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NOTIFICACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA VERTIENTE QUE NACE EN LA RIVERA DERECHA DE LA QUEBRADA LA ISLA Y DE LAS AGUAS QUE DISCURREN POR ESTA ACEQUIA MIRAFLORES UBICADA EN EL SECTOR ISHIGTO, PARROQUIA JUAN MONTALVO, CANTÓN CAYAMBE PROVINCIA PICHINCHA.

Actor: Sr. Diego Patricio Ucros Rodríguez Representante Legal de la Sociedad UCSOL S.C.C., y a su vez Representante Legal de la Compañía EMIHANA CIA. LTDA.

Objeto de la solicitud: Riego Productivo

EXTRACTO

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y AGUA, DIRECCION ZONAL 2 DE ESMERALDAS, OFICINA TÉCNICA DE QUITO.- Proceso Administrativo No. 09-2021-Aut (SB). – Quito 12 de abril de 2021.- A las 12h30. VITOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de Director Zonal de Esmeraldas del Ministerio del Ambiente y Agua, en virtud de la Acción Personal Nro. 0349, del 16 de marzo de 2021. Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1007 de 04 de marzo del 2020, el Presidente Constitucional de la República decreta la fusión del Ministerio del Ambiente (MAE) y la Secretaría del Agua (Senagua) en una sola institución denominada Ministerio de Ambiente y Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. MAAE-2020-023 de fecha 28 de agosto de 2020, se aprueba el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente y Agua, MAAE, en el Nivel Desconcentrado, Directores Zonales. En lo principal: Comparece a la Dirección Zonal Esmeraldas – Oficina Técnica Quito, el señor Diego Patricio Ucros Rodríguez Representante Legal de la Sociedad UCSOL S.C.C., y a su vez Representante Legal de la Compañía EMIHANA CIA. LTDA., manifestando, con fecha 07 de julio del 2017, en virtud del acuerdo Nº 1353 disposición general tercera la SDHE resolvió declarar la cancelación de aprovechamiento de agua destinada para riego productivo por estar concedidas por el tiempo de la vida económicamente útil. Me permito solicitar se digne autorizar a favor de la compañía EMIHANA Cía. Ltda., por el lapso no menor de 10 años de las aguas provenientes de la vertiente que nace en la rivera derecha de la quebrada La Isla, y de las aguas que discurren por esta quebrada y que circulan por la acequia Miraflores, en un caudal de 4.5 l/s, que corresponden al 47% de 9.67 l/s, para continuar destinándolas a riego de la propiedad de la compañía peticionaria.

Solicitamos se disponga se continúe y permanezcan las servidumbres establecidas. Con estos antecedentes esta Autoridad Administrativa Dispone 1.- Se acepta la solicitud y en apego a lo dispuesto en los Arts. 57, 58, 71, 86, 90, 94, 95, 123 y 126 de la Ley Orgánica de los Recursos Hídricos Usos y Aprovechamientos del Agua, en concordancia con lo prescrito en el Art. 107 del Reglamento, se la califica a trámite, por el mecanismo General. 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos. Notifíquese con la solicitud y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, publicaciones que se lo deberá realizar en un periódico de circulación de la localidad, de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas; y, Fíjese carteles durante diez días consecutivos en tres lugares más concurridos de la parroquia Juan Montalvo, Cantón Cayambe, Provincia de Pichincha, mediante comisión librada al señor Jefe Político de la mencionada jurisdicción. 3. El peticionario en el plazo de un día, deberá retirar de esta dependencia el extracto para su publicación y la comisión librada al señor Jefe Político, una vez cumplida dicha diligencia deberá remitir a este despacho las razones correspondientes. 4. Téngase en cuenta los correos electrónicos [email protected] y [email protected], de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2 y 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, en concordancia con el Art. 165 del Código Orgánico Administrativo COA. 5. Previniéndole que en caso de no realizarse la misma, por cuestiones imputables al administrado, y transcurrido el plazo de dos meses se declara el abandono y posterior archivo de conformidad al Art. 212 del Código Orgánico Administrativo. Actúe como Secretaria Ad-Hoc, en el presente trámite Ab. Sandra Barreno Samaniego Msc. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE…f). Msc. Cristian Rodrigo Reyes Portilla Director De La Dirección Zonal 2 Esmeraldas, Del Ministerio Del Ambiente y Agua MAAE.

Ab. Sandra Barrero Samaniego

Secretaria Ad-Hoc

Hay firma y sello

001-003-307/ms