n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves 24 de Enero de 2013 – R. O. No. 878

n

n SEGUNDO SUPLEMENTO

n

n SUMARIO

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n Ejecutivo:

n

n Acuerdos

n

n 1484 Establécese como política de imagen gubernamental para las entidades de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva la unificación y estandarización del uso de la foto del señor Presidente de la República

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

n

n 004 Refórmase el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, emitido mediante Acuerdo Ministerial No. 036 de 9 de septiembre de 2010

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n Resoluciones

n

n NAC-DGERCGC13-00008 Apruébase el formulario 109 de ?Declaración del Impuesto a la Salida de Divisas?

n

n NAC-DGERCGC13-00009 Apruébase el formulario 110 y su respectivo instructivo de llenado, para la declaración del Impuesto a los Activos en el Exterior

n

n NAC-DGERCGC13-00011 Refórmase la Resolución NAC-DGER2008-0464, publicada en el Registro Oficial No. 324 de 25 de abril de 2008

n

n NAC-DGERCGC13-00016 Deléganse facultades a los directores regionales y provinciales y a los servidores que ostenten, o llegaren a ostentar, la calidad de delegados para la devolución del impuesto al valor agregado por cualquier concepto

n

n Superintendencia y Bancos y Seguros:

n

n Transparencia y Control Social

n

n SBS-INSFPR-D2-2012-1246 Descalifícase, califícase y amplíase la calificación de las siguientes personas para desempeñarse como auditores internos y peritos avaluadores:

n

n Licenciado en contabilidad y auditoría, contador público, auditor Félix Patricio Cárdenas Abril

n

n Transparencia y Control Social

n

n SBS-INJ-DNJ-2013-005 Licenciado contador público autorizado Franklin Marcelo Guzmán Chiriboga

n

n SBS-INJ-DNJ-2013-006 Ingeniero en finanzas René Joselito Pérez Sola

n

n SBS-INJ-DNJ-2013-0029 Ingeniera agrónoma Gloria Violeta Melo Benalcázar

n

n SBS-INJ-DNJ-2013-0030 Ingeniero agrónomo Carlos Xavier Rolando Aguirre

n

n SBS-INJ-DNJ-2013-0033 Arquitecto Diego Fernando Padilla Proaño

n

n SBS-INJ-DNJ-2013-0034 Ingeniero agrónomo Franco Manuel Ambrosi Robles

n

n CONTENIDO

n n

n No. 1484

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Que, la Constitución de la República consagra que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por principio de eficacia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, el segundo inciso del artículo 13 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva dispone que la Secretaría Nacional de la Administración Pública tiene la facultad de establecer las políticas de imagen gubernamental en las entidades y organismos de la Función Ejecutiva, con quienes coordinará las acciones que sean necesarias para su correcta ejecución;

n

n

n

n Que, la letra p) del artículo 15 del Estatuto del Régimen jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que el Secretario Nacional de la Administración Pública tendrá entre otras, la función de establecer las políticas para la difusión de obras, acciones y proyectos del Gobierno Nacional y de la imagen gubernamental;

n

n

n

n Que, el artículo 9 del Acuerdo Ministerial No. 571 de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial No. 373 de 28 de enero de 2011, crea a la Subsecretaría de Imagen Gubernamental como la entidad encargada de canalizar políticas concernientes al desarrollo de la imagen gubernamental y la difusión de obras, acciones y proyectos de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Que, el artículo 10, letra a) y letra e) del Acuerdo Ministerial No. 571 de la Secretaría Nación de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial No. 373 de 28 de enero de 2011, establece que es atribución de la Subsecretaria de Imagen Gubernamental, proponer políticas de difusión de imagen gubernamental, y coordinar y supervisar el lineamiento de difusión de las acciones e imagen de las Instituciones del Gobierno Central;

n

n

n

n Que, el número 12 del artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 798 publicado en el Registro Oficial No. 485 de 6 de julio de 2011 establece que es atribución de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria INMOBILIAR la emisión de políticas de imagen institucional;

n

n

n

n Que, mediante Oficio Circular No. SNA»0-11-01363 de 28 de diciembre de 2011, emitido por el Secretario Nacional de la Administración Pública, se informó a las entidades de la Administración Pública Central e Institucional sobre las Directrices Básicas de Seguridad, Orden e Higiene para el Buen Uso y Mantenimiento de los Espacios que conforman las Oficinas de las Entidades Públicas elaboradas en conjunto por la Secretaría de la Administración Pública y la Secretaría de Gestión Inmobiliaria INMOBILIAR;

n

n

n

n Que, entre las normas establecidas para Espacios Interiores de las Directrices Básicas de Seguridad Orden e Higiene para el Buen Uso y Mantenimiento de los Espacios que conforman las Oficinas de las Entidades Públicas, se establece entre otras, que el uso de fotos oficiales y/o símbolos deben cumplir con los criterios emitidos por la Subsecretaría de Imagen Gubernamental de la Secretaría Nacional de la Administración Pública;

n

n

n

n Que, a partir de la expedición de las Directrices Básicas de Seguridad Orden e Higiene para el Buen Uso y Mantenimiento de los Espacios que conforman las Oficinas de las Entidades Públicas, la Secretaría de Gestión Inmobiliaria INMOBILIAR realiza inspecciones in situ del cumplimiento de éstas normas establecidas;

