Información
Oficial de la República del Ecuador

Gobierno
Constitucional del Eco. Rafael Correa Delgado

FUENTE: Fiel
transcripción del contenido de la Edición: (R. O. 938, 6-febrero-2017)

Lunes, 6 de febrero
de 2017

SUMARIO

Secretaría
Nacional de la Administración Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1867 Legalícese
el viaje al exterior y otórguese licencia con cargo a vacaciones a las
siguientes personas:

María Gabriela
Rosero Moncayo, Ministra de Coordinación de Desarrollo Social

1869 Paola
Verenice Pabón Caranqui, Secretaria Nacional de Gestión de la Política

1873 Fausto
Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas

1874 Ledy Andrea
Zúñiga Rocha, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

1875 Javier
Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

Ministerio
Coordinador de la Política Económica:

MCPE-2016-016

Convalídese la
autorización que el Ministerio debía emitir por medio del informe previo
favorable a la CFN para la suscripción de contratos complementarios

MCPE-2016-017

Subróguense las
funciones de Coordinador General Jurídico a la doctora Lourdes Lucía Campuzano
Proaño, Asesor 2 del Despacho Ministerial

MCPE-2016-018

Deléguense
funciones al economista David Andrés Falconí Narváez, Subsecretario de
Planificación y Política Sectorial e Intersectorial

MCPE-2016-019

Subróguense las
funciones de Ministro, al Mgs. David Andrés Falconí Narváez, Subsecretario de
Planificación y Política Sectorial e Intersectorial

Ministerio del
Interior:

7913 Legalícese
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior del Dr. Carlos
Julio Machado Vallejo, Asesor 2 del Despacho Ministerial

791Legalícese la
comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del señor Luis
Varese Scotto, Asesor 2, del Despacho Ministerial y otros

Acuerdos

7915Establécense
los valores por recuperación de costos administrativos por emisión,
recaudación, administración, inspección y control de los establecimientos
sujetos al otorgamiento del permiso de funcionamiento por parte de las
intendencias generales de Policía

7933 Apruébese
la creación del ?Departamento de Análisis de Información del Delito – D.A.I.D?

7934 Deléguense
facultades a la doctora Diana Lucía Espinoza Valdez, Asesora de Despacho

Ministerios de
Transporte y Obras Públicas; de Minería y del Ambiente:

Acuerdos
Interministeriales

002 Emítense las
disposiciones para el uso de maquinaria y equipo pesado en la actividad minera
y transporte comercial de carga pesada de productos forestales

Ministerios de
Inclusión Económica y Social y del Interior:

7902 Dispónese
que el MIES traspase a título gratuito bajo donación y a perpetuidad a favor
del Ministerio del Interior, un bien inmueble ubicado en el cantón Sozoranga,
provincia de Loja

Ministerio de
Industrias y Productividad: Subsecretaría del Sistema de la Calidad de la
Productividad:

Resoluciones

16 499 Apruébese
y oficialícese con el carácter de obligatorio el siguiente Reglamento Técnico
Ecuatoriano RTE INEN 275 ?Bolígrafos, Portaminas y Minas de Grafito?

16 500 Apruébese
y oficialícese con el carácter de obligatorio la Modificatoria 1 al Reglamento
Técnico Ecuatoriano RTE INEN 253 (1R) ?Envases flexibles retortables para el
envasado de alimentos sometidos a un proceso de esterilización por calor?

16 507 Apruébese
y oficialícese con el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO 22157-1 (Bambú – Determinación de las propiedades físicas y mecánicas
– Parte 1: Requisitos (ISO 22157-1:2004, IDT))

16 513 Apruébese
y oficialícese con el carácter de obligatorio la Modificatoria 3 al Reglamento
Técnico Ecuatoriano RTE INEN 079 (1R) ?Especias y Condimentos?

16 514 Apruébese
y oficialícese con el carácter de obligatorio la Modificatoria 1 al Reglamento
Técnico Ecuatoriano RTE INEN 069 (1R) ?Alumbrado Público?

