AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

Martes, 24 de julio de 2018 (R. O.290, 24-julio -2018) EdiciĆ³n Especial

EDICIƓN ESPECIAL

CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

RESOLUCIONES:

RPC-so-21-No.335-2016, RPC-SO-12-No.193-2016.

TOMO II

ESTATUTO ORGƁNICO POR

PROCESOS DEL

CES

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 3

RPC-SO-21-No.335-2016

EL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

Considerando:

Que, el artĆ­culo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece: Ā«La administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆ­a, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³nĀ»;

Que, el artĆ­culo 350 de la Carta Magna, seƱala: Ā«El Sistema de EducaciĆ³n Superior tiene como finalidad la formaciĆ³n acadĆ©mica y profesional con visiĆ³n cientĆ­fica y humanista; la investigaciĆ³n cientĆ­fica y tecnolĆ³gica; la innovaciĆ³n, promociĆ³n, desarrollo y difusiĆ³n de los saberes y las culturas; la construcciĆ³n de soluciones para los problemas del paĆ­s, en relaciĆ³n con los objetivos del rĆ©gimen de desarrolloĀ»;

Que, el artĆ­culo 351 de la Norma Constitucional, prescribe: Ā«El Sistema de EducaciĆ³n Superior estarĆ” articulado al sistema nacional de educaciĆ³n y al Plan Nacional de Desarrollo; la ley establecerĆ” los mecanismos de coordinaciĆ³n del sistema de educaciĆ³n superior con la F tuiciĆ³n Ejecutiva (…)Ā»;

Que, el artĆ­culo 352 de la Ley Fundamental, indica: Ā«El Sistema de EducaciĆ³n Superior estarĆ” integrado por universidades y escuelas politĆ©cnicas; institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos y pedagĆ³gicos; y conservatorios de mĆŗsica y artes, debidamente acreditados y evaluados. Estas instituciones, sean pĆŗblicas u particulares, no tendrĆ”n fines de lucroĀ»;

Que, el artĆ­culo 353 de la Norma ibĆ­dem. manifiesta: Ā«El sistema de educaciĆ³n superior se regirĆ” por: 1. Un organismo pĆŗblico de planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n interna del sistema y de la relaciĆ³n entre sus distintos actores con la FunciĆ³n Ejecutiva. 2. Un organismo pĆŗblico tĆ©cnico de acreditaciĆ³n y aseguramiento de la calidad de instituciones, carreras y programas, que no podrĆ” conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulaciĆ³nĀ»;

Que, el artĆ­culo 15 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior (LOES), dispone: Ā«Los organismos pĆŗblicos que rigen el Sistema de EducaciĆ³n Superior son: a) El Consejo de EducaciĆ³n Superior (CES); y, b) El Consejo de EvaluaciĆ³n, AcreditaciĆ³n y Aseguramiento de la Calidad de la EducaciĆ³n Superior (CEAACES)Ā»:

Que, el articulo 166 de la LOES, dispone: Ā«El Consejo de EducaciĆ³n Superior es el organismo de derecho pĆŗblico con personerĆ­a jurĆ­dica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objeto la

4 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n interna del Sistema de EducaciĆ³n Superior, y la relaciĆ³n entre sus distintos actores con la FunciĆ³n Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana C-0″i

Que, el artĆ­culo 169, literal u) de la Ley referida, determina que es atribuciĆ³n y deber del Consejo de EducaciĆ³n Superior (CES): Ā«u) Aprobar la normativa reglamentaria necesaria para el ejercicio de sus competenciasĀ»;

Que, el articulo 136 del Reglamento a la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico [LOSEP], establece: Ā«Los proyectos de estructuras institucionales y posiciĆ³nales de las instituciones, entidades y organismos de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central, Institucional y Dependiente, previo a su promulgaciĆ³n en el Registro Oficial, sĆ³lo serĆ”n sometidos al dictamen presupuestario del Ministerio do Hilanzas si se requiriere reforma presupuestaria; y al informe favorable por parte de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, que lo emitirĆ” considerando la racionalidad y consistencia del Estado, y sobre la base de la norma tĆ©cnica emitida para el efecto. Se exceptĆŗan a las empresas pĆŗblicasĀ»;

Que, mediante ResoluciĆ³n RPC-SO-06-NĀŗ 027-2012, de 08 de febrero de 2012, el Pleno del CES aprobĆ³ el Estatuto OrgĆ”nico por Procesos de este Organismo;

Que, a travĆ©s de ResoluciĆ³n RPC-SO-08-No.085-2014, de 05 de manto de 2014, el Pleno CES, por unanimidad, eligiĆ³ y posesionĆ³ a Rene RamĆ­rez Gallegos, Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a c InnovaciĆ³n, como Presidente del Consejo de EducaciĆ³n Superior;

Que, mediante ResoluciĆ³n 006-001-2011, de 28 de septiembre de 2011, el Pleno de este Organismo, expidiĆ³ el Reglamento Interno del CES cuyo objeto es establecer el funcionamiento interno de este Consejo de Estado; reformado posteriormente mediante resoluciones RPC-SO-015-No.088-2012, RPC-SO-28-No.284-2013 y RPC-SO-30-No.314-2013, de 23 de mayo de 2012, 24 de julio de 2013 y 07 de agosto de 2013, respectivamente;

Que, el artĆ­culo 4, literal a] del Reglamento Interno del CES, dispone: Ā«El Pleno del Consejo de EducaciĆ³n Superior, adicionalmente a las atribuciones y deberes contemplados en la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior y mi Reglamento General, deberĆ”; a] Aprobar y modificar el Estatuto OrgĆ”nico Funcional del CES, sobre la base del proyecto presentado por la Presidente o el Presidente del CES, de conformidad con la normativa aplicableĀ»;

Que, para el cumplimiento de sus atribuciones, el CES podrĆ” crear los Ć³rganos administrativos necesarios para la consecuciĆ³n de sus especiales finalidades;

Que, es necesario dotar al CES de una Estructura Organizacional acorde a la naturaleza y especializaciĆ³n de la misiĆ³n consagrada en su base legal constitutiva, que contemple principios de organizaciĆ³n y de gestiĆ³n institucional eficiente, eficaz y de calidad;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 5

Que, la filosofĆ­a de una gestiĆ³n por procesos se fundamenta en el anĆ”lisis permanente y mejoramiento continuo de los procesos institucionales y su correspondencia con las polĆ­ticas nacionales;

Que, es necesario expedir el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por Procesos del CES, a fin de normar su funcionamiento y el ejercicio de sus competencias establecidas en la LOES, el Reglamento General a la LOES y el Reglamento Interno de este Organismo;

Que, a travĆ©s de ResoluciĆ³n PRES-CES-No.055-2016, de 31 de mayo de 2016, se designĆ³ al doctor Enrique Santos jara, Miembro AcadĆ©mico del CES, para que subrogue al Presidente de este Organismo durante el desarrollo de la VigĆ©sima Primera SesiĆ³n Ordinaria del Pleno de este Organismo; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior,

RESUELVE:

Expedir el siguiente:

ESTATUTO ORGƁNICO POR PROCESOS DEL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

TƍTULO I ESTRUCTURA

CAPƍTULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

ArtĆ­culo 1.- Estructura organizacional por procesos.- La estructura organizacional por procesos del Consejo de EducaciĆ³n Superior [CES] se alinea con su misiĆ³n consagrada en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y Direccionamiento EstratĆ©gico Institucional; y, se sustenta en la filosofĆ­a y enfoque de productos, servicios y procesos, con el propĆ³sito de asegurar su ordenamiento orgĆ”nico.

ArtĆ­culo 2.- Procesos del Consejo de EducaciĆ³n Superior.- Las actividades que se desarrollan en la instituciĆ³n, constituyen parte de un proceso necesario para generar un producto o servicio demandado por servidores pĆŗblicos, ciudadanas y ciudadanos.

Los procesos del CES se ordenan y clasifican en funciĆ³n de su grado de contribuciĆ³n o valor agregado al cumplimiento de los objetivos y misiĆ³n institucional.

Los procesos gobernantes orientan la gestiĆ³n institucional a travĆ©s de la formulaciĆ³n de polĆ­ticas, la expediciĆ³n de directrices, normas, procedimientos, planes estratĆ©gicos, resoluciones e instrumentos para el funcionamiento de la organizaciĆ³n, la articulaciĆ³n, coordinaciĆ³n y establecimiento de mecanismos para la ejecuciĆ³n de los planes, programas, proyectos, directrices para el buen desempeƱo de la gestiĆ³n institucional,

6 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

Los procesos agregaciones de valor o misionales son los responsables de generar el portafolio de productos y servicios, administran y controlan los productos y servicios destinados a usuarios externos, permiten cumplir con la misiĆ³n institucional, los objetivos estratĆ©gicos y constituyen la razĆ³n de ser de la InstituciĆ³n,

Los procesos habilitantes, que se clasifican en procesos de asesorĆ­a y procesos de apoyo, estĆ”n encaminados a generar productos y servicios de asesorĆ­a y apoyo logĆ­stico para producir el portafolio de productos institucionales demandados por los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sĆ­ mismos, viabilizando la gestiĆ³n institucional.

Artƭculo 3.- Puestos directivos.- Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional son: Presidente, Miembros del Consejo, Secretario General, Coordinadores Generales y Directores TƩcnicos de Ɓrea.

CAPƍTULO II

DEL COMITƉ DE GESTIƓN DE CALIDAD Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

ArtĆ­culo 4.- ComitĆ© de GestiĆ³n de Calidad y Desarrollo Institucional.- El CES, de conformidad con lo estipulado en el artĆ­culo 138 del Reglamento General a la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico, ha conformado el ComitĆ© de GestiĆ³n de Calidad y el Desarrollo Institucional, el mismo que tendrĆ” |a calidad de permanente y estarĆ” integrado por;

  1. Presidente del CES o su delegado, quien lo presidirĆ”;
  2. Secretario General;
  3. Director de GestiĆ³n EstratĆ©gica;
  4. Coordinadores Generales; y,
  5. Director de Talento Humano, o quien hiciere sus veces,

ArtĆ­culo 5.- Responsabilidades del ComitĆ© de GestiĆ³n de Calidad y el Desarrollo Institucional.- El ComitĆ© de GestiĆ³n de Calidad y el Desarrollo Institucional, tendrĆ” las siguientes responsabilidades:

  1. Proponer, monitorear y evaluar la aplicaciĆ³n de las polĆ­ticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia institucional;
  2. Instrumentar, controlar y evaluar la aplicaciĆ³n de las polĆ­ticas, normas y prioridades relativas al desarrollo institucional, talento humano, remuneraciones y capacitaciĆ³n, en cumplimiento y apoyo a las competencias especificas previstas en la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y leyes que regulan la gestiĆ³n institucional, sus reglamentos y las correspondientes normas conexas; y,
  3. Establecer mecanismos para que el Desarrollo Institucional se interrelacione con la PlanificaciĆ³n EstratĆ©gica Institucional.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 7

Este comitƩ se reunirƔ ordinariamente cada semestre y extraordinariamente cuando el Presidente asƭ lo requiera.

CAPƍTULO III

DEL DIRECCIONAMIENTO ESTRATƉGICO

ArtĆ­culo 6.- Estructura Organizacional.- El Consejo de EducaciĆ³n Superior (CES) definirĆ” su estructura organizacional sustentada en su base legal y direccionamiento estratĆ©gico institucional.

1.-VisiĆ³n: al aƱo 2021.

Ser el organismo pĆŗblico referente para los procesos que consoliden el Sistema de EducaciĆ³n Superior (SES), ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, de forma que incidan decisivamente en el logro de la excelencia de la educaciĆ³n superior mediante la formaciĆ³n acadĆ©mica y profesional, con visiĆ³n cientĆ­fica y humanĆ­stica que contribuya con soluciones a los problemas del paĆ­s articulados al rĆ©gimen de desarrollo y al del buen vivir; respetando los principios constitucionales que rigen a las Instituciones y al Sistema de EducaciĆ³n Superior.

2.- MisiĆ³n:

El CES, como uno de los dos organismos que rigen el Sistema, tiene como misiĆ³n la planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n interna del Sistema de EducaciĆ³n Superior del Ecuador, y la relaciĆ³n entre sus distintos actores con la FunciĆ³n Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana,

3.- Objetivos Institucionales:

Impulsar el proceso de PlanificaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior para asegurar la transformaciĆ³n de la EducaciĆ³n Superior Nacional y contar con procesos eficientes y transparentes, fomentando acciones de carĆ”cter tĆ©cnico acadĆ©mico acorde con la demanda social.

Formular procesos de elaboraciĆ³n, sistematizaciĆ³n, actualizaciĆ³n y armonizaciĆ³n de proyectos de gestiĆ³n normativa, que permita generar regulaciones acordes con el Sistema de EducaciĆ³n Superior y sobre la base de la demanda social,

Implementar y gestionar procesos tĆ©cnicos de monitoreo en las Instituciones de EducaciĆ³n Superior [ƍES) del Sistema de EducaciĆ³n Superior, generando insumos tĆ©cnicos que permitan visualizar los resultados de la gestiĆ³n institucional, para elevar los niveles de calidad de la educaciĆ³n superior,

8 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

4.- Objetivos EstratƩgicos:

Establecer mecanismos y estrategias para la implementaciĆ³n de procesos que posibiliten disponer de la oferta acadĆ©mica en el Ć”mbito tĆ©cnico y tecnolĆ³gico, acorde con el principio de pertinencia y demandas sociales, que contribuyan al Buen Vivir,

Impulsar el desarrollo de propuestas de polĆ­ticas, normas, planes, programas y proyectos que apoyen a la gestiĆ³n docente de manera articulada con la normativa de gestiĆ³n tĆ©cnica y laboral nacional.

Impulsar procesos de investigaciĆ³n tĆ©cnica, para fomentar acciones para el diseƱo de sĆ­labos y mallas cuniculares acorde con el plan nacional de desarrollo y desarrollo productivo del paĆ­s,

Incrementar la capacidad de gestiĆ³n institucional de las IES, mediante el diseƱo e implementaciĆ³n de sistemas y modelos de gestiĆ³n organizacional con enfoque de procesos, desarrollo permanente del talento humano y la administraciĆ³n eficiente, eficaz y transparente de los recursos financieros, materiales y tecnolĆ³gicos.

Promover la formaciĆ³n profesional con diversificaciĆ³n acadĆ©mica para formar personas y profesionales con conocimientos, habilidades y actitudes con capacidad de dar soluciones innovadoras y creativas, para atender las demandas sociales en el Ć”mbito polĆ­tico, econĆ³mico, social, tecnolĆ³gico y ecolĆ³gico, donde el eje fundamental sea el mejoramiento personal continuo.

Consolidar el Sistema de EducaciĆ³n Superior, con la participaciĆ³n de los distintos actores del sector educativo, que incidan en el logro de la excelencia de la educaciĆ³n superior mediante la formaciĆ³n acadĆ©mica y profesional, con visiĆ³n cientĆ­fica y humanĆ­stica, contribuyendo con soluciones a los problemas del paĆ­s articulados al rĆ©gimen de desarrollo y al del buen vivir; acorde con los principios constitucionales que rigen a las IES y al Sistema de EducaciĆ³n Superior.

ArtĆ­culo 7.- Estructura bĆ”sica alineada a la misiĆ³n.- El Consejo de EducaciĆ³n Superior para el cumplimiento de su misiĆ³n, objetivos y responsabilidades, desarrolla procesos internos y estĆ” conformado por:

1. PROCESO GOBERNANTE:

1.1. PLENO DEL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

Direccionamiento EstratĆ©gico del Sistema de EducaciĆ³n Superior Responsable; Pleno del Consejo de EducaciĆ³n Superior

  1. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR
  2. COMISIONES DEL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 9

  1. COMISIONES PERMANENTES
  2. COMISIONES OCASIONALES

2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR:

2.1. SECRETARƍA GENERAL

GestiĆ³n Institucional de la planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n del Sistema

de EducaciĆ³n Superior

Responsable: Secretario o Secretaria General del CES

2.1.1. COORDINACIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA

  1. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN Y FINANCIAMIENTO DEL SES
  2. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA NIVEL. TƉCNICO, TECNOLƓGICO Y TERCER NIVEL
  3. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA DE CUARTO NIVEL Y POSTGRADOS
  4. DIRECCIƓN DE CONTINUIDAD DE ESTUDIOS

2.1.2. COORDINACIƓN DE NORMATIVA

2.1.2.1. DIRECCIƓN DE PRODUCCIƓN NORMATIVA

  1. ProducciĆ³n de Normativa
  2. GestiĆ³n de Convenios

2.1.2.2. DIRECCIƓN DE SEGUIMIENTO A LA NORMATIVA

  1. Seguimiento a la Normativa
  2. DifusiĆ³n EstratĆ©gica de Normativa

2.1.2.3. DIRECCIƓN DE ABSOLUCIƓN DE CONSULTAS

  1. GestiĆ³n de Consultas
  2. AsesorĆ­a de AplicaciĆ³n de Normativa

2.1.3. COORDINACIƓN DE MONITOREO E INFORMACIƓN DEL SES 2.1.3.1. DIRECCIƓN DE MONITOREO Y EVALUACIƓN

  1. Desarrollo de Indicadores para Moni toreo y EvaluaciĆ³n
  2. Monitoreo del impacto de la Normativa

10 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

2.1.3.1.3. EvaluaciĆ³n

2.1.3.2. DIRECCIƓN DE ACOMPAƑAMIENTO INSTITUCIONAL

  1. AcompaƱamiento en ImplementaciĆ³n a Reglamentos de Alto Impacto
  2. AcompaƱamiento a Intervenciones

2.1.3.3. DIRECCIƓN DE INFORMACIƓN DEL SES

  1. Levantamiento de la InformaciĆ³n
  2. GestiĆ³n de Datos

3. PROCESOS HABILITAN ES: 3.1. DE ASESORƍA:

3.1.1. PROCURADURƍA

3.1.1.1. DIRECCIƓN JURƍDICA DE PATROCINIO

  1. GestiĆ³n de Procesos Judiciales
  2. GestiĆ³n de Procesos Extrajudiciales
  3. GestiĆ³n de Procesos en Sede Administrativa
  4. AdmisiĆ³n y TramitaciĆ³n de Denuncias, Quejas, Redamos y Peticiones

3.1.1.2. DIRECCIƓN DE ASESORƍA JURƍDICA

  1. GestiĆ³n de Consultas sobre Aspectos de Legalidad
  2. GestiĆ³n de Informes, Criterios y DictĆ”menes Institucionales con Contenido JurĆ­dico
  3. GestiĆ³n de Estatutos y sus reformas

3.1.1.3. DIRECCIƓN DE CONTRATACIƓN PƚBLICA 3.1.1.3.1. GestiĆ³n de ContrataciĆ³n PĆŗblica

3.1.2. DIRECCIƓN DE GESTIƓN ESTRATƉGICA

3.1.2.1. PLANIFICACIƓN INSTITUCIONAL

  1. PlanificaciĆ³n y ProgramaciĆ³n Presupuestaria
  2. Seguimiento y EvaluaciĆ³n
  3. Proyectos de InversiĆ³n

3.1.2.2. GESTIƓN DE LA CALIDAD 3.1.2.2.1. GestiĆ³n y AdministraciĆ³n de Procesos

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 11

3.1.2.2.2. GestiĆ³n de Cambio de Cultura Organizacional

3.1.3. DIRECCIƓN DE RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIƓN DEL CES

3.1.3.1. Relaciones Internacionales y CooperaciĆ³n del CES

3.1.4. DIRECCIƓN DE COMUNICACIƓN SOCIAL

  1. ComunicaciĆ³n Externa y Relaciones PĆŗblicas
  2. ComunicaciĆ³n Interna e imagen Corporativa

3.1.5. DIRECCIƓN DE AUDITORƍA INTERNA 3.1.5.1. Auditorƭa Interna

3.2. DE APOYO:

3.2.1. PROSECRETARIA

3.2.2 DIRECCIƓN DE DOCUMENTACIƓN Y ARCHIVO DEL SES

3.2.2.1 GESTIƓN DOCUMENTAL

3.2.2.1.1 IdentificaciĆ³n, Captura y Registro

3.2.2.1.2 Metadatos y ClasificaciĆ³n

3.2.2.1.3 EvaluaciĆ³n Documental, Seguridad y Acceso

3.2.2.2 GESTIƓN DE DOCUMENTACIƓN Y ARCHIVO

  1. GestiĆ³n de Archivos
  2. ConservaciĆ³n, ClasificaciĆ³n y CatalogaciĆ³n
  3. Transferencia, InvestigaciĆ³n y Acceso

3.2.2.3 CENTRO DOCUMENTAL SES

  1. IdentificaciĆ³n, ConservaciĆ³n, Transferencia
  2. CatalogaciĆ³n, Acceso y DifusiĆ³n

3.2.3. COORDINACIƓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA 3.2.3,1. DIRECCIƓN DE TALENTO HUMANO

3.2.3.1.1. GestiĆ³n de Talento Humano

3.2.3.1.1.1. AdministraciĆ³n de la Normatividad de Talento Humano

3.2.3.1.2. AdministraciĆ³n del Sistema Integrado del Talento Humano 3.2.3.1.2.1. AdministraciĆ³n del Sistema

12 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

3.2.3.1.2.2. GestiĆ³n de NĆ³mina

  1. Salud Ocupacional
  2. GestiĆ³n de la Calidad del Servicio y de AtenciĆ³n Ciudadana

3.2.3.2. DIRECCIƓN FINANCIERA

  1. Presupuesto
  2. Contabilidad
  3. TesorerĆ­a
  1. AdministraciĆ³n de Caja
  2. NĆ³mina-Pago

3.2.3.3. DIRECCIƓN ADMINISTRATIVA

3.2.3.3.1. GESTIƓN ADMINISTRATIVA

3.2.3.3.1.1. Servicios Institucionales

  1. Servicios Generales
  2. LogĆ­stica y Mantenimiento de Transporte
  1. LogĆ­stica
  2. Mantenimiento
  1. AdministraciĆ³n de Bienes y Bodega
  2. GestiĆ³n de Compras PĆŗblicas 3.2.3.3.1.3.1. Compras PĆŗblicas
  3. ViƔticos

3.2.3.3.2. GESTIƓN DE TECNOLOGƍAS DE INFORMACIƓN

  1. PlanificaciĆ³n TICs
  2. Desarrollo de Sistemas InformƔticos
  3. GestiĆ³n de Infraestructura y Operaciones
  4. GestiĆ³n de Soporte TĆ©cnico
  5. GestiĆ³n de Seguridad de la InformaciĆ³n
  6. GestiĆ³n de la interoperabilidad

CAPƍTULO IV

DE LAS REPRESENTACIONES GRƁFICAS

ArtĆ­culo 8.- Se definen las siguientes representaciones grĆ”ficas para el Consejo de EducaciĆ³n Superior.

TƍTULO II

DE LA ESTRUCTURA DESCRIPTIVA

ArtĆ­culo 9.- La Estructura del CES, define las unidades administrativas, la misiĆ³n, atribuciones, responsabilidades, productos y servicios de sus distintos procesos internos.

CAPƍTULO I

DE LOS PROCESOS GOBERNANTES

1. PROCESO GOBERNANTE:

DirecciĆ³n amienta EstratĆ©gico del Sistema de EducaciĆ³n Superior

Responsable; Pleno del Consejo de EducaciĆ³n Superior y Presidente del Consejo de EducaciĆ³n Superior.

1.1. PLENO DEL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

MisiĆ³n:

El Pleno del CES, es el organismo mĆ”ximo responsable del direccionamiento estratĆ©gico y la formulaciĆ³n de las polĆ­ticas y normas, para la toma de decisiones que impulsen y contribuyan de manera sostenible, a la consolidaciĆ³n y proyecciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior del Ecuador.

Al Pleno del CES de conformidad con el artĆ­culo 169 de la LOES, le corresponde ejercer las siguientes atribuciones y deberes;

a. Aprobar el plan de desarrollo interno y proyecciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

b. Elaborar el informe favorable vinculante sobre la creaciĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas que tendrĆ” como base los informes favorables y obligatorios del Consejo de EvaluaciĆ³n, AcreditaciĆ³n y Aseguramiento de la Calidad de la EducaciĆ³n Superior (CEAACES) y de la SecretarĆ­a TĆ©cnica riel Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n, segĆŗn los requisitos establecidos en la LOES;

c. Proponer a la Asamblea Nacional la derogatoria de la Ley o Decreto Ley de creaciĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas, que tendrĆ” como base los informes del CEAACES;

d. Proponer al Presidente de la RepĆŗblica la derogatoria del decreto ejecutivo de creaciĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas, que tendrĆ” como base el informe del CEAACES;

e. Proponer al Presidente de la RepĆŗblica la denuncia del acuerdo o convenio de creaciĆ³n de instituciones de educaciĆ³n superior creadas por estos instrumentos legales, segĆŗn las disposiciones de la LOES;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 17

f. Expedir, previo cumplimiento del trĆ”mite y requisitos previstos en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y en la LOES, las resoluciones de creaciĆ³n y extinciĆ³n de institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos, pedagĆ³gicos, de artes y conservatorios superiores;

g. Aprobar la intervenciĆ³n de las universidades y escuelas politĆ©cnicas por alguna de las causales establecidas en la LOES;

h. Aprobar la suspensiĆ³n de las universidades y escuelas politĆ©cnicas, en base a) informe emitido por el CEAACES por alguna de las causales establecidas en [a LOES, sin perjuicio de lo establecido en el artĆ­culo 201 de la Ley ibĆ­dem;

i. Aprobar la creaciĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de extensiones, unidades acadĆ©micas o similares, asĆ­ como de la creaciĆ³n de programas y carreras de universidades y escuelas politĆ©cnicas, y los programas en modalidad de estudios previstos en la LOES;

j. Aprobar la creaciĆ³n de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politĆ©cnicas;

k. Aprobar los estatutos de las I ES y sus reformas;

I. Aprobar la normativa para la creaciĆ³n y funcionamiento de los institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos, pedagĆ³gicos, de -artes y conservatorios superiores;

m. Aprobar al menos los siguientes reglamentos;

  1. De CreaciĆ³n, IntervenciĆ³n, SuspensiĆ³n y Solicitud de Derogatoria de Ley, Decreto Ley, Decreto Ejecutivo, de Universidades y Escuelas PolitĆ©cnicas;
  2. De CreaciĆ³n y ExtinciĆ³n de los Institutos Superiores TĆ©cnicos, TecnolĆ³gicos, PedagĆ³gicos, de Artes y Conservatorios Superiores;
  3. De RƩgimen AcadƩmico y Tƭtulos, y de RƩgimen de Posgrado; y de las Modalidades de Estudios: Presencial, Semipresencial, a Distancia, en Lƭnea y otros;
  4. De Carrera y EscalafĆ³n del Profesor e Investigador del Sistema de EducaciĆ³n Superior;
  5. Del Sistema de EvaluaciĆ³n Estudiantil; y,
  6. De Doctorados,

ii. Aprobar la fĆ³rmula de distribuciĆ³n anual de las rentas o asignaciones del Estado a las IES y de los incrementos si es que los hubiere, las que constarĆ”n en el Presupuesto General del Estado, de acuerdo a los lineamientos de la LOES;

18 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

o. Ejecutar, previo informe del CEAACES, la suspensiĆ³n de la entrega de fondos a las instituciones de educaciĆ³n superior, en la parte proporcional, cuando una o mĆ”s carreras o programas no cumplan los estĆ”ndares establecidos:

p. Designar a sus delegados ante los organismos del Estado donde tenga representaciĆ³n, de conformidad con la ConstituciĆ³n y las Leyes de la RepĆŗblica;

q, Imponer sanciones a las mĆ”ximas autoridades de las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior, que transgredan la LOES y sus reglamentos, previo el trĆ”mite correspondiente;

r, Informar anualmente a la sociedad ecuatoriana, a la Asamblea Nacional, al Presidente de la RepĆŗblica, al Consejo de ParticipaciĆ³n Ciudadana y Control Social sobre el estado de la educaciĆ³n superior en el paĆ­s;

s. Elaborar y aprobar su presupuesto anual;

t. Para el ejercicio de las atribuciones conferidas en los literales c), ti), e), 0> g) y h) requerirĆ” del informe favorable del CEAACES;

u. Requerir a la SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n (SENESCYT) informes de carĆ”cter tĆ©cnico, acadĆ©mico, jurĆ­dico y administrativo -financiero para sustentar sus resoluciones;

v. Aprobar la normativa reglamentaria necesaria para el ejercicio de sus competencias;

w. Monitorear et cumplimiento de los aspectos acadƩmicos y jurƭdicos de las IES; y,

x. Las demĆ”s atribuciones que requiera para el ejercicio de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y la Ley.

