AdministraciĆ³n
del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del
Ecuador
MiĆ©rcoles 18 de Mayo de 2016 – R. O. No. 757
SUMARIO
Ministerio del Interior:
Ejecutivo:
Acuerdos
6968 DispĆ³nese que el Ministerio del Interior
traspase a perpetuidad y a tĆtulo gratuito varios bienes a la Jefatura PolĆtica
del CantĆ³n Azogues
6985 SepƔrese de manera definitiva y con
efecto inmediato de la PolicĆa Nacional del Ecuador, a treinta y tres servidoras
y servidores policiales
6986 SepƔrese de manera definitiva y con
efecto inmediato de la PolicĆa Nacional del Ecuador, a cuatro servidores
policiales
SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆa e InnovaciĆ³n:
2016-047-A DesĆgnense facultades a la doctora
Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, TecnologĆa e
InnovaciĆ³n
2016-051 RefĆ³rmese el Acuerdo NĀŗ 2013-158 de
13 de diciembre de 2013
2016-053 DelĆ©guense atribuciones al magĆster
Luis Fernando Cuji Llugna
2016-056 DelƩguense atribuciones a la doctora
Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, TecnologĆa e
InnovaciĆ³n
2016-057 RefĆ³rmese el Reglamento del Sistema
Nacional de NivelaciĆ³n y AdmisiĆ³n (SNNA)
2016-058 DesĆgnense atribuciones a la doctora
Ana LucĆa Ruano Nieto
2016-059 DesĆgnense funciones a la doctora
Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, TecnologĆa e
InnovaciĆ³n
Ministerio del Interior y Empresa PĆŗblica de
Municiones ?SANTA BARBARA EP?:
Acuerdo Interinstitucional
6937 DispĆ³nese que el Ministerio de Interior
transfiera a tĆtulo gratuito a perpetuidad, a favor de la Empresa de Municiones
Santa BƔrbara E.P., dos armas de fuego
Ministerios de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social y
del Interior:
Acuerdo Interministerial
6984 DispĆ³nese que el Ministerio de InclusiĆ³n
EconĆ³mica y Social transfiera al Ministerio de Interior, un bien inmueble
ubicado en el cantĆ³n y provincia de Esmeraldas
ProcuradurĆa General del Estado:
Extractos
–
De consultas del mes de marzo 2016
Ministerio de Industrias y Productividad:
SubsecretarĆa del Sistema de la Calidad de la Productividad:
Resoluciones
16 137 ApruĆ©bense y oficialĆcense con el
carƔcter de voluntarias las siguientes normas tƩcnicas ecuatorianas:
NTE INEN 2624 (Leche cruda de cabra.
Requisitos)
16 138 NTE INEN-ISO 15141-2 (Productos
alimenticios – DeterminaciĆ³n de ocratoxina a en cereales y productos derivados
– Parte 2: MĆ©todo por cromatografĆa lĆquida de alta resoluciĆ³n con lavado en
bicarbonato (ISO 15141-2:1998, IDT))
16 139 NTE INEN-ISO 55002 (GestiĆ³n de activos
– Sistemas de gestiĆ³n – Directrices para la aplicaciĆ³n de ISO 55001 (ISO
55002:2014, IDT))
16 140 NTE INEN-ISO 8262-2?IDF 124-2
(Productos lĆ”cteos y alimentos a base de leche ? DeterminaciĆ³n del contenido de
grasa por el mƩtodo gravimƩtrico Weibull- Berntrop (MƩtodo de referencia) ?