16 515 Apruébese
y oficialícese con el carácter de obligatorio la Modificatoria 1 al Reglamento
Técnico Ecuatoriano RTE INEN 021 (3R) ?Cables y cordones aislados para uso
eléctrico

Instituto Nacional
de Patrimonio Cultural:

77-DE-INPC-2016

Déjese sin
efecto la Resolución No. 145-DN-INPC-2011 de 4 de abril de 2001

CONTENIDO


No. 1867

Ab. Pedro
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. MCDS-MCDS-2016-1236- OF de 13 de diciembre de 2016, María Gabriela Rosero Moncayo,
Ministra de Coordinación de Desarrollo Social, solicitó autorización de
licencia con cargo a vacaciones desde el 20 hasta el 26 de diciembre de 2016;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: (…) u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior
(?)?;

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.-
Otorgar a María Gabriela Rosero Moncayo, Ministra de Coordinación de Desarrollo
Social, licencia con cargo a vacaciones desde el 20 hasta el 26 de diciembre de
2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a María Gabriela Rosero Moncayo, Ministra de Coordinación
de Desarrollo Social.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los quince (15) días del mes de diciembre de 2016.

f.) Ab. Pedro
Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1869

Ab. Pedro
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. SNGP-SNGP-2016-1066- OF de 19 de diciembre de 2016, Paola Verenice Pabón Caranqui,
Secretaria Nacional de Gestión de la Política, solicitó autorización de permiso
por horas con cargo a vacaciones desde las 16H00 hasta las 17H00 del 19 de diciembre
de 2016;

Que, el
Artículo 34 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala: ?Podrán concederse
permisos imputables a vacaciones, siempre que éstos no excedan los días de vacación
a los que la servidora o servidor tenga derecho al momento de la solicitud?.

Que, el
Artículo 32 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Servicio Público
señala: ?Cuando una o un servidor, previa la autorización correspondiente, haga
uso de permisos por horas, fracciones de horas o días, se imputará los mismos a
la parte proporcional de sus vacaciones?.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: (…) u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior
(?)?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Paola Verenice Pabón Caranqui, Secretaria Nacional de Gestión
de la Política, permiso por horas con cargo a vacaciones desde las 16H00 hasta
las 17H00 del 19 de diciembre de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Paola Verenice Pabón Caranqui, Secretaria
Nacional de Gestión de la Política.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre
de 2016.

f.) Ab. Pedro
Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1873

Pedro Enrique
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante
Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible
con la anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 55129 de 16 de diciembre de 2016, Fausto
Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas solicitó a la Secretaría Nacional
de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y
en el Exterior, se regularice el ingreso extemporáneo de su desplazamiento a la
ciudad de Bogotá-Colombia, desde el 12 hasta el 13 de diciembre de 2016, viaje
en el que asistió al CLVIII Directorio de la CAF;

Que, el 21 de
diciembre de 2016, Byron Cueva Altamirano, Delegado del Ministro de
Coordinación de Política Económica avala el desplazamiento de Fausto Eduardo Herrera
Nicolalde, como Ministro de Finanzas;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 21 de diciembre de 2016, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP- 2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo
procedente su autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Fausto Eduardo Herrera Nicolalde,
que realizó como Ministro de Finanzas, ingresado a esta Secretaría de Estado a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 55129,
viaje al que asistió al CLVIII Directorio de la CAF, a la ciudad de Bogotá-Colombia,
desde el 12 hasta el 13 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos de la
Organización Anfitriona, de conformidad con la documentación ingresada a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Fausto Eduardo Herrera Nicolalde.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo a! Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho
Principal de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los
veintiún (21) días del mes de diciembre de 2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 06 de
enero de 2017.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1874

Pedro Enrique
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante
Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible
con laanticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 55168 de 21 de diciembre de 2016, Ledy
Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos solicitó a
la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de
su desplazamiento a la ciudad de Ginebra-Suiza, desde el 06 hasta el 10 de noviembre
de 2016, viaje al que asistió a la Defensa del VII Informe Periódico de la
República del Ecuador sobre la aplicación de la Convención Contra la Tortura y
Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que se realizó en el
marco del 59° Periodo de Sesiones del Comité contra la Tortura;

Que, el 21 de
diciembre de 2016, César Antonio Navas Vera, Ministro de Coordinación de
Seguridad avala el desplazamiento de Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 21 de diciembre de 2016, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo
procedente su autorización; y. En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, ingresado esta Secretaría de Estado a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 55168,
viaje al que asistió a la Defensa del VII Informe Periódico de la República del
Ecuador sobre la aplicación de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que se realizó en el marco del 59°
Periodo de Sesiones del Comité, contra la Tortura, en la ciudad de
Ginebra-Suiza, desde el 06 hasta el 10 de noviembre de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos del Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de conformidad con la documentación
ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los veintiún (21) días del mes de diciembre de
2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 06 de
enero de 2017.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1875