Al Pleno del CES, a mĆ”s de las atribuciones establecidas en la Ley de creaciĆ³n, adicionalmente le corresponde efectuar las siguientes:

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Aprobar y reformar el Estatuto OrgƔnico Funcional del CES, sobre la base del proyecto presentado por la Presidenta o el Presidente de este Organismo, de conformidad con la normativa aplicable;

b. Aprobar el Plan EstratĆ©gico del CES, presentado por la Presidenta o el Presidente de este Organismo, y evaluar su ejecuciĆ³n;

c. Aprobar los programas operativos anuales, plurianuales y de contrataciones del CES, de conformidad con la planificaciĆ³n nacional;

d. Autorizar la compra, venta, donaciones y comodatos de bienes inmuebles del CES, de conformidad con la normativa aplicable;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 19

e. Conocer y aprobar la proforma presupuestaria anual presentada por la Presidenta riel Presidente del CHS;

f. Conocer y evaluar los estados financieros del CES, cortados al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada aƱo o cuando el Pleno lo requiera;

g. Elegir a la Presidenta o al Presidente, de acuerdo con el artĆ­culo 167 de la LOES y el presente Reglamento;

h. Nombrara la Secretaria o al Secretario General del CES de la terna presentada por la Presidenta o el Presidente del CES;

i. Designar a los Miembros del CES’ que formarĆ”n parte de las comisiones permanentes y ocasionales;

j. Designar a los presidentes de las comisiones permanentes y ocasionales, con base en la propuesta de la respectiva comisiĆ³n;

k. Aprobar y modificar, si fuere del caso, el orden del dĆ­a de las sesiones ordinarias, propuesto por la Presidenta o el Presidenta del CES;

l. Otorgar licencia a los Miembros AcadƩmicos y Estudiantiles, cuando su ausencia fuere mayor a diez (10) dƭas laborables;

m. Establecer mecanismos de coordinaciĆ³n y comunicaciĆ³n permanentes con el CEAACES, la Asamblea del Sistema de EducaciĆ³n Superior y la SENESCYT. de acuerdo con la Ley;

ii. Resolver sobre las polĆ­ticas de sistema de evaluaciĆ³n estudiantil;

o. Emitir, conjuntamente con el rector de la polĆ­tica educativa nacional, la propuesta de Ć”reas que deberĆ”n robustecerse en el bachillerato, como requisito para ingresar a un centro de educaciĆ³n superior;

p. Emitir la propuesta de lincamientos generales sobre contenidos curriculares bĆ”sicos y los criterios sobre intensidad de la formaciĆ³n prĆ”ctica de carreras que pudieran comprometer el interĆ©s pĆŗblico;

q. Resolver sobre los planes de contingencia requeridos en la Ley en caso de suspensiĆ³n injustificada de carreras o programas acadĆ©micos; y, de suspensiĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas;

r. Aplicar las sanciones establecidas segĆŗn causales legales;

s. Pronunciarse sobre los convenios de programas conjuntos de IES ecuatorianas con universidades extranjeras;

t. Recibir en comisiĆ³n general a autoridades, docentes, trabajadores y estudiantes de las IES; asi como a representantes de la PunciĆ³n Ejecutiva, de los organismos del Sistema de EducaciĆ³n Superior y de otras entidades;

20 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

u. Organizar la participaciĆ³n del Consejo en las instancias de representaciĆ³n definidas en Ley y demĆ”s normas; y,

v. Las demĆ”s establecidas en la ConstituciĆ³n y la Ley.

1.2. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

MisiĆ³n:

Dirigir y liderar el CES, en coordinaciĆ³n cOn los actores institucionales, en el cumplimiento de la misiĆ³n, objetivos y disposiciones legales, que contribuyan a la consolidaciĆ³n y proyecciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior.

Responsable: Presidente del Consejo de EducaciĆ³n Superior.

Al Presidente del CES, de conformidad con el artĆ­culo 170 de la LOES, le corresponde ejercer los siguientes deberes y atribuciones:

a. RepresentaciĆ³n legal, judicial y extrajudicial del CES;

b. Presidir las sesiones del CES;

c. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias del CES;

d. Ejercer el voto de calidad en caso de empate en la votaciĆ³n de resoluciones del Pleno del CES;

e. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del CES para la planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n interna del Sistema de EducaciĆ³n Superior y de la relaciĆ³n entre sus distintos actores con la FunciĆ³n Ejecutiva;

f. Dirigir el trabajo del CES para el cumplimiento de sus Unes y objetivos;

g. Participar con voz y voto en el Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n; y,

h. Las demƔs que le sean asignadas por la LOES, su Reglamento y resoluciones del CES.

Al Presidente del CES, a mƔs de las atribuciones establecidas en la LOES, le corresponde efectuarlas siguientes:

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Proponer el orden del dĆ­a de las sesiones del CES;

b. Presidir, instalar, dirigir, suspender y clausurar las sesiones del CES;

c. Legalizar con su firma, de manera conjunta con la Secretaria o Secretario General, las actas de las, sesiones del Pleno del CES y las resoluciones que se expidan;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 21

el. Presentar al Pleno del CES la terna para la designaciĆ³n de la Secretaria o el Secretario General;

e. Nombrar un Secretario ad-hoc por ausencia temporal de la Secretaria o Secretario General titular;

r. En caso de ausencia definitiva, solicitar al Consejo Nacional Electoral la posesiĆ³n de los Miembros AcadĆ©micos y Estudiantiles , de conformidad con el artĆ­culo 29 del Reglamento General a la LOES;

g. Nombrar a su subrogante, en caso de ausencia temporal, de entre los Miembros con derecho a voto;

h. Delegar a cualquiera de los Miembros con derecho a voto, determinadas atribuciones especĆ­ficas establecidas en la LOES, su Reglamento General y normativa establecida para el efecto, exceptuando aquellas que por su naturaleza son indelegables;

i. Solicitar al Consejo Nacional Electora), al menos con ciento veinte [120) dĆ­as de anticipaciĆ³n, la convocatoria al concurso de oposiciĆ³n y mĆ©ritos para la designaciĆ³n de los nuevos Miembros AcadĆ©micos y Estudiantil que reemplacen a los Miembros cuyo perĆ­odo de designaciĆ³n este prĆ³ximo a terminar; sin perjuicio de que el Consejo Nacional Electoral pueda convocar de oficio a dicho concurso;

j. Otorgar licencia de hasta die*Āæ (10] dĆ­as laborables a los Miembros AcadĆ©micos y Estudiantil del Consejo;

k. Nombrar y contratar, a los servidores pĆŗblicos del CES, de conformidad con la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico y demĆ”s normativa pertinente;

l. Someter a la aprobaciĆ³n del Pleno del CES el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n OrganizaciĆ³n-ai por procesos de este Organismo y sus reformas;

m. Someter a la aprobaciĆ³n del Pleno del CES la proforma presupuestaria anual, el plan anual de contrataciones, el plan operativo anual y el plan plurianual de inversiones;

n. Sancionar y remover a los servidores pĆŗblicos del CES, de conformidad con la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico y CĆ³digo de Trabajo;

o. Absolver consultas de las autoridades y estamentos de las IES o delegar dicha facultad a los Presidentes y Presidentas de las Comisiones en el Ɣmbito de sus atribuciones, siempre que lo indicado no implique facultades interpretativas del Pleno del CES; y,

p. Las demƔs que le sean asignadas por el presente Estatuto OrgƔnico, sus reglamentos y resoluciones del CES,

22 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

1.3. COMISIONES DEL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

Las comisiones del CES, son Ć³rganos consultivos especializados, que asesoran y orientan las decisiones de este Organismo, con capacidad de proponer lineamientos, directrices y estrategias que apoyen la toma de decisiones del Pleno de este Consejo de Estado acorde con los objetivos del Sistema de EducaciĆ³n Superior.

Las comisiones serƔn permanentes u ocasionales y se sujetarƔn a lo dispuesto en el presente Estatuto OrgƔnico.

Las comisiones permanentes se reunirĆ”n de manera periĆ³dica en la forma previamente acordada por sus miembros; mismas que tendrĆ”n las siguientes atribuciones:

1.3.1. COMISIONES PERMANENTES

13.1.1. COMISIƓN PERMANTE DE POSTGRADOS

MisiĆ³n:

Orientar y asesorar al Pleno del CES, mediante el establecimiento de lineamientos, directrices y estrategias que impulsen el cumplimiento de los objetivos del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y, estudios tĆ©cnicos especializados que apoyen a la toma de decisiones de este Organismo, en el Ć”mbito de la gestiĆ³n de postgrados

Atribuciones y Responsabilidades;

a. Proponer al Pleno del CES polĆ­ticas, planes y programas relacionados con el fortalecimiento de los programas de especia libaciĆ³n y maestrĆ­as;

b. Proponer al Pleno del CES polĆ­ticas, planes y programas que coadyuven al fortalecimiento de la investigaciĆ³n asociada a los programas de especializaciĆ³n y maestrĆ­a;

c. Elaborar y proponer al Pleno del CES insumes para la normativa sobre el rƩgimen y tƭtulos de especializaciones y maestrƭas, asƭ como las modalidades de estudios;

d. Elaborar y presentar al Pleno del CES informes sobre los proyectos relacionados con programas acadƩmicos de especialidades y maestrƭas presentados por las universidades y escuelas politƩcnicas;

e. Elaborar y proponer al Pleno del CES informes sobre todos los asuntos relacionados con las especializaciones y las maestrƭas de las universidades y escuelas politƩcnicas;

f. Recibir en comisiĆ³n general a autoridades, docentes, trabajadores y estudiantes de las IES; asĆ­ como a representantes de la FunciĆ³n Ejecutiva y de los organismos del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 23

g, Coordinar con la SecretarĆ­a General del CCS, la solicitud de informaciĆ³n tĆ©cnica y legal requerida para el cumplimiento de sus atribuciones;

h. Coordinar con otras comisiones del CES, en temas de responsabilidad y atribuciĆ³n comĆŗn;

i. Solicitar al Presidente del CES la convocatoria a reuniones ordinarias o extraordinarias del Pleno de esto Organismo;

j. Mantener un archivo dĆ©las actividades de la comisiĆ³n; y,

k. Las demƔs que, conforme a la Ley, le asigne el Pleno; o, la Presidenta o Presidente del CES.

1.3.1.2. COMISIƓN PERMANENTE DE DOCTORADOS

MisiĆ³n:

Orientar y asesorar al Pleno del CES, mediante el establecimiento de lineamientos, directrices y estrategias que impulsen el cumplimiento de los objetivos del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y, estudios tĆ©cnicos especializados que apoyen a la toma de decisiones de este Organismo, en el Ć”mbito de la gestiĆ³n de doctorados y postdoctorados.

Atribuciones y Responsabilidades.

a. Proponer al Pleno del CES polĆ­ticas, planes y programas relacionados con e) fortalecimiento de los programas de doctorado y postdoctorado;

b. Proponer ni Pleno del CES polĆ­ticas, planes y programas que coadyuven al fortalecimiento de la investigaciĆ³n asociada a los programas doctorales y de los posdoctorados;.

c. Elaborar y proponer al Pleno del CES la normativa sobre el rĆ©gimen, titulaciĆ³n y modalidades de estudios de los doctorados;

d. Elaborar y presentar al Pleno del CES informes sobre los proyectos relacionados con programas acadƩmicos de doctorado y posdoctorado presentados por las universidades y escuelas politƩcnicas;

e. Elaborar informes relativos a la creaciĆ³n de las Unidades Especializadas de InvestigaciĆ³n propuestas por las universidades y escuelas politĆ©cnicas;

f. Elaborar y proponer al Pleno del CES informes sobre todos los asuntos relacionados con los doctorados y los posdoctorados de las universidades y escuelas politƩcnicas;

g. Coordinar con la SecretarĆ­a General del CES, la solicitud de informaciĆ³n tĆ©cnica y legal requerida para el cumplimiento de sus atribuciones;

24 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

h. Coordinar con otras comisiones del CES, en temas de responsabilidad y atribuciĆ³n comĆŗn;

i. Solicitar al Presidente del CES la convocatoria a reuniones ordinarias o extraordinarias de este Organismo;

j. Mantener archivo de las actividades de la comisiĆ³n; y,

k. Las demƔs que, conforme a la Ley, le asigne el Pleno; o, la Presidenta n Presidente del CES.

13.1.3. COMISIƓN PERMANENTE DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITƉCNICAS MisiĆ³n:

Orientar y asesorar al Pleno del CES, mediante el establecimiento de lincamientos, directrices y estrategias que impulsen el cumplimiento de los objetivos del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y, estudios tĆ©cnicos especializados que apoyen a la toma de decisiones de este Organismo, en el Ć”mbito de la gestiĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Proponer al Pleno del CES polƭticas, planes y programas relacionados con el fortalecimiento de las universidades y escuelas politƩcnicas;

1). Elaborar y presentar al Pleno del CES los proyectos de normativa e informes sobre propuestas de creaciĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de universidades y escuelas politĆ©cnicas y de sus extensiones y centros de apoyo;

c. Elaborar y presentar al Pleno del CES informes sobre solicitudes de aprobaciĆ³n de los estatutos de universidades y escuelas politĆ©cnicas y sus reformas;

d. Elaborar y presentar al Pleno del CES los informes sobre solicitudes de aprobaciĆ³n de nuevas carreras de tercer nivel, de grado;

e. Proponer al Pleno del CES la normativa sobre el rƩgimen acadƩmico, tƭtulos de tercer nivel, de grado y sobre las modalidades de estudios: presencial, semipresencial, a distancia, en lƭnea y otras;

f. Proponer al Pleno del CES polĆ­ticas, planes y programas orientados al fortalecimiento de la investigaciĆ³n en las carreras degrado;

g. Elaborar informes relativos a la creaciĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de las facultades o unidades acadĆ©micas de similar JerarquĆ­a, propuestas por las universidades y escuelas politĆ©cnicas;

h. Elaborar y presentar al Pleno del CES informes sobre los asuntos relacionados con el cumplimiento de las disposiciones legales establecidas en la LOES;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 25

t. Elaborar informes trimestrales, dando cuenta sobre las actividades cumplidas y enviarlos a conocimiento del Pleno del CES;

j. Recibir en comisiĆ³n general a autoridades, docentes, trabajadores y estudiantes de las IES; asĆ­ como a representantes de la FunciĆ³n Ejecutiva y de los organismos del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

k. Coordinar con la Secretaria General, la solicitud de informaciĆ³n tĆ©cnica y legal requerida para el cumplimiento de sus atribuciones;

I. Coordinar con otras comisiones del CES, en temas de responsabilidad y atribuciĆ³n comĆŗn;

m. Solicitar al Presidente del CES la convocatoria a reuniones ordinarias o extraordinarias del Pleno de este Organismo;

n. Mantener un archivo de las actividades de la comisiĆ³n; y,

o. Las demƔs que. conforme a la Ley, le asigne el Pleno; o, la Presidenta o Presidente del CES.

1.3.1.4 COMISIƓN PERMANTE De INSTITUTOS Y CONSERVATORIOS SUPERIORES

MisiĆ³n:

Orientar y asesorar al Pleno del CES, medĆ­ante el establecimiento de lincamientos, directrices y estrategias que impulsen el cumplimiento de los objetivos del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y, estudios tĆ©cnicos especializados que apoyen a la toma de decisiones de este Organismo, en el Ć”mbito de la gestiĆ³n de los institutos y conservatorios superiores.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Proponer al Pleno del CES, polĆ­ticas, planes y programas relacionados con el fortalecimiento de los mencionados institutos;

b. Elaborar y presentar al Pleno del CES los proyectos de normativa e informes sobre propuestas de creaciĆ³n, reconversiĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos, pedagĆ³gicos, de artes y conservatorios superiores, sedes, extensiones, unidades acadĆ©micas o similares;

c. Elaborar y presentar al Pleno riel CES, informes sobre solicitudes de aprobaciĆ³n de los estatutos y sus reformas;

d. Elaborar y presentar al Pleno del CES, informes sobre solicitudes de aprobaciĆ³n de nuevas carreras de nivel tĆ©cnico o tecnolĆ³gico superior;

e. Elaborar y presentar al Pleno del CES, informes sobre asuntos relacionados con el cumplimiento de las disposiciones legales establecidas en la LOES;

26 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

f. Proponer al Pleno del CES polĆ­ticas, planes y programas orientados al fortalecimiento de la investigaciĆ³n e innovaciĆ³n, desarrollo tecnolĆ³gico y artĆ­stico, de las carreras de nivel tĆ©cnico o tecnolĆ³gico superior;

g. Recibir en comisiĆ³n general a autoridades, docentes, trabajadores y estudiantes de las ƍES: asĆ­ como a representantes de la PunciĆ³n Ejecutiva y de los organismos del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

h. Coordinar y remitir el proceso a la CoordinaciĆ³n de Licenciamiento, Monitoreo y Control de las Instituciones de EducaciĆ³n Superior del CES, para su respectivo trĆ”mite, de conformidad con la normativa interna de este Organismo;

i. Coordinar cotĆ­ la SecretarĆ­a General, la solicitud de informaciĆ³n tĆ©cnica y legal requerida para el cumplimiento de sus atribuciones;

j. Solicitar al Presidente del CES la convocatoria a reuniones ordinarias o extraordinarias del Pleno de este Organismo;

k. Mantener archivos especializados de las actividades de la comisiĆ³n; y,

l Las demƔs que, conforme a la Ley, le asigne el Pleno; o, |a presidenta o Presidente del CES.

1.3.2. COMISIONES OCASIONALES

Las Comisiones Ocasionales se reunirĆ”n cuando tuvieren asuntos asignados para su conocimiento que no hubieren sido asignadas a las Comisiones Permanentes; serĆ”n designados por el CES o Presidente de este Organismo y emitirĆ”n informes de acuerdo n la temĆ”tica para su conocimiento y resoluciĆ³n posterior por parte de este Organismo.

CAPƍTULO II

PROCESOS AGREGADO RES DE VALOR

2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR:

GestiĆ³n institucional de la planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior

2.1. SECRETARƍA GENERAL

MisiĆ³n: ContribuirĆ” la consolidaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior mediante su participaciĆ³n activa en las sesiones del CES y de las Comisiones para ejecutar, custodiar y difundir las resoluciones tomadas en el Pleno de este Organismo; la coordinaciĆ³n de los flujos de informaciĆ³n de los procesos tĆ©cnicos con el Presidente y los Miembros de este Consejo de Estado, con las instancias tĆ©cnicas competentes de la PunciĆ³n Ejecutiva y los organismos del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y la coordinaciĆ³n de los procesos administrativos y su implementaciĆ³n.

Responsable: Secretario o Secretaria General

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 27

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Coordinar los procesos tĆ©cnicos de gestiĆ³n acadĆ©mica, monitoreo de Instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior; los procesos de formulaciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n de los instrumentos de planificaciĆ³n y de gestiĆ³n de informaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y, los procesos tĆ©cnicos de formulaciĆ³n de los proyectos de reglamentos y demĆ”s normativa definidos en la Ley, en coordinaciĆ³n con las instituciones y organismos del Sistema de EducaciĆ³n Superior e instancias competentes de la FunciĆ³n Ejecutiva;

b. Coordinar e implementar los procesos de gestiĆ³n administrativa y financiera; y desarrollar mecanismos para velar por el efectivo manejo administrativo del CES;

c. Suscribir los documentos administrativos, financieros y tƩcnicos que se requieran para el cumplimiento de los objetivos institucionales, en el Ɣmbito de su competencia;

d. Establecer los mecanismos tĆ©cnicos y estratĆ©gicos para la gestiĆ³n y coordinaciĆ³n institucional, para la aprobaciĆ³n del Pleno del CES, e implementar mecanismos para el efectivo cumplimiento de sus disposiciones;

e. Coordinar la formulaciĆ³n de los planes y presupuestos institucionales del CES;

f. Redactar las convocatorias y notificar con ellas, por disposiciĆ³n del Presidente o Presidenta del CES, indicando el orden del dĆ­a, fecha, lugar y hora de inicio de la sesiĆ³n;

g. Proporcionar a los Miembros del CES, los documentos habilitantes referentes a los temas que se vayan a tratar en las sesiones del Pleno de este Organismo;

h. Redactar y elaborar las actas de las sesiones del Pleno del CES, las cuales serĆ”n puestas a consideraciĆ³n de las y los Miembros de este Organismo;

i. Suscribir las actas de las sesiones del Pleno del CES conjuntamente con la Presidenta o el Presidente de este Organismo;

j. Legalizar y suscribir conjuntamente con el Presidente o Presidenta del CES, las resoluciones tomadas por el Pleno de este Organismo;

k. Informar a la Presidenta o Presidente del CES, sobre las excusas presentadas por los Miembros de este Organismo;

I. Cumplir en las sesiones del Pleno del CES, con las actividades inherentes a su funciĆ³n;

m. Velar por la conservaciĆ³n y seguridad de los archivos del CES;

n. Suministrar a la Presidenta o Presidente del CES y a las y los Miembros la informaciĆ³n que le soliciten, relacionada con las actividades de este Organismo;

28 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

o. Firmar la correspondencia oficial sobre las resoluciones CES;

p. Certificar y autenticar documentos que reposan en el archivo general y proporcionar copias de los misinos;

q. Llevar un registro cronolĆ³gico y archivo de las actas, resoluciones que se expidieren y demĆ”s documentos del CES y mantener los registros grabados de las sesiones, los cuales servirĆ”n como recurso para la elaboraciĆ³n de las actas;

r. Implementar los mecanismos para ej efectivo cumplimiento a las resoluciones que emita el Pleno del CES;

s. Remitir copias de toda resoluciĆ³n expedida por el Presidente o Presidenta del CES, a las y los Miembros y al Procurador/a de este Organismo;

t. Coordinar y gestionar la preparaciĆ³n de la ediciĆ³n del Ć³rgano oficial de difusiĆ³n del CES;

u. Liderar el trabajo tƩcnico de las coordinaciones que conforman la Secretarƭa General del CES;

v. Asumir las funciones y responsabilidades que le delegue el Presidente del CES;

w. Dirigir las iniciativas de fortalecimiento institucional en el Ɣrea de su competencia;

x. Actuar como secretario de las Comisiones o designar un delegado para las mismas:

1. Colaborar con el Presidente o Presidenta de cada comisiĆ³n para la elaboraciĆ³n del orden del dĆ­a de la respectiva comisiĆ³n;

2. Enviar las convocatorias escritas y la documentaciĆ³n de soporte que sea necesaria, adjuntando el orden del dĆ­a sumillado por el Presidente o Presidenta de la ComisiĆ³n, al menos con cuarenta y ocho horas de anticipaciĆ³n para las sesiones ordinarias y veinticuatro horas para las extraordinarias;

3. Concurrir o enviar un delegado, que haga sus veces, a las sesiones de las comisiones;

  1. Preparar los documentos de respaldo para tratar los temas de la ComisiĆ³n:
  2. Elaborar para su aprobaciĆ³n las actas de los asuntos tratados y de los dictĆ”menes adoptados en cada sesiĆ³n;

6. Legalizar, conjuntamente con el Presidente o Presidenta de la ComisiĆ³n, las actas que fueren aprobadas, asĆ­ como certificar los informes, resoluciones y demĆ”s documentos de la comisiĆ³n, y remitirlos para que sean incorporados en el orden del dĆ­a de las sesiones del CES;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 29

  1. Coordinar las actividades de su dependencia con las demƔs unidades del CES;
  2. Registrar en el acta la presencia de los miembros en la sesiĆ³n de cada ComisiĆ³n, asĆ­ como los aspectos que por su importancia o a peticiĆ³n de los vocales, deban tomarse textualmente;
  3. Llevar y mantener un registro de asistencia a las sesiones ordinarias y extraordinaria de los miembros;
  4. Poner en conocimiento del Presidente o Presidenta de la comisiĆ³n las comunicaciones recibidas, do acuerdo con el orden de ingreso o la urgencia con que requieran ser conocidas por la comisiĆ³n; y,
  5. Normalizar los instrumentos tĆ©cnicos, y las funciones que desempeƱan los diferentes secretarios de las comisiones, y apoyar en la institucionalizaciĆ³n de los procesos que gestionan las sesiones de las comisiones;
  6. DesempeƱar las funciones de Secretario en las comisiones especiales, salvo que el Consejo designe un Secretario; y;
  7. Coordinar la planificaciĆ³n y ejecuciĆ³n de la RendiciĆ³n de Cuentas y Control Social Institucional.

y. Las demƔs funciones que le fueren asignadas por el Pleno del CES, o, por el Presidente o Presidenta de este Organismo.

2.1,1. COORDINACIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA

MisiĆ³n:

Formular la propuesta de planificaciĆ³n y proyecciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y elaborar informes sobre la creaciĆ³n, suspensiĆ³n y extinciĆ³n de las IES, extensiones, carreras y programas de posgrado.

Responsable: Coordinador de PlanificaciĆ³n AcadĆ©mica.

Estructura BĆ”sica: La CoordinaciĆ³n de PlanificaciĆ³n AcadĆ©mica se gestionarĆ” a travĆ©s rie los siguientes procesos:

TIPO DE PROCESO’

Agregador de Valor:

Encargados de generar y administrar el portafolio de productos y servicios, destinados a

2.1.1.1. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN Y

FINANCIAMIENTO DEL SES

2.1.1.2. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA DE NIVEL TƉCNICO,

30 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

los usuarios externos, permiten cumplir con los procesos de la PlanificaciĆ³n AcadĆ©mica y GarantĆ­a de Derechos.

TECNOLƓGICO Y TERCER NIVEL

2.1.1.3. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA DE CUARTO NIVEL Y POSTGRADOS

2.1.1.4. DIRECCIƓN DE CONTINUIDAD DE ESTUDIOS

Atribuciones y Responsabilidades:

a. ElaboraciĆ³n del plan de desarrollo interno y proyecciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior para aprobaciĆ³n del Pleno del CES;

b. Formular los insumos tĆ©cnicos y estudios requeridos para et proceso de formulaciĆ³n del plan de desarrollo interno y proyecciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

c. Elaborar anualmente el informe de aplicaciĆ³n de la fĆ³rmula de distribuciĆ³n de las rentas o asignaciones del Estado a favor de las IES y de los incrementos si es que los hubiere, las que constarĆ”n en el Presupuesto General del Estado, de acuerdo a los lineamientos de la LOES y de la normativa expedida por el CES;

d. Elaborar, coordinar y/o supervisar la ejecuciĆ³n de los planes de contingencia, en coordinaciĆ³n con las entidades competentes;

e. Elaborar los informes sobre la creaciĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas que tendrĆ”n como base los informes favorables y obligatorios del CEAACES y de la Secretaria TĆ©cnica del Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n (SENPLADES). segĆŗn los requisitos establecidos en la LOES;

f. Elaborar informes de derogatoria de la Ley o Decreto Ley de creaciĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas, que tendrĆ” como base los informes del CEAACES;

g. Elaborar informes tĆ©cnicos de creaciĆ³n y extinciĆ³n de institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos, pedagĆ³gicos, de artes y conservatorios superiores;

h. Elaborar informes de creaciĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de extensiones, unidades acadĆ©micas o similares;

i. Elaborar informes de creaciĆ³n de carreras TĆ©cnicas, TecnolĆ³gicas y de Tercer Nivel;

j. Elaborar informes de creaciĆ³n de programas de Cuarto Nivel; y,

k. DesempeƱar las demƔs atribuciones y responsabilidades que le asignare las autoridades institucionales, las leyes y los reglamentos.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 31

2.1.1.1. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN Y FINANCIAMIENTO DEL SES

MisiĆ³n:

Formular la propuesta de planificaciĆ³n y proyecciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior y elaborar informes referentes a la aplicaciĆ³n de la fĆ³rmula de distribuciĆ³n de las rentas o asignaciones del Estado a favor de las IES.

Responsable: Director de PlanificaciĆ³n y Financiamiento del SES.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Generar insumos para la planificaciĆ³n y proyecciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

b. Gestionar los procesos de anĆ”lisis tĆ©cnico, previo a la aprobaciĆ³n del plan de desarrollo interno y proyecciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

c. Gestionar los procesos de anĆ”lisis tĆ©cnico que sustentan la elaboraciĆ³n de la normativa del SES, y las propuestas de resoluciones del Pleno del CES; cuando asĆ­ se requiera;

d. Efectuar estudios tƩcnicos y anƔlisis de pertinencia e integralidad para determinar la oferta y demanda acadƩmica, acorde con las necesidades sociales;

e. Analizar los informes tĆ©cnicos emitidos por la SENESCYT en el Ć”mbito de la planificaciĆ³n y gestiĆ³n acadĆ©mica, previo al conocimiento y resoluciĆ³n del Pleno del CES;

f. Ejecutar el proceso de anĆ”lisis tĆ©cnico previo a la aprobaciĆ³n de la fĆ³rmula de distribuciĆ³n anual de las rentas o asignaciones del Estado a las IES y de los incrementos .si es que los hubiere, las que constarĆ”n en el Presupuesto General del Estado;

g. Prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

h. Ejecutar los procesos de gestiĆ³n de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su coordinaciĆ³n; y,

i. DesempeƱar las demƔs atribuciones y responsabilidades que le asignare las autoridades institucionales, las leyes y los reglamentos.

Productos / Servicios

  1. Propuesta del Plan del Sistema de EducaciĆ³n Superior para la aprobaciĆ³n del Pleno del CES. el que deberĆ” contener el estado de la educaciĆ³n superior del paĆ­s y proyecciones.
  2. PublicaciĆ³n de estudios sobre educaciĆ³n superior.

32 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

3. Informe anual de aplicaciĆ³n de la fĆ³rmula de distribuciĆ³n de las rentas o asignaciones del Estado a favor de las lES y de los incrementos sĆ­ es que los hubiere, las que constarĆ”n en el Presupuesto General del Estado, de acuerdo a los lincamientos de la presente Ley y de la normativa expedida por el CES.

2.1.1.2. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA DE NIVEL TƉCNICO, TECNOLƓGICO Y TERCER NIVEL

MisiĆ³n:

Generar insumos tĆ©cnicos para la aprobaciĆ³n, suspensiĆ³n y extinciĆ³n de las instituciones de educaciĆ³n superior, extensiones y unidades acadĆ©micas, asĆ­ como para la creaciĆ³n de carreras de nivel tĆ©cnico o tecnolĆ³gico superior y de tercer nivel.

