Administración del Señor
Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 24 de Enero de 2017 – R. O. No. 929

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1838 Cancélese la solicitud de viaje No. 54501

1839 Otórguese licencia con cargo a vacaciones al señor
Javier Felipe Córdova Unda, Ministro de Minería

1840 Deléguense funciones al ingeniero Andrés Ramos Ulloa

1845 Otórguese licencia con cargo a vacaciones al señor
Xavier Mauricio Enderica Salgado, Ministro del Deporte

1846 Refórmese el Acuerdo Ministerial No. 1837 de 25 de
noviembre de 2016

1847 Otórguese licencia con cargo a vacaciones a la señora
María de los Ángeles Duarte Pesantes, Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda

1848 Legalícese el viaje al exterior de la señora Ledy
Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

268 Deléguense funciones al Director Provincial Agropecuario
del Cañar

Ministerio de Coordinación de Seguridad:

052 Créese la Comisión de Gestión de Riesgos

Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana:

000166 Suprímese la Coordinación Zonal N° 5, domiciliada en
la ciudad de Milagro

Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

035 2016 Deléguense funciones al Gerente de la Autoridad
Portuaria de Guayaquil

Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación:

2016-174 Deléguense funciones a la señorita Ana Gabriela
Gallardo Lastra

Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría del
Sistema de la Calidad de la Productividad:

Resolución

16 474 Apruébese y oficialícese con el carácter de
voluntaria la tercera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1372
(Tubos y accesorios plásticos para conducir agua potable. Requisitos de
migración al agua de elementos y sustancias)

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanza

064-GADM-AA-2016 Cantón Antonio Ante: Que expide la tercera
reforma a la Ordenanza de aprobación de planos, e inspección de construcciones

CONTENIDO


No. 1838

Ab. Luisa Magdalena
González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA, SUBROGANTE

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
de enero de 2015, el Secretario Nacional de la Administración Pública o su
delegado, previo aval del Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros
de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 54501 de 14 de noviembre de 2016, Rodrigo
Marcelo Suárez Salgado Secretario Técnico de Drogas, solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de
Viena-Austria, desde el 28 de noviembre hasta el 03 de diciembre de 2016, con
la finalidad de participar en la Sesión Extraordinaria dedicada al seguimiento
de la Sesión Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el Problema
Mundial de las Drogas (UNGASS 2016) y asistir a las sesiones de la Comisión de
Prevención del Delito la Justicia Penal y de la Comisión de Estupefacientes en
cumplimiento de la decisión 2011/259 del Consejo Económico y Social (ECOSOC);

Que, mediante
Acuerdo Ministerial Nro. 1816 de 15 noviembre de 2016 se autorizó el desplazamiento de Rodrigo
Marcelo Suárez Salgado, Secretario Técnico de Drogas ingresado a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior mediante solicitud Nro. 51711;

Que, mediante Oficio
Nro. SETED-ST-2016-0672-O de 23 de noviembre de 2016. Rodrigo Marcelo Suárez Salgado
informa que por motivos de fuerza personales se ve imposibilitado de realizar
el referido viaje al exterior; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Cancelar la Solicitud de Viaje No. 54501, por medio de la cual se
autoriza a Rodrigo Marcelo Suárez Salgado, Secretario Técnico de Drogas a través
de Acuerdo Ministerial No. 1816 de 15 noviembre de 2016 participar en la Sesión
Extraordinaria dedicada al seguimiento de la Sesión Especial de la Asamblea
General de las Naciones Unidas sobre el Problema Mundial de las Drogas (UNGASS
2016) y asistir a las sesiones de la Comisión de Prevención del Delito la
Justicia Penal y de la Comisión de Estupefacientes en cumplimiento de la
decisión 2011/259 del Consejo Económico y Social (ECOSOC), en la ciudad de
Viena-Austria, desde el 28 de noviembre hasta el 03 de diciembre de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Rodrigo Marcelo Suárez Salgado Secretario
Técnico de Drogas.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración Pública,
en la ciudad de Quito, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de
2016.

