n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves 23 de Agosto de 2012 – R. O. No. 773

n

n SUMARIO

n

n Presidencia de la República:

n

n Ejecutivo

n

n Decretos

n

n 1258 Declárase el estado de excepción en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional

n

n 1259 Refórmase el Decreto Ejecutivo No. 1092, publicado en el Registro Oficial No. 671 de 28 de marzo del 2012

n

n 1260 Refórmase el Decreto Ejecutivo No. 1733, publicado en el Registro Oficial No. 601 de 29 de mayo del 2009

n

n 1262 Dase de baja de las Fuerzas Armadas a varios oficiales superiores pertenecientes a la Fuerza Naval

n

n 1263 Dase de baja de las Fuerzas Armadas a varios oficiales superiores pertenecientes a la Fuerza Naval

n

n 1264 Confiérese el Premio Nacional ?Eugenio Espejo? en diferentes categorías a varias personas

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n Acuerdos

n

n 1290 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n

n 1291 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al Dr. José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior

n

n 1292 Acéptase la renuncia presentada por la Srta. Úrsula El Hage, Coordinadora General de Innovación de la Subsecretaría de Gestión Estratégica e Innovación

n

n 1293 Concédese vacaciones a la Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

n

n 1294 Autorízase la licencia con cargo a vacaciones a la Econ. Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de la Política Económica

n

n Acuerdos

n

n 1295 Legalízase la comisión de servicios en el exterior del Econ. Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n 1296 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

n

n 1298 Legalízase la licencia por enfermedad de la Msc. Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura

n

n 1300 Concédese licencia con cargo a vacaciones a la Mgs. Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública, Enc.

n

n 1301 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la Dra. María Fernanda Espinosa Garcés, Ministra Coordinadora de Patrimonio

n

n 1302 Concédese vacaciones a la Ing. María Luisa Donoso López, Secretaria General de la Presidencia de la República

n

n 1303 Dispónese que toda persona natural o jurídica del sector público o privado pueda solicitar la licencia de uso del signo «ecuador ama la vida + logo» para asociarla e identificarla con los productos o servicios propios de su actividad comercial

n

n 1304 Concédese vacaciones a la Ab. Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente

n

n 1313 Deléganse atribuciones a la Coordinación General de esta Secretaría

n

n Secretaría Nacional de Comunicación:

n

n 1297 Solicítase a la Secretaria General de la Presidencia de la República, realice las acciones necesarias para que se concrete la invitación al cineasta, escritor y periodista paquistaní Tariq Ali, al Ecuador

n

n 1317 Refórmase el Acuerdo No. 1297 de 27 de julio del 2012

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n 213 Establécese una veda para el año 2012 a la pesca de atún de buques de red de cerco de las clases 4, 5 y 6 (de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo o más)

n

n 223 Institúyese el Consejo Consultivo de Riego, como instrumento de diálogo entre los sectores: público, privado y popular y solidario, relacionado con el riego y drenaje

n

n Ministerio de Finanzas:

n

n 0209 Dispónese que el Dr. Marco Almeida Costa, Director Jurídico de Contratación Pública, Administrativa y Laboral, subrogue las funciones de Coordinador General Jurídico

n

n Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

n

n 0438 Delégase facultades al Dr. Diego Guarderas Donoso, Subsecretario de Justicia

n

n 0439 Ordénase la inscripción del estatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia Centro Misionero Ágape de las Asambleas de Dios

n

n 0440 Ordénase la inscripción del estatuto de la entidad religiosa denominada Misión Cristiana Evangélica CADOSH

n

n 0441 Ordénase la reforma del estatuto y el registro de la entidad religiosa denominada Centro Cristiano Evangélico Bilingüe ?Príncipe de Paz?

n

n 0442 Acéptase la solicitud de repatriación del ciudadano colombiano Cristian Fabián Carreño

n

n 0443 Acéptase la solicitud de repatriación del ciudadano polaco Koniuszy Przemyslaw Wawrzyniec ?

n

n Acuerdos

n

n 0444 Acéptase la solicitud de repatriación del ciudadano holandés Pieter Jan Theune

n

n 0445 Ordénase la inscripción del estatuto de la entidad religiosa denominada Asociación de Laicos Bethlemitas

n

n 0446 Nómbrase a la Ab. Carmen Amalia Simone Lasso, Viceministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

n

n 0447 Subrógase en las funciones de la señora Ministra a la Ab. Carmen Amalia Simone Lasso, Viceministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

n

n Ministerio de Recursos Naturales no Renovables:

n

n 392 Deléganse las atribuciones y deberes del señor Ministro al Ing. Ramiro Cazar Ayala, Viceministro de Hidrocarburos

