n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

n MiĆ©rcoles 07 de Noviembre de 2012 – R. O. No. 825

n

n SUMARIO

n

n Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n MCPGAD-DAJ-2012-015 DelƩganse atribuciones y facultades del Ministro, al seƱor Fabricio ProaƱo, Secretario TƩcnico

n

n Ministerio de Finanzas:

n

n 282 Dispónese que el Econ. Daniel Roberto Falconí Heredia, Director Nacional de Programación Fiscal subrogue las funciones del Subsecretario de Política Fiscal

n

n 287 Modifícanse el Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público y el CatÔlogo General de Cuentas

n

n 288 Dispónese que el Ing. Carlos Barrionuevo, Director de AnÔlisis de Mercados Financieros subrogue las funciones del Subsecretario de Financiamiento Público

n

n 289 DelƩganse atribuciones al Econ. Daniel Roberto Falconƭ Heredia, Subsecretario de Polƭtica Fiscal, subrogante

n

n Ministerio del Interior:

n

n 2972 Inclúyese a la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República, a la Estructura OrgÔnica de la Policía Nacional

n

n 2974 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de varios servidores policiales de la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República

n

n 2975 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del CapitÔn de Policía Julio César Novoa Ramos, Jefe de Seguridad del Despacho Ministerial

n

n 2976 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la Soc. María José VÔzquez Quiroz, Servidor Público 6 de la Dirección de Control de Drogas Ilícitas de la Subsecretaría de Seguridad Interna

n

n Acuerdos

n

n 2977 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del Ing. Jorge Miranda Gutiérrez, Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

n

n 2978 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del Gral. (sp) FabiÔn Machado Arroyo y otros, funcionarios de este Ministerio

n

n Consejo de Desarrollo del Pueblo Montubio de la Costa Ecuatoriana y Zonas Subtropicales de la Región Litoral:

n

n Resoluciones

n

n SE-035-2012 ExpĆ­dese el Reglamento del fondo fijo de caja chica

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n SENAE-DGN-2012-0292-RE ExpĆ­dese el Reglamento que regula el ingreso de los aspirantes a la Unidad de Vigilancia Aduanera

n

n SENAE-DGN-2012-0334-RE Expídese la Regulación de la operación de paletización para mercancía hacia el exterior por vía aérea

n

n SENAE-DGN-2012-0335-RE Expídense las regulaciones para el régimen de trÔfico postal y mensajería acelerada o courier en su modalidad de exportación de envíos o paquetes postales, correspondencia, documentos y mercancías, a través de los operadores públicos y privados

n

n SENAE-DGN-2012-0336-RE Expídense las regulaciones provisionales para el régimen aduanero de exportación definitiva

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n RSU-DRERDFI12-00066 Deléganse facultades a la Ing. María Gabriela Tandazo Valarezo, funcionaria de la Dirección Regional del Sur

n

n PIM-DPIRAFI12-00001 Asígnanse funciones a varios servidores de la Dirección Provincial de Imbabura

n

n PIM-DPIRAFI12-00002 Deléganse atribuciones a varias servidoras de la Dirección Provincial de Imbabura

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Empresa Eléctrica Pública de Guayaquil, E. P.:

n

n GGE-GTH-01-0042 Autorízase el viaje al exterior del Ing. Joffre Abdón Mieles SantillÔn

n

n GGE-GTH-01-0067 AutorĆ­zase el viaje al exterior del Ing. RaĆŗl Alonso Lascano Herrera