n

n

n

n Que, las diversas fotos, logotipos, lemas, materiales publicitarios y productos comunicacionales que han elaborado las entidades de la Administración Pública Central e Institucional ha ocasionado dispersión y heterogeneidad del uso de la imagen del Presidente de la República;

n

n

n

n Que, con la finalidad de unificar el uso de la imagen del señor Presidente de la República, la Subsecretaría de Imagen Gubernamental de la Secretaría Nacional de la Administración Pública ha elaborado un Manual de Uso de la Fotografía Presidencial;

n

n

n

n Que, es necesario unificar el uso de la imagen del Presidente de la República en las entidades de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva; y,

n

n

n

n En uso de las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 15, letra p) y letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- POLÍTICA DE IMAGEN.- Establecer como política de imagen gubernamental para las entidades de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva la unificación y estandarización del uso de la foto del señor Presidente de la República, de conformidad al Manual de Uso de la Foto Presidencial elaborado por la Subsecretaría de Imagen Gubernamental y que forma parte de este Acuerdo como anexo adjunto.

n

n

n

n Artículo 2.- FOTOGRAFÍA OFICIAL.- La Fotografía Oficial del Presidente de la República será la que consta en el Manual de Uso de la Foto Presidencial. Se prohíbe en todas las entidades de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva el uso de fotos o imágenes del señor Presidente de la República distintas a la establecida como oficial en el Manual de Uso de la Foto Presidencial.

n

n

n

n Artículo 3.- FORMATO DE LA FOTOGRAFÍA.- Los formatos de la Fotografía Oficial son dos:

n

n

n

n a) Medio Pliego: Sus dimensiones serán de 50×70 centímetros, debe ser impresa en cartulina plegable y su gramaje será de 200 gramos.

n

n

n

n b) Estándar: Sus dimensiones serán de 40×60 centímetros, deber ser impresa en papel Couché mate y su gramaje será de 150 gramos.

n

n

n

n Artículo 4.- UTILIZACIÓN.- El formato de Medio Pliego será únicamente utilizado en los despachos de las máximas autoridades de las entidades de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n El formato Estándar será utilizado únicamente en los despachos de las máximas autoridades que dirigen Embajadas, Consulados, oficinas comerciales, oficinas sucursales, regionales, direcciones provinciales, entidades descentralizadas, subcentros o centros de atención al cliente.

n

n

n

n Artículo 5.- MARCO.- El marco de la fotografía debe ser moderno, cóncavo, sin molduras y hecho de madera clara, con acabado de pan de oro o similar.

n

n

n

n Las dimensiones del marco deben ser para el formato de Medio Pliego de 70×100 centímetros con 8 centímetros de grosor y para el formato Estándar deber ser de 50×77 centímetros con 5 centímetros de grosor.

n

n

n

n Artículo 6.- DEL VIDRIO.- La fotografía enmarcada siempre debe llevar un vidrio antirreflejo en la parte frontal que permita evitar la distorsión en ambientes donde exista exceso de luz y que pueda convertir a la fotografía en un elemento de contaminación visual.

n

n

n

n Artículo 7.- APLICACIÓN DE LA FOTO OFICIAL.- Se prohíbe en todas las entidades de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva la colocación de posters, calcomanías, fotos o materiales publicitarios o comunicacionales que hagan alusión a mensajes de connotación electoral o partidista.

n

n

n

n La foto no debe ser invadida con otros elementos gráficos o literales como: logotipos, cierres institucionales, rúbricas, notas, adhesivas, etc.

n

n

n

n Artículo 8.- DEL CONTROL.- El control del cumplimiento de las normas del presente Acuerdo Ministerial y las establecidas en el Manual de Uso de la Fotografía Presidencial será realizado por la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR como parte de las inspecciones que realiza para verificar el cumplimiento de las Directrices Básicas de Seguridad Orden e Higiene para el Buen Uso y Mantenimiento de los Espacios que conforman las Oficinas de las Entidades Públicas.

n

n

n

n El incumplimiento de este acuerdo será sancionado conforme las disposiciones legales establecidas en el capítulo 4 del título III de la LOSEP.

n

n

n

n DISPOSICIÓN FINAL.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, a los trece días de Diciembre del año dos mil doce.

n

n

n

n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n alt

n

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n

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n

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n

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n

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n

n alt

n n

n Documentos certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n n
n

n

n

n No. 004

n

n

n

n LA MINISTRA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Art. 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer

n
n

n

n

n la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

n

n

n

n Que el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva establece que los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 036 de 9 de septiembre de 2010, publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 93-2 de 30 de noviembre de 2010, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 726, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de abril del 2011, se expidieron las disposiciones para la organización de la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Que, el artículo 3 del referido Decreto Ejecutivo No. 726, dispone que todos los Ministerios Sectoriales, con sus instituciones adscritas y dependientes, las secretarías nacionales con sus instituciones adscritas y dependientes, la Banca Pública y las empresas públicas creadas mediante Decreto Ejecutivo, cuenten en su estructura orgánica con una Coordinación General de Gestión Estratégica, la misma que estará conformada por las unidades de: Administración de Procesos, de Tecnologías de la Información y de Gestión del Cambio de Cultura Organizacional;

