n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves 08 de Noviembre de 2012 – R. O. No. 826

n

n SUMARIO

n

n Ministerio de Industrias y Productividad:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n 12 495 Modifícase el Acuerdo Ministerial No. 12 102

n

n Ministerio del Interior:

n

n 2979 Legalízase la comisión de servicios en el exterior de varios funcionarios de esta Cartera de Estado quienes participaron en el Seminario Binacional Perú ? Ecuador, en materia de control migratorio

n

n 2980 Legalízase la comisión de servicios en el exterior de varios funcionarios de esta Cartera de Estado quienes participaron en el Proyecto ?Sistema Regional de Indicadores Estandarizados de Convivencia y Seguridad Ciudadana SES?

n

n 2981 Legalízase la comisión de servicios en el exterior de varios funcionarios de esta Cartera de Estado quienes participaron en Primera Ronda del Encuentro Preparatorio a la XXXII Reunión de Ministros del Interior del Mercosur y Estados Asociados

n

n Ministerio de Turismo:

n

n 20120242 Modifícase el Acuerdo Ministerial No. 172 de 2 de octubre del 2001, publicado en el Registro Oficial 424 de los mismos mes y año

n

n Ministerios de Defensa Nacional y de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n

n

n Acuerdos Interministeria- les

n

n 006 Transfiérese a perpetuidad el inmueble denominado ?Páramos del Tispo?, situado en la parroquia y cantón Biblián, provincia del Azuay, a favor del MAGAP

n

n 007 Transfiérese a perpetuidad el inmueble denominado ?San Francisco?, situado en la parroquia Pózul del cantón Celica, provincia de Loja, a favor del MAGAP

n

n 008 Transfiérese a perpetuidad el inmueble denominado ?Sambumba?, situado en la parroquia Pózul del cantón Celica, provincia de Loja, a favor del MAGAP

n

n 009 Transfiérese a perpetuidad el inmueble denominado ?Filadelfia?, situado en la parroquia El Guabo del cantón El Guabo, provincia de El Oro, a favor del MAGAP ?

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n Resoluciones

n

n 378 Tranfiérese a título gratuito y a perpetuidad varios solares, ubicados en el sector Santa Rosa, cantón Salinas, provincia de Santa Elena, a favor de la Federación Nacional de Cooperativas Pesqueras del Ecuado

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas: Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial:

n

n SPTMF 252/2012 Déjase sin efecto la Resolución No. 150-12 de 6 de junio del 2012, publicada en el Registro Oficial No. 742 de 10 de julio del 2012

n

n SPTMF 326/2012 Derógase la Resolución No. SPTMF 487/11, publicada en el Registro Oficial No. 621 de 18 de enero del 2012

n

n Junta Bancaria:

n

n Transparencia y Control Social

n

n

n

n JB-2012-2352 Refórmase la disposición transitoria primera del Capítulo I ?Apertura y cierre de oficinas en el país y en el exterior, de las instituciones financiera privadas y públicas sometidas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros?, del Título II, Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

n

n Superintendencia de Compañías:

n

n SC-DSC-G-12-015 Expídese la definición de ?Empresa privada de comunicación de carácter nacional?

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: H. Gobierno Provincial de Tungurahua:

n

n Resolución

n

n GP 2012-087 Ratifícase la aplicación de la denominación institucional de ?Gobierno Provincial de Tungurahua?

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n 11-2012 Cantón La Troncal: Que regula la tenencia, protección y control de la fauna urbana

n

n – Cantón Loreto: Que norma la participación ciudadana y cogestión de la planificación participativa en las parroquias urbanas y rurales

n

n – Cantón Machala: Que establece la jubilación patronal de los trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal

n

n – Cantón Salcedo: Del impuesto de patente municipal

n

n

n

n CONTENIDO

n n n

n No. 12 495

n

n

n

n El MINISTRO DE INDUSTRIAS Y

n

n PRODUCTIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Acuerdo Ministerial No. 11 115, publicado en el Registro Oficial No. 447, de 13 de mayo de 2011, se expidió con el fin de desconcentrar varias funciones relacionadas con los procesos de contratación pública, los procesos relativos a la administración de recursos humanos; y, los procesos relativos a la administración de recursos financieros, bienes muebles e inmuebles de propiedad del Ministerio de Industrias y Productividad;

n

n

n

n Que, el 21 de marzo de 2012, se expidió el Acuerdo Ministerial No. 12 102 que reforma el Acuerdo Ministerial No. 11 115, en la que le confiere la facultada de autorizar el pago de viáticos, subsistencias y movilización al Señor Viceministro, con el objeto de optimizar el proceso de aprobación de estos gastos y mejorar la calidad de gasto;

n

n

n

n Que, la Coordinadora General Administrativa Financiera, considera necesario reformar el Acuerdo Ministerial No. 12 102, a fin de operativizar de mejorar de mejor manera lo estipulado en el inciso tercero del Art. 9, del precitado Acuerdo Ministerial.