Parte 2: Helados y mezclas para helados (ISO 8262-2:2005IDF 124-2:2005, IDT))
16 141 ITE INEN-ISO/IEC TR 27016 (TecnologĆas
de la informaciĆ³n – TĆ©cnicas de seguridad – GestiĆ³n de seguridad de la
informaciĆ³n – EconomĆa de la organizaciĆ³n (ISO/IEC TR 27016:2014, IDT))
16 142 NTE INEN-IEC 60969 (LƔmparas con
balasto propio para servicios generales de iluminaciĆ³n. Prescripciones de
funcionamiento (IEC 60969:1988 + A1: 1991 + A2: 2000, IDT))
16 143 NTE INEN-ISO 105-A03 (Textiles –
Ensayos de solidez del color – Parte A03: Escala de grises para evaluar la
descarga (ISO 105-A03:1993+Cor.2:2005, IDT))
Instituto Nacional de EstadĆstica y Censos:
001-DIREJ-DIJU-NT-2016 CiĆ©rrese la ComisiĆ³n
Especial de EstadĆsticas de Pobreza y Metas del Milenio
Junta de PolĆtica y RegulaciĆ³n Monetaria y
Financiera:
232-2016-M ExpĆdese la Norma que regula la
apertura de cuentas recolectoras de instituciones, que no son parte del sector
pĆŗblico que recauden recursos pĆŗblicos
233-2016-F ExpĆdese la Norma para la
conformaciĆ³n de grupos financieros y las operaciones que pueden realizar entre
sĆ
234-2016-F Reforma a la ResoluciĆ³n No.
217-2016-F de 9 de marzo de 2016
235-2016-F ExpĆdese la Norma que regula la
liquidaciĆ³n voluntaria de las entidades financieras sujetas al control de la
Superintendencia de Bancos
239-2016-G AutorĆzcese al Ministerio de
Finanzas por excepciĆ³n para que abra una cuenta en el CITIBANK N.A. (NEW YORK),
con el objeto de recaudar las donaciones que efectĆŗen las personas naturales,
jurĆdicas u otros organismos desde el exterior, originadas por la emergencia
suscitada por el evento telĆŗrico de 16 de abril de 2016
Servicio de ContrataciĆ³n de Obras:
Resoluciones
SECOB-DG-2016-0022 AcĆ³gese la declaratoria de
emergencia resuelta por el Ministerio de Salud PĆŗblica, emitida a travĆ©s de la
ResoluciĆ³n Ministerial NĀ° 00000082 de 19 de abril del 2016
Servicio de Rentas Internas:
DZ1-AFIRASC15-00000007 DelƩguese en base a la
ResoluciĆ³n No. NACDNJRSGE15-00000211, atribuciones a los jefes provinciales de
Soporte Operacional de las provincias de Sucumbios, Carchi y Esmeraldas
Consejo de la Judicatura:
Judicial y Justicia IndĆgena
068-2016 NĆ³mbrense fiscales provinciales, por
el plazo de dos aƱos, a los elegibles que constan en la ResoluciĆ³n 060-2016, de
18 de abril de 2016, de la carrera de fiscal a nivel nacional
CONTENIDO
Dr. JosƩ Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del
Ecuador, en su artĆculo 154, numeral 1, establece que:
?[?] a las ministras y ministros de Estado,
ademƔs de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la
rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n?;
Que, el artĆculo 226 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador determina que: Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas
que actĆŗen en virtud de una potestad estatal, ejercerĆ”n solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la ley;
Que, el artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador, establece que: ?La administraciĆ³n pĆŗblica constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n,
coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³n?;
Que, el artĆculo 297 de la ConstituciĆ³n,
menciona: ?Todo programa financiado con recursos pĆŗblicos tendrĆ” objetivos,
metas y un plazo determinado para ser evaluado, en el marco de lo establecido
en el Plan Nacional de desarrollo. Las instituciones y entidades que reciban o
transfieran bienes o recursos pĆŗblicos se someterĆ”n a las normas que las
regulan y a los principios y procedimientos de transparencia, rendiciĆ³n de
cuentas y control pĆŗblico.?;
Que, el artĆculo 65 del reglamento de
UtilizaciĆ³n de los Bienes del Sector
PĆŗblico, establece que: ?Traspaso es el cambio de asignaciĆ³n de un bien mueble
e inmueble que se hubiere vuelto innecesario o inĆŗtil para una entidad u
organismo en favor de otro, dependientemente de la misma persona jurĆdica, que
requiera para el cumplimiento de sus fines, como es el caso de los ministerios
de Estado o sus dependencias… ?