Responsable: Director de PlanificaciĆ³n AcadĆ©mica de Nivel TĆ©cnico, TecnolĆ³gico y Tercer Nivel.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Implementar estudios tĆ©cnicos y anĆ”lisis de pertinencia e integralidad en los procesos de aprobaciĆ³n de propuestas para la creaciĆ³n de universidades, escuelas politĆ©cnicas, y sus extensiones; asĆ­ como de proyectos de carreras y programas acadĆ©micos;

b. Efectuar estudios y anĆ”lisis tĆ©cnico sobre la gestiĆ³n que rige para el Sistema de EducaciĆ³n Superior, previo a la aprobaciĆ³n de propuestas para la creaciĆ³n de universidades, escuelas politĆ©cnicas, y sus extensiones; asĆ­ como de proyectos de carreras y programas acadĆ©micos;

c. Realizar estudios y anĆ”lisis tĆ©cnicos, previo a la aprobaciĆ³n de la creaciĆ³n de carreras y programas de grado y pos grado en las instituciones universitarias y politĆ©cnicas, a ser aprobados por el CES;

d. Efectuar procesos de sistematizaciĆ³n y verificaciĆ³n documental para el proceso de aprobaciĆ³n de proyectos, carreras y programas;

e. Establecer mecanismos y estrategias que permitan la adecuada selecciĆ³n de facilitadores asĆ­ como la coordinaciĆ³n y seguimiento a los facilitadores;

f. Efectuar procesos de sistematizaciĆ³n y verificaciĆ³n documental para el proceso de aprobaciĆ³n dĆ©las IES;

g. Establecer estudios y anĆ”lisis tĆ©cnicos de gestiĆ³n acadĆ©mica, en coordinaciĆ³n interinstitucional y efectuar el seguimiento respectivo a fin de que se cumplan las metas propuestas por las IES;

h. Efectuar el anƔlisis tƩcnico de los informes de organismos rectores; asƭ como del informe de las comisiones;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 33

i. Planificar y diseƱar los procesos tĆ©cnicos para la elaboraciĆ³n de propuestas de resoluciones para la aprobaciĆ³n de la creaciĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de las extensiones, unidades acadĆ©micas o similares, asĆ­ como de la creaciĆ³n de programas y carreras de universidades y escuelas politĆ©cnicas, y los programas en modalidad de estudios previstos en la Ley, previo a la aprobaciĆ³n y resoluciĆ³n del Pleno del CES:

j. Efectuar procesos de sistematizaciĆ³n y verificaciĆ³n documental para el proceso de aprobaciĆ³n de unidades acadĆ©micas;

k. Efectuar procesos de sistematizaciĆ³n y verificaciĆ³n documental para el anĆ”lisis de consultas en materia de la gestiĆ³n acadĆ©mica;

I. Establecer mecanismos para la elaboraciĆ³n de material de apoyo de gestiĆ³n acadĆ©mica, para dar respuesta oportuna a los requerimientos de los usuarios;

m. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al plan operativo anual de los procesos bajn su direcciĆ³n; y,

n. DesempeƱar las demƔs atribuciones y responsabilidades que le asignare las autoridades institucionales, las leyes y los reglamentos.

Productos / Servicios:

  1. Informes sobre la creaciĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas que tendrĆ”n como base los informes favorables y obligatorios del CEAACES y de la Secretaria TĆ©cnica del Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n, segĆŗn los requisitos establecidos en la LOES.
  2. Informes de derogatoria de la Ley o Decreto Ley de creaciĆ³n de universidades y escuelas politĆ©cnicas, que tendrĆ” como base los informes del CEAACES.
  3. Informes tĆ©cnicos de creaciĆ³n y extinciĆ³n de institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos, pedagĆ³gicos, de artes y conservatorios superiores.
  4. Informes de creaciĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de extensiones, unidades acadĆ©micas o similares,
  5. Informes de creaciĆ³n do carreras de nivel tĆ©cnico,

6. Informes de creaciĆ³n de carreras de nivel tecnolĆ³gico superior.

7. Informes de creaciĆ³n de carreras de tercer nivel.

34 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

2.1.1.3. DIRECCIƓN DE PLANIFICACIƓN ACADƉMICA DE CUARTO NIVEL Y POSTGRADOS

MisiĆ³n:

Generar insumos tĆ©cnicos para la aprobaciĆ³n de IES de postgrado, asĆ­ corno para la creaciĆ³n programas de cuarto nivel de especializaciĆ³n, maestrĆ­a y doctorado.

Responsable: Director de PlanificaciĆ³n AcadĆ©mico de Cuarto Nivel y Posgrado.

Atribuciones y responsabilidades:

a. Implementar estudios tĆ©cnicos y anĆ”lisis de pertinencia e integralidad en los procesos de aprobaciĆ³n de propuestas para la creaciĆ³n de universidades, escuelas politĆ©cnicas, y sus extensiones; asĆ­ como de proyectos de carreras y programas acadĆ©micos;

b. Efectuar estudios y anĆ”lisis tĆ©cnico sobre la gestiĆ³n que rige para el Sistema de EducaciĆ³n Superior, previo a la aprobaciĆ³n de propuestas para la creaciĆ³n de universidades, escuelas politĆ©cnicas, y sus extensiones; asĆ­ como de proyectos de carreras y programas acadĆ©micos;

c. Realizar estudios y anĆ”lisis tĆ©cnicos, previo a la aprobaciĆ³n de la creaciĆ³n de carreras y programas de grado y postgrado en las universidades y escuelas politĆ©cnicas, a ser aprobados por el CES;

d. Efectuar procesos de sistematizaciĆ³n y verificaciĆ³n documental para el proceso de aprobaciĆ³n de proyectos, carreras y programas;

e. Establecer mecanismos y estrategias que permitan la adecuada selecciĆ³n de facilitadores asĆ­ como la coordinaciĆ³n y seguimiento a los facilitadores;

f. Efectuar procesos de sistematizaciĆ³n y verificaciĆ³n documental para el proceso de aprobaciĆ³n de IES;

g. Establecer estudios y anĆ”lisis tĆ©cnicos de gestiĆ³n acadĆ©mica, en coordinaciĆ³n interinstitucional y efectuar el seguimiento respectivo a fin de que se cumplan las metas propuestas por las IES;

h. Efectuar el anƔlisis tƩcnico de los informes de organismos rectores; asƭ como del informe de las comisiones;

i. Planificar y diseƱar los procesos tĆ©cnicos para la elaboraciĆ³n de propuestas de resoluciones para la aprobaciĆ³n de la creaciĆ³n, suspensiĆ³n o clausura de las extensiones, unidades acadĆ©micas o similares, asĆ­ como de la creaciĆ³n de programas y carreras de universidades y escuelas politĆ©cnicas, y los programas en modalidad de estudios previstos en la Ley, previo a la aprobaciĆ³n v resoluciĆ³n del CES;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 35

j. Efectuar procesos de sistematizaciĆ³n y verificaciĆ³n documental para el proceso de aprobaciĆ³n de unidades acadĆ©micas;

k. Establecer mecanismos para la elaboraciĆ³n de material de apoyo de gestiĆ³n acadĆ©mica, para dar respuesta oportuna a los requerimientos dĆ©los usuarios;

l. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al plan operativo anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

m. DesempeƱar las demƔs atribuciones y responsabilidades que le asignare las autoridades institucionales, las leyes y los reglamentos.

Productos / Servicios:

  1. Informes de creaciĆ³n, suspensiĆ³n y extinciĆ³n de IES de posigrado y/o de sus extensiones o unidades acadĆ©micas.
  2. Informes de creaciĆ³n de programas de cuarto nivel de Especializados

3. Informes de creaciĆ³n de programas de cuarto nivel de MaestrĆ­a. A. Informes de creaciĆ³n de programas de cuarto nivel de Doctorado. 2.1.1.4. DIRECCIƓN DE CONTINUIDAD DE ESTUDIOS

MisiĆ³n:

Elaborar, coordinar y/o supervisar la ejecuciĆ³n de los planes de contingencia, en coordinaciĆ³n con las entidades competentes, que garanticen los derechos de los estudiantes a continuar sus estudios regulares en los casos de suspensiĆ³n definitiva,

Responsable: Director de Continuidad de Estudios.

Atribuciones y responsabilidades:

a. Ejecutar acciones y mecanismos para garantizar los derechos de los estudiantes de las universidades y escuelas politĆ©cnicas, puedan continuar sus estudios regulares en otros centros de educaciĆ³n superior, rigiĆ©ndose por las normas propias de estas instituciones:

b. Implementar el Plan de Contingencia, para garantizar la continuidad de los estudios de las y los estudiantes de estas universidades y escuelas politƩcnicas;

c. Ejecutar acciones y soluciones integrales a fin de que la suspensiĆ³n injustificada de cursos en carreras o programas acadĆ©micos que privaren a los estudiantes del derecho a continuarlos de la manen* ofertada por las IES;

d. Levantar el registro de los tƭtulos y continuidad de estudios de los y las estudiantes de las universidades y escuelas politƩcnicas del Ecuador;

36 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

e. Prestar asesorƭa tƩcnica y legal sobre el derecho a la continuidad de estudios de los y las estudiantes de tas universidades y escuelas politƩcnicas del Ecuador;

f. Entregar a las universidades las nĆ³minas de las y los postulantes a carreras vigentes debidamente inscritas en el Plan de Contingencia para acceder a la posibilidad de continuar sus estudios;.

g. Realizar la publicaciĆ³n en la pĆ”gina web del CES, de [os planes de estudios de las carreras vigentes de las universidades y escuelas politĆ©cnicas suspendidas;

n. Gestionar con la SENESCYT la trasferencia de recursos pĆŗblicos a favor de las universidades y escuelas politĆ©cnicas, para la implementaciĆ³n de proyectos de continuidad de estudios y desarrollo de la educaciĆ³n;

i. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n;

j. Implementar el Plan de Contingencia en coordinaciĆ³n con las instituciones que integran el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

k. Gestionar y aplicar los requisitos para el acceso al Plan dt; Contingencia contemplado en la LOES;

I. Efectuar los procesos de ejecuciĆ³n y evaluaciĆ³n del Plan de Contingencia;

m. Gestionar los procesos da aprobaciĆ³n de las carreras de titulaciĆ³n especial contempladas en el Reglamento del Plan de Contingencia, asĆ­ como su apertura;

n. Efectuar anĆ”lisis tĆ©cnicos sobre los asuntos relativos a la expediciĆ³n y registro de tĆ­tulos de las y los estudiantes por titularse o graduarse de las universidades y escuelas politĆ©cnicas de categorĆ­a E suspendidas definitivamente, que cursaron estudios en carreras o programas vigentes, no autorizados o que perdieron su vigencia;

o. Difundir el Plan de Contingencia entre los distintos beneficiarios, actores y organismos e instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior y la ciudadanĆ­a;

p. Ejecutar y difundir el proceso de inscripciĆ³n de las y los estudiantes en el Plan de Contingencia;

q. Llevar a efecto los procesos de admisiĆ³n a tas carreras de titulaciĆ³n especial, a los seminarios de graduaciĆ³n o titulaciĆ³n y a las carreras vigentes, este acorde con la normativa vigente;

r. Administrar el sistema de seguimiento y evaluaciĆ³n acadĆ©mica durante la fase de ejecuciĆ³n del Plan de Contingencia;

s. Nombrar la AdministraciĆ³n Temporal de cada universidad o escuela politĆ©cnica suspendida definitivamente por el CEAACES;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 37

t. AcompaƱar en los procesos de cumplimiento del Plan Operativo que implementarĆ” la AdministraciĆ³n Temporal de cada universidad o escuela politĆ©cnica suspendida definitivamente por el CEAACES;

u. Establecer los cronogramas de trabajo con las fechas de inicio y Fin del periodo de ejecuciĆ³n del Plan de Contingencia;

v. Gestionar los recursos pĆŗblicos necesarios para la implementaciĆ³n del Plan de Contingencia;

w. Coordinar y supervisar la ejecuciĆ³n e implementaciĆ³n de un Plan de Contingencia, que garantice el derecho de los estudiantes;

x. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

y. DesempeƱar las demƔs atribuciones y responsabilidades que le asignare las autoridades institucionales, las leyes y los reglamentos.

Productos / Servicios

1. Informes de planes de contingencia elaborados e implementados de la instituciĆ³n, carreras o programas para los casos de suspensiĆ³n definitiva.

  1. Registro de los tƭtulos y continuidad de estudios de los y las estudiantes de las universidades y escuelas politƩcnicas del Ecuador.
  2. Registros y actualizaciĆ³n de los expedientes de los ciudadanos y las ciudadanas que se inscriban en el portal electrĆ³nico del CES.

4. Registros de asesorƭa tƩcnica y legal sobre el derecho a la continuidad de estudios de los y las estudiantes de las universidades y escuelas politƩcnicas del Ecuador.

  1. NĆ³minas de las y los postulantes a carreras vigentes debidamente inscritas en el Plan de Contingencia para acceder a la posibilidad de continuar sus estudios.
  2. PublicaciĆ³n en la pĆ”gina Web del CES, de los planes de estudios de las carreras vigentes de las universidades y escuelas politĆ©cnicas suspendidas’,
  3. AsignaciĆ³n de cupos para prĆ”cticas profesionales, en coordinaciĆ³n con universidades y escuelas politĆ©cnicas e instituciones pĆŗblicas y privadas de ser el caso.
  4. Mecanismos de coordinaciĆ³n para gestionar los fondos y recursos para que respalden los pagos para la provisiĆ³n de la continuidad de estudios de los estudiantes en las distintas carreras de las universidades y escuelas politĆ©cnicas.

9. Registros de aprobaciĆ³n de las carreras de titulaciĆ³n especial contempladas en el Reglamento del Plan de Contingencia, asĆ­ como su apertura,

38 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Informes de acompaƱamiento en los procesos de cumplimiento del PĆ­an Operativo que implementara la AdministraciĆ³n Temporal de cada universidad o escuela politĆ©cnica suspendida definitivamente por el CEAACES,
  2. Informes de resoluciĆ³n de casos tĆ©cnicos y legales relacionados con el Plan de Contingencia.

2.1.2. COORDINACIƓN DE NORMATIVA

MisiĆ³n:

Coordinar y gestionar los procesos de desarrollo y seguimiento normativo, generando insumos para formular los proyectos de resoluciones del Pleno del CES; encaminar el diseƱo, elaboraciĆ³n, sistematizaciĆ³n, actualizaciĆ³n y armonizaciĆ³n de proyectos de normativa, para la regulaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior; y, formular los criterios que permitan viabilizar su aplicaciĆ³n.

Responsable: Coordinador de Normativa.

Estructura BĆ”sica: La CoordinaciĆ³n de Normativa se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

TIPO DE PROCESO

PROCESOS

Agregador de Valor:

Encargados de generar y administrar el portafolio de productos y servicios, destinados a los usuarios externos, permiten cumplir con los procesos de GestiĆ³n Normativa.

2.1.2.1. DIRECCIƓN DE PRODUCCIƓN NORMATIVA

2.1.2.1.1. ProducciĆ³n de Normativa

2.1.2.1.2. GestiĆ³n de Convenios

2.1.2.2. DIRECCIƓN DE SEGUIMIENTO A LA NORMATIVA

2.1.2.2.1. Seguimiento a la Normativa

2.1.2.2.2. DifusiĆ³n EstratĆ©gica de Normativa

2.1.2.3. DIRECCIƓN DE ABSOLUCIƓN DE CONSULTAS

2.1.2.3.1. GestiĆ³n de Consultas

2.1.2.3.2. AsesorĆ­a de AplicaciĆ³n de Normativa

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir y coordinar acciones para la generaciĆ³n de estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n, que coadyuven al cumplimento de los objetivos

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 39

institucionales en articulaciĆ³n con la polĆ­tica y normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

b. Coordinar la elaboraciĆ³n de proyectos de normativa para el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

c. Coordinar acciones que permitan validar las propuestas de normativa, conforme a las proyecciones y necesidades del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

d. Coordinar reuniones de carĆ”cter tĆ©cnico con los actores del Sistema a fin de socializarĀ» y retroalimentar la normativa propuesta;

e. Dirigir los procesos de anĆ”lisis y estudios respecto al marco jurĆ­dico del Sistema, que permitan generar proyectos de reforma y actualizaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

f. Planificar y coordinar los procesos de seguimiento de las obligaciones derivadas de las resoluciones del CES;

g. Coordinar acciones que permitan impulsar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las resoluciones del CES;

h. Coordinar los procesos de catalogaciĆ³n y sistematizaciĆ³n de la normativa expedida por el CES;

i. Coordinar la sistematizaciĆ³n y catalogaciĆ³n de las consultas ingresadas al CES, en relaciĆ³n a la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

j. Gestionar el seguimiento a los resultados de la difusiĆ³n de la normativa expedida por el CES;

k. Establecer lineamientos para el desarrollo y anĆ”lisis de las consultas relacionadas a la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

l. Establecer, en coordinaciĆ³n con los procesos internos del CES, criterios en relaciĆ³n con la aplicaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

m. Coordinar los procesos de recopilaciĆ³n, sistematizaciĆ³n de los criterios emitidos de la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

n. Coordinar y organizar los procesos de requerimientos de asesorĆ­a, sobre la aplicaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

o. Coordinar los procesos de anĆ”lisis de las solicitudes y provisiĆ³n de asesorĆ­a a las unidades administrativas del CES y a los actores del Sistema de EducaciĆ³n Superior, en relaciĆ³n a la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

p, Coordinar los procesos de diagnĆ³stico que tengan relaciĆ³n con el asesoramiento para la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

40 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

q. Coordinar los procesos de gestiĆ³n de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su coordinaciĆ³n; y,

r. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las, establecidas en la normativa vigente.

2.1-2.1. DIRECCIƓN DE PRODUCCIƓN DE NORMATIVA

MisiĆ³n:

Dirigir los procesos de producciĆ³n normativa, que permitan el desarrollo de proyectos de resoluciones para conocimiento y decisiĆ³n del Pleno del CES de acuerdo a la normativa vigente; asĆ­ como establecer el anĆ”lisis de los instrumentos jurĆ­dicos de las l ES.

Responsable: Director de ProducciĆ³n Normativa.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir, gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

b. Dirigir y ejecutar los procesos de producciĆ³n de normativa para asegurar la calidad y legalidad de la normativa y demĆ”s regulaciones expedidas por el CES;

c. Elaborar los proyectos de normativa para el Sistema de EducaciĆ³n Superior, conforme los lineamentos establecidos por la normativa legal vigente y por el nivel jerĆ”rquico superior;

d. Analizar y validar las propuestas de normativa, conforme a las proyecciones y necesidades del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

e. Apoyar y participar en las reuniones con los actores del Sistema de EducaciĆ³n Superior a fin de socializar y retroalimentar la normativa propuesta;

f. Establecer anĆ”lisis y estudios respecto al marco jurĆ­dico del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

g. Elaborar proyectos de reforma- y actualizaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

h. Efectuar el anĆ”lisis jurĆ­dico de los convenios que de acuerdo a la normativa vigente deben ser sometidos a la aprobaciĆ³n y SupervisiĆ³n del CES, a fin de realizar las recomendaciones respectivas;

i. Coordinar acciones para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 41

j. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

k. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

2.1.2.1.1. ProducciĆ³n de Normativa:

  1. Proyectos de normativa para asegurar la calidad y legalidad de la normativa y demƔs regulaciones expedidas por el CES,
  2. Informes de anĆ”lisis y validaciĆ³n de las propuestas de normativa, conforme a las proyecciones y necesidades del Sistema de EducaciĆ³n Superior.
  3. Proyectos de reforma y actualizaciĆ³n rĆ­e la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior.
  4. Informe de anĆ”lisis y estudios respecto al marco jurĆ­dico del Sistema de EducaciĆ³n Superior,
  5. Memorias de las reuniones con los actores del Sistema de EducaciĆ³n Superior, a fin de socializar y retroalimentar la normativa propuesta.
  6. Criterios jurĆ­dicos sobre la legalidad de la normativa propuesta.

2.1.2.1.2. GestiĆ³n de Convenios:

  1. Informe de anĆ”lisis jurĆ­dico de los convenios que de acuerdo a la normativa vigente deben ser sometidos a la aprobaciĆ³n y supervisiĆ³n del CES, a fin de realizar las recomendaciones respectivas.
  2. Informes de anƔlisis jurƭdico de otros instrumentos legales, conforme requerimientos especƭficos.

3. Registro de reuniones de carƔcter jurƭdico con las IES.

2.1.2.2. DIRECCIƓN DE SEGUIMIENTO A LA NORMATIVA

MisiĆ³n:

Dirigir los procesos de seguimiento del cumplimiento de las disposiciones establecidas en las resoluciones expedidas por el CES, asĆ­ como publicitar la actividad reguladora del CES y vincularla a los actores del Sistema.

Responsable: Director de Seguimiento a la Normativa.

42 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir, gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales, en coordinaciĆ³n con las unidades administrativas del CES pertinentes;

b. Efectuar los procesos de seguimiento que aseguren el cumplimiento de las disposiciones contenidas en las resoluciones expedidas por el CES;

c. Publicitar la actividad reguladora del CES y vincularla a los actores del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

d. Planificar y efectuar actividades necesarias para el seguimiento de las disposiciones contenidas en las resoluciones emitidas por el CES;

e. Implementar las estrategias de catalogaciĆ³n y sistematizaciĆ³n de la normativa expedida por el CES;

f. Aplicar los mecanismos y estrategias para la difusiĆ³n de la normativa expedida por el CES;

g. Efectuar el seguimiento a los resultados de la difusiĆ³n de la normativa expedida por el CES;

h. Coordinar acciones para prestar asistencia y asesora miento tƩcnico y jurƭdico en materia de sus competencias;

i. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

j. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

2.1.2.2.1. Seguimiento a la Normativa

  1. DiagnĆ³sticos y reportes del estado del cumplimiento de Vas disposiciones contenidas en las resoluciones del CES.
  2. Informe de propuesta de acciones que permitan garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en las resoluciones del CES.
  3. Reporte de seguimiento de cumplimiento de las disposiciones contenidas en las resoluciones expedidas por el CES.
  4. Registros o memorias de reuniones y actividades con obligados por resoluciones del CES, segĆŗn el caso.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 43

  1. SistematizaciĆ³n de las Consultas.
  2. CatĆ”logo de sistematizaciĆ³n de la Normativa expedida por el CCS; y, 2.1.2.2.2. DifusiĆ³n EstratĆ©gica de Normativa
  1. Informes de implementaciĆ³n de estrategias, planes, programas y proyectos que coadyuven al cumplimento dĆ©los objetivos institucionales.
  2. Plan de difusiĆ³n de la normativa expedida por el CES.
  3. Informe de la difusiĆ³n y publicidad de la actividad reguladora del CES.
  4. Reportes de la normativa expedida por el CES.
  5. Gaceta Oficial de difusiĆ³n de la ProducciĆ³n Normativa expedida por el CES,
  6. Fichas descriptivas del contenido de las normas expedidas por el CBS.

7. Informes y reportes de impacto de la difusiĆ³n de la normativa expedida por el CES. 2.1.2.3. DIRECCIƓN ABSOLUCIƓN DE CONSULTAS

MisiĆ³n:

Dirigir los procesos de absoluciĆ³n de consultas, unificando los criterios jurĆ­dicos respecto de la aplicaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior. de manera oportuna acorde con las necesidades de nuestros usuarios.

Responsable: Director de AbsoluciĆ³n de Consultas,

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir, gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales, en coordinaciĆ³n con las unidades administrativas del CES pertinentes;

b. Ejecutar estrategias que permitan unificar los criterios y brindar respuesta oportuna, a las dudas respecto de la aplicaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

c. Generar insumos para los procesos de sistematizaciĆ³n y catalogaciĆ³n de las consultas ingresadas al CES, en relaciĆ³n a fa aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

d. Efectuar el anĆ”lisis jurĆ­dico de las consultas relacionadas con la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

e. Elaborar criterios sobre la aplicaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

44 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

f. Brindar el apoyo en el anĆ”lisis jurĆ­dico sobre las solicitudes de asesorĆ­a relacionadas a la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

g. Apoyar en la asesorĆ­a a las unidades del CES, respecto de la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior; en caso de ser requerido;

h. Elaborar diagnĆ³sticos de la frecuencia y tipos de consulta sobre la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

f. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

j. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

2.1.2.3.1. GestiĆ³n de Consultas

  1. Plan que coadyuve al cumplimento de la gestiĆ³n de consultas.
  2. Criterios para los procesos de sistematizaciĆ³n y catalogaciĆ³n de las consultas ingresadas al CES.
  3. Informes de anĆ”lisis jurĆ­dico de las consultas relacionadas con la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior.
  4. DiagnĆ³sticos de la frecuencia y tipos de consulta sobre la aplicaciĆ³n ele la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior.

2.1.2.3.2. AsesorĆ­a de AplicaciĆ³n de Normativa

  1. Plan que coadyuve al cumplimento de asesorĆ­a de aplicaciĆ³n de normativa.
  2. Criterios sobre la aplicaciĆ³n de la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior
  3. Informe de anĆ”lisis jurĆ­dico sobre las solicitudes de asesorĆ­a relacionadas a la aplicaciĆ³n dĆ©la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior.
  4. Memorias de apoyo de asesorĆ­a a las unidades del CES, respecto de la aplicaciĆ³n de la normativa del Sistema de EducaciĆ³n Superior; en caso de ser requerido.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 45

2.1.3. COORDINACIƓN DE MONITOREO E INFORMACIƓN DEL SES

MisiĆ³n:

Coordinar los procesos de informaciĆ³n, monitoreo y acompaƱamiento en la implementaciĆ³n de las disposiciones emitidas por el CES, para el cumplimiento de los objetivos de la LOES en el Sistema de EducaciĆ³n Superior,

Responsable: Coordinador de Monitoreo e InformaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior.

Estructura BĆ”sica; La CoordinaciĆ³n de Monitoreo e InformaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

TIPO DE PROCESO

PROCESOS

Agregador de Valor:

Encargados de generar y administrar el portafolio de productos y servicios, destinados a los usuarios externos, permiten cumplir ton los procesos de monitoreo e informaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior.

2.1.3.1. DIRECCIƓN DE MONITOREO Y EVALUACIƓN

2.1.3.1.1. Desarrollo de Indicadores para Monitoreo

2.1.3.1.2. Monitoreo

2.1.3.1.3. EvaluaciĆ³n

2.1.3,2. DIRECCIƓN DE ACOMPAƑAMIENTO INSTITUCIONAL

2.1.3.2.1. AcompaƱamiento en ImplementaciĆ³n a Reglamentos de Alto Impacto

2.1.3.2.2, AcompaƱamiento a Intervenciones

2.1.3.3. DIRECCIƓN DE INFORMACIƓN DEL SES

2.1.3.3.1. Levantamiento de la InformaciĆ³n

2.1.3.3.2. GestiĆ³n de Datos

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir y coordinar acciones para la generaciĆ³n de estrategias, planes, programas y proyectos que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

b. Coordinar y gestionar procesos de monitoreo del Sistema de EducaciĆ³n Superior, para medir el logro de los objetivos de la LOES;

c. Establecer lineamientos y estrategias, a fin de que las instituciones que forman parte del Sistema de EducaciĆ³n Superior, remitan al CES el informe de rendiciĆ³n de cuentas, sobre el cumplimiento de su misiĆ³n, fines y objetivos;

46 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

d. Planificar y coordinar acciones que permitan monitorear el cumplimiento de la normativa establecida para la planta de investigadores y docentes de las instituciones de educaciĆ³n superior;

o. Coordinar acciones de carƔcter tƩcnico para el monitoreo de la oferta acadƩmica que realicen las IES;

f. Coordinar la generaciĆ³n de insumos previos para la toma decisiones en los casos de las entidades o empresas nacionales o extranjeras que promocionen o ejecuten programas acadĆ©micos de educaciĆ³n superior sin sujetarse a la normativa vigente;

g. Coordinar la generaciĆ³n de informes anuales para presentar a la sociedad ecuatoriana, a la Asamblea Nacional, al Presidente de la RepĆŗblica, al Consejo de ParticipaciĆ³n Ciudadana y Control Social sobre el estado de la educaciĆ³n superior en el paĆ­s;

h. Coordinar acciones con el CEAACES, en el Ć”mbito del monitoreo paro cumplir con los objetivos del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

i. Coordinar y requerir de la SENESCYT, los informes de carƔcter tƩcnico, acadƩmico, jurƭdico y administrativo-financiero, en los casos pertinentes, para sustentar insumos para las resoluciones que emita el CES;

j. Establecer y coordinar acciones de monitoreo en las IES, sobre la existencia y ejecuciĆ³n de procedimientos de control y sanciĆ³n en casos de falsificaciĆ³n o expediciĆ³n fraudulenta de tĆ­tulos u otros documentos relacionados a estudios superiores;

k. Coordinar la generaciĆ³n de insumos para determinar irregularidades e incumplimientos legales, que permitan al CES expedir resoluciones de intervenciĆ³n, suspensiĆ³n y/o extinciĆ³n de IES; asĆ­ como de extensiones, unidades acadĆ©micas o similares de las mismas;

l. Establecer mecanismos que permitan monitorear el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades; y, verificar que las IES no tengan fines de lucro, segĆŗn la regulaciĆ³n establecida por el CES;

m. Coordinar la generaciĆ³n de insumos para el trĆ”mite correspondiente que determine la imposiciĆ³n de sanciones a las mĆ”ximas autoridades y a las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior que trasgredan la Ley y su Reglamento;

n. Coordinar la generaciĆ³n de insumos de monitoreo previos a la toma de decisiones para la suspensiĆ³n de entrega de fondos o sanciones a las IES que no cumplan con las normas establecidas para el efecto;

o. Coordinar la generaciĆ³n anĆ”lisis e insumos tĆ©cnicos de monitoreo para determinar sanciones por irregularidades en la ejecuciĆ³n de la oferta acadĆ©mica;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 47

p. Coordinar la ejecuciĆ³n de los mecanismos de acompaƱamiento para promover dentro de tas Instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior, el acceso para tas personas con discapacidad bajo las condiciones de calidad, pertinencia y regulaciones contempladas en la Ley y su Reglamento;

q. Coordinar el apoyo en la ejecuciĆ³n de mecanismos para unificar y armonizar las nomenclaturas de los tĆ­tulos que expidan las IES en base a la normativa establecida pata el efecto;

r. Coordinar el acompaƱamiento en la ejecuciĆ³n de mecanismos para el cumplimiento de la normativa y planes en las IES intervenidas;

s. Coordinar la ejecuciĆ³n de mecanismos que posibiliten la entrega de la informaciĆ³n financiera de las IES particulares;

t. Coordinar el levantamiento, sistematizaciĆ³n y gestiĆ³n de datos e informaciĆ³n de los aspectos acadĆ©micos y jurĆ­dicos de las IES, para el CES;

u. Coordinar la actualizaciĆ³n periĆ³dica de la lista de tas instituciones del sistema de educaciĆ³n superior legalmente reconocidas, para su publicaciĆ³n;

v. Dirigir y gestionar estrategias para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

w. Coordinar los procesos de gestiĆ³n de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su CoordinaciĆ³n; y,

x. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones; y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente,

2.1.3.1. DIRECCIƓN DE MONITOREO V EVALUACIƓN

MisiĆ³n:

Dirigir y gestionar procesos de monitoreo del .Sistema de EducaciĆ³n Superior para medir el logro de los objetivos de la 1.0 ES y evaluar su correcta implementaciĆ³n.