f.) Ab. Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública,
Subrogante.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 1 de diciembre
de 2016,

f.) Dr. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1839

Ab. Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA, SUBROGANTE

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. MM-DM-2016-0913-OF de 28 de noviembre de 2016, Javier Felipe Córdova Unda,
Ministro de Minería, solicitó autorización de licencia con cargo a vacaciones
desde el 26 de diciembre de 2016 hasta el 03 de enero de 2017;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1236 de 18 de noviembre de 2016, Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador autoriza a Pedro Solines
Chacón. Secretario Nacional de la Administración Pública, vacaciones desde el
21 de noviembre hasta el 09 de diciembre de 2016, encargando el Despacho de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública a la Abogada Luisa Magdalena
González Alcívar, Subsecretaria Nacional de la Administración Pública;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ??El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: (…) u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior(?)?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Javier Felipe Córdova Unda, Ministro de Minería, licencia con
cargo a vacaciones desde el 26 de diciembre de 2016 hasta el 03 de enero de 2017.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Javier Felipe Córdova Unda, Ministro de
Minería.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre
de 2016.

f.) Ab. Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública,
Subrogante.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 1 de
diciembre de 2016,

f.) Dr. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1840

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA (S)

Considerando:

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República determina que ?La
administración pública constituye un servicio a la colectividad, regido por los
principios de eficiencia, eficacia, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, planificación, participación, transparencia y evaluación?;

Que, el
numeral 1 del artículo 154 de la norma fundamental prevé que a las ministras y
ministros de Estado les corresponde: ?1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión?;

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado establece que ?(?) cuando la
conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las
instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean
necesarios para delegar sus atribuciones (?)?;

Que, el
numeral 4 del artículo 15 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva establece como una de las atribuciones del Secretario
Nacional de la Administración Pública: ?4. Expedir dentro del ámbito de su
competencias, acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la ley
y este Estatuto?;

Que, el
artículo 55 del Estatuto ibídem determina que ?Las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía (?)?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 800 publicado en el (Registro Oficial No. 618 de 29 de
octubre de 2016) REG. OF. oct. 29 No. 618 de 2015,
el Presidente de la República designó al abogado Pedro Solines Chacón como
Secretario Nacional de la Administración Pública;

Que, el
artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 149 publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 146 de 18
de diciembre de 2013
, señala ?Créase el Comité de Simplificación de
Trámites Interinstitucional, como un cuerpo colegiado interinstitucional que
tendrá la finalidad de coordinar, fomentar y cooperar en la eliminación, reducción,
optimización, simplificación y automatización de trámites en la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva, así como
también en otras instituciones del sector público o en otros niveles de
gobierno?;

Que, el
Decreto Ejecutivo No. 149 de 20 de noviembre de 2013, en el artículo 9 se
conformó el Comité de Simplificación de Trámites Institucionales; y, se designó
al Secretario Nacional de la Administración Pública o su delegado como
Presidente de dicho Comité;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 620 de 17 de marzo de 2015, se reformó el artículo 9 del
Decreto Ejecutivo No. 149 de 20 de noviembre de 2013; y, en su artículo 2 se designó
al licenciado Cristian Castillo Peñaherrera como delegado permanente del Presidente
de la República ante el Comité de Simplificación de Trámites
Interinstitucionales.

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1201 de 13 de octubre de 2016, se reformó el Decreto
Ejecutivo No. 620 de 17 de marzo de 2015; el cual a su vez reformó el Decreto
Ejecutivo No. 149 de 20 de noviembre de 2013; designando al Secretario Nacional
de la Administración Pública o su delegado como Presidente de dicho Comité;

Que, con
Acuerdo Ministerial No. 974 de 08 de diciembre de 2014, el Secretario Nacional
de la Administración Pública, nombró al ingeniero Juan Sebastián Viteri Guillén,
Subsecretario de Servicios, Procesos e Innovación en la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, como delegado permanente del Secretario Nacional de
la Administración Pública, ante el Comité de Simplificación de Trámites
Interinstitucional;

Que, con
Acuerdo Ministerial No. 1343 de 16 de septiembre de 2016, el Secretario
Nacional de la Administración Pública, nombró al ingeniero Leonardo Reyes
Bernal, en su calidad de Subsecretario Nacional de Gestión Pública de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, como delegado ante el Comité
de Simplificación de Trámites Interinstitucional;

Que, con
Acuerdo Ministerial No. 1783 de 1 de noviembre de 2016, el Secretario Nacional
de la Administración Pública expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos de la Secretaría Nacional de la Administración Pública;

Que, con
acción de personal No. 0862 que rige a partir del 21 de noviembre de 2016 hasta
el 9 de diciembre de 2016, suscrito por el Coordinador General Administrativo Financiero,
en su calidad de delegado de la máxima autoridad, se nombró a Luisa Magdalena
González Alcívar subrogue las funciones y responsabilidades del Secretario Nacional
de la Administración Pública;

Que, con fecha
1 de noviembre de 2016, la Secretaría Nacional de la Administración Pública
suscribió el contrato de servicios ocasionales con el ingeniero Andrés Ramos
Ulloa, a fin de que preste sus servicios en el Despacho de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, en calidad de Asesor 2 grado 5.