n

n

n

n Que, la Décima Disposición General del mismo cuerpo legal, establece que las Coordinaciones Generales de Gestión Estratégica serán implementadas en cada uno de las entidades determinadas en el artículo 3, previa disposición expresa de la Secretaría Nacional de la Administración Pública y no únicamente con la publicación del presente Decreto. La Secretaría Nacional de la Administración Pública determinará los parámetros necesarios que deben cumplir las entidades previa a esta implementación;

n

n

n

n Que, mediante Oficio Nro. PR-SSGEI-2012-000173-O, el Subsecretario de Gestión Estratégica e Innovación, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, emite su conformidad con las reformas del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en razón de que este cumple con las especificaciones determinadas por la Secretaría Nacional de Administración Pública para la implementación de la Coordinación General de Gestión Estratégica;

n

n

n

n Que, con Oficio Nro. MINFIN-DM-2012-0594 de 2 de octubre de 2012, el Ministerio de Finanzas emite el dictamen presupuestario favorable para la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, donde se incorpora la Gestión de Coordinación General de Gestión Estratégica;

n

n

n

n Que, mediante Oficio Nro. MRL-VSP-2012-0969 de 9 de noviembre de 2012, el Ministerio de Relaciones Laborales, emite Informe Favorable a la reforma del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;

n

n

n

n Que, es necesario reformar el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para armonizarlo con lo dispuesto por el Presidente de la República, de incorporar a la estructura organizacional del MTOP, incorporando a la estructura organizacional la Coordinación General de Gestión Estratégica; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Reformar el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, emitido mediante Acuerdo Ministerial No. 036 de 9 de septiembre de 2010, publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 93-2 de 30 de noviembre de 2010, en los siguientes términos:

n

n

n

n Art. 1.- Elimínese del Artículo 6, Estructura Básica Alineada con la Misión y del Art. 8 Estructura Descriptiva, el numeral 3.2.1.6 Gestión de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y sus correspondientes numerales.

n

n

n

n Art. 2.- Incorpórese al Artículo 6, Estructura Básica Alineada con la Misión, dentro de los procesos habilitantes de asesoría el numeral 3.1.5 Gestión de Coordinación General de Gestión Estratégica, con los siguientes numerales:

n

n

n

n 3.1.5. COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN ESTRATÉGICA

n

n

n

n 3.1.5.1 GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROCESOS

n

n

n

n 3.1.5.2 GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

n

n

n

n 3.1.5.2.1 PLANEACIÓN ESTRATÉGICA, OPERATIVA Y ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE TI

n

n

n

n 3.1.5.2.2 DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

n

n

n

n 3.1.5.2.3 INFRAESTRUCTURA Y OPERACIONES

n

n

n

n 3.1.5.2.4 SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

n

n

n

n 3.1.5.2.5 SOPORTE TÉCNICO

n

n

n

n 3.1.5.2.6 INTEROPERABILIDAD

n

n

n

n 3.1.5.3 GESTIÓN DE CAMBIO DE CULTURA ORGANIZACIONAL

n

n

n

n Art. 3.- Incorpórese al Artículo 7.3, Estructura Orgánica Institucional, en el ámbito de los procesos habilitantes de asesoría, la Coordinación General de Gestión Estratégica, con las Direcciones de: Administración de Procesos, Tecnologías d la Información y de Gestión del Cambio de Cultura

n
n

n

n

n Organizacional.

n

n alt

n

n Art. 4.- Incorpórese al Artículo 8 del Estatuto Orgánico Estructura Descriptiva, en el numeral 3.1 dentro de los Procesos Habilitantes de Asesoría, el numeral 3.1.5

n
n

n

n

n Coordinación General de Gestión Estratégica, con los siguientes numerales:

n

n

n

n 3.1.5 COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN ESTRATÉGICA

n

n

n

n a. Misión.- Ejecutar, dar seguimiento y controlar a los planes de mejora de la calidad en la gestión pública a través de la eficiente gestión por procesos, gestión de proyectos, tecnologías de la información, gestión de cambio de la cultura organizacional e innovación de la gestión pública, de acuerdo a las necesidades en este ámbito de la Institución y en base a las políticas y herramientas emitidas por la Secretaría Nacional de Administración Pública que permitan entregar al ciudadano bienes y servicios de calidad.

n

n

n

n Responsable: Coordinador General de Gestión Estratégica

n

n

n

n b) Atribuciones y Responsabilidades:

n

n

n

n 1. Difundir, aplicar y controlar la aplicación de la normativa y de las políticas de planificación estratégica operativa, los planes de mejora de la calidad en la gestión pública a través de la eficiente gestión por procesos, gestión de proyectos, tecnologías de la información, gestión de cambio de la cultura organizacional e innovación de la gestión pública que emita la Secretaría Nacional de la Administración Pública;

n

n

n

n 2. Ser responsable del uso y la correcta aplicación del proceso Gobierno por Resultados y de las herramientas creadas para el efecto, supervisar el cuadro de mando integral y recomendar acciones preventivas y correctivas sobre la planificación estratégica operativa, los planes de mejora de la calidad en la gestión pública a través de la eficiente gestión por procesos, gestión de proyectos, tecnologías de la información, gestión de cambio de la cultura organizacional e innovación de la gestión pública basados en los lineamientos de la Secretaría Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n 3. Asesorar a las máximas autoridades y dependencias institucionales en materia planificación estratégica operativa, los planes de mejora de la calidad en la gestión pública a través de la eficiente gestión por procesos, gestión de proyectos, tecnologías de la información, gestión de cambio de la cultura organizacional e innovación de la gestión pública.