Responsable: Director de Monitoreo y EvaluaciĆ³n. Atribuciones y Responsabilidades:

a. Gestionar e implementar estrategias, indicadores, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos;

b. Gestionar los procesos de monitoreo del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

c. Implementar las estrategias de monitoreo de la entrega del informe anual de rendiciĆ³n de cuentas tic las IES;

48 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

d. Ejecutar acciones de monitoreo para determinar el cumplimiento de la normativa establecida para la planta de investigadores y docentes de las IES;

e. Ejecutar acciones de carƔcter tƩcnico para el monitoreo de la oferta acadƩmica que realicen las IES;

f. Generar insumos previos para la toma decisiones-en los casos de las entidades o empresas nacionales o extranjeras que promocionen o ejecuten programas acadĆ©micos de educaciĆ³n superior sin sujetarse a la normativa vigente;

g. Programar y ejecutar acciones con el CEAACES, en el Ć”mbito del monitoreo para cumplir con los objetivos del Sistema de EducaciĆ³n Superior;

h. Recabar de la SENESCYT los informes de carĆ”cter tĆ©cnico, acadĆ©mico, jurĆ­dico y administrativo – financiero, en los casos pertinentes, para sustentar insumos para las resoluciones que emita el CES;

i. Planificar y ejecutar acciones de monitoreo en las IES sobre la existencia y ejecuciĆ³n de procedimientos de control y sanciĆ³n en casos de falsificaciĆ³n o expediciĆ³n fraudulenta de tĆ­tulos u otros documentos relacionados a estudios superiores;

j. Efectuar anĆ”lisis e insumos tĆ©cnicos para determinar irregularidades e incumplimientos legales, que permitan al CES expedir resoluciones de intervenciĆ³n, suspensiĆ³n y/o extinciĆ³n de IES; asĆ­ como de extensiones, unidades acadĆ©micas o similares de las mismas;

k. Ejecutar acciones de monitoreo del cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades en las IES; y, verificar que las IES no tengan fines de lucro, segĆŗn la regulaciĆ³n establecida por el CES;

I. Generar el anĆ”lisis e insumos tĆ©cnicos para el trĆ”mite correspondiente que determine la imposiciĆ³n de sanciones a las mĆ”ximas autoridades y a las IES del Sistema de EducaciĆ³n Superior que trasgredan la Ley y su Reglamento;

m. Realizar el anĆ”lisis e insumos tĆ©cnicos de monitoreo, previo a la toma de decisiones para la suspensiĆ³n de entrega de fondos o sanciones a las IES que no cumplan con las normas establecidas para el efecto;

n. Realizar anĆ”lisis e insumos tĆ©cnicos de monitoreo, para determinar sanciones por irregularidades en la ejecuciĆ³n de la oferta acadĆ©mica;

o. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n., ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

p. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que te asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 49

Productos / Servicios:

2.1.3.1.1. Desarrollo de Indicadores para Monitoreo

  1. Conceptual iza ciĆ³ n y herramientas tĆ©cnicas para los Ć”mbitos del monitoreo del Sistema de EducaciĆ³n Superior.
  2. Indicadores, Ć­ndices y criterios de monitoreo del Sistema de EducaciĆ³n Superior,
  3. Estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n de monitoreo.
  4. Reportes de validaciĆ³n de los indicadores e instrumentaciĆ³n.
  5. Informes de anĆ”lisis y diagnĆ³stico de la eficiencia y eficacia de los indicadores,

2.1.3.1.2. Monitoreo y EvaluaciĆ³n

  1. Informe de cumplimiento de entrega del informe anual de rendiciĆ³n de cuentas de las IES al CES.
  2. Reportes de cumplimiento de la normativa establecida para la planta de investigadores y docentes de las lES.
  3. Insumas tƩcnicos de monitoreo de la oferta acadƩmica que realicen las IES.

4. Insumos tĆ©cnicos para la toma decisiones sobre promociĆ³n o ejecuciĆ³n de programas acadĆ©micos de educaciĆ³n superior.

  1. Informes de ejecuciĆ³n de acciones con el CEAACES, en el Ć”mbito del monitoreo.
  2. Informes de carĆ”cter tĆ©cnico, acadĆ©mico, jurĆ­dico y administrativo – financiero, de la SENESCYT. que sustenten insumos para las resoluciones que emita el CES,
  3. Plan de ejecuciĆ³n de monitoreo en las IES, para determinar la existencia y ejecuciĆ³n de procedimientos de control y sanciĆ³n de falsificaciĆ³n o expediciĆ³n fraudulenta de tĆ­tulos u otros documentos relacionados a estudios superiores,
  4. Insumos tƩcnicos para determinar irregularidades e incumplimientos legales de las IES, conforme a la normativa vigente.
  5. Reportes de monitoreo sobre cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades en las IES.
  6. Informes de monitoreo para determinar el incumplimiento de la normativa del CES, sobre los fines de lucro de IES.
  7. Insumos tĆ©cnicos previos, para el tramite imposiciĆ³n de sanciones a las mĆ”ximas autoridades y a las IES del Sistema de EducaciĆ³n Superior, que trasgredan la Ley y su Reglamento.

50 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Insumos tĆ©cnicos de monitoreo, previos a la toma de decisiones para la suspensiĆ³n de entrega de fondos o sanciones a las IES que no cumplan con tas normas establecidas para el efecto.
  2. Insumos tĆ©cnicos de monitoreo, para determinar sanciones por irregularidades en la ejecuciĆ³n de la oferta acadĆ©mica.

2.1.3.2. DIRECCIƓN DE ACOMPAƑAMIENTO INSTITUCIONAL

MisiĆ³n:

Dirigir los procesos de acompaƱamiento a las IES, mediante la asistencia y asesorĆ­a tĆ©cnica, que permitan garantizar la correcta aplicaciĆ³n de la normativa expedida por el CES.

Responsable: Director de AcompaƱamiento Institucional.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos;

b. Efectuar el acompaƱamiento tƩcnico, para promover dentro de las IES, el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades;

c. Ejecutar mecanismos para unificar y armonizar las nomenclaturas de los tĆ­tulos que expidan las IES, en base a la normativa establecida para el efecto;

d. Efectuar el acompaƱamiento en la ejecuciĆ³n de mecanismos para el cumplimiento de la normativa y planes en las IES intervenidas;

e. Dirigir y gestionar estrategias para dotar de la asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias a las IES;

f. Efectuar procesos de acompaƱamiento para la ejecuciĆ³n de mecanismos para el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades en las IES, segĆŗn lo las estrategias y normativas emitidas por el CES;

g. Ejecutar mecanismos para que se regule el cobro de aranceles, matrĆ­culas y derechos por parte de las IES intervenidas> segĆŗn la regulaciĆ³n establecida para el efecto;

h. Coordinar acciones para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

i. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los Procesos bajo su direcciĆ³n; y,

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 51

j. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente,

Productos / Servicios:

2.1.3.2.1. AcompaƱamiento en ImplementaciĆ³n a Reglamentos de Alto Impacto

  1. Estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n para el acompaƱamiento en la implementaciĆ³n de la normativa del CES.
  2. Informes de acompaƱamiento para promover en las IES el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades,
  3. Reportes de ejecuciĆ³n de los mecanismos establecidos por el CES, para garantizar que el mĆ”ximo Ć³rgano colegiado de las IES, determinen los procedimientos para investigar y sancionar a los responsables de falsificaciĆ³n o expediciĆ³n fraudulenta de tĆ­tulos u otros documentos que pretendan certificar dolosamente estudios superiores.
  4. Informe de ejecuciĆ³n de mecanismos para unificar y armonizar las nomenclaturas de los tĆ­tulos que expidan las IES, en base a la normativa establecida pata el efecto.
  5. Informe del acompaƱamiento en la ejecuciĆ³n de mecanismos para el cumplimiento de la normativa y planes en las IES intervenidas,
  6. Informes de asistencia y asesorƭa tƩcnica en procesos de acompaƱamiento.

2.1.3.2.2. AcompaƱamiento a Intervenciones

1. Reportes de ejecuciĆ³n de mecanismos para promover dentro de las Instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior intervenidas, el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades,

2. Reportes de ejecuciĆ³n de mecanismos establecidos por el CES, para garantizar que el mĆ”ximo Ć³rgano colegiado de las IES intervenidas, determinen los procedimientos para investigar y sancionar a los responsables de falsificaciĆ³n o expediciĆ³n fraudulenta de tĆ­tulos u otros documentos que pretendan certificar dolosamente estudios superiores.

3. Reportes de ejecuciĆ³n mecanismos para que se regule el cobro de aranceles, matrĆ­culas y derechos por parte de las IES intervenidas, segĆŗn la regulaciĆ³n establecida por el CES.

4. Informes del acompaƱamiento en la ejecuciĆ³n de mecanismos para el cumplimiento de la normativa y planes en las IES intervenidas.

52 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

2.1.3.3. DIRECCIƓN DE INFORMACIƓN DEL SES

MisiĆ³n:

Dirigir los procesos de generaciĆ³n, transferencia y gestiĆ³n de la informaciĆ³n para el monitoreo, acompaƱamiento y la toma de decisiones del CES.

Responsable: Director de InformaciĆ³n del Sistema de EducaciĆ³n Superior,

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n de la informaciĆ³n;

b. Ejecutar los mecanismos que posibiliten la entrega de la informaciĆ³n de las IES al CES, para su anĆ”lisis y toma de decisiones;

c. Realizar el levantamiento, sistematizaciĆ³n y gestiĆ³n de datos e informaciĆ³n de los aspectos acadĆ©micos y jurĆ­dicos de las IES;

d. Mantener actualizada la lista de las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior legalmente reconocidas, para su publicaciĆ³n;

e. Realizar informes sobre el estado de la educaciĆ³n superior en el paĆ­s;

f. Participar en el establecimiento de propuestas de mecanismos que posibiliten la entrega de la informaciĆ³n financiera de las IES particulares;

g. Gestionar datos e informaciĆ³n para el monitoreo del cumplimiento de los aspectos acadĆ©micos y jurĆ­dicos de las IES;

h. Coordinar acciones para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

i. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento del PĆ­an Operativo Anual de las procesos bajo su direcciĆ³n; y,

j. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

2.1.3.3.1. Levantamiento de la InformaciĆ³n

  1. Estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n para el levantamiento de la informaciĆ³n,
  2. Mecanismos que posibiliten la entrega de la informaciĆ³n de las IES,

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 53

3. Reporte de levantamiento, sistematizaciĆ³n y gestiĆ³n de datos e informaciĆ³n de los aspectos acadĆ©micos y jurĆ­dicos de las IES.

4. Lista de las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior legalmente reconocidas, actualizada.

  1. Informes sobre el estado de la educaciĆ³n superior en el paĆ­s.
  2. Propuestas de mecanismos que posibiliten la entrega de la informaciĆ³n financiera de las IES particulares.
  3. Datos e informaciĆ³n para el moni toreo del cumplimiento de los aspectos acadĆ©micos y jurĆ­dicos de las IES.

2.1.3.3.2, GestiĆ³n de Datos

  1. Sistema y herramientas tĆ©cnicas para la gestiĆ³n de datos e informaciĆ³n.
  2. Criterios de gestiĆ³n de datos sobre la base de indicadores, Ć­ndices establecidos.
  3. Datos e informaciĆ³n organizada para la toma de decisiones en los procesos del CES,
  4. Datos e informaciĆ³n para informes del estado de la educaciĆ³n superior en el paĆ­s.
  5. Datos e informaciĆ³n para el monitoreo del cumplimiento de los aspectos acadĆ©micos y jurĆ­dicos de las IES.

CAPƍTULO III

DE LOS PROCESOS HABILITANTES

3. PROCESOS HABILITANTES:

3.2. DE ASESORƍA:

3.1.1. PROCURADURƍA ~

MisiĆ³n:

Asesorar, coordinar, dirigir y controlar el sistema de gestiĆ³n legal, proporcionando seguridad jurĆ­dica a la InstituciĆ³n, asegurando que sus actuaciones se encuentren enmarcadas en el ordenamiento jurĆ­dico vigente, sobre la base del principio de legalidad y que tengan relaciĆ³n con los procesos de contrataciĆ³n de carĆ”cter general; los procedimientos administrativos internos y externos; el patrocinio judicial y extrajudicial; y, la asesorĆ­a legal integral.

Responsable: Procurador.

Estructura BƔsica: La Procuradurƭa se gestionarƔ a travƩs de los siguientes procesos:

54 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

TIPO DE PROCESO

PROCESOS

Habilitante de AsesorĆ­a:

Encargado de elaboraciĆ³n y ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios de GestiĆ³n Legal

3.1.1.1. DIRECCIƓN JURƍDICA DE PATROCINIO

3.1.1.1.1. GestiĆ³n de Procesos Judiciales

3.1.1.1.2. GestiĆ³n de Procesos Extrajudiciales

3.1.1.1.3. GestiĆ³n de Procesos en Sede Administrativa

3.1.1.1.4. AdmisiĆ³n y TramitaciĆ³n de Denuncias, Quejas, Reclamos y Peticiones

3,1.1.2. DIRECCIƓN DE ASESORƍA JURƍDICA

3.1.1.2.1. GestiĆ³n de Consultas sobre Aspectos de Legalidad.

3.1.1.2.2. GestiĆ³n de Informes, Criterios y DictĆ”menes Institucionales con Contenido JurĆ­dico

3.1.1.2.3. GestiĆ³n de Estatutos y sus reformas

3.1.1.3. DIRECCIƓN DE CONTRATACIƓN PƚBLICA

3.1.1.3.1. GestiĆ³n de ContrataciĆ³n PĆŗblica

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir y coordinar los procesos en sede -administrativa y emitir los informes legales que correspondan;

b. Conocer, tramitar y resolver recursos administrativos;

c. Conocer, tramitar y resolver incidentes procesales en la vĆ­a administrativa;

d. Representar judicialmente y extrajudicialmente la defensa de los intereses del CES en audiencias y diligencias judiciales y extrajudiciales en todas las instancias procesales;

e. Coordinar el requerimiento de la informaciĆ³n a las IES para efectos de anĆ”lisis legal,

f. Participar en nombre del CES en los procesos de mediaciĆ³n, arbitraje u otros mĆ©todos de soluciĆ³n de conflictos;

g. Coordinar y asesorar en materia jurĆ­dica para la correcta aplicaciĆ³n de las normas legales y administrativas en temas relacionados con tas Ć”reas del Derecho PĆŗblico, Constitucional, Procesal, Administrativo, ContrataciĆ³n PĆŗblica, Laboral, entre otras;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 55

h. Asesorar, revisar y proponer proyectos de acuerdos, resoluciones, reglamentos, instructivos e instrumentos de carĆ”cter jurĆ­dico que tengan relaciĆ³n con la misiĆ³n y los objetivos institucionales;

i. Asesorar en la aplicaciĆ³n de las normas que rigen los procesos de ContrataciĆ³n PĆŗblica, en sus etapas: precontractuales, contractuales, y pos contractuales, para la adquisiciĆ³n de bienes, prestaciĆ³n de servicios (incluidos los de consultarĆ­a) y ejecuciĆ³n de obras;

i. Asesorar en la aplicaciĆ³n de convenios interinstitucionales y convenios de cooperaciĆ³n econĆ³mica o asistencia tĆ©cnica con organismos pĆŗblicos o privados nacionales e internacionales;

k. Ejercer el patrocinio judicial y extrajudicial de la instituciĆ³n, en las causas en las que ha de intervenir;

l. Asistir a las sesiones del CES para asesorar o absolver consultas de este Organismo y autoridades en los asuntos legales y jurĆ­dicos que se requiriese;

m. Inducir y socializar a los funcionarios y sen/i tĆ­o res de la instituciĆ³n en el conocimiento y aplicaciĆ³n de las normas jurĆ­dicas;

n. Dirigir y gestionar estrategias para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico legal en materia de sus competencias;

o, Coordinar los procesos de gestiĆ³n de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento del Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n;

p. Establecer mecanismos de acciĆ³n para el anĆ”lisis de los proyectos de estatutos de las instituciones de educaciĆ³n superior, asĆ­ como sus reformas, remitidos para aprobaciĆ³n del CES;

q. Coordinar acciones que permitan verificar y ajustar el contenido de los estatutos de las IES a la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

r. Dirigir los procesos de anĆ”lisis del estado de aprobaciĆ³n de los estatutos de tas Instituciones de EducaciĆ³n Superior y desĆŗs reformas;

s. Coordinar la sistematizaciĆ³n de la documentaciĆ³n concerniente a los procesos de aprobaciĆ³n de los estatutos de las IES y sus reformas; y,

t. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne tu Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

56 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

3.1.1.1. DIRECCIƓN JURƍDICA DE PATROCINIO:

MisiĆ³n:

Coordinar, dirigir, implementar, monitorear y evaluar la gestiĆ³n de patrocinio de la instituciĆ³n en los procesos en sede administrativa, y extrajudiciales.

Responsable: Director JurĆ­dico de Patrocinio.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales en articulaciĆ³n con los objetivos y principios que rigen al Sistema de EducaciĆ³n Superior;

b. Representar judicialmente, por delegaciĆ³n del Procurador, la defensa de los intereses del CES en audiencias y diligencias judiciales, en todas* los instancias procesales;

c. Gestionar acciones para los procesos de defensa y patrocinio judicial del CES;

d. Elaborar y presentar escritos y demĆ”s documentos que sean pertinentes ante los Ć³rganos judiciales y jurisdiccionales en representaciĆ³n y defensa del CES;

e. Controlar el cumplimiento del principio constitucional del debido proceso en las acciones que el CES comparezca;

f. Informar del estado procesal de los procesos judiciales a su cargo, y llevar un registro de los procesos indicados;

g. Representar extrajudicialmente, por delegaciĆ³n del Procurador, la defensa de los intereses del CES en diligencias y actos extrajudiciales;

h. Elaborar y presentar escritos y demƔs documentos que sean pertinentes dentro de los procesos extrajudiciales en los que intervenga el CES;

i. Controlar el cumplimiento del principio constitucional del debido proceso en los procesos extrajudiciales que el CES comparezca;

j. Gestionar expedientes en sede administrativa c informar del estado procesal de los procesos extrajudiciales a su cargo, y llevar el registro de los mismos;

k. Contestar solicitudes, oficios, requerimientos y peticiones que sean puestas a conocimiento de esta DirecciĆ³n y que tengan relaciĆ³n al Ć”mbito jurĆ­dico;

I. Tramitar recursos en sede administrativa, expedientes administrativos e incidentes procesales en la vĆ­a administrativa, a requerimiento del funcionario o unidad a cargo del proceso correspondiente;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 57

m. Notificar providencias, oficios, memorandos, contestaciones en general; sentar razones de notificaciones dentro de los procesos en sede administrativa;

n. Informal del estado procesal de los expedientes administrativos a su cargo; y, llevar un registro de los procesos en sede administrativa;

o. Conocer las denuncias, quejas, reclamos y peticiones presentadas ante el CES;

p. Levantar, recopilar, integrar e incorporar la informaciĆ³n de las denuncias, quejas, reclamos y peticiones en una base de datos accesible en lĆ­nea;

q. Sistematizar y procesar las denuncias, quejas, reclamos y peticiones;

r. Implementar procedimientos para la tramitaciĆ³n de las denuncias, quejas, reclamos y peticiones;

s. Emitir informes tƩcnicos-jurƭdicos respecto de las denuncias, quejas, reclamos y peticiones presentadas;

t.. Establecer el resumen tĆ©cnico-legal cronolĆ³gico;

u. Registrar las denuncias, quejas, reclamos y peticiones y los documentos generados sobre las mismas;

v. Coordinar acciones para prestar asistencia y atesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

w. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

x. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asignen las Autoridades del CES y las establecidas en la normativo vigente.

Productos / Servicias:

3.1.1.1.1. GestiĆ³n de Procesos Judiciales

  1. Defensa y patrocinio en procesos judiciales, en losĀ» que haya sido citado o notificado el CES.
  2. Demandas y/o contestaciĆ³n de las mismas en los procesos judiciales.
  3. Escritos de impugnaciĆ³n referente a recursos procesales.
  4. Informes de seguimiento y monitoreo sobre el control de legalidad y debido proceso de las acciones en las que el CES comparezca como sujeto activo o pasivo.
  5. Alegatos jurĆ­dicos que sustenten la defensa judicial del CES, en las diferentes instancias procesales.

58 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Informes sobre los procesos judiciales.
  2. Registro y sistematizaciĆ³n de los procesos judiciales que lleva a cabo la ProcuradurĆ­a del CES.

3.1.1.1.2. GestiĆ³n de Procesos Extra judiciales

  1. Defensa y Patrocinio en procesos extrajudiciales, en los .que intervenga el CES.
  2. Informes de gestiĆ³n de procesos extrajudiciales,
  3. Actas de finiquito, transaccionales, entre otras.
  4. Alegatos jurĆ­dicos que sustenten la defensa extrajudicial del CES,
  5. Informes sobre los procesos extrajudiciales.
  6. Registro y sistematizaciĆ³n de los procesos extrajudiciales que lleva a cabo la ProcuradurĆ­a del CES,

3.1.1.1.3. GestiĆ³n de Procesos en Sede Administrativa

  1. Oficios, providencias e informes, respecto de recursos en sede administrativa interpuestos ante et CES.
  2. Actas e informes a requerimiento del funcionario o unidad a cargo del proceso correspondiente,
  3. Informes sobre el estado de los procesos en sede administrativa.
  4. Registro y sistematizaciĆ³n de los procesos en sede administrativa puestos en conocimiento de la ProcuradurĆ­a del CES, a requerimiento del funcionario o unidad a cargo del proceso correspondiente.

3.1.1.1.4. AdmisiĆ³n y TramitaciĆ³n de Denuncias, Quejas, Redamos y Peticiones:

  1. Escritos de contestaciĆ³n.
  2. Requerimientos de informaciĆ³n,
  3. informes de las actuaciones realizadas.
  4. Registro y sistematizaciĆ³n de las denuncias.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 59

3.1.1.2. DIRECCIƓN DE ASESORƍA JURƍDICA

MisiĆ³n:

Asesorar en la aplicaciĆ³n de las normas del ordenamiento jurĆ­dico; asĆ­ como proponer, elaborar y analizar los requerimientos de asesorĆ­a legal acorde con las competencias, atribuciones y responsabilidades institucionales.

Responsable: Director de AsesorĆ­a jurĆ­dica,

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

b. Gestionar procesos de levantamiento y sistematizaciĆ³n de la informaciĆ³n que se considera pertinente para las consultas formuladas;

c. Establecer cronogramas de trabajo, con la finalidad de optimizar operativamente et proceso;

d. Gestionar la elaboraciĆ³n de respuestas y contestaciones en coordinaciĆ³n con las Comisiones y los Procesas Agregadores de Valor de la InstituciĆ³n;

c. Formular criterios jurĆ­dicos respecto de consultas realizadas por las unidades del CES, relativas a aspectos de legalidad;

f. Efectuar procesos de seguimiento y evaluaciĆ³n periĆ³dica de los procesos de AsesorĆ­a Legal a cargo;

g. Coordinar acciones para prestar asistencia y asesoramiento tĆ©cnico legal en materia de sus competencias en todos los niveles de gestiĆ³n Institucional;

h. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n;

i. Realizar el anĆ”lisis jurĆ­dico que permita la articulaciĆ³n entre los estatutos de las IES y la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior;

j. Efectuar el anĆ”lisis jurĆ­dico de los proyectos de estatutos de las instituciones de educaciĆ³n superior, asĆ­ como sus reformas, remitidos para aprobaciĆ³n del CES; y,

k. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

60 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

Productos / Servicios:

3.1.1.2.1. GestiĆ³n de Consultas sobre Aspectos de Legalidad

  1. Expedientes Elaborados.
  2. Registros de recopilaciĆ³n de informaciĆ³n previa.
  3. Cronogramas de trabajo.
  4. Respuestas a consultas realizadas.
  5. Registro do las consultas formuladas.

3.1.1.2.2. GestiĆ³n de informes, criterios y dictĆ”menes institucionales con contenido jurĆ­dico

  1. Expedientes Elaborados.
  2. Registros de recopilaciĆ³n de informaciĆ³n previa.
  3. Cronogramas de trabajo,
  4. Proyectos de Informes, criterios y dictƔmenes con contenido jurƭdico,
  5. Registro de Informes, criterios y dictƔmenes con contenido jurƭdico.

3.1.1.2.3. GestiĆ³n de Estatutos y sus reformas

  1. Informes de anĆ”lisis jurĆ­dico que permita la articulaciĆ³n entre los estatutos de las IES y la normativa que regula el Sistema de EducaciĆ³n Superior.
  2. Informe de anĆ”lisis jurĆ­dico de los proyectos de estatutos de las IES, asĆ­ como sus reformas, remitidos para aprobaciĆ³n del CES.

3. Registro del estado de aprobaciĆ³n de los estatutos de las IES y sus reformas. 3.1.1.3. DIRECCIƓN DE CONTRATACIƓN PƚBLICA

MisiĆ³n:

Proporcionar el soporte jurĆ­dico medĆ­ante la atenciĆ³n de consultas, revisiĆ³n de documentos y emisiĆ³n de criterios jurĆ­dicos, respecto de la aplicaciĆ³n de la normativa que rige el Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica.

Responsable: Director de ContrataciĆ³n. PĆŗblica,

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 61

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

b. Asesorar jurĆ­dicamente en la aplicaciĆ³n de las normas de contrataciĆ³n pĆŗblica;

c. Dirigir, asesorar y gestionar las acciones legales derivadas de los procesos para la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios, incluidos los de consultorĆ­a que realiza el CES, en coordinaciĆ³n con la DirecciĆ³n JurĆ­dica de Patrocinio;

d. Revisar la documentaciĆ³n generada en -los procesos precontractuales, en el Ć”mbito legal; relacionados con los procesos del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica;

e. Elaborar contratos de adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios incluidos los de consultorĆ­a de conformidad con lo previsto en la l.ey OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, su Reglamento y demĆ”s normativa secundaria expedida por el SERCOP;

f. Revisar y/o elaborar convenios;

g. Asesorar en los procesos de terminaciĆ³n unilateral y por mutuo acuerdo de los contratos y convenios suscritos por la InstituciĆ³n;

h. Elaborar informes, criterios jurĆ­dicos y resoluciones en materia de contrataciĆ³n pĆŗblica;

i. Brindar asesoramiento legal, respecto de la aplicaciĆ³n de los procedimientos precontractuales y contractuales;

j. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

k. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

3.1.1.3.1. GestiĆ³n de ContrataciĆ³n PĆŗblica

  1. Informes, criterios o pronunciamientos jurĆ­dicos; respecto a la aplicaciĆ³n de las normas que regulan el Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica.
  2. Contratos, convenios, u otros de naturaleza similar.
  3. Actas y/o resoluciones de terminaciĆ³n unilateral y por mutuo acuerdo de los contratos y convenios suscritos por la InstituciĆ³n, previo la entrega de los informes y documentos habilitantes.

62 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Consultas jurĆ­dicas a organismos de control en materia de contrataciĆ³n pĆŗblica,
  2. NotarizaciĆ³n y/o protocolizaciĆ³n de convenios y contratos, cuando corresponda.
  3. Registro de contratos,

3.1.2. DIRECCIƓN DE GESTIƓN ESTRATƉGICA

MisiĆ³n:

Dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar los. procesos tĆ©cnicos de planificaciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n; y, proyectos de inversiĆ³n, encaminadas a la gestiĆ³n dinĆ”mica, el mejoramiento continuo, generando a demĆ”s acciones y estrategias que permitan cumplir con la misiĆ³n y objetivos institucionales.

Responsable: Director de GestiĆ³n EstratĆ©gica.