En uso de las
facultades y atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República y el numeral 4 del artículo 15 del Estatuto de Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.- Nombrar
al ingeniero Andrés Ramos Ulloa como delegado de la Secretaria Nacional de la Administración
Pública ante el Comité de Simplificación de Trámites Interinstitucionales.

Conforme prevé
el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 1201 de 13 de octubre de 2016, el
delegado de la Secretaría Nacional de la Administración Pública actuará como
Presidente del Comité de Simplificación de Trámites Interinstitucionales.

Artículo 2.- En
caso de ausencia del delegado de la Secretaria Nacional de la Administración
Pública ante el Comité de Simplificación de Trámites Interinstitucionales, actuará
en su lugar el Subsecretario de Procesos Institucionales y Calidad de los
Servicios.

Disposición
Derogatoria.- Deroguese el Acuerdo Ministerio No. 1343 de 16 de septiembre de
2016, así como toda norma de menor jerarquía que se contraponga al presente
Acuerdo Ministerial.

Disposición
Final.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Palacio Nacional, de Quito D.M. al 29 de noviembre de 2016. f.) Luisa Magdalena
González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública (S).

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 7 de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1845

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA, SUBROGANTE

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. MD-DM-2016-0999 de 29 de noviembre de 2016, Xavier Mauricio Enderica
Salgado, Ministro del Deporte, solicitó autorización de licencia con cargo a
vacaciones desde el 01 hasta el 04 de diciembre de 2016;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1236 de 18 de noviembre de 2016, Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador autoriza a Pedro Solines
Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública, vacaciones desde el
21 de noviembre hasta el 09 de diciembre de 2016, encargando el Despacho de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública a la Abogada Luisa Magdalena
González Alcívar, Subsecretaria Nacional de la Administración Pública;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: (…) u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior
(?)?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Xavier Mauricio Enderica Salgado, Ministro del Deporte,
licencia con cargo a vacaciones desde el 01 hasta el 04 de diciembre de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Xavier Mauricio Enderica Salgado, Ministro
del Deporte.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, al primer (01) día del mes de diciembre de
2016.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública,
Subrogante.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 21 de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1846

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA, SUBROGANTE

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. MIES-DM-2016-1294-O de 23 de noviembre de 2016, Lídice Vanessa Larrea
Viteri, Ministra de Inclusión Económica y Social, solicitó autorización de
licencia con cargo a vacaciones desde el 25 hasta el 29 de noviembre de 2016;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 1837 de 25 de noviembre de 2016, la Abogada Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública, Subrogante,
otorgó a Lídice Vanessa Larrea Viteri, Ministra de Inclusión Económica y
Social, licencia con cargo a vacaciones desde el 25 hasta el 29 de noviembre de
2016;

Que, mediante Oficio
Nro. MIES-DM-2016-1323-O de 29 de noviembre de 2016, Lídice Vanessa Larrea
Viteri, Ministra de Inclusión Económica y Social, solicitó un alcance al
Acuerdo No. 1837, requiriendo que su licencia con cargo a vacaciones sea desde
el 25 hasta el 28 de noviembre de 2016;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1236 de 18 de noviembre de 2016, Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador autoriza a Pedro Solines
Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública, vacaciones desde el
21 de noviembre hasta el 09 de diciembre de 2016, encargando el Despacho de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública a la Abogada Luisa Magdalena
González Alcívar, Subsecretaria Nacional de la Administración Pública;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: (…) u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior(?)?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Reformar el Artículo Único del Acuerdo Ministerial No. 1837 de 25 de
noviembre de 2016, por el siguiente:

?ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Lídice Vanessa Larrea Viteri, Ministra de Inclusión Económica
y Social, licencia con cargo a vacaciones desde el 25 hasta el 28 de noviembre
de 2016?.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Lídice Vanessa Larrea Viteri, Ministra de
Inclusión Económica y Social.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, al primer (01) día del mes de diciembre de
2016.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública,
Subrogante.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 21 de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1847