n

n

n

n Que, el señor Viceministro, manifiesta su conformidad con la reforma propuesta por la Coordinación General Administrativa Financiera, adicionalmente solicita eliminar el plazo de 24 horas para la antelación previsto en el inciso séptimo del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 12 102;

n

n

n

n En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República del Ecuador; y, del Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- Sustitúyase el inciso tercero del artículo 9 del Acuerdo Ministerial No. 12 102 por el siguiente texto: ?Se exceptúan de esta disposición al personal del Despacho del Ministro/a y la Dirección de Comunicación Social?.

n

n

n

n Artículo 2.- Elimínese del inciso séptimo, del artículo 10 del Acuerdo Ministerial No. 12 102, la frase ?el plazo de 24 horas de anticipación de la salida de personal?.

n

n

n

n Artículo 3.- Se convalidan las comisiones de servicios que por su urgencia o necesidad institucional, no cumplieron con el requisito previo la autorización dentro de las 24 horas de anticipación y que han cumplido con todos los demás requerimientos establecidos para la realización de estas actividades desde la vigencia del Acuerdo No. 12 102, hasta la emisión del presente Acuerdo.

n

n

n

n Disposición Final.- En el presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, 23 de octubre del 2012.

n

n

n

n Comuníquese y Publíquese.-

n

n

n

n f.) Lcdo. Juan Francisco Ballén, Ministro de Industrias y Productividad Encargado.

n

n

n

n MIPRO, MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- CERTIFICO: Es fiel copia del original.- Firma: Ilegible.- Fecha: 26 de octubre del 2012.

n

n

n

n No. 2979

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando del 17 de julio de 2012, dirigido a la señora Coordinadora General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado, dispuso el trámite de comisión de servicios al exterior, a favor de la Dra. Iroshima Villalva Miranda, Directora de Protección de Derechos; señor Jorge Augusto Witt Arias, Asesor 5 del Despacho Ministerial; y Dr. Javier Galarza Ulloa, Servidor Público 4, de Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Migración, quienes participaron en el Seminario Binacional Perú-Ecuador en materia de Control Migratorio, desarrollado en Túrnbes – Perú, del 24 al 27 de julio de 2012;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0044 del 23 de julio de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 19875 y 19877 del 23 de julio de 2012, y oficio No. PR-SSADP- 2012-001299-O del 30 de agosto de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los funcionarios mencionados;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 28, 1092 y 1094 del 26 de julio de 2012, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción Viáticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la Dra. lroshima Villalva Miranda, Directora de Protección de Derechos; señor Jorge Augusto Witt Arias, Asesor 5 del Despacho Ministerial; y Dr. Javier Galarza Ulloa, Servidor Público 4, de Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Migración, quienes participaron en el Seminario Binacional Perú – Ecuador en materia de Control Migratorio, llevado a cabo en Túmbes – Perú, del 23 al 28 de julio de 2012, en seguimiento a la Segunda Reunión de Ministros del Interior del Perú y Ecuador.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demande la referida comisión de servicios al exterior, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 2980

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, en memorando 2012 CGP-DAI-No. 187 del 08 de agosto de 2012, suscrito por la Ab. María Dolores Cevallos, Directora de Asuntos Internacionales, el titular de esta Cartera de Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, a favor del Ing. Freddy Pavón Vásquez, Coordinador General de Planificación y Lic. Ana Saltos Bonilla, Servidor Público 3 de la Dirección de Género, quienes participaron en el evento de cierre fase Bien Público Regional Proyecto ?Sistema Regional de Indicadores Estandarizados de Convivencia y Seguridad Ciudadana SES? , Encuentro Internacional, realizado en la ciudad de Cali – Colombia, los días 16 y 17 de agosto de 2012.

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0052 del 14 de agosto de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 20227 y 20229 del 14 de agosto de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los funcionarios mencionados;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la Lic. Ana Saltos Bonilla, Servidor Público 3 de la Dirección de Género, e Ing. Freddy Pavón Vásquez, Coordinador General de Planificación, quienes participaron en el evento de cierre fase Bien Público Regional Proyecto «Sistema Regional de Indicadores Estandarizados de Convivencia y Seguridad Ciudadana SES», Encuentro Internacional, efectuado en la ciudad de Cali – Colombia, del 15 al 18 de agosto de 2012; excepto el último de los nombrados, cuyos días de comisión comprenden del 17 al 18 de agosto de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gatos del viaje correspondientes al traslado y hospedaje, fueron cubiertos por el Instituto CISALVA de la Universidad del Valle de Cali, lo cual no representa egreso de recursos fiscales.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 2981