Ab. Pedro
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. MAGAP-M.A.G.A.P- 2016- 1008-OF de 23 de diciembre de 2016, Javier Ponce Cevallos,
Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, solicitó autorización
de licencia con cargo a vacaciones desde el 03 hasta el 09 de enero de 2017;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: (…) u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior
(?)?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca, licencia con cargo a vacaciones desde el 03 hasta el 09 de
enero de 2017.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Javier Ponce Cevallos, Ministro de
Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los veintisiete (27) días del mes de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Pedro
Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 06 de
enero de 2017.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No.
MCPE-2016-016

Patricio
Rivera Yánez

MINISTRO
COORDINADOR

DE LA POLÍTICA
ECONÓMICA

Considerando:

Que, el
artículo 154, de la Constitución de la República señala que son atribuciones de
las ministras y ministros de Estado, en su numeral 1: ?Ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión.?;

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, establece que los
máximos personeros de las Instituciones del Estado, dictarán acuerdos,
resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;

Que, el
artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
señala que los contratos a los que se refiere esta Ley celebrados por las
Entidades Contratantes, son contratos administrativos;

Que, el
artículo 17-3 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva -ERJAFE-, señala que los Ministerios de Coordinación tienen por finalidad,
entre otras, la concertación y coordinación de la formulación y ejecución de
las políticas y acciones que adopten las diferentes instituciones que integran
sus áreas de trabajo; así como, el monitoreo de la gestión institucional de las
entidades que integran el área de trabajo;

Que, el
artículo 17-4 del ERJAFE, dispone que el Ministerio de Coordinación de la
Política Económica concertará las políticas y

las acciones,
que en el área económica adopten, entre otras, la Corporación Financiera Nacional
B.P.;

Que, el
artículo 95 del ERJAFE, en su parte pertinente señala ?(…) si el vicio
consistiere en la falta de alguna autorización, podrá ser convalidado mediante
el otorgamiento de la misma por el órgano o autoridad competente.?

Que, el
numeral 4 del artículo 134 del ERJAFE señala, ?Convalidación.- 4. Si el vicio
consistiese en la falta de alguna autorización, podrá ser convalidado el acto mediante
el otorgamiento de la misma por el órgano competente.?

Que, mediante
Decreto 117-A de 15 de febrero de 2007, publicado en el Registro Oficial 33 de 5 de marzo de 2007,
se creó el Ministerio de Coordinación de la Política Económica, como una
institución encargada de la coordinación y armonización de las acciones y políticas
que en materia económica tomen sus entidades coordinadas;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo 1503 de 30 de abril de 2013, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente de la República del Ecuador, designa al economista Patricio
Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica;

Que, el
Decreto Ejecutivo 838 de 25 de noviembre de 2015, publicado en el Registro Oficial 656 de 24 de diciembre de
2015
, ?Normas para el control de la eficiencia de las inversiones públicas
de la Función Ejecutiva con cargo al Presupuesto General Del Estado?, en su
artículo 1 disponer, ?Si la suma total de los valores de los contratos complementarios,
órdenes de trabajo, diferencia en cantidades de obra o similares y servicios,
incluidos los de consultoría, derivados de un contrato principal originado en
gasto corriente o de inversión, supera los montos, sin incluir el IVA, que se
señalan a continuación, las entidades contratantes deberán obtener las
siguientes autorizaciones:

(…) 2.- Si
el monto de la diferencia fuere entre el 15% y el 30%, en forma previa deberá
contarse con el informe previo favorable de su respectivo Ministerio de Coordinación;?

Que, mediante
oficio No. SNAP-SNADP-2016-00075-O de 13 de febrero de 2016, el Secretario
Nacional de la Administración Pública solicita a la Corporación Financiera
Nacional B. P. -CFN B.P.- un informe de cumplimiento del Decreto Ejecutivo 838,
en relación con la autorización previa para la suscripción de contratos complementarios
cuyo monto supere el 15% del valor del contrato principal, que deben requerirla
al respectivo Ministerio Coordinador;

Que, mediante
oficio Nro. CFN-GG-2016-0013-OF de 24 de febrero de 2016, el Economista Roberto
Murillo Cavagnaro, Gerente General de la CFN B.P., señala ?(…) debo informar
que se desde la fecha de emisión del citado Decreto se han suscrito tres
contratos complementarios cuyos montos superan el 15% del valor del contrato
inicial (según se muestra en el detalle adjunto) y que, conforme lo estipulado
en el Decreto 838, debían contar con el aval del Ministerio Coordinador. Sin
embargo, por una omisión involuntaria, no se solicitó la respectiva
autorización previa al Ministerio Coordinador de

Política
Económica, motivo por el cual me permito solicitarle emitir su aprobación, con
el fin de subsanar este incumplimiento, aclarando que los contratos aún no se
han pagado en su totalidad.?

