Por: Dr. Raúl Velasco Garcés
INTRODUCCION NECESARIA.-
El enfoque nacional de esta hora se ha centrado en dos aspectos que tienen relación con el Estado y su vinculación con el Derecho, tales son el PolÃtico y Constitucional y el que atañe a la Ciencia y Derecho Penal. Alrededor de estos asuntos trascendentales para el orden interno, seguridad, justicia y paz ciudadanas , se viene debatiendo y se vierten opiniones que más bien confunden y desorientan a la ciudadanÃa. Pero con el perdón de todos, en forma cortés y modesta tengo que decir que estos asuntos son principalmente jurÃdicos y su debate y soluciones corresponde a especialistas de las ciencias jurÃdicas, naturalmente con el apoyo y participación de otros especialistas de las ciencias auxiliares del Derecho.
Esta verdad de perogrullo, lamentablemente se ha dejado de lado y se observa que hay un olvido, por no decir menosprecio a los versados juristas ecuatorianos, que han publicado obras de significativo valor investigativo, y otros de comprobada trayectoria jurÃdica, para reunirlos, a que disciernan y elaboren reformas no sólo a las leyes penales que, ciertamente son urgentes, sino también a las otras olvidadas ramas del Derecho. Entre bien común (?derechos del buen vivir?) orden social y polÃtico y Derecho, hay estrecha relación integradora. A decir de un sabio jurista: ?Sin el derecho no hay orden; y sin éste, tampoco cabe la realización del bien común y los derechos carecen de estabilidad ?
PAPEL DEL DERECHO EN LA CONVIVENCIA INDIVIDUAL Y SOCIAL.-
La naturaleza racional de la persona humana, la conciencia individual, le señala el camino para obrar el bien. Normas generales no escritas que se ha comprobado existieron y existen en las tribus más apartadas de lo que llamamos civilizaciones. Quienes se apartan voluntariamente de esos dictados, son una excepción. El Estado es la sociedad polÃticamente organizada para proporcionar a la persona el triple menester de vida, desarrollo y perfeccionamiento. Pero es el derecho escrito, el derecho objetivo que contiene las normas para asegurar el orden indispensable en los distintos aspectos en que se desarrolla la convivencia entre las personas y las múltiples actividades que realizan en procura de su destino material.
El derecho es el regulador de esas manifestaciones en una sociedad organizada polÃticamente para la realización del bien de todos. La finalidad del Derecho es conseguir ese orden social, dando lugar al respeto mutuo de los derechos y la justicia como meta. Las leyes justas son el instrumento más eficaz del Estado, para cumplir y hacer cumplir los deberes individuales y sociales en lo público y privado y conseguir la paz social; es el medio para la defensa de los derechos individuales y colectivos, es la medida de las relaciones entre individuos, asociaciones e instituciones públicas y privadas, para que cada persona alcance lo suyo. De este modo y solo por este camino el Estado creado para el bien de todos puede alcanzar la anhelada paz social, necesaria para el desenvolvimiento de toda actividad humana y progreso social.
En este punto, vuelvo a la aceptada y aceptable doctrina del Derecho Constitucional para recordar que el Orden y Paz, es principal finalidad del Estado. Pero es el Gobierno ( ejercido por sus tres órganos, legislativo, ejecutivo y judicial) que debe cubrir dentro de sus competencias, estas necesidades internas de seguridad, policÃa y justicia; y en relación con lo externo, para mantener su personalidad y seguridad frente a los demás Estados, mediante dos frentes de defensa: diplomático y militar. Mantener el orden polÃtico y la presencia vigilante del Estado no equivale a concederle franquicia incondicional. La evolución social, El Estado de Derecho también somete al Estado a cumplir sus leyes. Delineada con estrictez sus finalidades, se revelan las pautas orientadoras de todos los actos y de todas las omisiones.
En estos tiempos se hace más necesario arribar a la noción completa de lo que entendemos como bien común. No basta su generalidad, puesta en la Constitución como ?derechos del buen vivir? y su enumeración casi taxativa que hace la vigente Constitución, porque ese bien es fluctuante y se vuelve impreciso, por su amplia generalidad formal. A veces se inclina a su aplicación flexible o a la intervención más enérgica, en ciertos asuntos que requieren definición de propósitos, rutas y procedimientos. Por lo que hay que apoyarse en la investigación sociológica, que está ciertamente de moda, pero en Ecuador, divorciada de la ciencia y técnica jurÃdicas.