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n 008-2011 Cantón Guamote: Que aprueba y sanciona el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial

n

n – Cantón EspĆ­ndola: Que reglamenta la determinación, administración, control y recaudación del impuesto a los vehĆ­culos

n

n – Cantón Pasaje: Reformatoria de la Ordenanza para regular la autorización, control y explotación de materiales Ć”ridos y pĆ©treos, publicada en la Edición Especial NĀŗ 315 del Registro Oficial del martes 17 de julio del 2012

n

n – Cantón Pastaza: Que reforma a la Ordenanza general normativa, para la determinación, gestión, recaudación e información de las contribuciones especiales de mejoras, por obras ejecutadas en el cantón

n

n CONTENIDO

n n

n No. MCPGAD-DAJ-2012-015

n

n

n

n Soledad BuendĆ­a

n

n MINISTRA DE COORDINACIƓN DE LA

n

n POLITICA Y GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1272 de 22 de agosto del 2012, el señor Economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, designó a la Magister Soledad Buendía, Ministra de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados;

n

n

n

n Que, el Art. 35 de la Ley de Modernización del Estado permite que, cuando la conveniencia institucional lo requiera, los mÔximos personeros de las instituciones del Estado dictarÔn acuerdos, resoluciones y oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;

n

n

n

n Que, el Art. 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serÔn delegables en las autoridades u órganos de menor jerarquía;

n

n

n

n Que, el Art. 1, del Reglamento de Delegación de Atribuciones del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, en relación a las Delegaciones efectuadas al Secretario Técnico, señala, ?Autorizar y suscribir a nombre y representación del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, previo al cumplimiento de los requisitos legales correspondientes, convenios interinstitucionales de cooperación con entidades nacionales o extranjeras, organizaciones sociales y/o personal naturales, incluso cuando impliquen erogación de recursos por parte del Ministerio??, de igual forma se establece que se delegarÔ ?Las demÔs que el/la Ministro/a disponga expresamente?;

n

n

n

n En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 154 de la Constitución de la República, disposición que faculta a los Ministros de Estado expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- Delegar al señor Fabricio Proaño, Secretario Técnico de esta Cartera de Estado, las atribuciones y facultades inherentes a la Ministra de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, a fin de que suscriba el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados y la Federación Interprovincial de Centros Shuar ?FICSH?, así como todos los documentos adicionales y aceptación de garantías necesarias para su perfeccionamiento;

n

n

n

n Articulo 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrarÔ en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 1 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) Soledad Buendía Herdoiza, Ministra de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n No. 282

n

n

n

n LA COORDINADORA GENERAL

n

n ADMINISTRATIVA FINANCIERA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Ley OrgÔnica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerÔrquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirÔ la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular;

n

n

n

n Que el artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley OrgÔnica, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación procederÔ de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante tendrÔ derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;

n

n

n

n Que con Acuerdo Ministerial No. 002 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta Secretaría de Estado en lo referente al Ômbito de aplicación de la Ley OrgÔnica del Servicio Público y Código del Trabajo;

n

n

n

n

n

n Que el señor Ministro de Finanzas, ha autorizado al señor Subsecretario de Política Fiscal, Economista Juan Carlos García Folleco, el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Washington D.C., con el fin de que asista al curso de Programación y Políticas Financieras con Metas de Inflación, esto es a partir del 15 de octubre al 16 de noviembre de 2012; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley OrgÔnica del Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- El señor Economista Daniel Roberto Falconi Heredia, Director Nacional de Programación Fiscal, subrogarÔ las funciones del Subsecretario de Política Fiscal de esta Secretaría de Estado esto es del 15 de octubre al 16 de noviembre del 2012, inclusive.

n

n

n

n Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrarÔ en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 15 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) Dra. Ana Gabriela Andrade Crespo, Coordinadora General Administrativa Financiera.

n

n

n

n MINISTERIO DE FINANZAS.- Certifico, es fiel copia del original.- f.) Ing. Xavier Orellana P., Director de Certificación y Documentación.