Estructura BĆ”sica: La DirecciĆ³n de GestiĆ³n EstratĆ©gica se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

TIPO DE PROCESO

PROCESOS

Habilitante de

AsesorĆ­a:

Encargado de elaboraciĆ³n y ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios de GestiĆ³n EstratĆ©gica,

3.1.2.1. PLANIFICACIƓN INSTITUCIONAL

3.1.2.1.1. PlanificaciĆ³n y ProgramaciĆ³n Presupuestaria

3.1.2.1.2. Seguimiento y EvaluaciĆ³n

3.1.2.1.3. Proyectos de InversiĆ³n

3.1.2.2. GESTIƓN DE LA CALIDAD

3.1.2.2.1. GestiĆ³n y AdministraciĆ³n de Procesos

3.1.2.2.2. GestiĆ³n de Cambio de Cultura Organizacional

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir y coordinar acciones para la generaciĆ³n de estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

b. Dirigir, coordinar y gestionar la planificaciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n institucional mediante procesos participativos y tĆ©cnicos, garantizando que los planes estratĆ©gicos, plurianuales y operativos permitan alcanzar los objetivos articulados a la planificaciĆ³n y polĆ­ticas institucionales;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 63

c. Promover la gestiĆ³n por resultados y evaluar la eficiencia de la InstituciĆ³n mediante la formulaciĆ³n de metodologĆ­as, modelos, instrumentos y procedimientos tĆ©cnicos que posibiliten la operatividad. de los procesos de planificaciĆ³n institucional, con el fin de proporcionar la informaciĆ³n necesaria para la mejora continua de la InstituciĆ³n;

d. Proponer metodologĆ­as de seguimiento y evaluaciĆ³n de polĆ­ticas, metas, planes, programas, proyectos y productos para la generaciĆ³n e implementaciĆ³n de indicadores que permitan medir el alcance de los objetivos institucionales;

e. Asesorar a los niveles directivos de la InstituciĆ³n en aspectos relacionados con el Sistema de PlanificaciĆ³n Institucional;

f. Coordinar el desarrollo de programas y proyectos de inversiĆ³n, articulando la participaciĆ³n nacional e internacional;

g. Coordinar y gestionar convenios nacionales y/o internacionales para lograr los objetivos del CES;

h. Establecer estrategias para captar fuentes de asistencia tĆ©cnica, financia miento y capacitaciĆ³n, en las diferentes instituciones pĆŗblicas, privadas, nacionales e internacionales;

i. Coordinar el acompaƱamiento, monitoreo y seguimiento al cumplimiento e implementaciĆ³n de estrategias, programas y proyectos institucionales;

j. Asesorar y capacitar en procesos tĆ©cnicos de la InstituciĆ³n en temas relacionados a la gestiĆ³n de procesos y calidad, para garantizar la implementaciĆ³n del modelo de gestiĆ³n de procesos en la InstituciĆ³n;

k. Efectuar y coordinar acciones que permitan la mediciĆ³n de clima laboral y cultura organizacional conforme a los lincamientos establecidos para el efecto;

I. Dirigir y gestionar estrategias para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

m. Coordinar los procesos de gestiĆ³n de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

n. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

3.1.2.1. PLANIFICACIƓN INSTITUCIONAL

3.1.2.1.1. PlanificaciĆ³n y ProgramaciĆ³n Presupuestaria

64 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Lineamientos, metodologĆ­as e instrumentos tĆ©cnicos para la formulaciĆ³n de los planes estratĆ©gicos y operativos anuales.
  2. Insumos para el presupuesto institucional consolidado,
  3. Plan EstratƩgico.
  4. Plan Anual de la PolĆ­tica PĆŗblica -* PAPP.
  5. Plan Operativo Anua) – POA.
  6. Plan Plurianual de la PolĆ­tica PĆŗblica ā€“ PPPP.
  7. Informes de coordinaciĆ³n de reuniones de planificaciĆ³n intra e interinstitucionales.
  8. ArticulaciĆ³n del Plan Anual de Inversiones – PAI a la planificaciĆ³n institucional,

3.1.2.1.2. Seguimiento y EvaluaciĆ³n

  1. Indicadores que permitan medir el alcance de los objetivos institucionales, en coordinaciĆ³n con los todos los niveles de gestiĆ³n.
  2. Lincamientos, metodologĆ­as e instrumentos de seguimiento y evaluaciĆ³n de polĆ­ticas, metas, planes, programas, proyectos y productos para medir el cumplimiento de indicadores que permitan visualizar el alcance de los objetivos institucionales.
  3. DiagnĆ³stico situacional del CES.
  4. Informe de evaluaciĆ³n e impacto de programas y proyectos de inversiĆ³n institucionales.
  5. Informes de seguimiento y evaluaciĆ³n de la gestiĆ³n institucional.
  6. Insumos para la elaboraciĆ³n del informe de rendiciĆ³n de cuentas y control social de la InstituciĆ³n.

3.1.2.1.3. Proyectos de InversiĆ³n

  1. MetodologĆ­as para la elaboraciĆ³n y priorizaciĆ³n de proyectos de inversiĆ³n de la InstituciĆ³n.
  2. Cartera institucional de proyectos categorizados y prior izados, para su financia miento.
  3. Informes de seguimiento y evaluaciĆ³n del impacto de los proyectos de inversiĆ³n.
  4. Proyectos de convenios nacionales e internacionales de cooperaciĆ³n tĆ©cnica y financiera.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 65

3.1.2.2. GESTIƓN DE LA CALIDAD

3.1.2.2.1. GestiĆ³n y AdministraciĆ³n de Procesos

  1. CatƔlogo de procesos y productos actualizados.
  2. Mapa de procesos.
  3. Procesos crĆ­ticos priorizados.
  4. Matriz de selecciĆ³n de procesos,
  5. Fichas de procesos.

f> Flujos de procesos situaciĆ³n actual.

  1. MĆ©todo de recolecciĆ³n de datos para la mediciĆ³n de proceso.
  2. Indicadores de los procesos con sus responsables (sistema de moni toreo de procesos).
  3. LĆ­neas base de los indicadores de los procesos.
  4. Manual de procesos mejorados.
  1. Metas de los indicadores establecidos.
  2. Estrategia de implementaciĆ³n,
  3. Reportes de retroalimentaciĆ³n.
  4. Informes periĆ³dicos sobre la GestiĆ³n de procesos, avance y resultados de implementaciĆ³n de procesos mejorados.
  1. Cronograma de levantamiento, anĆ”lisis c implementaciĆ³n de procesos.
  2. Informes de seguimiento y evaluaciĆ³n de procesos.
  3. Sistema de administraciĆ³n de mejora continua implementado y funcionado.

3.1.3. DIRECCIƓN DE RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIƓN DEL CES

MisiĆ³n:

Establecer, dirigir, coordinar y fortalecer vĆ­nculos con diferentes instituciones y organismos nacionales e Internacionales ligados a nuestro campo, con el objetivo de desarrollar y fomentar lĆ­neas de acciĆ³n en el marco de la internacionalizaciĆ³n de la educaciĆ³n superior y alianzas internacionales que sirvan para fortalecer las polĆ­ticas nacionales.

66 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

Responsable: Director de Relaciones Internacionales y CooperaciĆ³n del CES,

Estructura BĆ”sica: La DirecciĆ³n de Relaciones internacionales y CooperaciĆ³n del CES se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

xmO DE PROCESO

. _ . … . .PROCESOS*

Habilitante de AsesorĆ­a:

Encargado de elaboraciĆ³n y ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios en los procesos de Relaciones Internacionales y CooperaciĆ³n del CES.

3.1.3.1. RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIƓN DEL CES

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Generar polĆ­ticas de Relaciones Internacionales de manera transversal a toda la instituciĆ³n, para fortalecer y viabilizar la gestiĆ³n institucional eƱ funciĆ³n de la polĆ­tica exterior del paĆ­s que da prioridad a las polĆ­ticas de la CooperaciĆ³n Sur-Sur y la integraciĆ³n Regional;

b. Gestionar las polĆ­ticas de internacionalizaciĆ³n que le corresponde al CES y dotarle de los mecanismos necesarios para poder consolidar su institucionalidad;

c. Gestionar la construcciĆ³n y el seguimiento de las relaciones bilaterales y multilaterales, a travĆ©s de la identificaciĆ³n, articulaciĆ³n, priorizaciĆ³n y gestiĆ³n de los requerimientos y necesidades de cooperaciĆ³n del CES;

d. Dirigir procesos de identificaciĆ³n, con una perspectiva comparativa, de actores y paĆ­ses estratĆ©gicos, organismos pertinentes, y programas para cooperaciĆ³n tĆ©cnica [anĆ”lisis con fichas paĆ­s y organismos);

e. DiseƱar estrategias que posibiliten el posicionamiento de las acciones del CES, en el Ɣmbito internacional [encuentros, publicaciones, redes sociales);

f. Dirigir procesos de identificaciĆ³n y diagnĆ³stico de redes internacionales de los espacios multilaterales y organismos internacionales que trabajan temas de educaciĆ³n superior para la inserciĆ³n internacional del CES;

g. Coordinar la elaboraciĆ³n, suscripciĆ³n y seguimiento de los instrumentos internacionales [convenios de cooperaciĆ³n, acuerdos y proyectos interinstitucionales);

h. Coordinar los procesos de diseƱo del banco de datos de facilitadores acadĆ©micos internacionales, mediante la identificaciĆ³n de organismos e instituciones

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 67

proveedores potenciales de facilitadores acadĆ©micos de carreras y programas; y elaborar instrumentos internacionales que posibiliten dicha coordinaciĆ³n;

i. Coordinar acciones de carĆ”cter interinstitucional con las instituciones relacionadas con el campo de la educaciĆ³n superior para fortalecer el sector en el Ć”mbito internacional y armonizar las acciones can las contrapartes, con el objetivo de proponer una polĆ­tica comĆŗn;

j. Colaborar en acciones necesarias en aquellos programas y proyectos del CES que requieran de una asistencia tƩcnica internacional;

k. Gestionar y coordinar la organizaciĆ³n de simposios internacionales de debate y reflexiĆ³n en temĆ”ticas de interĆ©s y actualidad definidas por el Pleno del CES y apoyar en eventos organizados por las comisiones;

I. Coordinar agendas internacionales de visitas entre Miembros del CES y de otras instituciones;

m. Coordinar acciones que permitan la presencia del CES, a travĆ©s de un delegado y de sus aportes a la agenda de trabajo, en los organismos multilaterales que disponen de la presencia de una delegaciĆ³n paĆ­s: UNASUR, ALBA, CAN, CELAC, UNESCO-IELSAC y OEl;

n. Coordinar acciones para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

O. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

p. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

3.1.3.1 RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIƓN DEL CES

  1. PolĆ­ticas de Relaciones Internacionales de manera transversal a toda la instituciĆ³n, para fortalecer y viabilizar la gestiĆ³n institucional.
  2. PolĆ­ticas de ƍnter-nacionalizaciĆ³n que le corresponde al Consejo de EducaciĆ³n Superior y dotarle de los mecanismos necesarios para poder consolidar su institucionalidad.
  3. Mecanismos de construcciĆ³n y seguimiento de las relaciones bilaterales y multilaterales, a travĆ©s de la identificaciĆ³n, articulaciĆ³n, priorizaciĆ³n y gestiĆ³n de los requerimientos y necesidades de cooperaciĆ³n del CES.

A. Matriz de IdentificaciĆ³n de actores y paĆ­ses estratĆ©gicos, organismos pertinentes, y programas para cooperaciĆ³n tĆ©cnica (anĆ”lisis con fichas paĆ­s y organismos).

68 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Estrategias que posibiliten el posicionamiento de las acciones del CES, en el Ɣmbito internacional [encuentros, publicaciones, redes sociales],
  2. Mapeo de identificaciĆ³n y diagnĆ³stico de redes internacionales de los espacios multilaterales y de los organismos internacionales que trabajan temas de educaciĆ³n superior para la inserciĆ³n internacional del CES.
  3. Instrumentos internacionales: Conventos de CooperaciĆ³n, Acuerdos y Proyectos Interinstitucionales.
  4. Banco de datos de facilitadores acadƩmicos internacionales.
  5. Informe de IdentificaciĆ³n de organismos proveedores potenciales de facilitadores acadĆ©micos de carreras y programas.
  6. Agenda de acciones de carĆ”cter interinstitucional con instituciones relacionadas con el campo de la educaciĆ³n superior para fortalecer el sector en el Ć”mbito internacional y armonizar las acciones con las contrapartes.
  7. Agenda de coordinaciĆ³n de acciones necesarias para programas y proyectos del Consejo de EducaciĆ³n Superior que requieran una asistencia tĆ©cnica Internacional.
  8. Programas, simposios internacionales de debate y reflexiĆ³n en temĆ”ticas de interĆ©s y actualidad definidas por el Pleno del CES y apoyo a eventos organizados por las Comisiones,
  9. Agenda visitas entre miembros del CES y otras instituciones.
  10. Agenda de Trabajo, que permitan la presencia del CES, a travĆ©s de un delegado en los organismos multilaterales que disponen de la presencia de una delegaciĆ³n paĆ­s: UNASUR, ALBA, CAN, CELAC, UNESCO-IELSAC y OEI.

3.1.4. DIRECCIƓN DE COMUNICACIƓN SOCIAL

MisiĆ³n:

Comunicar la gestiĆ³n y logros institucionales, a travĆ©s de los diferentes medios y canales de comunicaciĆ³n internos y externos, de manera permanente y estratĆ©gica, generando procesos de identidad y posicionamiento institucional.

Responsable: Director de ComunicaciĆ³n Social.

Estructura BĆ”sica; La DirecciĆ³n de ComunicaciĆ³n Social se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 69

TIPO DE PROCESO

PROCESOS .

Habilitante de AsesorĆ­a:

Encargada de elaboraciĆ³n y ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios de ComunicaciĆ³n Social.

3.1.4.1. COMUNICACIƓN EXTERNA Y RELACIONES PƚBLICAS

3.1.4.2. COMUNICACIƓN INTERNA E IMAGEN CORPORATIVA

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Dirigir los procesos de ComunicaciĆ³n Social, mediante el establecimiento de polĆ­ticas, mecanismos y estrategias comunicacionales de corto, mediano y largo plazo para posicionar y difundir las decisiones, directrices y acciones de la polĆ­tica institucional;

b. Delinear hitos comunicacionales, que permitan difundir los productos y servicios comunicacionales de la InstituciĆ³n, a travĆ©s de los distintos medios ele comunicaciĆ³n nacional;

c. Dirigir la elaboraciĆ³n e implementaciĆ³n de los planes estratĆ©gicos de comunicaciĆ³n externa, interna y de social media;

d. Analizar y preparar documentos informativos tales como boletines, reportes, reportajes de la gestiĆ³n de la InstituciĆ³n, ente otros;

e. Gestionar eventos comunicacionales: Ruedas de prensa, conferencias de prensa, entrevistas con medias de comunicaciĆ³n, reuniones de trabajo con periodistas, entre otros;

f. Monitorear y analizar los diferentes acontecimientos de la realidad nacional para generar alertas y ejecutar respuestas tƔcticas ante hechos comunicacionales que representan riesgos para la imagen institucional;

g. Preparar informes de anĆ”lisis y contenidos de la informaciĆ³n de los medios de comunicaciĆ³n y opiniĆ³n pĆŗblica, y gestionar las alertas institucionales;

h. Coordinar acciones con los procesos de gestiĆ³n interna de la InstituciĆ³n;

i. DiseƱar y gestionar los procesos de producciĆ³n de contenidos de materiales comunicacionales;

j. Asesorar y manejar la imagen pĆŗblica de la InstituciĆ³n y sus autoridades;

70 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

k. Administrar y actualizar el registro de datos de medios de comunicaciĆ³n y periodistas;

l. Gestionar los contenidos del portal web institucional;

m. Gestionar la imagen corporativa de la InstituciĆ³n;

n. Dirigir y administrar el portal web de la InstituciĆ³n, y coordinar con las unidades administrativas la actualizaciĆ³n del mismo;

o. Gestionar la producciĆ³n y cobertura de audio, video y fotografĆ­a de las actividades de interĆ©s institucional; y,

p. Ejercer las demĆ”s atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el Ć”mbito de su competencia que le asignen las autoridades, y las establecidas en la legislaciĆ³n o normativa vigente.

Productos / Servicios:

3.1.4.1. COMUNICACIƓN EXTERNA Y RELACIONES PƚBLICAS

  1. Plan EstratĆ©gico de comunicaciĆ³n externa.
  2. GestiĆ³n de contenidos comunicacionales; Documentos informativos: boletines, reportes, reportajes, artĆ­culos, avisos, trĆ­pticos, folletos, imĆ”genes audiovisuales, memorias, afiches.
  3. OrganizaciĆ³n del evento pĆŗblico anual de rendiciĆ³n de cuentas institucional.
  4. Registro de datos de periodistas y medios de comunicaciĆ³n. Base de medios de comunicaciĆ³n actualizada de manera permanente.
  5. Eventos Comunicacionales: Ruedas de prensa, talleres de trabajo periodistas, conferencias de prensa, entre otros.
  6. Protocolo institucional y relaciones pĆŗblicas.
  7. Relaciones interinstitucionales con otras instituciones pĆŗblicas, equipos de comunicaciĆ³n de IES.
  8. Bases de datos actualizadas para las relaciones interinstitucionales.
  9. Plan estratƩgico de social media,.
  10. GestiĆ³n de las redes sociales e informe de difusiĆ³n en redes sociales,
  11. Monitoreo de medios de comunicaciĆ³n.
  12. Alertas y manejo de crisis institucionales.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 71

13. Informe de difusiĆ³n de los logros y acciones institucionales por temĆ”tica y/o campaƱa establecida por el CES.

14. GestiĆ³n comunicacional con la ciudadanĆ­a.

15. Informe de GestiĆ³n de Social Media.

3.1.4.2. COMUNICACIƓN INTERNA E IMAGEN CORPORATIVA

  1. Plan EstratĆ©gico de comunicaciĆ³n interna.
  2. GestiĆ³n de la comunicaciĆ³n interna.
  3. Plan comunicaciĆ³n multimedia.
  1. DiseƱo, diagramaciĆ³n de productos comunicacionales: impresos, audiovisuales, digitales.
  2. DiseƱo de grƔficas e ilustraciones.
  3. Informe de distribuciĆ³n de materiales comunicacionales.
  4. Banco de audios, videos y fotos de la gestiĆ³n institucional.
  5. GestiĆ³n comunicacional del portal web institucional.
  6. ActualizaciĆ³n de la informaciĆ³n generada desde la unidad en el portal web,
  7. Reportes de actualizaciĆ³n de la informaciĆ³n,
  8. Plan de implementaciĆ³n y fortalecimiento de la imagen corporativa.

12. Informe de aplicaciĆ³n de imagen corporativa.

3.1-5. DIRECCIƓN DE AUDITORƍA INTERNA

MisiĆ³n:

El creer en forma objetiva, independiente y eficaz las actividades de evaluaciĆ³n y control posterior de las operaciones administrativas, financieras, legales, operativas, estratĆ©gicas, sistema de control interno y de conducciĆ³n de la InstituciĆ³n, ademĆ”s proporcionar asesorĆ­a en el Ć”mbito de su competencia, agregando valor y procurando el mejoramiento y fortalecimiento institucional, en cumplimiento a la normativa legal vigente.

Responsable: Director de AuditorĆ­a Interna,

Estructura BĆ”sica; La DirecciĆ³n de AuditorĆ­a Interna se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

72 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

TIPO DE PROCESO

PROCESOS

Habilitante de AsesorĆ­a:

Encargado de elaboraciĆ³n y ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios de AuditorĆ­a Interna.

3.1.5.1. AUDITORƍA INTERNA

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Realizar la evaluaciĆ³n posterior de las operaciones y actividades del CES, a travĆ©s de auditorĆ­as de gestiĆ³n y exĆ”menes especiales planificados o imprevistos, por disposiciĆ³n expresa del Contralor General del Estado o solicitados de la mĆ”xima autoridad de la entidad;

b. Evaluar la eficacia del sistema de control interno, la administraciĆ³n de riesgos institucionales y la efectividad de las operaciones y el cumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables;

c. Asesorar a las autoridades, niveles directivos y servidores de la entidad, en el campo de su competencia, y en funciĆ³n del mejoramiento continuo del sistema de control interno institucional;

d. Efectuar el seguimiento al cumplimiento de recomendaciones establecidas en informes de auditorĆ­a interna y externa aprobados por la ContralorĆ­a General del Estado;

e. Elaborar el Plan Operativo Anual de la Unidad de AuditorĆ­a Interna, y presentarlos a la ContralorĆ­a General del Estado, para su aprobaciĆ³n de acuerdo a las polĆ­ticas y normas emitidas por este Organismo;

f. Preparar la informaciĆ³n de las actividades cumplidas por la Unidad de AuditorĆ­a Interna en relaciĆ³n con los planes operaticos de trabajo aprobados, y enviarla a la ContralorĆ­a General del Estado para su revisiĆ³n;

g. Preparar el memorando resumen de responsabilidades administrativas y civiles culposas;

h. Facilitar mediante sus informes que la Contralorƭa General del Estado determine las responsabilidades administrativas y las civiles culposas, asƭ corno tambiƩn los indicios de responsabilidad penal;

i. Enviar a la ContralorĆ­a General del Estado para su aprobaciĆ³n, los informes de auditorĆ­a y exĆ”menes especiales legalizados;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 73

j. Cumplir con las normas e instrucciones que expida la Contralorƭa General del Estado, para el eficaz funcionamiento tƩcnico y administrativo de la Unidad de Auditorƭa Interna;

k. Promover el desarrollo profesional del personal de la Unidad de AuditorĆ­a Interna a travĆ©s de programas de capacitaciĆ³n y actualizaciĆ³n; y,

l. Cumplir las demƔs obligaciones seƱaladas en la Ley OrgƔnica de la Contratarƭa General del Estado y su Reglamento.

Productos/ Servicios:

3.1.5.1 AUDITORƍA INTERNA

  1. Plan anual de control de AuditorĆ­a interna.
  2. Informe anual de cumplimiento del Plan de Control.
  3. Informe de EvaluaciĆ³n de Control Interno, y comunicaciĆ³n preliminar de resultados de los exĆ”menes especiales que se encuentren en ejecuciĆ³n.
  4. Informe borrador de los resultados de exƔmenes especiales.
  5. Informe final de exƔmenes especiales aprobados por la Contralorƭa General del Estado,
  6. Cronograma de cumplimiento de recomendaciones.
  7. Memorando resumen de responsabilidades administrativas y civiles culposas,
  8. SĆ­ntesis del informe de examen especial con carĆ”cter de informaciĆ³n confidencial.
  9. Informe de indicios de responsabilidad, cuando producto de una acciĆ³n de control se desprendan hechos dolosos establecidos en el ordenamiento jurĆ­dico vigente.
  10. Asesoramiento en materia de control a las autoridades, niveles, directivos y servidores de la InstituciĆ³n, en el Ć”mbito de su competencia;
  11. Informes de operativos de control de vehĆ­culos oficiales.
  12. Informes de verificaciĆ³n preliminar, por denuncias Ć³ imprevistos; y otros solicitados por la ContralorĆ­a General del Estado,

3.2. DE APOYO: 3.2.1. PROSECRETARIA

74 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

MisiĆ³n:

Organizar, gestionar y apoyar en las actividades de gestiĆ³n del Pleno. Presidencia y Comisiones del CES, asĆ­ como en los procesos de certificaciĆ³n de actos administrativos que se generen en este Organismo.

Responsable: Prosecretario.

Estructura BƔsica; La Prosecretaria, se gestionarƔ a travƩs de los siguientes procesos;

TIPO DE PROCESO

PROCESOS

Habilitante de Apoyo:

Encargado de elaboraciĆ³n y ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios de apoyo en el Ć”mbito de la GestiĆ³n de Prosecretaria.

3.2.1.1. PROSECRETARIA

Atribuciones y Responsabilidades;

a. Administrar los procesos tĆ©cnicos, administrativos de la gestiĆ³n del Pleno del CES de conformidad a las disposiciones reglamentarias;

b. Planificar y organizar las actividades de aplicaciĆ³n y procedimientos para el direccionamiento del Quipux en coordinaciĆ³n con la SecretarĆ­a General;

c. Administrar y registrar las acciones y tareas que provienen del Quipux y del Pleno del CES;

d. Efectuar los proyectos de convocatorias para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno del CES;

e. Llevar los registros y despacho de resoluciones y actas del CES y Presidencia de este Organismo;

f. Elaborar la agenda de organizaciĆ³n y coordinaciĆ³n de las diferentes sesiones del CES;

g. Administrar y llevar los registros respectivos de tas resoluciones del CES;

h. Elaborar el orden del dĆ­a para sesiones del CES;

i. Gestionar los archivos que provengan y se gestionen a travƩs del Pleno del CES y de las Secretarƭas de las Comisiones;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 75

j. Gestionar la informaciĆ³n del CES, en coordinaciĆ³n con los Procesos Agregado res de Valor y las Comisiones, previo a su anĆ”lisis tĆ©cnico y legal;

k. Coordina)1 acciones con los procesos de gestiĆ³n de las secretarĆ­as de las comisiones para determinar linea mantos y cronogramas;

l. Apoyar en los procesos de certificaciĆ³n do los actos administrativos y normativos expedidos por el CES;

m. Custodiar y salvaguardar la documentaciĆ³n interna y externa relacionada con las resoluciones y actas generadas en el Pleno del CES, asĆ­ como las que se generen a travĆ©s de las comisiones permanentes y ocasionales;

n. emitir copias certificadas de los documentos que reposan en los archivos del CES, con excepciĆ³n de aquellos que hayan sido declarados reservados;

a. Prestar asistencia y asesoramiento tĆ©cnico en materia de su especializaciĆ³n.

Productos / Servicios:

3.2.1.1. PROSECRETARIA

  1. Manejo y gestiĆ³n del Pleno del CES.
  2. Direccionamiento de los Quipux de la Secretaria General.
  3. Registro de las tareas que provienen del Quipux y del Pleno del CRS.
  4. Convocatorias para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno del CES.
  5. Registros y despacho de resoluciones y actas del CES y Presidencia de este Organismo.
  6. Agenda de organizaciĆ³n y coordinaciĆ³n de las diferentes sesiones del CES.
  7. Registros de Resoluciones del CES.
  8. Orden del dĆ­a para sesiones del Pleno CES:
  9. Archivos de la gestiĆ³n del Pleno del CES y de las secretarĆ­as de las comisiones.
  10. Registros de la informaciĆ³n del Pleno del CES, de Procesos Agregadores de Valor y de las Comisiones.
  11. CertificaciĆ³n do los actos administrativos y normativos expedidos por el CES.
  12. Registro de custodio de la documentaciĆ³n interna y externa relacionada con las resoluciones y actas generadas en el Pleno del CES y Comisiones.

76 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

13. Emitir copias certificadas de los documentos que reposan en los archivos del CES.

14. Registro de asistencia y asesora miento tĆ©cnico en materia de su especializaciĆ³n.

3.2.2. DIRECCIƓN DE DOCUMENTACIƓN Y ARCHIVO DEL SISTEMA DE EDUCACIƓN SUPERIOR

MisiĆ³n;

Formular polĆ­ticas y aplicar procedimientos normalizados que garanticen la creaciĆ³n, gestiĆ³n y mantenimiento de los documentos, tanto analĆ³gicos como electrĆ³nicos generados por el Sistema de EducaciĆ³n Superior, en condiciones de integridad, autenticidad, Viabilidad, usabilidad y preservaciĆ³n, asĆ­ como su implicaciĆ³n en todo el ciclo de vida.

Responsable: Director de DocumentaciĆ³n y Archivo del Sistema de EducaciĆ³n Superior.