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

n

n 060 Refórmase el Acuerdo Ministerial No. 059 de 21 de julio del 2011

n

n Ministerio de Turismo:

n

n 20120135 Autorízase la adquisición de tarjetas VIP únicamente para quien ostente el cargo de Ministro y Viceministro

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n Resoluciones

n

n 000194 Transfiérese a título gratuito al Ministerio de Salud Pública un lote de terreno de 7.5 has denominado ?LA MARÍA?, propiedad de este Ministerio

n

n 000209 MAGAP Declárase la emergencia del sector productivo bananero por un plazo de ocho semanas

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n SENAE-DGN-2012-0245-RE Refórmase el Reglamento para el uso de sistemas tecnológicos de escaneo no intrusivos o similares

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados-Ordenanzas Municipales:

n

n 009/2012 Cantón Cayambe: Reformatoria de la Constitución de la Empresa Pública Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Aseo Cayambe (EMAPAAC-EP)

n

n – Cantón Machala: De creación de la Empresa Pública ?Red Municipal de Salud MACHALA-EP?

n

n CONTENIDO

n n

n No. 1258

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPUBLICA

n

n

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el numeral 8 del artículo 3 de la Constitución de la República instituye que uno de los deberes primordiales del Estado es el de garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción.

n

n

n

n Que el apartado a) del numeral 3 del artículo 66 de la Constitución de la República establece que el Estado reconoce y garantiza a las personas el derecho a la integridad personal que incluye entre otras la integridad física, psíquica y moral.

n

n

n

n

n

n Que el artículo 393 de la Constitución de la República estatuye que el Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno.

n

n

n

n Que el 30 de septiembre de 2010 algunos integrantes de la Policía Nacional protagonizaron hechos que comprometen el cabal cumplimiento del artículo 163 de la Constitución que en sus dos primeros incisos ordena que: «La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional. Los miembros de la Policía Nacional tendrán una formación basada en derechos humanos, investigación especializada, prevención, control y prevención del delito y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza?.

n

n

n

n Que la Asamblea Nacional fue una de las instituciones afectadas por la insubordinación policial cuyos efectos todavía no han podido ser superados a pesar de los intensivos esfuerzos de recomposición institucional del sistema de seguridad de esa función del Estado desde la fecha del insuceso.

n

n

n

n Que la Asamblea Nacional, que representa la Función Legislativa de la República del Ecuador, es una institución esencial para el sistema democrático por lo que es necesario garantizar el resguardo de estas instalaciones ya que en caso de correr riesgos se podría generar una grave conmoción interna;

n

n

n

n Que el señor Presidente de la Asamblea Nacional mediante oficio PAN-FC-012-01115- de 30 de julio de 2012 solicitó la declaratoria del estado de excepción;

n

n

n

n En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 164 siguientes y de la Constitución de la República; y, 29, 36 y siguientes de la Ley de Seguridad Pública y del Estado;

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo 1.- Declarar el Estado de Excepción en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional, en esta ciudad de Quito, en razón de que algunos integrantes de la Policía Nacional distorsionaron severamente o abandonaron su misión de policías nacionales y por ende sus deberes consagrados en la Constitución y la Ley, mediante una insubordinación policial. A pesar del proceso intensivo de recomposición institucional del sistema de seguridad de esa función del Estado, las secuelas de tal suceso no se han podido superar, lo que podría generar gran conmoción interna si es que la Asamblea Nacional no pudiese ejercer a plenitud las atribuciones y facultades que les confiere la Constitución y la Ley.

n

n

n

n Artículo 2.- La movilización nacional y militar de las Fuerzas Armadas para garantizar la soberanía nacional, el orden interno y la seguridad ciudadana y humana en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional en esta ciudad de Quito.