Que, el artĆculo 67 del Reglamento de UtilizaciĆ³n
de los Bienes del Sector PĆŗblico establece que: ?Las mĆ”ximas autoridades o sus
delegados de las entidades u organismos que intervengan, autorizarƔn la
celebraciĆ³n del traspaso… ?
Que, el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, ERJAFE seƱala que: ?Los
Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los juntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorizaciĆ³n alguna del
Presidente de la RepĆŗblica, salvo los casos expresamente seƱalados en leyes
especiales…?;
Que, el artĆculo 55 del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, ERJAFE seƱala que: ?Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional, serĆ”n delegables en las
autoridades u Ć³rganos inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto. La delegaciĆ³n serĆ” publicada en el Registro
Oficial. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica Central e Institucional en los diferentes Ć³rganos y dependencias
administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios pĆŗblicos?;
Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 410, del 30
de Junio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del
Ecuador, dispone el cambio de denominaciĆ³n del Ministerio de Gobierno, PolicĆa,
Cultos y Municipalidades, a Ministerio del Interior;
Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 632, de 17
de enero del 2011, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador,
economista Rafael Correa Delgado, dispuso la reorganizaciĆ³n de la PolicĆa nacional, estableciendo que su
representaciĆ³n legal, judicial y extrajudicial sea asumida por el Ministerio
del Interior, quien a su vez podrĆ” delegar dichas atribuciones de conformidad
con la ley; y que, los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la PolicĆa
Nacional con los que cumplĆa las atribuciones que por dicho Decreto se asignan
al Ministerio del Interior, se traspasarƔn tambiƩn a esta entidad;
Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 773,
suscrito el 13 de mayo de 2011, el seƱor Presidente Constitucional de la
RepĆŗblica, designĆ³ al doctor JosĆ© Ricardo Serrano Salgado, como Ministro del
Interior, ratificando su nombramiento con Decreto Ejecutivo NĀ° 2 de 24 de Mayo
de 2013;
Que, con fecha 04 de agosto de 2015, el
ingeniero Blasco Remigio Luna ArĆ©valo, Jefe PolĆtico del cantĆ³n Azogues, a
travĆ©s de Memorando NĀ° MDI-GCAĆ-DGPMC-2015- 0380-MEMO, solicita al seƱor
abogado Diego Xavier Fuentes Acosta, Viceministro de Seguridad Interna,
considerar la entrega de dos vehĆculos tipo camioneta doble cabina, para la
acciĆ³n de control de orden pĆŗblico que realizan la Intendencia y ComisarĆas de
PolicĆa del cantĆ³n.
Que, mediante Oficio No. MDI-CGAJ-2015-1239-
OFICIO, el doctor Diego Torres SaldaƱa, solicita al seƱor General Inspector
Patricio Giovanny PazmiƱo Castillo, Comandante General de la PolicĆa Nacional
Acc, emitir el respectivo informe tĆ©cnico de viabilidad y designaciĆ³n de dos
vehĆculos tipo camioneta, que no tengan a su cargo cuentas pendientes por pagar
a la Agencia Nacional de TrƔnsito.
