Registro Oficial No.828- Martes 28 de julio del 2020 Edición Especial - Derecho Ecuador
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Registro Oficial No.828- Martes 28 de julio del 2020 Edición Especial

Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Martes 28 de julio de 2020 (R.O.828, 28– julio -2020) Edición Especial

EDICIÓN ESPECIAL

M.I. MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

ORDENANZA QUE REFORMA A

LA ORDENANZA QUE ESTABLECE

EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE

DE MEDICIÓN RESULTANTE EN

LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO

Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O

TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE

EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS

PARROQUIALES

2 – Martes 28 de julio de 2020 Edición Especial N° 828 – Registro Oficial

EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL

CONSIDERANDO:

QUE, en el marco de la Constitución de la República del Ecuador y del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, los gobiernos autónomos descentralizados municipales están dotados de autonomía administrativa, política y financiera;

QUE, el Art. 55 letra b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos descentralizados municipales el control sobre el uso y ocupación del suelo en el territorio del Cantón;

QUÉ, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, como parte de la autocrítica que lo caracteriza, debe depurar los procedimientos administrativos municipales, en orden a facilitar el ejercicio de los derechos ciudadanos;

QUE, con fecha 22 de noviembre del 2016 se publicó en la Gaceta Oficial Municipal No. 51, la “Ordenanza que establece el error técnico aceptable de medición resultante en levantamiento planimétrico y/o topográfico de un lote o terreno en el área urbana, de expansión urbana y cabeceras parroquiales”;

QUE, existen casos de predios cuyas superficies referidas en los respectivos títulos de propiedad han sido disminuidas sea por el trazado de las correspondientes líneas de fábrica o por otros factores;

QUE, el Art. 481.1 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece la consideración que se le dará a los excedentes o diferencias de área en terrenos de propiedad privada, en el marco de la Ordenanza que para el efecto expedirán los gobiernos autónomos descentralizados a fin de regular el error técnico aceptable de medición;

QUE, con fecha 30 de enero del 2020, se publicó en la Gaceta Oficial Municipal No. 13, la “Ordenanza que escinde a la Dirección de Urbanismo, Avalúos y Ordenamiento Territorial en la Dirección de Planificación Urbana, Proyectos y Ordenamiento Territorial; y en la Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúos y Control Minero”; y,

En ejercicio de la facultad legislativa que confiere el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

Registro Oficial – Edición Especial N° 828 Martes 28 de julio de 2020 – 3

EXPIDE:

La “REFORMA A LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE DE MEDICIÓN RESULTANTE EN LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS PARROQUIALES”.

Art. 1.- A lo largo de toda la Ordenanza reemplácese donde dice: “Dirección de Urbanismo” o “Dirección de Urbanismo, Avalúos y Ordenamiento Territorial” por: “Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúos y Control Minero”.

Art. 2.- En el artículo 4, de la Ordenanza después del primer inciso inclúyase lo siguiente:

“En aquellos casos en los que la superficie de los solares referida en el respectivo título de propiedad se vea disminuida, sea por el trazado de la correspondiente línea de fábrica o por otros factores, se considerará el remanente de dicha superficie a la que se adicionará el área de excedente detectado”.

La presente Reforma se publicará en la Gaceta Oficial Municipal, en el dominio web de la Municipalidad de Guayaquil y en el Registro Oficial.

4 – Martes 28 de julio de 2020 Edición Especial N° 828 – Registro Oficial

De conformidad con lo prescrito en los artículos 322 y 324 reformado del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO la “REFORMA A LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE DE MEDICIÓN RESULTANTE EN LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS PARROQUIALES”, y ordeno su PROMULGACIÓN a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal, en el dominio web de la Municipalidad de Guayaquil y en el Registro Oficial.

Sancionó y ordenó/ta promulgación a través de su publicación en la Gaceta Oficial Municipal, en el dominio web de la Municipalidad de Guayaquil y en el Registro Oficia), la “REFORMABA LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ERROR TÉCNICO ACEPTABLE DE MEDICIÓN RESULTANTE EN LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Y/O TOPOGRÁFICO DE UN LOTE O TERRENO EN EL ÁREA URBANA, DE EXPANSIÓN URBANA Y CABECERAS PARROQUIALES”, la señora Doctora Cynthia Viteri Jiménez, Alcaldesa de Guayaquil, a los 08 días del mes de julio del año 2020.- LO CERTIFICO.-

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