n

n

n

n Se dispone al señor Ministro de Defensa Nacional para que mediante el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ejecuten un plan de contingencia con la finalidad de que sus efectivos intervengan en la situación producida para garantizar a la Asamblea Nacional las condiciones de seguridad necesaria para que esta función del Estado pueda ejercer a plenitud sus atribuciones y facultades constitucionales y legales, así como garantizar la seguridad interna, ciudadana y humana, derechos tutelados por la Constitución de la República y deber fundamental del Estado, de los asambleístas, personal de la Asamblea Nacional y ciudadanos y habitantes del Ecuador que acudan y accedan a esa Función del Estado en todas sus instalaciones en esta ciudad de Quito.

n

n

n

n Artículo 3.- El período de duración de este estado de excepción es el de sesenta días a partir de la suscripción del presente decreto ejecutivo. El ámbito territorial de aplicación es en la ciudad de Quito en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional.

n

n

n

n Artículo 4.- Notifíquese esta declaratoria a la Asamblea Nacional y a la Corte Constitucional.

n

n

n

n Artículo 5.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo que entrará en vigencia desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese los Ministros de Defensa y de Finanzas.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el día de hoy, 6 de agosto de 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Es fiel copia de su original.- LO CERTIFICO.- Quito, a 6 de agosto del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1259

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 699, publicado en el Registro Oficial No. 163 de 30 de septiembre de 1997, se reformó el trámite para el otorgamiento del Premio Nacional «Eugenio Espejo» de forma que debía ser conferido cada dos años y otorgado a cuatro ecuatorianos y a un organismo público o privado que individualmente haya sobresalido en actividades culturales, literarias, artísticas y científicas;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1092, publicado en el Registro Oficial No. 671 de 28 de marzo de 2012, se estableció en el Artículo Tercero que la implementación del premio se debía realizar conforme a los requisitos y procedimientos establecidos en el Decreto Ejecutivo que regula el Sistema Nacional de Premios;

n

n

n

n Que aún no se ha desarrollado el Sistema Nacional de Premios, por la complejidad de su elaboración, lo que no puede obstaculizar la concesión del premio Eugenio Espejo;

n

n

n

n Que es deber del Estado reconocer, estimular y garantizar la actividad cultural de personas y entidades públicas y privadas, a través de un apoyo efectivo durante la vida del beneficiario del premio; y,

n

n

n

n En ejercicio de la atribución que le confieren los números 3 y 5 del Artículo 147 de la Constitución de la República del Ecuador,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Reformar el Decreto Ejecutivo No. 1092, publicado en

n

n el Registro Oficial No. 671 de 28 de marzo de 2012

n

n

n

n Artículo Único.- Sustitúyase el Artículo Tercero por el siguiente:

n

n

n

n «Artículo Tercero.- El otorgamiento de este premio, con las modificaciones introducidas en este Decreto, se realizará a partir del año 2012.?

n

n

n

n Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 06 de Agosto 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.- Quito, a 6 de agosto de 2012.

n

n

n

n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1260

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo N° 1733 publicado en el Registro Oficial N° 601 de mayo 29 de 2009, se creó la Comisión de Transición para la Definición de la Institucionalidad Pública que garantice la igualdad entre hombres y mujeres;

n

n

n

n Que de acuerdo con el antes referido Decreto, tal Comisión está conformada por los miembros del extinto Directorio del Consejo Nacional de Mujeres y, además por un delegado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que conforme al Decreto Ejecutivo N° 3535, publicado en el Registro Oficial N° 745 de enero 15 de 2003, el Directorio del Consejo Nacional de Mujeres estaba integrado por: 1. La representante del Presidente de la República; 2. El Secretario General de la Administración Pública: 3. El Presidente o Secretario Técnico del Frente Social; 4 El Director de la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República y, 5. Tres representantes de las organizaciones de mujeres legalmente reconocidas;

n

n

n

n Que es necesario reformar la conformación del Directorio de la Comisión de Transición para la Definición de la Institucionalidad Pública que garantice la igualdad entre hombres y mujeres; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 147, número 5, de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo 1.- Sustituir el primer inciso del artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 1733 publicado en el Registro Oficial N° 601 de mayo 29 de 2009 por el siguiente:

n

n

n

n «Crease la Comisión de Transición para la Definición de la Institucionalidad Pública que garantice la igualdad entre hombres y mujeres, la que estará conformada por:

n

n

n

n El delegado del Presidente de la República, quien la presidirá.

n

n

n

n El Ministro Coordinador de Desarrollo Social, o su delegado.