Que, a travĆ©s de Oficio NĀ° 2015-2882-DGL-PN,
de 26 de octubre de 2015, suscrito por el Mayor de PolicĆa Diego Ormaza VĆ”squez
Director General de LogĆstica de la PolicĆa Nacional Accidental, remite el
Oficio NĀ° 2015-0326-SVEH-DGL-PN, de 23 de octubre de 2015, suscrito por el
seƱor ingeniero CapitĆ”n de PolicĆa Darwin BenĆtez Gallo Jefe de la SecciĆ³n de
VehĆculos, mediante el cual menciona que: ?en razĆ³n de haber culminado el
proceso de recepciĆ³n de automotores susceptibles para el remate y a efecto de
efectuar una apreciaciĆ³n tĆ©cnica mecĆ”nica de automotores que podrĆan saldar el
requerimiento antes mencionado se ha realizado la revisiĆ³n tĆ©cnico mecĆ”nica del
estado actual de dos automotores que se podrĆa considerar para la donaciĆ³n
solicitada de la cual se pone en consideraciĆ³n: Detalle de VehĆculos para
donaciĆ³n…?, ademĆ”s adjunta las fichas tĆ©cnicas, en donde se talla las
caracterĆsticas y estado mecĆ”nico de los vehĆculos, asĆ como tambiĆ©n el reporte
del SRI del que se desprende que los valores se encuentran debidamente
cancelados.
En ejercicio de las facultades que le confiere
el numeral primero del artĆculo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del
Ecuador y los artĆculos 17 y 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,
Acuerda:
ArtĆculo 1. El Ministerio del Interior
traspasa a perpetuidad y a tĆtulo gratuito los bienes que se detallan a
continuaciĆ³n a la Jefatura PolĆtica del cantĆ³n Azogues., al amparo de lo
previsto en el Reglamento de UtilizaciĆ³n y Control de los Bienes del Sector
PĆŗblico.
ArtĆculo 2. Se dispone a la CoordinaciĆ³n
General Administrativa Financiera del Ministerio del Interior, delegue a un
servidor de la DirecciĆ³n Administrativa a fin de que realice las gestiones
necesarias para el traspaso de los bienes especificados en el artĆculo
anterior.
ArtĆculo 3.- Los gastos que demande el
traspaso de los vehĆculos serĆ”n asumidos por la Jefatura PolĆtica del cantĆ³n
Azogues.
ArtĆculo 4.- El presente acuerdo entrarĆ” en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el
Registro Oficial.
CUMUNIQUESE: Dado en Quito, Distrito
Metropolitano a 21 de marzo del 2016.
f.) Dr. JosƩ Ricardo Serrano Salgado, Ministro
del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el
presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la
DirecciĆ³n de SecretarĆa General de este Ministerio al cual me remito en caso
necesario.- Quito a, 11 de abril del 2016.-
f.) Ilegible, SecretarĆa General.
JosƩ Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el numeral octavo del artĆculo 3 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, seƱala que es deber primordial del
Estado garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la
seguridad integral y a vivir en una sociedad democrĆ”tica y libre de corrupciĆ³n;
Que, el numeral tercero del artĆculo 11 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, prescribe que los derechos y
garantĆas establecidos en la ConstituciĆ³n y en los instrumentos internacionales
de derechos humanos serĆ”n de directa e inmediata aplicaciĆ³n por y ante
cualquier servidora o servidor pĆŗblico, administrativo o judicial, de oficio o
a peticiĆ³n de parte;
Que, el numeral vigĆ©simo quinto del artĆculo
66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece que se reconoce y
garantiza a las personas el derecho a acceder a bienes y servicios pĆŗblicos y
privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato;
Que, el artĆculo 158 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador, determina que la PolicĆa Nacional es una instituciĆ³n de
protecciĆ³n de derechos, libertades y garantĆas de los ciudadanos, estableciendo
ademĆ”s que le corresponde la protecciĆ³n interna y el mantenimiento del orden
pĆŗblico;
Que, el artĆculo 163 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador, estipula que la PolicĆa Nacional es una instituciĆ³n
estatal de carƔcter civil, armada, tƩcnica, jerarquizada, disciplinada,
profesional y altamente especializada, cuya misiĆ³n es atender la seguridad