En las leyes no debe prevalecer lo antropológico ni la sociologÃa, porque muchas veces por atender estos campos se yerra en la norma legislativa en lo que respecta a las consecuencias o efectos colaterales que acarrea esa atención focalizada a resolver el problema, creando otros problemas o consecuencias sociales, a veces más perjudiciales para el asunto que se cree resolver, porque sólo ve las circunstancias de lugar y tiempo, pero no lo que el derecho ve: el efecto o múltiples problemas que puede acarrear la buena intención de resolverlo en forma inmediata o apresurada, muchas veces para satisfacer la necesidad de un grupo grande o pequeño, pero no del bien común presente y futuro.
LA ESCALADA DE LA CRIMINALIDAD.-
Dentro de estas reflexiones jurÃdico- sociales, está el gravÃsimo problema de la criminalidad, de los enemigos del orden, de los disociadores, de los delincuentes, en suma, que es, con toda razón el de mayor preocupación en nuestros dÃas, puesto que crea una inseguridad social generalizada. El Derecho Penal enfoca el delito y la pena del violento infractor del derecho a la vida, a la propiedad, etc.; o de hechos de conducta punible en mayor o menor grado de responsabilidad penal, como también para limitar la represión a los actos estrictamente delictivos y evitar las arbitrariedades del poder, que corresponde a la policÃa y a los jueces. Estos complejos problemas de control social y de represión, están siendo debatidos por las instituciones que en forma directa tienen que ver con este gravÃsimo problema que perturba a todos los ciudadanos, pero que se las responsabiliza con error de culparlas o de culparse unas contra otras, cuando este problema obedece a una serie de causas y concausas que tienen que ser discernidas a través de una profunda reflexión de la Ciencia y Derecho. A esto se suma la superabundancia de opiniones que enfocan el problema desde sus particulares o parciales puntos de vista. Este método de análisis, a veces de valiosa contribución, lamentablemente queda en el vacÃo, y aparece más bien el efecto contraproducente de dispersión de ideas y mensajes disÃmiles, que confunden al ciudadano, que se cuestiona por donde deben orientarse las soluciones.
EN LA BUSQUEDA DELA ARMONIA SOCIAL Y SU ARTICULACION CON LA LEY.-
Hay que apoyarse entonces para la certidumbre del éxito en la fuerte y armónica unidad de las normas jurÃdicas, con todos los aspectos del convivir social, para lograr un buen orden para todos los ciudadanos. Esta verdad para que no sea sólo una petición de principios, tiene que asentarse en las bases de la estructura concreta del Estado, a través de las instituciones y autoridades que lo conforman. Por ejemplo, una buena legislación penal, sin jueces capacitados, justos, serios, honestos, rodeados de garantÃas para su seguridad personal, inteligencia de prevención del delito, policÃa técnica y tecnificada, etc. no funciona en lo positivo que persigue la norma. Una sociedad sin orden ni coordinación entre sus diferentes instituciones públicas y administrativas no puede ser concebida, nace de su constitución misma.
El Derecho abarca diversos campos en los que se desenvuelve la coexistencia y convivencia humana. No es lo mismo coexistencia que convivencia. Se coexiste con la naturaleza fÃsica, se convive con seres humanos. La asociación tranquila o la disociación perturbadora, se hace patente en mayor o menor grado, según ciertas circunstancias. En nuestro tiempo ecuatoriano es evidente la segunda situación. Parece que todo se ha alterado, hay un ambiente hostil en las relaciones humanas, el egoÃsmo individual y colectivo afectan la simpatÃa y solidaridad individual y social que va desde la familia hasta el Estado. Hay un clima disociador muy proclive para la alteración de la conducta humana, que es consecuencia del egoÃsmo y la individualidad exacerbada. A mediano y largo plazo, todos los componentes de la sociedad tienen que afrontar este problema general desde sus raÃces y en esta visión completa del Derecho, también cuenta la familia y los centros de educación. Niños, jóvenes, adultos, hacen depender su bienestar en la posesión de bienes que la inagotable tecnologÃa contemporánea y la patentada codicia de los que poseen esas tecnologÃas, ha puesto en sus ojos y deseos.