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n

n

n Que, con memorando No. DM-A-495 del 24 de agosto de 2012, dirigido a la señora Coordinadora General Administrativa Financiera, el Ing. Javier Córdova Unda, Ministro del Interior (S), dispuso el trámite de comisión de servicios al exterior, a favor de los funcionarios: Dra. Carina Arguello Moscoso, Asesor 2 del Despacho Ministerial; Ing. Jorge Miranda Gutiérrez, Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y, Ab. Cristina Silva Cadmen, Directora de Control y Orden Público de la Subsecretaría de Seguridad Interna, quienes viajaron a la ciudad de Brasilia – Brasil, para participar en la Primera Ronda del Encuentro Preparatorio a la XXXII Reunión de Ministros del Interior del Mercosur y Estados Asociados, conjuntamente con oficiales superiores de la Policía Nacional, del 29 al 31 de agosto de 2012;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 20417, 20431 y 20479 del 23 y 27 de agosto de 2012, respectivamente, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los funcionarios mencionados;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0055 del 27 de agosto de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria No. 1236 del 03 de septiembre de 2012, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción Viáticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la Dra. Carina Arguello Moscoso, Asesor 2 del Despacho Ministerial; Ing. Jorge Miranda Gutiérrez, Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y, Ab. Cristina Silva Cadmen, Directora de Control y Orden Público de la Subsecretaría de Seguridad Interna, quienes participaron en la Primera Ronda del Encuentro Preparatorio a la XXXII Reunión de Ministros del Interior del Mercosur y Estados Asociados, conjuntamente con oficiales superiores de la Policía Nacional, celebrada en la ciudad de Brasilia – Brasil, desde el 28 de agosto al 01 de septiembre de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demande la referida comisión de servicios al exterior, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 20120242

n

n

n

n Freddy Ehlers Zurita

n

n MINISTRO DE TURISMO

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 348 de 10 de mayo de 2010, el señor Presidente Constitucional de la República nombró como Ministro de Turismo al señor Freddy Arturo Ehlers Zurita, quien es la máxima autoridad de esta Cartera de Estado;

n

n

n

n Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 154, numeral 1, concordante con los artículos 3 y 5 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios por parte del Sector Privado, faculta a los señores Ministros de Estado, expedir los acuerdos y resoluciones administrativas, que requiera su gestión;

n

n

n

n Que, conforme a lo previsto en los artículos 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada; 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva; 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, 4 de su Reglamento General, el Ministerio de Turismo está facultado para delegar sus atribuciones a los funcionarios de la institución que representa, cuando lo estime conveniente;

n

n

n

n Que, de conformidad con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros de Estado, dentro de la esfera de sus competencias, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y publicado en el Registro Oficial;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 17, 20 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; el número de atribuciones de los subsecretarios, coordinadores, asesores y directores de cada Ministerio, será definido por el respectivo Ministro, previo conocimiento del Ministro – Secretario General de la Administración Pública;

n

n

n

n Que, el artículo 54 ibídem, establece que la titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la competencia al órgano desconcentrado. La desconcentración se hará por Decreto Ejecutivo o Acuerdo Ministerial;

n

n

n

n Que, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, promulgada en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 de 4 de agosto de 2008, determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría; y, en su artículo 61 determina que, la máxima autoridad de la Entidad Contratante, delegará la suscripción de los contratos a funcionarios de la entidad u organismos adscritos a ella o bien a funcionarios de otras entidades del Estado a través de la resolución respectiva que se publicará en el Portal COMPRASPÚBLICAS;

n

n

n

n Que, el Reglamento General de la Ley ibídem fue publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 399 de 8 de agosto de 2008, y en su artículo 4 establece que, en aplicación de los principios de Derecho Administrativo son delegables todas las facultades previstas para la máxima autoridad tanto en la Ley como en este Reglamento General, aún cuando no conste en dicha normativa la facultad de delegación expresa; y, que la resolución que la máxima autoridad emita para el efecto, determinará el contenido y alcance de la delegación;

n

n

n

n Que, la Ley Orgánica del Servicio Público, publicada en el Registro Oficial No. 294 de 6 de octubre del 2010, regula el servicio público y otorga facultades a las autoridades nominadoras de las instituciones y organismos del sector público;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 172 de 2 de octubre de 2001, publicado en el Registro Oficial 424, la entonces Ministra de Turismo, desconcentró la administración general del Ministerio de Turismo;

n

n

n

n Que, el Acuerdo Ministerial citado en el considerando que antecede, fue modificado mediante Acuerdos Ministeriales Nos. 20110009 de 1 de febrero de 2011 y 20110072 de 20 de octubre de 2011, siendo necesaria su derogación, a fin de reformar ciertas disposiciones en ellos contenidas; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, artículo 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y artículo 4 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; artículo 4 del Acuerdo Ministerial No. 172 de 2 de octubre 2001; y la Acción de Personal No. 0381 de 20 de agosto de 2012,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Modificar el Acuerdo Ministerial No. 172 de 2 de octubre de 2001, publicado en el Registro Oficial 424 del mismo mes y año, en los siguientes términos:

n

n

n

n A continuación del artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 172 de 2 de octubre de 2001, publicado en el Registro Oficial 424, reemplácese por los siguientes artículos numerados:

n

n

n

n Art. 4.- Delegar a el/la Viceministro/a, las siguientes competencias:

n

n

n

n Suscribir convenios generales, marco o interinstitucionales, acuerdos, resoluciones y actas a nombre y representación de este Ministerio, con estricto apego a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, a la programación presupuestaria conforme a los planes previamente aprobados; y, cuando se constate la necesidad de realizar convenios de pago, suscribirlos, al tenor de lo dispuesto por el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, en cuyo caso se observarán los requisitos y condiciones que dicha norma señale.

n

n

n

n Suscribir nombramientos; remociones, aceptación de renuncias y cesación de funciones de los puestos de libre nombramiento y remoción de los Subsecretarios y Coordinadores Generales de la matriz y Gerentes;

n

n

n

n Designar al Jefe de Equipo, dentro de los integrantes de la comisión de servicios al exterior; y,

n

n

n

n En caso de ausencia de el/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a, se delega a el/la Viceministro/a, la facultad para disponer la delegación establecida en el Art. 5 del presente Acuerdo, al servidor/a y/o funcionario/a que reemplace a aquel o aquella en su ausencia.

n

n

n

n Artículo 5.- Delegar al/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a, dentro de su jurisdicción territorial y competencia, esto es, matriz, y aquellas oficinas que no estén sujetas a la jurisdicción de una coordinación zonal:

n

n

n

n La facultad para revisar, autorizar, disponer, suscribir y presidir todos los procedimientos precontractuales – excepto las contrataciones delegadas al/la Director/a Administrativo/a-; designar los integrantes de las comisiones técnicas de contratación pertinentes, con apego a la norma; gestionar y suscribir los contratos de bienes, obras, servicios y de consultoría; así como, los procedimientos de Régimen Especial -excepto las contrataciones delegadas al/la Director/a Administrativo/a-, conforme la normativa vigente a nombre y representación de este Ministerio, con estricto apego a la normativa vigente, regulación interna, a la programación presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados;

n

n

n

n Llevar adelante desde su inicio hasta su adjudicación, cancelación o declaratoria de desierto, todos los procedimientos en materia de contratación pública – excepto las contrataciones delegadas al/la Director/a Administrativo/a-, conforme al objeto y trámite determinados en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP-;

n

n

n

n Aprobar y/o modificar los pliegos y demás documentos precontractuales en materia de contratación pública -excepto las contrataciones delegadas al/la Director/a Administrativo/a-, conforme al objeto y procedimiento determinados en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP-;

n

n

n

n Suscribir los contratos que se adjudiquen en los procesos de contratación pública conforme a la cuantía, objeto y procedimiento determinados en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General -excepto las contrataciones delegadas al/la Director/a Administrativo/a-, dentro de su Jurisdicción territorial y competencia, así como suscribir y aprobar contratos complementarios y modificatorios -excepto aquellos derivados de las contrataciones delegadas al/la Director/a Administrativo/a-;

n

n

n

n Aprobar la publicación del Plan Anual de Contrataciones, de la matriz en función de las respectivas metas institucionales de cada área y de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General;

n

n

n

n Convenir y suscribir los documentos legales y administrativos que sean necesarios para la terminación por mutuo acuerdo de los contratos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General;

n

n

n

n Llevar desde su inicio hasta su culminación, los procesos de declaratoria de terminación anticipada y unilateral de los contratos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General;

n

n

n

n Designar a la o las personas autorizadas y responsables para utilizar las herramientas del Sistema Nacional de Contratación Pública y actualizar el mismo cuando corresponda;

n

n

n

n Expedir o aprobar las reformas presupuestarias y resoluciones presupuestarias, de acuerdo a lo establecido en la normativa emitida para el efecto;

n

n

n

n Suscribir resoluciones y acciones del personal que labora en todas las provincias, relativas a: nombramientos, aceptación de renuncias, remociones, ascensos, creación de puestos, clasificación, revisión a la clasificación, valoración, revaloración, traspasos presupuestarios, traslados y cambios administrativos, licencias y comisiones con y sin remuneración, permisos, vacaciones, sanciones administrativas, encargos de funciones y subrogaciones; cesación definitiva de funciones de los puestos de libre nombramiento y remoción de los Coordinadores Zonales, Directores de la matriz, Directores Técnicos Provinciales y demás autoridades de estos niveles;