Que, mediante
oficio Nro. MCPE-VM-2016-0124-O de 8 de marzo de 2016, el Viceministro
Coordinador de la Política Económica señala, ?(…) en el marco del referido Decreto
Ejecutivo, el Ministerio Coordinador de la Política Económica tiene la
capacidad para autorizar en forma previa a la suscripción de los contratos
complementarios, por lo que en este caso, al estar ya suscritos los contratos en
referencia no procede que esta Cartera de Estado emita la autorización
solicitada?

Que, mediante
oficio No. GG-014042 de 23 de mayo de 2016, el Economista Roberto Murillo
Cavagnaro, Gerente General de la CFN B.P., solicita se convalide los contratos
complementarios suscritos por la CFN B.P. sin la previa autorización del
Ministerio de Coordinación de la Política Económica, para el efecto menciona, ?Estos
contratos principales signados con los números SIE-CFN-GYE-012-2013,
SIE-CFNGYE-017-2014 y SIE-CFNGYE-012-2015 requirieron de contratos complementarios
por necesidades institucionales, toda vez que por temas de normativa no
podíamos dejar los bienes de la entidad sin seguridad privada, ya que pueden verse
mermados y es nuestro deber como representantes y servidores la institución
velar por el cuidado y buen uso de los mismos; sin embargo, a pesar de lo
expresado, otra consideración importante que nos obligó a ampliar el tiempo de
servicio de los mencionados contratos en mención, es la disposición que tenemos
que para elevar un nuevo proceso al portal en el tema de seguridad privada se
requiere un informe del Ministerio del Interior para poder iniciar una
contratación por este servicio, informe que ha sido solicitado al mencionado
Ministerio desde el 5 de enero de 2016, mediante memorando GDAD-G-00127 y cuya
respuesta hemos recibido el 10 de mayo de 2016. De igual forma es necesario
mencionar que por el giro del negocio la CFN B.P. recibe bienes adjudicados,
los cuales necesitan de seguridad y nos obliga a los incrementos de guardias
para preservar los mismos.? ;

Que, la
Corporación Financiera Nacional B.P. suscribió el contrato
SIE-CFN-GYE-012-2013, de 14 de noviembre de 2013, denominado ?Servicio de
Seguridad y Vigilancia Armada para los bienes adjudicados y recibidos como dación
en pago a nivel nacional?, por el valor de USD$ 1.447.800,03; posteriormente ha
suscrito contratos complementarios el 16 de junio de 2014, por el valor de USD$
36.840,90; el 14 de noviembre de 2015, por el valor de USD$91.833,08; el 14 de
enero de 2016, por el valor de USD$ 102.853,05. La suma total de los valores de
los contratos complementarios asciende a USD$ 231.527,03 que equivale al 15.99%
del valor del contrato principal;

Que, la
Corporación Financiera Nacional B.P. suscribió el contrato SIE-CFNGYE-017-2014,
de 30 de diciembre de 2014, denominado ?Mantenimiento preventivo y correctivo
de los equipos de climatización del edificio CFN-Guayaquil?, por el valor de
USD$ 132.660,00; posteriormente ha suscrito el contrato complementario el 30 de
diciembre de 2015, por el valor de USD$ 23.260,81. El valor del contrato
complementario equivale al 17.53% del valor del contrato principal;

Que, la
Corporación Financiera Nacional B.P. suscribió el contrato SIE-CFNGYE-012-2015,
de 26 de agosto de 2015, denominado ?Contratación de Seguridad física y
vigilancia armada para la Corporación Financiera Nacional?, por el valor de
USD$ 1.171.910,63; posteriormente ha suscrito contratos complementarios el 25
de noviembre de 2015, por el valor de USD$ 254.763,18; el 14 de enero de 2016,
por el valor de USD$ 67.936,85. La suma total de los valores de los contratos
complementarios asciende a USD$ 322.700,03, que equivale al 27.54% del valor
del contrato principal; y,

En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República; y, artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.- Convalidar
la autorización que el Ministerio de Coordinación de la Política Económica
debía emitir por medio del informe previo favorable a la Corporación Financiera
Nacional para la suscripción de contratos complementarios cuya suma total de
valores supere entre el 15% y 30% del monto del contrato principal, conforme lo
prescrito en el numeral 2 del artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 838 de 25 de
noviembre de 2015, publicado en el Registro Oficial 656 de 24 de diciembre de
2015.