n

n

n

n No. 287

n

n

n

n EL MINISTRO DE FINANZAS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, corresponde a las ministras y ministros de Estado expedir los acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;

n

n

n

n

n

n Que el artículo 286 de la Constitución de la República, establece que las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno se conducirÔn de forma sostenible, responsable y transparente y procurarÔn la estabilidad económica;

n

n

n

n Que el artículo 70 del Código OrgÔnico de Planificación y Finanzas Públicas, define como Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) al conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público, deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamientos públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en dicho Código;

n

n

n

n Que el artículo 71 del Código OrgÔnico de Planificación y Finanzas Públicas, establece que la rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerÔ a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que serÔ el ente rector del SINFIP;

n

n

n

n Que el numeral 6 del artículo 74 del Código OrgÔnico de Planificación y Finanzas Públicas, establece que es atribución del ente rector del SINFIP dictar las normas, manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catÔlogos, glosarios y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del sector público para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP y sus componentes;

n

n

n

n Que el Acuerdo Ministerial No. 283 de 22 de octubre de 2010, convalida la vigencia del Acuerdo Ministerial 447 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 259 de 24 de enero de 2008 y sus reformas, a través del cual se expidieron las Normas Técnicas del Sistema de Administración Financiera;

n

n

n

n Que es necesario incorporar los ítems presupuestarios de Gastos al Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público y las cuentas correspondientes al CatÔlogo General de Cuentas, para registrar egresos de recursos por varios conceptos;

n

n

n

n En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 6 del Art. 74 del Código OrgÔnico de Planificación y Finanzas Públicas;

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Incorporar al Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector PĆŗblico los siguientes Ć­tems:

n

n alt

n

n Art. 2.- Aprobar las siguientes reformas de texto en los ítems que se detalla a continuación:

n

n alt

n

n Art. 3.- Incorporar al CatƔlogo General de Cuentas, las siguientes cuentas:

n

n alt

n n

n Art. 4.- El presente Acuerdo se pondrÔ en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) Patricio Rivera YƔnez, Ministro de Finanzas.

n

n

n

n MINISTERIO DE FINANZAS.- Certifico, es fiel copia del original.- f.) Ing. Xavier Orellana P., Director de Certificación y Documentación.

n

n

n n

n No. 288

n

n

n

n LA COORDINADORA GENERAL

n

n ADMINISTRATIVA FINANCIERA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Ley OrgÔnica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerÔrquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirÔ la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular;

n

n

n

n Que el artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley OrgÔnica, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación procederÔ de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante tendrÔ derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;

n

n

n

n Que con Acuerdo Ministerial Nro. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta Secretaría de Estado en lo referente al Ômbito de aplicación de la Ley OrgÔnica del Servicio Público y Código del Trabajo;

n

n

n

n Que el señor Ministro de Finanzas, ha dispuesto la comisión de servicios al exterior del Subsecretario de Financiamiento Público Abg. William Ricardo VÔsconez Rubio, del 22 de octubre al 9 de noviembre del 2012; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley OrgÔnica del Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial Nro. 2,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- El señor Ingeniero Carlos Barrionuevo, Director de AnÔlisis de Mercados Financieros, subrogarÔ las funciones del Subsecretario de Financiamiento Público de esta Secretaría de Estado del 22 de octubre al 9 de noviembre del 2012, inclusive.

n

n

n

n Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrarÔ en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado, en el Distrito Metropolitano de 1 sudad den Francisco de Quito, a 22 de octubre del 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Dra. Ana Gabriela Andrade Crespo, COORDINADORA GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA.

n
n

n

n

n MINISTERIO DE FINANZAS.- Certifico, es fiel copia del original.- f.) Ing. Xavier Orellana P., Director de Certificación y Documentación.

n

n

n

n No. 289

n

n

n

n EL MINISTRO DE FINANZAS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, ademÔs de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del Ôrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

n

n

n

n Que el Código OrgÔnico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrÔ delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

n

n

n

n Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;

n

n

n

n Que el Código OrgÔnico de la Producción, Comercio e Inversiones, en su artículo 71 crea el Comité de Comercio Exterior (COMEX) el mismo que se encuentra integrado entre otras autoridades, por el titular o delegado del Ministerio a cargo de las finanzas públicas;

n

n

n

n Que mediante Oficio No. CXC-S-2012-017 de 22 de octubre de 2012, el Coordinador del Comité de Comercio Exterior (COMEX), indica que por disposición del Dr. Rubén MorÔn Castro, Ministro Coordinador de la Producción Subrogante y Presidente del COMEX, convoca a sesión del Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX) para el día miércoles 24 de octubre de 2012 en la sala de sesiones GalÔpagos del Ministerio Coordinador de la Producción Empleo y Competitividad; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código OrgÔnico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al Economista Daniel Roberto Falconí Heredia, Subsecretario de Política Fiscal Subrogante del Ministerio para que me represente la sesión del Comité de Comercio Exterior COMEX, a realizarse el día miércoles 24 de octubre de 2012 en la Sala de Sesiones GalÔpagos del Ministerio de Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad.

