Por: Lic. Raúl Velasco Garcés
La Constitución trata de este derecho a la vivienda en forma directa en el TÃtulo II.- Derechos.- CapÃtulo II.- Derechos del Buen Vivir.- Sección Sexta.- Hábitat y Vivienda. Art. 30.- Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica.