para qu se cambie los sistemas de procedimientos que constituyen una traba para el desenvolvimiento socio-económico del País; para que los nuevos procedimientos llenen los vacíos de la Ley, valla con la que se encuentran entrampados jueces y abogados en el trámite de los pleitos; para que se establezcan procedimientos ágiles en donde la justicia sea pronta y eficaz; para que se den amplias facultades a jueces y magistrados, a fin de que cumplan a cabalidad con sus funciones.

Dinamización del Derecho y Organización Judicial

Ante este clamor social, somos nosotros los Abogados, quienes debemos comenzar con una cruzada de dinamización del Derecho y Organización Judicial con el aporte de nuestra experiencia y una práctica profesional honorable, fijada en una profunda y vigorosa cultura jurídica , para erradicar eternamente a las calamidades e oncongruencias que tenemos que soportar con este sistema caduco. Esta misión debe ser compartida por los Jueces y Magistrados que saben y conocen de los viciosy vacios de la Ley y su necesidad de reforma, hasta llegar al proceso oral.
Si así pensamos, porque no hacemos realidad y damos paso al establecimiento de los jueces de paz; al procedimiento oral; porque no regulamos la materia de los incidentes y aliviamos el paso que soportamos todos; porque no damos paso al recurso de casación en todas las materias, para que la Corte Superior de Justicia pueda andar a tono con las nuevas orientaciones científicasa finde que este alto tribunal se encargue solo de la revisión de la Ley en la sentencia, pero debidamente reglamentada, para evitar que esa alta instancia, pero debidamente reglamentada, para evitar que esa alta instancia se convierta en bodega de juicios en letargo.

El sistema legal del paso fue más ágil y respetable

Mas bien parece que por falta de estudio, trabajo y decisión de nuestra clase, nuestro sistemalegal en vez de avanzar ha retrocedido, porque así partimos deun análisis histórico, devero, sin esfuerzo vamos a concluir, que el sistema legal del paso fue más ágil y respetale
Al respecto del pasado, en las sabias y saludables enseñanzas del ilustre Maestro al que hice referencia, encontramos un requerimiento que incansablemente repetía y que aún está vigente en nuestros días: «Señores Magistrados, Jueces, Abogados, os invito a ver una mirada restrospectiva y a una profunda meditación de lo que fuie la administración dejusticia en los juzgados de primera instancia antes del año 1937, año en que una nefasta dictadura rompió el ordenamiento legal, cambiando el sistema de la justiciapagada, por el membrete de la justicia gratuita».
Y, el maestro prosigue: «La jurisdicción se hallaba dividida entre el Juez de Hecho que estuvo representado por el Alcalde cantonal, nombrado por los Consejos Municipales, quien se encargaba de dar trámite a los juicios de mera sustanciación; y los Jueces de Derechos por Abogados, asesores de los alcaldes con jurisdicción y competenciapara resolver los puntos de derecho y expedir la sentencia. El escribano era el secretario del alcalde y de los asesores».
En efecto, la ciudad de Quito en el año de 1937 en que ocurrió el cambio del sistema legal, existían inscritos en la Corte Superior de Justicia 333 Abogados, por consiguiente 333 asesores-jueces, que por designación del Alcalde asumían la jurisdicción y competencia en el despacho de las causas para las cuales habían sido designados.
Vino la novedad de la justicia gratuita y los asesores-jueces fueron sustituidos por los jueces cantonales y los jueces provicionales y desde entonces vino el desvarajuste de la justicia en todos los niveles, por la sencilla razón de que físicamente imposible que un número reducido de jueces y magistrados, puedan desarrollar el trabajo de acelerado crecimiento poblacional
Esto no quiere decir que necesitamos copiar integramente el sistema del pasado, pero si se evidencia que necesitamos regular nuestro sistema legal para que los miles de profesionales inscritos en el Colegio de Abogados de Quito y de los demás Distritos del País, ayudemos en el pronto despacho de las causas y aliviemos la situación de los trámites civiles y penales, con la in valorable ventaja para que el profesional del Derecho tenga la oportunidad de prepararse como Abogado y especializarse como Juez.
Si nosotros logramos esta aspiración en los Tribunales y Juzgados de la República, con decisión, interés y patriotismo salvaremos al país de la enorme crisis moral en que se encuentra sumergido; de la desorganización de las funciones públicas; de la disperción incontrolada de nuestras leyes; del anarquismo en la interpretación de la ley; de los fallos disímiles dictados por un mismo Tribunal; de la negligencia y la desesperación; y, la conspiración constante por destruir a la Patria.
José martí alguna vez, sin compasión expresó: «Quien oculta la verdad, o no se atrevea decirla, no es uin hombre honrado».

