n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Sábado 23 de Febrero de 2013 – R. O. No. 898

n

n SUMARIO

n

n Ministerio de Coordinación de Seguridad:

n

n Ejecutivo:

n

n Acuerdos

n

n 036 Delégase al ingeniero Stalin Basantes Moreno, Secretario Técnico, integre el Grupo de Trabajo Multisectorial de Lucha Contra el Contrabando

n

n Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público:

n

n INMOBILIAR-2013-0001 Deléganse atribuciones a la Arq. Adriana Elizabeth Herrera Acosta, Coordinadora General de Gestión Inmobiliaria

n

n INMOBILIAR-2013-0002 Deléganse atribuciones a la Arq. Adriana Elizabeth Herrera Acosta, Coordinadora General de Gestión Inmobiliaria

n

n INMOBILIAR-2013-0003 Deléganse atribuciones al Coordinador General de Asesoría Jurídica

n

n Ministerio de Inclusión Económica y Social: Coordinación Zonal 9 – Pichincha:

n

n Extractos de Acuerdos:

n

n 00141 Apruébanse, refórmanse los estatutos, extínguense, disuélvense y concédense personería jurídica a las siguientes organizaciones:

n

n Secretario General de Servicio Voluntario – SEGESVOL

n

n 00142 Comité Pro Mejoras del Barrio ?San Nicolás?

n

n 00143 Comité del Barrial de la Urbanización ?Del Valle Dos y Tres?

n

n 00144 Comité Pro Mejoras El Buen Pastor de San Juan de Calderón

n

n 00145 Fundación ?Donald Kenny? -FDK-

n

n 00146 Comité Pro Mejoras Vecindario Juan de Larrea

n

n 00147 Fundación ?Corazones Valientes?

n

n 00148 Federación Nacional de Apoyo Social ?Hermanos La Torre?

n

n 00149 Comité Pro Mejoras del Barrio ?San Francisco de Tahuachi?

n

n 00150 Comité Pro Mejoras ?Familias Unidas por su Seguridad?

n

n Extractos de Acuerdos:

n

n 00151 Asociación de Pequeños Comerciantes Dos de Abril del Quinche

n

n 00152 Asociación de Mujeres del Barrio ?Los Andes? Cdla. Ibarra

n

n 00153 Corporación Alianza Equidad

n

n 00154 Asociación de Jubilados Municipales Distrito Metropolitano de Quito

n

n 00155 Comité Pro Mejoras del Barrio San Antonio de Chillo Jijón

n

n 00156 Comité Promejoras Santa Teresita Bajo

n

n 00157 Comité Promejoras del Recinto ?San Dimas?

n

n 00158 Asociación de Coroneles de la Policía Nacional en Servicio Pasivo MarcoRosales Corella

n

n 00158-A Asociación de Desarrollo Social ?Tienda Solidaria El Inca?

n

n 00159 Comité Promejoras del Barrio ?Manuel Cornejo Astorga?

n

n 00160 Comité Pro Mejoras Prados de la Hacienda

n

n 00161 Comité de Desarrollo Comunal ?San Ignacio? de Guayllabamba

n

n 00162 Comité del Barrio Bellavista Alta

n

n 00163 Comité Promejoras del Barrio Comité de la Empresa de los Trabajadores de IMACO CEM, Vencedores No. 1 y 2

n

n 00164 Comité Pro Mejoras del Barrio La Isla Ciudadela Ibarra

n

n Secretaría Técnica de Cooperación Internacional:

n

n Convenio

n

n – Convenio Básico de Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y Fundacao CPQD- Centro de Pesquisa e Desenvolvimento em Telecomunicacoes

n

n Ministerio del Ambiente: Dirección Provincial del Ambiente de Tungurahua:

n

n Resoluciones

n

n 014 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Ex post y otórgase licencia ambiental a los siguientes proyectos:

n

n Construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Planta de Tratamientode Aguas Servidas del Caserío Chilco La Esperanza, ubicado en el cantón Tisaleo, provincia de Tungurahua

n

n 015 Estudios para la Implantación del Sistema Integral de Manejo de los Desechos Sólidos del Cantón Cevallos?, provincia de Tungurahua

n

n Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público:

n

n INMOBILIAR-DSI-2013-001 Autorízase el viaje al exterior del doctor Marco Vinicio Landázuri Álvarez