n

n

n

n Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrarÔ en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 24 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) Patricio Ribera YƔnez, Ministro de Finanzas.

n

n

n

n MINISTERIO DE FINANZAS.- Certifico, es fiel copia del original.- f.) Ing. Xavier Orellana P., Director de Certificación y Documentación.

n

n

n

n No. 2972

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República, fue creada mediante Acuerdo Ministerial del Administrador General de la Presidencia de la República No. 114 de 14 de agosto del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 156 del 27 de agosto del 2007;

n

n

n

n Que, la misión de la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República constante en el Art. 9 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos de la Presidencia de la República, publicado en el R.O. Suplemento 241, de 22 de julio del 2010 establece: «Planificar, coordinar y ejecutar las acciones de inteligencia y contrainteligencia de orden estratégico y operacional en los niveles de Coordinación Política y Técnico Operativo y coadyuvar a la ejecución de la política anticorrupción establecida por el titular de la Función Ejecutiva, en sus entidades dependientes y adscritas con estricta subordinación al ordenamiento jurídico vigente»;

n

n

n

n Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley de Seguridad Pública y del Estado, establece que el Sistema Nacional de Inteligencia es el conjunto de organismos de inteligencia independientes entre sí, funcionalmente coordinados y articulados por la Secretaría Nacional de Inteligencia, que ejecutan actividades específicas de inteligencia y contrainteligencia, para asesorar y proporcionar inteligencia estratégica a los niveles de conducción política del Estado, con el fin de garantizar la soberanía nacional, la seguridad pública y del Estado, el buen vivir y defender los intereses del Estado;

n

n

n

n Que, en el literal f) del artículo 7 del Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, se establece que la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República, conforma el Sistema Nacional de Inteligencia;

n

n

n

n Que, en el literal j) del artículo 12 ibídem, se alude al Director de la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República, como miembro del Comité Nacional de Inteligencia;

n

n

n

n Que, el Art. 4 de la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆ­a Nacional seƱala las funciones especĆ­ficas de la PolicĆ­a Nacional, entre ellas las mĆ”s importantes: …Ā»a) Mantener la paz, el orden y la seguridad pĆŗblica; b) Prevenir la comisión de delitos y participar en la investigación de las infracciones comunes utilizando los medios autorizados por la Ley, con el fin de asegurar una convivencia pacĆ­fica de los habitantes del territorio nacionalĀ»….;

n

n

n

n Que, la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República, es parte del Sistema Nacional de Inteligencia y estÔ conformada exclusivamente por talento humano especializado de la Policía Nacional, sin embargo desde la desde la fecha de su creación no ha sido insertada en la estructura orgÔnica de la Policía Nacional;

n

n

n

n Que, el señor Director de la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República, mediante oficio No. PN-UGSI-PR-2012-871, de fecha 4 de octubre del 2012, remite el informe elaborado por el señor Asesor Jurídico de dicha Unidad, en el que recomienda la necesidad de incluir a esta Unidad en el orgÔnico estructural de la Policía Nacional, como una Unidad Especial dependiente administrativamente del Comando General, debido a la información sensible que maneja al ser parte del Sistema Nacional de Inteligencia; y, por las actividades encomendadas en la política anticorrupción dispuesta por el Primer Mandatario de Estado;

n

n

n

n El pedido del seƱor Comandante General de la Policƭa Nacional, constante en el oficio No. 03881-CG-2012, de 4 de octubre del 2012;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y el Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero de 2011, publicado en Registro Oficial No. 372, de 27 de enero del 2011,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Incluir a la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República, a la estructura OrgÔnica de la Policía Nacional, como una Unidad Especial, bajo la dependencia administrativa directa del Comando General de la Policía Nacional.