Ab. Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA, SUBROGANTE

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. MIDUVI-DESP-2016-1096-O de 02 de diciembre de 2016, María de los Ángeles
Duarte Pesantes, Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda, solicitó
autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 26 de diciembre de
2016 hasta el 03 de enero de 2017;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1236 de 18 de noviembre de 2016, Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador autoriza a Pedro Solines
Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública, vacaciones desde el
21 de noviembre hasta el 09 de diciembre de 2016, encargando el Despacho de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública a la Abogada Luisa Magdalena
González Alcívar, Subsecretaria Nacional de la Administración Pública;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: (…) u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior
(?)?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a María de los Ángeles Duarte Pesantes, Ministra de Desarrollo
Urbano y Vivienda, licencia con cargo a vacaciones desde el 26 de diciembre de
2016 hasta el 03 de enero de 2017.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a María de los Ángeles Duarte Pesantes,
Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los dos (02) días del mes de diciembre de
2016.

f.) Ab. Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública,
Subrogante.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 21 de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1848

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA, SUBROGANTE

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del
ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante
Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible
con la anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 54864 de 29 de noviembre de 2016, Ledy
Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos solicitó a
la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de
su desplazamiento a la ciudad de Lima-Perú, desde el 23 hasta el 25 de
noviembre de 2016, viaje en el que participó en el Encuentro Regional sobre
avances y desafíos en el Sistema Penitenciario en América del Sur;

Que, el 08 de
diciembre de 2016, César Antonio Navas Vera, Ministro de Coordinación de
Seguridad avala el desplazamiento de Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 08 de diciembre de 2016, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo
procedente su autorización;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1236 de 18 de noviembre de 2016, Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador autoriza a Pedro Solines
Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública, vacaciones desde el
21 de noviembre hasta el 09 de diciembre de 2016, encargando el Despacho de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública a la Abogada Luisa Magdalena
González Alcívar, Subsecretaria Nacional de la Administración Pública; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, ingresado a esta Secretaría de Estado a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 54864,
viaje en el que participó en el Encuentro Regional sobre avances y desafíos en
el Sistema Penitenciario en América del Sur, en la ciudad de Lima-Perú, desde el
23 hasta el 25 de noviembre de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos del Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de conformidad con la documentación
ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los ocho (08) días del mes de diciembre de 2016.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública,
Subrogante.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 21 de
diciembre de 2016.

f.) Ab. Victor
Julio Calderón Saltos, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 268

MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Considerando:

Que, el
artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador señala
que son atribuciones de las Ministras y Ministros de Estado: ?1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativa que requiera su gestión?;

Que, el
artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que: ?Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la Ley.?;

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República establece que: ?La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?;

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada establece que: ?Cuando
la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia
institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del
Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para
delegar sus atribuciones. En estos documentos se establecerá el ámbito geográfico
o institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus
atribuciones?;

Que, el
artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, señala
que: ?Los Ministros de Estado y las máximas autoridades de las instituciones
del Estado, son responsables de los actos, contratos o resoluciones emanados de
su autoridad [?]?;

Que, los
artículos 17, 55, 56, 57 y 59 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, expedido por Decreto Ejecutivo No.
2428, publicado en el Registro Oficial No. 536 de 18 de marzo de 2002, dispone
que los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán
delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios.

Que, el artículo
11 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio
de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, publicado en el Registro Oficial,
Edición Especial No. 198 de 30 de septiembre de 2011, establece el Título I: De
los Procesos Gobernantes, entre las atribuciones y responsabilidades del
Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, la de: ?m) Delegar y
desconcentrar aquellas atribuciones que permitan una gestión administrativa y
técnica del Ministerio en que se establezca una mayor responsabilidad de los
funcionarios; n) Delegar, desconcentrar y descentralizar aquellas atribuciones
que permitan una gestión operativa y administrativa ágil y eficiente?;

Que, el
numeral 4.1.1, Ibídem Proceso Gobernante, contempla entre las atribuciones y
responsabilidades asignadas a los Coordinadores Zonales, la de: ?m) Coordinar
la ejecución de las actividades de la Coordinación zonal con las entidades del
sector público involucradas en los planes, programas, proyectos y convenios del
Ministerio? y ?q) Gestionar con instituciones del sector público y organismos
del sector privado de su jurisdicción, convenios tendientes a fortalecer el
desarrollo del multisector y suscribirlos previa autorización expresa del
Ministro?;

Que, el Ministerio
de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, se encuentra ejecutando el
Programa de Innovación Tecnológica Participativa y Productividad Agrícola, en
la cual se ha diseñado la estrategia HOMBRO A HOMBRO, cuyo objetivo es
contribuir entre otros al cumplimiento del objetivo de hacer realidad la
seguridad y soberanía alimentaria, mediante el incremento de la producción agropecuaria,
acuícola y pesquera, a través de la asistencia técnica e innovación permanente
en los territorios;