n

n

n

n Disponer la contratación de personal bajo la modalidad de servicios ocasionales, profesionales y de asesoría, aprobar y disponer la aplicación del cronograma y plan de evaluación del desempeño, conformar y presidir el comité de reclamos de evaluación; presidir los tribunales de méritos, oposición y apelaciones en los concursos abiertos; disponer la ejecución del Plan Anual de Talento Humano, resolver sobre la instauración de sumarios y audiencias administrativas a que hubiera lugar e imponer las sanciones que correspondan; disponer la compensación por residencia y transporte para los funcionarios y servidores, todo esto conforme a los procedimientos y autorizaciones previas, señalados en la Ley Orgánica del Servicio Público, reglamentos, resoluciones y demás normas conexas que están vigentes y que se llegaren a dictar;

n

n

n

n Suscribir la documentación relacionada con la solicitud de dictámenes y autorizaciones sobre comisiones de servicios al exterior dirigidas a la Presidencia de la República, Secretaría Nacional de la Administración Pública, Ministerio de Relaciones Laborales, Ministerio de Finanzas y otras entidades públicas;

n

n

n

n Autorizar y suscribir con su firma a nombre del Ministerio de Turismo, los formularios del Ministerio de Relaciones Laborales en la parte pertinente a la firma del Ministro de Turismo;

n

n

n

n Expedir resoluciones presupuestarias del Ministerio de Turismo, previo informe de la Dirección Financiera;

n

n

n

n Resolver a nombre y representación del Ministerio de Turismo sobre la transferencia de dominio de bienes con otras instituciones del sector público;

n

n

n

n p) Disponer y suscribir los contratos que sean requeridos para el servicio de telefonía celular, reglamentando el uso y distribución de los equipos para los funcionarios autorizados por la Contraloría General del Estado; y,

n

n

n

n q) Suscribir convenios de pago a nombre y representación de la Matriz del Ministerio, con estricto apego a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

n

n

n

n Artículo 6.- Delegar al/la Director/a Administrativo/a, de la Matriz dentro de su jurisdicción territorial y competencia:

n

n

n

n La facultad para revisar, autorizar, disponer, suscribir y presidir los procedimientos precontractuales de menor cuantía; gestionar y suscribir los contratos de bienes, obras y servicios bajo el procedimiento de menor cuantía, conforme la normativa vigente a nombre y representación de este Ministerio, con estricto apego a la normativa vigente, regulación interna, a la programación presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados;

n

n

n

n Llevar adelante desde su inicio hasta su adjudicación, cancelación o declaratoria de desierto, los procesos que en materia de contratación pública correspondan al procedimiento de menor cuantía, conforme al objeto y trámite determinados en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP- ;

n

n

n

n Aprobar y/o modificar los pliegos y demás documentos precontractuales en materia de contratación pública, correspondiente a las contrataciones bajo el procedimiento de menor cuantía, conforme al objeto y procedimiento determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP-;

n

n

n

n Suscribir los contratos complementarios y modificatorios que se adjudiquen en los procesos de contratación pública bajo el procedimiento de menor cuantía, conforme al objeto y procedimiento determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General;

n

n

n

n La facultad para revisar, autorizar, disponer, su inicio, cancelación o declaratoria de desierto; y, suscribir los contratos que se deriven de los procedimientos precontractuales previstos en los numerales 6 y 7 del artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el respectivo procedimiento contemplado en el Reglamento General de aplicación de dicha Ley Orgánica y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP-, con estricto apego a la normativa vigente, regulación interna, a la programación presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados; así como, suscribir y aprobar los contratos complementarios y modificatorios derivados de dicho procedimiento de contratación;

n

n

n

n Aprobar y/o modificar los pliegos y demás documentos precontractuales en materia de contratación pública, correspondiente a las contrataciones previstas en los numerales 6 y 7 del artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, conforme al objeto y procedimiento determinado en dicha Ley Orgánica, su Reglamento General y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP-;

n

n

n

n La facultad para revisar, autorizar, aprobar, disponer, suscribir, presidir y adjudicar todos los procedimientos de ínfima cuantía, inclusive la suscripción de los contratos que en virtud de este procedimiento de contratación se requieran, conforme la normativa vigente a nombre y representación de este Ministerio, con estricto apego a la normativa vigente, regulación interna y a la programación presupuestaria;

n

n

n

n Autorizar el pago de viáticos y/o subsistencias, movilizaciones y/o alimentación e inclusive la asignación de pasajes aéreos, incluidos días feriados, para el cumplimiento de comisión de servicios al personal que labore en el Ministerio de Turismo dentro de su jurisdicción territorial, incluidos los del nivel jerárquico superior;

n

n

n

n

n

n Llevar a cabo el control y mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos asignados a su jurisdicción territorial;

n

n

n

n Disponer la distribución y uso de vehículos por parte del personal que labora en la matriz, de acuerdo al Reglamento correspondiente y otorgar los salvoconductos cuando éstos sean requeridos y debidamente justificados; y,

n

n

n

n Disponer la baja o destrucción de bienes o especies valoradas inservibles conforme al Reglamento General Sustitutivo para el manejo y administración de bienes del sector público dentro de su respectiva jurisdicción territorial.

