Registro Oficial No.828- Martes 28 de julio del 2020 Edición Especial - Derecho Ecuador
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Registro Oficial No.828- Martes 28 de julio del 2020 Edición Especial

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Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Martes 28 de julio de 2020 (R.O.828, 28– julio -2020) Edición Especial

EDICIÓN ESPECIAL

M.I. MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

ORDENANZA QUE REFORMA A

LA ORDENANZA QUE ESTABLECE

EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE

DE MEDICIÓN RESULTANTE EN

LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO

Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O

TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE

EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS

PARROQUIALES

2 – Martes 28 de julio de 2020 Edición Especial N° 828 – Registro Oficial

EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

CONSIDERANDO:

QUE, en el marco de la Constitución de la República del Ecuador y del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, los gobiernos autónomos descentralizados municipales están dotados de autonomía administrativa, política y financiera;

QUE, el Art. 55 letra b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos descentralizados municipales el control sobre el uso y ocupación del suelo en el territorio del Cantón;

QUÉ, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, como parte de la autocrítica que lo caracteriza, debe depurar los procedimientos administrativos municipales, en orden a facilitar el ejercicio de los derechos ciudadanos;

QUE, con fecha 22 de noviembre del 2016 se publicó en la Gaceta Oficial Municipal No. 51, la “Ordenanza que establece el error técnico aceptable de medición resultante en levantamiento planimétrico y/o topográfico de un lote o terreno en el área urbana, de expansión urbana y cabeceras parroquiales”;

QUE, existen casos de predios cuyas superficies referidas en los respectivos títulos de propiedad han sido disminuidas sea por el trazado de las correspondientes líneas de fábrica o por otros factores;

QUE, el Art. 481.1 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece la consideración que se le dará a los excedentes o diferencias de área en terrenos de propiedad privada, en el marco de la Ordenanza que para el efecto expedirán los gobiernos autónomos descentralizados a fin de regular el error técnico aceptable de medición;

QUE, con fecha 30 de enero del 2020, se publicó en la Gaceta Oficial Municipal No. 13, la “Ordenanza que escinde a la Dirección de Urbanismo, Avalúos y Ordenamiento Territorial en la Dirección de Planificación Urbana, Proyectos y Ordenamiento Territorial; y en la Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúos y Control Minero”; y,

En ejercicio de la facultad legislativa que confiere el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

Registro Oficial – Edición Especial N° 828 Martes 28 de julio de 2020 – 3

EXPIDE:

La “REFORMA A LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE DE MEDICIÓN RESULTANTE EN LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS PARROQUIALES”.

Art. 1.- A lo largo de toda la Ordenanza reemplácese donde dice: “Dirección de Urbanismo” o “Dirección de Urbanismo, Avalúos y Ordenamiento Territorial” por: “Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúos y Control Minero”.

Art. 2.- En el artículo 4, de la Ordenanza después del primer inciso inclúyase lo siguiente:

“En aquellos casos en los que la superficie de los solares referida en el respectivo título de propiedad se vea disminuida, sea por el trazado de la correspondiente línea de fábrica o por otros factores, se considerará el remanente de dicha superficie a la que se adicionará el área de excedente detectado”.

La presente Reforma se publicará en la Gaceta Oficial Municipal, en el dominio web de la Municipalidad de Guayaquil y en el Registro Oficial.

4 – Martes 28 de julio de 2020 Edición Especial N° 828 – Registro Oficial

De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 reformado del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la “REFORMA A LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE DE MEDICIÓN RESULTANTE EN LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS PARROQUIALES”, y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal, en el dominio web de la Municipalidad de Guayaquil y en el Registro Oficial.

Sancionó y ordenó/ta promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal, en el dominio web de la Municipalidad de Guayaquil y en el Registro Oficia), la “REFORMABA LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE DE MEDICIÓN RESULTANTE EN LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS PARROQUIALES”, la señora Doctora Cynthia Viteri Jiménez, Alcaldesa de Guayaquil, a los 08 días del mes de julio del año 2020.- LO CERTIFICO.-

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