n

n

n

n Art. 2.- Disponer al Comandante General de la Policía Nacional, que en el plazo mÔximo de 60 días, por intermedio del Consejo de Generales de la Policía Nacional, se realice todos los trÔmites necesarios tendientes a la aprobación de la Estructura OrgÔnica por Procesos y el Reglamento OrgÔnico Funcional, de la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- La Comandancia General de la Policía Nacional, dispondrÔ la legalización de los pases y designaciones de los funcionarios policiales, que se encuentran laborando en esta Unidad, a través del procedimiento establecido para el efecto de acuerdo a la normativa vigente;

n

n

n

n Art. 4.- El presente Acuerdo entrarÔ en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Ministerio del Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- (3 fojas).- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 2974

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando del 29 de mayo de 2012, dirigido a la seƱora Coordinadora General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado autorizó el traslado de los servidores policiales: Tnte. Luis Guillermo RodrĆ­guez Villegas, Sgop. Oscar Rolando Fierro Puente y Cbop. Edwin Vinicio Quezada Morocho, de la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la RepĆŗblica, a la ciudad de Lima – PerĆŗ, del 30 de mayo al 6 de junio de 2012, a fin de que cumplan actividades inherentes a dicha Unidad;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 1011, 1012 y 1013 del 10 de julio de 2012, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los servidores;

n

n

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-136 del 18 de julio de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados servidores públicos;

n

n

n

n

n

n Que, mediante oficio No. PR-SSADP-2012-01300-O del 30 de agosto de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, legaliza la autorización de viaje al exterior de los servidores mencionados;

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de los servidores policiales: Tnte. Luis Guillermo RodrĆ­guez Villegas, Sgop. Oscar Rolando Fierro Puente y Cbop. Edwin Vinicio Quezada Morocho, de la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la RepĆŗblica, quienes fueron declarados en misión oficial para cumplir actividades inherentes a dicha Unidad, en la ciudad de Lima – PerĆŗ, del 30 de mayo al 06 de junio de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberÔn presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó la referida comisión de servicios al exterior, serÔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Ministerio del Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- (2 fojas).- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 2975

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando No. 333-DMI del 4 de julio de 2012, dirigido a la seƱora Coordinadora General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado dispuso los trĆ”mites para la legalización de la comisión de servicios, a favor del CapitĆ”n de PolicĆ­a Julio CĆ©sar Novoa Ramos, Jefe de Seguridad del Despacho Ministerial, quien acompañó a la delegación oficial de este Portafolio que participó en la Segunda Ronda de Encuentros TĆ©cnicos preparatorios para la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, efectuados en Buenos Aires – RepĆŗblica de Argentina, del 03 al 08 de junio de 2012;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0048 del 30 de julio de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del citado servidor público;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria No. 1118 del 31 de julio de 2012, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del servidor;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. PR-SSADP-2012-001302-O del 30 de agosto de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, legaliza la autorización de viaje al exterior del servidor mencionado;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del CapitĆ”n de PolicĆ­a Julio CĆ©sar Novoa Ramos, Jefe de Seguridad del Despacho Ministerial, quien acompañó a la delegación oficial de este Portafolio que participó en la Segunda Ronda de Encuentros TĆ©cnicos preparatorios para la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, celebrados en Buenos Aires – RepĆŗblica de Argentina, del 03 al 08 de junio de 2012;

n

n

n

n Art. 2.- El servidor indicado, deberÔ presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serÔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n

n

n Ministerio del Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- (2 fojas).- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 2976