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n RLS-DRERDRI13-00002 Deléganse atribuciones a varios servidores de la Regional Litoral Sur

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n SENAE-DGN-2013-0010-RE Expídese el Procedimiento general para otorgar facilidades de pago sobre bienes de capital que incrementen el activo fijo del importador directo de los bienes

n

n SENAE-DGN-2013-0026-RE Modifícase la Resolución No. SENAE-DGN-2013-0010-RE de 10 de enero de 2013

n

n Resoluciones

n

n SENAE-DGN-2013-0045-RE Refórmase el Reglamento para el uso de sistemas tecnológicos de escaneo no intrusivo o similares

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas Municipales:

n

n – Cantón Echeandía: Sustitutiva para la creación, organización, administración y funcionamiento del Registro de la Propiedad Municipal

n

n – Cantón Santiago de Píllaro: De exoneración de pago por las protocolizaciones de las adjudicaciones otorgadas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, de acuerdo con la Codificación a la Ley de Desarrollo Agrario

n

n – Cantón Santiago de Píllaro: Para el cobro de levantamiento de textos, reproducción y edición de los pliegos en todos los procesos de contratación

n

n – Cantón Tisaleo: Que regula la utilización de espacios para la propaganda ypublicidad electoral

n

n – Cantón Vinces: Que regula la formación de Empresa Municipal del Mercado de Vinces (EPMMV)

n

n CONTENIDO

n n n

n No. 036

n

n

n

n Valm. Homero Arellano Lascano

n

n MINISTRO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, Economista Rafael Correa Delgado, mediante Decreto Ejecutivo No. 589 de 17 de diciembre de 2010, publicado en Registro Oficial No. 352 de 30 de diciembre de 2010 nombró al Vicealmirante Homero Arellano Lascano, como Ministro de Coordinación de Seguridad;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1326 de 11 de octubre de 2012, que reforma el Decreto Ejecutivo No. 416 publicado en el Registro Oficial No. 242 de 23 de julio de 2010, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de Lucha contra el Contrabando, el cual tiene como funciones principales brindar la información nacional necesaria para cumplir con los objetivos y requerimientos de la Comisión Binacional, así como para apoyar y coordinar la cooperación entre el Ecuador y Perú para minimizar la problemática del contrabando, promover proyectos binacionales e iniciativas tendientes a combatir la comercialización ilícita de bienes y productos, buscando el desarrollo social de las poblaciones de frontera;

n

n

n

n Que, el artículo 2, del Decreto Ejecutivo en mención, establece la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial, del cual forma parte el Ministerio de Coordinación de Seguridad; y,

n

n

n

n Que, el artículo 4 del citado Decreto, determina que el Ministro de Coordinación de Seguridad o su delegado, ejercerá la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial;

n

n

n

n Que, conforme el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando lo estimen conveniente;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere los artículos 154 de la Constitución de la República y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva:

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar al Ingeniero Stalin Basantes Moreno, Secretario Técnico del Ministerio de Coordinación de Seguridad, como delegado permanente para que integre el Grupo de Trabado Multisectorial de Lucha contra el Contrabando y por tanto que ejerza la Presidencia del mismo.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El delegado informará al Ministro de Coordinación de Seguridad, sobre las gestiones desarrolladas en ejercicio de las funciones referidas en el artículo precedente.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Ministerio de Coordinación de Seguridad, en Quito Distrito Metropolitano, a los seis días del mes de febrero de dos mil trece.

n

n

n

n f.) Valm. Homero Arellano Lascano, Ministro de Coordinación de Seguridad.

n

n

n

n Fiel copia del original en 2 fojas útiles.- f.) Ilegible.

n

n

n

n

n

n No. INMOBILIAR-2013-0001

n

n

n

n EL SECRETARIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA

n

n DEL SECTOR PÚBLICO

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Decreto Ejecutivo número 798 de 22 de junio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 485 de 6 de julio de 2011, dispone que la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público -INMOBILIAR- ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Gestión Inmobiliaria del Sector Público;

n

n

n

n Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 798 determina que la máxima autoridad ??tendrá la facultad de emitir reglamentos, políticas, lineamientos, procedimientos generales, acuerdos, resoluciones y la estructura orgánica y funcional de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para el desarrollo de sus actividades y funciones?.