n

n

n

n 4. Ser el canal para la comunicación de la Institución y sus adscritas con la SNAP en materia de planificación estratégica operativa, los planes de mejora de la calidad en la gestión pública a través de la eficiente gestión por procesos, gestión de proyectos, tecnologías de la información, gestión de cambio de la cultura organizacional e innovación de la gestión pública.

n

n

n

n 5. Coordinar e implementar el Modelo de Gestión por procesos de la Institución, basado en los lineamientos establecidos por la Secretaría Nacional de la Administración Pública y los lineamientos emitidos por la Máxima Autoridad.

n

n

n

n 6. Diseñar, Promover, planificar, coordinar y ejecutar proyectos en materia de planificación estratégica operativa, los planes de mejora de la calidad en la gestión pública a través de la eficiente gestión por procesos, gestión de proyectos, tecnologías de la información, gestión de cambio de la cultura organizacional e innovación de la gestión pública, que mejoren los servicios públicos que ofrece la institución

n

n

n

n 7. Mejorar los procesos Institucionales, así como de verificar el cumplimiento de indicadores, en coordinación con las diferentes áreas de la Institución para alcanzar las metas de calidad de gestión, establecidas a nivel central y desconcentrados.

n

n

n

n 8. Sugerir a la máxima autoridad la implementación de políticas, reglamento, procesos y procedimientos en temas de gestión estratégica que permitan implementar un sistema integrado de gestión, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría Nacional de Administración Pública.

n

n

n

n 9. Estructurar y coordinar la ejecución de la Planificación anual de las Unidades de la Coordinación General de Gestión Estratégica.

n

n

n

n 10. Las demás actividades y responsabilidades emitidas por la Secretaría Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n 3.1.5.1 DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN DE PROCESOS

n

n

n

n a. Misión.- Garantizar la implementación del modelo de gestión de procesos en la institución, con el fin de alcanzar una gestión institucional de calidad y una cultura de mejora continua en la gestión pública institucional, que generen productos y servicios públicos que respondan a las necesidades de los/las ciudadanos/as.

n

n

n

n Responsable: Director de Administración de Procesos.

n

n

n

n b. Atribuciones y Responsabilidades:

n

n

n

n 1. Implementar la gestión por procesos en la institución mediante la Norma Técnica de Gestión de Procesos, otras normativas y guías metodológicas desarrolladas por la Secretaría Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n 2. Asesorar e intervenir en la institución en temas relacionados a la gestión de procesos y calidad.

n

n

n

n 3. Realizar estudios técnicos que contribuyan a articular y diseñar herramientas para implementar mejores prácticas en la gestión de procesos institucional.

n

n

n

n 4. Realizar diagnósticos sobre la situación actual y deseada de la Institución en relación a la gestión de los procesos institucionales, además del impacto de los cambios generados por la implementación de los proyectos de mejora de procesos.

n

n

n

n 5. Capacitar al equipo de procesos y a los usuarios en la normativa y lineamientos técnicos para la eficiente gestión de procesos.

n

n

n

n 6. Administrar el catálogo de procesos de la Institución.

n

n

n

n 7. Promover e implementar planes, programas y proyectos de mejora de procesos.

n

n

n

n 8. Asegurar la calidad de los procesos mediante la gestión de programas de monitoreo y control de procesos en la Institución y administración de los procesos dentro del ciclo de mejora continua.

n

n

n

n 9. Gestionar el Sistema de Administración de Procesos mediante herramientas tecnológicas y metodologías de uso que promueva la SNAP

n

n

n

n 10. Las demás actividades y responsabilidades emitidas por la Secretaría Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n c. Productos y Servicios:

n

n

n

n 1. Catálogo de procesos y productos actualizados

n

n

n

n 2. Mapa de procesos

n

n

n

n 3. Procesos críticos priorizados

n

n

n

n 4. Matriz de selección de procesos

n

n

n

n 5. Fichas de procesos

n

n

n

n 6. Flujos de procesos AS-IS

n

n

n

n 7. Método de recolección de datos para la medición de proceso

n

n

n

n 8. Indicadores de los procesos con sus responsables (sistema de monitoreo de procesos)

n

n

n

n 9. Líneas base de los indicadores de los procesos

n

n

n

n 10. Manual de procesos TO-BE

n

n

n

n 11. Metas de los indicadores establecidas

n

n

n

n 12. Informe de acciones de mejora a implementar

n

n

n

n 13. Informe de mejoras implementadas

n

n

n

n 14. Procesos optimizados y automatizados (cuando aplique)

n

n

n

n 15. Estrategia de implementación

n

n

n

n 16. Reportes de retroalimentación

n

n

n

n 17. Informes periódicos sobre la Gestión de procesos, avance y resultados de implementación de procesos mejorados.