La actualidad

En la actualidad, es un rumor a gritos y para ninguno de nosostros es desconocido, que l poder judicial no es lo mejor que existe en el País; y, que esta sentencia es una verdad indiscutible porque en muchis casos se ha dictadoauto de prisión preventiva contra un criminal, éste paga y se lo absuelve; se enjuicia al narcotraficante y el proceso se suspende por falta de pruebas; y, el sumario se ha convertido en una mera estancia procesal de abuso y negligencia de algunos funcionarios que se niegan a la integración y a la búsqueda de la verdad; y, porque en la mayor parte de los caos, los procesos se estacionan en un letargo inmensoimposible de despertar, ni con una explosión atómica.

Etica profesional y cultura jurídica

Por otra parte, por falta de formación ética-profesional y falta de cultura jurídica tenemos a ciertos Jueces y Abogados en las distintas ramas del Derecho, que no cumplen con la sagrada que les ha encomendado la sociedad, de ser y representar la excelencia del criterio; la objetividad imparcialy la equidad; convirtiéndose más bien en la farza institucionalizada; en un riesgo y peligro social, en el cúmulo de la corrupción y la superficialidad sin horizonte, sin objetivos y sin destino.ç Por falta de esa formación morla y de esa ética, los más altos Tribunales de Justicia del País, se han convertido en empresas organizadas de la propaganda inútil, anarquizante y destructiva, olvidándose de la sagarada misión de administrar justicia.
La extraviada manera de actuar algunos profesionale sdel Derecho y de algunos jueces ha constituido a la Función Judicial on una vida de azhar al vaivén de las influencias y de las pasiones, hasta el extremo de convertirse en clases inservibles para el futuro del País y de la Sociedad.
No nos dejamos vencer por los que no cumplen con la sagrada misión que les ha encomendado el pueblo. Luchemos hasta imponer para siempre los principios de la dignidad, la honradez y la justicia primero en la clase profesional del Abogado y después de la sociedad, aún a costa del sacrificio de nuestras vidas y de nuestros más nobles intereses, afianzándose para esto en las disciplinas, en el esfuerzo, el trabajo y el respeto a la Autoridad honesta.
Que nuestros actos sena los guardianes fieles y constantes de una obra eficiente, creadora, orientadora y digna que se imponga a los mezquinos intereses de quines no pueden superar el estado traición, corrupciónm y maldfad, que evidencia ante el mundo un alto grado de descomposición social que ha puesto en grave peligro a la democracia y a la propia existencia del Estado.

Revolución mental de la sociedad

Ilustres y distinguidos Abogados, con sobriedad, constancia y sana decisión, tenemos que emprender la revolución mental de la sociedad, para que ésta nos reconozca el derecho que nos permita especializarnos en todos los campos de la vida y alos abogados prepararnos para ser los futuros legisladores que organicemos y orientemos a la Patria, al destino individual y al destino de la sociedad universidal, porque la función de legislar debe ser la excelsitud y la aureola de los más grandes pensadores del Derecho, ambición que desgraciadamente no se cumple, porque la función legislativa enun alto porcentaje se encuentra en poder de los ineptos e ignorantes, que al ser designados, sorprenden con la existencia de la ley al escucharla por primera vez y que por esta osadía desangran a la Patria on privilegios y prevendas que les permiten ingrsos aproximados de S/. 2´000.000 (ahora sobre los 10´000.000 de sucre mensuales, sin sentir verguenza de la ineptitud de sus actos y de la repugnancia que ocasiona en la sociedad, esta felonía.
El Legislador debe estar fraguado con la grandeza del espíritu; la pureza del estilo; la profundidad del conocimiento; la creatividad fecunda; la inspiración inagotable y el pensamiento amplio y sublime que esté por sobre toda la Corte Suprema de Justicia reunida en pleno, porque el Legislador es el creador de las normas constitucionales y legales; es el interprete de la Constitución y sus reformas, a diferencia del Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, que por ilustre quesea, se limita a la ejecución de la ley y en casos escepcionales a emitir resoluciones sobre dudas, bacíos, obscuridadde la ley.
No estoy en contra, ni niego en el futuro la posibilidad a los profesionales de otras latitudes diferentes al Derecho para que tengan la misión de legislar, pro con grandilocuencia, propia de quienes conocemos y estudiamos incesantemente el Derecho y para quienes lom estudiarán en el futuro, sin descartar el retorno del Congreso Bicameral, para que a la Camara deDiputados concurran profesionales o gente de todas las latitudes con sus inquietudes y su deseo de servicio, a fin de que una Cámara del Senado de la forma y recoja el espíritu de la ley.
Si se cristaliza esta ambición, será una realidad que en nuestra Patria se implante un sistema legal que cumpla con las aspiracionesde la Sociedad y que con la ayuda permanente de la práctica de la Abnogacía honesta, quede para la historia la impunidad solapada de los delitos, en una sociedad civilizada y justa, en donde se establezca como norma la educación integral, la creación de la riqueza y su equitativa distribución, para que los juzgados no se inunden de causas de toda índole.