n

n

n

n Que el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 798 establece entre las atribuciones de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público -INMOBILIAR- las inherentes a:

n

n

n

n ?3.Establecer la situación técnica y jurídica de los bienes inmuebles de propiedad, en uso o en posesión de las entidades detalladas en el Art.3 de este Decreto, aquellos sobre los que se ha establecido o consolidado el derecho de dominio, aquellos que se encuentran invadidos, abandonados, arrendados, entregados en comodato, en posesión de otras personas, aquellos cuya situación jurídica no se encuentre regularizada, aquellos respecto de los que se tenga la expectativa legítima de adquirir su uso o dominio, o que bajo cualquier otro título se encuentren en tenencia de las referidas instituciones. Esta función se extiende, inclusive a los inmuebles aportados a fideicomisos en los que las entidades detalladas en el artículo 3 de este decreto, sean constituyentes, beneficiarias o que bajo cualquier otro título mantengan derechos fiduciarios o cuotas de participación fiduciaria. [?]

n

n

n

n 6. Asesorar a las instituciones del sector público en lo relacionado a bienes inmuebles [?]

n

n

n

n 8. Gestionar los requerimientos y adquirir inmuebles para satisfacer necesidades públicas de las entidades detalladas en el artículo 3 de este decreto?; Que el artículo 227 de la Constitución ordena que: ?La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?;

n

n

n

n Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución?. Que el numeral 6 del artículo 5 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala que para el funcionamiento de los sistemas de planificación y finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población.

n

n

n

n Que el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada dispone que: ?Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En estos documentos se establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones?.

n

n

n

n Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, señala: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto?; en tanto que el Art. 56 del mismo cuerpo normativo dispone: ?Salvo autorización expresa, no podrán delegarse las competencias que a su vez se ejerzan por delegación?;

n

n

n

n Que la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público -INMOBILIAR-, en cumplimiento de las atribuciones de las que se halla investida, ha venido realizando gestiones conducentes para transferir el uso del Edifico ?MAKRO?, ubicado en la ciudad de Guayaquil, a favor de Subsecretaría y Dirección de Salud, Subsecretaria de Educación y Subsecretaría del MIES y Dirección zonal del INFA en esa ciudad;

n

n

n

n Que con el objeto de implementar adecuadamente el objetivo de uso antes propuesto, con fecha 15 de junio de 2012, la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público -INMOBILIAR-, suscribió con SMARTBILDEN CÍA. LTDA., el contrato No. LICO-INMOB-002-2012, para la ?Remodelación integral del Edificio ?MAKRO?, para la Subsecretaría y Dirección de Salud, Subsecretaria de Educación y Subsecretaría del MIES y Dirección zonal del INFA en la ciudad de Guayaquil?, con un plazo de ejecución de 165 días, contados desde la entrega del anticipo (25 de junio de 2012) y por un monto de once millones ciento diez mil setecientos setenta y siete dólares, más IVA;

n

n

n

n Que habida cuenta de lograr finiquitar todas las gestiones conducentes a la transferencia del inmueble antes señalado, es imprescindible realizar gestiones inmediatas y específicas para dicho objeto, según directrices emanadas por la máxima autoridad;

n

n

n

n Con sustento en las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones de las que se halla investido.

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar a la Arq. Adriana Elizabeth Herrera Acosta, Coordinadora General de Gestión Inmobiliaria de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para que a nombre y en representación del señor Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, proceda a realizar cuanto trámite y gestión fuere necesario para finiquitar y formalizar los actos inherentes a la transferencia de uso del Edificio ?MAKRO?, situado en la ciudad de Guayaquil, en beneficio de la Subsecretaría y Dirección de Salud, Subsecretaria de Educación y Subsecretaría del MIES; incluyendo pero no limitándose a acciones tales como: suscripción y aprobación de planos, obtención de certificados y permisos municipales, informes de aceptación de las entidades beneficiarias, actas de entrega recepción, suscripción de minutas, escrituras de traspaso, cancelación de obligaciones impositivas, etcétera. De estas gestiones, se deberá informar oportunamente a la autoridad delegante.