n

n

n

n 18. Cronograma de levantamiento, análisis e implementación de procesos.

n

n

n

n 19. Informes de seguimiento y evaluación de procesos.

n

n

n

n 20. Informe diagnóstico institucional sobre gestión de procesos

n

n

n

n 21. Información institucional ingresada y depurada en GPR

n

n

n

n 22. Sistema de administración de mejora continúa implementado y funcionado.

n

n

n

n 23. Plan de asesoría y comunicación interna y externa sobre la gestión de procesos.

n

n

n

n 24. Estudios técnicos de gestión de procesos

n

n

n

n 3.1.5.2 DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

n

n

n

n a. Misión.- Planear y ejecutar proyectos y procesos de Tecnologías de la Información (TI) para la aplicación de políticas públicas y mejora de la gestión institucional y de los servicios a la ciudadanía, así como garantizar la operación de los sistemas y servicios informáticos, gestionar la seguridad informática, brindar soporte técnico en herramientas, aplicaciones, sistemas y servicios informáticos de la institución, e implementar la interoperabilidad con otras entidades.

n

n

n

n Responsable: Director de Tecnologías de la Información

n

n

n

n b. Atribuciones y Responsabilidades:

n

n

n

n 1. Formular y ejecutar los planes estratégico y operativo de las Tecnologías de la Información (TI), alineados al plan estratégico institucional y a las políticas que dicte el Gobierno en esta materia;

n

n

n

n 2. Dirigir, coordinar y controlar los procesos y proyectos de TI, así como los recursos humanos, físicos, de infraestructura tecnológica y financieros.

n

n

n

n 3. Gestionar la aprobación de la ejecución de Proyectos de TI, de acuerdo a la normativa vigente establecida por la Subsecretaría de Tecnologías de la Información de la Secretaría Nacional de la Administración Pública;

n

n

n

n 4. Proponer, implementar y controlar la aplicación de políticas y normativas para el uso de las TI alineadas a las políticas emitidas por la Secretaría Nacional de la Administración Pública en esta materia;

n

n

n

n 5. Ejecutar y participar de manera activa para el desarrollo de la interoperabilidad gubernamental.

n

n

n

n 6. Implementar el Sistema de Seguridad de la Información en la institución, basado en las Normas Técnicas Ecuatorianas emitidas por la Instituciones competentes y en los lineamientos de seguridad informática emitidos por la Secretaría Nacional de la Administración Pública y las directrices de la Máxima Autoridad.

n

n

n

n 7. Gestionar el ciclo de vida de las aplicaciones y sistemas informáticos para automatizar y mejorar procesos institucionales y trámites ciudadanos;

n

n

n

n 8. Asegurar el soporte técnico, capacidad, disponibilidad y continuidad de los aplicativos, sistemas y servicios informáticos, así como de los recursos financieros, físicos, hardware, software y humanos, suficientes para el funcionamiento de la Unidad;

n

n

n

n 9. Dirigir previa designación de la máxima autoridad y conformar el Comité de Gestión de las TI con los Directores y Asesores de la entidad, para analizar los requerimientos de implementación de aplicativos, sistemas y servicios informáticos;

n

n

n

n 10. Medir el desempeño de: los procesos de TI, ejecución de los proyectos y acuerdos de niveles de servicios informáticos establecidos;

n

n

n

n 11. Elaborar informes de gestión y rendición de cuentas respecto de las actividades del área;

n

n

n

n 12. Analizar periódicamente los procesos, procedimientos, funciones, y metodologías de trabajo de TI, a fin de consolidarlos, estandarizarlos, optimizarlos y actualizarlos;

n

n

n

n 13. Estudiar, evaluar y adoptar estándares, metodologías, arquitecturas, tecnologías, e infraestructura de TI adecuados a: las necesidades de la institución, a tendencias tecnológicas, a buenas prácticas y a disposiciones gubernamentales;

n

n

n

n 14. Brindar asesoramiento en materia de TI a las autoridades de la institución;

n

n

n

n 15. Las demás actividades y responsabilidades emitidas por la máxima Autoridad y por la Secretaría Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n La Dirección de Tecnologías de la Información para el cumplimiento de su misión estará conformada por las siguientes unidades: Planeación Estratégica, Operativa y Administración de Proyectos de TI; Desarrollo de Sistemas Informáticos; Infraestructura y Operaciones; Seguridad de la Información; Soporte Técnico; e Interoperabilidad

n

n

n

n

n

n 3.1.5.2.1 Planeación Estratégica, Operativa y Administración de Proyectos de TI

n

n

n

n a) Productos y Servicios:

n

n

n

n 1. Plan Estratégico de Tecnologías de la Información (PETI) aprobado por la Máxima Autoridad;

n

n

n

n 2. Plan Operativo Anual de Tecnologías de la Información (POATI) aprobado por la Máxima Autoridad;

n

n

n

n 3. Procesos y proyectos de Tecnologías de la Información, coordinados, controlados, documentados y respaldados por registros que evidencien su ejecución.

n

n

n

n 4. Plan Anual de Compras de TI (PACTI) aprobado por la máxima Autoridad de la Entidad;

n

n

n

n 5. Estándares, metodologías, arquitecturas, tecnologías e infraestructura de tecnologías adecuadas a las necesidades de la Institución, a tendencias tecnológicas, a buenas prácticas y a disposiciones gubernamentales.

n

n

n

n 6. Proyectos de Tecnologías de la Información cuyo presupuesto referencial supere las 50 remuneraciones mensuales unificadas (R-M-U-) formulados, gestionados y aprobados ante la Subsecretaría de Tecnologías de la Información de las Secretaría Nacional de la Administración Pública.