Expresión de la nobleza y del alto nivel de vida

El ordenamiento jurídico del futuro debe ser la expresión de la nobleza y del alto nivel de vida conquistado por el pueblo. De ninguna manera debemos aceptar un ordenamiento jurídico que por compasión, no sea sancionador, o por debilidad de los juzgadores, para que las generaciones que nos sigan no naufraguen en la duda de conocer quien ha fallado, si los hombres o el Derecho.
Para llegar al cumplimiento de los enunciados pripuestos, existe la necesidad insustituible de preparar a la juventud con nuevos programas de trabajo en las facultades de Jurisprudencia de la república, para perfeccionar al futuro Abogado, imprimiéndole en su esencia la imágen de un nuevo Derecho humanístico, que estudie las causas y las razones que influyan en las las nuevas proyecciones sociales, mediante la investigación y el esfuerzo, para que sean los nuevos profesionales los que alcancen las reformas a la ley que necesita esta Sociedad agobiada por la pobreza y amenazada por la delincuencia de los malos gobiernos de turno, si nuestra generación no las llega a alcanzar.
En este momento que importante es recordar lo que los franceses dicen con mística y razón: «Si la juventud supiese, si la vejez pudiese». Si la juventud supiese lo que tiene que hacer y lo que tiene que cumplir en el futuro: si la jueventud supiese lo que tiene que aprehender y lo que tiene que hacer. Otro serpía su destino. Muchas veces la juventud no sabe que papel va a cumplir en su existencia e insensiblemente viene la vejez, sin haber aprendido ni habr realizado nada. Si la vejez pudiese. pero en la vejez poco o nada se puede. El tiempo que paso, pasó y nadie lo detiene. El tiempo que se desperdició, ha quedado desperdiciado, porque la vejez no es el mejor tiempo para aprehender. Muchas veces la vejez únicamente sirbe para enterrarse con la mediocridad que se ha forjado en la juventud. «No seáis vosotros jóvenes vulgares nunca, vosotros soís la juventud que sabe lo que el Ecuador exige. La juventud que sabe qué es lo que espera de ella la ciencia, el arte y la sabiduría, es aquella que cumple su destino positivamente». Así lo expresaba el respetable Ex-Presidente de la República, Dr. José María Velasco Ibarra.

El Abogado debe volver a ser el hombre probo

En sintesis, vale recordar a Justiniano, para manifestar que el Abogado debe volver a ser el hombre probo, preito para hablar, lleno de probidad profesional, incapaz de producir la tiniebla y luego enorgullecerse con el desgraciado honor de haber oscurecido la verdad; y volver a la era de pensar en que el Abogado-Magistrado, a más de ser un verdadero sabio, debe ser un perfecto caballero, sereno y desapasionado, porque para ser justo no necesita ser alo, como bien lo afirma el ilustre Dr. Bolívar León Velásquez.
Señores luchemos porque el sistema legal y el Abogado del futuro, constituyan los mejores garantes del convivir social, «porque el honor de una sociedad está reflejado en la rectitud de la justicia», según lo expresaba Concepción Arenal. Luchemos también para que en el futuro se olvide la vieja concepción que grita «desdichados los pueblos cuya última necesidad es la Justicia».
Con Eduardo Couture, afirmemos: «Seguid teniendo fe en el Derecho como el mejor instrumento de la convicencia humana, en la Justicia como en el destino normal del Derecho; en la paz como el sustitutivo bondadoso de la Justicia; y, sobre todo tened fe en la Libertad sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz».
«El más fuerte no es nunca suficientemente fuerte para siempre el amo, sino de trsnformar la fuerza en Derecho y la obediencia en Deber».