Estructura BĆ”sica: La DirecciĆ³n de DocumentaciĆ³n y Archivo del Sistema de EducaciĆ³n Superior, se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

TIPO DE PROCESO

Procesos

Habilitante de Apoyo:

Encargado de elaboraciĆ³n y ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios de apoyo en el Ć”mbito de la GestiĆ³n de DocumentaciĆ³n y Archivo del Sistema de EducaciĆ³n Superior,

3.2.2.1 GESTIƓN DOCUMENTAL

3.2.2.1.1 IdentificaciĆ³n, Captura y Registro

3.2.2.1.2 Metadatos y ClasificaciĆ³n

3.2.2.1.3 EvaluaciĆ³n Documental, Segundad y Acceso

3.2.2.2 GESTIƓN DE DOCUMENTACIƓN Y ARCHIVO

3.2.2.2.1 GestiĆ³n de Archivos

3.2.2.2.2 ConservaciĆ³n, ClasificaciĆ³n y CatalogaciĆ³n

3.2.2.2.3 Transferencia, InvestigaciĆ³n y Acceso

3.2.2.3 CENTRO DOCUMENTAL SISTEMA DE EDUCACIƓN SUPERIOR

3.2.2.3.1 IdentificaciĆ³n, ConservaciĆ³n, Transferencia

3.2.2.3.2 CatalogaciĆ³n, Acceso y DifusiĆ³n

Atribuciones y Responsabilidades;

a. Gestionar e Implementar estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 77

b. Aplicar criterios homogĆ©neos en el tratamiento de la documentaciĆ³n, con independencia de su soporte y medio, asĆ­ como criterios de rentabilidad de las herramientas informĆ”ticas de apoyo al Sistema de GestiĆ³n Documental (SGD);

c. Establecer polĆ­ticas y estĆ”ndares en la gestiĆ³n documental institucional;

d. Gestionar adecuadamente el control de las responsabilidades en la producciĆ³n documental, la validaciĆ³n de dichos d o cu me n los, sobre las condiciones de acceso y los requisitos de preservaciĆ³n;

e. IntegraciĆ³n de la gestiĆ³n documental con el sistema de gestiĆ³n de los procesos de la InstituciĆ³n;

f. Identificar y documentar sistemĆ”ticamente las necesidades de informaciĆ³n;

g. Determinar, documentar y autorizar los requisitos para la creaciĆ³n, captura y gestiĆ³n de los documentos de los procesos especĆ­ficos, basĆ”ndose en las necesidades/objetivos de la InstituciĆ³n, legales y de otra Ć­ndole;

h. Determinar la necesidad de crear y mantener un documento en un Sistema de GestiĆ³n Documental (SGD);

i. establecer la relaciĆ³n entre el documento, su creaciĆ³n y el entorno de la InstituciĆ³n;

j. Generar nomenclatura normalizada para el registro documental institucional, con el propĆ³sito de manejar procesos estandarizados;

k. Determinar los metadatos que se deben crear con cada documento y como deben ser vinculados y gestionados de forma constante en los procesos;

I. Proponer pautas para la implementaciĆ³n de modelos de metadatos normalizados para la gestiĆ³n de documentos electrĆ³nicos;

m. Organizar la documentaciĆ³n de manera que sea el reflejo de los procesos y las actividades de la instituciĆ³n, mediante la identificaciĆ³n de los documentos y la descripciĆ³n de su contexto a nivel de actividades, procesos y productores;

n. Clasificar la documentaciĆ³n medĆ­ante un sistema que incluya el uso de cuadros de clasificaciĆ³n, uso de tesauros, indexaciĆ³n y codificaciĆ³n, ya sea de forma manual o a travĆ©s de procesos automatizados;

o. Establecer procedimientos para la revisiĆ³n, autorizaciĆ³n e implementaciĆ³n de las decisiones sobre la conservaciĆ³n o eliminaciĆ³n de los documentos de cada proceso;

p. Determinar los perĆ­odos de retenciĆ³n de la documentaciĆ³n y asegurar las acciones de transferencia o eliminaciĆ³n fĆ­sica de Ć©sta, manteniendo su integridad, Habilidad y autenticidad;

78 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

q. Implementar procedimientos para garantizar la integridad y seguridad de los documentos, asĆ­ como su acceso, modificaciĆ³n, traslado y eliminaciĆ³n;

r. Implementar procedimientos tĆ©cnicos y administrativos para el manejo y organizaciĆ³n de los archivos, los mismos que deberĆ”n garantizar su accesibilidad y preservaciĆ³n, facilitando el acceso a la informaciĆ³n por parte de usuarios internos y externos;

s. Emitir los manuales de procedimientos que permitan la salvaguarda de la documentaciĆ³n, la organizaciĆ³n de sus archivos y el acceso a la informaciĆ³n que Ć©stos mantienen;

t. Garantizar la integridad, conservaciĆ³n y seguridad de los archivos pertenecientes a los fondos documentales relativos a la educaciĆ³n superior, generados en cualquier soporte o formato, que se reciban o se generen en el CES, en cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades;

u. Aplicar instrumentos tĆ©cnicos para el tratamiento archivĆ­stico, que permita una visiĆ³n conjunta del Fondo documental y de las relaciones jerĆ”rquicas entre los diferentes grupos documentales, de la instituciĆ³n productora y de la actividad que Ć©sta desarrolla;

v. Implementar procedimientos tĆ©cnicos y jurĆ­dicos que permitan la transferencia de los fondos documentales relativos a la educaciĆ³n superior, bajo responsabilidad del CES;

w. Garantizar la integridad y seguridad de los documentos histĆ³ricos relativos a la educaciĆ³n superior que sean objeto de consulta e investigaciĆ³n;

x. Asegurar el acceso a la informaciĆ³n que guardan los acervos documentales del CES;

y. Gestionar la creaciĆ³n de un moderno Centro Documental de EducaciĆ³n Superior (CDES) que permita la salvaguarda de la documentaciĆ³n referida a la educaciĆ³n superior en el paĆ­s y el acceso democrĆ”tico de la informaciĆ³n que Ć©ste albergue;

z. Implementar el CDES con la documentaciĆ³n correctamente organizada, de acuerdo a procedimientos tĆ©cnicos normalizados internacionalmente y en base a un sistema de gestiĆ³n documental eficiente y seguro;

aa. Coordinar acciones para prestar asistencia y asesoramiento tƩcnico en materia de sus competencias;

bb. Elaborar procesos de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al plan operativo anual de los procesos bajo su direcciĆ³n; y,

cc. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

3.2.2.1 GESTIƓN DOCUMENTAL

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 79

3.2.2.1.1 IdentificaciĆ³n, Captura y Registro

  1. Documentos identificados y validados.
  2. Registro de determinaciĆ³n, documentaciĆ³n y autorizaciĆ³n de los requisitos para la creaciĆ³n, captura y gestiĆ³n de los documentos de los procesos especĆ­ficos, basĆ”ndose en las necesidades/objetivos de la InstituciĆ³n legales y de otra Ć­ndole.
  3. Registro de necesidad de crear y mantener un documento en un SGD.
  4. Ciclo de relaciĆ³n entre el documento, su creaciĆ³n y el entorno de la InstituciĆ³n.
  5. Nomenclatura normalizada para el registro documental institucional, con el propĆ³sito de manejar procesos estandarizados,

3.2.2.1.2. Metadatos y ClasificaciĆ³n

  1. Metadatos aplicados en la creaciĆ³n, registro, clasificaciĆ³n, acceso, preservaciĆ³n y disposiciĆ³n de los documentos a lo largo de su ciclo vital.
  2. Metadatos aplicados para identificar, autenticar y contextualizar los documentos, las personas, los procesos y los sistemas que los han creado, gestionado, mantenido y utilizada
  3. DocumentaciĆ³n organizada e identificada mediante sistemas de clasificaciĆ³n bĆ”sicos o complejos, ligados siempre al anĆ”lisis del contexto institucional.
  4. Mecanismos para la implementaciĆ³n de modelos de metadatos normalizados para la gestiĆ³n de documentos electrĆ³nicos;
  5. Registros de identificaciĆ³n de los documentos y la descripciĆ³n de su contexto a nivel de actividades, procesos y productores.
  6. Registro de clasificaciĆ³n de la documentaciĆ³n mediante un sistema que incluya el uso de cuadros ele clasificaciĆ³n, uso de tesauros, indexaciĆ³n y codificaciĆ³n, ya sea de forma manual o a travĆ©s de procesos automatizados.

3.2.2.1.3. EvaluaciĆ³n Documental, Seguridad y Acceso

  1. Documentos identificados para su conservaciĆ³n o eliminaciĆ³n en base a procedimientos validados y documentados.
  2. Registro de garantĆ­a do la seguridad del sistema sobre el documento y seguridad en su uso y acceso, mediante auditorĆ­as y control de incidencias que se puedan producir en el SGD,
  3. Procedimientos para la revisiĆ³n, autorizaciĆ³n e implementaciĆ³n de tas decisiones sobre la conservaciĆ³n o eliminaciĆ³n de los documentos de cada proceso.

80 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Registros para establecer los perĆ­odos de retenciĆ³n de la documentaciĆ³n y asegurar las acciones de transferencia o eliminaciĆ³n fĆ­sica de Ć©sta, manteniendo su integridad, fiabilidad y autenticidad.
  2. Procedimientos para garantizar la integridad y seguridad de los documentos, asi como su acceso, modificaciĆ³n, traslado y eliminaciĆ³n.
  3. Informes de gestiĆ³n de la ImplementaciĆ³n de los procedimientos,

3.2.2.2. GESTIƓN DE ARCHIVOS

3.2.2.2.1, ConservaciĆ³n, ClasificaciĆ³n y CatalogaciĆ³n

  1. Manuales de procedimientos que permitan la salvaguarda de la documentaciĆ³n, la organizaciĆ³n de sus archivos y el acceso a la informaciĆ³n que Ć©stos mantienen.
  2. Archivos de los Fondos documentales de la educaciĆ³n superior conservados,
  3. Cuadros de clasificaciĆ³n documental de los Fondos documentales pertenecientes o bajo responsabilidad del Consejo de EducaciĆ³n Superior CES.
  4. Registros de garantĆ­a integridad, conservaciĆ³n y seguridad de los archivos pertenecientes a los fondos documentales relativos a la educaciĆ³n superior.
  5. Instrumentos tĆ©cnicos para el tratamiento-archivĆ­stico, que permita una visiĆ³n conjunta del Fondo documental y de tas relaciones jerĆ”rquicas entre los diferentes grupos documentales, de la instituciĆ³n productora y de la actividad que Ć©sta desarrolla.

3.2.2.2.2. Transferencia, InvestigaciĆ³n y Acceso

  1. Procedimientos tƩcnicos y jurƭdicos validados para la transferencia de los fondos documentales al CES.
  2. Programas de promociĆ³n del estudio y la investigaciĆ³n sobre educaciĆ³n superior a travĆ©s del eficiente manejo de sus fondos documentales y del acceso a la informaciĆ³n que Ć©stos guardan.
  3. Programa de libre acceso a la informaciĆ³n de los fondos documentales bajo responsabilidad del CES.
  4. Registros de garantĆ­a para la integridad y seguridad de los documentos histĆ³ricos relativos a la educaciĆ³n superior quesean objeto de consulta e investigaciĆ³n.
  5. Estrategias para asegurar el acceso a la informaciĆ³n que guardan los acervos documentales del CES.

3.2.2.3, CENTRO DOCUMENTAL DEL SISTEMA DE EDUCACIƓN SUPERIOR 3.2.2.3.1. IdentificaciĆ³n, ConservaciĆ³n, Transferencia

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 81

  1. Centro documental implementado y en funcionamiento, con informaciĆ³n salvaguardada y con acceso democrĆ”tico y eficiente.
  2. Mecanismos y estrategias para la salvaguarda de la documentaciĆ³n referida a la educaciĆ³n superior en el paĆ­s y el acceso democrĆ”tico de la informaciĆ³n que Ć©ste albergue.
  3. Fondos documentales del Sistema de EducaciĆ³n Superior.
  4. Programas preliminares de limpieza y expurgo de la documentaciĆ³n de los Fondos documentales de educaciĆ³n superior que se hallen dispersos y que estĆ©n bajo responsabilidad del CDES o de otras entidades de educaciĆ³n superior que hayan decidido transferir al CDES.

3.2.2.3.2. CatalogaciĆ³n, Acceso y DifusiĆ³n

  1. Estrategias para la implementaciĆ³n de procesos archivisticos normalizados-.
  2. PolĆ­ticas para la implementaciĆ³n de eficientes sistemas de gestiĆ³n documental.
  3. Plan de promociĆ³n para que el CDES constituya en el gran centra de la memoria de la educaciĆ³n superior, para dar acceso a la informaciĆ³n a los usuarios internos y externos; asĆ­ como sirva de fuente de investigaciĆ³n y de conocimiento.

3.2.3 COORDINACIƓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA

MisiĆ³n:

Administrar los procesos de gestiĆ³n financiera, talento humano, servicios administrativos y tecnologĆ­as de la informaciĆ³n del CES y coordinar los planes, programas y proyectos requeridos para el desarrollo de los procesos de gestiĆ³n institucional.

Responsable: Coordinador General Administrativo Financiero.

Estructura BĆ”sica: La CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera, se gestionarĆ” a travĆ©s de los siguientes procesos:

TIPO DE PROCESO

PROCESOS

3.2.3.1 DIRECCIƓN DE TALENTO HUMANO

3.2.3.1.1 GESTIƓN DE TALENTO HUMANO:

Habilitante de Apoyo:

3.2.3.1.1.1 AdministraciĆ³n de la Normatividad de Talento Humano

Encargado de elaboraciĆ³n y

82 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

ejecuciĆ³n de los productos que estĆ”n relacionados con el cliente interno y prestan servicios de apoyo logĆ­stico en el Ć”mbito de la GestiĆ³n Administrativa Financiera.

3.2.3.1.2.

3.2.3.1.2.1

3.2.3.1.2.2

ADMINISTRACIƓN DEL SISTEMA INTEGRADO DEL TALENTO HUMANO

AdministraciĆ³n del Sistema GestiĆ³n de NĆ³mina

3.2.3.1.3 3.2.3.1.4

3.2.3.2

SALUD OCUPACIONAL GESTIƓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO Y DE ATENCIƓN CIUDADANA DIRECCIƓN FINANCIERA

3.2.3.2.1 3.2.3.2.2

Presupuesto Contabilidad

3.2.3.2.3 3.2.3.2.3.1. 3.2.3.2.3.2.

TesorerĆ­a

AdministraciĆ³n de Caja NĆ³mina Pago

3.2.3.3

DIRECCIƓN ADMINISTRATIVA

3.2.3.3.1

GESTIƓN ADMINISTRATIVA

3.2.3.3.1.1

Servicios Institucionales

3.2.3.3.1.1.1 3.2.3.3.1.1.2

3.2.3.3.1.1.2.1 3.2.3.3.1.1.2.2

Servicios Generales

LogĆ­stica y Mantenimiento de

Transporte

LogĆ­stica

Mantenimiento

3.2.3.3.1.2

AdministraciĆ³n de Bienes y Bodega

3.2.3.3.1.3

GestiĆ³n de Compras PĆŗblicas

3.2.3.3.1.3.1 3.2.3.3.1.3.2

Compras PĆŗblicas ProveedurĆ­a

3.2.3.3.1.4

ViƔticos

3.2.3.3.2

GESTIƓN DE TECNOLOGƍAS DE INFORMACIƓN

3.2.3.3.2.1 3.2.3.3.2.3

PlanificaciĆ³n TICs

Desarrollo de Sistemas InformƔticos

GestiĆ³n de infraestructura y

Operaciones

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 83

3.2,3.3.2.4

GestiĆ³n de Soparte TĆ©cnico

3.2.3.3.2.5

GestiĆ³n de Seguridad de la InformaciĆ³n

3.2.3.3.2.6

GestiĆ³n de la Interoperabilidad

Atribuciones y Responsabilidades-

a. Dirigir y coordinar acciones para fa generaciĆ³n de estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

b. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, instructivos y demĆ”s normas conexas dentro de su jurisdicciĆ³n administrativa y resoluciones emitidas por la InstituciĆ³n en el Ć”mbito de la gestiĆ³n administrativa financiera;

c. Dirigir, coordinar, controlar el diseƱo e implementaciĆ³n de las polĆ­ticas, normas e instrumentos tĆ©cnicos de servicios administrativos, gestiĆ³n financiera; logĆ­stica y mantenimiento; y, actividades de documentaciĆ³n y archivo;

d. Administrar los procesos de calidad del servicio y atenciĆ³n ciudadana a fin de garantizar la provisiĆ³n de productos y servicios de calidad y elevar los niveles de satisfacciĆ³n de los usuarios internos y externos;

e. Asesorar a la mƔxima autoridad en los asuntos de su competencia;

f. Coordinar acciones a fin de brindar con eficiencia y eficacia productos y servicios de apoyo logĆ­stica en la entrega oportuna de equipos, materiales, suministros y otros servicios, demandados por los procesos Gobernantes, Agregadores de Valor, Habilitantes, ciudadanas y ciudadanos, de conformidad con la normativa que rige sobre la materia;

g. Dirigir y administrar la informaciĆ³n financiera para la toma de decisiones, sobre la base del registro de las transacciones financieras del CES; con sujeciĆ³n al Plan Nacional de Desarrollo y a las polĆ­ticas pĆŗblicas establecidas en el CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas;

h. Dirigir, programar, gestionar y controlar las actividades de los procesos administrativos de logĆ­stica y mantenimiento bajo su dependencia, de conformidad con las polĆ­ticas emanadas de la autoridad y con lo dispuesto en las leyes, normas y reglamentos pertinentes;

i. Coordinar los procesos de logĆ­stica y movilizaciĆ³n terrestre, conforme las necesidades de la gestiĆ³n institucional;

i. Administrar, organizar, planificar, gestionar y controlar los procesos de documentaciĆ³n y archivo, asĆ­ como tramitar actividades de certificaciĆ³n de actos administrativos que se generen en los procesos del CES, de conformidad a las disposiciones reglamentarias, misiĆ³n y objetivos institucionales;

84 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

k. Presentar al ComitĆ© de GestiĆ³n de Calidad y Desarrollo Institucional el proyecto de Estatuto de GestiĆ³n Organizacional por Procesos, PlanificaciĆ³n de Talento Humano y Manual de ClasificaciĆ³n y ValoraciĆ³n de Puestos, de la entidad para su estudio y aprobaciĆ³n;

l. Supervisar la observancia y fiel cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, acuerdos y resoluciones establecidas en los servicios institucionales;

m. Dirigir y gestionar estrategias para prestar asistencia y asesor-amiento tƩcnico en materia de sus competencias;

n. Coordinar los procesos de gestiĆ³n de diseƱo, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n y seguimiento al Plan Operativo Anual de los procesos bajo su coordinaciĆ³n; y,

o. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

3.2.3.1 DIRECCIƓN DE TALENTO HUMANO

MisiĆ³n:

Dirigir, coordinar y gestionar procesos de desarrollo profesional, tĆ©cnico y personal de los servidores pĆŗblicos, para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia, eficacia, calidad y productividad de la InstituciĆ³n, a travĆ©s de un sistema de gestiĆ³n del talento humano para coadyuvar en el logro de la misiĆ³n del CES.

Responsable: Director de Talento Humano,

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, instructivos y demĆ”s normas conexas dentro de su jurisdicciĆ³n administrativa, y resoluciones emitidas por la InstituciĆ³n;

b. Asesorar a los funcionarios y servidores pĆŗblicos de la InstituciĆ³n en aspectos relacionados con el Sistema AdministraciĆ³n de Talento Humano, Bienestar Laboral y Salud Ocupacional;

c. Organizar y ejecutar el sistema de evaluaciĆ³n del desempeƱo para los servidores del CES en concordancia con las normas vigentes establecidas;

d. Dirigir y coordinar acciones para el desarrollo del talento humano, para el logro permanente de altos niveles de eficiencia, eficacia y efectividad;

e. Elaborar y difundir el Estatuto Organizacional, manuales, procedimientos, reglamentos, instructivos y demƔs normas relacionadas con el Ɣmbito de talento humano, necesarias para el cumplimiento de los objetivos institucionales;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 85

f. Mantener actualizado el sistema integrado de informaciĆ³n de talento humano SIITH:

g. Aplicar la normativa vigente en relaciĆ³n a los movimientos de personal, tales como: ingresos, rotaciĆ³n de personal, ascensos, traspasos, traslados y jubilaciones, entre otros;

h. Administrar los procesos de calidad del servicio y atenciĆ³n ciudadana a fin de garantizar la provisiĆ³n de productos y servicios de calidad y elevar los niveles de satisfacciĆ³n de los usuarios internos y externos;

i. Mantener actualizada la base de datos del personal que labora en la InstituciĆ³n, a fin de obtener reportes con datos relevantes;

j. Mantener actualizado el plan de seguridad, de evacuaciĆ³n y de actividades de seguridad;

k. Coordinar los procesas de diseƱo e implementaciĆ³n del plan operativo de la DirecciĆ³n, en el marco de misiĆ³n, visiĆ³n y los objetivos del CES; y,

I. Ejercer las demĆ”s atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el Ć”mbito de su competencia que le asignen las autoridades, y las establecidas en la legislaciĆ³n o normativa vigente.

Productos / Servicios:

3.2.3.1.1 GESTIƓN DE TALENTO HUMANO:

3.2.3.1.1.1 ADMINISTRACIƓN DE LA NORMATIVIDAD DE TALENTO HUMANO

  1. Informe de movimientos de personal.
  2. Registros actualizados de movimientos de personal.
  3. Expedientes fĆ­sicos y digitales actualizados de los servidores del CES,
  4. Informes de contrataciĆ³n de servicios ocasionales y profesionales de la InstituciĆ³n.
  5. Contratos de trabajo registrados en el Ministerio del Trabajo,
  6. Contratos de servicios ocasionales con registro en Talento Humano.
  7. Contratos de servicios profesionales.
  8. Informe de control de asistencia.
  9. Informes de RĆ©gimen Disciplinario: Sumarios Administrativos, Sanciones Disciplinarias.
  10. Proyectos de Resoluciones Institucionales.

86 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Proyecto de Reglamento Interno de AdministraciĆ³n del Personal.
  2. Informe de creaciĆ³n y supresiĆ³n de puestos,
  3. Plan anual de vacaciones.
  4. Registros y actualizaciĆ³n de permisos.
  5. Acciones de Personal.

3.2.3.1.2 ADMINISTRACIƓN DEL SISTEMA DE INTEGRADO DEL TALENTO HUMANO

3.2.3.1.2.1, AdministraciĆ³n del Sistema

  1. PlanificaciĆ³n del talento humano.
  2. Diagnostico demogrƔfico del talento humano.
  3. Reportes de estadĆ­sticos de gestiĆ³n del talento humano.
  4. InformaciĆ³n ingresada al Sistema Integrado de Talento Humano.
  5. Informe de reclutamiento, selecciĆ³n e inducciĆ³n del personal, carnetizaciĆ³n para funcionarios, servidores y trabajadores del CMS.

6. Publicaciones por medios como: internet, pĆ”gina web institucional, portal de socio empleo, diarios de difusiĆ³n masiva sobre vacantes existentes en la InstituciĆ³n.

  1. Estudio, descripciĆ³n, anĆ”lisis, diseƱo y valoraciĆ³n de puestos institucionales.
  2. Estructura ocupacional institucional.
  3. Informe tĆ©cnico de evaluaciĆ³n del desempeƱo,
  4. Plan de evaluaciĆ³n del desempeƱo.
  5. Plan de mejoramiento sobre resultados de evaluaciĆ³n del desempeƱa
  6. Informe de evaluaciĆ³n del desempeƱo del personal.
  7. Plan anual de formaciĆ³n y capacitaciĆ³n.
  8. Plan de incentivos (econĆ³micos y no econĆ³micos).
  9. Plan de desvinculaciĆ³n laboral. 3.2.3.1.2.2. GestiĆ³n de NĆ³mina:

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 87

  1. Registro, generaciĆ³n, validaciĆ³n y solicitud de reformas web centralizadas, y de reformas descentralizadas en el SPRYN.
  2. Modificaciones a los Distributivos de Remuneraciones Institucionales.
  3. Registro de movimientos administrativos relacionados con el pago de las remuneraciones y nĆ³mina de los servidores pĆŗblicos, en el distributivo de remuneraciones institucional.
  4. Registro de novedades, generaciĆ³n y validaciĆ³n de la nĆ³mina institucional:
  • RemuneraciĆ³n Mensual.
  • Horas extras y suplementarias,
  • Pondos de Reserva.
  • Liquidaciones.
  • Subrogaciones,
  1. Manejo portal IESS: [avisos de entradas y salidas, variaciones se renumeraciones, horas extras, fondos de reserva, ingreso de continuidad, verificaciĆ³n de planillas de prĆ©stamos hipotecarios y quirografarios, extensiĆ³n de. salud de conyugues, entre otros.
  2. VerificaciĆ³n y aprobaciĆ³n de la capacidad de anticipos de remuneraciones.

7. Carga de datos adicionales para el Impuesto a la Renta a servidores del CES. Ć­i. Enlaces presupuestarios en el SPRYN,

9. Distributivo actualizado de remuneraciones mensuales unificadas.

10, Informes, solicitudes de certificaciones presupuestarias para liquidaciones, subrogaciones, etc.

3.2.3.1.3 SALUD OCUPACIONAL

  1. Plan de Medicina Preventiva.
  2. Plan de Seguridad Ocupacional.
  3. Plan de Bienestar Social,

3.2.3.1.4 GESTIƓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO Y DE ATENCIƓN CIUDADANA

l. Plan de calidad del servicio y atenciĆ³n ciudadana a fin de garantizar la provisiĆ³n de productos y servicios de calidad y elevar los niveles de satisfacciĆ³n de los usuarios internos y externos.

2. Portafolio de productos y servicios claves de atenciĆ³n ciudadana institucionales relacionadas a la demanda externa, estableciendo la moralidad en la prestaciĆ³n de servicios (presencial, escrita, telefĆ³nica, virtual, mixta].

88 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Manual de procesos y procedimientos de productos y/o servicios claves de atenciĆ³n ciudadana.
  2. Mecanismos de difusiĆ³n de productos y/o servicios claves que presta la InstituciĆ³n a sus usuarios externos.
  3. Informe de requerimientos de recursos econĆ³micos, materiales, tecnolĆ³gicos y fĆ­sicos para el mejoramiento de la calidad en la presentaciĆ³n de los servicios a usuarios externos.
  4. Estudios de mejoramiento de la infraestructura fĆ­sica y tecnolĆ³gica en funciĆ³n de la modalidad de la presentaciĆ³n de servicio.
  5. Informe de seguimiento, monitoreo y control de los procesos claves de prestaciĆ³n de servicios que permita el mejoramiento continuo.
  6. Estudios de la capacidad de oferta de los servicios de mayor demanda real y potencial externo.
  7. Plan de organizaciĆ³n y funcionamiento de las unidades, centros o puntos de atenciĆ³n en funciĆ³n de la demanda,

3.2.3.2. DIRECCIƓN FINANCIERA

MisiĆ³n:

Administrar eficaz y eficientemente los recursos financieros asignados a la InstituciĆ³n aplicando leyes, normas y disposiciones; y proveer informaciĆ³n financiera veraz y oportuna para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Responsable: Director Financiero.

Atribuciones y Responsabilidades:

a. Gestionar e implementar estrategias, planes, programas y proyectos de gestiĆ³n que coadyuven al cumplimento de los objetivos institucionales;

b. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales en materia de administraciĆ³n financiera;

c. Dirigir, planificar, coordinar, programar, ejecutar y controlar los procesos de la gestiĆ³n financiera, de conformidad con las polĆ­ticas emanadas por la autoridad y acorde con lo dispuesto en las leyes, normas y reglamentos pertinentes;

d. Administrar y ejecutar los procedimientos y normas de seguridad para uso de los sistemas de GestiĆ³n financiera Institucional;

e. Administrar el presupuesto del CES, conforme a los programas y proyectos establecidos;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 89

f. Asesorar en procesos de GestiĆ³n Financiera a las autoridades institucionales, funcionarios y servidores pĆŗblicos del CES, y orientar a las autoridades para la toma de decisiones en materia de administraciĆ³n financiera;

g. Participar en la elaboraciĆ³n de la proforma presupuestaria de la InstituciĆ³n;

h. Ejecutar el pago de las obligaciones econĆ³micas del CES;

i. Monitorear y evaluar la gestiĆ³n econĆ³mica contable y financiera;

j. Establecer la estrategias necesarias que permitan el adecuado y oportuno control previo de la gestiĆ³n financiera;

k. Coordinar con las autoridades institucionales, directores y responsables de las unidades administrativas, la eficiente y eficaz implementaciĆ³n Presupuestaria sobre la base de la PlanificaciĆ³n operativa; y,

I. Ejercer las demƔs atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el Ɣmbito de su competencia, que le asigne la Autoridad del CES y las establecidas en la normativa vigente.

Productos / Servicios:

3.2.3.2.1. PRESUPUESTO

  1. Categorƭas ProgramƔticas; CƩdulas Presupuestarias.
  2. Proforma Presupuestaria.

3. ProgramaciĆ³n Indicativa Anual.

4. Comprobantes de ModificaciĆ³n Presupuestaria de Ingresos y Egresos.

  1. Comprobantes de ProgramaciĆ³n Financiera.
  2. ReprogramaciĆ³n Financiera del Gasto.
  3. CertificaciĆ³n de Disponibilidad Presupuestaria.
  4. Comprobante ƚnico de Registro del Compromiso Presupuestario.
  5. Reportes de EjecuciĆ³n Presupuestaria,
  1. Informe de EjecuciĆ³n Presupuestaria.
  2. Informe de EvaluaciĆ³n PresupuestarĆ­a.
  3. Informe de Liquidaciones Presupuestarias.

90 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Reporte de recepciĆ³n de ingresos por fuentes de financiamiento.
  2. Archivo de documentos generados en a unidad.
  3. Reporte de cumplimiento de Normas de Control Interno, 3.2.3.2,2, CONTABILIDAD
  1. Comprobante ƚnico de Registro de Ingresos.
  2. Comprobante ƚnico de Registro de Gasto.
  3. Comprobante ƚnico de Registro de Ajustes y Reclasificaciones.
  4. Pondo Global de Anticipos de ViƔticos,
  5. Fondos de Caja Chica.
  6. Actas de Arqueos de Caja Chica.
  7. Comprobante Ćŗnico de registro contable de reposiciĆ³n del fondo de caja chica.
  8. LiquidaciĆ³n de fondos a rendir cuentas.
  9. Comprobante Ćŗnico de registro contable de liquidaciĆ³n de viĆ”ticos, subsistencias y movilizaciones.
  10. Anticipos a proyectos, contratos, convenios y liquidaciĆ³n de los mismos,
  11. DeclaraciĆ³n de impuestos.
  12. Registro de anticipo de remuneraciones.
  13. ConciliaciĆ³n Bancaria.
  14. Informe de anƔlisis de cuentas contables.
  15. Informe de situaciĆ³n contable,
  16. Estados Financieros; con notas explicativas.
  17. Reporte de Saldos Contables:
  18. Registro contable de los documentos habilitantes de contrataciones Liquidaciones, Jubilaciones y Retiros de personal voluntario y obligatorio.
  19. Reporte de cumplimiento de Normas de Control Interno.
  20. Archivo de documentos generados en la Unidad.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 91

3.2.3.2.3. TESORERƍA

3.2.3.2.3.1. AdministraciĆ³n de Caja

  1. Comprobante de Ingresos de Recursos Financieros,
  2. ProgramaciĆ³n de Caja.
  3. Comprobantes de Pago a Proveedores.
  4. Informes de Saldos de Cuentas Bancarias*
  5. Cuentas Corrientes ƚnicas de Transferencia Exclusiva.
  6. Comprobante ElectrĆ³nico de Pago del SRI.
  1. Registro del control de vigencia de garantĆ­as.
  2. Informe de garantĆ­as para solicitar el registro de baja a Contabilidad.
  3. Comprobantes de RetenciĆ³n de impuestos,
  4. Reporte de CĆ”lculo de RetenciĆ³n de impuesto a la renta en relaciĆ³n de

Dependencia.

  1. Reporte de Anexos de Retenciones en la Fuente por Ingresos en RelaciĆ³n de Dependencia,
  2. Formularios 107 de Retenciones en la Fuente por ingresos en RelaciĆ³n de Dependencia.
  3. Registro ƚnico de Contribuyentes actualizado,
  4. Registro de pagos de servicios bƔsicos a nivel nacional,
  5. Certificado de baja de documentos autorizados por el SRI.
  6. Pagos con documentos comprobatorios y justificativos.
  7. Archivo tributario fĆ­sico y digital.
  8. Reporte en forma periĆ³dica de transferencias no efectivizadas.
  1. Reporte de cumplimiento de Normas de Control Interno,
  2. Cur de pagos, liquidaciĆ³n de viĆ”ticos, subsistencias.
  3. Archivo de documentos generados en la Unidad.

3.2.3.2.3.2. NĆ³mina – Pago

92 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. NĆ³minas de Remuneraciones.
  2. DĆ©cima Tercera RemuneraciĆ³n.
  3. DĆ©cima Cuarta RemuneraciĆ³n.
  4. Horas suplementarias y/o extraordinarias.
  1. Pago Fondos de Reserva.
  2. LiquidaciĆ³n de haberes para servidores cesantes.
  3. LiquidaciĆ³n de Jubilaciones, retiro voluntario y obligatorio.