n

n

n

n El Ministro de Justica y Derechos Humanos, o su delegado.

n

n

n

n El Secretario General de la Administración Pública, o su delegado

n

n

n

n El Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, o su delegado.

n

n

n

n Un representante de las organizaciones de mujeres legalmente reconocidas.?

n

n

n

n Disposición Final.- El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 08 de Agosto 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) Rosa Mireya Cárdenas Hernández, Secretaria de los Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana.

n

n

n

n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.- Quito, 8 de agosto del 2012.

n

n

n

n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1262

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que de conformidad al Art. 65, literal a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: «la situación militar para los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, se establecerá por Decreto Ejecutivo».

n

n

n

n Que artículo 87, literal c) ibídem establece que el militar será dado de baja por una de las siguientes causas: c) «Una vez cumplido el período de disponibilidad establecido en la Ley».

n

n

n

n Que los señores Oficiales Superiores que se detalla a continuación, al amparo del artículo mencionado en el considerando anterior, el 20 de junio de 2012 cumplen con el tiempo de permanencia en la situación jurídica de disponibilidad, por lo que deben ser dados de baja.

n

n

n

n Que el señor Comandante General de la Fuerza Naval, mediante oficio N° COGMAR-PER-152-O-2012 de 15 de junio de 2012, remite al Ministerio de Defensa Nacional el proyecto de Decreto Ejecutivo, a fin de dar de baja con fecha 20 de junio de 2012 a los señores Oficiales Superiores de la Fuerza Naval, de conformidad al Art. 87, literal c) de la vigente Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 147, numeral 5) de la Constitución de la República; en concordancia con el artículo 65 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Dar de baja de las Fuerzas Armadas (Fuerza Naval), con fecha 20 de junio de 2012 de conformidad al Art. 87, literal c) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, que establece: «El militar será dado de baja por una de las siguientes causas: c) «Una vez cumplido el período de disponibilidad establecido en la Ley».

n

n

n

n

n

n ARMA

n

n

n

n PROMOCION 037

n

n

n

n CPNV. EMC. GARZÓN LÓPEZ GALO HUMBERTO, con cédula de ciudadanía N° 0500805049.

n

n

n

n CPNV. EMC. NUÑEZ DOBRONSKI DIEGO, con cédula de ciudadanía N° 1704425550.

n

n

n

n CPNV. EMC. DONOSO VELASQUEZ DANIEL, con cédula de ciudadanía N° 1705581781.

n

n

n

n CPNV. EMC. FLORES RUANO PATRICIO, con cédula de ciudadanía N° 1001050895.

n

n

n

n CPNV. EMC. TOBAR GALARZA OSWALDO ENRIQUE, con cédula de ciudadanía N° 0500833389.

n

n

n

n CPNV. EMC. JARRÍN MORENO FABIÁN PATRICIO, con cédula de ciudadanía N° 0601358070.

n

n

n

n CPNV. EMC. PAZMINO SOLIZ OSWALDO ROBERTO, con cédula de ciudadanía N° 0601375603.

n

n

n

n CPNV. EM. VAYAS LOPEZ LUIS ALFREDO, con cédula de ciudadanía N° 1801503044.

n

n

n

n CPNV. EM. CÓRDOVA CANO LUIS GERARDO, con cédula de ciudadanía N° 1705322152

n

n

n

n CPNV. EM. CHÁVEZ GARRIDO ALVARO JAVIER, con cédula de ciudadanía N° 1705240057

n

n

n

n CPNV. EM. GILER CABAL JORGE FRANCISCO, con cédula de ciudadanía N° 0907168884

n

n

n

n

n

n SERVICIOS

n

n

n

n

n

n PROMOCION 012

n

n

n

n CPNV EMS AYALA PADILLA GUILLERMO DAVID, con cédula de ciudadanía N° 1705138152

n

n

n

n CPNV EMS FLOR ZAVALA MILTON EDUARDO, con cédula de ciudadanía N° 0200577492

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese el señor Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n

n

n Publíquese y Comuníquese.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, Quito D. M., a 08 de Agosto 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n

n

n f.) Miguel Carvajal Aguirre, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n

n

n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.- Quito, 8 de agosto del 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1263

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que de conformidad al Art. 65 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?la situación militar para los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, se establecerá por Decreto Ejecutivo?.

