Registro Oficial No.06- Jueves 15 de agosto de 2019 Edición Constitucional - Derecho Ecuador
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Registro Oficial No.06- Jueves 15 de agosto de 2019 Edición Constitucional

Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Juevess 15 de agosto de 2019 (R. O06, 15–agosto -2019) Edición Constitucional

Año I – Nº 6

Quito, jueves 15 de agosto de 2019

SUMARIO:

Págs.

CORTE CONSTITUCIONAL

DEL ECUADOR

AUTOS:

1-10-RC/19 En el Caso N° 1-10-RC Dispónese el archivo del caso N° 0001-10-RC¿

11-18-CN/19 (Matrimonio igualitario) En el Caso N° 11- 18-CN Niéguese lo solicitado por el señor Carlos Arsenio Larco por improcedente

DICTÁMENES:

3-19-CP/19 En el Caso N° 3-19-CP Niéguese y archívese el pedido por improcedente

3-19-RC/19 En el Caso N° 3-19-RC

4-19-CP/19 En el Caso N° 4-19-CP Niéguese y archívese la solicitud de dictamen previo de constitucionalidad de la propuesta a consulta popular presentada por el ciudadano Fernando Balda Flores

4-19-EE/19 En el Caso N° 4-19-EE Evítese dictamen favorable de constitucionalidad a la renovación de declaratoria de estado de excepción contenida en el Decreto Ejecutivo N° 823

5-19-CP/19 En el Caso N° 4-19-CP Niéguese y archívese la solicitud de dictamen previo de constitucionalidad de consulta popular efectuado por el señor Manuel de Jesús Peñafiel Falconí, Presidente de la Fundación por el Desarrollo de los Pueblos y Nacionalidades Kicwas-Chonos-Cholos- Montubios y Afros del Litoral, COPIG

6-19-CP/19 En el Caso N° 6-19-CP Niéguese el pedido de dictamen previo de constitucionalidad de la propuesta de consulta popular, por cuanto no se ajusta a la Constitución ni a los requisitos legales

7-19-CP/19 En el Caso N° 7-19-CP Niéguese y archívese el petitorio de dictamen previo de constitucionalidad presentado por el

señor Alfonso López Jaramillo

2 – Jueves 15 de agosto de 2019 Edición Constitucional N° 6 – Registro Oficial

Págs.

8-19-CP/19 En el Caso N° 8-19-CP Niéguese y archívese la solicitud de dictamen previo de constitucionalidad de la propuesta de consulta popular presentada por el ciudadano Jorge Moreno Ordóñez

17-19-TI/19 En el Caso N° 17-19-TI Declárese que la “Denuncia del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR)”, es constitucional

20-19-TI/19 En el Caso N° 20-19-TI Sobre la necesidad de aprobación legislativa del “Convenio entre la República del Ecuador y Japón para eliminar la doble imposición con respecto a los impuestos sobre la renta y la prevención de la evasión e elusión tributaria

21-19-TI/19 En el Caso N° 21-19-TI Sobre la necesidad de aprobación legislativa del “Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo a la imposición de restricciones a la importación de categorías de materiales arqueológicos y etnológicos del Ecuador”

22-19-TI/19 En el Caso N° 22-19-TI Respecto a la necesidad de aprobación legislativa del “Acuerdo entre la República del Ecuador y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) sobre los Privilegios e Inmunidades de la OPAG

SENTENCIAS:

39-10-IS/19 En el Caso N° 39-10-IS Desestímese la acción de incumplimiento planteada por el señor Fausto Gilmar Gutiérrez Borbúa y otros

58-10-IS/19 En el Caso N° 58-10-IS Desestímese la acción de incumplimiento planteada por los miembros del Consejo de Generales de la Policía Nacional

58-12-IS/19 En el Caso N° 58-12-IS Desestímese la acción de incumplimiento planteada por el señor Washington Guido Terán Corella, Presidente de la Asociación de Transportistas Urbanos de Quevedo

5-13-IN/19 y acumulados (informe previo de la Contraloría) En el Caso N° 5-13-IN y acumulados (informe previo de la Contraloría) Declárese la inconstitucionalidad de la Resolución de 24 de febrero de 2010 de la Corte Nacional de Justicia, publicada en el Registro Oficial N° 154 de 19 de marzo de 2010 y del artículo 581 (3), inciso final, del Código Integral Penal

Págs

CASO:

0003-19-CN Providencia. Avóquese conocimiento del caso No. 0003-19 CN

Auto No. 1-10-RC/19

Juez constitucional ponente: Agustín Grijalva Jiménez

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