8. Distributivo de Remuneraciones para la elaboraciĆ³n de la Proforma PresupuestarĆ­a.

9. Reporte de anticipos de remuneraciones.

  1. Pagos con documentos comprobatorios y justificativos.
  2. Registro de descuentos de Ley.
  3. AsignaciĆ³n de Remuneraciones en Ā«las cuentas bancarias.
  4. Registros de descuentos a terceros.
  5. Reporte de cumplimiento de Normas de Control Interno. 3.2.3.3, DIRECCIƓN ADMINISTRATIVA

MisiĆ³n:

Administrar eficaz y eficientemente los recursos administrativos de la InstituciĆ³n, en cuanto a gestiĆ³n logĆ­stica, asĆ­ como en la entrega oportuna de equipos, materiales, suministros y otros servicios para generar la gestiĆ³n institucional demandados por los procesos de gestiĆ³n institucional de la CES, de conformidad con la normativa que rige sĆ³brela materia.

RESPONSABLE: Director de GestiĆ³n Administrativa.

Atribuciones y responsabilidades:

a. Dirigir y administrar los procesos de gestiĆ³n administrativa de conformidad con la normativa que rige sobre la materia;

b. Evaluar necesidades, planificar y ejecutar un sistema de mantenimiento de las instalaciones fĆ­sicas y bienes muebles del CES y proponer la contrataciĆ³n de obras y servicios;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 93

c. Planificar y controlar el uso Ć³ptimo del espacio fĆ­sico de las dependencias del CES y coordinar la ejecuciĆ³n de las adecuaciones que se requieran;

d. Determinar los requerimientos institucionales de contrataciĆ³n de seguros, participar en su formalizaciĆ³n de conformidad con las normas legales y reglamentarias correspondientes y tramitar ante las compaƱƭas de seguros los reclamos u otros referidos a siniestros que afectan a activos o personal del CES;

e. Administrar el proceso de viĆ”ticos en lo referente al pago, subsistencias, alimentaciĆ³n, y transporte, de las y los servidores del CES y coordinar la ejecuciĆ³n con las unidades requirentes;

f. Gestionar la reserva y compra de pasajes aĆ©reos a nivel nacional e internacional en coordinaciĆ³n con las Ć”reas requirentes;

g. Viabilizar los procesos de adquisiciĆ³n de bienes, obras, servicios y consultorĆ­a, de acuerdo a las necesidades del CES y de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes para el efecto;

h. Controlar y efectuar el seguimiento de los contratos de adquisiciones de bienes, ejecuciĆ³n de obras, prestaciĆ³n de servicios y consultorĆ­a celebrados por el CES, cuando la DirecciĆ³n Administrativa, actĆŗa como administrador del contrato;

i. Organizar y contratar la distribuciĆ³n, utilizaciĆ³n, mantenimiento, control y custodia de los vehĆ­culos del CES, de conformidad con las normas legales vigentes y reglamentaciĆ³n interna que establezca la InstituciĆ³n;

j. Programar, dirigir y evaluar la ejecuciĆ³n de actividades relacionadas con los servicios institucionales, que permita el funcionamiento eficaz en todos los niveles de gestiĆ³n del CES de acuerdo con las polĆ­ticas, disposiciones legales y normas pertinentes:

k. Brindar adecuada y oportunamente los servicios de mantenimiento, transporte, comunicaciones, suministros de oficina, de aseo y bienes:

I. Planificar, organizar, supervisar y coordinar las gestiones de seguridad fĆ­sica y protecciĆ³n en el interior de los edificios del CES, de sus instalaciones y de los bienes;

m. Mantener actualizado el plan de seguridad, de evacuaciĆ³n y de actividades de seguridad;

n. Presentar informes en caso de fallas y vulnerabilidades encontradas, especialmente para acciones subversivas, terroristas, delincuenciales, accidentes naturales y recomendar medidas correctivas a la autoridad superior directa;

o. DiseƱar y aplicar sistemas de ingreso, custodia, transferencias, bajas, identificaciĆ³n y distribuciĆ³n oportuna de los bienes muebles, suministros,

94 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

materiales y servicios del CES, de conformidad con las normas y procedimientos existentes sobre la materia;

p. Administrar el proceso para dar de baja o donar bienes inmuebles del CES, de conformidad con la normatividad establecida para el efecto;

q. Coordinar los procesos de diseƱo e implementaciĆ³n del Plan Operativo de la DirecciĆ³n, en el marco de misiĆ³n, visiĆ³n y los objetivos del CES;

r. Elaborar, proponer, ejecutar y evaluar los planes, programas y proyectos de su gestiĆ³n, asĆ­ como efectuar las reformas que permitan retroalimentar y mejorar los procesos crĆ­ticos; y,

s. Ejercer las demĆ”s atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el Ć”mbito de su competencia que le asignen las autoridades, y las establecidas en la legislaciĆ³n o normativa vigente,

Productos / Servicios:

3.2.3.3.1. GESTIƓN ADMINISTRATIVA

3.2.3.3.1.1. SERVICIOS INSTITUCIONALES

3.2.3.3.1.1.1. Servicios Generales

  1. Plan de mantenimiento de oficinas (Aseo y Limpieza),
  2. Agenda de mensajerĆ­a en coordinaciĆ³n con la Unidad de DocumentaciĆ³n y Archivo,
  3. Plan de servicios generales; GuardianĆ­a, aseo y limpieza. 4-, Plan de adquisiciĆ³n de equipos y materiales de limpieza,
  1. Informe de utilizaciĆ³n de materiales de limpieza.
  2. Informe de pago de servicios bƔsicos.
  3. Informe de administraciĆ³n de pĆ³lizas.
  4. Plan de administraciĆ³n de servicios bĆ”sicos,
  5. Plan de administraciĆ³n de pĆ³lizas de seguros.

3.2.3.3.1.1.2. LogĆ­stica y Mantenimiento de Transporte 3.2.3.3.1.1.2.1. LogĆ­stica

3. Proyecto de Reglamento de logĆ­stica y movilizaciĆ³n de vehĆ­culos, del CES.

2. Plan de logĆ­stica y movilizaciĆ³n de vehĆ­culos, conforme las necesidades operativas

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 95

del CES.

  1. Informe de logĆ­stica, movilizaciĆ³n y registro del estado de los vehĆ­culos, del CES,
  2. Plan de logĆ­stica y mantenimiento,
  3. Plan de contingencia de logĆ­stica y movilizaciĆ³n en caso de necesidades urgentes de carĆ”cter administrativo y operativo del CES,
  4. Informe de renovaciĆ³n de documentaciĆ³n y actualizaciĆ³n legal y tĆ©cnica de vehĆ­culos.
  5. Informes de registro, utilizaciĆ³n y existencias de combustibles, lubricantes, repuestos e insumos para la operaciĆ³n de vehĆ­culos.

8. Informe de seguro de vehĆ­culos del CES. 3.2.3.3.1.1.2.2. Mantenimiento

  1. Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de vehĆ­culos.-,
  2. Informe y diagnĆ³stico ele vehĆ­culos.
  3. Plan de requerimiento de repuestos.
  4. Registro de automotores, de vehĆ­culos, maquinarĆ­a y equipos.
  5. InventarĆ­o automotor de vehĆ­culos, maquinarias y equipos del CES,
  6. Formatos de movilizaciĆ³n y registro de vehĆ­culos, de acuerdo a lincamientos de la ContralorĆ­a General del Estado.
  7. Informe y diagnĆ³stico de mantenimiento correctivo [daƱos imprevistos] y preventivo de los vehĆ­culos.
  8. Registro y archivo de los mantenimientos preventivo y correctivo de los vehĆ­culos.

9. Informes de cumplimiento de los planes de mantenimiento para los vehƭculos. 3.2.3.3.1.2. ADMINISTRACIƓN DE BIENES V BODEGA;

  1. Informe de recepciĆ³n y revisiĆ³n de documentos y materiales,
  2. Informe del control previo de documentos y verificaciĆ³n de productos a ingresar.
  3. Reporte de asignaciĆ³n de cĆ³digos e Ć­tems de inventarios y de bienes en programa informĆ”tico.
  4. CodificaciĆ³n dĆ©los bienes de larga duraciĆ³n.

96 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

  1. Informe de ingreso de materiales por cantidades*
  2. Actas de recepciĆ³n de materiales.
  3. Informe de control previo de Ć³rdenes de entrega de materiales y bienes.
  4. Informe de egresos de materiales,
  5. Actas de entrega de bienes y materiales.
  6. Acta entrega de bienes y material a beneficiarios’.
  7. Informe del control auxiliar de repuestos de vehĆ­culos y maquinaria,
  8. Informe de inventarios o existencias.
  9. Informe de verificaciĆ³n, control de bienes de inventarios.
  10. ConstataciĆ³n fĆ­sica de bienes de larga duraciĆ³n.
  11. Informe de recuperaciĆ³n en caso de pĆ©rdida de bienes de larga duraciĆ³n.
  12. Informe de bienes de larga duraciĆ³n que han cumplido su vidg Ćŗtil.
  13. Informes de recepciĆ³n de bienes e inventarios.
  14. CodificaciĆ³n de los bienes de larga duraciĆ³n.
  15. Certificaciones de personal que no tiene bienes a su cargo para liquidaciones de haberes.

3.2.3.3.1.3. GESTIƓN DE COMPRAS PƚBLICAS: 3.2.3.3.1.3.1 Compras PĆŗblicas

  1. Plan Anual de Compras PĆŗblicas – PAC.
  2. Cronogramas e informe de ejecuciĆ³n y seguimiento del PAC.
  3. Matrices de Estado de Procesos precontractual y contractual, Ingresados al Portal de Compras PĆŗblicas.
  4. Resoluciones de Inicio de Proceso, AdjudicaciĆ³n, CancelaciĆ³n o Desiertos.
  5. Pliegos de los procesos precontractuales.
  6. Especificaciones tƩcnicas o tƩrminos de referencia revisados y ajustados.
  7. Actas de Preguntas y Respuestas, Apertura, ConvalidaciĆ³n de Ofertas y Audiencias de NegociaciĆ³n.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 97

  1. Acta e informe de CalificaciĆ³n de Ofertas.
  2. Check list de los procesos entregados para elaboraciĆ³n de contratos.
  3. informe de AdquisiciĆ³n de procesos por Ć­nfima CuantĆ­a.
  4. Reporte consolidado de pedidos de adquisiciones.
  5. Proformas para sustentar los procesos de adquisiciones.
  6. Cuadros comparativos y solicitud de disponibilidad presupuestaria.
  7. Ingreso al portal de los procesos precontractuales.
  8. Matriz e ingreso al porta) de compras de Ć­nfima CuantĆ­a.
  9. Registro de asesorĆ­a a las Ć”reas requirentes en temas de contrataciĆ³n pĆŗblica.
  10. Contratos elaborados y suscritos.
  11. Registro de entrega de garantƭas. 3.2.3.3.1.3.2 VIƁTICOS
  1. Plan y cronografƭas de viƔticos en el paƭs y exterior.
  2. ReservaciĆ³n de pasajes.
  3. Hoja de ruta y emisiĆ³n de itinerarios.
  4. Informe de viƔticos.

3.2.3.3.2. GESTIƓN DE TECNOLOGƍAS DE INFORMACIƓN 3.2.3.3.2.1. PlanificaciĆ³n TICs

  1. Planes estratĆ©gicos y operativos de las tecnologĆ­as de la informaciĆ³n, formulados y ejecutados,
  2. Procesos y proyectos de las tecnologĆ­as de la informaciĆ³n [TICs] coordinados, controlados, documentados y respaldados por registros que evidencien su ejecuciĆ³n.
  3. EstĆ”ndares, metodologĆ­as, arquitecturas, tecnologĆ­as, e infraestructura de tecnologĆ­as adecuados a, las necesidades de la instituciĆ³n, a tendencias tecnolĆ³gicas, a buenas prĆ”cticas y a disposiciones gubernamentales.
  4. PolĆ­ticas y normativas para el uso de las tecnologĆ­as de la informaciĆ³n (TICs) implementadas y controladas,

98 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

5. Informes de mediciĆ³n, anĆ”lisis y mejora del desempeƱo de los procesos, de la ejecuciĆ³n de los proyectos y los acuerdos de niveles de servicios informĆ”ticos establecidos,

3.2.3.3.2.2. Desarrollo de Sistemas InformƔticos:

  1. Aplicaciones y sistemas informƔticos desarrollados para mejorar procesos institucionales.
  2. Aplicativos, sistemas y servicios informƔticos disponibles acorde a las niveles de servicio.
  3. Manuales e instructivos de entrena miento, instalaciĆ³n, configuraciĆ³n, usuario, administraciĆ³n y paso a producciĆ³n de las aplicaciones y sistemas.
  4. EstĆ”ndares, metodologĆ­as, arquitecturas, tecnologĆ­as, e infraestructura de tecnologĆ­as adecuados a las necesidades de la InstituciĆ³n, a tendencias tecnolĆ³gicas, a buenas prĆ”cticas y a disposiciones gubernamentales.

3.2.3.3.2.3. GestiĆ³n de Infraestructura y Operaciones:

  1. Servicios de tecnologĆ­a de la informaciĆ³n y comunicaciĆ³n y segundad informĆ”tica operativos.
  2. Flanes y Registros de: instalaciĆ³n,, configuraciĆ³n, administraciĆ³n, mantenimiento y monitoreo de los equipos, aplicaciones y servicios.
  3. Mecanismos de seguridad para garantizar la integridad, confidencialidad y autenticidad de la informaciĆ³n al momento de consumir los servicios web publicados por el CES.
  4. Respaldos de informaciĆ³n.

3.2.3.3.2.4. GestiĆ³n de Soporte TĆ©cnico:

  1. Reportes e informes de la mesa de servicios de incidentes y problemas atendidos.
  2. Soporte tƩcnico informƔtico otorgado con calidad,
  3. Inventario y documentaciĆ³n de equipos, aplicaciones y servicios operativos a nivel nacional.
  4. DocumentaciĆ³n de conocimiento de soluciĆ³n de incidentes y problemas atendidos en la mesa de servicios.

3.2.3.3.2.5. GestiĆ³n de Seguridad de la InformaciĆ³n:

I. Informes de anĆ”lisis de riesgos y vulnerabilidades de seguridad de la informaciĆ³n.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 99

2. Sistema de seguridad de la informaciĆ³n, basado en las normas tĆ©cnicas ecuatorianas emitidas por el INEN y en estĆ”ndares internacionales.

3. PolĆ­ticas de Seguridad InformĆ”tica. 3.2.3.3.2.6. GestiĆ³n de la Interoperabilidad:

  1. Modelos de integraciĆ³n de sistemas.
  2. Sistemas y aplicaciones desarrollados para Interoperar con otros sistemas intergubernamentales.
  1. Servicios web de acuerdo a estĆ”ndares reconocidos que permitan la fĆ”cil y rĆ”pida integraciĆ³n e intercambio de informaciĆ³n entre sistemas gubernamentales.
  2. Manuales tĆ©cnicos y de usuario sobre la integraciĆ³n con los servicios web ofrecidos por parte del CES para el consumo de informaciĆ³n por otras entidades.
  3. Sistemas de informaciĆ³n altamente escalables que permita la interacciĆ³n entre sistemas propios y ajenos al CES.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- La estructura bĆ”sica, productos y servicios que se gestionen en las unidades administrativas del Consejo de EducaciĆ³n Superior (CIiS), se sustenta en la misiĆ³n y en el portafolio de productos establecidos’ en el Estatuto OrgĆ”nico por Procesos de cada una de las unidades administrativas, tanto de los procesos Habilitantes de AsesorĆ­a y Apoyo, como en los Procesos Agregadores de Valor,

SEGUNDA.- El portafolio de productos y servicios determinados en el presente Estatuto podrĆ” ser reformado (incorporar, fusionar o transferir) conforme se ejecute el proceso de implementaciĆ³n de la nueva Estructura OrgĆ”nica, medĆ­ante acto resolutivo interno.

TERCERA.- Los funcionarios y servidores del CES, tienen la obligaciĆ³n de sujetarse a la jerarquĆ­a establecida en la estructura orgĆ”nica por procesos, asĆ­ como al cumplimiento de las normas, atribuciones, responsabilidades, productos y servicios, determinados en el presente Estatuto, su inobservancia serĆ” sancionada de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.

CUARTA.- Para los efectos de aplicaciĆ³n del Estatuto OrgĆ”nico por Procesos del CES, utilĆ­cese y tĆ©ngase como tal el concepto de las siguientes acepciones.

100 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

SIGLAS UTILIZADAS:

SIGLAS

DESCRIPCIƓN

CDES

Centro Documental de la EducaciĆ³n Superior

CEAACES

Consejo de Evaluados, AcreditaciĆ³n y Aseguramiento de la Calidad de la EducaciĆ³n Superior

CELAC

Comunidad de listados Latinoamericanos

CES

Consejo de EducaciĆ³n Superior

e-SIGEF

Sistema Integrado de GestiĆ³n Financiera

e-SIPREN

Sistema Presupuestario de Remuneraciones y NĆ³mina

FOPEDEUPO

Fondo de Desarrollo de Universidades y PolitƩcnicas

GAD’s

Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados

GPR

Gobierno por Resultados

IES

Instituciones de EducaciĆ³n Superior

IESS

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

LOES

Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior

OEI

OrganizaciĆ³n de Estados Iberoamericanos

ONCs

Organismos no Gubernamentales

PAC

Plan Anual de Contrataciones

PAI

Plan Anual da Inversiones

PAPP

Plan Anual de la PolĆ­tica PĆŗblica

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 101

PND

Plan Nacional de Desarrollo

POA

Plan Operativo Anual.

PPPP

Plan Plurianual de la PolĆ­tica Publica

SENESCYT

SecretarĆ­a Nacional de EducaciĆ³n Superior Ciencia y TecnologĆ­a

SENPLANDES

Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo

SERCOP

Servicio Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica

SES

Sistema de EducaciĆ³n Superior

SCD

Sistema de GestiĆ³n Documental

SITH

Sistema Integrado de Talento Humano

SNIESE

.Sistema Nacional de InformaciĆ³n dĆ©la EducaciĆ³n Superior

SPRYN

Subsistema Presupuestario de Remuneraciones y NĆ³mina

SRI

Servicio de Rentas Internas

SUMAK KAWSAY

Buen Vivir

T.l.

TecnologĆ­as de informaciĆ³n

TDRs

TĆ©rminos de Referencia

TICS

TecnologĆ­as de InformaciĆ³n y ComunicaciĆ³n

UATH

Unidad de AdministraciĆ³n del Talento Humano

UNASUR

UniĆ³n de Naciones Suramericanas

UNESCO – IELSAC

OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas para la EducaciĆ³n, la Ciencia y Cultura la

102 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

DISPOSICIƓN DEROGATORIA

ƚNICA.- DerĆ³guese la ResoluciĆ³n RPC-SO-06-NĀ° 027-2012, de 08 de febrero de 2012, asĆ­ como todas las disposiciones legales que contravengan al presente Estatuto OrgĆ”nico por Procesos del Consejo de EducaciĆ³n Superior.

DISPOSICIƓN FINAL

La presente ResoluciĆ³n entrarĆ” en vigencia a partir de su aprobaciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en la Gaceta Oficial del Consejo de -EducaciĆ³n Superior.

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., al primer (01) dĆ­a del mes de junio de 2016, en la VigĆ©sima Primera SesiĆ³n Ordinaria del Pleno del CES, del aƱo en curso.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 103

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ARCHIVOS DEL CES

104 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

RPC-SO-12-No,193-2016

EL CONSEJO DE EDUCACIƓN SUPERIOR

Considerando:

Que, el artĆ­culo 353 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece: Ā«El sistema de educaciĆ³n superior se regirĆ” por: 1. Un organismo pĆŗblico de planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n interna del sistema y de la relaciĆ³n entre sus distintos actores con la FunciĆ³n Ejecutiva (…)Ā»;

Que, el artĆ­culo 166 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior (LOES), dispone: Ā«El Consejo de EducaciĆ³n Superior es el organismo de derecho pĆŗblico con personerĆ­a jurĆ­dica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n interna del Sistema de EducaciĆ³n Superior, y la relaciĆ³n entre sus distintos actores con la FunciĆ³n Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana (…)Ā»;

Que, el artĆ­culo 169, literal u) de la LOES, determina que es atribuciĆ³n y deber del Consejo de EducaciĆ³n Superior (CES): Ā«u] Aprobar la normativa reglamentaria necesaria para el ejercicio ele sus competenciasĀ»;

Que, el artĆ­culo 4 de la Ley del Sistema de Registro de Datos PĆŗblicos, seƱala: Ā«Las instituciones del sector pĆŗblico y privado y las personas naturales que actualmente o en et futuro administren bases o registros de datos pĆŗblicos, son responsables de la integridad, protecciĆ³n y control de los registros y bases de datos a su cargo. Dichas instituciones responderĆ”n por la veracidad, autenticidad, custodia y debida conservaciĆ³n de los registros. La responsabilidad sobre la veracidad y autenticidad de los datos registrados, es exclusiva de la o el declarante cuando esta o este provee toda la informaciĆ³nĀ»;

Que, el artĆ­culo 1 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos, manifiesta: Ā«Constituye Patrimonio del Estado la documentaciĆ³n bĆ”sica que actualmente existe o que en adelante se produjere en los archivos de todas las Instituciones de los sectores pĆŗblicos, y privado, asĆ­ como la de personas particulares, que sean calificadas como tal Patrimonio por el ComitĆ© Ejecutivo previsto en el Art. 9 de esta Ley, y que sirva de fuente para estudios histĆ³ricos, econĆ³micos, sociales, jurĆ­dicos y de cualquier Ć­ndole (…)Ā»;

Que, el artĆ­culo 6, numeral 6.1. del Estatuto OrgĆ”nico por Procesos del CES, indica: Ā«El Consejo de EducaciĆ³n Superior define la misiĆ³n, visiĆ³n, objetivos estratĆ©gicos principales y estructura organizacional por procesos que permitan fundamentar, direccionar y posicionar el desarrollo institucional. 6.1.- MisiĆ³n: El Consejo de EducaciĆ³n Superior, como uno de los dos organismos que rigen el sistema, tiene como misiĆ³n la planificaciĆ³n, regulaciĆ³n y coordinaciĆ³n interna del Sistema de EducaciĆ³n Superior del Ecuador, y la relaciĆ³n entre sus distintos actores con la FunciĆ³n Ejecutiva y la sociedad ecuatorianaĀ»;

Que, el artĆ­culo 7, numeral 7.2.1, literal n) del referido Estatuto, seƱala: Ā«SerĆ”n atribuciones y responsabilidades de las diferentes unidades del Consejo de EducaciĆ³n Superior: (…) n) Velar por la conservaciĆ³n y seguridad de los archivos del Consejo de EducaciĆ³n SuperiorĀ»;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 105

Que, el artĆ­culo 36, literal h) del Reglamento Interno del CES determina que son responsabilidades de la Secretaria o Secretario General de este Organismo: Ā«h) velar por la conservaciĆ³n y seguridad de los archivos del CESĀ»;

Que, mediante Memorando CES-CPUE-2016-0230-M. de 23 de marzo de 2016, la ComisiĆ³n Permanente de Universidades y Escuelas PolitĆ©cnicas del CES presentĆ³, al Pleno de este Organismo el proyecto de Reglamento del Sistema de Archivos del Consejo de EducaciĆ³n Superior, presentado por la SecretarĆ­a General de este Consejo de Estado;

Que, a travĆ©s de ResoluciĆ³n PRES-CES-No.029-20I6, de 29 de marzo de 2016, se designĆ³ al doctor Marcelo Cevallos Vallejos, Miembro AcadĆ©mico del CES, para que subrogue al Presidente de este Organismo durante el desarrollo de la DĆ©cima Segunda SesiĆ³n Ordinaria del Pleno de este Consejo de Estado, que se llevarĆ” a cabo el 30 de marzo de 2016; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior,

RESUELVE:

Expedir el siguiente:

Reglamento del Sistema de Archivos del Consejo de EducaciĆ³n Superior

TƍTULO I

ƁMBITO, OBJETO Y DEFINICIONES

CAPƍTULO I ƁMBITO Y OBJETO

ArtĆ­culo 1.- Ɓmbito.- El presente Reglamento es de aplicaciĆ³n obligatoria para todas las comisiones, coordinaciones, direcciones, y demĆ”s unidades administrativas que integran el Consejo de EducaciĆ³n Superior (CES).

De igual manera, la regulaciĆ³n alcanza los acervos documentales relativos a la educaciĆ³n superior que estĆ”n bajo custodia del CES, tales como los del Consejo Nacional de Universidades y Escuelas PolitĆ©cnicas [CONUEP) y Consejo Nacional de EducaciĆ³n Superior (CONESUP); y los que en adelante se produjeren,

ArtĆ­culo 2.- Objeto.- El objeto de este Reglamento es regular el funcionamiento de las diferentes unidades de informaciĆ³n que conforman el Sistema de Archivos del CES; tales como Archivos de GestiĆ³n, Archivo Central y el Archivo HistĆ³rico.

Este Reglamento ademĆ”s garantiza la gestiĆ³n, integridad, conservaciĆ³n, seguridad, disponibilidad y accesibilidad de los documentos pĆŗblicos y privados, relativos a la educaciĆ³n superior, en soporte fĆ­sico, digital o electrĆ³nico, que se reciban o se generen, en el cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades del CES, los cuales serĆ”n conservados en Archivos de GestiĆ³n, Central o HistĆ³rico segĆŗn se designe por la valoraciĆ³n y conservaciĆ³n temporal o permanente, establecidos en los instrumentos archivĆ­sticos de la instituciĆ³n.

106 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

CAPƍTULO II DEFINICIONES

ArtĆ­culo 3.- A efectos de comprensiĆ³n de los conceptos abordados en el presente Reglamento, se entenderĆ” por:

  1. Archivo: Espacio donde se clasifican, ordenan, describen y conservan los documentos producidos y recibidos por una instituciĆ³n en el desarrollo de sus actividades y que segĆŗn su funciĆ³n pueden ser de GestiĆ³n, Central o HistĆ³rico, y que se pueden resguardaren diferentes soportes y formatos.
  2. Archivo de GestiĆ³n: Comprende toda la documentaciĆ³n de continua utilizaciĆ³n y consulta por parte de las unidades administrativas u otras que la soliciten. Su circulaciĆ³n o trĆ”mite se realiza para dar respuesta o soluciĆ³n a procesos o trĆ”mites iniciados. Adicionalmente, se entiende por Archivo de GestiĆ³n todos los archivos donde se resguardan los documentos en su fase activa (1 a 5 aƱos, productos de procesos administrativos],

c) Archivo Central: Es la unidad que custodia y administra la documentaciĆ³n

procedente de las distintas unidades administrativas, una vez que esta documentaciĆ³n ha finalizado su gestiĆ³n administrativa, pero que conserva todavĆ­a validez legal y puede ser requerida tanto por personas naturales como jurĆ­dicas a efectos de verificaciĆ³n, acciones de habeas data o en el ejercicio del derecho de acceso a la informaciĆ³n pĆŗblica.

d) Archivo HistĆ³rico: Es la unidad que resguarda la documentaciĆ³n que ha sido seleccionada para su conservaciĆ³n permanente, que por sus caracterĆ­sticas y contenido lian perdido su valor primario (administrativo, jurĆ­dico o legal, fiscal. contable) y poseen un valor secundario (cientĆ­fico, cultural o histĆ³rico].

e) Documento: Un documento de archivo es el testimonio material de un hecho o acto realizado en el ejercicio de sus funciones por personas naturales o jurĆ­dicas, exceptuando las obras de creaciĆ³n literaria, cientĆ­fica o tĆ©cnica editadas, que forman parte del patrimonio bibliogrĆ”fico.

f) Acervo Documental: El acervo documental institucional, estarĆ” conformado por todos aquellos documentos que se hayan generado y se generen o reciban por parte de:

i. Las comisiones, coordinaciones, direcciones, y demƔs unidades administrativas del CES.

ii. Los del Consejo Nacional de Universidades y Escuelas PolitĆ©cnicas (CONUEP) y Consejo Nacional de EducaciĆ³n Superior (CONESUP).

iii. Las instituciones de educaciĆ³n superior suspendidas definitivamente por el Consejo de EvaluaciĆ³n, AcreditaciĆ³n y Aseguramiento de la Calidad de la EducaciĆ³n Superior (CEAACES) y extintas por Ley o Decreto Ejecutivo, segĆŗn corresponda.

iv. Las personas naturales o jurĆ­dicas, ajenas al CES que hagan una donaciĆ³n o venta expresa de documentos.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 107

g) Fondo: Es el conjunto de documentos, con Independencia de su tipo y soporte documental, producidos y/o acumulados por la instituciĆ³n, con cuyo nombre se identifica. Existen dos [2) tipos de fondos: abiertos y cerrados,

i. Fondo abierto: Pertenecen a las instituciones que se encuentran en pleno

ejercicio de sus funciones y son susceptibles a crecimiento documental como parte de los procesos administrativos y transferencias primarias, ii. Fondo cerrado: Corresponden a la producciĆ³n documental de instituciones extintas o de Ć”reas que han cesado en el ejercicio de sus fundones y no producirĆ”n nueva documentaciĆ³n bajo la custodia de la instituciĆ³n.

h) Agrupaciones documentales del Fondo; Son secciones, sub secciones y series en las que se agrupan los documentos, basados en los dos [2] principios bƔsicos de la archivƭstica; el principio de procedencia y el orden original de los documentos. De la mƔs general hasta la particular se denominan:

i. SecciĆ³n: DivisiĆ³n primaria del fondo documental de la instituciĆ³n, que atiende a las unidades administrativas de mayor jerarquĆ­a, con las funciones y atribuciones definidas claramente en el Reglamento Interno y en el Estatuto OrgĆ”nico General por Procesos del CES.

ii. SubsecciĆ³n; DivisiĆ³n de la secciĆ³n en razĆ³n de la funciĆ³n que desempeƱa la unidad administrativa en la producciĆ³n documental con identidad definida.

iii. Serie: Conjunto de documentos de las subsecciones producidos en el desarrollo de una misma competencia y regulado por igual norma de procedimiento, como resultado de una misma actividad. Las series a su vez pueden dividirse en sub series.

i) TipologĆ­a Documental: Es la caracterĆ­stica o atributo de un documento que se origina de una actividad administrativa, La TipologĆ­a Documental puede ser;

i. Unidad documental simple: Es la unidad archivƭstica mƔs pequeƱa e indivisible.

ii. Unidad documental compuesta: Es la agrupaciĆ³n de diferentes documentos que estĆ”n relacionados entre sĆ­ por tema o asunto.

j) Expediente: Es la unidad documental compuesta y corresponde a un conjunto ordenado de documentos sobre un mismo asunto. En el archivo del CES se diferencian:

i. Expediente administrativo: Conjunto de documentos generados orgĆ”nica y Funcionalmente en una unidad administrativa para la resoluciĆ³n de un asunto; los expedientes se forman a medida que suceden los trĆ”mites, por lo que se respeta el orden natural de los documentos dentro del expediente, es decir, se ordenan de forma cronolĆ³gica ascendente.

ii. Expediente informativo: Conjunto de documentos que cumplen una funciĆ³n exclusivamente informativa.

k) ValoraciĆ³n documental: Es la selecciĆ³n de los documentos segĆŗn su origen y contenido, que permitirĆ” establecer los plazos de conservaciĆ³n de la documentaciĆ³n. Los valores pueden ser primarios o secundarios.