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, en memorando No. MI-SSI-DCDI-062-2012 del 11 de junio de 2012, suscrito por la Ab. Karla Benítez lzurieta, Subsecretaria de Seguridad Interna, el titular de esta Cartera de Estado autorizó el viaje de la Soc. María José VÔzquez Quiroz, Servidor Público 6, de la Dirección de Control de Drogas Ilícitas, para ser parte de la delegación ecuatoriana que asistió al Taller: «Familias Fuertes con hijos adolescentes de 10 a 14 años: Amor y Límites» del Proyecto de Drogas de la Comunidad Andina, efectuado en la ciudad de Lima- Perú, los días 12 al 14 de junio de 2012;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0047 del 30 de julio de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de la citada servidora pública;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. PR-SSADP-2012-001293-O del 29 de agosto de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, legaliza la autorización de viaje al exterior de la servidora mencionada;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la Soc. María José VÔzquez Quiroz, Servidor Público 6, de la Dirección de Control de Drogas Ilícitas, de la Subsecretaría de Seguridad Interna, quien fue parte de la delegación ecuatoriana que asistió al Taller: «Familias Fuertes con hijos adolescentes de 10 a 14 años: Amor y Límites» del Proyecto de Drogas de la Comunidad Andina, celebrado en la ciudad de Lima- Perú, del 12 al 14 de junio de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- La servidora indicada, deberÔ presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos de pasajes aéreos y viÔticos fueron asumidos por la Organización Panamericana de la Salud OPS, no representando egreso alguno para el Presupuesto General del Estado.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Ministerio del Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- (2 fojas).- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 2977

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, en oficio No. CSC-GT-0079-2012 del 07 de junio de 2012, suscrito por el Ing. IvÔn Quiros, Jefe de Tecnología y Telecomunicaciones Fabricamos Ecuador FABREC EP, el titular de esta Cartera de Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, a favor del Ing. Jorge Miranda Gutiérrez, Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, quien asistió a la capacitación sobre los equipos terminales APX, la misma que fue proveída por Motorola Solutions en las oficinas en Plantation, Florida, Estados Unidos de América, del 23 al 27 de julio de 2012;

n

n

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0043 del 20 de julio de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del citado funcionario público;

n

n

n

n

n

n Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 19831 del 20 de julio de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior del funcionario mencionado;

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del Ing. Jorge Miranda Gutiérrez, Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, quien asistió a la capacitación sobre los equipos terminales APX, proveída por Motorola Solutions en las oficinas en Plantation, Florida, Estados Unidos de América, del 23 al 27 de julio de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- El funcionario indicado, deberÔ presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó la comisión de servicios al exterior, fueron cubiertos por FABREC, empresa que asumió los valores de traslado, alojamiento y subsistencia del participante, lo que no representa erogación alguna del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Ministerio del Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- (2 fojas).- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 2978

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando No. 379-DMI del 20 de julio de 2012, dirigido o la señora Coordinadora General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado, dispuso el trÔmite de comisión de servicios al exterior, para viajar a la República de Chile, conjuntamente con el equipo de trabajo conformado por el Gral. (sp) FabiÔn Machado Arroyo, Ab. FabiÔn Racines Garrido, Asesores del Despacho; Cbop. Marcelo David Olalla Coral, Personal de Seguridad del Despacho Ministerial; y Mayor de Policía Daniel Guevara Silva, EdecÔn; a fin de participar en la III Reunión del Consejo Interministerial Binacional Ecuatoriano-Chileno, del 24 al 26 de julio de 2012. Por razones de logística la comisión se autorizó del 23 al 27 de julio de 2012;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0045 del 23 de julio de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 19863, 19864 y 19869 del 23 de julio de 2012, y oficio No. PRSSADP- 2012-001301-O del 30 de agosto de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los funcionarios mencionados;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 1075, 1076, 1077 y 1078 del 24 de julio de 2012, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del equipo de trabajo conformado por el Gral. (sp) FabiĆ”n Machado Arroyo, Ab. FabiĆ”n Racines Garrido, Asesores del Despacho; Cbop. Marcelo David Olalla Coral, Personal de Seguridad del Despacho Ministerial; y Mayor de PolicĆ­a Daniel Guevara Silva, EdecĆ”n, quienes acompaƱaron al Ministro a Santiago de Chile – Chile, para su participación en la III Reunión del Consejo Interministerial Binacional Ecuatoriano-Chileno, desde el 23 al 27 de julio de 2012; excepto el Ćŗltimo de los nombrados, cuya comisión comprende del 24 al 27 de julio de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberÔn presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demande la referida comisión de servicios al exterior, serÔn cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sir perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Ministerio del Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 22 de octubre del 2012.- (2 fojas).- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. SE 035-2012