n

n

n

n Art. 2.- Del cumplimiento de las disposiciones del presente Acuerdo, encárguense a los señores Coordinador General de Gestión Inmobiliaria, Coordinación General Jurídico y Coordinador General Administrativo Financiero. No obstante su publicación en el Registro Oficial, el presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción.

n

n

n

n Dado en Quito, D.M., a 31 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Dr. Kléver Arturo Mejía Granizo, Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

n

n

n

n SECRETARÍA DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO.- Fiel copia del original.- f.) Ilegible.- 07/02/2013.

n

n

n

n No. INMOBILIAR-ACUERDO-2013-0002

n

n

n

n EL SECRETARIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA

n

n DEL SECTOR PÚBLICO

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Decreto Ejecutivo número 798 de 22 de junio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 485 de 6 de julio de 2011, dispone que la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

n

n

n

n Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 798 determina que la máxima autoridad ?tendrá la facultad de emitir reglamentos, políticas, lineamientos, procedimientos generales, acuerdos, resoluciones y la estructura orgánica y funcional de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para el desarrollo de sus actividades y funciones?.

n

n

n

n Que el artículo 4 del Decreto Ejecutivo 798 establece que una de las atribuciones de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, consiste en ?gestionar los requerimientos y adquirir inmuebles para satisfacer las necesidades públicas de las entidades detalladas en el artículo 3 de este Decreto?.

n

n

n

n Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que ?Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución?.

n

n

n

n Que el artículo 227 de la Constitución de la República establece que ?La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?.

n

n

n

n Que el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada dispone que: ?Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En estos documentos se establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones?.

n

n

n

n Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva dispone que: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto?.

n

n

n

n Que el artículo 56 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva dispone que: ?Salvo autorización expresa, no podrán delegarse las competencias que a su vez se ejerzan por delegación.? Que el Ministerio del Interior se encuentra ejecutando el proyecto de implementación de Unidades de Policía Comunitaria (?UPC?) y de Unidades de Vigilancia Comunitaria (?UVC?), y el proyecto denominado ?Desconcentración de los servicios de seguridad en distritos y circuitos? a nivel nacional.

n

n

n

n Que la implementación de los referidos proyectos requiere la adquisición de varios inmuebles en los que se construirán las UPC y UVC en distintos lugares del territorio nacional.

n

n

n

n Que a través del Acuerdo 2559 de 13 de abril de 2012, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 736 de 2 de julio de 2012, el señor Ministro del Interior resolvió lo transcrito a continuación:

n

n

n

n ?Art. 1.- Delegar a la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR para que, en nombre y representación del Ministerio del Interior, efectúe todo el proceso de adquisición de inmuebles para el proyecto de implementación de Unidades de Policía Comunitaria (?UPC?) y de Unidades de Vigilancia Comunitaria (?UVC?), y el proyecto denominado ?Desconcentración de los servicios de seguridad en distritos y circuitos?, de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento?.

n

n

n

n ?Art. 2.- Delegar a la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR para que, en nombre y representación del Ministerio del Interior, efectúe la gestión de legalización, suscripción de escrituras de transferencia de dominio y tradición de todos los inmuebles cuyos procesos de adquisición se encuentran pendientes o sin finalizar, y que van a ser destinados a la construcción de Unidades de Policía Comunitaria (?UPC?) y de Unidades de Vigilancia Comunitaria (?UVC?). La Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR queda, por tanto, investida de todas las facultades y competencias que posee el Ministerio del Interior para la adquisición de inmuebles a su nombre, y la delegación que se acuerda es a su vez delegable?.

n

n

n

n Que el artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública dispone lo transcrito a continuación:

n

n

n

n ?Cuando la máxima autoridad de la institución pública haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades públicas, procederá a la declaratoria de utilidad pública o de interés social de acuerdo con la Ley.

n

n

n

n Perfeccionada la declaratoria de utilidad pública o de interés social, se buscará un acuerdo directo entre las partes, por el lapso máximo de noventa (90) días.