n

n

n

n A través del/la Director/a de Administración de Talento Humano de la Matriz; llevar desde su inicio hasta su culminación, todos los procesos de contratación de personal sujeto a la Ley Orgánica de Servicio Público, así como al Código del Trabajo.

n

n

n

n Artículo 7.- Delegar a el/la Coordinador/a General de Planificación: Aprobar y emitir las reformas correspondientes en lo relacionado al Plan Operativo Anual.

n

n

n

n Artículo 8.- Delegar a los Coordinadores Zonales y Directores Técnicos Provinciales dentro de su jurisdicción territorial y competencia, con excepción de la Matriz:

n

n

n

n La facultad para revisar, autorizar, disponer, suscribir y presidir todos los procedimientos precontractuales, presidir las comisiones técnicas de contratación pertinentes, designar con apego a la norma sus integrantes, gestionar y suscribir los contratos de bienes, obras, servicios y de consultoría, así como los Procedimientos Especiales y de Régimen Especial, conforme la normativa vigente, dentro de su respectiva jurisdicción territorial y competencia a nombre y representación de este Ministerio, con estricto apego a la normativa vigente, regulación interna, a la programación presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados;

n

n

n

n Llevar adelante desde su inicio hasta su adjudicación, cancelación o declaratoria de desierto, todos los procedimientos en materia de contratación pública conforme a la cuantía, objeto y procedimiento determinados en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP-;

n

n

n

n Aprobar y/o modificar los pliegos y demás documentos precontractuales en materia de contratación pública conforme a la cuantía, objeto y procedimiento determinados en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública -INCOP-;

n

n

n

n Suscribir los contratos que se adjudique en los procesos de contratación pública conforme a la cuantía, objeto y procedimiento determinados en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General, dentro de su jurisdicción territorial y competencia, así como suscribir y aprobar contratos complementarios y modificatorios;

n

n

n

n Elaborar, aprobar, reformar y disponer la publicación del Plan Anual de Contrataciones de su jurisdicción territorial y competencia, en función de las respectivas metas institucionales de cada área y de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General;

n

n

n

n Convenir y suscribir los documentos legales y administrativos que sean necesarios para la terminación por mutuo acuerdo de los contratos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General;

n

n

n

n Llevar desde su inicio hasta su culminación, los procesos de declaratoria de terminación anticipada y unilateral de los contratos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General;

n

n

n

n Designar a las personas autorizadas para utilizar las herramientas del Sistema Nacional de Contratación Pública y actualizar el mismo cuando corresponda, dentro de su respectiva jurisdicción territorial;

n

n

n

n Autorizar el pago de viáticos y/o subsistencias, movilizaciones y/o alimentación e inclusive la asignación de pasajes aéreos, incluidos días feriados, para el cumplimiento de comisión de servicios al personal que labore dentro de su respectiva jurisdicción territorial;

n

n

n

n Disponer la baja o destrucción de bienes o especies valoradas inservibles, conforme al Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público, dentro de su respectiva jurisdicción territorial;

n

n

n

n Llevar a cabo el control y mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos asignados a su jurisdicción territorial; y,

n

n

n

n La facultad para suscribir los convenios de pago que se generen por la ejecución o contratación de bienes, servicios, obras y consultorías efectuado en su respectiva jurisdicción territorial.

n

n

n

n

n

n Artículo 9.- Delegar al/la Subsecretario/a de Gestión Turística; a el/la Subsecretario/a de Promoción Turística, al Subsecretario/a de Información y Comunicación Turística y al/la Coordinador/a de Planificación, la facultad para:

n

n

n

n Revisar y aprobar los términos de referencia e informes técnicos de viabilidad y de calificación para todos los procedimientos precontractuales con estricto apego a normativa vigente, regulación interna, a la programación presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados.

n

n

n

n Artículo 10.- Delegar al/la Director/a de Desarrollo, al/la Director/a de Rutas, al/la Director/a de Productos, al/la Director/a de Campañas, al/la Director/a de Investigación, al/la Director/a de Mercados, al/la Director/a de Producción de Promoción, al/la Director/a de Comunicación, al/la Director/a de Audiovisual, al/la Director/a Digital, al/la Director/a de Planificación e Inversión, al/la Director/a de Información, Seguimiento y Evaluación, al/la Director/a Administrativo de Talento Humano, al/la Director/a de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, al/la Director/a de Secretaría General, al/la Director/a Administrativo, según sea el caso, la facultad para elaborar y/o revisar los términos de referencia e informes técnicos de convalidación de errores y de calificación, dentro de todos los procedimientos para la contratación, adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría en el ámbito de sus competencias con estricto apego a las disposiciones reglamentarias vigentes, regulación interna, a la programación presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados.