Artículo 2.- Esta
convalidación aplicará para los contratos complementarios de los contratos
principales No. SIECFN- GYE-012-2013, de 14 de noviembre de 2013, denominado
?Servicio de Seguridad y Vigilancia Armada para los bienes adjudicados y
recibidos como dación en pago a nivel nacional?; No. SIE-CFNGYE-017-2014, de 30
de diciembre de 2014, denominado ?Mantenimiento preventivo y correctivo de los
equipos de climatización del edificio CFN-Guayaquil?; y, No.
SIE-CFNGYE-012-2015, de 26 de agosto de 2015, denominado ?Contratación de Seguridad
física y vigilancia armada para la Corporación Financiera Nacional?.

Artículo 3.- Poner
en conocimiento de la Corporación Financiera Nacional B.P., el presente
Acuerdo.

Artículo
Final.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese. Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,
el 06 de julio de 2016.

f.) Patricio
Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica.

MINISTERIO
COORDINADOR DE POLÍTICA ECONÓMICA.- Es fiel copia del original.- f.) Ilegible.

No.
MCPE-2016-017

Patricio
Rivera Yánez

MINISTRO
COORDINADOR

DE LA POLÍTICA
ECONÓMICA

Considerando:

Que, de
acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República se faculta a las ministras y ministros de Estado a expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, la
disposición contenida en el inciso primero del artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva determina que las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de
inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por
Decreto;

Que, el
economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del
Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo No. 1503 del 30 de abril de 2013, designa
al economista Patricio Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política
Económica;

Que, el doctor
Esteban Mauricio Garcés Cevallos, Coordinador General Jurídico, según
nombramiento legalizado con Acción de Personal No. AP-2014-092 del 13 de
octubre de 2014, hará uso de sus vacaciones desde el 15 al 29 de agosto de
2016;

Que, la
doctora Lourdes Lucia Campuzano Proaño, Asesor 2 del Despacho Ministerial fue
designada mediante Contrato de Servicios Ocasionales, el cual se encuentra vigente
desde el 10 de abril de 2015;

En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República; y, artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.-
Disponer que la doctora Lourdes Lucia Campuzano Proaño, Asesor 2 del Despacho
Ministerial de esta Cartera de Estado, subrogue las funciones Coordinador General
Jurídico del Ministerio de Coordinación de la Política Económica, mientras el
doctor Esteban Mauricio Garcés Cevallos haga uso de sus vacaciones, desde el 15
al 29 de agosto de 2016.

Artículo 2.- La
doctora Lourdes Lucia Campuzano Proaño será responsable de los actos que
realice por acción u omisión en el ejercicio de la presente subrogación.

Artículo 3.- Póngase
en conocimiento del Secretario Nacional de la Administración Pública, el
contenido del presente Acuerdo Ministerial.

Artículo 4.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del 15 de agosto de 2016, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,
el 15 de agosto de 2016.

f.) Patricio
Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica.

MINISTERIO
COORDINADOR DE POLÍTICA ECONÓMICA.- Es fiel copia del original.- f.) Ilegible.

No.
MCPE-2016-018

Patricio
Rivera Yánez

MINISTRO
COORDINADOR

DE LA POLÍTICA
ECONÓMICA

Considerando:

Que, el
artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República faculta a las
Ministras y Ministros de Estado a expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;

Que, el
artículo 3 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas dispone la
conformación del Comité de Política Tributaria el que cual estará integrado
por: el Ministro a cargo de la Política Económica, o su delegado, quien lo
presidirá; el Ministro a cargo de las Finanzas, o su delegado, El Ministro a
cargo de la Producción, o su delegado y el Secretario Nacional de Planificación
y Desarrollo, o su delegado; y el Director del Servicio de Rentas Internas,
quien concurrirá con voz y sin derecho a voto; y estará a cargo de la
secretaría del Comité;

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado establece que los máximos
personeros de las Instituciones del Estado dictarán los acuerdos, resoluciones
u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones, determinando el
ámbito institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus
atribuciones;

Que, el inciso
tercero del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva señala que las delegaciones ministeriales serán otorgadas
por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será
puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y publicado
en el Registro Oficial;