n

n

n

n En el supuesto de que no sea posible un acuerdo directo se procederá al juicio de expropiación conforme al trámite previsto en el Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de recibir a cuenta del precio final que se disponga pagar el valor que preliminarmente ha propuesto la institución pública respectiva.

n

n

n

n Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, compensación de cuentas, traslado de partidas presupuestarias o de activos. En caso de que no haya acuerdo la entidad pública que expropia procederá conforme esta Ley. Para su trámite se estará a lo dispuesto en el Reglamento de esta Ley?.

n

n

n

n Que varios de los inmuebles a los que se refiere el Acuerdo 2559 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 736 de 2 de julio de 2012, serán donados a favor del Ministerio del Interior por gobiernos autónomos descentralizados municipales en distintas regiones del territorio nacional.

n

n

n

n Que es necesario desconcentrar territorialmente la localización geográfica de los inmuebles para evitar limitaciones para la eficiente gestión del proceso en razón de la ubicación de los bienes en todo el territorio nacional.

n

n

n

n Que el proceso de adquisición requiere un análisis exhaustivo de los títulos de dominio de los inmuebles y demás documentación que permita verificar decisivamente su propiedad, y la posterior suscripción de la escritura pública de transferencia de dominio de los inmuebles.

n

n

n

n

n

n Con sustento en las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones de las que se halla investido

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al titular de la Coordinación Zonal Centro- Sur de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para que a nombre y en representación del señor Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, delegado a su vez del Sr. Ministerio del Interior, con sustento en el Acuerdo 2559 de 13 de abril de 2012 emitido por dicha autoridad, proceda a suscribir las escrituras de transferencia de dominio de los inmuebles donde se construirán las Unidades de Policía Comunitaria (UPC?s) en las provincias de Azuay, Cañar, El Oro, Loja, Zamora Chinchipe y Morona Santiago.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- La Coordinación Zonal Centro- Sur deberá informar quincenalmente al Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público el cumplimiento de la presente delegación.

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo, encárguese al Sr. Coordinador Zonal Centro- Sur y Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

n

n

n

n

n

n La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción.

n

n

n

n

n

n Dado en Quito, D.M., a 31 de enero de 2013

n

n

n

n

n

n f.) Dr. Kléver Arturo Mejía Granizo, Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

n

n

n

n

n

n SECRETARÍA DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO.- Fiel copia del original.- A. Vargas.- 13-02-13.

n

n

n

n No. INMOBILIAR-ACUERDO-2013-0003

n

n

n

n EL SECRETARIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA

n

n DEL SECTOR PÚBLICO

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Decreto Ejecutivo número 798 de 22 de junio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 485 de 6 de julio de 2011, dispone que la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

n

n

n

n Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 798 determina que la máxima autoridad ?tendrá la facultad de emitir reglamentos, políticas, lineamientos, procedimientos generales, acuerdos, resoluciones y la estructura orgánica y funcional de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para el desarrollo de sus actividades y funciones?.

n

n

n

n Que el artículo 4 del Decreto Ejecutivo 798 establece entre las atribuciones de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, las inherentes a:

n

n

n

n ?3.Establecer la situación técnica y jurídica de los bienes inmuebles de propiedad, en uso o en posesión de las entidades detalladas en el Art.3 de este Decreto, aquellos sobre los que se ha establecido o consolidado el derecho de dominio, aquellos que se encuentran invadidos, abandonados, arrendados, entregados en comodato, en posesión de otras personas, aquellos cuya situación jurídica no se encuentre regularizada, aquellos respecto de los que se tenga la expectativa legítima de adquirir su uso o dominio, o que bajo cualquier otro título se encuentren en tenencia de las referidas instituciones. Esta función se extiende, inclusive a los inmuebles aportados a fideicomisos en los que las entidades detalladas en el artículo 3 de este decreto, sean constituyentes, beneficiarias o que bajo cualquier otro título mantengan derechos fiduciarios o cuotas de participación fiduciaria. [?]

n

n

n

n 6. Asesorar a las instituciones del sector público en lo relacionado a bienes inmuebles [?]

n

n

n

n 8. Gestionar los requerimientos y adquirir inmuebles para satisfacer necesidades públicas de las entidades detalladas en el artículo 3 de este decreto?; Que el artículo 227 de la Constitución ordena que: ?La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?;

n

n

n

n Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución?.

n

n

n

n Que el numeral 6 del artículo 5 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala que para el funcionamiento de los sistemas de planificación y finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población.

n

n

n

n Que el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada dispone que: ?Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En estos documentos se establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones?.

n

n

n

n Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva dispone que: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto?.

n

n

n

n Que el artículo 56 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva dispone que: ?Salvo autorización expresa, no podrán delegarse las competencias que a su vez se ejerzan por delegación.? Con sustento en las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales y estatutarias.