ciudadana y el orden pĆŗblico, y proteger el libre ejercicio de los derechos y
la seguridad de las personas dentro del territorio nacional;
Que, el artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador, seƱala que la AdministraciĆ³n PĆŗblica constituye un
servicio a la colectividad que se rige, entre otros, por los principios de
eficacia, eficiencia, transparencia y evaluaciĆ³n;
Que, el artĆculo 2 de la Ley OrgĆ”nica de la
PolicĆa Nacional, prescribe que esta es una InstituciĆ³n profesional y tĆ©cnica,
dependiente del Ministerio del Interior, y que tiene por misiĆ³n fundamental
garantizar el orden interno y la seguridad individual y social;
Que el artĆculo 32 de la Ley OrgĆ”nica de la
PolicĆa Nacional, establece que la InspectorĆa General es el Ć³rgano de
supervisiĆ³n, control y seguimiento de las actividades administrativas,
financieras y tĆ©cnico – cientĆficas de la PolicĆa Nacional, correspondiĆ©ndole
ademƔs el control de la disciplina y moral profesional en todos los niveles,
analizando los recursos humanos y materiales de las unidades policiales en
relaciĆ³n a sus labores especĆficas, a fin de emitir informes periĆ³dicos al
Comandante General, con las recomendaciones pertinentes, y de ser necesario,
coordinando su acciĆ³n con los diferentes consejos de la InstituciĆ³n;
Que, los artĆculos 8 y 34 de la ConvenciĆ³n de
las Naciones Unidas Contra la CorrupciĆ³n ratificada por la RepĆŗblica del
Ecuador, y publicada en el suplemento del Registro Oficial No. 166 de 15 de
diciembre de 2005, estipulan respectivamente que en particular, cada Estado
Parte procurarĆ”, en sus propios ordenamientos institucionales y jurĆdicos,
cĆ³digos o normas de conducta para el correcto, honorable y debido cumplimiento
de las funciones pĆŗblicas; y, con la debida consideraciĆ³n de los derechos
adquiridos de buena fe por terceros, cada estado parte, de conformidad con los
principios fundamentales de su derecho interno, adoptarĆ” medidas para eliminar
las consecuencias de los actos de corrupciĆ³n, pudiendo considerar en tal
contexto a la corrupciĆ³n, como un factor pertinente en procedimientos jurĆdicos
encaminados a anular o dejar sin efecto en contrato, revocar una concesiĆ³n u
otro instrumento semejante, o adoptar cualquier otra medida correctiva;
Que el CĆ³digo de Conducta para Funcionarios de
Hacer Cumplir la Ley, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas,
en su resoluciĆ³n 34/169 de 17 de diciembre de 1979, seƱala entre otros aspectos,
que dichos servidores cumplirƔn en todo momento los deberes que les impone la
ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos
ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su
profesiĆ³n, respetarĆ”n y protegerĆ”n la dignidad humana, mantendrĆ”n y defenderĆ”n
los derechos humanos de todas las personas, y no cometerĆ”n ningĆŗn acto de
corrupciĆ³n;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 632 d e17
de enero de 2011, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador,
economista Rafael Correa Delgado, dispuso la reorganizaciĆ³n de la PolicĆa
Nacional, estableciendo que su representaciĆ³n legal, judicial y extrajudicial,
sea asumida por el Ministerio del Interior;
Que conforme lo establece el Estatuto OrgƔnico
de GestiĆ³n Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, esta
Cartera de Estado, tiene como misiĆ³n ejercer la rectorĆa, ejecutar y evaluar la
polĆtica para garantizar la seguridad interna y la gobernabilidad del Estado;
Que, el Acuerdo Ministerial No. 4426 de 12 de
junio de 2014, en su artĆculo 3 dispone a la InspectorĆa General la facultad de
elaborar informes tƩcnicos en forma permanente, respecto de servidoras y
servidores policiales cuyo accionar o procedimientos constituyen clara transgresiĆ³n
a las disposiciones constitucionales instrumentos de Derechos Humanos,
normativa penal y demƔs normativa interna policial, mismo que deben ser puestos
en conocimiento del Ministerio del Interior, previa resoluciĆ³n del Consejo de
Generales de la PolicĆa Nacional del Ecuador;
Que mediante Acuerdo Ministerial 5233-A de 04
