VISTO BUENO NO. 303213-2021-JFDA - Derecho Ecuador
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VISTO BUENO NO. 303213-2021-JFDA

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DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y SERVICIO PÚBLICO DE QUITO

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VISTO BUENO NO. 303213-2021-JFDA

ACCIONANTE: MARÍA EMPERATRIZ VASQUEZ AREVALO

ACCIONADO: NARCISA DE JESUS LOJANO PAIDA

CAUSALES: 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

Dentro del Trámite de Visto Bueno No. 303213-2021-JFDA, que sigue el (a) señor (a) MARIA EMPERATRIZ VASQUEZ AREVALO, en su calidad de Empleador (a) en contra del (a) señor (a) NARCISA DE JESUS LOJANO PAIDA en su calidad de Trabajador (a), se ha dictado lo que sigue

INSPECCIÓN DEL TRABAJO – DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y SERVICIO PÚBLICO DE QUITO – Quito, 02 de septiembre del 2021, a las 08H20.- Agréguese el expediente el escrito de contestación, la copia certificada de la Escritura Pública de Declaración Juramentada, la certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, la certificación de documento materializado de consultas de la página web del SRI, el oficio emitido por CNT y el oficio emitido por la EPMOP, presentados dentro del término legal correspondiente por la parte accionante de fecha 30 de agosto de 2021, en lo principal continuando el trámite y atendiendo el mismo, se dispone: 1) Tómese en cuenta la Declaración Juramentada que realiza la señora MARIA EMPERATRIZ VASQUEZ AREVALO, por imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la accionada.- 2) En aplicación al Art. 183, 545 atribución 5ta. y 621 de Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la trabajadora mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto la accionante bajo juramento declara desconocer el domicilio de la accionada. A la señora NARCISA DE JESUS LOJANO PAIDA, se le concede el término de dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones a partir de transcurridos veinte días desde la última publicación.- 3) Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados así como la autorización otorgada a la profesional que suscribe en la presente causa.- 4) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa a la accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la inspección del Trabajo dentro del término de los diez días siguientes a la emisión de esta providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFÍQUESE.- Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.-

Dr. JUAN FRANCISCO DIAZ ALVEAR

INSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHA

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