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al Coordinador General de Asesoría Jurídica de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR o a su delegado, para que a nombre y en representación del señor Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, pueda cumplir con las siguientes atribuciones:

n

n

n

n a) Suscribir de los actos inherentes a la transferencia de dominio de los bienes inmuebles en los que el beneficiario sea la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

n

n

n

n b) Ejercer representación judicial y extrajudicial, en defensa de los intereses relacionados con toda clase de controversias administrativas, civiles, penales y constitucionales en las que sea parte procesal la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público; pudiendo también proponer acciones civiles, laborales, penales, de tránsito, inquilinato, administrativas, recursos ordinarios, horizontales, de alzada, revisión al superior, segunda instancia, extraordinarios, o de cualquier otra índole, ante o contra cualquier persona natural o jurídica privada o pública y ante los juzgados, tribunales y cortes dentro y fuera del país en cualquier instancia; extendiéndose aún, en caso de que sea requerido por personas naturales, jurídicas, públicas o privadas, ante cualquier autoridad.

n

n

n

n Art. 2.- Delegar a los Coordinadores Zonales de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para que a nombre y en representación del señor Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, dentro de su jurisdicción, pueda cumplir con las siguientes atribuciones:

n

n

n

n a) Elaborar informes técnicos, informes jurídicos, de sustanciación de procesos y suscripción de los dictámenes previos a la autorización exclusivamente de arrendamiento de bienes inmuebles para las instituciones del sector público.

n

n

n

n b) Formalizar las transferencias de dominio de los bienes inmuebles en los que el beneficiario sea la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, lo que comprende sin excluir entre otras, la elaboración y suscripción de minutas, escrituras y las gestiones ante los Municipios y Registros de la Propiedad de los cantones de su jurisdicción, para la obtención de certificados, informes y cualquier otro documento relativo a la gestión que estos realicen.

n

n

n

n Art. 3.- Las presentes delegaciones podrán ser delegables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n Art. 4.- De la ejecución del presente Acuerdo encárguese al Coordinador General Jurídico y Coordinadores Zonales de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR.

n

n

n

n La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción.

n

n

n

n Dado en Quito, D.M., a 31 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Dr. Kléver Arturo Mejía Granizo, Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

n

n

n

n SECRETARÍA DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO.- Fiel copia del original.- A. Vargas.- 13-02-13.

n

n

n

n MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y

n

n SOCIAL:

n

n

n

n Coordinación Zonal 9

n

n

n

n Nº Extracto 141-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00141

n

n Fecha de Expedición 20 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9

n

n MINISTERIO DE INCLUSIÓN

n

n

n

n ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar las Reformas al Estatuto del SECRETARIO GENERAL DE SERVICIO VOLUNTARIO ?SEGESVOL- sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n Nº Extracto 142-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00142

n

n Fecha de Expedición 26 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del COMITÉ PRO MEJORAS DEL BARRIO ?SAN NICOLÁS?, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Rumiñahui-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 143-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00143

n

n Fecha de Expedición 27 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9

n

n MINISTERIO DE INCLUSIÓN

n

n ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar sin modificación alguna las reformas introducidas al Estatuto del COMITÉ BARRIAL DE LA URBANIZACIÓN ?DEL VALLE DOS Y TRES?.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n Nº Extracto 144-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00144

n

n Fecha de Expedición 27 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del Comité Pro Mejoras El Buen Pastor de San Juan de Calderón, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n Nº Extracto 145-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00145

n

n Fecha de Expedición 27 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN

n

n

n

n ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto de la ASOCIACIÓN MISIÓN DE INTEGRACIÓN SERVICIO SOCIAL -MISS-, con las siguientes modificaciones:

n

n 1.- El encabezado dirá ?ESTATUTO DE LA FUNDACIÓN ?DONALD KENNY?-FDK-

n

n 2.- Suprímase todo el PREAMBULO.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 146-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00146

n

n Fecha de Expedición 28 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del COMITÉ PRO-MEJORAS VECINDARIO JUAN DE LARREA, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 147-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00147

n

n Fecha de Expedición 30 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto de la FUNDACIÓN ?CORAZONES VALIENTES?, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 148-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00148

n

n Fecha de Expedición 30 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto de la FEDERACIÓN NACIONAL DE APOYO SOCIAL ?HERMANOS LA TORRE?, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n Nº Extracto 149-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00149

n

n Fecha de Expedición 30 de Noviembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del COMITÉ PROMEJORAS DEL BARRIO ?SAN FRANCISCO DE TAHUACHI?, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Mejía-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 150-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00150

n

n Fecha de Expedición 03 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓNECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del COMITÉ PRO-MEJORAS ?FAMILIAS UNIDAS POR SU SEGURIDAD?, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 151-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00151

n

n Fecha de Expedición 10 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto de la ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS COMERCIANTES DOS DE ABRIL DEL QUINCHE, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 152-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00152

n

n Fecha de Expedición 10 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto de la ASOCIACIÓN DE MUJERES DEL BARRIO ?LOS ANDES? CDLA. IBARRA, sin modificación alguna.

n

n

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 153-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00153

n

n Fecha de Expedición 11 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar sin modificación alguna las reformas introducidas al Estatuto de la CORPORACIÓN ALIANZA EQUIDAD, de conformidad con el Art. 1 del nuevo estatuto reformado.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 154-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00154

n

n Fecha de Expedición 11 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar las reformas introducidas al Estatuto de la ASOCIACIÓN DE JUBILADOS MUNICIPALES DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 155-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00155

n

n Fecha de Expedición 11 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del Comité Pro Mejoras del Barrio San Antonio de Chillo Jijón, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 156-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00156

n

n Fecha de Expedición 11 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9

n

n

n

n MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del COMITÉ PRO MEJORAS SANTA TERESITA BAJO, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 157-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00157

n

n Fecha de Expedición 12 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9

n

n MINISTERIO DE INCLUSIÓN

n

n ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Rectificar el considerando sexto del Acuerdo Ministerial de Constitución Nº 00776 de 06 de octubre de 2011 del COMITÉ PROMEJORAS DEL RECINTO ?SAN DIMAS?, de la siguiente manera: Cámbiese las siguientes palabras: ?parroquia Cotocollao del Distrito Metropolitano de Quito? por ?recinto San Dimas, parroquia y cantón Pedro Vicente Maldonado?.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 158-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00158

n

n Fecha de Expedición 12 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar sin modificación alguna las reformas introducidas al Estatuto de la ASOCIACIÓN DE CORONELES DE LA POLICÍA NACIONAL EN SERVICIO PASIVO, quien en adelante se denominará: ASOCIACIÓN DE CORONELES DE LA POLICÍA NACIONAL EN SERVICIO PASIVO MARCO ROSALES CORELLA, de conformidad con el artículo 1 del nuevo estatuto reformado.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 158-A-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00158-A

n

n Fecha de Expedición 12 de Diciembre del 2012

n

n

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda:Aprobar el Estatuto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL ?TIENDA SOLIDARIA EL INCA?, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 159-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00159

n

n Fecha de Expedición 13 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del COMITÉ PROMEJORAS DEL BARRIO ?MANUEL CORNEJO ASTORGA?, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Mejía-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 160-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00160

n

n Fecha de Expedición 14 de Diciembre del 2012

n

n Suscrito por: Ricardo Carrillo

n

n COORDINADOR ZONAL 9 MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n Acuerda: Aprobar el Estatuto del COMITÉ PRO MEJORAS PRADOS DE LA HACIENDA, sin modificación alguna.

n

n Domicilio: Quito-Pichincha

n

n Elaborador del Dr. Oswaldo Redrován

n

n Extracto:Asesor Jurídico

n

n

n

n

n

n Nº Extracto 161-CZ9

n

n Acuerdo Ministerial Nº 00161