de enero de 2015, se establecieron las obligaciones generales y requisitos de
permanencia para los servidores y servidoras policiales de la PolicĆa Nacional, de conformidad con el
artĆculo 163 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador;
Que, la disciplina policial es la estricta
observancia de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y la Ley, orientada
al cumplimiento de la misiĆ³n constitucional de la PolicĆa Nacional, de
protecciĆ³n de la seguridad ciudadana y orden pĆŗblico, en el marco de la nueva
Doctrina Policial, cuyo objeto es afianzar los derechos libertades y garantĆas
de la ciudadanĆa, con responsabilidad social y Ć©tica;
Que, mediante Informe No. 008-2016-SSCCP-IGPN
de 17 de marzo de 2016 la SecciĆ³n de Seguimiento y Control de la Conducta
Policial recopila el listado de los servidores policiales dentro del proceso de
evaluaciĆ³n de confianza No. IGNP-101-2015 remitido mediante Informe No.
2016-020-DIA-SUBDECCOP, que han sido sujetos del anƔlisis de conducta, la
InspectorĆa General de la PolicĆa Nacional, en observancia de los Acuerdos
Ministeriales No. 4426 de 12 de junio de 2014 y No. 5233-A de 04 de enero de
2015, determinĆ³ el listado de servidoras y servidores policiales analizados a
dicha fecha, considerados no idĆ³neos para continuar en servicio activo, dentro
del proceso de depuraciĆ³n interna policial;
Que en conocimiento del informe No.
008-2016-SSCCP-IGPN de 17 de marzo de 2016, el Consejo Ampliado de Generales de
la PolicĆa Nacional, emitiĆ³ la ResoluciĆ³n No. 2016-293-CsG-PN de 24 de marzo de
2016, en la que solicitĆ³ al Comandante General de la PolicĆa Nacional se remita
al Ministerio del Interior el referido informe a fin de que se disponga el
trƔmite correspondiente;
Que, mediante Oficio No. 2016-0750-CsG-PN de
24 de marzo de 2016, el Comandante General de la PolicĆa Nacional, General
Superior, Diego Alejandro MejĆa Valencia, trasladĆ³ al Ministerio del Interior,
la ResoluciĆ³n No. 2016-293-CSG-PN, del Consejo Ampliado de Generales de la
PolicĆa Nacional, adoptada el 24 de marzo de 2016;
Que, por su naturaleza, las funciones que
realizan las servidoras y servidores policiales, deben garantizar a las
ciudadanas y ciudadanos los derechos consagrados en la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica y otros instrumentos de Derechos Humanos, a efecto de erradicar la
corrupciĆ³n, la desconfianza social, y la comisiĆ³n de delitos o conductas
antijurĆdicas que impliquen el uso indebido de bienes y equipos destinados al
servicio policial, afectando significativamente la convivencia social pacĆfica
y el patrimonio pĆŗblico;
Que, la determinaciĆ³n de la no idoneidad de
las servidoras y servidores policiales constituye un proceso tƩcnico de
autodepuraciĆ³n de la PolicĆa Nacional del Ecuador, sustentado en el
incumplimiento de su misiĆ³n establecida en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,
sobre la base del estudio de las hojas de vida profesional en forma individual
de dichas servidoras o servidores, cuyo exclusivo objeto es precautelar los derechos
y garantĆas constitucionales de la ciudadanĆa, el interĆ©s colectivo y la
seguridad ciudadana;
Que, los conceptos y sistemas que conforman
las dimensiones de la seguridad implican
el manejo del principio de precauciĆ³n, y remiten a procesos de toma de
decisiones, admitiendo la posibilidad de riesgos y las consecuencias
potenciales de la inacciĆ³n;
Que, la necesidad de acciones emergentes y
prioritarias por parte de este Ministerio, se fundamenta en la exigencia
legĆtima e impostergable de la ciudadana al Estado, respecto de la garantĆa y
plena vigencia del derecho a la seguridad integral, consagradas en la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, instrumentos internacionales y normativa
secundaria;
En ejercicio de las facultades y atribuciones
que le confiere el numeral primero del artĆculo 154 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica; y, el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo
de la FunciĆ³n Ejecutiva.