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n

n 7. Metodología para la formulación, aprobación, ejecución y control de proyectos de TI para la Institución;

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n

n 8. Políticas y normativas para el uso de las Tecnologías de la Información implementadas y controladas acorde a las políticas emitidas por la Secretaría Nacional de la Administración Pública.

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n 9. Informes del Comité de gestión de Tecnologías de la Información

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n 10. Informes de medición, análisis y mejora del desempeño de los procesos de la ejecución de los proyectos y los acuerdos de niveles de servicios informáticos establecidos.

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n 11. Informes de asesoría en materia de tecnologías de la Información dirigidos a las autoridades de la Institución.

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n 12. Estudios de factibilidad de proyectos de TI;

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n 13. Portafolio de proyectos de TI;

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n 14. Reportes de gestión de proyectos de TI;

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n 15. Términos de referencia y especificaciones técnicas requeridos en contratación de bienes y servicios relacionados con el área de TI;

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n 16. Informes de administración y fiscalización de contratos de bienes y servicios tecnológicos;

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n 17. Informes técnicos de evaluación de herramientas, aplicaciones y Tecnologías de la Información, a ser implementadas en la Institución;

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n 18. Informes técnicos de prospectiva sobre el uso y aplicación de tecnologías emergentes y herramientas para optimizar los aplicativos, sistemas y servicios informáticos institucionales;

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n 19. Informes de requerimientos de cambios aprobados;

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n 20. Informes de control y de mejoramientos continuo de procesos, aplicativos, sistemas y servicios informáticos;

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n 21. Actas de acuerdos sobre los requisitos y alcance de las auditorías informáticas;

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n

n 22. Manuales actualizados y aprobados de subprocesos, procedimientos, instructivos y registros de indicadores de medición del Subproceso de Planeación Estratégica, Operativa y Administración de Proyectos de TI.

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n 23. Mantenimiento de la base de datos de proveedores actualizada con el registro periódico de cumplimiento de los niveles de servicio contratados y control de garantías técnicas;

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n 3.1.5.2.2 Desarrollo de Sistemas Informáticos

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n

n a) Productos y Servicios:

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n

n 1. Documentación de estándares de la metodología de desarrollo de software a ser aplicados en la Institución;

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n 2. Sistema y aplicaciones desarrollados para interoperar con otros sistemas gubernamentales.

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n 3. Aplicaciones y sistema informáticos desarrollados para mejorar procesos institucionales.

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n 4. Aplicativos, sistema y servicios informáticos disponibles acorde a los niveles de servicio.

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n 5. Documentación de estándares de programación hacer aplicados en la Institución;

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n 6. Documentación de los sistemas informáticos y aplicativos desarrollados: requerimientos funcionales, diseño de interfaz y de reportes, modelo arquitectónico, modelo entidad relación, diccionario de datos, plan de pruebas, pruebas, otros;

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n

n 7. Código fuente versionado, scripts de base de datos versionados, instaladores, archivos de configuración y parametrización de los aplicativos y sistemas informáticos desarrollados, contratados y adoptados;

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n

n 8. Planes e informes de pruebas de las aplicaciones y sistemas informáticos a ser puestos en producción;

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n

n 9. Plan e informes de control de calidad del ciclo de vida de las aplicaciones y sistemas informáticos a ser puestos en producción;

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n

n

n 10. Informe de aprobación sobre las aplicaciones y sistemas informáticos desarrollados para ser implantados en el ambiente de producción;

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n

n

n 11. Planes e informes de paso a producción de nuevas aplicaciones y sistemas informáticos desarrollados, contratados o adoptados, o cambios a los mismos;

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n

n

n 12. Documentación de requerimientos de cambios para las aplicaciones y sistemas informáticos en producción, con su respectiva aprobación;

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n

n

n 13. Reportes de control de cambios y versiones de los sistemas informáticos y aplicativos;

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n

n 14. Manuales e instructivos de entrenamiento, instalación, configuración, usuario, administración y paso a producción de las aplicaciones y sistemas informáticos;

n

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n

n 15. Repositorio e inventario único del código fuente, archivos, parámetros de configuración y control de versiones de las aplicaciones y sistemas informáticos;

n

n

n

n 16. Administradores y usuarios entrenados en las aplicaciones y sistemas informáticos desarrollados, adquiridos o adoptados;

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n

n 17. Informes y estadísticas de entrenamientos impartidos;

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n

n 18. Informes de incidentes y problemas atribuibles a las aplicaciones y sistemas informáticos;

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n

n 19. Reportes e informes de requerimientos atendidos, desarrollos realizados, control de calidad y reportes de avance de las aplicaciones y sistemas informáticos desarrollados, adquiridos o adoptados;

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n

n 20. Proyectos de migración de las aplicaciones y sistemas informáticos privativos a tecnologías con el uso de software libre;

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n

n 21. Manuales actualizados y aprobados de subprocesos, procedimientos, instructivos y registros de indicadores de medición del Subproceso de Desarrollo de Sistemas Informáticos.