n

n

n

n Que el Art. 87, literal c) ibídem establece que el militar será dado de baja por una de las siguientes causas: c) «Una vez cumplido el período de disponibilidad establecido en la Ley».

n

n

n

n Que los señores Oficiales Superiores detallados a continuación; al amparo del artículo mencionado en el considerando anterior, el 20 de junio de 2012 han cumplido con el tiempo de permanencia en situación jurídica de disponibilidad, por lo que deben ser dados de baja.

n

n

n

n Que el señor Comandante General de la Fuerza Naval, mediante oficio N° COGMAR-PER-176-O, de 10 de julio de 2012, remite el proyecto de Decreto Ejecutivo para dar de baja con fecha 20 de junio de 2012, a los señores Oficiales Superiores de la Fuerza Naval, de conformidad al Art. 87, literal c) de la vigente Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 147, numeral 5) de la Constitución de la República; en concordancia con el artículo 65 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional;

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Dar de baja de las Fuerzas Armadas (Fuerza Naval) con fecha 20 de junio de 2012, de conformidad al Art. 87, literal c) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, que establece: «El militar será dado de baja por una de las siguientes causas: c) Una vez cumplido el período de disponibilidad establecido en la Ley» a los siguientes señores Oficiales Superiores:

n

n

n

n ARMA

n

n

n

n PROMOCION 037

n

n

n

n CPNV EM YANEZ MORALES ROBERTO SEGUNDO, con cédula de ciudadanía N° 1704432960

n

n

n

n CPNV EM BENÍTEZ TEJADA GIOVANNY DANILO, con cédula de ciudadanía N° 0906025952

n

n

n

n CPNV EM ALTAMIRANO ROJAS JORGE TARQUINO, con cédula de ciudadanía N° 0501007066

n

n

n

n CPNV EMS ROJAS RODRIGUEZ LUIS ERNESTO, con cédula de ciudadanía N° 1705647723

n

n

n

n CPNV CSM ALMEIDA ECHEVERRIA MARIO ENRIQUE, con cédula de ciudadanía N° 0902245315

n

n

n

n CPNV CSM SANTANA VITERI ARTURO ISAAC, con cédula de ciudadanía Nº 1302305204

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese el señor Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n Publíquese y Comuníquese.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, Quito D. M., a 08 de Agosto 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) Miguel Carvajal Aguirre, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.- Quito, 8 de agosto del 2012.

n

n

n

n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1264

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 677, publicado en el Registro Oficial No. 869 de 18 de agosto de 1975, se consagró al 9 de agosto como Día de la Cultura Nacional y de la Casa de la Cultura Ecuatoriana y, asimismo, se instituyó el Premio Nacional «Eugenio Espejo», a ser otorgado a quienes hayan sobresalido por sus creaciones, realizaciones o actividades en beneficio de la cultura nacional;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 699, publicado en el Registro Oficial No. 163 de 30 de septiembre de 1997, se reformó el trámite para el otorgamiento del citado premio, en el sentido de que debía ser conferido cada año y otorgado a cuatro ecuatorianos y a un organismo público o privado que individualmente haya sobresalido en actividades culturales, 1iterarias, artísticas y científicas;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 967, publicado en el Registro Oficial No. 175 de 28 de diciembre de 2005, se dispuso que el premio consista en una medalla y en la suma de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000,00) y, asimismo, se establece que los galardonados percibirán una pensión vitalicia mensual fijada en cinco salarios mínimos unificados;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1092 de 12 de marzo de 2012, publicado en el Registro Oficial No. 671 de 28 de marzo de 2012, se estableció que el premio se concederá cada dos años en las categorías de creaciones, realizaciones o actividades a favor de la cultura o de las artes, de las letras y de las ciencias;

n

n

n

n Que mediante Resolución No. 01-2012-CNC de 6 de agosto de 2012, el Consejo Nacional de Cultura presentó al señor Presidente Constitucional de la República las ternas para el otorgamiento del Premio Nacional «Eugenio Espejo» que se entregará en el presente año;

n

n

n

n Que es deber del Estado reconocer, estimular y garantizar la actividad cultural que se realice en el país; y,

n

n

n

n En ejercicio de la atribución que le confiere el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 1793, publicado en el Registro Oficial No. 350 de 6 de septiembre de 2006,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo Primero.- Confiérase el Premio Nacional «Eugenio Espejo» a las personas que se enuncian a continuación, en las siguientes categorías:

n

n

n

n Eugenia María del Pino Veintimilla, en la categoría de creaciones, realizaciones o actividades científicas;

n

n

n

n Luis Silva Parra, en la categoría de creaciones, realizaciones o actividades a favor de la cultura o de las artes; y,

n

n

n

n Abdón Ubidia, en la categoría de creaciones, realizaciones o actividades literarias.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El premio consistirá en una medalla y en la suma de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000,00).