n

n

n

n Luis Alvarado BuenaƱo

n

n SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO DE DESARROLLO DEL PUEBLO MONTUBIO DE LA

n

n COSTA ECUATORIANA Y ZONAS

n

n SUBTROPICALES DE LA REGIƓN LITORAL

n

n CODEPMOC

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1394 de 30 de marzo del 2001; publicado en el Registro Oficial No. 301 de 6 de abril del 2001, se creó el Consejo de Desarrollo del Pueblo Montubio de la Costa Ecuatoriana y Zonas Subtropicales de la Región Litoral (CODEPMOC), como organismo adscrito a la Presidencia de la República.

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N°. 133 del 26 de febrero del 2007, publicado en el Registro Oficial N°. 35 del 7 de marzo del 2007, se integra a la Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana, el CODEPMOC atento a lo señalado en el art. 3 del antes mencionado Decreto Ejecutivo.

n

n

n

n Que, mediante Reglamento Interno reformado, publicado en el Registro Oficial N°. 16 del 6 de febrero del 2007, los señores miembros del Consejo Nacional tienen obligaciones que cumplir, y entre ellas la señalada en el artículo 16 literal g).

n

n

n

n Que, al tenor de lo señalado en el Capítulo VI, Art. 16, literal g) del Reglamento Interno del Consejo de Desarrollo del Pueblo Montubio de la Costa Ecuatoriana y Zonas Subtropicales de la Región Litoral, los señores miembros del Consejo Nacional deberÔn conocer y aprobar mediante resoluciones, los reglamentos que regulen y normen las actividades y gestión del CODEPMOC, que no se contrapongan al Decreto de Creación N°. 1394 y sus reformas, al estatuto OrgÔnico-Funcional y a otros reglamentos.

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo N°. 086, publicado en el Registro Oficial N°. 689 de 24 de abril del 2012 se sustituye a continuación del numeral 4.9.3 del Acuerdo Ministerial N°. 447, publicado en el Suplemento del Registro Oficial N°. 259 de 24 de enero del 2008 las normas técnicas para la creación y uso de fondos de reposición y a rendir cuentas para las entidades del sector público, las cuales son de obligatorio cumplimiento y de referencia al presente reglamento.

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones legales que les concede el Art. 16, literal g) del Reglamento Interno del CODEPMOC, el Consejo Nacional en sesión extraordinaria del 31 de agosto del 2012, resuelve aprobar la Reforma Integra del Reglamento del Fondo de Caja Chica, y dispone al tenor de lo señalado en el Art. 23 literal g) del Reglamento Interno vigente, que el Señor Secretario Ejecutivo realice los trÔmites de Ley para la respectiva publicación y divulgación.

n

n

n

n Por los considerandos antes señalados, el Consejo Nacional del CODEPMOC expide: La Reforma Integra del Reglamento del Fondo de Caja Chica del Consejo de Desarrollo del Pueblo Montubio de la Costa Ecuatoriana y Zonas Subtropicales de la Región Litoral CODEPMOC.

n

n

n

n REGLAMENTO DEL FONDO FIJO DE CAJA CHICA

n

n DEL CONSEJO DE DESARROLLO DEL PUEBLO MONTUBIO DE LA COSTA ECUATORIANA Y

n

n ZONAS SUBTROPICALES DE LA REGIƓN

n

n LITORAL CODEPMOC

n

n

n

n Art. 1.- La existencia del fondo fijo de caja chica tiene como finalidad el habilitar el pago en efectivo de obligaciones no previsibles, urgentes y de valor reducido, ya que en razón de su urgencia no pueden ser canceladas mediante transferencias bancarias.