Que, considerando
la importancia de la Estrategia de Intervención Territorial, ?HOMBRO A HOMBRO?;
en la Dirección Provincial Agropecuaria del Cañar, han ingresado varios oficios
suscritos por Institutos y Unidades Educativas Fiscomisionales, mediante los cuales
solicitan la firma de Convenios de Cooperación Interinstitucional, para que el
MAGAP elabore un perfil de proyecto productivo y ejecución del mismo a través
de los Técnicos del Proyecto; y su parte los Institutos y Unidades Educativas
involucradas, colaboren con personal técnico capacitado para la ejecución de
los Proyectos y propósitos planteados, previo informe presentado por el Técnico
del MAGAP y aprobado por la Dirección Provincial Agropecuaria; y,

En ejercicio
de las facultades establecidas en el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador, el artículo 35 de la Ley de
Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos, por
parte de la iniciativa privada, artículos 17, 55 Y 59 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Judicial y artículo 11 literales m) y
n) del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio
de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
al Director Provincial Agropecuario del Cañar, o quien haga sus veces, para que
dentro del marco constitucional y legal, bajo su responsabilidad a nombre y
representación del titular de esta Cartera de Estado y dentro de su
jurisdicción y competencia, suscriba Convenios de Cooperación
Interinstitucional con los Institutos y Unidades Educativas Fiscomisionales,
que hayan dirigido peticiones a la Dirección Provincial del Cañar, para que el
MAGAP elabore un perfil de proyecto productivo y ejecución del mismo a través
de los Técnicos del Proyecto; y por su parte, los Institutos y Unidades Educativas
involucradas, colaboren con personal técnico capacitado para la ejecución de
los Proyectos y propósitos planteados, previo informe presentado por el Técnico
del MAGAP y aprobado por la Dirección Provincial Agropecuaria; siempre que los
mismos Convenios a suscribirse no comprometan la erogación de recursos económicos
por parte del MAGAP.

Artículo 2.- El
funcionario Delegado en virtud del presente Acuerdo Ministerial, será
responsable civil, administrativa y penalmente por sus decisiones, acciones y
omisiones en el ejercicio de su delegación; para lo cual deberá informar de
forma trimestral al titular de este Ministerio, sobre los convenios suscritos;
así como su evolución, logros y objetivos institucionales alcanzados.

Artículo 3.- De
la ejecución y cumplimiento de la presente delegación, encárguese a la
Dirección Provincial Agropecuaria del Cañar; y la Coordinación Zonal 6 será la encargada
de la supervisión del mismo.

Artículo 4.- El
presente Acuerdo regirá a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
Publíquese.

Dado y firmado
en la ciudad de San Francisco de Quito Distrito Metropolitano, a los 30 de
noviembre de 2016.

f.) Javier
Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- 02
fojas.- 14 de diciembre de 2016.- f.) Secretario General, MAGAP.

No. 052

Ing. César
Navas Vera

MINISTRO DE
COORDINACIÓN DE SEGURIDAD

Considerando:

Que, el
artículo 389 de la Constitución de la República, determina que: ?El estado
protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los
efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención
ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de
las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objeto de minimizar
la condición de vulnerabilidad.

El sistema
nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades
de gestión de riesgo en todas las instituciones públicas y privadas en los
ámbitos local, regional y nacional??;

El numeral 3,
del inciso 2 del mismo artículo dispone: ?Asegurar que todas la instituciones
públicas y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestión
de riesgo en su planificación y gestión?;

Que, el
literal d), del artículo 11, de la Ley de Seguridad Pública y del Estado
establece que: ?La prevención y las medidas para contrarrestar, reducir y
mitigar los riesgos de origen natural y antrópico o para reducir la vulnerabilidad,
corresponden a las entidades públicas y privadas, nacionales, regionales y
locales??;

Que, el
artículo 19 del Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y del Estado,
establece la conformación del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de
Riesgos compuesto por todas las unidades de gestión de riesgo de las
instituciones públicas y privadas en los ámbitos: local, regional y nacional;

Que, con oficio
circular No. SGR-DES-2016-003-C de 05 de agosto de 2016, la Secretaría de
Gestión de Riesgos, solicita la conformación de la Unidad de Gestión de Riesgos
en el Ministerio de Coordinación de Seguridad.