n

n

n

n Asimismo, los premiados recibirán una pensión vitalicia mensual fijada en cinco salarios básicos unificados para el trabajador en general.

n

n

n

n En caso de fallecimiento del premiado, la pensión fijada en el inciso anterior se entregará a su cónyuge o a sus hijos menores de edad, en ese orden.

n

n

n

n Artículo Final.- Este Decreto Ejecutivo, de cuya ejecución se encarga a los Ministros de Finanzas y Cultura, entrará en vigencia a partir de presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a los 9 días del mes de agosto de 2012, Día de la Cultura Nacional.

n

n

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.- Quito, 9 de agosto del 2012.

n

n

n

n f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1290

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 19885 de 24 de julio de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad a favor del Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca señor Javier Ponce Cevallos, para su desplazamiento a Santiago de Chile-Chile del 25 al 28 de este mes, a fin de participar en la 16ª Reunión lnteramericana a Nivel Ministerial en Salud y Agricultura (RIMSA 16) organizada por el Gobierno de Chile y la Organización Panamericana de la Salud; y en la III Reunión Interministerial Binacional Ecuador-Chile.

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en d Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012. Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Javier Ponce Cevallos Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca para su desplazamiento a Santiago de Chile-Chile del 25 al 28 de julio de 2012 a fin de participar en la 16ª Reunión Interamericana a Nivel Ministerial en Salud y Agricultura (RIMSA 16) y en la III Reunión Intem1inisterial Binacional Ecuador-Chile.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la representaci6n de la Organización Panamericana de la Salud Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS).

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 24 de julio de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1291

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 19894 de 24 de julio de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad a favor del Ministro del Interior doctor José Ricardo Serrano Salgado, para su desplazamiento a Santiago de Chile-Chile del 25 al 27 de este mes, a fin de participar en la III Reunión del Consejo Interministerial Binacional Ecuatoriano-Chileno; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor José Ricardo Serrano Salgado Ministro del Interior, para su desplazamiento a Santiago de Chile-Chile del 25 al 27 de julio de 2012, a fin de participar en la III Reunión del Consejo Interministerial Binacional Ecuatoriano-Chileno.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento serán cubiertos del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 24 de julio de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1292

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo No. 571 de 17 de enero de 2011, publicado en el Registro Oficial 373 de 28 de iguales mes y año, se reestructuró la Secretaría Nacional de la Administración Pública, creándose la Subsecretaría de Innovación y Gestión Estratégica; la Subsecretaría de Seguimiento, Control y Calidad; la Subsecretaría de Tecnologías de la Información la Subsecretaria de Imagen Gubernamental; la Coordinación General de la Secretaría Nacional de la Administración Pública; así también, se establecieron sus objetivos, organización, funciones y atribuciones;

n

n

n

n Que mediante Resolución No. MRL-2011-00479 de 10 de noviembre de 2011, el Ministerio de Relaciones Laborales aprobó la creación de nuevos puestos en la Presidencia de la República, en función de la Estructura Orgánica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública establecida en el Acuerdo No. 571, publicado en el Registro Oficial No. 373 de 28 de enero de 2011;

n

n

n

n Que mediante Acuerdo 1035 de 1 de febrero de 2012 se designó a la señorita Úrsula El Hage para desempeñar las funciones de Coordinadora General de Innovación de la Subsecretaría de Gestión Estratégica e Innovación de la Secretaría Nacional de la Administración Pública;

n

n

n

n Que con memorando Nro. PA-SSGEI-2012-000576-M de 10 de Julio de 2012 dirigido a la señora Secretaria General de la Presidencia de la República, el Ing. Leonardo J. Reyes B., Mba, Subsecretario de Gestión Estratégica e Innovación, hace llegar la comunicación de 4 de este mes de la señorita Úrsula El Hage, quien presenta su renuncia al puesto de Coordinadora General de Innovación; y, ‘