n

n

n

n Art. 2.- El fondo fijo de caja chica no puede ser utilizado en la apertura de cuentas de ahorro, corrientes, ni de cualquier otra Ć­ndole a nombre personal o institucional.

n

n

n

n Art. 3.- La custodia y manejo del fondo fijo de caja chica es de responsabilidad Ćŗnica y exclusiva de la persona designada para el efecto, que serĆ” independiente del tesorero o de aquellas personas que realicen actividades contables.

n

n

n

n Art. 4.- La persona responsable del manejo y custodia del fondo fijo de caja chica, deberĆ” ser caucionado de conformidad con lo que establece el Reglamento de Cauciones expedido por la ContralorĆ­a General del Estado.

n

n

n

n Art. 5.- El fondo fijo de caja chica funcionarÔ con dinero en efectivo, cuyo monto en ningún caso excederÔ de $200,00 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), ni podrÔ ser menor a $50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América).

n

n

n

n Art. 6.- La autorización para la apertura y determinación del monto de cada fondo, tanto para su sede como para las Coordinaciones Provinciales del CODEPMOC, serÔ competencia del Secretario Ejecutivo de acuerdo a las necesidades institucionales.

n

n

n

n Art. 7.- Cada desembolso de caja chica no podrĆ” ser mayor al 15% de los techos establecidos para el fondo, quedando prohibido el fraccionamiento de los pagos con este fondo.

n

n

n

n Art. 8.- El fondo fijo de caja chica se puede utilizar para la adquisición de suministros y materiales, insumos, útiles de aseo, fotocopias, mantenimientos menores, movilizaciones y otros pagos de bienes y servicios que tienen el carÔcter de imprevisibles y/o urgentes, y que no pueden pagarse regularmente mediante transferencias bancarias.

n

n

n

n Art. 9.- La persona encargada del fondo fijo de caja chica, no podrÔ autorizar ni comprar suministros y materiales que se encuentren en stock, esta adquisición deberÔ ser programada con anterioridad en volúmenes que cubran las necesidades de la entidad, tampoco podrÔn adquirirse artículos u objetos que tengan una duración mayor a un año.

n

n

n

n Art. 10.- Cuando se realicen las adquisiciones o el pago de obligaciones con el fondo fijo de caja chica, se procurarĆ” como norma general efectuar las transacciones con proveedores que ofrezcan los bienes y/o servicios al menor costo y la mejor calidad.

n

n

n

n Art. 11.- La persona interesada en obtener el pago mediante el fondo fijo de caja chica, deberĆ” previo conocimiento del Secretario Ejecutivo o el Director Administrativo Financiero, solicitar al responsable del fondo la cantidad que estimare adecuada para cubrir el gasto y llenarĆ” el formulario creado para el efecto, en el cual debe constar la firma del peticionario, firma del responsable del fondo y el visto bueno respectivo.

n

n

n

n Art. 12.- En el caso de las Coordinaciones provinciales, serÔ el coordinador quien autorice la realización de los gastos con el fondo fijo de caja chica, de no contar con éste firmarÔ el funcionario responsable del fondo.

n

n

n

n Art. 13.- Para el caso de movilizaciones dentro de la ciudad donde deban efectuar actividades institucionales se utilizarÔn los medios de transporte masivo y excepcionalmente podrÔn utilizarse taxis, los costos para este último tipo de transporte no superarÔn los $5,00 USD diarios, para lo cual el peticionario adjuntarÔ una hoja de ruta en la que se establezca el lugar de partida, lugar de destino y costo de la movilización.

n

n

n

n Art. 14.- El peticionario deberÔ presentar al responsable del fondo fijo de caja chica, en el plazo mÔximo de cuarenta y ocho horas, los justificativos del gasto realizado entregando facturas, notas de venta, etc. Las mismas que deberÔn cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos complementarios y demÔs disposiciones emitidas por el Servicio de Rentas Internas, ademÔs reintegrarÔ el dinero sobrante si lo hubiere. El plazo se contarÔ desde el día y hora en que el peticionario recibió el dinero de caja chica.

n

n

n

n

n

n Art. 15.- Se prohĆ­be