Que, mediante
oficio No. SNAP-SAI-2016-0084-O de 13 de septiembre de 2016, la Subsecretaría
de Arquitectura Institucional de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública solicita: ??disponer la generación de mecanismos de interrelación en
temas de gestión de riesgos con las instituciones de la Función Ejecutiva sin
que esto signifique la disposición sobre la creación o modificación de unidades
en las estructuras orgánicas institucionales de las entidades de la Función Ejecutiva?;

Que, en el
artículo 10, numeral 22 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos del Ministerio de Coordinación de Seguridad, publicado en Registro
Oficial No. 185 de 13 de octubre de 2015, dentro de las responsabilidades y
atribuciones del Ministro, faculta: ?Emitir acuerdos, resoluciones,
instructivos y demás disposiciones ministeriales en el ámbito de su competencia?;

Que, a través
del Decreto ejecutivo No. 460 de 26 de septiembre de 2014, publicado en el
Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 351 de 09 de octubre de 2014, el
Presidente Constitucional de la República, nombró al ingeniero César Navas
Vera, como Ministro de Coordinación de Seguridad; y,

Que, es
necesaria la creación de un mecanismo de interrelación en tema de gestión de
riesgos para que coordine las actividades de dirección, planificación, asesoramiento,
evaluación y seguimiento de las actividades de gestión de riesgos al interior
de esta Cartera de Estado.

En uso de las
atribuciones establecidas en el artículo 154 numeral 1, de la Constitución de
la República del Ecuador en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

CREAR LA
COMISIÓN DE GESTIÓN DE RIESGOS DEL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD.

Artículo 1. Objeto:
El presente Acuerdo tiene por objeto crear la Comisión de Gestión de Riesgos
del Ministerio de Coordinación de Seguridad (CGR), como una instancia de
dirección, planificación, asesoramiento, evaluación y seguimiento de las actividades
de gestión de riesgos al interior de esta Cartera de Estado. Asimismo tendrá como
finalidad la articulación de estas actividades con la Secretaría de Gestión de
Riesgos.

Artículo 2.
Conformación: La Comisión de Gestión de Riesgos, estará conformada por:

La o el
Viceministro, o su delegado permanente quien la presidirá;

La o el
Subsecretario de Gestión de la Información, o su delegado permanente;

La o el
Subsecretario de Planificación y Políticas Sectoriales e Intersectoriales, o su
delegado permanente;

La o el
Subsecretario de Gestión y Eficiencia Institucional, o su delegado permanente;

La o el
Coordinador General Administrativo Financiero, o su delegado permanente; y,

La o el
Director Nacional de Movilización, o su delegado permanente.

La o el
Coordinador Estratégico de Riesgos, o su delegado permanente, asesorará
técnicamente a la Comisión y ejercerá la Secretaría de la citada Comisión.
Tendrá derecho a voz pero sin voto.

Artículo 3. De
las sesiones ordinarias y extraordinarias: La Comisión se reunirá de manera
ordinaria una vez cada tres meses, cuya convocatoria se realizará con al menos cinco
días de anticipación.

Las sesiones
extraordinarias se realizarán cuando sean convocadas, para tratar asuntos
específicos determinados en la convocatoria.

La
convocatoria a las sesiones ordinarias o extraordinarias la realizará el
Presidente de la Comisión a iniciativa propia, o a petición de cualquiera de
los integrantes de la Comisión.

Los puntos
específicos que deban tratarse, deberán ser comunicados a la o el Secretario de
la Comisión con cinco días de anticipación, a fin de que se elabore el orden
del día, sin que esto limite el derecho a los miembros de la Comisión a
intervenir con propuestas u observaciones sobre gestión de riesgos en las sesiones.

A petición de
cualquiera de los miembros de la Comisión, podrán participar en las sesiones
otras personas en calidad de invitados, que tendrán voz pero no voto.

Artículo 4. De
la instalación de las sesiones: Las sesiones de la Comisión se instalarán con
mayoría simple a la hora señalada en la convocatoria; de no existir dicha mayoría,
la sesión se instalará con los presentes, luego de quince minutos. En caso de
ausencia de la o el Presidente de la Comisión, o su delegado permanente, o por
caso fortuito o fuerza mayos, no se instalará la sesión, de lo cual la o el
Secretario sentará una razón.

En este caso,
en el plazo máximo de veinte y cuatro horas, la o el Presidente de la Comisión convocará
a una nueva sesión que tendrá lugar dentro de los siguientes cinco días.

Las decisiones
de la Comisión se adoptarán por mayoría simple de los presente, en caso de
empate, la o el Presidente de la Comisión la dirimirá.