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n 3.1.5.2.3 Infraestructura y Operaciones

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n

n a) Productos y Servicios:

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n

n 1. Procedimientos estándares de operación y monitoreo de los equipos, redes, aplicaciones, sistemas y servicios informáticos.

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n 2. Ambientes de infraestructura implementados para: desarrollo, producción, capacitación y proyectos.

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n

n 3. Registros de: instalación, configuración, administración, mantenimiento y monitoreo de los equipos, aplicaciones y servicios a nivel físico (computadoras, UPS, otros) y lógico (sistemas operativos, bases de datos, repositorios, middleware, software base, otros) para los ambientes de: pruebas, desarrollo, producción, capacitación y proyectos.

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n

n 4. Diagramas de arquitectura lógica y física de plataformas de servidores, redes LAN/WAN/WIRELESS, interconexión, almacenamiento, respaldo y recuperación, centralización y virtualización.

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n 5. Base de datos de configuración de: aplicaciones, sistemas y servicios informáticos en operación, con niveles de disponibilidad.

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n 6. Respaldos de información obtenidos.

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n

n 7. Procedimiento y registros de control de cambios y versiones efectuados en los equipos y software instalados.

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n 8. Procedimientos implantados para comunicar fallas en el procesamiento de la información o los sistemas de comunicaciones, que permitan tomar medidas correctivas.

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n

n 9. Planes aprobados para recuperación por desastres y continuidad de la disponibilidad de equipos, redes y servicios; y, registros que evidencien la ejecución, validación y actualización de los mismos.

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n

n 10. Informes de incidentes y problemas atendidos atribuibles a la infraestructura y operación, en base a los niveles de soporte y servicios establecidos.

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n

n 11. Procedimientos de operación de equipos, sistemas operativos, bases de datos, servidores de aplicaciones, servidores web, balanceadores de carga, respaldos, restauraciones, mantenimiento de redes y comunicaciones (voz/datos/video), servicios, otros; y registros que evidencien su ejecución.

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n 12. Procedimiento de paso a producción de nuevas aplicaciones, sistemas y servicios informáticos, o cambios a los mismos; y registros que evidencien la ejecución de los mismos.

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n

n 13. Mantenimiento de la base de datos de proveedores actualizada con el registro periódico de cumplimiento de los niveles de servicio contratados y control de garantías técnicas.

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n

n 14. Informes periódicos de cumplimiento de los niveles de servicio establecidos en el área y con otras áreas.

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n

n 15. Informes de planificación y aseguramiento de la capacidad y disponibilidad necesaria de equipos, redes y servicios para garantizar el funcionamiento óptimo.

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n 16. Estudios técnicos para cambios en los equipos y software base asi como la renovación o adopción de innovaciones.

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n

n 17. Procedimientos de programación y administración técnica de centrales telefónicas y periféricos (teléfonos, faxes, etc); y registros que evidencien la administración efectuada y disponibilidad del servicio brindado.

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n 18. Informes periódicos sobre la coordinación de despliegue y mantenimientos de puntos de energía eléctrica polarizada estabilizada y de redes de datos y de voz. Incluye sistemas eléctricos de alimentación ininterrumpible, grupo electrógeno y de la alimentación eléctrica polarizada estabilizada para el centro de datos.

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n 19. Manuales actualizados y aprobados de subprocesos, procedimientos, instructivos y registros de indicadores de medición, del Subproceso de Gestión de Infraestructura y Operaciones.

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n 3.1.5.2.4 Seguridad de la Información

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n

n a) Productos y Servicios:

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n 1. Política de Seguridad de la Información.

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n 2. Esquemas gubernamentales de seguridad de la Información implementado y controlado en la Institución.

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n 3. Informes de análisis de riesgos y vulnerabilidades de Seguridad de la Información.

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n 4. Informes de seguimiento y control sobre las medidas a aplicar para mitigar ataques informáticos a portales, aplicaciones Web o servicios institucionales.

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n 5. Informes de evaluación del posible impacto operativo a nivel de seguridad, de los cambios previstos a sistemas, equipamiento y su correcta implementación.

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n 6. Catálogo de clasificación de la información de la Institución, en pública y confidencial;

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n 7. Informes de iniciativas para incrementar la seguridad de la información.

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n 8. Informes de auditoría sobre el cumplimiento de controles de seguridad definidos para protección de software malicioso, detección y prevención del accesos no autorizados, garantizar la seguridad de los datos, los servicios conectados a las redes de la Institución, etc.).

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n 9. Informes de auditoría sobre cumplimiento de procedimientos para asignación, actualización y revocación de cuentas de usuarios y de perfiles de usuario, en las aplicaciones, sistemas y servicios informáticos.

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n 10. Usuarios concienciados en materia de: seguridad de la información, controles de acceso a las aplicaciones, sistemas, servicios informáticos y administración de cambios.

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n

n 11. Informes de auditoría sobre el cumplimiento de los servicios implantados de seguridad perimetral centralizada para protección de la información en contra de: virus, correo spam, pornografía, ataques informáticos, propaganda, denegación de servicios web, filtrado de aplicaciones web, suplantación de páginas web, intrusión/ataques (IPS/IDS), otros.