Que, el inciso
primero del artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva dispone que, las atribuciones propias de las diversas
entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto
las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo 117-A, publicado en el Registro Oficial 033, de 5 de marzo de
2007, se creó el Ministerio de Coordinación de la Política Económica -MCPE-
como organismo encargado de concertar las políticas y las acciones en el área
económica;

Que, el
economista Rafael Correa Delgado, Presidente de la República del Ecuador,
mediante Decreto Ejecutivo 1503 de 30 de abril de 2013, designa al economista Patricio
Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial MCPE-2014-004 de 06 de octubre de 2014 se nombra al
economista David Andrés Falconí Narváez, para que desempeñe las funciones de
Subsecretario de Planificación y Política Sectorial e Intersectorial;

Que, mediante
Convocatoria Nº CPT-OC01-2016 de 2 de agosto de 2016, por disposición del
Presidente del Comité de Política Tributaria, el Secretario de dicho cuerpo colegiado,
convoca a la sesión que se efectuará en la Sala de Sesiones del Servicio de
Rentas Internas, ubicada en el sexto piso del Edificio Alhambra, calles Salinas
No. N17- 203 y Santiago de esta ciudad, el día jueves 04 de agosto de 2016, a
partir de las 09:30; y,

Sobre la base
de los considerandos expuestos y en uso de las atribuciones que concede la ley:

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
al economista David Andrés Falconí Narváez, Subsecretario de Planificación y
Política Sectorial e Intersectorial, para que en representación del Ministro
Coordinador de la Política Económica, actúe y presida la sesión del Comité de
Política Tributaria que se efectuará en la Sala de Sesiones del Servicio de
Rentas Internas, ubicada en el sexto piso del Edificio Alhambra, calles Salinas
No. N17-203 y Santiago de esta ciudad, el día jueves 04 de agosto de 2016, a
partir de las 09:30.

Artículo 2.- El
servidor delegado llevará su gestión con el apoyo de las diferentes unidades
administrativas del Ministerio, según el caso y responderá por los actos y decisiones
que adopte en ejercicio de la delegación.

Artículo 3.- El
servidor delegado presentará al Ministro Coordinador, informes de la gestión
desarrollada y de las decisiones adoptadas.

Artículo 4.- Poner
en conocimiento del Secretario Nacional de la Administración Pública, el
contenido del presente Acuerdo Ministerial.

Artículo
Final.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, el 4 de agosto de 2016.

f.) Patricio
Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica.

MINISTERIO
COORDINADOR DE POLÍTICA ECONÓMICA.- Es fiel copia del original.- f.) Ilegible.

No.
MCPE-2016-019

Patricio
Rivera Yánez

MINISTRO
COORDINADOR

DE LA POLÍTICA
ECONÓMICA

Considerando:

Que, de
acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República se faculta a las ministras y ministros de Estado a expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, la
disposición contenida en el inciso primero del artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutivadetermina que las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de
inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por
Decreto;

Que, el
economista Rafael Correa Delgado, Presidente de la República del Ecuador,
mediante Decreto Ejecutivo 1503 del 30 de abril de 2013, designa al economista Patricio
Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial MCPE-2014-004 de 06 de octubre de 2014 se nombra al Mgs.
David Andrés Falconí Narváez, para que desempeñe las funciones de Subsecretario
de Planificación y Política Sectorial e Intersectorial;

Que, mediante Oficio
Nro. MCPE-DM-2016-0242-O de 9 de agosto de 2016, el Ministro Coordinador de la Política
Económica informa al Secretario Nacional de la Administración Pública que hará
uso de un permiso de cinco días con cargo a vacaciones a partir del lunes 15 al
viernes 19 de agosto de 2016; y, a la vez comunica que subrogará sus funciones
el Mgs. David Andrés Falconí Narváez, Subsecretario de Planificación y Política
Sectorial e Intersectorial; y,

En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República; y, artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.-
Disponer que el Mgs. David Andrés Falconí Narváez, Subsecretario de Planifi cación
y Política Sectorial e Intersectorial, subrogue las funciones del Ministro
Coordinador de la Política Económica desde el lunes 15 al viernes 19 de agosto
de 2016.

Artículo 2.- El
Mgs. David Andrés Falconí Narváez, será responsable de los actos que realice
por acción u omisión en el ejercicio de la presente subrogación.

Artículo 3.- Póngase
en conocimiento del Secretario Nacional de la Administración Pública, el
contenido del presente Acuerdo Ministerial.