Acuerda:
ArtĆculo 1.- Conocer la ResoluciĆ³n No.
2016-293-CsG-PN de 24 de marzo de 2016, del Consejo Ampliado de Generales de la
PolicĆa Nacional, mediante la cual se hace referencia al Informe No.
008-2016-SSCCP-IGPN de 17 de marzo de 2016, con su respectivo anexo, y emitidos
por la InspectorĆa General de la PolicĆa Nacional.
ArtĆculo 2.- Separar de manera definitiva y
con efecto inmediato de la PolicĆa Nacional del Ecuador, segĆŗn el Anexo No. I
del presente Acuerdo Ministerial, a treinta y tres servidoras y servidores
policiales calificados no idĆ³neos para el servicio, por haberse alejado de su
misiĆ³n constitucional, al incumplir en su accionar lo establecido en los
artĆculos 158 y 163 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, sobre la
base de la ResoluciĆ³n No. 2016-293-CsG-PN de 24 de marzo de 2016, del Consejo
Ampliado de Generales de la PolicĆa Nacional.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- El presente Acuerdo Ministerial,
entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en la Orden General de la
PolicĆa Nacional, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial; y, de
su ejecuciĆ³n y notificaciĆ³n, encĆ”rguese al Viceministerio de Seguridad Interna,
al Comandante General de la PolicĆa Nacional y al Director General de Personal
de la PolicĆa Nacional.
SEGUNDA.- El Director General de Personal de
la PolicĆa Nacional, registrarĆ” la separaciĆ³n definitiva por no idoneidad de
las servidoras y servidores policiales que constan en el artĆculo primero del
presente Acuerdo Ministerial, en la hoja de vida profesional y sistemas
informƔticos correspondientes en forma inmediata.
NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito a,
30 de marzo del 2016.
f.) JosƩ Ricardo Serrano Salgado, Ministro del
Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el
presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la
DirecciĆ³n de SecretarĆa General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 11 de
abril del 2016.- f.) Ilegible, SecretarĆa General.
ANEXO 1
ORD.
GRADOS
APELLIDOS Y NOMBRES
CĆDULA
1
SBOS.
BRIONES SALAZAR FERNANDO ARISTIDES
1707841993
2
SGOS.
DELEG CRIOLLO JUAN FRANCISCO
1308055100
3
SGOS.
ORRALA CHANCA Y CESAR DAVID
1308085545
4
CBOP.
CEVALLOS BECERRA JHONNY STWARDO
0801903113
5
CBOS.
CHICAIZA DIAZ DARIO EFRAIN
0502873417
6
CBOS.
GRANIZO RODRIGUEZ DIEGO FERNANDO
0603104639
7
CBOS.
JACHO ARAUJO PIERO ALEXANDRO
0802907386
8
CBOS.
JAEN GOMEZ CESAR NOE
0704489509
9
CBOS.
SALTOS CEVALLOS JEFFERSON DAVID
1312485673
10
POLI.
RODRIGUEZ TARIRA RUDDY MAXIMILIANO
1719967521
11
SGOS.
GOMEZ VENTURA ITALO AUGUSTO
1307549236
12
SGOS.
ILLANES NARANJO NELSON GILBERTO
1712922507
13
SGOS.
GUARANGA NARANJO PATRICIO XAVIER
0201462967