El materialismo es hoy la matriz que engendra monstruos espirituales. Y los centros de educación, han abandonado la formación ética y cÃvica de sus alumnos. Todo esto ha sido examinado por talentosos educadores ecuatorianos y parece que hay la buena intención de corregir este error de básica instrucción y modelación del carácter y conducta humana. Tenemos que volver a las enseñanzas de los educadores clásicos que tenÃan como base de la formación del niño y del joven, la triple tarea de educar la inteligencia, el sentimiento y la voluntad, con énfasis en los valores de la personalidad humana. Al respecto, menciono a tres ilustres educadores: Alfredo Pérez Guerrero, intelectual y jurista ecuatoriano, autor de un sencillo, pero extraordinario libro titulado: ?Moral Individual?, que desde su punto de vista laico, su propia filosofÃa se alinea con la escuela griega de los estoicos, que afirmaban que la persona puede llegar a la virtud ética a través del ejercicio de la razón y la investigación puramente autónoma; al Padre Jesuita Aurelio Espinosa PólÃt, Fundador de la Universidad Católica del Ecuador y autor de numerosos libros, que, para los prejuiciosos de la religión , les digo que, si bien el camino que da a los educadores es el de la moral religiosa, bien pueden extraerse de sus lecciones el profundo humanismo aleccionador para modelar conductas humanas de cualquier ideologÃa; y, finalmente, cito al olvidado sabio laico, Alejandro Andrade Coello, cuyos libros pedagógicos deberÃan ser reeditados, porque sus pragmáticos principios están al dÃa. Debemos volver a mirar a la Educación y la Ley, como forjadoras del ciudadano de buena conducta y mejores costumbres.
EL REFERENDO A MODO DE COLOFON DE LO EXPRESADO.-
Al tiempo de la escritura de este artÃculo jurÃdico no contaba con la información de las preguntas del gobierno para el referéndum y el plebiscito. En este punto que ya las conozco me ratifico en lo dicho en lÃneas supra y puedo pergeñar mi criterio general al respecto. Ciertamente que el pueblo es el soberano y puede votar en forma afirmativa o negativa, pero en lo que atañe a materias jurÃdicas, para su conocimiento se hace necesaria una información veraz y autorizada para su decisión. En asuntos tan serios y complejos de Ciencia Penal, Derecho Penal y Procesal Penal, en los que se pone en juego derechos humanos, libertades y garantÃas constantes en la misma Constitución vigente, no puede acudirse a la llamada ?socialización? que está de moda y que puede servir para otros asuntos, ni tampoco cabe la participación de polÃticos de profesión.
Debe evitarse también que estas preguntas se conviertan otra vez, por su aplicación y mala experiencia en el tiempo o cambio de circunstancias polÃticas, en un simple ad-referéndum, esto es una medida que puede ser suprimida o modificada por la misma vÃa del sufragio directo, otra asamblea constituyente o función legislativa dentro de sus competencias de reformas constitucionales. Para ello están llamadas principalmente las Facultades de Derecho de las Universidades que organicen foros, debates públicos, etc., que traten el problema en forma integral, con intervención de sus catedráticos, conocidos y versados juristas ecuatorianos, experimentados abogados de libre ejercicio profesional, sociólogos, psicólogos cientÃficos, conjuntamente con especialistas y técnicos de policÃa, seguridad, prevención, castigo del delito, infraestructura fÃsica como también ética en los centros de prisión y reclusión, rehabilitación carcelaria, etc.
En base de estas valiosas confrontaciones, debates y resultados, una Comisión designada con no más de cinco miembros, serÃa la encargada de redactar un comunicado a la Nación, que contenga los criterios orientadores para el pronunciamiento popular, aunque solo, por el momento, se restrinjan a estos fundamentales temas del próximo referéndum, para después, con esta oportunidad afrontar el problema y soluciones estructurales de manera completa y total. No es mucho pedir y más bien el Gobierno deberÃa apoyar este democrático, versado y responsable pronunciamiento, en búsqueda de establecer el ORDEN, JUSTICIA Y PAZ, en nuestra atormentada sociedad ecuatoriana.
Raúl Velasco Garcés
Doctor en Jurisprudencia por la PUCE