n

n

n

n Artículo 11.- Las contrataciones internacionales no se rigen a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, sin embargo, las mismas serán autorizadas por el/la Ministro/a de Turismo o Viceministro/a y deberán observar lo siguiente:

n

n

n

n Determinación de la necesidad de contratación, debidamente suscrita por el técnico responsable a cargo y aprobada por la autoridad competente en el área requirente, de acuerdo al plan de compras o inversión;

n

n

n

n Para el caso de bienes que van a ser importados por la Entidad, verificación de no existencia de producción u oferta nacional, de conformidad con el instructivo del Instituto Nacional de Contratación Pública (INCOP);

n

n

n

n Términos de referencia;

n

n

n

n Certificación de disponibilidad presupuestaria;

n

n

n

n Especificación de que la contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones;

n

n

n

n Resolución motivada que justifique el proceso de contratación en el exterior;

n

n

n

n El pliego correspondiente;

n

n

n

n Suscripción de contrato debidamente acompañado de documentos habilitantes de los representantes de las partes;

n

n

n

n Publicación obligatoria en el Portal de COMPRASPUBLICAS. En caso de un proceso competitivo, a más de la publicación en el Portal, se publicará la convocatoria en medios de comunicación internacionales; y,

n

n

n

n Para proceder al pago de la contratación internacional, el Subsecretario o Director responsable de la generación de

n

n la necesidad de la contratación, deberá presentar previamente el informe de recepción a conformidad por el Área requirente.

n

n

n

n Artículo 12.- El/la Viceministro/a, Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a, Coordinador/a General de Planificación, Subsecretario/a de Gestión Turística, Subsecretario/a de Promoción Turística, Coordinadores Zonales, Directores de la Matriz y Directores Técnicos Provinciales, serán responsables personal y pecuniariamente ante el/la Ministro/a de Turismo por los actos realizados en ejercicio de la presente delegación, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 y demás disposiciones de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. Así mismo deberán informar por escrito las acciones tomadas en ejercicio del presente Acuerdo en todos aquellos casos relevantes.

n

n

n

n Artículo 13.- Ordenadores de Gasto.- Son ordenadores de gusto, quienes autorizan el gasto e inicio del proceso de contratación, así como quienes adjudican contrataciones y suscriben contratos en el ámbito de su competencia, jurisdicción y procedimiento, de acuerdo al presupuesto inicial del Estado de cada ejercicio económico.

n

n

n

n Son ordenadores de gasto en el Ministerio de Turismo, el Ministro/a, Viceministro/a, el/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a, los Coordinadores Zonales, y, los Directores Técnicos Provinciales.

n

n

n

n Artículo 14.- Ordenadores de Pago.- Son ordenadores de pago, quienes en el ámbito de su competencia y jurisdicción, autorizan el pago una vez verificado el cumplimiento de los procedimientos establecidos en la normativa legal vigente, en el contrato, en la orden de compra, en la factura, en la documentación de respaldo, en el Acta Entrega Recepción o en el informe a satisfacción del Administrador del Contrato.

n

n

n

n Son ordenadores de pago, el/la Director/a Financiero/a de la matriz del Ministerio y los/las responsables financieros de las Coordinaciones Zonales y de las Direcciones Técnicas Provinciales.

n

n

n

n Artículo 15.- Solicitud de pago.- Los Coordinadores Zonales, los Directores Técnicos Provinciales y los Subsecretarios de las áreas requirentes, una vez autorizados los informes de los Administradores del Contrato, deberán solicitar al/la Director/a Financiero/a de la matriz del Ministerio o a los/las responsables financieros de las Coordinaciones Zonales, las Direcciones Técnicas Provinciales y la Dirección Financiera de Matriz, el pago de anticipos u otros rubros fijados en el contrato, quienes en el ámbito de su competencia y jurisdicción, autorizan el pago una vez verificado el cumplimiento de los procedimientos establecidos en la normativa legal vigente, en el contrato, en la orden de compra, en la factura o en la documentación de respaldo.

n

n

n

n Artículo 16.- Administradores de Contrato.- Los Coordinadores Zonales, los Directores Técnicos Provinciales, los Directores de Matriz y los Subsecretarios serán administradores de contrato.

n

n

n

n Artículo 17.- Juez de Coactiva.- El Coordinador General de Asesoría Jurídica podrá delegar las funciones de Juez de Coactivas al funcionario que el designe para el efecto.