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el articulo 15 literal n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por la señorita Úrsula El Hage, al cargo de Coordinadora General de Innovación de la Subsecretaría de Gestión Estratégica e Innovación de la Secretaria Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Encargar la Coordinación General de Innovación al ingeniero Leonardo J. Reyes B. Mba. Subsecretario de Gestión Estratégica e Innovación, hasta que se designe a su titular.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Notificar el presente Acuerdo a la señora Secretaria General de la Presidencia de la Republica, para los fines legales pertinentes.

n

n

n

n Artículo Cuarto.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 24 de julio de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1293

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MJDHC-CGAF-DSG-2012- 0044-O del 24 de julio de 2012 alcance al oficio MJDHCCGAF- DSG-2012-0041-O de 17 de este mes, la doctora Geovanna del Rocío Palacios Torres Secretaria General del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, indica que la Titular doctora Johana Pesántez Benítez tomará vacaciones del 6 al10 de agosto; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder a la doctora Johana Pesántez Benitez Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, vacaciones del 6 al 10 de agosto de 2012.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 24 de julio de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1294

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. MCPE.DAF-2012-0100-O del 24 de julio de 2012, la licenciada Norma Esthela Machado Cevallos Directora Administrativa Financiera del Ministerio de Coordinación de la Política Económica solicita autorizar la licencia con cargo a vacaciones de la titular Econ. Jeannette Sánchez Zurita, quien hará uso desde el 13 al 17 de agosto; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar la licencia con cargo a vacaciones del 13 al 17 de agosto de 2012, a la señora Ministra Coordinadora de la Política Económica economista Jeannette Sánchez Zurita. .

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- La señora Ministra Coordinadora de la Política Económica encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 24 de julio de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1295

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 19899 de 24 de julio de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad de 26 de este mes a favor del economista Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración para su desplazamiento a Santiago de Chile-Chile del 25 al 26 de julio, a fin de participar en la III Reunión Interministerial Binacional Chile-Ecuador; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el articulo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en Santiago de Chile-Santiago del 25 al 26 de julio de 2012, con motivo de participar en la III Reunión Interministerial Binacional Chile-Ecuador.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, san perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 26 de julio de 2012. f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1296

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. MJDHC-DM-2012-0567-0F del 27 de julio de 2012, la Doctora Johana Pesantez Benítez Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos solicita se le otorgue autorización para viajar a la cuidad de Washington junto con la SENAIN para tratar temas de Seguridad Electrónica Penitenciaria, desde el 27 al 29 de julio do 2012; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva en entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la Doctora Johana Pesántez Benítez Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos en Washington – Estados Unidos del 27 al 29 de julio de 2012, a fin de asistir a reuniones junto con la SENAIN para tratar temas de Seguridad Electrónica Penitenciaria.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos correspondiente a esta comisión de servicios serán cubiertos por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 27 de julio de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1298

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MC-DM-12-1367 del 19 de julio de 2012, la señora Msc. Erika Sylva Charvet Ministra de Cultura indica que por prescripción médica (diagnóstico faringotraqueitis aguda), debe mantener un reposo de tres días del 20 al 22 del mes presente, como se justifica del certificado médico adjunto; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la licencia por enfermedad de la señora Msc. Erika Sylva Charvet Ministra de Cultura, del 20 al 22 de julio de 2012.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- La señora Ministra de Cultura encargó dicha Cartera de Estado de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha. Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 27 de julio de 2012. f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1300

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MSP-SDM.10.2012-0900-O de 30 de julio de 2012 la señorita Mgs. Carina Vance Mafla Ministra de Salud Pública, Encargada, solicita autorizarle la licencia con cargo a vacaciones del 1 al 3 de agosto, por motivos de índole personal; y, En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011. publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder a la Mgs. Carina Vance Mafla Ministra de Salud Pública. Encargada, licencia con cargo a vacaciones del 1 al 3 de agosto de 2012.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Esta Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 30 de julio de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1301

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PUBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 19859 de 30 de julio de 2012 de la doctora María Fernanda Espinosa Garcés Ministra Coordinadora de Patrimonio, para su desplazamiento a Ginebra del 6 al 9 de agosto, quien conformará la delegación ecuatoriana que participará en el examen de los Informes periódicos 20, 21 y 22 del Ecuador ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial CERD; y,

n

n

n

n En ej