108 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

i. Valor primario: Es el valor de importancia inmediata por la cual se originĆ³ el documento, que puede ser de carĆ”cter administrativo* jurĆ­dico o legal, fiscal y contable.

ii. Valor secundario: Es el valor que obedece a otras motivaciones que no son la propia finalidad del documento, tales como el valor histĆ³rico, cientĆ­fico o cultural.

I] Ciclo de vida de los documentos: Corresponde a las fases por las que sucesivamente pasan los documentos desde su producciĆ³n o recepciĆ³n en una dependencia, hasta la determinaciĆ³n de sĆ¼ destino Ʊnal, que puede ser baja documenta] o conservaciĆ³n permanente en el Archivo HistĆ³rico,

Se establecen tres (3) fases en la evoluciĆ³n documental; activa, semi activa e inactiva. En cada fase, el documento tiene una valoraciĆ³n y perĆ­odo de permanencia.

i. Fase activa: Es la fase de creaciĆ³n o recepciĆ³n del documento en una unidad administrativa como resultado del desarrollo de las competencias que le son propias y termina con el fin del perĆ­odo de vigencia administrativa. La fase activa de los documentos puede variar entre uno [1] a cinco (5] aƱos segĆŗn el perĆ­odo de vigencia administrativa.

ii. Fase semi-activa: Es la fase en la que finaliza la vigencia administrativa del documento, los valores primarios desaparecen y aparece progresivamente el valor secundario. La fase semi-activa de los, documentos puede variar entre tres (3] y seis (6) aƱos.

iii. Fase Inactiva: Es la fase en la que los documentos adquieren un valor secundario, han perdido su vigencia y han cumplido los plazos de conservaciĆ³n. Aquella documentaciĆ³n que por su contenido y forma tienen un valor histĆ³rico y su conservaciĆ³n debe ser permanente, serĆ”n resguardados en el Archivo HistĆ³rico de la instituciĆ³n.

m) GestiĆ³n documental: Son los procesos integrales relacionados con la gestiĆ³n de documentos en las unidades administrativas, cualquiera que sea su soporte; para garantizar su integralidad, autenticidad, fiabilidad y disponibilidad de la informaciĆ³n dentro de la instituciĆ³n,

n) Procedimiento de archivo: Es el conjunto de acciones u operaciones que se realiza durante el ciclo de vida de los documentos, tales como producciĆ³n, clasificaciĆ³n, ordenaciĆ³n, organizaciĆ³n, distribuciĆ³n, consulta, valoraciĆ³n, preservaciĆ³n, conservaciĆ³n y expurgo de los documentos, teniendo en cuenta los principios de procedencia y orden original.

d) Tabla de RetenciĆ³n Documental; Es un instrumento que establece los plazos de conservaciĆ³n y de transferencia primaria de una serie documental. Los plazos serĆ”n establecidos por tipologĆ­a documental, valor primario y secundario, segĆŗn dichos valores se establecerĆ” el tiempo que deberĆ” permanecer la documentaciĆ³n en cada nivel de archivo.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 109

TƍTULO ll SISTEMA DE ARCHIVOS DEL CES

CAPƍTULO I ESTRUCTURA E INTEGRANTES DEL SISTEMA DE ARCHIVOS DEL CES

ArtĆ­culo 4.- Sistema de Archivos del CES.- el Sistema de Archivos del CES se estructurarĆ” mediante las etapas del ciclo de vida del documento en Archivos de GestiĆ³n, Archivo Central y Archivo HistĆ³rico, garantizando la conservaciĆ³n, tratamiento y difusiĆ³n del acervo documental, cualquiera que sea su soporte y Ć©poca de producciĆ³n o recepciĆ³n, mediante los mĆ©todos y procedimientos definidos por el presente Reglamento, asĆ­ como los instructivos que desarrolle la Unidad de Archivo del CES, adscrita a la SecretarĆ­a General de este Organismo.

ArtĆ­culo 5,- Archivos de GestiĆ³n del CES.- Integran los Archivos de GestiĆ³n los documentos producidos o recibidos en la etapa activa del documento, y existentes en los archivos de las distintas unidades administrativas del CES, Su circulaciĆ³n o trĆ”mite se realizarĆ” para dar respuesta o soluciĆ³n a los asuntos indicados.

La conservaciĆ³n y custodia de los documentos serĆ” responsabilidad de un servidor de cada unidad administrativa del CES.

ArtĆ­culo 6.- Archivo Central del CES.- El Archivo Central del CES estĆ” integrado por los documentos que han sido transferidos desde los Archivos de GestiĆ³n, que se encuentran en una Fase semi-activa y que han finalizado la fase administrativa, pero pueden ser consultados periĆ³dicamente.

Es responsabilidad del Archivo Central custodiar y procesar tĆ©cnicamente los documentos que han recibido en custodia, para proceder al expurgo o conservaciĆ³n de los documentos en esta fase se precisarĆ” de la autorizaciĆ³n del ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo.

El Archivo Central estarĆ” bajo la responsabilidad de la SecretarĆ­a General del CES.

ArtĆ­culo 7,- Archivo HistĆ³rico del CES.- El Archivo HistĆ³rico estarĆ” integrado por los documentos en fase inactiva, y que contienen valor secundario y serĆ”n conservados de forma permanente segĆŗn lo establecido en la Tabla de RetenciĆ³n Documental y el ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo.

El Archivo HistĆ³rico estarĆ” bajo la responsabilidad de la SecretarĆ­a General del CES.

ArtĆ­culo 8.- Integrantes– Integran el Sistema de Archivos del CES:

a) La Unidad de Archivo del CES, adscrita a la Secretaria General;

b} El ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo; y,

c) Los responsables de manejo documental de cada unidad administrativa.

110 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

CAPƍTULO II ACTIVIDADES Y FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE LOS ARCHIVOS

SECCIƓN I RESPONSABLES DE LOS ARCHIVOS DE GESTIƓN

ArtĆ­culo 9.- Responsables de Archivos de GestiĆ³n.- En cada unidad administrativa del CES se designarĆ” a un servidor quesera responsable del procesamiento documental.

ArtĆ­culo 10.- Actividades de los responsables de los Archivos de GestiĆ³n.- Los responsables de los Archivos de GestiĆ³n son los encargados de generar, recibir y registrar la documentaciĆ³n de las unidades administrativas correspondientes del CES. En este nivel se procesarĆ”n y resguardarĆ”n los documentos activos de la instituciĆ³n.

DeberƔn cumplir las siguientes actividades:

  1. Registrar en el software de correspondencia la documentaciĆ³n enviada y recibida en la unidad administrativa;
  2. Clasificar, ordenar y organizar la documentaciĆ³n de archivo segĆŗn el instructivo desarrollado para el efecto;
  3. Realizar la apertura de expedientes previa revisiĆ³n del inventario a fin de evitar la duplicidad de los mismos;
  4. Inventariar y mantener actualizada la data de los documentos:
  5. Atender solicitudes de copias y digitalizaciĆ³n de documentos:
  6. Custodiar la documentaciĆ³n durante la fase activa;
  7. Elaborar estadƭsticas de ingreso, salida, solicitudes y prƩstamos de documentos;
  8. Cumplir con las polĆ­ticas y directrices especĆ­ficas en materia archivĆ­stica dispuestas en este Reglamento e instructivo de archivo del CES;
  9. Realizar las transferencias primarias al Archivo Central del CES, de acuerdo al calendario establecido;
  10. Evitar la acumulaciĆ³n excesiva de documentaciĆ³n realizando, de manera oportuna, los procesos de expurgo de borradores y copias; asĆ­ como la transferencia oportuna de la documentaciĆ³n;
  11. Otorgar prƩstamos de expedientes al personal autorizado, mediante los mecanismos establecidos en el presente Reglamento y de conformidad con las disposiciones jurƭdicas aplicables;
  12. Asistir a las capacitaciones periĆ³dicas para la socializaciĆ³n en temas de gestiĆ³n de documentos, manejo de archivos, reglamentos, normas y legislaciĆ³n vigente; y,
  13. Cualquier otra funciĆ³n que implique organizaciĆ³n y tratamiento de documentaciĆ³n.

SECCIƓN II

RESPONSABLES DEL ARCHIVO CENTRAL

ArtĆ­culo 11.- Responsable del Archivo Central,- La conservaciĆ³n y seguridad del Archivo Central del CES le corresponde al Secretario General de este Organismo, que nombrarĆ” al responsable del Archivo Central y al equipo tĆ©cnico de la Unidad de Archivo del CES,

ArtĆ­culo 12– Actividades del responsable del Archivo Central.- El responsable del Archivo Central del CES, desarrollarĆ” las siguientes actividades:

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 111

a} Establecer las polƭticas y directrices especƭficas en materia archivƭstica en el Ɣmbito institucional, conforme las disposiciones de este Reglamento y los demƔs el instructivos relacionados, emitidos por el CES;

  1. Asesorar a los responsables de los Archivos de GestiĆ³n respecta a los procesos tĆ©cnicos que deben aplicarse a la documentaciĆ³n, asĆ­ como el procedimiento para realizar las transferencias primarias al Archivo Central;
  2. Recibir, organizar, conservar y facilitar el acceso a la documentaciĆ³n;
  3. Inventariar, clasificar y ordenar la documentaciĆ³n;
  4. Digitalizar los documentos, que por su contenido han sido evaluados, para su conservaciĆ³n permanente;
  5. Elaborar los instrumentos de descripciĆ³n archivĆ­stica necesarios;
  6. Elaborar un cronograma anual de transferencias para los Archivos de GestiĆ³n del CES y recibir las transferencias primarias que realicen las unidades administrativas;
  7. Administrar el acervo documental bajo su resguardo empleando las metodologĆ­as archivĆ­sticas establecidas en las normas aplicables y tomando medidas para la adecuada conservaciĆ³n del acervo documental;
  8. Evitar la acumulaciĆ³n excesiva de documentaciĆ³n realizando, de manera oportuna, los procesos de valoraciĆ³n, transferencia y baja documental;
  9. Otorgar prƩstamos de expedientes al personal autorizado, mediante los mecanismos establecidos en et presente Reglamento y de conformidad con las disposiciones jurƭdicas aplicables;
  10. Reportar a los responsables de las dependencias cualquier incidente que pueda poner en riesgo la conservaciĆ³n de los archivos;
  11. Elaborar un plan de emergencia para casos de siniestro;
  12. Presentar los informes que le sean requeridos respecto al desarrollo de las actividades y el cumplimiento de sus programas;
  13. Planificar y evaluar la gestiĆ³n de la documentaciĆ³n administrativa e histĆ³rica del CES;
  14. Proponer al ComitĆ© de CalificaciĆ³n. EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo, la transferencia de la documentaciĆ³n, los plazos de retenciĆ³n de los documentos, y la accesibilidad a los mismos;
  15. Proponer a la mĆ”xima autoridad del CES, a travĆ©s de la SecretarĆ­a General, el establecimiento de convenios de colaboraciĆ³n interinstitucional;
  16. Solicitar la autorizaciĆ³n del ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo para la conservaciĆ³n o el expurgo de los documentos; y.
  17. Cualquier otra funciĆ³n que implique organizaciĆ³n y tratamiento de documentaciĆ³n.

Artƭculo 13,- De las funciones del equipo tƩcnico del Archivo Central.- El equipo tƩcnico del Archivo Central, tendrƔ las siguientes funciones:

a) Cumplir con la planificaciĆ³n de GestiĆ³n Documental del CES;

b) Elaborar informes de las actividades realizadas y proponer mejoras;

  1. Apoyar en los procesos de transferencias de la documentaciĆ³n desde los Archivos de GestiĆ³n del CES al Archivo Central del CES y controlar el cumplimiento de los instructivos;
  2. DiseƱar el Cuadro de ClasificaciĆ³n Documental, la Tabla de RetenciĆ³n Documental y demĆ”s instrumentos archivĆ­sticos;

e) Atender las consultas e informar al personal administrativo del CES;

f) Atender las consultas externas;

g) Apoyar en la elaboraciĆ³n del informe anual del Sistema de Archivos del CES;

112 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

h) Proponer a la Secretaria General del CES las directrices para el tratamiento tƩcnico

en el manejo documental; y,

i) Cualquier otra funciĆ³n que Secretaria General le encomiende.

CAPƍTULO I

COMITƉ DE CALIFICACIƓN, EVALUACIƓN, TRANSFERENCIA Y EXPURGO

ArtĆ­culo 14,- Del ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo.- El ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo de la documentaciĆ³n del CES, tiene como Finalidad el estudia y dictamen de las cuestiones relativas a la calificaciĆ³n y utilizaciĆ³n de los documentos del CES.

El ComitĆ© aprobarĆ” las propuestas de transferencias y la posible eliminaciĆ³n de las series documentales que genere el CES.

ArtĆ­culo 15.- ConformaciĆ³n del ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo.- El ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo del CES, estarĆ” conformado permanentemente por:

  1. El Secretario General del CES o su delegado, quien lo presidirĆ”;
  2. Los Presidentes de las Comisiones Permanentes del CES, o sus delegados; y,
  3. El Procurador del CES, o su delegado,

Los delegados al ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurga, deberĆ”n ser conocedores sobre la documentaciĆ³n que produce y recibe su dependencia, ademĆ”s tener poder de decisiĆ³n para la eliminaciĆ³n o conservaciĆ³n de series documentales.

De considerarlo pertinente, y dependiendo del tema a tratarse, podrƔn ser convocados para integrar el referido ComitƩ;

  1. Los Presidentes de las Comisiones Ocasionales, o sus delegados.
  2. Los representantes de las Coordinaciones, Direcciones y demƔs unidades administrativas del CES o sus delegados.

ArtĆ­culo 16.- Funciones del ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurga.- El ComitĆ© serĆ” el encargado de analizar y aprobar, en su caso, la propuesta de Cuadro de ClasificaciĆ³n Documental y la Tabla de RetenciĆ³n Documental que serĆ”n presentadas por el responsable del Archivo Central; asĆ­ como aprobar los inventarios seleccionados para procederĆ” la eliminaciĆ³n de los documentos que ha perdido su valor primario y que no poseen valor secundario para conservaciĆ³n permanente. El ComitĆ© sesionarĆ” de forma ordinaria cada dos meses y de forma extraordinaria cuando uno de los miembros lo solicite.

ArtĆ­culo 17.- Quorum del ComitĆ© y designaciĆ³n del Secretario/a.- El Quorum del ComitĆ© se conformarĆ” con mĆ”s de la mitad de los miembros convocados para cada SesiĆ³n.

El Secretario General del CES designarĆ” a im tĆ©cnico de la Unidad de Archivo del CES como Secretario del ComitĆ©, quien llevarĆ” la agenda del dĆ­a con los instrumentos archivĆ­sticos a evaluar y los inventarios propuestos para la eliminaciĆ³n, segĆŗn el procedimiento definido en el instructivo.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 113

TƍTULO III

TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIƓN

CAPƍTULO I DE LA TRANSFERENCIA DE LA DOCUMENTACIƓN

ArtĆ­culo 18,- De la transferencia. – Las transferencias de los expedientes de los Archivos de GestiĆ³n al Archivo Central, estarĆ”n a cargo de las comisiones, coordinaciones, direcciones, y demĆ”s unidades administrativas del CES, de acuerdo con los perĆ­odos de conservaciĆ³n seƱalados en la Tabla de RetenciĆ³n Documental aprobada por el ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo.

Los documentos, objeto de transferencias deberĆ”n ser originales o copias Ćŗnicas, organizados de acuerdo al Cuadro de ClasificaciĆ³n Documental del CES,

Las transferencias procedentes de las comisiones, coordinaciones, direcciones, y demƔs unidades administrativas del CES, se realizarƔn de forma anual, y se formalizarƔn de acuerdo con las directrices establecidas por el Archivo Central

El Archivo Central podrĆ” rechazar aquellos envĆ­os que no cumplan los requisitos seƱalados y solicitarĆ” una nueva remisiĆ³n.

En caso de ingreso de documentaciĆ³n por transferencia extraordinaria [donaciĆ³n, legado, o depĆ³sito) el Secretario General de CES formalizarĆ” la recepciĆ³n.

ArtĆ­culo 19,- De la clasificaciĆ³n y organizaciĆ³n de los documentos,- El tratamiento tĆ©cnico de los Archivos de GestiĆ³n seguirĆ” las directrices dadas por el Archivo Central y la responsabilidad serĆ” del encargado de las comisiones, coordinaciones, direcciones y demĆ”s unidades administrativas del CES.

El Acervo Documental del CES se organiza desde los Archivos de GestiĆ³n, de acuerdo con el Cuadro de ClasificaciĆ³n Documental, que permite la recuperaciĆ³n de la informaciĆ³n en todo el CES y a lo largo del ciclo documental.

El Cuadro de ClasificaciĆ³n Documental es un instrumento bĆ”sico para la gestiĆ³n documental y archivo, elaborado por el responsable del Archivo Central y serĆ” utilizado por todas los responsables de manejo documental de cada unidad administrativa.

ArtĆ­culo 20.- De la descripciĆ³n documental.- La descripciĆ³n documental se realizarĆ” con el fin de identificar, gestionar, localizar y explicar los documentos de archivo, asĆ­ como para darles contexto en el sistema institucional que los ha producido, La descripciĆ³n es fundamental para facilitar la localizaciĆ³n y consulta de los expedientes-

Como resultado de la descripciĆ³n documental, las distintas unidades administrativas generarĆ”n la respectiva guĆ­a de archivos y los inventarios documentales, acorde a lo dispuesto por el responsable del Archivo Central del CES, quien establecerĆ” los campos descriptivos que contendrĆ”n dichos inventarios.

ArtĆ­culo 21.- De la selecciĆ³n y valoraciĆ³n documental.- Para la selecciĆ³n documental, se elaborarĆ” la Tabla de RetenciĆ³n Documental en la que se registrarĆ”n los valores primarios y secundarios, los plazos de conservaciĆ³n, las condiciones de acceso (clasificaciĆ³n de reserva o confidencialidad), el destino final y la tĆ©cnica de selecciĆ³n para

114 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

cada una de las serĆ­es documentales del cuadro, tomando en cuenta las Normas ISAD (G) y los requerimientos institucionales.

Los plazos de conservaciĆ³n que se establezcan en la Tabla RetenciĆ³n Documental, se contarĆ”n a partir de la conclusiĆ³n o cierre del asunto de los expedientes, y en su caso de la fecha en que sean desclasificados los expedientes que hubieren sido reservados conforme a lo establecido en la Ley OrgĆ”nica de Transparencia y Acceso a la InformaciĆ³n PĆŗblica,

Todas las comisiones, coordinaciones, direcciones y demĆ”s unidades administrativas del CES, estĆ”n obligadas a utilizar la Tabla de RetenciĆ³n Documental como herramienta tĆ©cnica para la gestiĆ³n, conservaciĆ³n, transferencias primaria y final, asĆ­ como para la disposiciĆ³n final de los expedientes.

Las unidades administrativas del CES podrĆ”n establecer los criterios especĆ­ficos para la selecciĆ³n por muestreo de los expedientes que se consideren con valor permanente, de acuerdo a las caracterĆ­sticas particulares de la instituciĆ³n y a la tipologĆ­a documental que emana de sus Funciones, Los criterios especĆ­ficos que sean aprobados por la dependencia, deberĆ”n remitirse para su conocimiento a la SecretarĆ­a General del CES.

Los criterios para realizar la valoraciĆ³n documental se establecerĆ”n en el instructivo elaborado para el efecto.

ArtĆ­culo 22.- De la conservaciĆ³n y eliminaciĆ³n de los documentos.- Se prohĆ­be cualquier eliminaciĆ³n, total o parcial, de documentaciĆ³n que no haya sido acordada por el ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n Transferencia y Expurgo,

Se tomarĆ”n las medidas preventivas para garantizar la perdurabilidad de toda la documentaciĆ³n mediante la utilizaciĆ³n de unidades de conservaciĆ³n apropiadas y manteniendo Ć³ptimas condiciones ambientales.

El responsable del Archivo Central, elaborarĆ” un plan de emergencia para actuar en caso de siniestro, asĆ­ como un plan de acciĆ³n de recuperaciĆ³n del material que se vea afectado luego de ocurrida la emergencia. De igual forma, elaborarĆ” un programa de documentos esenciales que garantizarĆ”n la seguridad frente a posibles desastres que pudieran poner en peligro la conservaciĆ³n de la documentaciĆ³n y la informaciĆ³n.

ArtĆ­culo 23.- De la preservaciĆ³n y salvaguarda de los documentos.-Los documentos de valor primario y secundario serĆ”n sometidos a limpieza documental periĆ³dicamente, a fin de disminuir riesgo de contaminaciĆ³n del material. Se retirarĆ”n los agentes nocivos que comprometan la vida Ćŗtil de los documentos y se utilizarĆ”n materiales que resguarden la integridad de los soportes documentales.

El Archivo Central dispondrĆ” de estanterĆ­as tratadas para el almacenamiento de documentos, asĆ­ como contenedores especiales de archivo y equipo necesario para el control de microclima y seguridad.

La documentaciĆ³n de carĆ”cter histĆ³rica se digitalizarĆ” como medida de preservaciĆ³n, poniendo a disposiciĆ³n en el software especializado la informaciĆ³n para estudios e investigaciĆ³n a fin de minimizar la manipulaciĆ³n de los documentos originales, los cuĆ”les serĆ”n prestados para consulta solo en casos necesarios para el estudio del documento o para verificar la autenticidad del material, asĆ­ como los sujetos a estudios paleogrĆ”ficos.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 115

ArtĆ­culo 24,- De la salud ocupacional.- La instituciĆ³n proveerĆ” al personal que labora en las Ć”reas de archivo el equipo requerido para resguardar su salud ocupacional en Ć©l desarrollo de sus actividades, los cuales serĆ”n de uso obligatorio,

TƍTULO IV

ACCESO Y RESTRICCIONES

CAPƍTULO I

DEL ACCESO A LA DOCUMENTACIƓN Y LOS SERVICIOS DEL ARCHIVO CENTRAL DEL

CES

ArtĆ­culo 25.- Acceso a la documentaciĆ³n,* Se entiende por acceso, la disponibilidad de los documentos para la consulta de los mismos, mediante el procedimiento administrativo que se establezca para este fin.

ArtĆ­culo 26.- Acceso pĆŗblico.- Es competencia del ComitĆ© de CalificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo del CES, proponer los tiempos a partir de los cuales las series documentales podrĆ”n ser de libre acceso pĆŗblico. Las limitaciones solo podrĆ”n establecerse en todo aquello que se relacione con la defensa de los intereses morales o materiales de terceros.

ArtĆ­culo 27,- RestricciĆ³n al acceso.- El responsable del Archivo Central podrĆ” restringir el acceso y la reproducciĆ³n de aquellos originales que, por la manipulaciĆ³n de las mismos, pueda poner en peligro su conservaciĆ³n, en atenciĆ³n a su antigĆ¼edad, calidad y estado del soporte original. En estos casos, el responsable propondrĆ” soluciones para satisfacer la demanda.

El acceso directo al depĆ³sito estĆ” reservado Ćŗnicamente al personal del Archivo Central.

Ante circunstancias extraordinarias, temporalmente podrƔn imponerse restricciones de consulta de fondos.

ArtĆ­culo 28.- Consulta e investigaciĆ³n.- El acceso a los documentos se realizarĆ” de manera gratuita en las instalaciones del Archivo Central del CES.

Para solicitar los documentos habrĆ” que Henar un formulario y seguir los procedimientos de consulta establecidos por el responsable del Archivo Central del CES, El usuario proporcionarĆ” los datos personales y la informaciĆ³n que el CES considere pertinente para abrir un registro de consulta.

Las personas que consulten el fondo documental del CES con fines investigativos, se comprometerƔn a entregar una copia de su trabajo realizado, el mismo que pasarƔ a ser parte del acervo documental institucional.

ArtĆ­culo 29,- Del prĆ©stamo.- Las comisiones, coordinaciones, direcciones, y demĆ”s unidades administrativas del CES, podrĆ”n obtener la documentaciĆ³n a travĆ©s de un prĆ©stamo. El servicio de prĆ©stamo de los documentos originales sĆ³lo se llevarĆ” a cabo en las dependencias del CES y a los servidores que sean jefes de las unidades administrativas.

La solicitud de prĆ©stamo se realizarĆ” a travĆ©s un formulario digital enviado al correo institucional del Archivo Central. El Archivo Central responderĆ” a la solicitud seƱalando la disponibilidad de la documentaciĆ³n, a fin de que los solicitantes consulten en sala o

116 – Martes 24 de julio de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 – Registro Oficial

retiren el material en la unidad de Archivo, el solicitante deberƔ firmar una ficha de prƩstamo donde se responsabiliza por los documentos que retira.

Mientras dure este prƩstamo, la unidad solicitante serƔ la responsable de la integridad del documento prestado.

Las unidades administrativas que solicitan en prĆ©stamo un documento estarĆ”n sometidas al procedimiento establecido para el efecto por el responsable del Archivo Central. En este sentido, la documentaciĆ³n prestada, no deberĆ” superar el tĆ©rmino de quince (15) dĆ­as, fuera del Archivo Central; de requerir un plazo adicional se deberĆ” realizar una renovaciĆ³n de prĆ©stamo. El Archivo Central podrĆ” reclamar por escrito los documentos en el caso de que no sean devueltos.

Para el uso de la documentaciĆ³n otras en actividades no descritas en el presente Reglamento, serĆ” necesaria la autorizaciĆ³n del ComitĆ© de ClasificaciĆ³n, EvaluaciĆ³n, Transferencia y Expurgo.

ArtĆ­culo 30.- ReprografĆ­a.- Se entiende por reprografĆ­a al conjunto de tĆ©cnicas y procedimientos de copias simples, copias certificadas, digitalizaciĆ³n o micro filmes de aplicaciĆ³n sobre los documentos custodiados,

Las solicitudes de reprografĆ­a se atenderĆ”n mediante la digitalizaciĆ³n o fotocopias que serĆ”n proporcionadas por el personal del Archivo Central. Las coplas certificadas serĆ”n autorizadas y expedidas por el Secretario General del CES.

SĆ³lo en casos excepcionales, el Secretario General del CES podrĆ” autorizar la salida de la documentaciĆ³n para su reproducciĆ³n, controlada en todo momento por el responsable de Archivo Central.

CAPƍTULO II

INFRACCIONES Y SANCIONES

ArtĆ­culo 31.- Responsabilidades.- En consideraciĆ³n a lo dispuesto en el artĆ­culo 36, literal h), del Reglamento Interno del CES, es responsabilidad del Secretario General de este Consejo de Estado la conservaciĆ³n y seguridad de los archivos custodiados.

El equipo tĆ©cnico del Archivo Central y los responsables del Archivo de GestiĆ³n de cada unidad administrativa serĆ”n responsables de cuidar la documentaciĆ³n e informaciĆ³n que, por razĆ³n de su empleo o cargo se encuentre bajo su custodia, por lo cual deberĆ” impedir o evitar su uso indebido, sustracciĆ³n, ocultamiento o inutilizaciĆ³n.

ArtĆ­culo 32.- Sanciones.- El Secretario General del CES informarĆ” al Pleno del CES el incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento para que se inicien las acciones correspondientes.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Las comisiones, coordinaciones, direcciones, y demĆ”s unidades administrativas del Consejo de EducaciĆ³n Superior (CES), promoverĆ”n que los procesos y procedimientos sean homogĆ©neas a efecto de que la informaciĆ³n contenida en los documentos de Archivo Central sea accesible y de fĆ”cil consulta.

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 497 Martes 24 de julio de 2018 – 117

SEGUNDA.- El CES, de acuerdo a su capacidad presupuestarĆ­a, contarĆ” con el talento humano suficiente y calificado para el desarrollo de las actividades de gestiĆ³n documental y archivo con los espacios fĆ­sicos, mobiliario, y los recursos tĆ©cnicos y tecnolĆ³gicos necesarios,

DISPOSICIƓN FINAL

La presente ResoluciĆ³n entrarĆ” en vigencia a partir de su aprobaciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en la Gaceta Oficial del Consejo de EducaciĆ³n Superior.

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., a los treinta (30) dĆ­as del mes de marzo de 2016, en la DĆ©cima Segunda SesiĆ³n Ordinaria del Pleno del CES, del aƱo en curso.