n

n

n

n Artículo 18.- El Coordinador General de Asesoría Jurídica podrá delegar en cualquier abogado de las unidades de Asesoría Jurídica, cualquiera de sus funciones, establecidas en el Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de Turismo, a efectos de una más rápida y eficaz gestión de los intereses del ministerio, en cada una de las zonas administrativas; para lo cual emitirá el documento en donde realice esta delegación, el mismo que servirá al funcionario como título suficiente para legitimar su intervención en cualquier acto a nombre del ministerio en la jurisdicción de la coordinación zonal respectiva.

n

n

n

n DISPOSICIONES GENERALES

n

n

n

n Primera.- Las solicitudes de pago de anticipos y de cada rubro descrito en los contratos y convenios se realizarán de conformidad con lo establecido en cada uno de éstos y serán de responsabilidad de cada Coordinación Zonal, Dirección Técnica Provincial o Subsecretaría por medio de el/la servidor/a designado/a que administre el convenio o contrato.

n

n

n

n Segunda.- Las disposiciones expuestas, aplican y facultan en igual forma para los Delegados la capacidad para revisar, autorizar, disponer y suscribir los citados convenios, conforme la normativa vigente, en su respectiva jurisdicción territorial, a nombre y representación de este Ministerio con estricto apego a la normativa vigente, regulación interna, a la reprogramación presupuestaria y conforme a los planes previamente aprobados, únicamente con los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n Tercera.- Las muestras que fueren entregadas dentro de los procedimientos precontractuales, deberán ser custodiadas por las áreas requirentes hasta su devolución a los oferentes participantes de tales procesos.

n

n

n

n DISPOSICIONES TRANSITORIAS

n

n

n

n Primera.- Codificar el Acuerdo Ministerial No. 172 de 2 de octubre de 2011, en tal sentido que, incluidos los artículos del presente Acuerdo modificatorio, a partir del artículo numerado 16, se numerarán los demás artículos no modificados en el orden subsiguiente de forma ascendente, desde el número 17.

n

n

n

n DEROGATORIAS

n

n

n

n Primera.- Eliminar el literal h) del Art. 2 del Acuerdo Ministerial No. 172 de 2 de octubre de 2001.

n

n

n

n Segunda.- Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 20110009 de 1 de febrero de 2011.

n

n

n

n Tercera.- Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 20110072 de 20 de octubre de 2011.

n

n

n

n Cuarta.- Deróguese toda disposición de menor o igual jerarquía que se oponga al presente Acuerdo Ministerial.

n

n

n

n DISPOSICIONES FINALES

n

n

n

n Primera.- Este Acuerdo Ministerial entrara en vigencia desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en el Portal de COMPRASPUBLICAS.

n

n

n

n Segunda.- Remítase un ejemplar para conocimiento del Secretario General de la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el párrafo tercero del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n Dado y firmado en Quito D.M., a 17 de octubre de 2012.

n

n

n

n COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE

n

n

n

n f.) Freddy Ehlers Zurita, Ministro de Turismo.

n

n

n

n No. 006

n

n

n

n Miguel Carvajal Aguirre

n

n MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

n

n

n

n Javier Ponce Cevallos

n

n MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Terrestre es propietario de un bien inmueble denominado ?PARAMOS DEL TISPO?, con sus respectivos linderos individualizados, situado en la parroquia y cantón Biblián, de la provincia del Azuay, adquirido mediante escritura pública de fecha 25 de julio de 1977, otorgada ante el Notario Público del cantón Cuenca, Doctor Jorge Mantilla Estévez, inscrita el 01 de agosto de 1977, por transferencia de dominio mediante donación realizada por el señor Segundo Bruno Chimborazo Vicuña. El predio denominado ?PARAMOS DEL TISPO?, tiene una superficie aproximada de cuarenta y tres hectáreas, sesenta y cinco centiáreas (43.65 hectáreas).

n

n

n

n Que por Resolución tomada en el Frente Militar del 02 de agosto de 2012, se dispuso que los predios con vocación agrícola de propiedad del MIDENA, sean transferidos al MAGAP, para lo cual se requiere el informe de Unidad de Bienes y Catastros del MIDENA.

n

n

n

n Que según consta del certificado de fecha 03 de agosto de 2012, emitido por el Jefe de Avalúos y Catastros del Gobierno Municipal del Cantón Biblián, el predio signado con la clave catastral No. 50510404005000, se encuentra ubicado en la zona rural de la parroquia y cantón Biblián, de la provincia del Azuay;

n

n

n

n Que conforme lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. 798 de fecha 22 de junio de 2011, el ámbito de acción de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR, es respecto a los bienes inmuebles urbanos de las instituciones de la Administración Pública Central e Institucional, por lo tanto no tiene injerencia para pronunciarse sobre la donación que se realizaría toda vez que el predio denominado ?PARAMOS DEL TISPO? se encuentra en el sector rural, conforme consta en el anterior considerando;

n

n

n

n Que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en el último inciso del artículo 58, establece: ?Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de d