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n

n 12. Informes de auditoría sobre el cumplimiento de los acuerdos de uso de las aplicaciones, sistemas, servicios informáticos y de confidencialidad de la información, suscritos entre los usuarios y el representante legal de la Institución; y, las sanciones que conlleva el incumplimiento de lo establecido en dichos acuerdos.

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n 13. Informes de auditoría sobre la realización de las copias de resguardo de información, así como las pruebas periódicas de su restauración.

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n 14. Informes de auditoría sobre el cumplimiento de procedimientos para comunicar fallas en el procesamiento de la información o los sistemas de comunicaciones, que permitan tomar medidas correctivas.

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n 15. Informes del seguimiento y control a la implantación y pruebas del Plan de Continuidad de los servicios y de Contingencia de Tecnologías de la Información y Comunicación.

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n 16. Sistema de Seguridad de la Información implantado en la Institución, basado en las Normas Técnicas Ecuatorianas emitidas por el INEN y en estándares internacionales ampliamente aceptados.

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n 17. Informes de seguimiento y control al cumplimiento de las acciones a ser efectuadas en el Sistema de Seguridad de la Información.

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n

n 18. Manuales actualizados y aprobados de subprocesos, procedimientos, instructivos y registros de indicadores de medición, del Subproceso de Gestión de Seguridades de la Información.

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n 3.1.5.2.5 Soporte Técnico

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n

n a) Productos y Servicios:

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n

n 1. Solicitudes de soporte, clasificadas, priorizadas y asignadas.

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n

n 2. Solicitudes de soporte atendidas y gestión con las solicitudes escaladas.

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n

n 3. Solicitudes de requerimientos, autorización, asignación, actualización y revocación de cuentas y perfiles de usuarios, para el uso de aplicaciones, sistemas y servicios informáticos.

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n

n 4. Mensajes de notificación de incidentes, dirigido a usuarios, sobre interrupción y habilitación de aplicativos, sistemas y servicios informáticos.

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n 5. Informes de administración y coordinación de aplicaciones, sistemas y servicios informáticos implantados.

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n 6. Informes de soporte solicitados y brindados al usuario.

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n

n 7. Reportes de soporte técnico de software efectuados.

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n 8. Informes de respaldos de información verificados en los ambientes de pruebas.

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n 9. Informes de análisis y detección de necesidades de capacitación y entrenamiento sobre el uso de las aplicaciones, sistemas y servicios informáticos.

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n

n 10. Acuerdos de uso de las aplicaciones, sistemas, servicios informáticos y de confidencialidad de la información, suscrito por los usuarios y el representante legal de la Institución.

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n 11. Plan de entrenamiento en aplicativos, sistemas y servicios informáticos brindados.

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n

n 12. Informes y estadísticas del uso de las aplicaciones, sistemas y servicios informáticos.

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n 13. Informes de análisis estadístico de tipos de incidentes resueltos y plan de acción de mejoras a realizar en procesos, aplicaciones, sistemas y servicios informáticos.

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n

n 14. Registros y reportes de inventario y documentación de equipos, aplicaciones y servicios a nivel nacional, que está a disposición de los usuarios finales;

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n 15. Reportes de incidentes.

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n 16. Políticas, estándares y manuales sobre el uso de equipos, software y configuración de equipos de usuarios finales.

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n

n 17. Catálogos de problemas-soluciones, por niveles en el soporte de aplicativos, sistemas y servicios informáticos.

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n 18. Acuerdos de Nivel de Servicio de las aplicaciones, sistemas y servicios informáticos.

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n

n 19. Administradores institucionales de aplicaciones, sistemas y servicios informáticos designados formalmente.

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n 20. Plan aprobado e informes de mantenimiento preventivo, correctivo de hardware y software para usuarios finales.

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n 21. Reportes de entrega / recepción de hardware y software para usuarios finales.

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n 22. Manuales actualizados y aprobados de subprocesos, procedimientos, instructivos y registros de indicadores de medición, del Subproceso de Gestión de Soporte Técnico.

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n 3.1.5.2.6 Interoperabilidad

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n

n a) Productos y Servicios:

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n 1. Inventario de los procesos internos que son parte de trámites ciudadanos y de procesos inter-institucionales.

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n 2. Inventario de los modelos y diccionarios de datos de los sistemas cuyos datos son intercambiables.

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n 3. Esquemas XML de los modelos y diccionarios de datos de los sistemas y servicios informáticos inventariados.

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n 4. Documentación de la estructura (sintaxis) y definición (semántica) de los datos de los modelos y diccionarios inventariados.

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n 5. Servicios Web para compartir e intercambiar datos e información electrónicos por medio de la Plataforma Gubernamental.

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n 6. Documentación de los servicios Web para compartir e intercambiar datos e información electrónicos.

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n 7. Acuerdos de Nivel de Servicio de los servicios Web para compartir e intercambiar datos e información electrónicos.

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n 8. Modelos de integración de sistemas en BPMN.

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n 9. Documentación de proyectos de interoperabilidad de la Institución.

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n 10. Informes y estadísticas del uso de los servicios Web para compartir e intercambiar datos e información electrónicos.

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